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Document 52012DC0324

    Recomendación de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO relativa al programa nacional de reforma de Portugal para 2012y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el programa de estabilidad de Portugal para 2012-2016

    /* COM/2012/0324 final - 2012/ () */

    52012DC0324

    Recomendación de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO relativa al programa nacional de reforma de Portugal para 2012y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el programa de estabilidad de Portugal para 2012-2016 /* COM/2012/0324 final - 2012/ () */


    Recomendación de

    RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

    relativa al programa nacional de reforma de Portugal para 2012 y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el programa de estabilidad de Portugal para 2012-2016

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA[A1],

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y, en particular, su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,

    Visto el Reglamento (CE) n° 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas[1], y, en particular, su artículo 5, apartado 2,

    Vistas las recomendaciones de la Comisión Europea[2],

    Vistas las resoluciones del Parlamento Europeo[3],

    Vistas las conclusiones del Consejo Europeo,

    Visto el dictamen del Comité de Empleo,

    Previa consulta al Comité Económico y Financiero,

    Considerando lo siguiente:

    (1)(1)   El 26 de marzo de 2010, el Consejo Europeo aprobó la propuesta de la Comisión Europea de iniciar una nueva estrategia para el empleo y el crecimiento —Estrategia Europa 2020—, que se basa en una mayor coordinación de las políticas económicas y se centrará en los ámbitos fundamentales en que se requiere actuar para fomentar el potencial de crecimiento sostenible y competitividad de la economía europea.

    (2)(2)   El 13 de julio de 2010, el Consejo aprobó una recomendación sobre directrices generales para las políticas económicas de los Estados miembros y de la Unión (para el período 2010-2014) y, el 21 de octubre de 2010, una decisión relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros[4], que juntas forman las «orientaciones integradas». Se ha invitado a los Estados miembros a tener en cuenta las orientaciones integradas en sus políticas económicas y de empleo.

    (3)(3)   El 12 de julio de 2011, el Consejo aprobó una recomendación relativa al programa nacional de reforma de Portugal para 2011.

    (4)(4)   El 23 de noviembre de 2011, la Comisión adoptó el segundo Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, iniciando así el segundo Semestre Europeo de coordinación integrada ex ante de las políticas económicas, en el marco de la Estrategia Europa 2020.

    (5)(5)   El 2 de marzo de 2012, el Consejo Europeo aprobó las prioridades para garantizar la estabilidad financiera, el saneamiento presupuestario junto con medidas dirigidas a fomentar el crecimiento. El Consejo Europeo hizo hincapié en la necesidad de proseguir un saneamiento presupuestario diferenciado y favorable al crecimiento, restablecer la normalidad en la concesión de crédito, promover el crecimiento y la competitividad, combatir el desempleo y las consecuencias sociales de la crisis, y modernizar la administración pública.

    (6)(6)   El 2 de marzo de 2012, el Consejo Europeo invitó asimismo a los Estados miembros participantes en el Pacto por el Euro Plus a presentar sus compromisos con la debida antelación para su inclusión en sus programas de estabilidad o de convergencia y en sus programas nacionales de reforma.

    (7)(7)   El 2 de mayo de 2012, Portugal presentó su programa de estabilidad para el período 2012-2016 y el 7 de mayo de 2012, su programa nacional de reforma.

    (8)(8)   El 17 de mayo de 2011, el Consejo adoptó la Decisión de Ejecución 2011/344/UE a fin de poner a disposición de Portugal una ayuda financiera a medio plazo de una duración de tres años (2011-2014), de conformidad con el Reglamento (UE) nº 407/2010 del Consejo, de 11 de mayo de 2010, por el que se establece un mecanismo europeo de estabilización financiera. El Protocolo de Acuerdo firmado ese mismo día y sus sucesivos apéndices establecen las condiciones de política económica a las que se supedita el desembolso de esa ayuda financiera.

    (9)(9)   Portugal ha realizado progresos significativos en una serie de frentes, pero aún tiene ante sí importantes retos. El logro de los objetivos presupuestarios sigue siendo esencial si el Gobierno pretende recuperar el pleno acceso al mercado durante el periodo de vigencia del programa. A fin de limitar el riesgo de no alcanzar los objetivos presupuestarios de 2012, es primordial proceder a una aplicación rápida y decidida de las medidas fiscales estructurales del programa. Paralelamente, es preciso que el Gobierno portugués se centre en las reformas destinadas a resolver los problemas del país en materia de competitividad. Dado que el presupuesto de 2012 no contempla la prolongación de anteriores proyectos de «devaluación fiscal», cobra una importancia aún mayor la rápida adopción de reformas estructurales adicionales en los mercados laboral y de producción con objeto de reducir los costes laborales, incrementar la flexibilidad, y reducir las barreras de acceso al mercado. El Gobierno deberá actuar con perseverancia y determinación a fin de contrarrestar los fuertes intereses creados que obstaculizan las reformas.

    (10)(10)           En líneas generales, el tercer examen del Programa de Ajuste Económico ha permitido constatar que Portugal sigue avanzando en el cumplimiento de las condiciones establecidas en el Protocolo de Acuerdo. En particular, se ha rebasado con creces el objetivo de déficit presupuestario para 2011, fijado en el 5,9 % del PIB, gracias a la transferencia de fondos de pensiones de los bancos al Estado por valor del 3,5 % del PIB. No obstante esta operación puntual, el saneamiento estructural en 2011 fue importante y supuso el 3,5 % del PIB. Los bancos están en vías de cumplir a finales de año las exigencias de capital impuestas por el Programa, aunque es preciso que su situación de capital registre una mejora adicional en 2012 conforme a los requisitos del Programa y a raíz de la exigencia de la Autoridad Bancaria Europea de tener en cuenta el riesgo soberano, el programa especial de inspección sobre el terreno y la transferencia prevista de los planes de pensiones privados de los bancos.

