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Document 52009DC0016

Documento de trabajo de la Comisión - Reducción de las cargas administrativas en la Unión Europea Anexo del tercer análisis estratégico del programa «Legislar Mejor» {COM(2009) 15 final} {COM(2009) 17 final}

/* COM/2009/0016 final */

52009DC0016




[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS |

Bruselas, 28.1.2009

COM(2009) 16 final

DOCUMENTO DE TRABAJO DE LA COMISIÓN

Reducción de las cargas administrativas en la Unión EuropeaAnexo del tercer análisis estratégico del programa «Legislar Mejor»

{COM(2009) 15 final}{COM(2009) 17 final}

DOCUMENTO DE TRABAJO DE LA COMISIÓN

Reducción de las cargas administrativas en la Unión EuropeaAnexo del tercer análisis estratégico del programa «Legislar Mejor»

1. Introducción

La supresión de las cargas administrativas innecesarias es más importante que nunca en épocas económicas difíciles, cuando las empresas de la UE tienen menos recursos y necesitan invertir para seguir siendo competitivas[1].

La Comisión adoptó un enfoque más sistemático en enero de 2007, al presentar un ambicioso Programa de Acción para reducir un 25 % las cargas administrativas que recaen sobre las empresas de la UE en 2012[2]. El Programa de Acción recibió en marzo 2007 el respaldo del Consejo Europeo[3], que explícitamente admitió «que las cargas administrativas derivadas de la legislación de la UE» (incluidas las medidas nacionales que aplican o transponen dicha legislación) debían reducirse un 25% e invitó a los Estados miembros a fijar «objetivos nacionales de un nivel comparable de ambición». El Parlamento Europeo también manifestó un firme respaldo a los objetivos del Programa de Acción[4] y destinó un presupuesto para apoyar dichas actividades.

La finalidad del Programa de Acción es medir los costes que implican los requisitos de información impuestos a las empresas y suprimir los que resulten innecesarios, lo cual debería aumentar la eficacia de la legislación sin poner en peligro sus objetivos.

El presente documento de trabajo acompaña al tercer análisis estratégico del programa «Legislar Mejor»[5]. Detalla los progresos realizados en 2008 y presenta las perspectivas para 2009 y los años sucesivos.

2. Inventario y medida de los costes administrativos de origen comunitario - Principales resultados

Uno de los elementos esenciales del Programa de Acción es la medición tendencial a gran escala de los costes administrativos en que incurren las empresas para cumplir sus obligaciones legales de suministrar información a los poderes públicos o a terceros (información, inspección, estadísticas, etc.). Esta medición abarca las obligaciones derivadas de la legislación de la UE y de las medidas nacionales que aplican o transponen dicha legislación. La metodología empleada se basa en el «Modelo de Costes Estándar» de la UE (MCE[6]), inspirado en las variantes nacionales utilizadas actualmente en 20 Estados miembros[7].

El ámbito y alcance del programa no tienen precedentes[8]. La medición tendencial de la UE proporcionará una estimación del nivel de cargas y costes administrativos impuestos por 42 actos jurídicos[9] en 13 ámbitos prioritarios en los 27 Estados miembros de la Unión.

2.1. Descripción de los resultados del inventario

En total, el examen de los 42 actos de la UE incluidos en el programa ha permitido identificar 356 disposiciones de información de la UE[10]. Los consultores encargados de realizar la medición tendencial constataron que la aplicación o transposición de dichas obligaciones han supuesto la adopción de más de 9 500 obligaciones nacionales en los 27 Estados miembros. El análisis mostró que más de 700 excedían lo exigido por la legislación de la UE[11].

2.2. Descripción de los resultados de la medición

Los resultados de la medición se basan en las estadísticas disponibles (principalmente en el número de empresas afectadas por una obligación de información), unas 3 000 entrevistas individuales a empresas, más de 50 seminarios con asociaciones locales de empresas y ministerios nacionales, así como ajustes de datos efectuados por centenares de expertos sectoriales[12].

