Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52005SC0548(02)

    Anteproyecto de presupuesto rectificativo nº 3 al presupuesto general de 2005 - Estado general de ingresos - Estado de ingresos y gastos por secciones - Sección III - Comisión

    /* SEC/2005/0548 final */

    52005SC0548(02)

    Anteproyecto de presupuesto rectificativo nº 3 al presupuesto general de 2005 - Estado general de ingresos - Estado de ingresos y gastos por secciones - Sección III - Comisión /* SEC/2005/0548 final */


    [pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS |

    Bruselas, 27.4.2005

    SEC(2005) 548 final

    Propuesta de

    DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

    relativa a la movilización del instrumento de flexibilidad para una ayuda de rehabilitación y reconstrucción a los países afectados por el tsunami, de conformidad con el punto 24 del Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999

    ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO RECTIFICATIVO Nº 3 AL PRESUPUESTO GENERAL DE 2005

    ESTADO GENERAL DE INGRESOS ESTADO DE INGRESOS Y GASTOS POR SECCIONES Sección III - Comisión

    (presentados por la Comisión)

    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

    La Comisión propone apoyar la rehabilitación y la reconstrucción en los países afectados por el terremoto/tsunami (principalmente Indonesia, Sri Lanka y Maldivas) en 2005 y 2006. Se propone destinar una cantidad total de 350 millones de EUR (170 en 2005 y 180 en 2006). Para 2005, tras un completo examen, la Comisión considera que la parte de la respuesta que puede ser obtenerse mediante la redefinición de programas indicativos aún no comprometidos en la región, de común acuerdo con los Gobiernos respectivos, asciende a 60 millones de EUR. Además. la Comisión propone movilizar el mecanismo de reacción rápida por valor de 12 millones de EUR. Dado que el límite de la rúbrica 4 ("Acciones exteriores") para 2005 está ya rebasado en 100 millones de EUR, la parte restante (98 millones de EUR), sólo puede financiarse mediante un recurso adicional al instrumento de flexibilidad, de conformidad con las disposiciones del A.I de 6 de mayo de 1999.

    Por tanto, se pide que el Parlamento Europeo y el Consejo adopten la presente propuesta de Decisión.

    Propuesta de

    DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

    relativa a la movilización del instrumento de flexibilidad para una ayuda de rehabilitación y reconstrucción a los países afectados por el tsunami, de conformidad con el punto 24 del Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999

    EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario[1] y. en particular su apartado 24,

    Vista la propuesta de la Comisión,

    Considerando lo siguiente:

    La autoridad presupuestaria ha acordado apoyar las necesidades de rehabilitación y reconstrucción de los países afectados por el terremoto/tsunami (principalmente Indonesia, Sri Lanka y Maldivas) en 2005 y 2006 con un total de 350 millones de EUR, 170 de ellos en 2005 y 180 en 2006. Para 2005, parte de la respuesta se obtendrá mediante la redefinición de programas indicativos aún no comprometidos en la región, de común acuerdo con los Gobiernos respectivos (60 millones de EUR), y mediante el mecanismo de reacción rápida (12 millones de EUR). Dado que el límite de la rúbrica 4 ("Acciones exteriores") para 2005 está ya rebasado en 100 millones de EUR, y que se han examinado todas las posibilidades de reasignación de las dotaciones de esta rúbrica, la parte restante (98 millones de EUR), sólo puede financiarse mediante un recurso adicional al instrumento de flexibilidad.

    DECIDEN:

    Artículo 1

    En el presupuesto rectificativo nº 3/2005 al presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2005, se utilizará el instrumento de flexibilidad para proporcionar la suma de 98.000.000 de EUR en créditos de compromiso.

    Esta cantidad se utilizará para la financiación de la ayuda a la rehabilitación y reconstrucción de los países afectados por el terremoto/tsunami en Asia, cubierta por la rúbrica 4 ("Acciones exteriores") de las perspectivas financieras, línea 19 10 04 ("Acciones de rehabilitación y reconstrucción a favor de los países en desarrollo de Asia") del presupuesto de 2005.

