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Document 52017IP0026

Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de febrero de 2017, sobre la revisión del Consenso Europeo sobre Desarrollo (2016/2094(INI))

DO C 252 de 18.7.2018, p. 62–77 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

18.7.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 252/62


P8_TA(2017)0026

Revisión del Consenso Europeo sobre Desarrollo

Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de febrero de 2017, sobre la revisión del Consenso Europeo sobre Desarrollo (2016/2094(INI))

(2018/C 252/08)

El Parlamento Europeo,

Visto el Consenso Europeo sobre Desarrollo de diciembre de 2005 (1),

Vistas la Alianza de Busan para la cooperación eficaz al desarrollo (2) y la Posición Común de la UE para la segunda reunión de alto nivel de la Alianza Mundial de Cooperación Eficaz para el Desarrollo, celebrada en Nairobi del 28 de noviembre al 1 de diciembre de 2016 (3),

Visto el documento final del Cuarto Foro de Alto Nivel sobre la Eficacia de la Ayuda, de diciembre de 2011, que puso en marcha la Alianza Mundial de Cooperación Eficaz para el Desarrollo,

Visto el documento titulado «Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible», adoptado por la Cumbre de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible el 25 de septiembre de 2015 en Nueva York (4),

Vista la Agenda de Acción de Adís Abeba sobre la Financiación para el Desarrollo (5),

Vistos la Declaración de Dili, de 10 de abril de 2010, sobre la consolidación de la paz y el refuerzo del Estado, y el «Nuevo pacto para la actuación en Estados frágiles», adoptado el 30 de noviembre de 2011,

Visto el Acuerdo de París (CP 21) alcanzado por las partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, adoptado el 12 de diciembre de 2015 (6),

Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Incremento del impacto de la política de desarrollo de la UE: Programa para el Cambio» (COM(2011)0637),

Vistos la Cumbre Humanitaria Mundial celebrada en Estambul los días 23 y 24 de mayo de 2016 y sus compromisos de acción (7),

Vista la Nueva Agenda Urbana adoptada en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible (Hábitat III), celebrada del 17 al 20 de octubre de 2016 en Quito, Ecuador (8),

Visto el informe de situación de la OCDE y el PNUD de 2014 titulado «Hacer más eficaz la cooperación al desarrollo» (9),

Visto el artículo 208 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) sobre cooperación al desarrollo, que afirma que «las políticas de cooperación para el desarrollo de la Unión y de los Estados miembros se complementarán y reforzarán mutuamente», y que define la reducción y la erradicación de la pobreza como el principal objetivo de la política de desarrollo de la Unión,

Vistas las Conclusiones del Consejo, de octubre de 2012, sobre «Las raíces de la democracia y del desarrollo sostenible: el compromiso de Europa con la sociedad civil en las relaciones exteriores»,

Visto el Código de conducta de la Unión sobre complementariedad y división del trabajo en la política de desarrollo (10),

Vistas las Conclusiones del Consejo, de 19 de mayo de 2014, sobre un planteamiento basado en los derechos para la cooperación en favor del desarrollo, que abarque todos los derechos humanos (11),

Vista la Estrategia Global sobre Política Exterior y de Seguridad de la Unión, publicada en junio de 2016 (12),

Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, firmada y ratificada por la Unión en 2011, y las observaciones finales de las Naciones Unidas sobre la aplicación de la misma,

Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Comercio para todos — Hacia una política de comercio e inversión más responsable» (COM(2015)0497),

Vistos el Plan de Acción de la Unión en materia de género 2016-2020 y el Plan de Acción sobre derechos humanos y democracia (2015-2019),

Vistas sus Resoluciones anteriores, en particular la de 17 de noviembre de 2005 sobre la propuesta de Declaración Conjunta del Consejo, el Parlamento Europeo y la Comisión sobre la política de desarrollo de la Unión Europea «El consenso europeo» (13), de 5 de julio de 2011 sobre el incremento del impacto de la política de desarrollo de la UE (14), de 11 de diciembre de 2013 sobre la coordinación de los donantes de la UE en el ámbito de la ayuda al desarrollo (15), de 25 de noviembre de 2014 sobre la UE y el marco mundial para el desarrollo posterior a 2015 (16), de 19 de mayo de 2015 sobre la financiación para el desarrollo (17), de 8 de julio de 2015 sobre la elusión fiscal y la evasión fiscal como obstáculos a la gobernanza, la protección social y el desarrollo en los países en desarrollo (18), de 14 de abril de 2016 sobre el sector privado y el desarrollo (19), de 12 de mayo de 2016 sobre el seguimiento y examen de la Agenda 2030 (20), de 7 de junio de 2016 sobre el Informe de la UE de 2015 sobre la coherencia de las políticas en favor del desarrollo (21), y de 22 de noviembre de 2016 sobre una mayor eficacia de la cooperación al desarrollo (22),

Vistos el documento de trabajo conjunto sobre «Igualdad de género y empoderamiento de la mujer: transformar la vida de niñas y mujeres a través de las relaciones exteriores de la UE 2016-2020» (SWD(2015)0182) y las conclusiones del Consejo de 26 de octubre de 2015 en las cuales se aprobó el correspondiente Plan de Acción en materia de género 2016-2020,

Visto el nuevo marco para «La igualdad de género y el empoderamiento de la mujer: transformar la vida de niñas y mujeres a través de las relaciones exteriores de la UE (2016-2020)»,

Vista su Resolución, de 5 de julio de 2016, sobre una nueva estrategia innovadora y orientada al futuro en materia de comercio e inversión (23),

Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, y sus cuatro principios fundamentales de no discriminación (artículo 2), interés superior del menor (artículo 3), supervivencia, desarrollo y protección (artículo 6) y participación (artículo 12),

Visto el próximo informe de su Comisión de Asuntos Exteriores y de su Comisión de Desarrollo sobre Abordar los flujos de migrantes y refugiados: el papel de la acción exterior de la Unión (2015/2342(INI)) y su resolución de 22 de noviembre de 2016 sobre una mayor eficacia de la cooperación al desarrollo (24),

Visto el artículo 52 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Desarrollo (A8-0020/2017),

A.

Considerando que es oportuno y necesario proceder a una revisión del Consenso Europeo sobre Desarrollo teniendo en cuenta que ha cambiado el marco exterior, en particular debido a la adopción de la Agenda 2030 y los objetivos de desarrollo sostenible (ODS), el Acuerdo de París de la CP 21 sobre el cambio climático, el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres, la Agenda de Acción de Adís Abeba sobre la Financiación para el Desarrollo y la Alianza Mundial de Cooperación Eficaz para el Desarrollo, y a nuevos o mayores desafíos globales tales como el cambio climático, el contexto migratorio, una mayor diversificación de los países en desarrollo con necesidades diferentes y específicas en materia de desarrollo, donantes emergentes y nuevos agentes a escala mundial, un espacio cada vez más reducido para las organizaciones de la sociedad civil, y cambios internos en la Unión, incluidos los que se derivan del Tratado de Lisboa, el Programa para el Cambio y la Estrategia Global sobre Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea;

B.

Considerando que la Agenda universal 2030 y los ODS con ella relacionados se proponen alcanzar el desarrollo sostenible dentro de los límites del planeta, estableciendo asociaciones cuyo eje central sean las personas, y facilitando a estas recursos vitales como alimentos, agua y saneamiento, asistencia sanitaria, energía, educación y oportunidades de empleo, y promoviendo la paz, la justicia y la prosperidad para todos; que hay que tomar medidas en consonancia con los principios de responsabilización de los países, las asociaciones de desarrollo inclusivas, una atención centrada en los resultados y la transparencia y rendición de cuentas; que un planteamiento basado en los derechos constituye un requisito previo para el desarrollo sostenible, de conformidad con la Resolución 41/128 de las Naciones Unidas, en la que el derecho al desarrollo viene definido como un derecho humano inalienable;

C.

Considerando que el artículo 208 del TFUE establece que «las políticas de cooperación para el desarrollo de la Unión y de los Estados miembros se complementarán y reforzarán mutuamente»;

D.

Considerando que el cambio climático es un fenómeno que ha de ser abordado con carácter urgente, ya que perjudica en mayor medida a los países pobres y más vulnerables;

E.

Considerando que tres cuartas partes de los pobres del mundo viven en países de renta media (PRM); que los PRM no constituyen un grupo homogéneo, sino que se enfrentan a necesidades y desafíos muy diversos, por lo que la cooperación al desarrollo de la Unión debe ser lo suficientemente diferenciada;

F.

