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Document 52011IP0443
Accession of Bulgaria and Romania to Schengen European Parliament resolution of 13 October 2011 on the accession of Bulgaria and Romania to Schengen
Adhesión de Bulgaria y Rumanía a Schengen Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de octubre de 2011 , sobre la adhesión de Bulgaria y Rumanía al espacio de Schengen
Adhesión de Bulgaria y Rumanía a Schengen Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de octubre de 2011 , sobre la adhesión de Bulgaria y Rumanía al espacio de Schengen
DO C 94E de 3.4.2013, p. 13–14
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
3.4.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CE 94/13 |
Jueves 13 de octubre de 2011
Adhesión de Bulgaria y Rumanía a Schengen
P7_TA(2011)0443
Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de octubre de 2011, sobre la adhesión de Bulgaria y Rumanía al espacio de Schengen
2013/C 710 E/04
El Parlamento Europeo,
— |
Vista su Posición, de 8 de junio de 2011, sobre el proyecto de Decisión del Consejo sobre la plena aplicación de las disposiciones del acervo de Schengen en la República de Bulgaria y Rumanía (1), |
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Vistas las Conclusiones del Consejo de Justicia y Asuntos de Interior celebrado los días 9 y 10 de junio de 2011 en Luxemburgo, |
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Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de los días 24 y 25 de junio de 2011, |
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Vistas las preguntas formuladas el 29 de septiembre de 2011 al Consejo y a la Comisión sobre la adhesión de Bulgaria y Rumanía al espacio de Schengen (O-000224/2011 – B7-0440/2011, O-000225/2011 – B7-0621/2011 y O-000223/2011 – B7-0439/2011), |
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Vistos el artículo 115, apartado 5, y el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento, |
A. |
Considerando que la libre circulación de personas es un derecho fundamental garantizado por los Tratados a los ciudadanos de la UE; |
B. |
Considerando que la creación del espacio de Schengen y la integración del acervo de Schengen en el marco de la UE son uno de los mayores logros del proceso de integración europeo; |
C. |
Considerando que Rumanía y Bulgaria han cumplido todos los criterios para una conclusión satisfactoria del proceso de evaluación de Schengen; |
D. |
Considerando que el Parlamento Europeo, en su Resolución de 8 de junio de 2011, y el Consejo, en sus conclusiones de 9 de junio de 2011, declararon que ambos países están preparados para adherirse al espacio de Schengen; |
E. |
Considerando que, en el Consejo Europeo de 24 de junio de 2011, los Jefes de Estado y de Gobierno acordaron que la decisión relativa a la adhesión de Bulgaria y Rumanía debería adoptarse a más tardar en septiembre de 2011; |
F. |
Considerando que la decisión sobre la adhesión de Rumanía y Bulgaria se ha aplazado debido a que no obtuvo la aprobación del Consejo en su reunión de 22 de septiembre de 2011; |
1. |
Señala que los dos países han rediseñado y reorganizado de forma fundamental sus sistemas integrados de gestión de las fronteras invirtiendo considerablemente en sus autoridades policiales, incluidas su formación y dotación con las últimas tecnologías, así como reforzado visiblemente sus marcos institucionales y jurídicos, hecho reconocido en todos los informes de evaluación de Schengen; |
2. |
Observa las constantes muestras de apoyo y solidaridad de Bulgaria y Rumanía como socios de confianza en la Europa Sudoriental, así como su permanente contribución a la seguridad de las fronteras en esta parte de la UE; |
3. |
Destaca que ambos países han aplicado totalmente el acervo de Schengen, único requisito previo —conforme a sus Tratados de adhesión y al actual ordenamiento jurídico de la UE— para su adhesión al espacio de Schengen; |
4. |
Insta a todos los Estados miembros a adoptar la decisión sobre la ampliación del espacio de Schengen a Bulgaria y Rumanía exclusivamente sobre la base del acervo y los procedimientos de Schengen; opina que no se pueden imponer criterios adicionales a los Estados miembros que ya han iniciado el proceso de adhesión al espacio de Schengen; |
5. |
Reitera el apoyo del Parlamento a la ampliación del espacio de Schengen a Bulgaria y Rumanía e insta al Consejo Europeo a actuar de conformidad con el Tratado de la UE y adoptar las medidas necesarias a fin de que Rumanía y Bulgaria puedan acceder al espacio de Schengen; |
6. |
Exhorta a todos los Estados miembros a que cumplan los compromisos contraídos con arreglo al marco jurídico de la UE por lo que respecta a los criterios de adhesión a Schengen y a que no den prioridad al populismo nacional; |
7. |
Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión y al Consejo, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros. |
(1) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0254.