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Document 52006AR0338

    Dictamen del Comité de las Regiones sobre Financiación del crecimiento de las PYME

    DO C 146 de 30.6.2007, p. 73–76 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
    DO C 146 de 30.6.2007, p. 11–11 (MT)

    30.6.2007   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 146/73


    Dictamen del Comité de las Regiones sobre «Financiación del crecimiento de las PYME»

    (2007/C 146/11)

    EL COMITÉ DE LAS REGIONES

    recomienda enérgicamente efectuar continuamente evaluaciones de impacto de cualquier nueva normativa o política comunitaria que puedan afectar al desarrollo de las PYME;

    recomienda medidas para facilitar el acceso de las PYME a los organismos financieros intermedios y a las organizaciones encargadas de facilitar los instrumentos CIP y JEREMIE. El CDR recomienda además que el tándem formado por el BEI y el FEI actúe de manera más proactiva en el marco de su labor de comunicación, aportación de valor añadido y propuesta de métodos para acceder a los nuevos instrumentos CIP y JEREMIE;

    recomienda vivamente que la Comisión Europea incluya las mejores prácticas regionales en los nuevos debates que entable a escala comunitaria. Las regiones pueden estimular el potencial disponible de capital privado mediante la creación y la financiación de redes de «capital informal», lo cual sirve para poner en contacto a los inversores privados con las empresas que se hayan en la fase de semilla y de puesta en marcha;

    recomienda encarecidamente completar las medidas financieras con determinados instrumentos adicionales. Las regiones son importantes proveedores de las infraestructuras necesarias para facilitar la evolución de las PYME vinculadas, como el desarrollo de «clusters» y la formación profesional. Las regiones atesoran además una valiosa experiencia en materia de viveros de empresas (financiados con cargo al Fondo Social Europeo) que ofrecen instalaciones y una política de personal comunes, fomentándose la innovación, el asesoramiento y la oferta de programas de preparación a la inversión. También es preciso inculcar el espíritu emprendedor a través de los programas de educación. Precisamente, la complementariedad de dichas medidas es lo que más refuerza las posibilidades de éxito de las empresas incipientes;

    Documento de referencia

    Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Aplicación del programa comunitario sobre la Estrategia de Lisboa: Financiar el crecimiento de las PYME — añadir valor europeo

    COM (2006) 349 final

    EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

    Vista la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones Aplicación del programa comunitario sobre la Estrategia de Lisboa: Financiar el crecimiento de las PYMEañadir valor europeo,» COM(2006) 349 final;

    Vista la decisión de la Comisión Europea, de 29 de junio de 2006, de consultar al Comité de las Regiones al respecto, de conformidad con el primer párrafo del artículo 265 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea;

    Vista la decisión adoptada por su Mesa el 25 de abril de 2006 de encargar a la Comisión de Política Económica y Social la elaboración de un dictamen sobre este asunto;

    Visto su proyecto de Dictamen CDR 338/2006 rev. 1, aprobado por la Comisión de Política Económica y Social el 15 de diciembre de 2006 (ponente: Sr. DIJKSMA (NL/ALDE), Miembro del Consejo Ejecutivo de la Provincia de Flevoland)

    Considerando:

    Que 23 millones de PYME dispersas por toda Europa producen el 67 % del PIB de la UE y facilitan 75 millones de empleos; que en determinados sectores se atribuye a las PYME el 80 % del empleo global, considerándose como microempresas el 99 % de las mismas (es decir, que cuentan con 1 a 9 personas);

    ha aprobado en su 68o Pleno celebrado los días 13 y 14 de febrero de 2007 (sesión del 13 de febrero) el presente Dictamen.

    1.   Observaciones del Comité de las Regiones

    EL COMITÉ DE LAS REGIONES

    Apoyo al Proceso de Lisboa

    1.1

    acoge con satisfacción la Comunicación sobre la financiación del crecimiento de las PYME, en la que la Comisión facilita un análisis claro de las dificultades que experimentan y de los instrumentos de que disponen la Unión Europea y los Estados miembros;