Considerando que, a efectos de la coherencia de las políticas en favor del desarrollo (CPD) con base en los Tratados, es necesario que la Unión tenga en cuenta los objetivos de cooperación al desarrollo cuando actúe en otros ámbitos que puedan afectar a los países en desarrollo; que, por consiguiente, es preciso que políticas estrechamente vinculadas entre sí, como las de comercio, seguridad, migración, ayuda humanitaria y desarrollo se elaboren y apliquen de modo que se refuercen mutuamente;

G.

Considerando que la migración se ha convertido en un problema cada vez más acuciante, con más de 65 millones de personas desplazadas a la fuerza en todo el mundo; que la gran mayoría de refugiados vive en países en desarrollo; que la fragilidad de los Estados, la inestabilidad y las guerras, la violación de los derechos humanos, la pobreza extrema y la falta de perspectivas constituyen las causas principales por las que las personas abandonan sus hogares; que millones de personas han emigrado o huido hacia la Unión en los últimos años;

H.

Considerando que algunas propuestas recientes de la Comisión apuntan a una reorientación de la política de desarrollo con arreglo al nuevo prisma de gestión de la migración, con objeto de dar respuesta a las prioridades de la Unión, que suelen enmarcarse en el corto plazo; que la ayuda al desarrollo y la cooperación de los países beneficiarios en cuestiones de migración no debería estar sujeta a condicionalidad alguna; que se han creado fondos, tales como el Fondo Fiduciario de Emergencia para África y el Plan Europeo de Inversiones Exteriores (PEIE), para responder a las recientes crisis migratorias en la Unión; que la política de cooperación al desarrollo de la Unión debe tener como objetivo principal la reducción y, a largo plazo, la erradicación de la pobreza, y basarse en los principios de eficacia del desarrollo;

I.

Considerando que la salud y la educación constituyen habilitadores clave del desarrollo sostenible; que, por tanto, la inversión para garantizar el acceso universal en estos ámbitos reviste gran relevancia en la Agenda 2030 y en los ODS, y que se le deben asignar los recursos adecuados con el fin de crear efectos expansivos a otros ámbitos;

J.

Considerando que las pymes y las microempresas constituyen la columna vertebral de las economías a escala mundial, representan una parte fundamental de la economía de los países en desarrollo y, junto con el buen funcionamiento de los sectores públicos, son un factor clave que puede propiciar el crecimiento económico, social y cultural; que, a menudo, las pymes se enfrentan a un acceso restringido al capital, en especial en los países en desarrollo;

K.

Considerando que, en la actualidad, más de la mitad de la población mundial es urbana, que se prevé que esta proporción llegue a ser de dos tercios en el año 2050, y que alrededor del 90 % del crecimiento urbano tendrá lugar en África y Asia; que esta tendencia refuerza la necesidad de un desarrollo urbano sostenible; que la seguridad urbana es un desafío cada vez mayor en numerosos países en desarrollo;

L.

Considerando que los océanos desempeñan un papel vital para la biodiversidad, la seguridad alimentaria, la energía, el empleo y el crecimiento, pero que los recursos marinos están amenazados por el cambio climático y por la sobreexplotación y la gestión poco sostenible;

M.

Considerando que la deforestación y la degradación forestal están destruyendo ecosistemas y contribuyen en gran medida al cambio climático;

N.

Considerando que la política de desarrollo de la Unión constituye un complemento importante de la política de desarrollo de los Estados miembros, que debe centrarse en ámbitos de ventaja comparativa y en las maneras en que el papel mundial de la Unión como organización puede contribuir a los objetivos de su política de desarrollo;

O.

Considerando que la política de desarrollo es una parte esencial de la política exterior de la Unión; que la Unión es el mayor donante al desarrollo del mundo y que, juntos, la Unión y sus Estados miembros prestan más de la mitad de la ayuda oficial al desarrollo (AOD) mundial;

P.

Considerando que las desigualdades de riqueza y renta están creciendo en todo el mundo; que esta tendencia puede socavar la cohesión social y aumentar la discriminación, la inestabilidad política y el descontento; que, por consiguiente, la movilización de recursos nacionales resulta esencial para aplicar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y supone una estrategia viable para superar la dependencia de la ayuda extranjera a largo plazo;

1.

Subraya que el Consenso Europeo sobre Desarrollo desempeña un papel importante para garantizar una posición coherente y uniforme, tanto a escala de la Unión como de los Estados miembros, sobre los objetivos, los valores, los principios y los aspectos principales de la política de desarrollo, incluida su aplicación; opina que esta revisión debe salvaguardar el acervo del Consenso, y en particular su enfoque holístico y el objetivo principal claramente definido de combatir y, a largo plazo, erradicar la pobreza; considera, además, que otro de los objetivos ha de ser la eliminación de las desigualdades, tal y como se contempla en los ODS; recuerda que las políticas de desarrollo a nivel de la Unión y de los Estados miembros deben reforzarse y complementarse mutuamente;

2.

Advierte contra la ampliación de los criterios de la AOD con el fin de cubrir gastos distintos de los relacionados directamente con los objetivos ya mencionados; hace hincapié en que cualquier reforma de la AOD debe ir dirigida a repercutir en mayor medida en el desarrollo;

3.

Reconoce la importancia de una estrategia exterior europea clara, lo que requiere políticas coherentes, en particular en lo que respecta a la paz y la seguridad, la migración, el comercio, el medio ambiente y el cambio climático, la ayuda humanitaria y la cooperación al desarrollo; reitera, no obstante, que los objetivos de desarrollo son objetivos en sí mismos; recuerda la obligación recogida en el artículo 208 del TFUE de «[tener] en cuenta los objetivos de la cooperación para el desarrollo al aplicar las políticas que puedan afectar a los países en desarrollo»; subraya de forma rotunda que el Parlamento únicamente puede aceptar un concepto firme de política de desarrollo basado en las obligaciones impuestas por el TFUE y centrado principalmente en la lucha contra la pobreza; recuerda los principios de la acción exterior de la Unión con arreglo al artículo 21, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea, a saber, la democracia, el Estado de Derecho, la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, el respeto de la dignidad humana, los principios de igualdad y solidaridad, y el respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas y del Derecho internacional;

4.

Describe, de conformidad con el Tratado de Lisboa, la cooperación al desarrollo como la lucha por la DIGNIDAD mediante la erradicación de la POBREZA;

Objetivos, valores y principios de desarrollo de la Unión

5.

Pide que los ODS, la Agenda 2030 y las dimensiones económicas, sociales y medioambientales del desarrollo sostenible sean transversales a todas las políticas interiores y exteriores de la Unión y que sean el eje central del Consenso, dadas las importantes interconexiones entre sus objetivos y metas; pide que el objetivo principal y general de la política de desarrollo de la Unión siga siendo el de combatir y, a largo plazo, erradicar la pobreza, prestando especial atención a los grupos más marginados y proponiéndose no dejar atrás a nadie; destaca la importancia de definir la pobreza en consonancia con lo establecido en el Consenso y el Programa para el Cambio, y dentro del marco del Tratado de Lisboa.

6.

Hace hincapié en el carácter universal y transformador de la Agenda 2030; subraya, por tanto, que los países desarrollados y en desarrollo comparten la responsabilidad de alcanzar los ODS y que la estrategia de la Unión respecto de dichos objetivos debe consistir en un conjunto coherente de políticas y compromisos tanto internos como externos que hagan uso de toda la gama de instrumentos de la política de desarrollo;

7.

Insiste en que la política de desarrollo debe reflejar de manera más coherente la atención que la Unión presta a los Estados frágiles, el desempleo juvenil, a las mujeres y niñas víctimas de la violencia de género y de prácticas perniciosas, y a las que se hallan en situaciones de conflicto, y recuerda el compromiso de la Unión de asignar como mínimo el 20 % de su AOD a la inclusión social y el desarrollo humano;

8.

Hace hincapié en que la educación resulta fundamental para el desarrollo de sociedades autosostenibles; pide a la Unión que, como requisito previo esencial para la capacidad de inserción profesional de los jóvenes y su acceso a empleos cualificados, vincule entre sí la educación y la formación técnica y profesional de calidad y la cooperación con la industria; opina que, para el desarrollo y la protección de los niños, resulta crucial centrarse, sobre todo, en el problema del acceso a la educación en situaciones de emergencia y de crisis;

9.

