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Document 52012AP0009

    Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos ***II Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 19 de enero de 2012 , respecto de la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) (versión refundida) (07906/2/2011 – C7-0250/2011 – 2008/0241(COD))
    P7_TC2-COD(2008)0241 Posición del Parlamento Europeo y del Consejo aprobada en segunda lectura el 19 de enero de 2012 con vistas a la adopción de la Directiva 2012/…/UE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE)
    ANEXO A LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

    DO C 227E de 6.8.2013, p. 41–43 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    6.8.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    CE 227/41


    Jueves 19 de enero de 2012
    Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos ***II

    P7_TA(2012)0009

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 19 de enero de 2012, respecto de la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) (versión refundida) (07906/2/2011 – C7-0250/2011 – 2008/0241(COD))

    (2013/C 227 E/15)

    (Procedimiento legislativo ordinario: segunda lectura)

    El Parlamento Europeo,

    Vista la Posición del Consejo en primera lectura (07906/2/2011 – C7-0250/2011),

    Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 11 de junio de 2009 (1),

    Visto el dictamen del Comité de las Regiones, de 4 de diciembre de 2009 (2),

    Vista su Posición en primera lectura (3) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2008)0810),

    Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 21 de diciembre de 2011, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 8, letra a, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el artículo 294, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el artículo 66 de su Reglamento,

    Vista la recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0334/2011),

    1.

    Aprueba la Posición en segunda lectura que figura a continuación;

    2.

    Aprueba la declaración aneja a la presente Resolución;

    3.

    Toma nota de las declaraciones de la Comisión anejas a la presente Resolución;

    4.

    Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.


    (1)  DO C 306 de 16.12.2009, p. 39.

    (2)  DO C 141 de 29.5.2010, p. 55.

    (3)  Textos Aprobados de 3.2.2011, P7_TA(2011)0037.


    Jueves 19 de enero de 2012
    P7_TC2-COD(2008)0241

    Posición del Parlamento Europeo y del Consejo aprobada en segunda lectura el 19 de enero de 2012 con vistas a la adopción de la Directiva 2012/…/UE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE)

    (Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, la Directiva 2012/19/UE.)


    Jueves 19 de enero de 2012
    ANEXO A LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

    Declaración del Parlamento Europeo relativa a la utilización de actos de ejecución

    El Parlamento Europeo declara que las disposiciones de la presente Directiva relativas a actos delegados y actos de ejecución son el resultado de un compromiso delicado, que se aparta en algunos casos de la posición del Parlamento en primera lectura. Por consiguiente, y en aras de un acuerdo en segunda lectura, el Parlamento Europeo ha aceptado en algunos casos concretos actos de ejecución en lugar de actos delegados. Destaca, no obstante, que estas disposiciones no podrán considerarse ni utilizarse como un precedente para tratar situaciones análogas en futuros actos legislativos.

    Declaración de la Comisión sobre el Diseño de Productos (Directiva RAEE, artículo 4)

    Las medidas de diseño ecológico pueden facilitar el cumplimiento de los objetivos de la Directiva sobre residuos de equipos eléctricos y electrónicos, de acuerdo con la Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos (COM(2011)0571). En el caso de que la Comisión introduzca nuevas medidas de ejecución o revise las medidas de ejecución adoptadas en virtud de la Directiva 2009/125/CE sobre productos cubiertos también por la Directiva RAEE, deberá tener en cuenta los parámetros de reutilización y reciclado establecidos en el anexo 1, parte 1, de la Directiva 2009/125/CE y evaluar la viabilidad de la introducción de requisitos de reutilización, desmontaje fácil y reciclado de dichos productos.

    Declaración de la Comisión sobre excepciones específicas de los objetivos de recogida (Directiva RAEE, artículo 7)

    La nueva Directiva RAEE, artículo 7, apartado 4, contempla la posibilidad de aplicar medidas transitorias dirigidas a afrontar las dificultades de los Estados miembros para cumplir los objetivos de recogida establecidos en dicho artículo debido a circunstancias específicas. La Comisión destaca que los elevados objetivos de recogida que establece la Directiva RAEE son importantes para una Europa eficiente en el uso de los recursos, y que las medidas transitorias solo pueden aplicarse en circunstancias excepcionales. Las dificultades que se aleguen y las circunstancias específicas en que aquellas se fundamenten debe ser objetivas, estar bien documentadas y ser verificables.»


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