    1.2

    se adhiere a las conclusiones del Consejo Europeo de primavera, destacando que la plena integración del mercado financiero y la disponibilidad de financiación suficiente son esenciales para el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas. El Proceso de Lisboa ofrece un marco para mejorar la disponibilidad de financiación mediante reformas a nivel nacional y comunitario. La implicación de los entes locales y regionales constituye un factor clave del éxito de las reformas de Lisboa. Para fomentar una auténtica cooperación entre los distintos ámbitos de gobierno, el Comité de las Regiones ha realizado una encuesta a escala europea sobre la implicación de los entes locales y regionales en el desarrollo de los programas nacionales de reforma (PNR), un análisis de la dimensión local y regional de los PNR y ha creado una Plataforma de seguimiento de la Estrategia de Lisboa;

    Un entorno mejor para la inversión de capital riesgo

    1.3

    reconoce que, sin perjuicio de los considerables logros alcanzados durante los últimos años, resulta indudablemente necesario emprender más actuaciones y dotarse de más instrumentos si se quiere que la UE alcance los objetivos que recoge la agenda de Lisboa. Así, los mercados europeos de capital riesgo siguen actuando por debajo de sus posibilidades. Ello refleja las deficiencias del mercado en la financiación (pre)semilla y en la financiación inicial debido a la falta tanto de oferta como de demanda de capital riesgo. En consecuencia, no se están aprovechando plenamente las innovaciones potenciales, lo que conlleva un menor crecimiento económico y la reducción de los niveles de empleo. Además, en la Unión Europea muy pocas de las empresas incipientes que emplean tecnologías innovadoras llegan a ser líderes mundiales en su sector;

    1.4

    acoge con satisfacción la intención manifestada por las instituciones comunitarias y los Estados miembros de crear condiciones que permitan triplicar de manera sostenible la inversión de los fondos de venture capital en financiación semilla y empresas incipientes de aquí a 2013;

    1.5

    reconoce que tanto los sistemas de capital como bancarios utilizados en Europa todavía varían significativamente según los Estados miembros y que es necesario proceder a una armonización para asegurarse de que las PYME gozan de condiciones equitativas para aprovechar el potencial del mercado interior con vistas a lograr un mayor nivel de crecimiento y de empleo;

    1.6

    está de acuerdo con la Comisión en que para que una inversión de venture capital sea un éxito es esencial disponer de una estrategia de salida. El CDR suscribe la afirmación de la Comisión de que muchos mercados bursátiles europeos proponen buenas alternativas que permiten reunir capital a empresas en expansión y, en consecuencia, acoge con satisfacción las medidas que facilitan el acceso a la financiación a través de los mercados de valores de crecimiento en toda la UE;

    1.7

    reconoce que la insuficiencia de inversión existente en las primeras etapas de desarrollo de las PYME frena el crecimiento y la innovación en la UE. El CDR está de acuerdo con la Comisión en que para invertir adecuadamente es necesario que se especialicen más los fondos y que se desarrollen los conocimientos sectoriales específicos;

    1.8

    coincide con la Comisión en que, en un mercado único, los administradores profesionales de venture capital deberían poder reunir capital y realizar inversiones transfronterizas sin tener que hacer frente a un tratamiento fiscal demasiado gravoso o a excesivas cargas burocráticas. El Comité insta a los Estados miembros a adoptar las medidas necesarias para asegurarse de que se les garantice una competencia justa y en igualdad de condiciones, con lo que se armonizaría la carga fiscal y se simplificarían los trámites burocráticos sobre una base recíproca;

    1.9

    acoge con satisfacción la nueva propuesta de patente comunitaria con gastos reducidos para las PYME. En efecto, el elevado coste de la patente comunitaria actual frena el desarrollo económico de las innovaciones;

    Más financiación de deuda para las PYME

    1.10

    reconoce que los préstamos bancarios siguen siendo la principal fuente de financiación de las pequeñas y medianas empresas. El Comité lamenta que, con arreglo a Basilea II, se haya decidido aumentar la ponderación de los préstamos comerciales más arriesgados en un 50 %, lo cual supondrá casi inevitablemente un encarecimiento del coste de los préstamos destinados a las empresas incipientes e innovadoras;

    1.11

    lamenta que una de las principales dificultades a las que se enfrentan las PYME en materia de acceso a la financiación provenga de la retirada de los grandes bancos de los mercados locales correspondientes a zonas rurales y poco pobladas o económicamente débiles. Como consecuencia, dependen en mayor medida de los bancos implantados localmente que se especializan en conceder préstamos a las PYME. La modificación de la normativa aplicable en este ámbito podría tener importantes repercusiones en cuanto al acceso a la financiación por parte de las PYME;

