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Document 52015PC0040

    Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (solicitud EGF/2014/015 GR/Attica Publishing activities)

    /* COM/2015/040 final */

    52015PC0040

    Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (solicitud EGF/2014/015 GR/Attica Publishing activities) /* COM/2015/040 final */


    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

    CONTEXTO DE LA PROPUESTA

    1.           Las normas aplicables a las contribuciones financieras del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) se establecen en el Reglamento (UE) nº 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1927/2006[1] («el Reglamento del FEAG»).

    2.           Las autoridades griegas presentaron la solicitud de contribución financiera del FEAG con la referencia EGF/2014/015 GR/Attica Publishing activities, a raíz de los despidos a tenor del artículo 3 del Reglamento del FEAG (en lo sucesivo, «los despidos») en cuarenta y seis empresas que operan en la división 58 («Edición») de la NACE Rev. 2[2] en la región NUTS de nivel 2[3] de Ática (EL 30), en Grecia.

    3.           Tras evaluar dicha solicitud, la Comisión ha llegado a la conclusión de que, con arreglo a todas las disposiciones aplicables del Reglamento del FEAG, se cumplen las condiciones para conceder una contribución financiera del FEAG.

    RESUMEN DE LA SOLICITUD

    Solicitud de ayuda del FEAG: || EGF/2014/015 GR/Attica Publishing activities

    Estado miembro: || Grecia

    Regiones afectadas (NUTS, nivel 2): || Ática (EL 30)

    Fecha de presentación de la solicitud: || 4.9.2014

    Fecha de acuse de recibo de la solicitud: || 18.9.2014

    Fecha de solicitud de información adicional: || 18.9.2014

    Fecha de solicitud de dos semanas más para presentar la información solicitada: || 29.10.2014

    Plazo de presentación de la información adicional: || 13.11.2014

    Plazo para la finalización de la evaluación: || 5.2.2015

    Criterio de intervención: || Artículo 4, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG

    Sector de actividad económica (división de la NACE Rev. 2): || División 58 («Edición»)

    Período de referencia (nueve meses): || 12 de septiembre de 2013 a 12 de junio de 2014

    Número de despidos o de ceses de actividad durante el período de referencia: || 705

    Número de beneficiarios elegibles que se espera que participen en las medidas: || 705

    Número de jóvenes beneficiarios que ni trabajan, ni siguen estudios ni formación (ninis): || 0

    Presupuesto para servicios personalizados (EUR): || 6 034 500

    Presupuesto para la intervención del FEAG[4] (EUR): || 210 000

    Presupuesto total (EUR): || 6 244 500

    Contribución del FEAG (60 %) (EUR): || 3 746 700

    EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD

    Procedimiento

    4.           Las autoridades griegas presentaron la solicitud EGF/2014/015 GR/Attica Publishing activities el 4 de septiembre de 2014, dentro del plazo de doce semanas a partir de la fecha en la que se cumplieron los criterios de intervención del artículo 4 del Reglamento del FEAG. El 18 de septiembre de 2014 la Comisión acusó recibo de la solicitud dentro del plazo de dos semanas a partir de la fecha de presentación de esta. Ese mismo día, la Comisión pidió información adicional a las autoridades griegas. Estas aportaron dicha información adicional en el plazo de ocho semanas a partir de la fecha de petición, tras ampliarse el plazo dos semanas en respuesta a la solicitud debidamente justificada de las autoridades griegas. El plazo de doce semanas a partir de la recepción de la solicitud completa en el cual la Comisión debe terminar de evaluar la conformidad de la solicitud con las condiciones de concesión de una contribución financiera finaliza el 5 de febrero de 2015.

    Admisibilidad de la solicitud

    Empresas y beneficiarios afectados

    5.           La solicitud se refiere a setecientos cinco trabajadores despedidos[5] de cuarenta y seis empresas[6] que operan en la división 58 («Edición») de la NACE Rev. 2 en la región NUTS de nivel 2 de Ática (EL 30).

    Criterios de intervención

    6.           Las autoridades griegas presentaron la solicitud con arreglo al criterio de intervención del artículo 4, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG, que requiere que se haya despedido como mínimo a quinientos trabajadores, durante un período de referencia de nueve meses, de empresas que operen en el mismo sector económico definido en una división de la NACE Rev. 2 y situado en una región o en dos regiones contiguas del nivel 2 de la NUTS en un Estado miembro.

    7.           El periodo de referencia de nueve meses se extiende del 12 de septiembre de 2013 al 12 de junio de 2014.

    Cálculo de los despidos y del cese de actividad

    8.           Todos los despidos se han calculado a partir de la fecha de extinción de facto del contrato de trabajo o de su expiración.