    Hecho en Bruselas, el

    Por el Parlamento Europeo Por el Consejo

    El Presidente El Presidente

    ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO RECTIFICATIVO Nº 3 AL PRESUPUESTO GENERAL DE 2005

    ESTADO GENERAL DE INGRESOS ESTADO DE INGRESOS Y GASTOS POR SECCIONES Sección III - Comisión

    Visto:

    - el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 272,

    - el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 177,

    - el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas[2] y, en particular, su artículo 37,

    la Comisión Europea presenta a la Autoridad Presupuestaria el anteproyecto de presupuesto rectificativo n° 3 al presupuesto de 2005 por las razones que se indican en la exposición de motivos.

    ÍNDICE

    1. Introducción 7

    1.1. Contexto 8

    1.2. Situación del programa 8

    2. Línea presupuestaria y base jurídica 13

    3. Créditos de pago y gastos de apoyo 15

    4. Disposiciones para la gestión óptima del presupuesto 15

    5. Modificación de los comentarios de la línea presupuestaria 05 08 03 15

    6. Repercusión en el margen de la Rúbrica 4 16

    CUADRO SINÓPTICO POR RÚBRICAS DE LAS PERSPECTIVAS FINANCIERAS 17

    ESTADO GENERAL DE INGRESOS

    ESTADO DE INGRESOS Y GASTOS POR SECCIONES

    El estado general de ingresos y el estado de ingresos y gastos por secciones se remiten por separado a través del sistema SEI-BUD. Se adjunta, como anexo presupuestario y a modo de ejemplo, una versión inglesa del estado general de ingresos y del estado de ingresos y gastos por secciones.

    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

    1. INTRODUCCIÓN

    El presente anteproyecto de presupuesto rectificativo contiene los siguientes elementos en la sección III - Comisión:

    - la movilización de nuevos fondos por valor de 98 millones de EUR, en favor de la ayuda de rehabilitación y reconstrucción de países afectados por el terremoto/tsunami (principalmente Indonesia, Sri Lanka y Maldivas). Estos nuevos fondos procederán de la movilización del instrumento de flexibilidad;

    - la modificación de los comentarios de la línea presupuestaria 19 10 04 - Acciones de rehabilitación y reconstrucción en favor de los países en desarrollo de Asia -añadiendo el Reglamento ALA como base jurídica de esta línea presupuestaria. Ello permitirá recurrir a las modalidades de aplicación más adecuadas de la ayuda a los afectados por el tsunami;

    - la modificación de los comentarios de la línea presupuestaria 05 08 03 - Reestructuración de sistemas de estudios agrarios - para tener en cuenta una subvención especial que se concederá a la OCDE y para añadir a la base jurídica existente una referencia a las prerrogativas institucionales de la Comisión.

    En cuanto a la financiación de las acciones tras la catástrofe del terremoto/tsunami, la Comisión ha previsto dos fases diferentes:

    - en el presupuesto de 2005 ya se ha liberado una cantidad de 123 millones de EUR en concepto de ayuda de emergencia, de los cuales 23 millones de EUR en la línea 23 02 01 – Ayuda a la población y ayuda alimentaria de emergencia a los países en desarrollo y otros terceros países víctimas de catástrofes o crisis graves - y 100 millones de EUR a través de la movilización de la reserva de ayuda de emergencia de común acuerdo con la autoridad presupuestaria;

    - durante 2005 y 2006, se destinará un total de 350 millones de EUR a la reconstrucción y la rehabilitación. Este importe se financiará del siguiente modo:

    - 170 millones de EUR en 2005, de los cuales 98 millones de EUR de nuevos fondos procedentes de la movilización del instrumento de flexibilidad, según lo especificado anteriormente. Los 72 millones de EUR restantes se financiarán mediante la dotación de Asia (60 millones de EUR) y el Mecanismo de Reacción Rápida (12 millones de EUR),

    - en el anteproyecto de presupuesto para 2006 están previstos 180 millones de EUR, de los cuales 150 millones de EUR de nuevos fondos que se financiarán mediante la movilización del instrumento de flexibilidad y 30 millones de EUR mediante la dotación de Asia.

