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Document 52013TA1213(31)
Report on the annual accounts of the European Foundation for the Improvement of Living and Working Conditions for the financial year 2012, together with the Foundation’s reply
Informe sobre las cuentas anuales de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo correspondientes al ejercicio 2012, acompañado de la respuesta de la Fundación
Informe sobre las cuentas anuales de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo correspondientes al ejercicio 2012, acompañado de la respuesta de la Fundación
DO C 365 de 13.12.2013, p. 221–227
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
13.12.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 365/221 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo correspondientes al ejercicio 2012, acompañado de la respuesta de la Fundación
2013/C 365/31
INTRODUCCIÓN
1. |
La Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (conocida como «Eurofound» y denominada en lo sucesivo «la Fundación»), con sede en Dublín, se creó en virtud del Reglamento (CEE) no 1365/75 del Consejo (1). Su misión consiste en contribuir a la concepción y al establecimiento de unas mejores condiciones de vida y de trabajo en la Unión, desarrollando y difundiendo los conocimientos en la materia (2). |
INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
2. |
El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de supervisión y control de la Fundación, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores (cuando sea pertinente) y un análisis de las manifestaciones de la dirección. |
DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
3. |
De conformidad con las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), el Tribunal ha fiscalizado:
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Responsabilidades de la dirección
4. |
De conformidad con los artículos 33 y 43 del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión (5), la dirección es responsable de la preparación y la presentación fiel de las cuentas anuales de la Fundación, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes:
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Responsabilidades del auditor
5. |
El Tribunal presentará al Parlamento Europeo y al Consejo (7), basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. El Tribunal realiza la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y el código de ética de la IFAC y las normas internacionales Intosai de las entidades fiscalizadoras superiores. Estas normas exigen que el Tribunal planifique y ejecute la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas anuales de la Fundación estén exentas de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares. |
6. |
Una auditoría implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener evidencia de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. Del criterio profesional del auditor depende la selección de estos procedimientos, así como su valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones materiales en las cuentas e incumplimientos significativos de las exigencias del marco legal de la Unión Europea en las operaciones subyacentes, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, el auditor tiene en cuenta los controles internos que inciden en la preparación y la presentación fiel de las cuentas, así como los sistemas de control y supervisión aplicados para garantizar la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes, con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. Una auditoría implica asimismo la evaluación de la idoneidad de las políticas contables utilizadas, del carácter razonable de las estimaciones contables y de la presentación general de las cuentas. |
7. |
El Tribunal considera que se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y apropiada en apoyo de su declaración de fiabilidad. |
Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas
8. |
En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de la Fundación presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2012 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado, conforme a lo dispuesto en su reglamento financiero y a las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión. |
Opinión sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas
9. |
En opinión del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2012 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares. |
10. |
Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan las opiniones emitidas por el Tribunal. |
COMENTARIOS SOBRE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA
11. |
Los porcentajes de ejecución presupuestaria de los títulos I y II fueron elevados situándose, respectivamente, en el 98 % y el 82 %. Los créditos comprometidos del título III que fueron objeto de prórroga llegaron a representar el 50 % (3 688 996 euros). Este elevado porcentaje tiene su explicación en el calendario de pagos y refleja el carácter plurianual de las operaciones de la Fundación. Gran parte de las prórrogas del título III (71 %) se refieren a dos proyectos (8) cuyas actividades se llevaron a cabo conforme a las previsiones y a lo establecido en el programa de trabajo anual. |
SEGUIMIENTO DE LOS COMENTARIOS DEL EJERCICIO ANTERIOR
12. |
En el anexo I figura una sinopsis de las medidas correctoras adoptadas en respuesta a los comentarios del Tribunal en relación con el ejercicio anterior. |
El presente Informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Louis GALEA, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo en su reunión del día 10 de septiembre de 2013.
Por el Tribunal de Cuentas
Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA
Presidente
(1) DO L 139 de 30.5.1975, p. 1.
(2) El anexo II presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de la Fundación.