La medición tendencial de la UE se basa en datos elaborados a partir de investigaciones sobre el terreno, de la recuperación de datos procedentes de mediciones nacionales tendenciales y de extrapolaciones. La recopilación de datos original tuvo lugar simultáneamente en seis Estados miembros diferentes para cada uno de los ámbitos prioritarios, a fin de determinar el tiempo y dinero que las obligaciones de información suponen para las empresas. Para otros cinco Estados miembros, aproximadamente el 40 % de los datos podía, por término medio, extraerse de sus mediciones nacionales tendenciales[13]. Los resultados obtenidos en los países donde se realizó la «medición de la UE» y en los que realizaron «mediciones nacionales tendenciales» ofrecen una mejor base para analizar los costes administrativos. Los datos de los 16 Estados miembros restantes son resultado de una extrapolación basada en modelos elaborados específicamente para cada ámbito prioritario. El enfoque MCS no pretende producir resultados estadísticamente válidos, sino más bien estimaciones, basadas en contribuciones de expertos, que ayudan a comprender mejor la naturaleza del problema y a evaluar, en términos relativos, los avances efectuados en la reducción de las cargas. Cualquier otro enfoque no sería rentable, habida cuenta del nivel de detalle y del número de parámetros en juego.

La fase de medición está concluyendo. Según las primeras indicaciones, los 42 actos de la UE imponen costes administrativos de entre 115 000 y 130 000 millones EUR. De los 13 ámbitos prioritarios que abarca el programa, Fiscalidad y Aduanas, así como el Derecho de Sociedades parecen presentar el mayor potencial de reducción, ya que suponen un 61 % y un 20 % respectivamente del total de costes administrativos. A continuación figuran la seguridad alimentaria, el entorno de trabajo, la agricultura y las subvenciones agrícolas, así como los transportes, que suponen cada uno costes administrativos de entre 5 700 y 3 000 millones EUR[14].

2.3. Análisis preliminar de datos

El análisis de los resultados del inventario muestra, entre otros, los siguientes puntos clave:

- el porcentaje de normas de la UE que transponen obligaciones internacionales es significativamente mayor en ámbitos específicos del Derecho de Sociedades y el entorno de trabajo[15]; por tanto, el calendario de los programas de reducción de cargas de dichos sectores deberá ajustarse si las modificaciones a escala de la UE no pueden realizarse sin el acuerdo de los socios internacionales;

- un porcentaje muy significativo de las cargas administrativas parece proceder de prácticas administrativas ineficaces en los sectores público y privado (entre el 30 y 40 %).

En cuanto al análisis de los resultados de las mediciones, las conclusiones preliminares indican que:

- el nivel de reducción posible de las cargas administrativas no es estrictamente proporcional al de los costes administrativos: en diversos ámbitos, las empresas seguirían realizando algunas de las actividades exigidas por las obligaciones de información aunque no existiera una obligación jurídica[16];

- en la mayoría de ámbitos prioritarios, la cooperación con las inspecciones y auditorías realizadas por los poderes públicos constituye la actividad que cuesta más cara a las empresas; dicha cooperación requiere a menudo la participación de personal altamente cualificado durante un período relativamente largo; aunque las auditorías e inspecciones son necesarias para alcanzar los objetivos públicos, las cargas administrativas podrían reducirse significativamente, en particular mejorando la evaluación de riesgos en que se basan las actividades de cumplimiento;

- el descontento provocado por la legislación de la UE varía ampliamente en los diferentes Estado miembros, así como de un requisito jurídico a otro.

3. Preparación de las contribuciones sectoriales de reducción

El próximo paso es identificar nuevas reducciones[17] para cada uno de los 42 actos de la UE. Los resultados finales del ejercicio de medición tendencial de la UE serán de gran ayuda para fijar las prioridades de reducción y definir las propuestas de reducción.

Aunque la evaluación de las cargas administrativas no indica directamente qué requisitos son necesarios y cuáles son superfluos, una medición tendencial detallada pone de manifiesto lo que es más costoso o lo que más molesta a las empresas[18]. También indica quién impone la carga administrativa y puede, por tanto, aligerarla. A diferencia de los programas de reducción elaborados a consecuencia de quejas generales, permite determinar rápidamente dónde iniciar la reducción para aportar un mayor alivio.

La disponibilidad de datos sobre un número tan grande de obligaciones de información y de países constituye también una valiosa base para un análisis comparativo. Una gran diferencia en la carga impuesta por el mismo tipo de obligación en sectores con características similares puede deberse a diferentes opciones técnicas[19]. Del mismo modo, si las empresas consiguen cumplir más rápidamente una obligación de información en un país, puede ser porque son más eficientes o porque la legislación de la UE esta mejor implementada en dicho país. El inventario de medidas nacionales ofrece unas primeras indicaciones muy importantes al respecto.

