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Document 52008XC0507(06)
Information communicated by Member States regarding State aid granted under Commission Regulation (EC) No 70/2001 on the application of Articles 87 and 88 of the EC Treaty to State aid to small and medium-sized enterprises
Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) n° 70/2001 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas
Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) n° 70/2001 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas
DO C 112 de 7.5.2008, p. 25–26
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
7.5.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 112/25 |
Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 70/2001 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas
(2008/C 112/12)
Ayuda no |
XA 7001/08 |
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Estado miembro |
Italia |
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Región |
ISMEA, Istituto di servizi per il mercato agricolo ed agroalimentare |
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Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual |
Agevolazioni per il subentro in agricoltura, parte trasformazione e commercializzazione dei prodotti agricoli |
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Base jurídica |
Delibera del consiglio di amministrazione per l'adeguamento degli interventi di cui al decreto legislativo 21 aprile 2000, n. 185, titolo I, capo III, ai regolamenti (CE) n. 70/2001 e (CE) n. 1857/2006 |
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Gasto anual previsto en virtud del régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa |
Régimen de ayuda |
Importe total anual |
20 millones de EUR |
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Préstamos garantizados |
— |
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Ayuda individual |
Importe total de la ayuda |
— |
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Préstamos garantizados |
— |
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Intensidad máxima de la ayuda |
Las ayudas destinadas a la ejecución de los planes empresariales consisten en créditos con intereses subvencionados y a fondo perdido. La intensidad bruta de la ayuda no podrá superar:
El importe de la parte de la contribución sujeta a reembolso (crédito subencionado) no puede ser inferior al 50 % del total de las ayudas concedidas (inversiones, asistencia técnica e incentivos de primera instalación). Las ayudas se ajustan a lo establecido en el artículo 4, apartados 2 a 6, del Reglamento (CE) no 70/2001 |
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Fecha de aplicación |
1.2.2008 |
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Duración del régimen de ayuda o de la ayuda individual |
La duración será de seis años |
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Objetivo de la ayuda |
Favorecer la instalación de nuevas empresas y el recambio generacional en las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas. Pueden subvencionarse los siguientes gastos:
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Sectores o sectores afectados |
Todos los sectores con derecho a recibir ayudas para las PYME |
No |
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Ayuda limitada a sectores específicos |
Sí |
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Sí |
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o alternativamente: |
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Siderurgia |
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Construcción naval |
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Fibras sintéticas |
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Vehículos de motor |
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Otros sectores industriales |
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o alternativamente: |
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Transportes |
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Servicios financieros |
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Otros servicios |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda |
ISMEA |
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