    Beneficiarios elegibles

    9.           El número total de beneficiarios elegibles es de setecientos cinco.

    Vínculo entre los despidos y la crisis financiera y económica mundial que es objeto del Reglamento (CE) nº 546/2009

    10.         A fin de establecer el vínculo entre los despidos y la crisis económica y financiera mundial que se aborda en el Reglamento (CE) nº 546/2009, Grecia argumenta que su economía se encuentra por sexto año consecutivo (2008-2013) en una profunda recesión. Según ELSTAT, la autoridad estadística griega, el PIB, el consumo público y el consumo privado de este país han disminuido 25,7, 21 y 32,3 puntos porcentuales, respectivamente, desde 2008, mientras que el desempleo ha aumentado 20,6 puntos porcentuales. Aunque se estima que la economía griega está volviendo a la senda del crecimiento y las previsiones correspondientes a algunos de estos indicadores ya son positivas para 2014[7], el mercado de trabajo seguirá teniendo dificultades a corto plazo.

    11.         Para afrontar los pagos de la deuda exterior, el Gobierno griego adoptó en 2008 medidas impopulares como el aumento de los ingresos fiscales, la racionalización del gasto público y la reducción de los salarios de los trabajadores públicos. También han ido disminuyendo los salarios del sector privado, con el propósito de impulsar la competitividad de la economía griega. Desde 2008, miles de empresas han dejado de funcionar y han cerrado definitivamente, despidiendo a sus empleados, y miles de trabajadores por cuenta propia han cesado sus actividades, lo que ha contribuido al gran aumento del desempleo. El efecto inmediato de la reducción de los ingresos ha sido la disminución del consumo privado, sobre todo de bienes que no son de primera necesidad.

    12.         En 2009, la caída del consumo doméstico en Grecia siguió la misma tendencia negativa que en EU-27. En 2010 y 2011, dicho consumo se recuperó algo en EU‑27, pero volvió a bajar en 2012. El consumo en los hogares griegos ha disminuido desde el inicio de la crisis económica y financiera y las cifras han empeorado cada año.

    Consumo doméstico (cambio en % comparado con el año anterior)

    || 2008 || 2009 || 2010 || 2011 || 2012

    EU-27 || 0,44 || - 1,67 || 1,04 || 0,26 || - 0,74

    Grecia || 4,67 || - 1,91 || - 6,39 || - 7,91 || - 9,07

    Fuente: Eurostat.

    13.         Con arreglo al informe de ELSTAT sobre los ingresos de los hogares y las condiciones de vida, el 23 % de los griegos estaban por debajo del umbral de pobreza[8] en 2012.

    14.         De acuerdo con un estudio reciente[9] del INE-GSEE[10], publicado en julio de 2014, tres de cada cuatro trabajadores o empleados declararon que su nivel de ingresos había disminuido en 2014 en comparación con el año anterior, debido a los recortes salariales. Por otra parte, el 38 % de los encuestados creían que sus salarios volverían a recortarse en el siguiente trimestre. La mayoría de los encuestados habían reducido sus gastos en consecuencia, en particular el presupuesto para artículos que no son de primera necesidad, como las revistas y los periódicos.

    15.         Hasta la fecha, el sector de la edición ha sido objeto de otra solicitud de financiación del FEAG[11], basada igualmente en la crisis financiera y económica mundial.

    Hechos que provocaron los despidos y el cese de la actividad

    16.         Según las autoridades griegas, los hechos que provocaron los despidos fueron principalmente dos: 1) la disminución de los ingresos disponibles en los hogares —debido al aumento de la carga impositiva, la disminución de los salarios (tanto de los empleados públicos como de los privados) y el aumento del desempleo—, que dio lugar a una caída importante del poder adquisitivo y a la necesidad de establecer prioridades de gasto, disminuyendo el correspondiente a artículos no considerados de primera necesidad; 2) la reducción drástica de los préstamos a las empresas y a los particulares, debido a la falta de efectivo en los bancos griegos. Según el Banco de Grecia, la tasa de crecimiento anual de los préstamos concedidos a los hogares y las empresas (excluidas las empresas financieras) es negativa desde 2010, debido a la escasez de efectivo en los bancos griegos[12].

    17.         Durante el período 2009-2012, hubo empresas del sector de los medios de comunicación que pusieron fin a sus actividades o redujeron los salarios de su personal[13]. En este contexto, las empresas de medios de comunicación han visto reducidos sus ingresos, pues el gasto de publicidad, una de sus fuentes básicas de financiación, ha disminuido drásticamente: en 2012, el gasto de publicidad en medios de comunicación llegó a los 1 140 millones EUR, cuando en 2008 había alcanzado los 2 670 millones EUR, lo que supone un descenso del 57 %[14].

    18.         En consecuencia, empresas de todo tipo y categoría del sector de los medios de comunicación empezaron a tener graves problemas para poder pagar sus deudas. La balanza de pagos pone de manifiesto que el total de los pasivos de las empresas de medios de comunicación ascendía a más de 3 200 millones EUR en 2010 y 2011, el 50 % de ellos a corto plazo[15].