Hace hincapié en que los factores sistémicos, como la desigualdad de género, los obstáculos políticos y los desequilibrios de poder, inciden en la salud, y en que resulta fundamental garantizar un acceso equitativo a servicios de salud de calidad prestados por personal sanitario capacitado, cualificado y competente; destaca que el nuevo Consenso debe promover, por tanto, la inversión en trabajadores sanitarios de primera línea y el empoderamiento de los mismos, ya que desempeñan una función esencial a la hora de garantizar la cobertura de servicios sanitarios en zonas alejadas, pobres y con pocos servicios y en zonas de conflicto; subraya que, para alcanzar los ODS, resulta esencial fomentar la investigación en nuevas tecnologías sanitarias y su desarrollo, a fin de abordar nuevas amenazas sanitarias como las epidemias y la resistencia a los antimicrobianos;

10.

Pide a la Unión que asuma un compromiso constante y firme con la gobernanza mundial basada en normas, en particular con la Alianza Mundial para el Desarrollo Sostenible, y que promueva dicha gobernanza;

11.

Subraya que luchar contra las desigualdades en los Estados miembros y entre ellos, contra la discriminación, en particular por razones de género, y contra la injusticia y los conflictos, y promover la paz, la democracia participativa, la buena gobernanza, el Estado de Derecho y los derechos humanos, las sociedades inclusivas y el crecimiento sostenible, así como abordar los desafíos en materia de adaptación y atenuación del cambio climático deben ser objetivos transversales de la política de desarrollo de la Unión; pide que la Agenda 2030 se aplique en su totalidad y de modo coordinado y coherente con el Acuerdo de París sobre el cambio climático, también en lo relativo a la necesidad de subsanar con carácter urgente las lagunas existentes entre las medidas necesarias para limitar el calentamiento global y para redoblar los esfuerzos en pro de la adaptación y de su financiación; recuerda el compromiso contraído por la Unión de dedicar al menos el 20 % de su presupuesto correspondiente al periodo 2014-2020 —unos 180 000 millones de euros– para luchar contra el cambio climático, también a través de su política exterior y de cooperación al desarrollo;

12.

Hace hincapié en que la cooperación al desarrollo puede surgir a partir de la inclusión, la confianza y la innovación basadas en el respeto por parte de todos los socios del uso de estrategias nacionales y de los marcos de resultados por países;

13.

Reconoce el papel especial de la buena gobernanza en el desarrollo sostenible; pide a la Unión que refuerce el equilibrio entre los ámbitos económico, social y medioambiental, apoyando para ello estrategias nacionales integrales de desarrollo sostenible y mecanismos y procesos de buena gobernanza adecuados, con especial atención a la participación de la sociedad civil; destaca la importancia de las reformas de descentralización administrativa y fiscal como medio para promover la buena gobernanza a escala local, en consonancia con el principio de subsidiariedad;

14.

Pide que la cooperación al desarrollo de la Unión anime a los países socios a «glocalizar» los ODS, en consulta con la sociedad civil nacional y local, para traducirlos en objetivos nacionales y subnacionales pertinentes al contexto e integrados en las estrategias, los programas y los presupuestos nacionales en materia de desarrollo; pide a la Unión y a sus Estados miembros que animen a sus socios a incluir las voces de las comunidades marginadas en el seguimiento de los ODS, y que promuevan mecanismos concretos para este fin, en consonancia con el principio de «no dejar atrás a nadie»;

15.

Pide que la política de desarrollo de la Unión siga dando prioridad a apoyar a los países menos adelantados (PMA) y a los países de renta baja (PRB), así como a los pequeños Estados insulares en desarrollo (PEID), y aborde al mismo tiempo las necesidades diversas y específicas de los PRM en los que vive la mayoría de los pobres del mundo, en consonancia con la Agenda de Acción de Adís Abeba y respetando plenamente el principio de diferenciación; aboga por la integración de un enfoque territorial respecto del desarrollo para capacitar a las administraciones locales y regionales y abordar mejor las desigualdades dentro de los países;

16.

Subraya la importancia del principio de apropiación democrática, que asigna a los países en desarrollo la responsabilidad principal de su propio desarrollo, pero que a la vez permite que los parlamentos nacionales y los partidos políticos, las autoridades regionales y locales, la sociedad civil y otras partes interesadas desempeñen plenamente sus respectivos papeles junto con los gobiernos nacionales, y participen activamente en el proceso de toma de decisiones; destaca, en este contexto, la importancia de mejorar la rendición de cuentas en sentido descendente y ascendente, al objeto de responder mejor a las necesidades locales y promover la apropiación democrática de los ciudadanos;

17.

Pide a la Unión que continúe prestando apoyo a la creación de capacidades a escala local y regional y a los procesos de descentralización, y que refuerce dicho apoyo, con el fin de capacitar a las administraciones locales y regionales e incrementar su transparencia y rendición de cuentas, de modo que puedan satisfacer las necesidades y exigencias de sus ciudadanos;

18.

Pide, de conformidad con el principio de asociación, la responsabilidad compartida para todas las acciones conjuntas, promoviendo el máximo nivel posible de transparencia; pide a la Unión y a sus Estados miembros que promuevan un papel reforzado de los Parlamentos nacionales, de las administraciones locales y regionales y de la sociedad civil en la supervisión política y presupuestaria y en el control democrático; pide una lucha conjunta contra la corrupción y la impunidad con todos los medios y a todos los niveles políticos;

19.

Pide que el diálogo político entre la Unión y los países o regiones socios constituya uno de los ejes centrales de toda la cooperación al desarrollo de la Unión, y que estos diálogos se centren en valores comunes y en el modo de promoverlos; pide una mayor participación parlamentaria y de la sociedad civil en los diálogos políticos;

20.

Subraya la importancia de una democracia plural e inclusiva, y pide que la Unión promueva unas condiciones equitativas para los partidos políticos y una sociedad civil dinámica en todas sus actuaciones, también mediante la creación de capacidades y a través del diálogo con países socios a fin de dejar suficiente espacio para la sociedad civil, con mecanismos de seguimiento y rendición de cuentas participativos e impulsados por los ciudadanos a escala nacional, subnacional y regional, y que garantice la participación de las organizaciones de la sociedad civil en la elaboración, aplicación, seguimiento, revisión y rendición de cuentas de las políticas de desarrollo; pide a la Unión que reconozca que la consulta de la sociedad civil es uno de los factores cruciales para tener éxito en todos los sectores de programación, a fin de poder alcanzar una gobernanza inclusiva;

21.

Reconoce el papel de la sociedad civil para sensibilizar a la opinión pública y abordar los ODS a escala nacional y mundial a través de la educación y la concienciación acerca de una ciudadanía global;

22.

Pide que la igualdad entre mujeres y hombres y el empoderamiento y los derechos de las mujeres y las niñas sea un objetivo a la vez autónomo y transversal en la política de desarrollo de la Unión, de conformidad con el Plan de Acción de la UE sobre la Igualdad de Género y la Agenda 2030, y tal y como se recoge en las Conclusiones del Consejo, de 26 de mayo de 2015, sobre igualdad de género en el desarrollo; hace un llamamiento para que se establezcan medidas específicas con finalidad política destinadas a abordar retos en este ámbito; pide que la Unión redoble los esfuerzos por fomentar el importante papel de las mujeres y de los jóvenes como promotores del desarrollo y del cambio; subraya a este respecto que la igualdad de género comprende a mujeres y hombres y a niñas y niños de todas las edades, y que los programas deben fomentar una coparticipación equitativa y la promoción de los derechos y del acceso a los servicios, en particular en lo que se refiere al acceso a la educación y la atención sanitaria y reproductiva, sin discriminación por identidad de género u orientación sexual;

23.

Destaca la necesidad de promover, proteger y hacer respetar todos los derechos humanos; subraya que defender los derechos de las mujeres y las niñas, incluidos su salud y derechos en el ámbito sexual y reproductivo, y eliminar todas las formas de violencia sexual y de género y de discriminación contra ellas, incluidas las prácticas perniciosas contra los niños, el matrimonio precoz y forzado, y la mutilación genital femenina, resulta esencial para lograr el respeto de los derechos humanos; subraya la necesidad de garantizar el acceso universal a una información y educación completas, asequibles y de gran calidad sobre la salud sexual y reproductiva, y los servicios de planificación familiar; pide que se siga actuando para acelerar los esfuerzos encaminados a alcanzar la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, mediante la consolidación de las asociaciones de múltiples partes interesadas y el refuerzo de la capacidad para la presupuestación y la planificación con perspectiva de género, y garantizando la participación de las organizaciones de mujeres;

24.