    1.1. Contexto

    Tras los contactos entre el Presidente de la Comisión, el Presidente del Parlamento Europeo y la Presidencia del Consejo, la CE se comprometió, en la Conferencia de Yakarta celebrada el 6 de enero de 2005 sobre la ayuda a los países afectados por el tsunami, a aportar 350 millones de EUR durante 2005 y 2006 para la reconstrucción. Este compromiso fue aprobado por la resolución del Parlamento Europeo de 13 de enero (B6-0034/2005) relativa a la «Ayuda de la UE a las víctimas del maremoto del Océano Índico» y por el Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores de 31 de enero.

    La Comisión llevó a cabo dos misiones de programación, con la participación del Banco Europeo de Inversiones (BEI): la primera en Maldivas en enero y la segunda en Sri Lanka e Indonesia a principios de febrero. Los resultados de estas misiones, junto con las evaluaciones de las necesidades efectuadas por el Banco Mundial (BM), han constituido la base del programa previsto de 350 millones de EUR según se establece a continuación:

    - 323 millones de EUR en el marco del Programa Indicativo Tsunami,

    - 12 millones de EUR en el marco del Mecanismo de Reacción Rápida (MRR),

    - 15 millones de EUR procedentes de los programas en favor de Asia.

    De los 323 millones de EUR, se asignarán 200 millones a Indonesia, 95 millones a Sri Lanka, y 16 millones a Maldivas. Las asignaciones definitivas pueden oscilar +/- 10 %, dependiendo de las exigencias del programa definitivo y de la capacidad de absorción.

    Se destinarán 12 millones de EUR a un instrumento regional y horizontal para responder a las necesidades de recuperación y gestión de costas, así como a otras medidas regionales, que podrían incluir el apoyo a un eventual mecanismo de préstamo global del BEI en Sri Lanka, a sistemas de alerta rápida y a la realización de estudios.

    El desglose del MRR será provisionalmente: 7 millones de EUR para Indonesia, 4 millones de EUR para Sri Lanka y 1 millón de EUR para Maldivas.

    Se asignarán 15 millones de EUR a «Asia ProEco II B» (asociación UE-Asia en el ámbito de la protección del medio ambiente), que se ha redefinido para participar en la reconstrucción de infraestructuras civiles y públicas en: Maldivas, Indonesia (Aceh y norte de Sumatra), Sri Lanka (todas las zonas costeras excepto Mannar), Tailandia (Ramong, Phangnga, Phuket, Krabi, Trang, Satun) e India (zonas costeras de los estados de Tamil Nadu, Andra Pradesh y Kerala, islas Andaman y Nicobar).

    1.2. Situación del programa

    La distribución de recursos entre Indonesia, Sri Lanka y Maldivas debe ser justa y equitativa, y basarse en necesidades claras y en la capacidad de absorción. Por esta razón, se han utilizado como base de programación las evaluaciones de las necesidades efectuadas por el Banco Mundial y la Comisión, y aprobadas por los Gobiernos.

    Resumen del presupuesto

    La siguiente tabla muestra la distribución del total de 350 millones de EUR por país y por año de compromiso, así como la utilización de fondos existentes, ya disponibles en el presupuesto de 2005. También muestra las necesidades de fondos adicionales, de los cuales 98 millones de EUR se solicitan en el presente presupuesto rectificativo, y 150 millones de EUR se consignan en el anteproyecto de presupuesto para 2006.