    19.         En este marco, las empresas de edición han tenido graves problemas para seguir siendo viables, pues sus elementos de financiación y su rendimiento han ido de mal en peor durante el período de crisis. El cuadro siguiente muestra el volumen de negocios del sector de la edición y es ilustrativo de las constantes tendencias a la baja de los últimos años: el índice de volumen de negocios del sector de la edición (división 58) se ha reducido más del 40 % en los últimos tres años (2010-2013). Se estima que en 2014 la tendencia será igualmente a la baja.

    Cuadro 1: Evolución del índice de volumen de negocios en el sector de la edición (división 58 de la NACE Rev. 2) durante el período 2010-2014 en Grecia

    || 2010 || 2011 || 2012 || 2013 || CAMBIO de 2010 a 2013 || 2014

    División 58: Edición (año de referencia: 2005 = 100) || 76,3 || 55,9 || 47,8 || 45,5 || - 40,4 || 43,8 (estimación)

    20.         La insuficiencia de flujo de caja como consecuencia de la recesión de la economía griega agravó las dificultades de las empresas del sector de la edición.

    21.         Las empresas de ese sector (periódicos, revistas, etc.) vieron reducidas sus ventas un 60 % en el período 2009-2013, debido a la caída de la demanda de sus productos. El continuo descenso de los ingresos de los consumidores griegos ha cambiado sus hábitos y su actitud de consumo y les ha hecho dirigir su atención a los artículos de primera necesidad. Esta tendencia a la baja es característica de las empresas periodísticas de Ática —que constituyen una gran parte de las empresas de edición de medios de comunicación—, que perdieron la mitad de sus lectores durante el período de crisis (véase el cuadro 2).

    Cuadro 2: Evolución de la distribución de determinadas categorías de prensa en el Ática (2008-2013)

    || 2008 || 2009 || 2010 || 2011 || 2012 || 2013

    PERIÓDICOS DOMINICALES || 1 130 178 || 1 115 732 || 971 287 || 861 111 || 730 425 || 676 537

    PERIÓDICOS MATINALES || 59 581 || 52 280 || 41 262 || 31 686 || 28 385 || 6 916

    PRENSA VESPERTINA || 254 694 || 226 055 || 203 961 || 174 804 || 130 100 || 101 754

    SEMANARIOS FINANCIEROS || 43 065 || 27 621 || 34 665 || 20 721 || 15 206 || 9 016

    TOTAL || 1 487 518 || 1 421 688 || 1 251 175 || 1 088 322 || 904 116 || 794 223

    22.         En consecuencia, los niveles de empleo disminuyeron de forma significativa: según el Instituto del Trabajo griego, el empleo del sector de la edición (división 58 de la NACE Rev. 2) se redujo 28,7 puntos porcentuales[16] en el período 2010‑2013.

    Impacto previsto de los despidos en la economía y el empleo a nivel local, regional o nacional

    23.         Los despidos tienen una incidencia muy negativa en la economía local, regional y nacional. El número de desempleados en Grecia se cuadruplicó en el período 2008-2013.

    Tasa de desempleo

    Fuente: Eurostat[17]

    24.         Al mismo tiempo, la tasa de desempleo en la región de Ática en el primer trimestre de 2014 se situaba en el 28 % (mientras que la media griega era del 27,8 %)[18]. Esta región aporta el 43 % del PIB griego (de modo que la crisis sufrida por las empresas de esta región afecta a toda la economía griega). Asimismo, en ella se encuentran la mayor parte de las personas desempleadas de Grecia, lo que afecta negativamente a la situación de la mano de obra en la región.

    25.         Por otra parte, se ha visto que la mayoría de las empresas de la zona de Atenas, en un sentido más amplio, se enfrentan a problemas de viabilidad comunes. Es, pues, evidente que los despidos de las empresas de edición han sobrecargado una región ya duramente castigada por las consecuencias negativas de la crisis.

    Beneficiarios previstos y acciones propuestas

    Beneficiarios previstos

    26.         El número estimado de trabajadores previstos que se espera que se acojan a las medidas es de setecientos cinco, es decir, todos los trabajadores despedidos elegibles. El desglose de estos trabajadores por sexo, ciudadanía y grupo de edad es el siguiente:

    Categoría || Número de  beneficiarios

    Sexo: || Hombres: || 391 || (55,46 %)

    || Mujeres: || 314 || (44,54 %)

    Ciudadanía: || Ciudadanos de la UE: || 693 || (98,30 %)

    || Ciudadanos de terceros países: || 12 || (1,70 %)

    Grupo de edad: || 15-24 años: || 12 || (1,70 %)

    || 25-29 años: || 40 || (5,67 %)

    || 30-54 años: || 576 || (81,71 %)

    || 55-64 años: || 71 || (10,07 %)

    || más de 64 años: || 6 || (0,85 %)

    Elegibilidad de las acciones propuestas

    27.         Los servicios personalizados que se prestarán a los trabajadores despedidos consisten en las acciones que se exponen a continuación.

    – Orientación profesional: Esta medida de acompañamiento, que se ofrecerá a todos los participantes, abarca las fases que se detallan a continuación.

