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Document 52014PC0255

Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 13 del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2012/010 RO/Mechel de Rumanía)

/* COM/2014/0255 final */

52014PC0255

Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 13 del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2012/010 RO/Mechel de Rumanía) /* COM/2014/0255 final - 2014/ () */


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020[1], permite la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) hasta un máximo anual de 150 millones EUR (a precios de 2011), además de las partidas pertinentes del marco financiero.

Las normas aplicables a las contribuciones del FEAG correspondientes a las solicitudes presentadas hasta el 31 de diciembre de 2013 se establecen en el Reglamento (CE) nº 1927/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización[2].

El 21 de diciembre de 2012, a raíz de los despidos de trabajadores en SC Mechel Campia Turzii SA y una empresa transformadora (SC Mechel Reparatii Targoviste SRL) en Rumanía, este país presentó la solicitud EGF/2012/010 RO/Mechel, relativa a una contribución financiera del FEAG.

Tras un examen exhaustivo de la solicitud, la Comisión ha llegado a la conclusión, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, de que se cumplen las condiciones para la concesión de una contribución financiera con arreglo a dicho Reglamento.

RESUMEN DE LA SOLICITUD Y ANÁLISIS

Datos clave: ||

Nº de referencia del FEAG: || EGF/2012/010

Estado miembro || Rumanía

Artículo 2 || a)

Empresa principal || SC Mechel Campia Turzii SA

Proveedores y transformadores de productos de dicha empresa || 1

Período de referencia || 20.6.2012 – 20.10.2012

Fecha de inicio de los servicios personalizados || 1.3.2013

Fecha de la solicitud || 21.12.2012

Despidos durante el período de referencia || 825

Despidos antes y después del período de referencia || 688

Número total de trabajadores despedidos que pueden acogerse a la ayuda || 1 513

Trabajadores despedidos que se espera que se acojan a las medidas || 1 000

Gastos destinados a servicios personalizados (EUR) || 6 909 300

Gastos de intervención del FEAG[3] (EUR) || 233 000

Gastos de intervención del FEAG (%) || 3,26

Presupuesto total (EUR) || 7 142 300

Contribución del FEAG (50 %) (EUR) || 3 571 150

1.           La solicitud se presentó a la Comisión el 21 de diciembre de 2012 y se completó con información adicional hasta el 4 de marzo de 2014.

2.           La solicitud cumple las condiciones para la intervención del FEAG establecidas en el artículo 2, letra a), del Reglamento (CE) nº 1927/2006 y se presentó dentro del plazo de diez semanas indicado en el artículo 5 de dicho Reglamento.

Relación entre los despidos y los grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial a causa de la globalización

3.           A fin de establecer la relación entre los despidos y los grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial como consecuencia de la globalización, Rumanía alega que el sector de la fabricación de los productos acabados y semiacabados de acero, en el que operaban Mechel Campia Turzii y Mechel Reparatii Targoviste, ha sufrido perturbaciones económicas graves como consecuencia de una rápida disminución de la cuota de mercado de la UE en el sector siderúrgico y el crecimiento de la cuota de mercado de países como China. Las autoridades rumanas han aportado datos[4] que indican que, en la industria siderúrgica en su conjunto, la producción de acero bruto en la EU-27 cayó de 206,9 millones de toneladas en 2006 a 177,6 millones toneladas en 2011, lo que dio lugar a un descenso de la cuota de mercado de la EU-27, que pasó del 16,6 % en 2006 al 11,7 % en 2011, mientras que, durante el mismo período, la cuota de mercado de China aumentó del 33,7 % al 45,0 %. Durante el período 2002-2011, China multiplicó por más de dos su cuota de mercado (20,2 %), mientras que la de la EU-27 (20,8 %) se redujo a la mitad.

4.           En el período 2009-2011, el consumo aparente[5] de acero (en equivalente de acero bruto) aumentó en la EU-27 de 127,0 millones de toneladas a 168,7 millones de toneladas (+ 32,9 %), aunque sin llegar a los niveles anteriores a la crisis, mientras que el consumo mundial aumentó de 1 219,6 millones de toneladas a 1 484,7 millones de toneladas (+ 21,7 %), por encima de las cifras correspondientes a 2008. Una tendencia similar se registró en el consumo aparente de productos siderúrgicos acabados, que aumentaron un 32,0 % en la EU-27 frente al 21,4 % a escala mundial. En la EU-27, la mayor parte de esta recuperación de la demanda fue absorbida por las importaciones.