    (Compromisos en millones de euros)

    2005 | 2006 | 2005 - 2006 |

    MRR | CAPÍTULO ASIA | TOTAL | CAPÍTULO ASIA | TOTAL | TOTAL |

    Antiguos fondos(*) | Nuevos fondos | Antiguos fondos(*) | Nuevos fondos |

    Indonesia | 7 | 30 | 50 | 87 | 30 | 90 | 120 | 207 |

    Sri Lanka | 4 | 13 | 42 | 59 | 40 | 40 | 99 |

    Maldivas | 1 | 2 | 3 | 6 | 11 | 11 | 17 |

    Asia ProEco II B (aproximadamente) | 15 | 15 | 15 |

    Instrumento regional y horizontal | 3 | 3 | 9 | 9 | 12 |

    Total | 12 | 60 | 98 | 170 | 30 | 150 | 180 | 350 |

    (*) Modificación de las intenciones iniciales. |

    Indonesia

    El Gobierno de Indonesia elaboró un «Plan director» para la rehabilitación y reconstrucción del norte de Sumatra y Aceh. El plan fue presentado al Presidente de la República de Indonesia el 24 de marzo de 2005. Consta de un documento principal («Main Book»), con los objetivos del plan y el contenido global, y de 11 documentos de planificación, con los detalles, que se refieren a los sectores pertinentes. El plan todavía no ha sido aprobado por el Presidente. Actualmente, se están celebrando consultas intensas en Aceh y es posible que el plan se revise, sobre todo para tener en cuenta el terremoto que afectó a la parte occidental del norte de Sumatra y al sudoeste de Aceh. El Gobierno no ha fijado ningún plazo.

    Necesidades de financiación:

    Desembolso necesario | Importe | Comentarios |

    Junio/julio de 2005 | 30 millones de EUR (antiguos fondos) | 1er tramo, contribución al Fondo Fiduciario de Donantes Múltiples (MDTF), Indonesia, destinado a apoyar el programa de rehabilitación y reconstrucción del Gobierno de Indonesia. |

    Julio de 2005 | 50 millones de EUR (nuevos fondos) | 2º tramo contribución al MDTF. |

    Las transferencias de ambos tramos representan el compromiso comunitario con el BM para mantener el liderazgo de la CE en el Comité Directivo del Fondo Fiduciario de Donantes Múltiples (MDTF). El MDTF se ha creado en respuesta a una petición del Gobierno de Indonesia para mejorar la coordinación de la ayuda. Varios donantes han manifestado su interés por el MDTF. Este Fondo financiará tanto proyectos individuales como programas dirigidos por el Gobierno. Se respetarán los principios de gobernanza, con la implicación de la sociedad civil en la toma de decisiones (a través de su representación en el Comité Directivo). El Banco Mundial, como administrador, garantizará la observancia de los procedimientos financieros y de adquisición adecuados.

    El apoyo comunitario se concretará mediante la firma de un acuerdo de contribución con el BM, de conformidad con el Acuerdo marco estándar UE-BM. Las actividades financiadas por el MDTF serán seleccionadas por un comité directivo, integrado por el Gobierno (central, provincial y local), los donantes (solamente formarán parte del comité directivo los que contribuyan con importes superiores a un umbral mínimo que se fijará; los donantes más modestos estarían representados como grupo por un miembro que podrían elegir dichos donantes, con carácter rotatorio) y representantes del organismo de control de Aceh, que incluye a la sociedad civil. El sector privado, las fundaciones y las organizaciones de la sociedad civil podrán contribuir también al MDTF y participar en el comité directivo.

    El MDTF proporciona el instrumento más flexible de apoyo a la reconstrucción. Las contribuciones combinadas de la CE y de los Estados miembros de la UE representan la parte mayoritaria del MDTF. Ello garantizará a los Estados miembros de la UE y a la CE un papel altamente estratégico en el comité directivo del MDTF y aportará a la UE una buena visibilidad. La movilización de fondos en 2005 situará a la Comisión en una posición fuerte y de gran visibilidad de cara a las negociaciones.

    Sri Lanka

    Las necesidades de reconstrucción tras el tsunami siguen siendo muy urgentes. Sin embargo, se sigue negociando entre el Gobierno de Sri Lanka y la organización de la guerrilla, TLET, el mecanismo de entrega de esta ayuda en el nordeste, el fondo fiduciario propuesto por el BM. Si las negociaciones provocaran un retraso en la creación del fondo fiduciario o en el diseño de vías alternativas de la ONU y de las ONG, los fondos comunitarios podrían utilizarse prioritariamente para las carreteras entre Matara y Batticaloa.