La identificación de las medidas de reducción de cargas administrativas en los dos mayores ámbitos prioritarios ha finalizado o está suficientemente avanzada para poder cuantificar las reducciones sectoriales: unos 18 000 millones EUR en lo relativo a la fiscalidad[20] y 8 000 millones EUR para el Derecho de Sociedades. Seguirán las cifras correspondientes a los demás ámbitos prioritarios, así como planes sectoriales detallados[21] que enumerarán las medidas de reducción ya adoptadas, en curso y en preparación. Se hará todo lo posible para presentar dichas propuestas antes de que finalice el presente mandato de la Comisión.

4. Resultados en materia de reducción de cargas administrativas

Según anunció el Programa de Acción, la Comisión no esperó a los resultados del ejercicio de medición para presentar las primeras propuestas concretas encaminadas a aligerar las cargas administrativas superfluas impuestas a las empresas. Algunas de estas propuestas se incluyeron en paquetes de «acciones por vía rápida», mientras que otras se presentaron de forma autónoma. Se invita al Consejo y al Parlamento a adoptar todas las propuestas pendientes lo antes posible[22].

4.1. Acciones por vía rápida para reducir las cargas administrativas

Las acciones por vía rápida son medidas inmediatas que pueden generar beneficios significativos o reducir el descontento mediante cambios técnicos en las normas existentes. Se calcula que, en total, las 21 acciones por vía rápida propuestas en 2007 y 2008[23] permiten ahorrar más de 2 300 millones EUR a las empresas de la UE.

Dada la naturaleza de las modificaciones necesarias, dichas medidas pueden adoptarse bastante rápidamente. Éste es generalmente el caso de las medidas ejecutivas: por término medio, en 2007 y 2008 han sido necesarios cinco meses para adoptar, mediante el procedimiento de comítología, seis de las siete acciones por vía rápida de esta categoría.

En cambio, de las seis propuestas legislativas presentadas en marzo de 2007, hasta ahora han sido adoptadas cuatro, frente a una sola de las siete propuestas incluidas en el paquete correspondiente a 2008. Sin embargo, la acción por vía rápida sobre etiquetado de pilas (Directiva 2006/66/CE) presentada en 2008 demuestra que, mediante el procedimiento de codecisión, puede alcanzarse un acuerdo político en cinco meses (excluidas las vacaciones parlamentarias).

4.2. Medidas independientes

Además de las acciones por vía rápida, la Comisión ya ha presentado propuestas para modificar 26 de los 42 actos que cubre actualmente el Programa de Acción. De estas propuestas, 16 ya se habían adoptado en diciembre de 2008.

Entre dichas medidas, cabe citar la gestión de los procedimientos aduaneros en toda la Comunidad y un entorno sin soporte de papel, que pueden ahorrar 2 500 millones EUR anuales a los operadores. En el ámbito estadístico, las propuestas de reducción en materia de comercio intracomunitario de mercancías (Intrastat) adoptadas desde 2004 o pendientes de adopción por los órganos legislativos permitirán que unas 370 000 empresas (en particular, PYME) se beneficien de una exención de la obligación de declarar, si todos los Estados miembros ajustan sus umbrales de declaración a los niveles autorizados por la legislación europea. Esto representa una reducción potencial de la población de empresas encuestadas de, aproximadamente, el 52 % durante seis años (de 2004 a 2010), o más de 100 millones EUR anuales de ahorro hasta 2010 y más de 200 millones EUR anuales de ahorro a partir de 2010. También se ha avanzado en materia de Derecho de Sociedades. Desde 2005 se han adoptado varias propuestas y otras están pendientes de adopción por los órganos legislativos. La propuesta relativa a las obligaciones de publicación y traducción impuestas a las empresas permitiría, por sí sola, ahorrar más de 600 millones EUR en concepto de cargas administrativas[24].

La identificación de futuras medidas de reducción está muy avanzada en dos ámbitos prioritarios clave. En materia de Derecho de Sociedades, la Comisión tiene intención de proponer una medida que autorice a los Estados miembros a excluir a las microempresas del ámbito de aplicación de las Directivas de contabilidad de la UE. El principio de «pensar primero a pequeña escala» se está aplicando a dichas Directivas para adaptar el sistema a las necesidades de las PYME[25]. Estas dos revisiones podrían suponer un ahorro total de unos 8 000 millones EUR. La Comisión propondrá una revisión ambiciosa de la Directiva del IVA para eliminar los obstáculos a la facturación electrónica y modernizar las normas de facturación. A medio plazo, la supresión de los obstáculos a la facturación electrónica relacionados con el IVA permitirían ahorrar hasta 18 000 millones EUR, si todas las facturas se enviaran electrónicamente.