5.           Entre 2009 y 2011, las importaciones de productos de acero semiacabados y acabados en la EU-27 aumentó de 101,0 millones de toneladas a 138,4 millones de toneladas (+ 37,0 %), mientras que, en comparación, la importación de dichos productos en China disminuyó, pasando de 22,3 millones de toneladas a 16,3 millones de toneladas (− 26,9 %). Durante el mismo período, mientras las exportaciones de productos siderúrgicos semiacabados y acabados en la EU-27 aumentó de 112,8 millones de toneladas a 145,8 millones de toneladas (+ 29,2 %), el aumento fue mucho más fuerte en terceros países como China (+ 99,8 %), los EE.UU. (+ 43,8 %) o Corea del Sur (+ 42,6 %), que representaban en conjunto el 21,8 % de las exportaciones de productos siderúrgicos acabados y semiacabados a escala mundial en 2009, frente al 35,8 % para la EU-27. Estos datos demuestran que la UE ha registrado un aumento sustancial de las importaciones de productos siderúrgicos acabados y semiacabados en los últimos años, así como una disminución relativa de las exportaciones de dichos productos, lo cual representa una pérdida de cuota de mercado de la UE en el sector de los productos de acero, acabados y semiacabados, en el que operaba Mechel. Esta situación ha incidido negativamente en los resultados del sector, tal como se refleja en las presiones sobre la competitividad de la industria siderúrgica de la UE a nivel internacional y la pérdida de puestos de trabajo debido a la reestructuración en el sector del acero en Europa[6].

6.           Hasta la fecha, el sector de la siderurgia ha sido objeto de cinco solicitudes al FEAG: cuatro destinadas a prestar ayuda a los trabajadores despedidos como consecuencia de grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial debido a la globalización[7] y una para ayudar a los trabajadores despedidos como consecuencia directa de la crisis económica y financiera mundial[8].

Demostración del número de trabajadores despedidos y cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 2, letra a)

7.           Rumanía presentó esta solicitud con arreglo a los criterios de intervención establecidos en el artículo 2, letra a), del Reglamento (CE) nº 1927/2006, que condicionan la ayuda a que se haya producido el despido, en un período de cuatro meses, de al menos 500 trabajadores de una empresa en un Estado miembro, incluidos los trabajadores despedidos por los proveedores o los transformadores de productos de dicha empresa.

8.           En la solicitud se informa de 825 despidos del Grupo Mechel Campia Turzii y de una empresa de transformación durante el período de referencia de cuatro meses, del 20 de junio de 2012 al 20 de octubre de 2012, y de otros 688 despidos fuera del período de referencia, pero relacionados con el mismo procedimiento de despido colectivo. Todos estos despidos se calcularon con arreglo al artículo 2, párrafo segundo, tercer guión, del Reglamento (CE) nº 1927/2006. La Comisión ha recibido la confirmación que se exige en el artículo 2, párrafo segundo, tercer guión, de que ese es el número real de despidos.

Explicación del carácter imprevisto de los despidos

9.           Las autoridades rumanas alegan el carácter imprevisto de la decisión de despedir a los trabajadores en Mechel Campia. En noviembre de 2009, Mechel anunció la puesta en marcha de tres nuevas líneas de producción en su fábrica de Câmpia Turzii. Sin embargo, a finales de 2011, las operaciones de Mechel en Rumanía comenzaron a experimentar dificultades financieras como consecuencia de las pérdidas contraídas durante los dos ejercicios financieros anteriores debido a los precios desfavorables en los mercados del acero en Europa y a la subida de los precios de la chatarra férrica y la escasa demanda de productos acabados. A finales de 2011, Mechel Campia Turzii puso en marcha una serie de medidas para reducir los gastos de personal (por ejemplo, suspensión de aumentos salariales, primas e incentivos individuales, prohibición de las horas extraordinarias, reorganización de los turnos de trabajo y reducción del tiempo de trabajo con una disminución proporcional de los salarios). No obstante, estas medidas no permitieron superar las dificultades financieras de la empresa, que decidió proceder a despidos colectivos.

Identificación de las empresas en las que se produjeron los despidos y de los trabajadores destinatarios de la ayuda

10.         La solicitud se refiere a 1 513 trabajadores despedidos (1 441 durante y después del período de referencia en Mechel Campia Turzii y 72 en Mechel Reparatii Targoviste). Las autoridades rumanas han calculado que 1 000 de los trabajadores despedidos se beneficiarán de las medidas coordinadas de servicios personalizados.