    1.12

    reconoce que Europa se caracteriza por un conjunto de rasgos culturales que también representa un potencial para el crecimiento. Conviene fomentar las pequeñas y medianas empresas a fin de mejorar la conducta de riesgo y la cultura empresarial. Con ello se pueden contrarrestar los obstáculos al crecimiento;

    La contribución de la UE a la financiación de las PYME

    1.13

    reconoce la necesidad de encontrar soluciones concretas a medida para proveer de capital riesgo a este grupo específico de destinatarios. Habida cuenta de que las opciones de que disponen los entes regionales para alimentar los fondos de capital riesgo son limitadas, el Comité acoge con satisfacción la posibilidad de nutrir los fondos regionales de capital riesgo con cargo al FEDER. Facilitar fondos públicos en condiciones favorables modifica para los inversores privados la relación riesgo-rentabilidad y les incita a entrar en el mercado del venture capital;

    1.14

    acoge con satisfacción los instrumentos comunitarios constituidos por el 7o Programa marco de Investigación y Desarrollo, el Programa marco para la competitividad y la innovación (CIP) y la iniciativa Recursos europeos conjuntos para las microempresas y las medianas empresas (JEREMIE);

    1.15

    acoge con satisfacción la oportunidad que ofrece el Reglamento sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional de instaurar, cofinanciado por la Unión Europea, un sistema de bonos de formación para fomentar el acceso de las innovaciones al mercado;

    1.16

    reconoce que aunque no están equipados para relacionarse directamente con las PYME, el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y el Fondo Europeo de Inversiones (FEI) pueden facilitar asistencia técnica y capital complementarios respecto de los instrumentos denominados JEREMIE y CIP a través de instituciones financieras intermedias y organizaciones implantadas en los distintos Estados miembros y sus respectivas regiones;

    1.17

    reconoce que los instrumentos comunitarios se centran mayoritariamente en las empresas incipientes y de altos vuelos, pese a que el 75 % de las PYME corresponden a otras categorías.

    2.   Recomendaciones del Comité de las Regiones

    EL COMITÉ DE LAS REGIONES

    Apoyo al Proceso de Lisboa

    2.1

    recomienda que la Comisión respalde una gama amplia de soluciones para mejorar el acceso de las PYME a la financiación, de manera que pueda ofrecerse un modo de financiación adaptado en función de las necesidades específicas de cada PYME. En efecto, la diversidad de sus PYME constituye uno de los principales activos de la economía comunitaria;

    2.2

    por lo tanto, recomienda enérgicamente efectuar continuamente evaluaciones de impacto de cualquier nueva normativa o política comunitaria que pueda afectar directamente al desarrollo de las PYME;

    Un entorno mejor para la inversión de capital riesgo

    2.3

    recomienda que la Comisión y los Estados miembros acudan más a menudo a las facilidades que se ofrecen en materia de inversión mediante capital riesgo y a los modelos de distribución de riesgos para incentivar a los inversores privados a emplear los instrumentos de capital riesgo para las PYME;

    2.4

    recomienda emplear políticas para afrontar los cambios culturales y fomentar la asunción de riesgos, lo cual ayudará a poner en práctica la agenda de Lisboa. El CDR recomienda además que, mediante sus políticas, la Comisión y los Estados miembros sigan actuando para eliminar el «estigma del fracaso», especialmente cuando se deriva de quiebras no fraudulentas;

    Más financiación de deuda para las PYME

    2.5

    cree que la diversidad actual de entidades de crédito que actúan en los mercados bancarios europeos al por menor refleja la variedad de la demanda de productos y servicios financieros por parte de los particulares, PYME, sociedades y entes locales. Por consiguiente, para asegurarse de que dicha demanda se satisface continuamente, el Comité recomienda que la legislación comunitaria no favorezca ningún modelo bancario específico o tipo de cliente en perjuicio de los demás;

    2.6

    recomienda que se incorporen las experiencias acumuladas por los entes locales y regionales al proceso de intercambio de conocimientos y buenas prácticas en el marco de conferencias temáticas y mesas redondas organizadas por la Comisión. El intercambio de conocimientos entre los protagonistas principales de los distintos Estados miembros es clave para que siga actualizándose el círculo relativamente pequeño constituido por los proveedores de capital riesgo;