Este último ejemplo demuestra que las comunicaciones electrónicas son una herramienta clave para reducir las cargas administrativas impuestas a las empresas, a condición de que se adapten bien a las necesidades de las empresas y de las autoridades. Por tanto, la Comisión continuará reduciendo las cargas administrativas mediante el fomento del uso de tecnologías de la información y de la comunicación, conforme a su estrategia de la Comisión en línea (e-Comisión) 2006-2010[26] y su estrategia i2010[27] para la administración electrónica en Europa.

Las medidas de reducción presentadas o previstas hasta ahora suponen un ahorro de más de 30 000 millones EUR[28].

5. Consulta a las partes interesadas

Reducir las cargas administrativas no es algo que la Unión pueda hacer por su cuenta. La legislación comunitaria se aplica principalmente a escala de los Estados miembros. Por tanto, en el Programa de Acción es preciso asesoramiento externo para poder tomar debidamente en consideración la experiencia concreta de las partes interesadas. La implicación de las partes interesadas se articula principalmente en torno a tres pilares: una amplia consulta a través de diversos canales de comunicación, la organización de eventos descentralizados y el trabajo del Grupo de Alto Nivel de Partes Implicadas Independientes sobre Cargas Administrativas.

5.1. Consulta, en línea o fuera de ella, a las partes interesadas

Las empresas de la UE pueden expresar sus preocupaciones y presentar sugerencias concretas directamente a la Comisión Europea mediante una consulta en línea en veintidós lenguas oficiales de la UE[29]. En 2008, la Comisión recibió 148 contribuciones en su sitio web específico. Más de la mitad eran de empresas privadas, incluidas microempresas[30].

En total, a través de informes o por carta se enviaron 237 ideas de reducción. Dichas sugerencias fuera de línea fueron enviadas, entre otras, por las autoridades públicas británicas, danesas, neerlandesas y suecas, así como por numerosas asociaciones empresariales (sectoriales) a escala nacional y de la UE, en particular Business Europe y la UEAPME[31].

27 ideas han seguido adelante y 250 se están estudiando atentamente[32]. Una parte significativa de dichas contribuciones abordan aspectos relativos al comercio transfronterizo, el IVA, el mercado interior, el medio ambiente y la seguridad alimentaria. La Comisión espera recibir más sugerencias, tan concretas y operativas como sea posible.

5.2. Esfuerzos de comunicación

En 2008 la Comisión se esforzó particularmente en aumentar la sensibilización sobre la importancia de las cargas administrativas mediante una serie de eventos públicos organizados conjuntamente con los Estados miembros, campañas por correo electrónico y otros medios electrónicos[33], así como organizando una gran conferencia sobre reducción de la burocracia en Europa, que reunió el 20 de junio en Bruselas a cientos de representantes empresariales y expertos nacionales[34].

5.3. El Grupo de Alto Nivel de Partes Implicadas Independientes sobre Cargas Administrativas

El Grupo de Alto Nivel se creó en 2007 como respuesta a una sugerencia del Parlamento Europeo[35]. Asesora a la Comisión en lo relativo al Programa de Acción, en particular sobre medidas para reducir las cargas administrativas. El Grupo, presidido por el Dr. Edmund Stoiber, está integrado por otros 14 eminentes expertos de procedencias diversas (comunidad empresarial, organismos representativos, ONG y política nacional y regional). En 2008 se reunió ocho veces[36]. En primer lugar, abordó el paquete de acciones por vía rápida aprobado por la Comisión en marzo de 2008. Adoptó dictámenes clave sobre diversas políticas, apoyando iniciativas de reducción en curso o promoviendo nuevas iniciativas. En especial, apoyó ideas sobre Derecho de Sociedades y cuentas anuales, facturación electrónica (legislación del IVA) y contratación pública, así como diversas sugerencias formuladas, en línea o por otros medios, por las partes interesadas. Además, el Grupo de Alto Nivel impulso la creación del premio de la UE a la mejor idea para reducir el papeleo[37]. En 2009, el Grupo de Alto Nivel hará avanzar el proceso en los demás ámbitos prioritarios y seguirá analizando detenidamente las sugerencias enviadas directamente por las empresas y otras partes interesadas.