11.         Los trabajadores destinatarios se desglosan del siguiente modo:

Categoría || Número || Porcentaje

Hombres || 728 || 72,80

Mujeres || 272 || 27,20

Ciudadanos de la UE || 1 000 || 100,00

Ciudadanos de terceros países || 0 || 0,00

15-24 años || 9 || 0,90

25-54 años || 879 || 87,90

55-64 años || 112 || 11,20

Mayores de 64 años || 0 || 0,00

12.         De los trabajadores destinatarios de la ayuda, cuatro padecen una discapacidad o un problema de salud de larga duración.

13.         El desglose por categoría profesional es el siguiente:

Categoría || Número || Porcentaje

Directores y gerentes || 32 || 3,20

Profesionales científicos e intelectuales || 61 || 6,10

Técnicos y profesionales de nivel medio || 91 || 9,10

Personal de apoyo administrativo || 81 || 8,10

Trabajadores de los servicios y vendedores de comercios y mercados || 6 || 0,60

Oficiales, operarios y artesanos de artes mecánicas y de otros oficios || 271 || 27,10

Operadores de instalaciones y máquinas y montadores || 449 || 44,90

Trabajadores no cualificados || 9 || 0,90

14.         Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, Rumanía ha confirmado que se ha aplicado una política de igualdad entre mujeres y hombres y de no discriminación, y que continuará aplicándose en las diferentes fases de ejecución del FEAG, en particular en el acceso al mismo.

Descripción del territorio afectado y de sus autoridades y partes interesadas

15.         Los despidos han afectado principalmente al municipio de Câmpia Turzii y sus alrededores en el sudeste de la región de Cluj, en el noroeste de Rumanía. Desde el punto de vista socioeconómico, la zona de Câmpia Turzii se caracteriza por los bajos niveles de renta y la escasa diversificación de las actividades económicas. AJOFM Cluj calcula que alrededor de la mitad de la población en edad de trabajar en Câmpia Turzii está empleada en el sector industrial. Con una plantilla de 1 837 empleados (en junio de 2012), Mechel Campia Turzii era el mayor empleador, lo que equivale a alrededor de un tercio del número total de trabajadores en la zona. El mercado de trabajo local es muy limitado puesto que la tasa de paro en Câmpia Turzii se sitúa por lo general en torno al 5 % y la tasa de vacantes de empleo es muy baja (inferior al 0,5 %)[9].

16.         Las autoridades encargadas de las medidas de ejecución son la Agencia Nacional de Empleo de Rumanía (ANOFM) y la Agencia de Empleo de la Región de Cluj (AJOFM).

17.         Otras partes interesadas son las autoridades locales y regionales, los sindicatos y las empresas que se vincularán a la cooperativa que se creará para apoyar a los trabajadores destinatarios de la solicitud de ayuda en el marco de la medida «Ayuda para la puesta en marcha de actividades independientes».

Efectos esperados de los despidos en el empleo local, regional o nacional

18.         Más de dos tercios de los trabajadores despedidos viven en Câmpia Turzii y sus alrededores y casi un tercio en otras partes de la región de Cluj. Según AJOFM Cluj, la tasa de desempleo en la región de Cluj era del 3,7 % antes de los despidos y aumentó hasta el 4,1 % en febrero de 2013 tras los despidos. El número de desempleados en Câmpia Turzii creció más del doble, pasando de 481 a 1 290, como resultado de los despidos, y el porcentaje de personas desocupadas entre la población de 18 a 62 años aumentó del 2,7 % al 7,2 %. Por lo tanto, los despidos han tenido importantes repercusiones en el mercado de trabajo local, dado el escaso número de puestos de trabajo disponibles (una media de 30 ofertas de trabajo al mes) y el escaso número de empleadores potenciales. Entre 2008 y 2010 se registró una disminución constante en el número de trabajadores de la industria siderúrgica en la región de Cluj y una reducción significativa en el volumen de inversión neto en este sector. Según AJOFM Cluj, la mayoría de los trabajadores despedidos tienen cualificaciones específicas de la industria metalúrgica para las que ya no hay demanda de los empleadores con puestos vacantes en la región de Cluj.

Conjunto coordinado de servicios personalizados que van a financiarse y desglose de sus costes estimados, precisando su complementariedad con las medidas financiadas por los Fondos Estructurales

19.         Todas las medidas indicadas a continuación se combinan para formar un conjunto coordinado de servicios personalizados cuya finalidad es la reincorporación al empleo de los trabajadores despedidos[10]:

– Inscripción de los trabajadores Esta medida consiste en completar un formulario de inscripción en la base de datos del centro de coordinación del proyecto a fin de determinar las capacidades, las competencias y la experiencia de cada uno de los trabajadores, validar su situación y definir sus necesidades y preferencias.

