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Document 52011PC0373
Proposal for a DECISION OF THE EUROPEAN PARLIAMENT AND OF THE COUNCIL on the Mobilisation of the Flexibility Instrument
Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la movilización del Instrumento de Flexibilidad
Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la movilización del Instrumento de Flexibilidad
/* COM/2011/0373 final */
Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la movilización del Instrumento de Flexibilidad /* COM/2011/0373 final */
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Acuerdo Interinstitucional de 17 de
mayo de 2006[1]
permite la movilización del Instrumento de Flexibilidad para la financiación de
gastos claramente determinados que no pueden financiarse dentro de los límites
de los techos disponibles en una o más rúbricas del Marco Financiero
Plurianual. De conformidad con el apartado 27 del
Acuerdo Interinstitucional, y después de examinar todas las posibilidades de
reasignación de créditos en el marco de la Rúbrica 4, la Comisión propone movilizar
el Instrumento de Flexibilidad para la financiación de la Política Europea de
Vecindad por una cantidad de 153,3 millones EUR más allá del techo de la
Rúbrica 4. Se recuerda a las dos ramas de la
Autoridad Presupuestaria que la Decisión deberá publicarse en el Diario
Oficial de la Unión Europea no más tarde de la publicación del presupuesto
general del ejercicio 2012. Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y
DEL CONSEJO relativa a la movilización del
Instrumento de Flexibilidad EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL
CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Acuerdo Interinstitucional de 17
de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre
disciplina presupuestaria y buena gestión financiera[2] y, en particular, el
párrafo quinto de su apartado 27, Vista la propuesta de la Comisión
Europea, Considerando que, después de examinar
todas las posibilidades para la reasignación de créditos dentro de la Rúbrica
4, es necesario movilizar el Instrumento de Flexibilidad para complementar la
financiación en el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el
ejercicio de 2012, más allá del techo de la Rúbrica 4, por un importe de 153,3
millones EUR para la financiación de la Política Europea de Vecindad. HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1 En el marco del presupuesto general de la
Unión Europea para el ejercicio 2012, se utilizará el Instrumento de
Flexibilidad para consignar en la Rúbrica 4 la cantidad de 153,3 millones EUR
en créditos de compromiso. Dicha cantidad se utilizará para
complementar la financiación de 153 343 576 millones EUR
destinados a la Política Europea de Vecindad con cargo a la Rúbrica 4. Artículo 2 La presente Decisión se publicará en el Diario
Oficial de la Unión Europea. Hecho en Bruselas, el Por el Parlamento Europeo Por
el Consejo El Presidente El
Presidente [1] DO C 139 de 14.6.2006, p. 1. [2] DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.