6. Ampliación del ámbito del Programa de Acción

La Comunicación de enero de 2007 que dio origen al Programa de Acción[38] establece que «el ámbito de aplicación del programa podría ampliarse si se detectaran nuevas obligaciones de información que pudieran someterse al ejercicio de reducción».

Para tomar en consideración las ideas de las partes interesadas, evaluar mejor el alcance de los esfuerzos de reducción y aumentar más los beneficios para las empresas, el ámbito de aplicación del Programa de Acción se ha ampliado a los 30 actos enumerados en el anexo 9. La Comisión ya ha presentado propuestas en relación con algunos de dichos actos.

Entre los ámbitos a los que se ampliará el Programa, cabe citar las formalidades impuestas a las compañías navieras que transportan mercancías por vía marítima en la Unión Europea. La Comisión propondrá en 2009 un «espacio europeo de transporte marítimo sin barreras» para minimizar las formalidades impuestas a las mercancías transportadas por vía marítima entre puertos de la UE, en particular utilizando las nuevas tecnologías.

7. Programas nacionales de reducción de las cargas administrativas

7.1. Objetivos nacionales

La invitación formulada por el Consejo Europeo en marzo del 2007 y el Programa de Acción han contribuido de manera significativa a acelerar los esfuerzos, por lo que el número de Estados miembros que han fijado objetivos nacionales de reducción ha aumentado de 7 a finales del 2006 a 14 a finales del 2007 y a 21 a finales del 2008[39]. Una gran mayoría ha alineado su objetivo de reducción con el del 25 % fijado a escala de la UE. Algunos Estados miembros que habían fijado con anterioridad un objetivo nacional ya han adoptado modificaciones importantes de medidas que aplican o transponen la legislación comunitaria a su ordenamiento interno, así como legislación puramente nacional[40]. Ahora todos los Estados miembros deben elaborar activamente y adoptar medidas de reducción.

7.2. Necesidad de coordinar esfuerzos a escala nacional y de la UE

Diversos ejemplos muestran que es necesario coordinar esfuerzos a escala de la UE y de los Estados miembros para garantizar una reducción de las cargas administrativas y una mayor eficacia. Por tanto, es necesario realizar un seguimiento en paralelo de los avances de reducción conseguidos a escala de la UE y de los Estados miembros. Asimismo, se invita a los Estados miembros, en el marco de sus programas nacionales, a continuar identificando las modificaciones que podrían resultar necesarias a escala de la UE para permitirles reducir las cargas administrativas superfluas.

La Comisión también ha elaborado un «kit básico»[41] para ayudar a los Estados miembros a medir y reducir las cargas administrativas. Sobre la base de las mejores prácticas, dicho kit incluirá documentos listos para usar (modelos utilizables como guía para las entrevistas, fichas de planificación, modelos de actas, hojas de ruta de simplificación, etc.), una base de datos genérica para archivar datos nacionales sobre cargas administrativas y una herramienta para calcular dichas cargas. Estas aplicaciones informáticas están concebidas de modo que puedan adaptarse fácilmente a las especificidades nacionales. El kit básico estará disponible a principios de 2009, con el correspondiente soporte técnico inicial. Se invita a los Estados miembros a hacer amplio uso del mismo para favorecer la armonización y comparabilidad de los datos.

7.3. Intercambio de buenas prácticas

La Comisión continuará trabajando, en estrecha colaboración con las autoridades nacionales responsables de aplicar y transponer la legislación de la UE, para difundir buenas prácticas susceptibles de reducir rápidamente las cargas administrativas, en particular a escala sectorial. La Comisión ya colabora con los Estados miembros para facilitar la aplicación o transposición de la legislación comunitaria, por ejemplo mediante grupos de transposición, que permiten a los Estados miembros comparar y debatir posibles enfoques y las opciones escogidas. En 2009 se aplicará el mismo método en cada ámbito prioritario, a partir de recomendaciones detalladas de reducción.