– Información, orientación profesional y asesoramiento Esta medida consiste en una serie de actividades desarrolladas por el centro de coordinación del proyecto:

– Informar a los operadores comerciales en la zona de Câmpia Turzii sobre el proyecto e identificar las ofertas de empleo.

– Informar a los trabajadores destinatarios sobre el mercado de trabajo local, la legislación laboral, los cursos de formación profesional y las oportunidades de empleo.

– Realizar entrevistas de motivación, evaluaciones psicológicas y pruebas de aptitud con los trabajadores destinatarios.

– Proporcionar asesoramiento y orientación profesional a los trabajadores destinatarios y elaborar planes de acción individuales para cada trabajador.

– Proporcionar asesoramiento sobre cómo identificar un empleo, contactar a un posible empleador o comportarse antes y después de una entrevista de trabajo.

– Recomendar la participación en otras actividades del proyecto (por ejemplo, cursos de formación profesional, periodos de prácticas y cooperativas).

– Cursos de formación profesional y períodos de prácticas Esta medida consiste en ofrecer cursos de formación profesional a los trabajadores que correspondan a sus necesidades identificadas durante la información, la orientación profesional y el asesoramiento. Los proveedores externos autorizados reconocidos por la Agencia nacional de pagos e inspección social y por el Centro nacional de formación profesional impartirán los cursos de formación, cuya duración será de entre tres y seis meses, a grupos de 7 a 28 personas, que podrán obtener un certificado de las competencias adquiridas.[11] El pago a los proveedores de formación se realizará una vez concluido el curso a través de un sistema de reembolso mediante bonos, tras la confirmación por parte de AJOFM Cluj y la entrega de los certificados a los participantes. El centro de coordinación del proyecto coordinará las actividades de formación y supervisará cada curso de formación. Seis meses después de que finalice el curso de formación se hará un seguimiento de los participantes. Los trabajadores despedidos podrán también participar en períodos de prácticas, con una duración de entre cinco y noventa días, organizados específicamente por empleadores potenciales de la zona afectada por los despidos.

– Ayuda para la puesta en marcha de actividades independientes Cluj AJOFM facilitará la creación de una nueva empresa en forma de sociedad cooperativa[12] , con arreglo a la ley[13], cuyos miembros serán 250 de los trabajadores destinatarios y que fabricará diversos artículos de equipos deportivos para una empresa rumana, a su vez subcontratista de una empresa multinacional de equipos deportivos[14]. Los trabajadores afectados han tenido la oportunidad de manifestar su interés en formar parte de la cooperativa. Entre el grupo de trabajadores interesados, AJOFM Cluj seleccionará mediante dos pruebas de aptitud a los 250 miembros de la cooperativa. Posteriormente, estos realizarán períodos de prácticas en otras empresas con actividades similares donde se les evaluará. Cada trabajador recibirá un bono de 15 000 euros que se utilizará como una aportación de capital a la cooperativa[15]. La mayor parte de estos fondos, salvo la parte reservada a los costes jurídicos y administrativos de puesta en marcha y al capital circulante[16], serán utilizados por la cooperativa para comprar la maquinaria, los equipos y las materias primas que se necesiten para llevar a cabo las actividades productivas[17]. La maquinaria, el equipamiento y las materias primas se pagarán con los bonos entregados a cada uno de los miembros de la cooperativa.

– Existe un vínculo entre la necesidad de comprar estos bienes, la provisión de locales para la producción y el número de personas que se incorporarán a la cooperativa. El ritmo de integración de las personas en la cooperativa dependerá de las necesidades para comprar los bienes y para el funcionamiento de la cooperativa. Todos los trabajadores tendrán los mismos derechos en la cooperativa. La propiedad de los bienes de producción será colectiva,  fijarán su propio salario y beneficios y decidirán los futuros planes empresariales y las inversiones[18]. Los trabajadores se comprometerán a permanecer en la cooperativa durante los tres primeros años de funcionamiento. Si alguno decide abandonar la cooperativa antes de este plazo, los administradores decidirán el importe de la indemnización correspondiente al valor de la aportación al capital social de la cooperativa que se puede abonar a dichos trabajadores, así como las condiciones. Los nuevos miembros que deseen incorporarse a la cooperativa deberán hacer una aportación equivalente (que puede financiarse a través de otros proyectos de apoyo).