Apuesta por estrategias de desarrollo específicas de la Unión para alcanzar, proteger y apoyar mejor a grupos vulnerables y marginados como las mujeres y los niños, las personas LGBTI, las personas de edad avanzada, las personas con discapacidad, los pequeños productores, las cooperativas, las minorías lingüísticas y étnicas y los pueblos indígenas, con el fin de ofrecerles las mismas oportunidades y derechos que a cualquier otra persona, en consonancia con el principio de «no dejar atrás a nadie»;

25.

Reitera el compromiso de la Unión de invertir en el desarrollo de los niños y jóvenes, mejorando la comunicación sobre los recursos nacionales y la cooperación al desarrollo centrada en los niños, y de reforzar la capacidad para que los jóvenes participen en ejercicios de rendición de cuentas;

26.

Pide apoyo para que los países frágiles y afectados por conflictos accedan a los recursos y las asociaciones necesarias para alcanzar las prioridades de desarrollo, y aboga por que se promueva el aprendizaje interpares entre ellos y se refuerce el compromiso de los socios para con los esfuerzos en materia de desarrollo, consolidación de la paz, seguridad y ayuda humanitaria;

27.

Subraya que siguen siendo importantes los objetivos establecidos en el capítulo sobre desarrollo humano en el marco del Consenso Europeo actual; subraya la necesidad de vincular esos objetivos a los ODS y de situar el fortalecimiento del sistema de salud horizontal (en lugar de apoyar programas verticales para enfermedades específicas) en el centro del programa para la mejora de la salud pública, lo que reforzará asimismo la resiliencia en caso de crisis sanitarias como el brote de ébola en África occidental en los años 2013-2014, y de asegurar el derecho fundamental a la asistencia sanitaria universal, tal y como establece el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) y la Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS); recuerda que el artículo 168 del TFUE establece que, al definirse y ejecutarse todas las políticas y acciones de la Unión, se garantizará un alto nivel de protección de la salud humana; pide, a este respecto, una política más coherente de innovación y desarrollo de medicamentos, que garantice el acceso a los medicamentos para todos;

28.

Aboga por que, a la luz del crecimiento demográfico, sobre todo en África y en los PMA, la cooperación al desarrollo de la Unión ponga un mayor énfasis en los programas que se ocupan de esta cuestión, teniendo en cuenta que, de los 21 países con las tasas de fertilidad más altas, 19 se encuentran en África, que Nigeria es el país con el crecimiento de población más rápido del mundo, y que se espera que, para 2050, más de la mitad del crecimiento de la población mundial tenga lugar en África, lo que constituye un problema para el desarrollo sostenible;

29.

Acoge satisfactoriamente que la seguridad alimentaria y de la nutrición haya surgido como un ámbito prioritario en el nuevo marco de desarrollo mundial, y celebra la inclusión de un objetivo independiente para acabar con el hambre, lograr la seguridad alimentaria y una mejor nutrición y promover la agricultura sostenible; reconoce que el hambre y la pobreza no son accidentes, sino el resultado de injusticias y desigualdades sociales y económicas a todos los niveles; reitera que el Consenso debe incidir en el apoyo continuado de la Unión a enfoques integrados e intersectoriales que refuercen la capacidad de una producción diversificada de alimentos a escala local e incluyan intervenciones específicas en materia de nutrición y sensibles a esta, que aborden expresamente la desigualdad de género;

30.

Insiste en la necesidad de mecanismos de rendición de cuentas relativos al seguimiento y aplicación de los ODS y del objetivo de AOD del 0,7 % de la RNB; pide a la Unión y a sus Estados miembros que presenten un calendario sobre el modo de alcanzar de manera gradual esos objetivos y metas, en el que se prevea asimismo la presentación de informes anuales al Parlamento Europeo;

31.

Subraya la necesidad de enfoques multisectoriales integrados para reforzar de manera eficaz la resiliencia, lo que implica trabajar por una mejor integración de la acción humanitaria, la reducción del riesgo de catástrofes, la protección social, la adaptación al cambio climático, la gestión de los recursos naturales, la mitigación de conflictos y otras acciones relativas al desarrollo; pide a la Unión y a los Estados miembros que promuevan una gobernanza inclusiva que aborde los factores de marginación y desigualdad de la vulnerabilidad; es consciente de que es necesario capacitar a las poblaciones vulnerables para que gestionen los riesgos y accedan a los procesos de toma de decisiones que afectan a su futuro;

32.

Destaca la contribución de la cultura al desarrollo humano, social y económico sostenible e insiste en que se tenga en cuenta la dimensión cultural como un aspecto fundamental de la política de solidaridad, cooperación y ayuda al desarrollo de la Unión; insta a que se fomente la diversidad cultural, se apoyen las políticas culturales y se tomen en consideración las circunstancias locales en la medida en que ello contribuya a alcanzar el objetivo de promover un desarrollo sostenible;

33.

Señala que se prevé que la población urbana aumente en 2 500 millones para el año 2050, y que cerca del 90 % de dicho aumento se concentrará en Asia y en África; admite los problemas derivados del crecimiento explosivo de las megaciudades y los desafíos que este fenómeno plantea para la sostenibilidad social y medioambiental; apuesta por un desarrollo regional equilibrado y recuerda que la revitalización de la actividad económica en las zonas rurales y en los pueblos y ciudades de menor tamaño reduce la presión de emigrar a los megacentros urbanos, aliviando así los problemas de urbanización y migración descontroladas;

Diferenciación

34.

Subraya que, para que la estrategia de desarrollo de la UE sea eficaz, la Unión debe promover una redistribución equitativa de la riqueza por parte de los países en desarrollo a través de los presupuestos nacionales, es decir, tanto dentro de los países como entre ellos; destaca que la ayuda europea al desarrollo debe antes de nada diferenciar entre las situaciones de los diferentes países y las necesidades de desarrollo, y no basarse únicamente en indicadores microeconómicos o consideraciones políticas;

35.

Insiste en que la cooperación al desarrollo de la Unión debe aplicarse para dar respuesta a las necesidades más importantes, y procurar el mayor efecto posible a corto y largo plazo; resalta la necesidad de estrategias de desarrollo a medida, con apropiación y diseño a escala local, que tomen en consideración los desafíos específicos que afrontan cada uno de los países o grupos de países, como los PEID, los Estados frágiles o los países en desarrollo sin litoral (LLDC, por sus siglas en inglés);

36.

Aboga por que se desarrollen estrategias específicas de cooperación con los PRM con el fin de consolidar sus progresos y luchar contra la desigualdad, la exclusión, la discriminación y la pobreza, especialmente mediante la promoción de sistemas fiscales progresivos y justos, al tiempo que subraya que los PRM no constituyen un grupo homogéneo y que, por lo tanto, cada uno tiene necesidades específicas a las que se debe responder con políticas a medida; subraya la necesidad de suprimir progresivamente y de manera responsable las ayudas financieras a los PRM y de centrarse en otras formas de cooperación, como la asistencia técnica, la puesta en común de conocimientos y del buen hacer industriales, las asociaciones público-públicas que puedan apoyar bienes públicos mundiales, como la ciencia, la tecnología y la innovación, el intercambio de mejores prácticas y la promoción de la cooperación regional, la cooperación Sur-Sur y la cooperación triangular; subraya la importancia de las fuentes de financiación alternativa, como la movilización de los ingresos nacionales, la concesión de préstamos en condiciones no favorables o menos favorables, la cooperación en cuestiones técnicas, fiscales, relacionadas con el comercio y la investigación, y las asociaciones público-privadas;

Eficacia y financiación del desarrollo

Eficacia del desarrollo

37.

Pide a la Unión y a los Estados miembros que desempeñen un papel destacado entre los agentes para el desarrollo y que renueven su compromiso de aplicar plenamente los principios de una cooperación al desarrollo eficaz, dando prioridad a mecanismos, herramientas o instrumentos que permitan que lleguen más recursos a los beneficiarios finales, en particular, la apropiación a escala nacional de las prioridades de desarrollo, la adaptación a las estrategias y los sistemas de desarrollo nacionales de los países socios, una atención centrada en los resultados, la transparencia, la responsabilidad mutua y la inclusión democrática de todas las partes interesadas; insiste en la importancia de redoblar los esfuerzos de la Unión por hacer que la cooperación al desarrollo sea lo más eficaz posible, con vistas a ayudar a alcanzar los ambiciosos objetivos y metas recogidos en la Agenda 2030 y aprovechar al máximo los recursos públicos y privados para el desarrollo; pide que en el nuevo Consenso Europeo sobre Desarrollo se haga una referencia clara a los principios de eficacia del desarrollo;

38.

