EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52010AP0336

Facultades de la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea), la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación) y la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados ***I Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 22 de septiembre de 2010 , sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifican las Directivas 98/26/CE, 2002/87/CE, 2003/6/CE, 2003/41/CE, 2003/71/CE, 2004/39/CE, 2004/109/CE, 2005/60/CE, 2006/48/CE, 2006/49/CE y 2009/65/CE en relación con las facultades de la Autoridad Bancaria Europea, la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación y la Autoridad Europea de Valores y Mercados (COM(2009)0576 – C7-0251/2009 – 2009/0161(COD))
P7_TC1-COD(2009)0161 Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 22 de septiembre de 2010 con vistas a la adopción de la Directiva 2010/…/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifican las Directivas 98/26/CE, 2002/87/CE, 2003/6/CE, 2003/41/CE, 2003/71/CE, 2004/39/CE, 2004/109/CE, 2005/60/CE, 2006/48/CE, 2006/49/CE y 2009/65/CE en relación con las facultades de la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea), la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación) y la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados)
ANEXO

DO C 50E de 21.2.2012, p. 212–213 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

21.2.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 50/212


Miércoles 22 de septiembre de 2010
Facultades de la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea), la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación) y la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados ***I

P7_TA(2010)0336

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 22 de septiembre de 2010, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifican las Directivas 98/26/CE, 2002/87/CE, 2003/6/CE, 2003/41/CE, 2003/71/CE, 2004/39/CE, 2004/109/CE, 2005/60/CE, 2006/48/CE, 2006/49/CE y 2009/65/CE en relación con las facultades de la Autoridad Bancaria Europea, la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación y la Autoridad Europea de Valores y Mercados (COM(2009)0576 – C7-0251/2009 – 2009/0161(COD))

2012/C 50 E/20

(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento y al Consejo (COM(2009)0576),

Vistos el artículo 251, apartado 2, el artículo 44, el artículo 47, apartado 2, y los artículos 55 y 95, del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7-0251/2009),

Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Consecuencias de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa sobre los procedimientos interinstitucionales de toma de decisiones en curso» (COM(2009)0665),

Vistos el artículo 294, apartado 3, el artículo 50, el artículo 53, apartado 1, y los artículos 62 y 114, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el dictamen del Banco Central Europeo de 18 de marzo de 2010 (1),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 18 de marzo de 2010 (2),

Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 15 de septiembre de 2010, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el artículo 55 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y la opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A7-0163/2010),

1.

Aprueba la posición en primera lectura que figura a continuación (3);

2.

Toma nota de la Declaración de la Comisión adjunta a la presente resolución;

3.

Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;

4.

Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo, a la Comisión y a los Parlamentos nacionales.


(1)  DO C 87 de 1.4.2010, p. 1.

(2)  No publicado aún en el Diario Oficial.

(3)  Esta posición sustituye a las enmiendas adoptadas el 7 de julio de 2010 (Textos Aprobados, P7_TA(2010)0269).


Miércoles 22 de septiembre de 2010
P7_TC1-COD(2009)0161

Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 22 de septiembre de 2010 con vistas a la adopción de la Directiva 2010/…/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifican las Directivas 98/26/CE, 2002/87/CE, 2003/6/CE, 2003/41/CE, 2003/71/CE, 2004/39/CE, 2004/109/CE, 2005/60/CE, 2006/48/CE, 2006/49/CE y 2009/65/CE en relación con las facultades de la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea), la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación) y la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados)

(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, la Directiva 2010/78/UE.)

Miércoles 22 de septiembre de 2010
ANEXO

Declaraciones de la Comisión

Directiva de ámbito general: Adaptación al Tratado de Lisboa

La Comisión está examinando la Directiva relativa a los mercados de instrumentos financieros con ánimo de proponer, en caso necesario, mejoras de dicha Directiva. En este contexto, la Comisión reflexionará, entre otras cosas, sobre la manera de mejorar la transparencia en las fases anterior y posterior a la negociación de los instrumentos, y en particular sobre las normas y mecanismos que han de exigirse a los mercados regulados y las modificaciones necesarias para adaptar la Directiva al Tratado de Lisboa.

La Comisión está examinando la Directiva sobre abuso del mercado. En este contexto, reflexionará, entre otras cosas, sobre las modificaciones necesarias para adaptar la Directiva al Tratado de Lisboa.

La Comisión está examinando la Directiva sobre conglomerados financieros. En este contexto, reflexionará, entre otras cosas, sobre las modificaciones necesarias para adaptar la Directiva al Tratado de Lisboa.

Declaración sobre la modificación general de la Directiva sobre transparencia: Presentación de informes por países

La Comisión tiene intención de preparar una comunicación en la que se evalúe la viabilidad de pedir a determinados emisores de acciones, cuyos valores estén admitidos a negociación en mercados regulados y que presenten cuentas consolidadas, que comuniquen en el informe financiero anual información financiera clave sobre sus actividades en terceros países. En esta comunicación se podrían determinar los tipos de emisores afectados, la información financiera que resultaría útil para los inversores y otros interesados, y la forma en que podría presentarse dicha información. La Comisión tendría debidamente en cuenta los progresos realizados sobre esta cuestión por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad. La Comisión proyecta preparar la comunicación para el 30 de septiembre de 2011, tras haber consultado a la Autoridad Europea de Valores y Mercados. La comunicación podría abordar las repercusiones posibles de estas medidas, y podría tenerse en cuenta a la hora de revisar la Directiva 2004/109/CE.


Top