– Se firmará un contrato comercial entre la cooperativa y su cliente, por una duración inicial de cuatro años que puede prorrogarse (el cliente tiene un contrato de diez años con la multinacional de equipos deportivos). El contrato entre la cooperativa y su cliente se basará en las condiciones de mercado y aportará los ingresos de la cooperativa, aunque no habrá ninguna cláusula de exclusividad que le impida diversificar su base de clientes. Cluj AJOFM garantizará la sostenibilidad del proyecto a través de un compromiso escrito con la cooperativa[19].

– La Comisión considera que esta medida, aunque innovadora en su concepción y aplicación, cumple plenamente las condiciones para las acciones subvencionables establecidas en el artículo 3, letra a), del Reglamento (CE) nº 1927/2006, y, en particular, que esta medida corresponde a la categoría de medidas a las que se hace referencia como «promoción del espíritu empresarial o asistencia con vistas al establecimiento por cuenta propia».

– Alquiler del local destinado a la producción y pago de la renta para la duración del proyecto: La cooperativa empezará a funcionar con una línea de muestreo que empleará a 50 trabajadores y que se ampliará hasta un total de 250 trabajadores. El pago del alquiler de las instalaciones de producción correrá a cargo de AJOFM Cluj (con la cofinanciación del FEAG) hasta el final de la aplicación del FEAG (marzo de 2015) y, posteriormente, se hará cargo el cliente de la cooperativa.

– Asignación para desplazamientos: Esta medida consiste en una asignación de hasta 250 euros por persona que se destina a cubrir los gastos realizados por los trabajadores para el desplazamiento desde su domicilio al lugar de la entrevista de trabajo o para participar en otras actividades del proyecto. Los beneficiarios deberán residir en la zona afectada por los despidos y participar en al menos dos actividades del proyecto.

– Asignación para entrevistas: Esta asignación, de hasta 100 euros por persona, se pagará a los trabajadores que participen en las entrevistas de trabajo, las pruebas de selección u otros procedimientos de selección de personal organizados por un empleador potencial. La asignación se destinará a cubrir los gastos personales relacionados con la entrevista. Los beneficiarios que participen en más de dos entrevistas con empleadores diferentes podrán recibir la asignación dos veces como máximo.

– Asignaciones para períodos de prácticas: Esta medida consiste en una asignación de hasta 1 000 EUR[20] (o hasta 3 000 EUR para los trabajadores que sigan una formación técnica o especializada[21]) destinada a los trabajadores que realizan un período de prácticas. La asignación servirá para cubrir los gastos de alojamiento y manutención, los seguros médicos, las materias primas, el equipo de protección, etc. Los beneficiarios deben residir en la zona afectada por los despidos y participar en al menos dos actividades del proyecto.

– Asignación de subsistencia: Esta medida consiste en un pago a tanto alzado de 150 EUR a los trabajadores que participan en los períodos de prácticas con el fin de compensar el hecho de que algunas medidas pueden tener lugar fuera de la zona de residencia de los beneficiarios y requieran una ausencia temporal del hogar y la familia. Las personas que participan en los períodos de prácticas no perciben ya el subsidio por desempleo y no pueden estar empleadas. La asignación se abonarán una sola vez después de que haya finalizado la medida en que ha participado el trabajador.

– Asignación de participación: Esta medida consiste en un pago a tanto alzado de 200 EUR a los trabajadores que completen un programa de certificación como parte de un curso de formación profesional. La finalidad de la asignación es motivar a los trabajadores y compensarlos por los gastos generados por su participación en el curso de formación. Las personas que participan en un curso de formación no pueden ejercer un empleo al mismo tiempo, ya que la asistencia es obligatoria y los cursos suelen impartirse durante la primera parte del día.

– La asignación para gastos de viaje, la asignación para las entrevistas y la asignación para los períodos de prácticas únicamente se pagarán previa presentación de justificantes por los beneficiarios (por ejemplo, recibos, facturas, etc.). Los trabajadores que participen en las prácticas y que perciban el subsidio no recibirán la asignación de desplazamiento, ya que el transporte corre a cargo de la empresa que organiza el período de prácticas.

– Tutoría posterior a la integración laboral: Esta medida consiste en actividades de tutoría proporcionadas por los empleadores a los trabajadores recién contratados por un período de tres a seis meses. El tutor ofrecerá apoyo y asistencia con el fin de facilitar la transición entre la situación de trabajador despedido y la de empleado.