Reitera la importancia de aumentar el entendimiento y el compromiso activo del público europeo en los principales debates sobre desarrollo y en los intentos por erradicar la pobreza mundial y promover el desarrollo sostenible; subraya, a tal fin, que la educación y sensibilización no formales en materia de desarrollo, también mediante la continuación y ampliación del programa Educación para el Desarrollo y Sensibilización (DEAR), deben seguir siendo partes integrales de las políticas de desarrollo de la Unión y de los Estados miembros;

39.

Considera que simplificar la financiación y los procedimientos burocráticos puede contribuir a aumentar la eficacia; aboga por una reforma a escala de la Unión para acelerar la aplicación (como ya se contempló en el apartado 122 de la Declaración conjunta sobre el Consenso Europeo sobre Desarrollo de 2006), que aborde la necesidad de revisar los procedimientos de selección centrándose más en el solicitante, a saber, identidad, conocimientos específicos, experiencias, rendimiento y fiabilidad sobre el terreno (y no solo requisitos formales de elegibilidad);

40.

Reitera la importancia de la creación de capacidades para mejorar la capacidad de ciudadanos, organizaciones, Gobiernos y sociedades para desempeñar plenamente sus respectivos papeles en la elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de las estrategias de desarrollo sostenible;

41.

Acoge con satisfacción los progresos realizados y pide a la Unión y a sus Estados miembros que intensifiquen y amplíen la programación conjunta y las actividades de ejecución conjuntas a fin de aunar recursos, mejorar la división del trabajo a escala nacional, reducir los costes de transacción, evitar los solapamientos y la fragmentación de las ayudas, mejorar la visibilidad de la Unión sobre el terreno, y promover la apropiación de las estrategias de desarrollo por parte de los países y la adaptación a las prioridades de los países socios; subraya que es fundamental que el proceso de programación conjunta se realice entre los agentes europeos y que únicamente se abra a otros donantes cuando la situación local lo justifique y sin alterar el carácter europeo del proceso; pide a la Unión y a sus Estados miembros que sigan coordinando sus acciones con otros donantes y organizaciones, como nuevos donantes, organizaciones de la sociedad civil, filántropos particulares, entidades financieras y empresas del sector privado; observa con preocupación cómo, a mediados de 2015, solo cinco Estados miembros de la Unión habían publicado planes de ejecución de los compromisos de Busan; insta a los Estados miembros a que, cada año, publiquen sus planes de ejecución e informen de la labor que han llevado a cabo en materia de eficacia del desarrollo;

42.

Reitera su petición (25) relativa a la codificación y el refuerzo de los mecanismos y las prácticas destinadas a garantizar una mejor complementariedad y una coordinación efectiva de la ayuda al desarrollo entre los Estados miembros y las instituciones de la Unión, proporcionando normas claras y aplicables para garantizar la apropiación democrática por parte de los países, la armonización, la adaptación a los sistemas y estrategias nacionales, la previsibilidad de los fondos, la transparencia y la responsabilidad mutua;

43.

Subraya que la eficacia del desarrollo debería ser uno de los principales motores de la nueva política de desarrollo de la Unión; recuerda que esto no solo depende de los donantes de ayuda, sino también de la existencia de instituciones eficaces y reactivas, de políticas sólidas, del Estado de Derecho, de una gobernanza democrática integradora y de salvaguardias contra la corrupción en los países en desarrollo y contra los flujos financieros ilícitos a escala internacional;

44.

Reconoce el papel de las administraciones locales y regionales en el ámbito del desarrollo, y en particular de la cooperación descentralizada entre las administraciones locales y regionales europeas y de los países socios, como un medio eficaz de refuerzo mutuo de la capacidad y de aplicación de los ODS a escala local;

Financiación para el desarrollo

45.

Reitera que la AOD debe seguir siendo la piedra angular de la política de desarrollo de la Unión; recuerda el compromiso de la Unión de lograr el objetivo de AOD del 0,7 % de la RNB para 2030; destaca la importancia de que otros países, tanto desarrollados como emergentes, incrementen también su AOD; resalta el importante papel de la AOD como catalizador del cambio y como impulsor de la movilización de otros recursos; recuerda el compromiso de la Unión de movilizar recursos para la acción por el clima en los países en desarrollo, de contribuir a alcanzar el objetivo de los países desarrollados de movilizar 100 000 millones de dólares estadounidenses al año y de mantener el doble de la financiación para la biodiversidad en los países en desarrollo;

46.

Aboga por criterios objetivos y transparentes para la asignación de recursos de ayuda al desarrollo a nivel tanto de los Estados miembros como de la Unión; pide que dichos criterios se basen en las necesidades, en las evaluaciones de impacto y en los resultados políticos, sociales y económicos, con vistas a un uso más eficaz de los fondos; destaca, no obstante, que dicha asignación nunca debe supeditarse a resultados en ámbitos sin relación directa con los objetivos de desarrollo; subraya la necesidad de alentar y recompensar la buena evolución hacia objetivos mutuamente acordados; hace hincapié en la importancia de los datos desglosados a nivel territorial para evaluar mejor los efectos de la AOD;

47.

Reconoce que el apoyo presupuestario general promueve la apropiación nacional, la adaptación a las estrategias nacionales de desarrollo de los países socios implicados, un enfoque centrado en los resultados, la transparencia y la responsabilidad mutua, pero subraya que solo debe tenerse en cuenta cuando y donde las condiciones sean las adecuadas y existan sistemas de control eficaces; recuerda que el apoyo presupuestario es el instrumento más adecuado para favorecer el establecimiento de un verdadero diálogo político que dé lugar a un mayor empoderamiento y apropiación;

48.

Considera que los ODS exigirán financiación y acciones de desarrollo que vayan más allá de la AOD y de las políticas públicas; hace hincapié en la necesidad de financiación nacional e internacional, tanto privada como pública, así como de políticas que asocien las acciones públicas y privadas favorables al desarrollo y que propicien un entorno que promueva el crecimiento y su distribución equitativa por los presupuestos nacionales;

49.

Recuerda que los países en desarrollo se enfrentan a importantes restricciones para recaudar impuestos y que se ven especialmente afectados por la evasión del impuesto sobre sociedades y los flujos financieros ilícitos; pide a la Unión y a sus Estados miembros que refuercen la CPD en este ámbito, que investiguen los efectos indirectos en los países en desarrollo de sus propias leyes y regímenes tributarios y que procuren una mejor representación de los países en desarrollo en los foros internacionales constituidos para reformar las políticas fiscales mundiales;

50.

Pide a la Unión y a sus Estados miembros que apoyen a los países de renta baja y media en la creación de regímenes fiscales justos, progresivos, transparentes y eficientes, así como de otros medios de movilización de recursos nacionales, con vistas a mejorar la previsibilidad y estabilidad de dicha financiación y reducir la dependencia de las ayudas; pide que se ofrezca dicho apoyo en ámbitos como la administración fiscal, la gestión de la hacienda pública, los sistemas de redistribución justos y la lucha contra la corrupción, los precios de transferencia erróneos, la evasión fiscal y otras formas de flujos financieros ilícitos; insiste en la importancia de la descentralización fiscal y en la necesidad de crear capacidades para apoyar a las administraciones subnacionales en el diseño de regímenes fiscales locales y en la recaudación de impuestos;

51.

Pide a la Unión y a sus Estados miembros que establezcan informes obligatorios país por país sobre empresas multinacionales, junto con la publicación obligatoria de datos exhaustivos y comparables relativos a las actividades de las empresas, a fin de garantizar la transparencia y la rendición de cuentas; pide a la Unión y a sus Estados miembros que tomen en consideración los efectos indirectos en los países en desarrollo de sus propios regímenes, políticas y leyes fiscales, y que acometan las reformas necesarias para garantizar que las empresas europeas que obtienen beneficios en países en desarrollo pagan su parte justa de impuestos en esos países;

52.