    2.7

    prevé que, habida cuenta del envejecimiento de la población, se pondrá a la venta un número creciente de empresas y que, en consecuencia, conviene prestar atención a la financiación de las adquisiciones («buy-in» y «buy-out»);

    La contribución de la UE a la financiación de las PYME

    2.8

    recomienda determinadas medidas destinadas a mejorar el acceso por parte de las PYME -especialmente de las microempresas- a los programas de cooperación vinculados al Programa marco de investigación y desarrollo (7o PM);

    2.9

    recomienda medidas para facilitar el acceso de las PYME a los organismos financieros intermedios y a las organizaciones encargadas de facilitar los instrumentos CIP y JEREMIE. El CDR recomienda además que el tándem formado por el BEI y el FEI actúe de manera más proactiva en el marco de su labor de comunicación, aportación de valor añadido y propuesta de métodos para acceder a los nuevos instrumentos CIP y JEREMIE;

    2.10

    recomienda que se efectúe un seguimiento continuo de los desafíos y oportunidades específicos que surjan en el mercado financiero europeo, tales como los efectos de los cambios demográficos;

    2.11

    recomienda que el FEI desempeñe un papel más relevante en materia de asistencia a los fondos regionales de capital riesgo. El FEI debería por tanto considerar la posibilidad de facilitar conocimientos y experiencia a los fondos regionales que no alcancen un tamaño mínimo de 35 millones de euros;

    2.12

    recomienda combinar los actuales sistemas de información destinados a las PYME de ámbito comunitario, nacional y regional con vistas a crear una ventanilla única de acceso transparente y cómodo. Así, conviene fomentar el recurso a las instituciones regionales existentes y a los servicios que prestan las administraciones públicas por internet (E-government);

    Mejor gobernanza

    2.13

    recomienda vivamente que la Comisión Europea incluya las mejores prácticas regionales en los nuevos debates que entable a escala comunitaria. Las regiones pueden estimular el potencial disponible de capital privado mediante la creación y la financiación de redes de «capital informal», lo cual sirve para poner en contacto a los inversores privados con las empresas que se hayan en la fase de semilla y de puesta en marcha;

    2.14

    recomienda encarecidamente completar las medidas financieras con determinados instrumentos adicionales. Las regiones son importantes proveedores de las infraestructuras necesarias para facilitar la evolución de las PYME, como el desarrollo de «clusters» y la formación profesional. Las regiones atesoran además una valiosa experiencia en materia de viveros de empresas (financiados con cargo al Fondo Social Europeo) que ofrecen instalaciones y una política de personal comunes, fomentándose la innovación, el asesoramiento y la oferta de programas de preparación a la inversión. También es preciso inculcar el espíritu emprendedor a través de los programas de educación. Precisamente, la complementariedad de dichas medidas es lo que más refuerza las posibilidades de éxito de las empresas incipientes;

    2.15

    recomienda que los Estados miembros y la UE trabajen con más energía en la plena realización del mercado interior, apliquen la legislación correspondiente y retiren cualquier umbral administrativo injustificado a la cooperación transfronteriza -incluidas las barreras fiscales o relacionadas con los seguros de crédito a la exportación- para fomentar la competitividad y apertura del mercado europeo en el marco de la economía mundial;

    2.16

    recomienda animar a los inversores informales a implicarse en el desarrollo económico regional en toda Europa y viceversa. Como es sabido, los inversores informales prefieren actuar en su propia región, es decir, dentro de un radio de acción de entre 100 y 150 km. a partir de su domicilio. Así, es preciso dar mayor visibilidad a las redes de inversores informales;

    2.17

    recomienda acudir a un tipo de fondo regional rotatorio, en el que la participación pública se canalice a través de un fondo o sistema de fondos para impulsar la capacidad de inversión del sector privado. Las nuevas ayudas estatales deberían permitir a las regiones seguir trabajando con este instrumento sostenible;

    2.18

    recomienda que los instrumentos comunitarios referidos al capital riesgo respalden los instrumentos de alcance regional y nacional. Además, la cofinanciación adicional aumenta el volumen y la masa crítica para las dimensiones del fondo y su índice de éxito podría mejorarse mediante la referida diversificación de su cartera. Debería también permitir inversiones transfronterizas, armonizar los sistemas y disminuir la fragmentación de los mercados comunitarios.

    Bruselas, 13 de febrero de 2007.

    El Presidente

    del Comité de las Regiones

    Michel DELEBARRE


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