20.         Los gastos de intervención del FEAG, que se incluyen en la solicitud con arreglo al artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, cubren las actividades de preparación y control, así como la información y la publicidad.

21.         Los servicios personalizados presentados por las autoridades rumanas consisten en medidas activas del mercado de trabajo que figuran entre las medidas subvencionables establecidas en el artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1927/2006. Las autoridades rumanas calculan que el coste total será de 7 142 300 EUR, de los que 6 909 300 EUR corresponden a los servicios personalizados y 233 000 EUR (3,26 % de la cantidad total) a los gastos de aplicación del FEAG. La contribución total solicitada al FEAG asciende a 3 571 150 EUR (el 50 % de los costes totales).

Acciones || Número estimado de trabajadores destinatarios || Coste estimado por trabajador destinatario (EUR) || Coste total (FEAG y cofinanciación nacional) (EUR)

Servicios personalizados [artículo 3, párrafo primero, del Reglamento (CE) nº 1927/2006]

Inscripción de los trabajadores || 1 000 || 50 || 50 000

Información, orientación profesional y asesoramiento || 1 000 || 1 500 || 1 500 000

Cursos de formación profesional y períodos de prácticas || 500 || 800 || 400 000

Ayuda para la puesta en marcha de actividades independientes || 250 || 15 000 || 3 750 000

Alquiler del local destinado a la producción y pago de la renta para la duración del proyecto || 250 || 860 || 215 000

Asignación para gastos de desplazamiento || 300 || 250 || 74 300

Asignación para las entrevistas || 400 || 100 || 40 000

Asignación para períodos de prácticas || 400 || 1 000 || 400 000

Asignación de subsistencia || 400 || 150 || 60 000

Asignación de participación || 500 || 200 || 100 000

Tutoría posterior a la integración laboral || 400 || 800 || 320 000

Subtotal de servicios personalizados || || 6 909 300

Gastos de intervención del FEAG [artículo 3, párrafo tercero, del Reglamento (CE) nº 1927/2006]

Actividades preparatorias || || 153 000

Gestión || || 0

Información y publicidad || || 70 000

Actividades de control || || 10 000

Subtotal gastos de intervención del FEAG || || 233 000

Coste total estimado || || 7 142 300

Contribución del FEAG (50 % del coste total) || || 3 571 150

22.         Las autoridades rumanas han confirmado que las medidas descritas anteriormente son complementarias de las acciones financiadas por los Fondos Estructurales[22] y que se evitará cualquier doble financiación. Para evitar la doble financiación de las actividades con cargo al FSE y al FEAG, las autoridades rumanas han firmado un protocolo marco que permite a las autoridades responsables de gestionar las operaciones del FSE hacer verificaciones cruzadas de las bases de datos del Ministerio de Trabajo, Familia, Protección Social y Mayores, de la Autoridad de Gestión del Programa Operativo del FSE «Desarrollo de los Recursos Humanos» y del ANOFM.

Fecha(s) en que comenzaron o se prevé que comiencen los servicios personalizados para los trabajadores afectados

23.         El 1 de marzo de 2013, Rumanía puso en marcha los servicios personalizados para los trabajadores afectados  incluidos en el paquete coordinado para el que solicita la cofinanciación del FEAG. Por consiguiente, esa fecha representa el inicio del período de admisibilidad de cualquier ayuda que pueda conceder el FEAG.

Procedimientos de consulta de los interlocutores sociales

24.         Se ha consultado en varias ocasiones a los trabajadores despedidos durante la preparación de la solicitud de ayuda del FEAG. El procedimiento de consulta de los interlocutores sociales sobre el paquete coordinado de servicios personalizados propuesto se ha desarrollado como sigue:

· en junio de 2012, se celebró una reunión entre el Ministro de Trabajo y la dirección de Mechel Campia Turzii sobre la posición de la empresa en lo que respecta a los despidos;

· en agosto de 2012, el Viceministro para el Diálogo Social y los miembros de la Comisión para el Diálogo Social (que incluye a los representantes sindicales) mantuvieron una reunión sobre la situación generada por los despidos;

· en septiembre de 2012, se celebró una reunión entre el Viceministro para el Diálogo Social y los representantes de los sindicatos y de las autoridades públicas locales sobre la posibilidad de que el Gobierno rumano reciba las ayudas del FEAG.

25.         Las autoridades rumanas confirmaron que se habían cumplido los requisitos establecidos en la legislación nacional y de la UE sobre despidos colectivos.