Subraya la necesidad de la financiación mixta y de las asociaciones público-privadas para apalancar financiación más allá de la AOD y para respetar efectivamente los principios de eficacia del desarrollo, pero insiste asimismo en que es necesario que estos se basen en criterios transparentes, demuestren su adicionalidad y su impacto positivo en el desarrollo y no socaven el acceso universal a servicios públicos esenciales de calidad, así como en que todos los pagos sean transparentes; subraya que los proyectos financiados deben respetar los objetivos de desarrollo nacionales, los derechos humanos y las normas sociales y medioambientales reconocidos internacionalmente, las necesidades y derechos de las poblaciones locales y los principios de eficacia del desarrollo; reconoce, en este sentido, que los usos tradicionales del suelo, por ejemplo por parte de pequeños propietarios y pastores, no suelen estar documentados, pese a lo cual deben respetarse y protegerse; reitera que las empresas participantes en asociaciones de desarrollo deberían respetar los principios de la responsabilidad social empresarial (RSE), así como los Principios Rectores de las Naciones Unidas y las Directrices de la OCDE en todas sus operaciones, además de promover unas prácticas empresariales éticas; observa que las políticas y los programas de desarrollo son doblemente beneficiosos si se cumple la eficacia del desarrollo; pide a todos los agentes para el desarrollo que adapten todas sus acciones a estos principios;

53.

Pide a la Unión que promueva inversiones que generen empleo digno, en consonancia con las normas de la Organización Internacional del Trabajo y la Agenda 2030; subraya, a este respecto, el valor del diálogo social y la necesidad de transparencia y rendición de cuentas del sector privado en el caso de las asociaciones público-privadas y cuando el dinero del desarrollo se utilice en financiación mixta;

54.

Destaca que los fondos de desarrollo utilizados para el Plan Europeo de Inversiones Exteriores (PEIE) propuesto, así como para los actuales fondos fiduciarios, deben cumplir los objetivos de desarrollo compatibles con la AOD y los nuevos ODS; pide que se establezcan mecanismos que permitan al Parlamento cumplir su papel de control cuando se utilizan fondos de desarrollo de la Unión al margen de los procedimientos normales del presupuesto de ésta, en particular concediéndole el estatuto de observador para el PEIE, los fondos fiduciarios y otros órganos estratégicos con capacidad de decisión sobre las prioridades y el alcance de los programas y proyectos;

55.

Reconoce el papel de las microempresas, las pymes, las cooperativas, los modelos empresariales integradores y los institutos de investigación como motores del crecimiento, del empleo y de la innovación local que contribuirán a alcanzar los ODS; pide que se promueva un entorno propicio a la inversión, la industrialización, la actividad empresarial, la ciencia, la tecnología y la innovación con el fin de estimular y acelerar el desarrollo humano y económico a nivel nacional, así como programas de formación y diálogos periódicos entre los sectores público y privado; reconoce el papel del BEI en el marco del PEIE y destaca sus iniciativas, que se centran particularmente en los jóvenes y las mujeres, y que deberían contribuir —en consonancia con los principios de eficacia del desarrollo— a la inversión en sectores socialmente importantes, como el agua, la salud y la educación, así como al apoyo a la iniciativa empresarial y al sector privado local; pide al BEI que dedique más recursos a la microfinanciación con una marcada perspectiva de género; pide también al BEI que trabaje junto con el Banco Africano de Desarrollo (BAD) para financiar inversiones a largo plazo en favor del desarrollo sostenible, y pide a otros bancos de desarrollo que propongan un instrumento de microcréditos para subvencionar préstamos a explotaciones agrícolas familiares;

56.

Considera indispensable que el nuevo Consenso haga referencia a un sólido compromiso de la Unión por implantar un marco internacional jurídicamente vinculante para que las empresas se responsabilicen de sus prácticas abusivas en los países donde operan, ya que afectan a todos los ámbitos de la sociedad —desde la explotación del trabajo infantil a la ausencia de un salario digno, desde vertidos de petróleo a la deforestación masiva, desde el acoso a los defensores de los derechos humanos a la apropiación de tierras—;

57.

Pide a la Unión Europea y a sus Estados miembros que promuevan medidas vinculantes para velar por que las empresas multinacionales tributen en los países en los que se extrae o se genera su valor y promuevan una información obligatoria sobre cada país por parte del sector privado, reforzando de este modo la movilización de los recursos nacionales de los países; pide que se realice un análisis de las repercusiones que estudie las posibles prácticas de transferencia de beneficios;

58.

Pide que se adopte un enfoque de la sostenibilidad de la deuda basado en las necesidades humanas a través de un conjunto vinculante de normas que definan los empréstitos y los préstamos responsables, de auditorías de la deuda y de un mecanismo justo de renegociación de la deuda, con el que se evalúe la legitimidad y la sostenibilidad de la carga de la deuda de los países;

Coherencia de las políticas en favor del desarrollo

59.

Pide un debate sobre la CPD a escala de la Unión con el fin de aclarar el vínculo entre esta y la coherencia de las políticas en favor del desarrollo sostenible (CPDS); destaca la importancia capital que reviste aplicar los principios de la CPD en todas las políticas de la Unión; insiste en que la CPD debe constituir un elemento clave de la estrategia de la Unión para la consecución de los ODS; reitera la necesidad de redoblar los esfuerzos de las instituciones y los Estados miembros de la Unión para tener en cuenta los objetivos de cooperación al desarrollo en todas las políticas interiores y exteriores que puedan afectar a los países en desarrollo, para encontrar mecanismos eficaces y utilizar las mejores prácticas existentes a escala de los Estados miembros a fin de aplicar y evaluar la CPD, para garantizar que la CPD se aplica con una perspectiva sensible al género y para incluir en este proceso a todas las partes interesadas, incluidas las organizaciones de la sociedad civil y las autoridades locales y regionales;

60.

Propone que, para asegurar la CPD, se establezca un mecanismo de arbitraje que se confíe al presidente de la Comisión, y que, en caso de divergencias entre las distintas políticas de la Unión, corresponda al presidente de la Comisión asumir plenamente su responsabilidad política sobre las grandes orientaciones y zanjar la cuestión en virtud de los compromisos contraídos por la Unión en el ámbito de la CPD; considera que, tras una fase de determinación de los problemas, podría preverse una reforma de los procedimientos de toma de decisiones dentro de los servicios de la Comisión y en el ámbito de la cooperación entre los diferentes servicios;

61.

Aboga por un diálogo reforzado entre la Unión y los países en desarrollo sobre la promoción y aplicación de la CPD por parte de la Unión; cree que la respuesta de los países socios de la Unión sobre el progreso de la CPD puede resultar clave para obtener una evaluación precisa de sus efectos;

62.

Reitera su petición a favor del desarrollo de procesos de gobernanza destinados a promover la CPD a nivel global, y de que la Unión lidere el fomento del concepto de la CPD en la escena internacional;

Comercio y desarrollo

63.

Destaca la importancia de un comercio justo y adecuadamente regulado para el fomento de la integración regional, la contribución al desarrollo sostenible y la lucha contra la pobreza; recalca que la política comercial de la Unión debe formar parte de la agenda de desarrollo sostenible y reflejar los objetivos de la política de desarrollo de la Unión;

64.

Subraya que, con el fin de favorecer el desarrollo, se siguen manteniendo preferencias comerciales unilaterales en beneficio de países en desarrollo que no forman parte de los PMA; considera asimismo que el nuevo Consenso debería incluir una referencia al compromiso de la Unión con el fomento de los regímenes de comercio justo y ético con los pequeños productores de los países en desarrollo;

65.

Acoge favorablemente el reconocimiento de la importante contribución del comercio justo a la aplicación de la Agenda 2030; pide a la Unión que aplique y siga desarrollando su compromiso de apoyo a la adopción de regímenes de comercio justo en la Unión y en los países socios, a fin de promover patrones de consumo y producción sostenibles a través de sus políticas comerciales;

66.

Destaca la necesidad de un mayor apoyo de la Unión a los países en desarrollo para la capacitación comercial, las infraestructuras y el desarrollo del sector privado nacional, de manera que dichos países puedan conferir valor añadido a su producción y diversificarla e incrementar su comercio;

67.

