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Document 52015XG0523(03)

    Comunicación del Ministerio de Asuntos Económicos del Reino de los Países Bajos con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

    DO C 170 de 23.5.2015, p. 6–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    23.5.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 170/6


    Comunicación del Ministerio de Asuntos Económicos del Reino de los Países Bajos con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

    (2015/C 170/05)

    El Ministerio de Asuntos Económicos comunica la recepción de una solicitud de autorización de prospección de hidrocarburos en una zona, denominada «Brielle», situada en la provincia de Holanda del Sur y el mar territorial dentro de los límites siguientes:

    a.

    La línea recta que va del vértice B, pasando por el vértice auxiliar 1, hasta su intersección con la línea establecida en el anexo de la Ley de Minas (Mijnbouwwet). Esa intersección está situada cerca del vértice A.

    b.

    La línea recta que va del vértice B al vértice C.

    c.

    La línea recta que va del vértice C hasta la intersección de la línea marcada por el límite meridional del bloque S3, tal como se indica en el mapa adjunto en el anexo 3 del Reglamento de Minas (Mijnbouwregeling), Boletín Oficial (Staatscourant) 2002, no 245), con la línea establecida en el anexo de la Ley de Minas. Esa intersección está situada cerca del vértice D.

    d.

    La línea establecida en el anexo de la Ley de Minas que va del vértice D hasta la intersección mencionada en el apartado a.

    Las coordenadas de los vértices anteriormente mencionados son las siguientes:

    Vértice

    X

    Y

    Vértice auxiliar 1

    59 659,53

    444 308,27

    A (1)

    59 720,10

    444 264,21

    B

    78 000,00

    430 966,10

    C

    78 000,00

    423 000,00

    D (1)

    45 358,39

    428 286,78

    Las coordenadas están expresadas según el sistema nacional de triangulación (RD Rijksdriehoeksmeting).

    Sobre la base de estos límites, la superficie es de 343,6 km2.

    El Ministerio de Economía invita a las entidades interesadas a presentar a concurso solicitudes de prospección de hidrocarburos para la zona denominada «Brielle», al amparo de la Directiva mencionada y del artículo 15 de la Ley de Minas (Staatsblad no 542 de 2002).

    La autoridad competente para la concesión de la autorización es el Ministerio de Asuntos Económicos. Los criterios, condiciones y requisitos mencionados en el artículo 5, apartados 1 y 2, y el artículo 6, apartado 2, de la Directiva mencionada se detallan en la Ley de Minas (Mijnbouwwet, Staatsblad no 542 de 2002).

    Las solicitudes podrán presentarse en las trece semanas posteriores a la publicación de la presente invitación en el Diario Oficial de la Unión Europea y deberán enviarse a la siguiente dirección:

    De Minister van Economische Zaken

    Att.: J. J. van Beek, Directie Energiemarkt

    Bezuidenhoutseweg 73

    Postbus 20401

    2500 EK Den Haag

    NEDERLAND

    Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán desestimadas.

    La decisión sobre las solicitudes se adoptará a más tardar doce meses después de finalizar el plazo.

    Para más información, se ruega dirigirse a la Sra. Van Beek, en el número de teléfono siguiente: +31 703796326.


    (1)  localización aproximada


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