Información sobre las acciones obligatorias en virtud del Derecho nacional o de conformidad con los convenios colectivos

26.         Respecto a los criterios que figuran en el artículo 6 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, en su solicitud, las autoridades rumanas:

· han confirmado que la contribución financiera del FEAG no reemplaza las medidas que son responsabilidad de las empresas en virtud del Derecho nacional o de los convenios colectivos;

· han demostrado que las acciones ayudan a trabajadores individuales y que no se destinarán a la reestructuración de empresas o sectores;

· han confirmado que las acciones subvencionables mencionadas no reciben ayuda de otros instrumentos financieros de la UE.

Sistemas de gestión y control

27.         Rumanía ha informado a la Comisión de que la contribución financiera será gestionada y controlada por los mismos organismos que gestionan y controlan el FSE. La contribución financiera será gestionada por ANOFM, que había sido designada la autoridad nacional responsable de la gestión de la contribución financiera del FEAG. La decisión gubernamental nº 11/2009 establece el marco institucional para la coordinación y la gestión de las contribuciones financieras del FEAG. Los procedimientos de gestión del FEAG, el papel de los diferentes organismos implicados y los mecanismos para garantizar el cumplimiento de los principios generales de gestión del FEAG y del marco jurídico pertinente se describen en unas directrices específicas. La Autoridad de Auditoría adscrita al Tribunal de Cuentas rumano ha sido designada como autoridad de auditoría para el FEAG.

Financiación

28.         Teniendo en cuenta la solicitud de Rumanía, la contribución del FEAG propuesta para el conjunto coordinado de servicios personalizados (incluidos los gastos de aplicación del FEAG) asciende a 3 571 150 EUR, lo que supone el 50 % del coste total. La asignación del Fondo propuesta por la Comisión se basa en la información facilitada por Rumanía.

29.         Teniendo en cuenta el importe máximo permitido de una contribución financiera del FEAG con arreglo a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo y el margen existente para la reasignación de créditos, la Comisión propone movilizar el FEAG para proporcionar la cantidad total indicada anteriormente.

30.         La Decisión propuesta de movilizar el FEAG será adoptada conjuntamente por el Parlamento Europeo y el Consejo, de conformidad con lo establecido en el punto 13 del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera[23].

31.         La Comisión presenta por separado una solicitud de transferencia para consignar en el presupuesto de 2014 los correspondientes créditos de compromiso, tal como exige el punto 13 del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013.

Origen de los créditos de pago

Los créditos inscritos en la línea presupuestaria del FEAG en el presupuesto de 2014 se utilizarán para cubrir el importe de 3 571 150 EUR necesario para atender a la presente solicitud.

Propuesta de

DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 13 del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2012/010 RO/Mechel de Rumanía)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) nº 1927/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización[24], y, en particular, su artículo 12, apartado 3,

Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera[25]y, en particular, su apartado 13,

Vista la propuesta de la Comisión Europea[26],

Considerando lo siguiente:

(1)       El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) se creó para prestar apoyo adicional a los trabajadores despedidos a raíz de importantes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial como consecuencia de la globalización y ayudarlos a reincorporarse al mercado de trabajo.

(2)       El FEAG no puede superar la cantidad máxima anual de 150 millones EUR (a precios de 2011), de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020[27].

(3)       El 21 de diciembre de 2012, Rumanía presentó una solicitud de movilización del FEAG en relación con los despidos de trabajadores de SC Mechel Campia Turzii SA y una empresa transformadora y la complementó con información adicional hasta el 4 de marzo de 2014. Dicha solicitud cumple los requisitos para fijar el importe de las contribuciones financieras de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento (CE) nº 1927/2006. Por tanto, la Comisión propone movilizar un importe de 3 571 150 EUR.

(4)       Procede, por tanto, movilizar el FEAG para proporcionar una contribución financiera en respuesta a la solicitud presentada por Rumanía.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2014, se movilizará el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) para proporcionar un importe de 3 571 150 EUR en créditos de compromiso y de pago.

Artículo 2

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el

Por el Parlamento Europeo                                                    Por el Consejo

El Presidente                                                                           El Presidente

[1]               DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.

[2]               DO L 406 de 30.12.2006, p. 1.

[3]               De acuerdo con el artículo 3, párrafo tercero, del Reglamento (CE) nº 1927/2006.

[4]               Fuente: Asociación Mundial del Acero, Steel Statistical Yearbook 2012.

[5]               El consumo aparente se define como la producción más las importaciones menos las exportaciones.

[6]               Véase la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Plan de Acción para una Industria del Acero Competitiva y Sostenible en Europa, COM(2013) 407.