    1 Registro y estudio de las necesidades. La primera medida ofrecida a todos los participantes consiste en registrar sus datos y determinar sus necesidades —de orden personal, profesional y social—, así como en suministrarles información sobre los servicios y programas de formación disponibles y sobre los requisitos relativos a capacidades y formación.

    2 Documento personal y ocupacional. Con esto se pretende ayudar a los trabajadores a determinar sus propias capacidades y las oportunidades relacionadas con sus propios intereses, y a establecer un plan de carrera profesional realista. La evaluación de las capacidades implica un asesoramiento intensivo y personalizado, estructurado como un itinerario compuesto de varias fases en las que el trabajador y el consejero tratan una cuestión (por ejemplo, las oportunidades, los intereses, el análisis de las motivaciones y las expectativas, los obstáculos, etc.). A partir de estas evaluaciones, se prepara un documento personal y ocupacional que presenta un resumen de las capacidades del participante, su proyecto individual y un plan de acción.

    3 Procedimiento de desarrollo personal y profesional. Incluye: 1) definición de metas ocupacionales, junto con actividades de búsqueda de empleo; 2) determinación y evaluación de las fuentes de oportunidades de empleo; 3) posibles maneras de presentar candidaturas a puestos de trabajo; 4) redacción de un CV y una carta de acompañamiento; 5) preparación de una entrevista; 6) impartición de conocimientos básicos sobre el mercado de trabajo y sobre cuestiones institucionales, laborales, empresariales y jurídicas.

    4 Ejecución del plan de acción individual. Los consejeros acompañarán también a los trabajadores durante la realización de sus itinerarios de formación y sus planes individuales de reinserción laboral. Los participantes interesados en crear una empresa recibirán apoyo y asesoramiento generales en materia de emprendimiento en el marco de esta medida de orientación profesional.

    5 Seguimiento. Se ofrece un seguimiento a los participantes durante los seis meses siguientes a la finalización de las medidas.

    – Formación y formación profesional. Esta medida tiene por objeto facilitar a los trabajadores cursos de formación profesional que respondan a sus necesidades, identificadas durante la actividad de asesoramiento profesional, y que se desarrollen en ámbitos y sectores que tengan buenas perspectivas de desarrollo y correspondan a necesidades reconocidas del mercado laboral. Se proporcionarán dos tipos de formación: programas de formación profesional continua y cursos de formación o programas de educación especializados.

    – Subvención para trabajo por cuenta propia. Los trabajadores que creen su propia empresa recibirán una contribución de hasta 15 000 EUR para gastos de establecimiento. En Grecia, una de las dificultades más importantes que encuentran los emprendedores cuando crean una empresa es el acceso a la financiación. Los bancos, debido a la escasez de efectivo, rechazan la mayoría de las solicitudes de préstamos. Esta medida tiene por objeto promover el emprendimiento mediante este apoyo financiero.

    – Asignación de búsqueda de empleo y asignación de formación. Para cubrir los gastos que acarrea la participación en la medida de orientación profesional, los beneficiarios recibirán 50 EUR por día de participación. Durante la formación, la asignación será de 6 EUR por hora.

    – Asignación de movilidad. Los trabajadores que acepten un trabajo que implique un cambio de residencia recibirán una cantidad única de 2 000 EUR para sufragar los gastos necesarios.

    28.         Las acciones propuestas que aquí se describen constituyen medidas activas de empleo incluidas en las acciones elegibles a tenor del artículo 7 del Reglamento del FEAG. Estas acciones no sustituyen a las medidas pasivas de protección social.

    29.         Las autoridades griegas han proporcionado la información requerida sobre las acciones que las empresas afectadas tienen la obligación de emprender en virtud de la legislación nacional o con arreglo a convenios colectivos. Han confirmado que la contribución financiera del FEAG no sustituirá a esas acciones.

    Presupuesto estimado

    30.         Los costes totales estimados ascienden a 6 244 500 EUR, que incluyen gastos de servicios personalizados por valor de 6 034 500 EUR y gastos de actividades preparatorias, de gestión, de información y publicidad y de control y presentación de informes por valor de 210 000 EUR.

    31.         La contribución financiera total solicitada al FEAG asciende a 3 746 700 EUR (el 60 % de los costes totales).

    Acciones || Número estimado de participantes || Coste estimado por participante (EUR) || Costes totales estimados (EUR)

    Servicios personalizados [acciones con arreglo al artículo 7, apartado 1, letras a) y c), del Reglamento del FEAG]

    Asesoramiento profesional || 705 || 1 250 || 881 250

    Formación profesional || 460 || 2 400 || 1 104 000

    Educación/Formación especializada || 245 || 4 000 || 980 000

    Subvención para trabajo por cuenta propia || 80 || 15 000 || 1 200 000

    Subtotal (a): Porcentaje del conjunto de servicios personalizados || – || 4 165 250

    (69,02 %)

    Asignaciones e incentivos [acciones con arreglo al artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG]