8. Próximos pasos

La Comisión:

- identificará, en especial a partir de la medición tendencial de la UE, las reducciones específicas que deben realizarse en cada uno de los 13 ámbitos prioritarios y hará todos los esfuerzos posibles para presentar, antes de que finalice su mandato, todas las propuestas derivadas del presente Programa de Acción encaminadas a reducir las cargas administrativas impuestas por la legislación de la UE;

- buscará sistemáticamente nuevas reducciones de las cargas administrativas en cada reexamen (por expiración) o revisión de la legislación comunitaria;

- reforzará la parte de sus Directrices de evaluación de impacto relacionadas con las cargas administrativas mediante la aplicación, a principios del 2009, de nuevas herramientas informáticas destinadas a facilitar el cálculo de dichas cargas;

- intensificará los esfuerzos para difundir buenas prácticas susceptibles de reducir rápidamente las cargas administrativas, trabajando en colaboración más estrecha con las autoridades nacionales responsables de transponer la legislación de la UE; y

- proporcionará, a principios de 2009, un kit básico para medir y reducir las cargas administrativas a escala de los Estados miembros.

Se invita al Parlamento y al Consejo a:

- adoptar lo antes posible las propuestas de reducción pendientes;

- considerar la incidencia de sus enmiendas en términos de cargas administrativas;

- aplicar procedimientos para acelerar la adopción de las medidas de simplificación previstas en el Acuerdo Interinstitucional de 2003 «Legislar mejor».

Se invita a los Estados miembros a:

- presentar, cuando proceda, sus objetivos nacionales de reducción antes del Consejo Europeo de Primavera de 2009;

- tomar en consideración las conclusiones y recomendaciones del Programa de Acción al reducir las cargas derivadas de la transposición y aplicación de la legislación de la UE;

- identificar las modificaciones que resulten necesarias a escala de la UE para que puedan reducir las cargas administrativas superfluas;

- introducir medidas concretas de reducción a su nivel y comunicarlas en el marco de los informes nacionales anuales de evolución de la Estrategia de Lisboa;

- hacer amplio uso del kit básico elaborado por la Comisión en futuros trabajos de medición y reducción, a fin de favorecer la armonización y comparabilidad de los datos;

- concluir su medición tendencial nacional a más tardar a finales de 2010;

- fijar principios comunes para el seguimiento de los avances realizados en materia de reducción de cargas administrativas a escala de la UE y de los Estados miembros.

[1] Aunque la legislación impone diferentes tipos de costes a las empresas, las pequeñas y medianas empresas consideran que las cargas administrativas son el obstáculo que más afecta a las empresas individuales, después de la insuficiencia de demanda en el mercado. Un gran porcentaje de PYME también percibe un deterioro global en lo relativo a la reglamentación administrativa. Véanse los resultados de la encuesta realizada por el Observatorio Europeo de las PYME correspondiente a 2007 (en la UE hay 23 millones de PYME, que representan el 99,7 % del total de empresas):http://ec.europa.eu/enterprise/enterprise_policy/analysis/observatory_en.htm.

[2] COM(2007) 23.

[3] Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Bruselas de 7 y 8 de marzo de 2007, p. 10:http://www.consilium.europa.eu/ueDocs/cms_Data/docs/pressData/en/ec/93135.pdf.

[4] Véase, por ejemplo, la Resolución T6-0493/2008 del Parlamento Europeo, de 21 de octubre de 2008, sobre «Legislar mejor 2006» de conformidad con el artículo 9 del Protocolo sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad.

[5] COM(2009) 15.

[6] Véase el anexo 10 de las Directrices de evaluación de impacto:http://ec.europa.eu/governance/impact/docs/key_docs/sec_2005_0791_anx_en.pdf, así como el anexo 6.

[7] Véase el sitio web de la Red del Modelo de Costes Estándar: http://www.administrative-burdens.com/.

[8] El mayor estudio comparativo anterior fue realizado por la OCDE en 2006. Evaluó las obligaciones de información impuestas al sector del transporte por carretera para «contratar un trabajador» y «hacer funcionar un vehículo durante un año» en 11 países (OCDE, Cutting Red Tape – Comparing Administrative Burdens across Countries , 2007).

[9] La lista incluida en el documento COM(2007) 23 contiene 41 actos originales (es decir, legislativos), más una medida ejecutiva (comitología), que se considera que representan más del 80 % de las cargas administrativas de origen comunitario. Véase el anexo 1.

[10] Los textos jurídicos de la UE incluyen diferentes tipos de disposiciones que pueden entrañar obligaciones de información a escala nacional: algunos imponen una obligación a las empresas (314); otros abren la posibilidad para que los Estados miembros impongan una obligación a las empresas (42).