(3) Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, la variación en el activo neto y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.
(4) Estos comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.
(5) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
(6) Las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión están inspiradas en las Normas Contables Internacionales del Sector Público (IPSAS) dictadas por la Federación Internacional de Contadores o, en su defecto, las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC)/Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) dictadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.
(7) Artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).
(8) Proyecto de red de observatorios europeos (NEO) y proyecto de encuesta europea sobre las empresas.
ANEXO I
Seguimiento de los comentarios del ejercicio anterior
Ejercicio |
Comentario del Tribunal |
Estado de aplicación de la medida correctora (Aplicada/En curso/Pendiente/Sin objeto) |
2011 |
La Fundación prorrogó el 47 % de los créditos del título III (gastos de operaciones). Esta situación contraviene el principio presupuestario de anualidad. |
Aplicada |
2011 |
El Tribunal observó que era necesario mejorar la transparencia de los procedimientos de selección del personal. Las reuniones de los comités no siempre estaban suficientemente documentadas y no consta que se hubiesen definido las preguntas de las pruebas escritas u orales antes de los exámenes. |
Aplicada |
ANEXO II
Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (Dublín)
Competencias y actividades
Ámbito de competencias de la Unión según el Tratado (artículo 151 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) |
La Unión y los Estados miembros, teniendo presentes derechos sociales fundamentales como los que se indican en la Carta Social Europea, firmada en Turín el 18 de octubre de 1961, y en la Carta comunitaria de los derechos sociales fundamentales de los trabajadores, de 1989, tendrán como objetivo el fomento del empleo, la mejora de las condiciones de vida y de trabajo, a fin de proseguir su equiparación por la vía del progreso, una protección social adecuada, el diálogo social, el desarrollo de los recursos humanos para conseguir un nivel de empleo elevado y duradero y la lucha contra las exclusiones. […] |
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Competencias de la Fundación [Reglamento (CEE) no 1365/75 del Consejo, modificado por el Reglamento (CE) no 1111/2005] |
Objetivos La Fundación tiene el objetivo de contribuir a la elaboración de mejores condiciones de vida y de trabajo mediante el desarrollo y la difusión de los conocimientos en la materia. En particular, debe ocuparse de:
Funciones
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Gobernanza |
Consejo de dirección
Mesa
El director y el subdirector son nombrados por la Comisión, a partir de una lista de candidatos presentados por el consejo de dirección. El director ejecuta las decisiones de éste y de la Mesa y dirige la Fundación. Auditoría interna Servicio de Auditoría Interna (SAI) de la Comisión Europea. Auditor externo Tribunal de Cuentas Europeo. Autoridad de aprobación de la gestión Parlamento Europeo, previa recomendación del Consejo. |
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Medios a disposición de la Fundación en 2012 (2011) |
Presupuesto 21,4 (20,6) millones de euros Efectivos a 31 de diciembre de 2012 Funcionarios y agentes temporales: 101 puestos previstos en el organigrama, de los cuales a 31 de diciembre de 2012 están cubiertos 98 (97) Otros puestos:
Encargados de tareas:
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Actividades y servicios facilitados en 2012 |
Seguimiento y encuestas Red de observatorios europeos (NEO):
Encuestas:
Empleo y competitividad
Relaciones laborales y desarrollo en el lugar de trabajo
Cohesión social y calidad de vida
Información y comunicación de ideas y experiencias
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Fuente: Información comunicada por la Fundación. |
RESPUESTA DE LA FUNDACIÓN
11. |
Acogemos con satisfacción el comentario del Tribunal, ya que confirma el carácter plurianual de la mayoría de los proyectos de investigación de Eurofound. Eurofound seguirá supervisando las prórrogas de los créditos comprometidos estableciendo anualmente un importe de los créditos que vayan a prorrogarse sobre la base de su programa de trabajo anual («prórrogas previstas») y comparándolo con el importe no planificado debido a retrasos o a cambios en la ejecución del programa de trabajo («prórrogas no previstas»). |