    Asignaciones de búsqueda de empleo || 705 || 1 250 || 881 250

    Asignaciones de formación || 460 || 1 800 || 828 000

    Asignaciones de movilidad || 80 || 2 000 || 160 000

    Subtotal (b): Porcentaje del conjunto de servicios personalizados || – || 1 869 250

    (30,98 %)

     Acciones con arreglo al artículo 7, apartado 4, del Reglamento del FEAG

    1. Actividades preparatorias || – || 40 000

    2. Gestión || – || 40 000

    3. Información y publicidad || – || 100 000

    4. Control y presentación de informes || – || 30 000

    Subtotal (c): Porcentaje de los costes totales: || – || 210 000

    (3,36 %)

    Costes totales (a + b + c): || – || 6 244 500

    Contribución del FEAG (60 % de los costes totales) || – || 3 746 700

    32.         Los costes de las acciones identificadas en el cuadro anterior como acciones con arreglo al artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG no superan el 35 % de los costes totales del conjunto coordinado de servicios personalizados. Las autoridades griegas han confirmado que estas acciones dependen de la participación activa de los beneficiarios previstos en las actividades de búsqueda de empleo o de formación.

    33.         Las autoridades griegas han confirmado asimismo que los costes de las inversiones para el empleo por cuenta propia, la creación de empresas y la compra de empresas por los trabajadores no excederán de 15 000 EUR por beneficiario.

    Período de elegibilidad de los gastos

    34.         Las autoridades griegas empezaron a facilitar los servicios personalizados a los beneficiarios previstos el 28 de noviembre de 2014. Los gastos de las acciones mencionadas en el punto 27 serán, por tanto, elegibles para una contribución financiera del FEAG desde el 28 de noviembre de 2014 hasta el 28 de noviembre de 2016.

    35.         Las autoridades griegas empezaron a realizar los gastos administrativos para la aplicación del FEAG el 3 de noviembre de 2014. Los gastos de actividades preparatorias, de gestión, de información y publicidad y de control y presentación de informes serán, por tanto, elegibles para una contribución financiera del FEAG desde el 3 de noviembre de 2014 hasta el 28 de mayo de 2017.

    Complementariedad con acciones financiadas con fondos nacionales o de la Unión

    36.         La fuente de prefinanciación o cofinanciación nacional es el Programa de Inversión Pública del Ministerio de Fomento.

    37.         Las autoridades griegas han confirmado que las medidas descritas anteriormente que reciban una contribución financiera del FEAG no recibirán contribución financiera alguna de otros instrumentos financieros de la Unión.

    Procedimientos para consultar a los beneficiarios previstos o sus representantes o a los interlocutores sociales, así como a las autoridades locales y regionales

    38.         Las autoridades griegas han señalado que el conjunto coordinado de servicios personalizados se ha elaborado en consulta con los representantes de los beneficiarios previstos (la Unión de Periodistas de los Diarios de Atenas [ΕΣΗΕΑ], la Unión de Trabajadores de los Diarios de Atenas [ΕΠΗΕΑ] y el INE‑GSEE). El 17 de junio de 2014 enviaron una carta al Ministro y al Viceministro de Trabajo en la que se indicaba que la situación de crisis reinante en todo el sector de los medios de comunicación era consecuencia de la recesión económica que vivía el país y en la que se informaba del gran número de empresas de ese sector que estaban cesando sus actividades, reduciendo los salarios de su personal, despidiendo trabajadores, etc., y se pedía a las autoridades que comprobaran la elegibilidad de una posible solicitud de ayuda del FEAG. El 27 de junio de 2014 se celebró una primera reunión entre la autoridad de gestión del FEAG en Grecia (EYSEKT) y los representantes de la ΕΣΗΕΑ, la ΕΠΗΕΑ y el INE-GSEE. El 31 de julio de 2014 se celebró una segunda reunión a la que asistieron representantes de la Autoridad de Coordinación y Seguimiento del FEAG (EYSEKT), representantes de la ΕΣΗΕΑ, la ΕΠΗΕΑ y el INE-GSEE y representantes de los trabajadores. En esa reunión, los representantes de los trabajadores proporcionaron datos detallados sobre el caso potencial y los representantes de la ΕΣΗΕΑ, la ΕΠΗΕΑ y el INE-GSEE se comprometieron a informar a todos los trabajadores acerca de la solicitud de financiación del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización. A continuación, todos los participantes discutieron el diseño de las acciones individuales propuestas para los beneficiarios.

    39.         Las propuestas de los representantes de los trabajadores se basaron en las necesidades de estos, mientras que la postura de los interlocutores sociales se basó en las necesidades y las particularidades del mercado de trabajo local.

    40.         La EYSEKT cooperó con todas las partes participantes en el diseño de las acciones individuales propuestas para los beneficiarios.