    (11)(11)           La disminución del PIB en 2011 fue menos acusada de lo previsto, ya que las exportaciones y el consumo registraron mejores resultados de lo esperado. No obstante, durante el cuarto trimestre de 2011 y a principios de 2012 se observó un debilitamiento de la demanda interior, un importante incremento del desempleo y una disminución de la confianza empresarial. Según las previsiones de primavera de la Comisión, las perspectivas para 2012 han empeorado y, en la actualidad, está previsto que el PIB se reduzca en un 3,3 %, es decir, tres puntos porcentuales adicionales a los anunciados en las previsiones de otoño. El crecimiento económico en 2013 será también más limitado que el previsto inicialmente. Aunque, hasta el momento, el ajuste exterior se ha llevado a cabo con notable celeridad, dado que las exportaciones de Portugal han ido ganando cuotas de mercado fuera de la UE y que sus importaciones han disminuido considerablemente, no es seguro que se mantenga esta tendencia. Habida cuenta de la magnitud de la deuda exterior que Portugal ha ido acumulando, es preciso emprender un ajuste estructural adicional muy significativo.

    (12)(12)            El objetivo de déficit público fijado en el presupuesto de 2012 es del 4,5 % del PIB, cifra que se halla en consonancia con las exigencias del Programa de Ajuste Económico y con las recomendaciones del Consejo a Portugal en el marco del procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo. Los planes de saneamiento presupuestario a medio plazo presentados en el programa de estabilidad se corresponden asimismo con los objetivos generales de déficit previstos en el Programa de Ajuste Económico, y con el ratio déficit/PIB del 3 % de PIB que se espera alcanzar en 2013. El presupuesto de 2012 incluye medidas de saneamiento por una cifra superior al 5 % del PIB, consistentes en medidas estructurales de carácter permanente. Dos tercios de las medidas afectan a la vertiente del gasto e incluyen recortes significativos de los salarios del sector público y de las pensiones, una reducción del número de funcionarios estatales del 2 % (expresado en equivalente a tiempo completo) y una racionalización de las empresas públicas. En la vertiente de los ingresos, el presupuesto prevé una reducción de las exenciones fiscales, un incremento del número de bienes y servicios gravados al tipo normal del IVA, un aumento del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto de sociedades así como de los impuestos especiales, y un esfuerzo suplementario en la lucha contra la evasión y el fraude fiscales. Está previsto que el déficit siga disminuyendo hasta alcanzar el 1,8 % del PIB en 2014 y el 1 % del PIB en 2015. Los principales riesgos que cuestionan el logro de los objetivos presupuestarios están relacionados esencialmente con el sector de las empresas públicas y con las administraciones regionales y locales. Por lo que respecta al saldo estructural, se espera que durante el periodo 2011-2012 el ajuste presupuestario estructural se sitúe por encima de los 7 puntos porcentuales del PIB. El objetivo a medio plazo del -0,5 % del PIB refleja adecuadamente las exigencias establecidas en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento. En cuanto a la deuda pública, está previsto que alcance una cifra máxima del 115,7 % del PIB en 2013 para ir disminuyendo posteriormente de forma gradual.

    (13)(13)           Para que el Programa de Ajuste Económico suponga un éxito, resulta crucial la aplicación de una amplia gama de reformas estructurales que eliminen las rigideces y los estrangulamientos que han dado lugar a una década de estancamiento económico. Hasta ahora se han realizado progresos significativos. Se está aplicando el profundo y ambicioso programa de reformas establecido en los ámbitos del mercado laboral, la sanidad, la vivienda, el sistema judicial, la insolvencia y el marco reglamentario, incluida la competencia. Además, hasta el momento, las privatizaciones se han llevado a cabo con gran éxito. En las industrias de red, sin embargo, los progresos han sido menos evidentes. En el sector de la energía, en particular, aún está pendiente de desarrollo una estrategia global que elimine la creciente deuda que se observa, reduciendo las rentas excesivas.

    (14)(14)            Se está llevando a cabo una reprogramación estratégica de los Fondos Estructurales, haciendo hincapié en el apoyo del empleo juvenil y la competitividad (en particular de las PYME). Las nuevas medidas intensifican la actividad en los ámbitos relacionados con el pasaporte al empleo, la formación, las cualificaciones profesionales y el acceso a financiación por parte de las pequeñas y medianas empresas.

    (15)(15)           Portugal ha contraído una serie de compromisos en el marco del Pacto por el Euro Plus. Dichos compromisos, y la ejecución de los compromisos presentados en 2011, se refieren a la mejora de la competitividad, el incremento de la tasa de empleo y la viabilidad de las finanzas públicas, fortaleciendo al mismo tiempo la viabilidad financiera.

    RECOMIENDA que Portugal tome medidas en el período 2012-2013 a fin de:

    Aplicar las medidas establecidas en la Decisión de Ejecución 2011/344/UE y que se especifican con detalle en el Protocolo de Acuerdo de 17 de mayo de 2011 y en sus apéndices ulteriores.

    Hecho en Bruselas, el

                                                                           Por el Consejo

                                                                           El Presidente

    [1]               DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.

    [2]               COM(2012)324 final.

    [3]               P7_TA(2012)0048 y P7_TA(2012)0047

    [4]               Decisión 2012/238/UE del Consejo, de 26 de abril de 2012.

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