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Document 52013AP0480

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 20 de noviembre de 2013, sobre el proyecto de Decisión del Consejo por la que se modifica la Decisión 2009/935/JAI respecto de la lista de terceros países y organizaciones con los que Europol celebrará acuerdos (16229/2012 — C7-0011/2013 — 2013/0801(CNS))

    DO C 436 de 24.11.2016, p. 210–210 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    24.11.2016   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 436/210


    P7_TA(2013)0480

    Terceros países y organizaciones con los que Europol celebrará acuerdos *

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 20 de noviembre de 2013, sobre el proyecto de Decisión del Consejo por la que se modifica la Decisión 2009/935/JAI respecto de la lista de terceros países y organizaciones con los que Europol celebrará acuerdos (16229/2012 — C7-0011/2013 — 2013/0801(CNS))

    (Procedimiento legislativo especial — consulta)

    (2016/C 436/35)

    El Parlamento Europeo,

    Visto el proyecto de Decisión del Consejo (16229/2012),

    Vista la Decisión 2009/371/JAI del Consejo, de 6 de abril de 2009, por la que se crea la Oficina Europea de Policía (Europol), y en particular su artículo 26, apartado 1, letra a) (1), conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C7-0011/2013),

    Vista la Decisión 2009/934/JAI del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, por la que se adoptan las normas de desarrollo que rigen las relaciones de Europol con los socios, incluido el intercambio de datos personales y de información clasificada (2),

    Vista la Decisión 2009/935/JAI del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, por la que se determina la lista de terceros Estados y organizaciones con los que Europol celebrará acuerdos (3),

    Visto el artículo 55 de su Reglamento,

    Visto el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A7-0351/2013),

    1.

    Rechaza el proyecto de Decisión del Consejo;

    2.

    Pide al Consejo que no adopte la Decisión, ya que la Comisión propuso recientemente un nuevo Reglamento para Europol (propuesta de la Comisión, de 27 de marzo de 2013, de un Reglamento relativo a la Agencia de la Unión Europea para la cooperación y la formación en funciones coercitivas (Europol) y por el que se derogan las Decisiones 2009/371/JAI y 2005/681/JAI (COM(2013)0173)), por el cual se modifican las disposiciones y el procedimiento para celebrar acuerdos con terceros Estados y organizaciones; por tanto, no deben modificarse las medidas de ejecución de la actual Decisión 2009/371/JAI;

    3.

    Pide al Director y al Consejo de Administración de Europol que, en caso de que se adopte el proyecto de Decisión del Consejo, se abstengan de iniciar cualquier tipo de negociaciones sobre acuerdos operativos con cualquiera de los países que figuran en dicho proyecto de Decisión, dado que en algunos de los países enumerados en el mismo no existe un nivel suficiente de protección de datos y no puede garantizarse el respeto del derecho fundamental a la protección de datos personales; hace hincapié en que todo intercambio de datos personales con terceros Estados u organizaciones internacionales debe ir acompañado de garantías de seguridad estrictas en lo que respecta a la protección de la intimidad y de los derechos fundamentales;

    4.

    Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo, a la Comisión y a Europol.


    (1)  DO L 121 de 15.5.2009, p. 37.

    (2)  DO L 325 de 11.12.2009, p. 6.

    (3)  DO L 325 de 11.12.2009, p. 12.


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