    Sistemas de gestión y control

    41.         La solicitud contiene una descripción del sistema de gestión y control que especifica las responsabilidades de los organismos implicados. Grecia ha informado a la Comisión de que la contribución financiera será gestionada y controlada por los mismos organismos encargados de la gestión y el control de la financiación del Fondo Social Europeo (FSE) en Grecia. La Autoridad de Coordinación y Seguimiento de las Acciones del FSE en Grecia (EYSEKT) actuará como autoridad de gestión, el Comité de Auditoría Fiscal (EDEL) como autoridad de auditoría y el Servicio Especial de la Autoridad de Pago como autoridad de certificación.

    Compromisos contraídos por el Estado miembro afectado

    42.         Las autoridades griegas han proporcionado todas las garantías necesarias con respecto a lo siguiente:

    – se respetarán los principios de igualdad de trato y no discriminación en el acceso a las acciones propuestas y su aplicación;

    – se han cumplido los requisitos establecidos en la legislación nacional y en la legislación de la UE con respecto a los despidos colectivos;

    – las empresas que, una vez efectuados los despidos, han proseguido con sus actividades, han cumplido con sus obligaciones legales en materia de despidos y han atendido en consecuencia a sus trabajadores;

    – las acciones propuestas ayudarán a trabajadores concretos y no se destinarán a la restructuración de empresas o sectores;

    – las acciones propuestas no recibirán apoyo financiero de otros fondos o instrumentos financieros de la Unión y se evitará toda doble financiación;

    – las acciones propuestas serán complementarias de las acciones financiadas con cargo a los Fondos Estructurales;

    – la contribución financiera del FEAG cumplirá las normas procedimentales y de fondo de la Unión sobre ayudas estatales.

    REPERCUSIONES PRESUPUESTARIAS

    Propuesta presupuestaria

    43.         El FEAG no puede superar la cantidad máxima anual de 150 millones EUR (a precios de 2011), de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020[19].

    44.         Tras examinar la solicitud con respecto a las condiciones expuestas en el artículo 13, apartado 1, del Reglamento del FEAG, y teniendo en cuenta el número de beneficiarios previstos, las acciones propuestas y los costes estimados, la Comisión propone movilizar el FEAG por un importe de 3 746 700 EUR, que representa el 60 % de los costes totales de las acciones propuestas, a fin de proporcionar una contribución financiera en respuesta a la solicitud.

    45.         La Decisión de movilización del FEAG propuesta será adoptada conjuntamente por el Parlamento Europeo y el Consejo, de conformidad con lo establecido en el apartado 13 del Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera[20].

    Actos conexos

    46.         Al tiempo que presente esta propuesta de Decisión de movilización del FEAG, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo una propuesta de transferencia a la correspondiente línea presupuestaria por un importe de 3 746 700 EUR.

    47.         Al tiempo que adopte esta propuesta de Decisión de movilización del FEAG, la Comisión adoptará una decisión relativa a una contribución financiera, mediante un acto de ejecución, que entrará en vigor en la fecha en que el Parlamento Europeo y el Consejo adopten la propuesta de Decisión de movilización del FEAG.

    Propuesta de

    DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

    relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (solicitud EGF/2014/015 GR/Attica Publishing activities)

    EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (UE) nº 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1927/2006[21], y, en particular, su artículo 15, apartado 4,

    Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera[22] y, en particular, su apartado 13,

    Vista la propuesta de la Comisión Europea,

    Considerando lo siguiente:

    (1)       El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) se creó para prestar ayuda a los trabajadores que han sido despedidos y a los trabajadores por cuenta propia que han tenido que poner fin a su actividad como consecuencia de grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial provocados por la globalización, de la continuación de la crisis financiera y económica mundial que es objeto del Reglamento (CE) nº 546/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo[23] o de una nueva crisis económica y financiera mundial, y para ayudarlos a reincorporarse al mercado laboral.

    (2)       La dotación del FEAG no deberá rebasar un importe máximo anual de 150 millones EUR (a precios de 2011), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo[24].

    (3)       El 4 de septiembre de 2014 Grecia presentó una solicitud de movilización del FEAG en relación con los despidos[25] realizados en  cuarenta y seis empresas que operan en la división 58 («Edición») de la NACE Rev. 2[26] en la región NUTS de nivel 2 de Ática (EL 30), Grecia. Dicha solicitud fue completada con información adicional con arreglo al artículo 8, apartado 3, del Reglamento (UE) nº 1309/2013. La solicitud cumple los requisitos para determinar una contribución financiera del FEAG con arreglo al artículo 13 del Reglamento (UE) nº 1309/2013. La Comisión propone, pues, movilizar un importe de 3 746 700 EUR.

    (4)       Procede, por tanto, movilizar el FEAG para proporcionar una contribución financiera en respuesta a la solicitud presentada por Grecia.

    HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2015, se movilizará el FEAG para proporcionar la cantidad de 3 746 700 EUR en créditos de compromiso y de pago.

    Artículo 2

    La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

    Hecho en Bruselas, el

    Por el Parlamento Europeo                           Por el Consejo

    El Presidente                                                  El Presidente

    [1]               DO L 347 de 20.12.2013, p. 855.