[11] Véase el anexo 2.

[12] Cada Estado miembro ha designado un «punto de contacto único», que coordina las observaciones nacionales realizadas sobre el Programa de Acción. Esta red de expertos gubernamentales contribuyó significativamente a mejorar la evaluación de las obligaciones nacionales de información. El «Grupo de Alto Nivel de Expertos Nacionales en Reglamentación», que asesora a la Comisión sobre aspectos de mejora de la reglamentación, también contribuyó, principalmente en cuestiones generales (metodológicas).

[13] Esos países son Austria, Alemania, Dinamarca, los Países Bajos, y el Reino Unido. Fue preciso ajustar algunos datos debido, en particular, a diferencias en el inventario de obligaciones de información.

[14] Véase el anexo 3. Dado que los diferentes ámbitos prioritarios incluyen distinto número y tipo de actos de la UE, esta comparación debe tratarse con precaución.

[15] Por ejemplo, las normas internacionales de información financiera elaboradas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad están integradas en el marco jurídico de la UE.

[16] Estos costes «sin cambios» son de entre un 30 % y un 50 % en los ámbitos de los servicios financieros y del Derecho de Sociedades, frente a una media global del 18 %.

[17] Ya se han presentado o adoptado diversas medidas de reducción (véase la sección 4).

[18] Número de actas, tipo de equipo y/o nivel de externalización exigido para cumplir determinados tipos de obligaciones de información y para realizar determinadas tareas.

[19] Por ejemplo, en los distintos sectores, la UE ha establecido sistemas de trazabilidad en momentos diferentes. Mientras unos requieren un rastro documental, otros se basan en tecnología de códigos de barras, generalmente menos costosa.

[20] Para más información, véase la sección 4.2.

[21] COM(2007) 23 y COM(2008) 35.

[22] El Parlamento Europeo y el Consejo reiteraron, en diversas ocasiones, su compromiso de reducir las cargas administrativas innecesarias (véanse, en particular, la Resolución del Parlamento, de 21 de octubre de 2008, sobre «Legislar mejor 2006» [2008/2045(INI)] y las conclusiones del Consejo de Competitividad adoptadas el 2 de diciembre de 2008).

[23] Véanse los anexos 5 y 6.

[24] En la primavera de 2009, la Comisión presentará información adicional sobre medidas de simplificación en los sectores de la agricultura y la pesca, en forma de un informe provisional y de una comunicación, respectivamente.

[25] La carga impuesta a las PYME que no realizan actividades transfronterizas debería seguir siendo razonable.

[26] http://ec.europa.eu/dgs/informatics/ecomm/index_en.htm.

[27] http://ec.europa.eu/information_society/eeurope/i2010/index_en.htm.

[28] La Comisión está cuantificando actualmente las reducciones adicionales conseguidas. Está previsto que este proceso se complete a finales de 2009.

[29] http://ec.europa.eu/enterprise/admin-burdens-reduction/online_consulation_en.htm.

[30] Véase el anexo 7 y los informes trimestrales en http://ec.europa.eu/enterprise/admin-burdens-reduction/reports_es.htm.

[31] Asociación Europea del Artesanado y la Pequeña y Mediana Empresa.

[32] El análisis pertinente mostró que las demás contribuciones recogían ideas que ya se estaban estudiando, eran demasiado generales para ser de utilidad o no correspondían al tema en cuestión. Estas últimas se enviaron a las autoridades nacionales.

[33] http://ec.europa.eu/enterprise/admin-burdens-reduction/news_en.htm.

[34] Las actas pueden consultarse en http://ec.europa.eu/enterprise/admin-burdens-reduction/redtape_conference_en.htm.

[35] Véase la resolución A6-0275/2007 del Parlamento Europeo, de 10 de julio de 2007, sobre la minimización de los costes administrativos impuestos por la legislación.

[36] Véase el anexo 8. http://ec.europa.eu/enterprise/admin-burdens-reduction/highlevelgroup_en.htm

[37] http://ec.europa.eu/enterprise/admin-burdens-reduction/competition_es.htm o www.best-idea-award.eu.

[38] Véase el documento COM(2007) 23.

[39] Véase el anexo 10.

[40] Véase el anexo 12.

[41] Véase el anexo 13.

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