Reitera que un entorno saludable, con un clima estable, resulta indispensable para erradicar la pobreza; apoya los esfuerzos realizados por la Unión para aumentar la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión, la extracción y el comercio de los recursos naturales, para promover el consumo y la producción sostenibles y para impedir el comercio ilegal en sectores como los minerales, la madera y la fauna silvestre; cree firmemente que se precisa un mayor esfuerzo global para desarrollar marcos reguladores para las cadenas de suministro, y una mayor rendición de cuentas del sector privado, a fin de garantizar la gestión sostenible y el comercio de recursos naturales y de permitir que los países ricos en recursos y sus ciudadanos protejan los derechos de las comunidades locales e indígenas y se beneficien más de dicho comercio y de la gestión sostenible de la biodiversidad y los ecosistemas; acoge favorablemente los progresos realizados desde el establecimiento del Pacto de Sostenibilidad con Bangladés y pide a la Comisión que amplíe los marcos vinculantes para abarcar otros sectores; insta, a este respecto, a la Comisión a reforzar las iniciativas en materia de RSE y de diligencia debida que complementan la normativa vigente de la Unión sobre la madera, en el marco de la propuesta de Reglamento sobre los minerales de guerra, extendiéndolas a otros sectores;

68.

Considera deplorable que siga sin existir un marco normativo sobre el respeto por parte de las empresas de los derechos humanos y las obligaciones referentes a las normativas sociales y medioambientales, circunstancia que permite a determinados Estados y empresas eludirlos con impunidad; pide a la Unión y a sus Estados miembros que se impliquen activamente en la labor del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente en favor de un tratado internacional por el que se responsabilice a las empresas transnacionales de las violaciones de los derechos humanos y de las normas medioambientales;

69.

Reafirma la importancia de acciones coordinadas y prontas para abordar la desnutrición a fin de cumplir la Agenda 2030 y alcanzar el ODS n.o 2 de poner fin al hambre;

70.

Recuerda el papel crucial que desempeñan los bosques en la mitigación del cambio climático, la conservación de la biodiversidad y la reducción de la pobreza, y pide a la Unión que contribuya a detener y revertir la deforestación y la degradación forestal, y a promover una gestión forestal sostenible, en los países en desarrollo;

Seguridad y desarrollo

71.

Reitera la relación directa existente entre seguridad y desarrollo, y subraya la necesidad de atenerse estrictamente a la reciente reforma de la AOD sobre el uso de instrumentos de desarrollo en el ámbito de la política de seguridad, guiándose por el claro objetivo de erradicar la pobreza y fomentar el desarrollo sostenible; hace hincapié en que el objetivo de unas sociedades pacíficas e integradoras con acceso a la justicia para todos debería traducirse en una acción exterior de la Unión que, mediante el apoyo a todos los agentes sobre el terreno que tengan más probabilidades de alcanzar esos objetivos, genere resiliencia, promueva la seguridad humana, refuerce el Estado de Derecho, restablezca la confianza y aborde los complejos retos de la inseguridad, la fragilidad y la transición democrática;

72.

Considera que es preciso promover sinergias entre la política común de seguridad y defensa (PCSD) y los instrumentos de desarrollo para encontrar el justo equilibrio entre la prevención y la resolución de conflictos y la rehabilitación y el desarrollo después de los mismos; destaca que las medidas y programas de política exterior al efecto deben ser exhaustivas, estar diseñadas a medida de la situación del país y, en caso de estar financiadas mediante recursos previstos para la política de desarrollo, contribuir a los objetivos básicos de desarrollo según la definición de la AOD; subraya que las tareas principales de la cooperación al desarrollo siguen siendo apoyar a los países en sus esfuerzos por crear Estados pacíficos y estables que se atengan a la buena gobernanza y respeten el Estado de Derecho y los derechos humanos, y tratar de establecer economías de mercado sostenibles y viables con objeto de generar prosperidad para las personas y satisfacer todas las necesidades humanas básicas; destaca la necesidad de aumentar la financiación extremadamente limitada de la PCSD en este contexto con el fin de darle un uso más amplio, entre otros, en favor del desarrollo de conformidad con la CPD;

Migración y desarrollo

73.

Destaca el papel protagonista de la cooperación al desarrollo en el tratamiento de las causas últimas de la migración y el desplazamiento forzosos, tales como la fragilidad de los Estados, los conflictos, la inseguridad y la marginación, la pobreza, la desigualdad y la discriminación, las violaciones de los derechos humanos, el acceso deficiente a servicios básicos como la salud y la educación, y el cambio climático; identifica los siguientes objetivos y metas como condiciones previas para la estabilidad y resiliencia de los Estados y para limitar su vulnerabilidad ante situaciones que puedan derivar en una migración forzosa: el fomento de los derechos humanos y la dignidad de las personas, la consolidación de la democracia, la buena gobernanza y el Estado de Derecho, la inclusión y la cohesión sociales, las oportunidades económicas sumadas a un empleo digno y a través de empresas centradas en las personas, y el espacio político para la sociedad civil; pide que la cooperación al desarrollo se centre en estos objetivos y metas para fomentar la resiliencia, y aboga por que la ayuda al desarrollo vaya vinculada a la cuestión migratoria en situaciones de emergencia al objeto de estabilizar la situación, preservar el funcionamiento de los Estados y permitir que las personas desplazadas tengan unas condiciones de vida dignas;

74.

Recuerda, tal y como ha destacado la Agenda 2030 de las Naciones Unidas, la aportación positiva de los migrantes al desarrollo sostenible, en particular a través de las remesas, para las que los costes de transferencia deberían reducirse aún más; subraya que, para responder conjuntamente y de forma inteligente a las crisis y los desafíos planteados por la migración, se impone un enfoque más coordinado, sistemático y estructurado, que haga coincidir los intereses de los países de origen con los de destino; destaca que un modo eficaz de ayudar a grandes cantidades de refugiados y solicitantes de asilo consiste en mejorar las condiciones y ofrecer ayuda humanitaria y al desarrollo; rechaza, al mismo tiempo, cualquier intento de vincular la ayuda a los controles fronterizos, la gestión de los flujos migratorios o los acuerdos de readmisión;

75.

Subraya que los países de origen y de tránsito para los migrantes precisan soluciones de desarrollo a medida que encajen en sus respectivas situaciones políticas y socioeconómicas; destaca la necesidad de que dicha cooperación promueva los derechos humanos y la dignidad para todos, la buena gobernanza, la paz y la consolidación de la democracia, y se base en intereses comunes y valores compartidos y en el respeto del Derecho internacional;

76.

Destaca la necesidad de un estricto control y supervisión parlamentarios de los acuerdos vinculados a la gestión de la migración y del uso de los fondos de desarrollo relacionado con la migración; hace hincapié en la importancia de mantener una cooperación estrecha y de establecer buenas prácticas de intercambio de información entre instituciones, especialmente en el ámbito de la migración y la seguridad; recuerda sus preocupaciones relativas al creciente uso de fondos fiduciarios, como la transparencia limitada y la ausencia de consultas e implicación regional;

77.

Señala que, dadas las recientes medidas europeas para combatir las causas últimas de la migración forzosa, la política europea de desarrollo debe ajustarse a la definición del CAD de la OCDE y basarse en las necesidades de desarrollo y en los derechos humanos; destaca asimismo que la ayuda al desarrollo no debe supeditarse a la cooperación en asuntos de migración tales como la gestión de fronteras o los acuerdos de readmisión;

Ayuda humanitaria

78.

Insiste en la necesidad de vincular de forma más estrecha la ayuda humanitaria y la cooperación al desarrollo con objeto de colmar las lagunas de financiación, evitar las duplicaciones y la creación de sistemas paralelos, y sentar las bases de un desarrollo sostenible dotado de una resiliencia inherente y de herramientas para una mejor prevención de las crisis y preparación frente a estas; pide a la Unión que cumpla su compromiso de dedicar como mínimo el 25 % de su ayuda humanitaria para el año 2020 a los agentes locales y nacionales de la manera más directa posible, tal y como se acordó en el Gran Pacto;

79.

Recuerda los principios fundamentales de la ayuda humanitaria, a saber, humanidad, neutralidad, independencia e imparcialidad; celebra la tenacidad de la Comisión europea al resistirse a fusionar el Consenso Europeo sobre Desarrollo y el Consenso Europeo sobre la Ayuda Humanitaria;

80.

Destaca la necesidad de fortalecer la ayuda internacional, la coordinación y los recursos para la intervención en caso de emergencias, para la recuperación y para la reconstrucción en situaciones posteriores a una catástrofe;

81.

Acoge con satisfacción el compromiso de apoyar la promoción de las TIC en los países en desarrollo y de habilitar entornos para la economía digital, mejorando la conectividad libre, abierta y segura; recuerda que los satélites pueden facilitar soluciones eficaces con respecto a los costes para conectar activos y personas en zonas alejadas, y anima a la Unión y a sus Estados miembros a tener esto en cuenta en su labor en este ámbito;

Retos y bienes públicos mundiales

82.