    [2]               Reglamento (CE) nº 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2 y por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3037/90 del Consejo y determinados Reglamentos de la CE sobre aspectos estadísticos específicos (DO L 393 de 30.12.2006, p. 1).

    [3]               Reglamento (UE) n° 1046/2012 de la Comisión, de 8 de noviembre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (CE) nº 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS), en lo relativo a la transmisión de las series temporales para el nuevo desglose regional (DO L 310 de 9.11.2012, p. 34).

    [4]               De acuerdo con el artículo 7, párrafo cuarto, del Reglamento (UE) nº 1309/2013.

    [5]               A tenor del artículo 3, letra a), del Reglamento del FEAG.

    [6]               Véase en el anexo la lista de empresas afectadas y el número de trabajadores despedidos de cada empresa.

    [7]               http://ec.europa.eu/economy_finance/eu/forecasts/2014_autumn_forecast_en.htm

    [8]               En Grecia, el umbral de pobreza está en 5 708 EUR por año y persona (para las personas físicas) y en 11 986 EUR para los hogares formados por dos adultos y dos niños de hasta catorce años de edad.

    [9]               http://www.inegsee.gr/wp-content/uploads/2014/07/Symperasmata.pdf

    [10]             Instituto del Trabajo-Confederación General de Trabajadores de Grecia.

    [11]             EGF/2009/024 NL Noord Holland and Zuid Holland, COM(2010) 532.

    [12]             http://www.bankofgreece.gr/BogEkdoseis/Summary_Annrep2013.pdf

    [13]             http://www.efsyn.gr/?p=5033

    [14]             http://www.3comma14.gr/pi/?survey=16005

    [15]             http://www.efsyn.gr/?p=5033

    [16]             http://www.inegsee.gr

    [17]             Código tsdec450.

    [18]             Fuente: Autoridad estadística griega, encuestas de población activa, datos del primer trimestre.

    [19]             DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.

    [20]             DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.

    [21]             DO L 347 de 20.12.2013, p. 855.

    [22]             DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.

    [23]             DO L 167 de 29.6.2009, p. 26.

    [24]             Reglamento (UE, Euratom) n° 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 884).

    [25]             A tenor del artículo 3, letra a), del Reglamento del FEAG.

    [26]             Reglamento (CE) nº 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2 y por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3037/90 del Consejo y determinados Reglamentos de la CE sobre aspectos estadísticos específicos (DO L 393 de 30.12.2006, p. 1).

    Empresas y número de despidos

    T.C.T. MEDIA GROUP ΕΚΔΟΣΕΙΣ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 2

    D.A. ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΜΠΟΡΙΚΗ ΕΚΔΟΤΙΚΗ  ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 2

    D.B.A.S. ΕΜΠΟΡΙΚΗ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 6

    QUEUE PRINT ΜΟΝΟΠΡΟΣΩΠΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ ΠΕΡΙΟΡΙΣΜΕΝΗΣ ΕΥΘΥΝΗΣ || 1

    METRORAMA ΕΚΔΟΤΙΚΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ ΠΕΡΙΟΡΙΣΜΕΝΗΣ ΕΥΘΥΝΗΣ || 1

    MOTORPRESS HELLAS ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΚΔΟΤΙΚΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 11

    MULTIMEDIA ΕΦΑΡΜΟΓΕΣ ΠΛΗΡΟΦΟΡΙΚΗΣ ΜΕΣΩΝ ΕΝΗΜΕΡΩΣΗΣ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 10

    PEGASUS MAGAZINES PUBLICATIONS AEE || 3

    PRESS TABAC ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ ΔΙΑΧΕΙΡΙΣΗΣ ΜΕΣΩΝ ΕΝΗΜΕΡΩΣΗΣ || 2

    REAL MEDIA ΜΕΣΑ ΜΑΖΙΚΗΣ ΕΝΗΜΕΡΩΣΗΣ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 7

    SPORTDAY ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΜΠΟΡΙΚΗ ΠΑΡΑΓΩΓΙΚΗ & ΕΚΔΟΤΙΚΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ ΓΡΑΦΙΚΩΝ ΤΕΧΝΩΝ || 6

    TRECK Α.Β.Ε.Ε.Ε. ΕΚΔΟΣΕΙΣ ΓΡΑΦΙΚΕΣ ΤΕΧΝΕΣ ΑΝΩΝΥΜΗ ΒΙΟΜΗΧΑΝΙΚΗ & ΕΜΠΟΡΙΚΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 6

    UP ΕΚΔΟΣΕΙΣ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 22

    WEB  ENTERTAINMENT ΕΚΔΟΤΙΚΗ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 8

    ΑΝΕΞΑΡΤΗΤΑ ΜΕΣΑ ΜΑΖΙΚΗΣ ΕΝΗΜΕΡΩΣΗΣ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 9

    ΑΝΝΑ ΒΕΝΕΤΣΑΝΟΥ & ΣΙΑ ΕΤΕΡΟΡΥΘΜΟΣ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 1

