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Document 52015XX1204(02)
Opinion of the Advisory Committee on restrictive agreements and dominant position at its meeting on 22 June 2015 concerning a preliminary draft decision relating to the Case AT.39563(2) — Retail Food Packaging — Rapporteur: Netherlands
Dictamen del Comité Consultivo en materia de prácticas restrictivas y posiciones dominantes emitido en su reunión de 22 de junio de 2015 en relación con un anteproyecto de Decisión relativa al caso AT.39563(2) — Envases de alimentos al por menor — Ponente: Países Bajos
Dictamen del Comité Consultivo en materia de prácticas restrictivas y posiciones dominantes emitido en su reunión de 22 de junio de 2015 en relación con un anteproyecto de Decisión relativa al caso AT.39563(2) — Envases de alimentos al por menor — Ponente: Países Bajos
DO C 402 de 4.12.2015, p. 5–5
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
4.12.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 402/5 |
Dictamen del Comité Consultivo en materia de prácticas restrictivas y posiciones dominantes emitido en su reunión de 22 de junio de 2015 en relación con un anteproyecto de Decisión relativa al caso AT.39563(2) — Envases de alimentos al por menor
Ponente: Países Bajos
(2015/C 402/06)
1. |
El Comité Consultivo está de acuerdo con la Comisión en cuanto a la determinación del valor de las ventas. |
2. |
El Comité Consultivo está de acuerdo con la Comisión sobre los períodos que deben tenerse en cuenta para imponer las multas. |
3. |
El Comité Consultivo está de acuerdo con la Comisión en cuanto a los importes de base de las multas. |
4. |
El Comité Consultivo está de acuerdo con la Comisión en cuanto a las circunstancias atenuantes y las reducciones ad hoc aplicables en el presente asunto. |
5. |
El Comité Consultivo está de acuerdo con la Comisión en cuanto a la reducción de las multas en aplicación de la Comunicación sobre clemencia de 2006. |
6. |
El Comité Consultivo está de acuerdo con la evaluación de la Comisión en cuanto a la solicitud de incapacidad contributiva. |
7. |
El Comité Consultivo está de acuerdo con la Comisión en cuanto a los importes definitivos de las multas. |
8. |
El Comité Consultivo recomienda la publicación de su dictamen en el Diario Oficial de la Unión Europea. |