Cree firmemente que la presencia en la escena mundial de la Unión y de sus Estados miembros los sitúa en el lugar adecuado para seguir desempeñando un papel de liderazgo internacional a la hora de abordar los retos y bienes públicos mundiales, que están sometidos a una presión cada vez mayor y afectan de forma desproporcionada a los pobres; aboga por la integración en el Consenso de los bienes mundiales y los desafíos medioambientales, entre ellos el desarrollo humano, el medio ambiente —en particular, el cambio climático y el acceso al agua—, la inseguridad y la fragilidad de los Estados, la migración, unos servicios energéticos asequibles, la seguridad alimentaria y la erradicación de la desnutrición y el hambre;

83.

Recuerda que la agricultura familiar y a pequeña escala, que es el modelo agrícola más común a escala mundial, desempeña un papel clave en la consecución de los ODS, ya que contribuye de manera sustancial a la seguridad alimentaria, a combatir la erosión de la tierra y la pérdida de biodiversidad, y a mitigar el cambio climático, al tiempo que proporciona empleo; destaca que la Unión debería promover, por un lado, la creación de organizaciones de agricultores, incluidas cooperativas, y, por otro, la agricultura sostenible, centrándose en las prácticas de agricultura ecológica, en una mayor productividad de las explotaciones familiares, en los derechos de los campesinos y en los derechos de uso de la tierra, así como en métodos de siembra informales como forma de garantizar la seguridad alimentaria y el abastecimiento de los mercados locales y regionales, además de una vida digna y una remuneración justa para los agricultores;

84.

Recuerda que el «sector privado» no es un conjunto de agentes homogéneo; subraya, por tanto, que, al abordar el sector privado, la política de desarrollo de la Unión y de los Estados miembros debería contar con estrategias diferenciadas para implicar a los distintos tipos de agentes del sector privado, incluidos los agentes orientados a los productores, las microempresas y las pymes, las cooperativas, las empresas sociales y las de la economía solidaria;

85.

Reafirma que garantizar el acceso a una energía asequible, fiable, sostenible y moderna para todos antes del año 2030 (ODS n.o 7) resulta crucial para satisfacer las necesidades humanas básicas, incluido el acceso a agua salubre, al saneamiento, a la asistencia sanitaria y a la educación, y es esencial en el apoyo a la creación de empresas a nivel local y a todo tipo de actividad económica, así como un motor clave para el avance del desarrollo;

86.

Hace hincapié en que el aumento de la productividad de los pequeños propietarios de tierras y la consecución de unos sistemas alimentarios y una agricultura sostenibles y resistentes al clima resultan claves para alcanzar el ODS n.o 2, así como a efectos del concepto de consumo y producción sostenibles del ODS n.o 12, que va más allá de los principios de la economía circular y aborda los efectos en el medio ambiente, en la sociedad y en los derechos humanos; insiste, por tanto, en que la Unión debería centrarse en promover la producción sostenible de alimentos y las prácticas agrícolas resistentes que incrementan la productividad y la producción; reconoce las necesidades concretas de las agricultoras en materia de seguridad alimentaria;

87.

Subraya la importancia de seguir trabajando para mejorar el acceso al agua, el saneamiento y la higiene como cuestiones transversales que afectan al logro de otros objetivos de la agenda posterior a 2015, incluidas la sanidad, la educación y la igualdad de género;

88.

Pide a la Unión que promueva iniciativas mundiales encaminadas a abordar los retos relacionados con el rápido avance de la urbanización y a crear ciudades más seguras, inclusivas, resilientes y sostenibles; celebra, en este contexto, la reciente aprobación de la Nueva Agenda Urbana en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible (Hábitat III), que tiene por objeto estudiar mejores formas de planificación, diseño, financiación, desarrollo, administración y gestión de las ciudades para contribuir a luchar contra la pobreza y el hambre, mejorar la salud y proteger el medio ambiente;

89.

Pide que la Unión redoble sus esfuerzos por proteger los océanos y los recursos marinos; celebra, en este contexto, las recientes iniciativas de la Comisión por mejorar la gobernanza internacional de los océanos a fin de promover una mejor gestión y mitigar los efectos del cambio climático en los mares y los ecosistemas;

90.

Destaca la importancia de tener en cuenta las correlaciones con la mejora de la productividad de la agricultura y la pesca sostenibles que entrañen una reducción de la pérdida y el desperdicio de alimentos, una gestión transparente de los recursos naturales y la adaptación al cambio climático;

Política de desarrollo de la Unión

91.

Insiste en las ventajas comparativas que ofrece la acción de desarrollo de la Unión, incluyendo su presencia en la escena mundial, la flexibilidad derivada de su gama de instrumentos y métodos de ejecución, su papel en la coherencia y coordinación de políticas y su compromiso al respecto, su planteamiento basado en la democracia y los derechos, sus dimensiones a la hora de proporcionar una masa crítica en subvenciones y su apoyo continuado a la sociedad civil;

92.

Destaca la necesidad de que las ventajas comparativas de la Unión se traduzcan en actuaciones centradas en un determinado número de ámbitos políticos, entre otros, la democracia, la buena gobernanza y los derechos humanos, los retos y bienes públicos mundiales, el comercio y la integración regional, y en el tratamiento de las causas últimas de la inseguridad y de la migración forzosa; subraya que dicha concentración deberá adaptarse a las necesidades y prioridades de cada uno de los países y regiones en desarrollo, en consonancia con los principios de apropiación y asociación;

93.

Recuerda el papel creciente desempeñado por el deporte en el desarrollo y la paz gracias al fomento de la tolerancia y la cultura del respeto mutuo, así como su contribución al empoderamiento de las mujeres y los jóvenes, los individuos y las comunidades, así como a la salud, la educación y la inclusión social;

94.

Subraya la importancia de un sistema global, colectivo, transparente y oportuno de rendición de cuentas para llevar a cabo el seguimiento y la revisión de la aplicación de la Agenda 2030 y del Consenso por parte de la Unión y de sus Estados miembros, y hace hincapié en que, a efectos de la asunción de responsabilidades y de la supervisión parlamentaria, sigue siendo necesario que se presenten informes anuales sobre los avances realizados en la aplicación de todos los compromisos asumidos en materia de política de desarrollo, incluidos los relativos a la eficacia, a la CPD y a la AOD; lamenta las recientes y previsibles omisiones detectadas en materia de información; celebra los planes de la Comisión de llevar a cabo una evaluación intermedia de la aplicación del Consenso;

o

o o

95.

Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior.

(1)  DO C 46 de 24.2.2006, p. 1.

(2)  http://www.oecd.org/dac/effectiveness/49650173.pdf

(3)  http://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-14684-2016-INIT/es/pdf

(4)  http://www.un.org/ga/search/view_doc.asp?symbol=A/RES/70/1&referer=/english/& Lang=S

(5)  http://unctad.org/meetings/es/SessionalDocuments/ares69d313_es.pdf

(6)  http://unfccc.int/resource/docs/2015/cop21/spa/10a01s.pdf

(7)  http://www.un.org/es/conf/whs/index.shtml

(8)  https://habitat3.org/the-new-urban-agenda/

(9)  http://effectivecooperation.org/wp-content/uploads/2016/05/4314021e.pdf

(10)  Conclusiones del Consejo de 15 de mayo de 2007.

(11)  Conclusiones del Consejo de 19 de mayo de 2014.

(12)  Documento del Consejo 10715/16.

(13)  DO C 280 E de 18.11.2006, p. 484.

(14)  DO C 33 E de 5.2.2013, p. 77.

(15)  DO C 468 de 15.12.2016, p. 73.

(16)  Textos Aprobados, P8_TA(2014)0059.

(17)  Textos Aprobados P8_TA(2015)0196.

(18)  Textos Aprobados P8_TA(2015)0265.

(19)  Textos Aprobados, P8_TA(2016)0137.

(20)  Textos Aprobados, P8_TA(2016)0224.

(21)  Textos Aprobados, P8_TA(2016)0246.

(22)  Textos Aprobados, P8_TA(2016)0437.

(23)  Textos Aprobados, P8_TA(2016)0299.

(24)  Textos Aprobados, P8_TA(2016)0437.

(25)  Resolución de 11 de diciembre de 2013.


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