    ΑΝΩΝΥΜΟΣ ΒΙΟΜΗΧΑΝΙΚΗ ΕΚΤΥΠΩΤΙΚΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ ΒΙΒΛΙΟΔΕΣΙΕΣ ΕΝΤΥΠΩΝ DIAMOND PRINT || 14

    ΑΤΤΙΚΕΣ ΕΚΔΟΣΕΙΣ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 14

    GRAFOPRINT Α.Β.Ε.Ε. ΓΡΑΦΙΚΩΝ ΤΕΧΝΩΝ || 10

    ΔΗΜΟΚΡΑΤΙΚΟΣ ΤΥΠΟΣ ΕΙΔΗΣΕΟΓΡΑΦΙΚΗ ΕΚΔΟΤΙΚΗ ΕΜΠΟΡΙΚΗ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 25

    ΔΗΜΟΣΙΟΓΡΑΦΙΚΟΣ ΟΡΓΑΝΙΣΜΟΣ ΛΑΜΠΡΑΚΗ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ - ΔΟΛ || 64

    ΔΙΟΠΤΡΑ ΕΚΔΟΤΙΚΗ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 3

    Ε. ΣΠΥΡΟΥ  - Γ. Κ. ΣΠΥΡΟΥ & ΣΙΑ ΟΜΟΡΡΥΘΜΟΣ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 1

    ΕΚΔΟΣΕΙΣ ΕΘΝΟΣ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 21

    ΕΚΔΟΣΕΙΣ ΛΥΜΠΕΡΗ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 92

    ΕΚΔΟΣΕΙΣ ΠΡΩΤΟ ΘΕΜΑ ΕΚΔΟΤΙΚΗ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 19

    ΕΚΤΥΠΩΣΕΙΣ IRIS Α.Ε.Β.Ε. || 32

    ΕΝΤΥΠΟΕΚΔΟΤΙΚΗ Α.Ε.Β.Ε.Τ. || 2

    ΕΞΕΡΕΥΝΗΤΗΣ - EXPLORER ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΜΠΟΡΙΚΗ ΕΚΔΟΤΙΚΗ ΕΚΤΥΠΩΤΙΚΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 22

    EXPRESS - Δ. ΚΑΛΟΦΩΛΙΑΣ ΕΚΔΟΤΙΚΗ ΕΚΤΥΠΩΤΙΚΗ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 16

    ΖΑΓΚΛΗΣ || 2

    Η ΕΠΟΧΗ ΕΚΔΟΤΙΚΟΣ ΔΗΜΟΣΙΟΓΡΑΦΙΚΟΣ ΣΥΝΕΤΑΙΡΙΣΜΟΣ ΠΟΛΙΤΙΚΩΝ & ΠΟΛΙΤΙΣΤΙΚΩΝ ΜΕΛΕΤΩΝ || 3

    Η ΝΑΥΤΕΜΠΟΡΙΚΗ Π.ΑΘΑΝΑΣΙΑΔΗΣ & ΣΙΑ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 31

    Η.ΜΕ.ΠΕ.Τ. ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ ΕΚΔΟΣΕΩΝ ΗΜΕΡΗΣΙΟΥ - ΠΕΡΙΟΔΙΚΟΥ ΤΥΠΟΥ ΚΑΙ ΗΛΕΚΤΟΝΙΚΩΝ ΜΜΜ || 25

    ΗΜΕΡΗΣΙΑ Α.Ε.Ε. || 9

    Θ.Μ. ΝΙΚΟΛΑΪΔΗΣ ΔΗΜΟΣΙΟΓΡΑΦΙΚΕΣ & ΑΘΛΗΤΙΚΕΣ ΕΚΔΟΣΕΙΣ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 9

    ΚΑΘΗΜΕΡΙΝΕΣ ΕΚΔΟΣΕΙΣ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 33

    ΚΕΡΔΟΣ ΕΚΔΟΤΙΚΗ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 11

    Κ.Μ.Π. ΕΚΔΟΤΙΚΗ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 6

    ΠΑΡΟΝ ΕΚΔΟΣΕΙΣ Ε.Π.Ε. || 2

    SELENA ΕΚΔΟΤΙΚΗ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 10

    ΣΥΓΧΡΟΝΗ ΕΠΟΧΗ ΕΚΔΟΤΙΚΗ Α.Ε.Β.Ε. || 18

    ΤΗΛΕΡΑΜΑ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΚΔΟΤΙΚΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 6

    ΤΡΙΤΗ ΟΨΗ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ  ΗΛΕΚΤΡΟΝΙΚΩΝ ΕΚΔΟΣΕΩΝ || 35

    Χ. Κ. ΤΕΓΟΠΟΥΛΟΣ ΕΚΔΟΣΕΙΣ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 52

    ΧΡΥΣΗ ΕΥΚΑΙΡΙΑ ΑΝΩΝΥΜΗ ΕΤΑΙΡΕΙΑ || 21

    Total de empresas: 46 || Total de despidos: || 705

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