[7]               EGF/2009/022/BG/Kremikovtsi AD (solicitud rechazada por la Comisión), EGF/2013/002 BE/Carsid (solicitud presentada a la Comisión el 2 de abril de 2013) y EGF/2013/007 BE (DUFERCO-NLMK (solicitud presentada a la Comisión el 27 de septiembre de 2013).

[8]               EGF/2010/007 AT/Steiermark y Niederösterreich. Decisión 2011/652/UE de 27 de septiembre 2011 (DO L 263 de 7.10.2011, p. 9).

[9]               La tasa de vacantes de empleo mide el porcentaje de puestos vacantes, en comparación con el número total de puestos ocupados y no ocupados. Se calcula que en el tercer trimestre de 2012 la tasa de vacantes de empleo en la EU-28 de la NACE Rev. 2, secciones B a S (industria, construcción y servicios) fue del 1,4 %.

[10]             Varias de las medidas propuestas son similares a las aplicadas en el caso EGF/2011/014 RO/Nokia.

[11]             Los cursos de formación se destinan a los trabajadores despedidos que no sean seleccionados para participar en la cooperativa.

[12]             Las autoridades rumanas consideran que las medidas de apoyo a la creación de empresas por los trabajadores individuales no serían eficaces ya que la demanda de bienes y servicios en la región es escasa debido al bajo nivel de vida.

[13]             La nueva empresa se creará con arreglo a la Ley nº 1/2005 sobre el establecimiento de cooperativas.

[14]             La empresa cliente ha sido identificada como resultado de un estudio de mercado realizado por AJOFM para encontrar empresas idóneas dispuestas a invertir en la zona de Câmpia Turzii y participar en el establecimiento de la cooperativa.

[15]             Según las autoridades rumanas, la cantidad de 15 000 EUR por trabajador destinatario se ha calculado dividiendo la estimación de los costes totales de la operación industrial por el número previsto de trabajadores necesarios. La entrega de los bonos estará sujeta a la firma de un contrato entre AJOFM Cluj y cada miembro de la cooperativa en el que se estipule que las personas despedidas tienen que respetar el plan de creación y actividad de la cooperativa.

[16]             El capital circulante se refiere al importe necesario para cubrir los gastos que haya generado el funcionamiento de la cooperativa durante un período de algunos meses, que comenzará a partir del momento en que la cooperativa decida el muestreo y la producción hasta recibir el valor de los primeros productos suministrados.

[17]             En la práctica, AJOFM Cluj pagará el importe de 15 000 euros directamente a la cooperativa sobre la base de las facturas expedidas por las empresas que suministran la maquinaria, el equipamiento y las materias primas y de cualquier tipo de documento contable conforme a la ley.

[18]             Los trabajadores podrán designar a un gestor profesional, aunque algunos de los antiguos trabajadores de Mechel con la experiencia pertinente podrían ejercer también funciones de dirección o intermediarias (recursos humanos, contabilidad, ingeniería, control de operaciones, ventas, etc.). Los derechos y condiciones aplicables a las personas que se incorporen o abandonen la cooperativa serán establecidos por la dirección de la cooperativa, e, implícitamente, por cada miembro de la cooperativa a través de su derecho de voto en la asamblea general.

[19]             Cluj AJOFM firmará un contrato con la cooperativa, que incluirá disposiciones relativas a la creación, el funcionamiento y la sostenibilidad de la cooperativa, así como cláusulas en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas en el marco del contrato. AJOFM Cluj y las empresas que contraten a los desempleados celebrarán un contrato similar. En caso de que la empresa no respete sus obligaciones contractuales, deberá reembolsar los fondos recibidos.

[20]             Este importe se ha fijado sobre la base de las estimaciones proporcionadas por los empleadores potenciales y los proveedores de los períodos de prácticas con el objeto de cubrir los costes relacionados con la participación de los trabajadores despedidos.

[21]             El importe más elevado de la asignación para los trabajadores que sigan una formación técnica o especializada se debe al hecho de que la duración del período de prácticas en estos casos es tres veces más larga y los gastos son, en consecuencia, más elevados.

[22]             Como ejemplo, las autoridades rumanas completarán las medidas del FEAG con el proyecto Callcem cofinanciado por el FSE. Este proyecto ofrece servicios de búsqueda de empleo y de colocación a los demandantes de empleo (por teléfono o por medios informáticos).

[23]             DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.

[24]             DO L 406 de 30.12.2006, p. 1.

[25]             DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.

[26]             DO C […] de […], p. […].

[27]             DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.

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