    Necesidades de financiación:

    Desembolso necesario | Importe | Comentarios |

    Junio/julio de 2005 | 5 millones de EUR (antiguos fondos) | Restauración de los medios de vida (programa de rehabilitación del PNUD en las costas afectadas) |

    Julio de 2005 | 50 millones de euros (8 millones de EUR de antiguos fondos y 42 millones de EUR de nuevos fondos) | Contribución comunitaria al Fondo fiduciario para la reconstrucción de Sri Lanka |

    La creación del fondo fiduciario depende de las negociaciones para crear un mecanismo administrativo conjunto destinado a canalizar fondos a las zonas controladas por los TLET en el norte y el este. Cuando se llegue a un acuerdo sobre el mecanismo, se creará el fondo fiduciario bajo la supervisión del Banco Mundial y de un comité formado por el Banco, el Gobierno de Sri Lanka y un representante de la comunidad de donantes (muy probablemente la UE). Se espera que la mayor parte de los donantes bilaterales (especialmente los Estados miembros de la UE) contribuyan al fondo fiduciario, a excepción de Japón y de EE.UU.

    El programa inmediato «Medios de vida de las comunidades» se ejecutará a través de un acuerdo de contribución con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Está previsto que el PNUD actúe como uno de los vehículos principales de coordinación de los programas de desarrollo a largo plazo de los donantes. Esta acción inicial con el PNUD se centrará en esfuerzos de rehabilitación a corto plazo e incorporará iniciativas de la Comisión y otras acciones humanitarias, contribuyendo así a la política destinada a vincular rehabilitación, reconstrucción y desarrollo.

    El apoyo a los medios de vida y a las comunidades mediante el fondo fiduciario y el mecanismo administrativo garantizará el enfoque ascendente de esta ayuda: las propuestas de proyectos surgirán de las propias comunidades y serán después aprobadas por los tres niveles del mecanismo administrativo. El fondo fiduciario favorecerá una coordinación más eficaz de las actividades de los donantes. Además, el fondo fiduciario permitirá a las autoridades y a la CE ir orientando la ayuda según sea necesario, dentro de parámetros claramente controlados.

    La contribución comunitaria no se destinará a ningún sector particular, pero se utilizará de acuerdo con enfoques centrados en las comunidades y las ONG. En cuanto al equilibrio geográfico, el otro gran proyecto de la CE (la carretera parcialmente costera entre Matara y Batticaloa) se sitúa en el sur y el este. Por ello, para mantener el equilibrio, la contribución comunitaria al fondo fiduciario se orientará a las zonas controladas por la guerrilla en el norte y el este.

    La CE firmará un acuerdo de contribución a la cofinanciación con el Banco Mundial, canalizando de este modo sus fondos hacia el BM para su aplicación. El fondo fiduciario debería crearse a mediados de año.

    Maldivas

    Una primera acción con el PNUD se centrará en esfuerzos de rehabilitación a corto plazo e incorporará iniciativas de la Comisión y otras acciones humanitarias, contribuyendo así a la política destinada a vincular rehabilitación, reconstrucción y desarrollo. La CE canalizará estos fondos a través del sistema de ejecución directa de la ONU (DEX) mediante un acuerdo de contribución. La CE tendría estatuto de observador en el comité directivo del proyecto del PNUD. El proyecto marco es el «llamamiento urgente» de la ONU, que integrará todos los proyectos relativos a infraestructuras financiados por donantes. Los proyectos fomentarán la contratación comunitaria para la ejecución de los trabajos.

    Una nueva iniciativa en 2005 será la contribución inicial al fondo fiduciario del Gobierno, que abordará proyectos de reconstrucción más amplios y a más largo plazo promovidos por el Gobierno.

    El Gobierno ha creado su propio fondo fiduciario para coordinar todos los fondos de los donantes y para garantizar la transparencia y la responsabilidad, de conformidad con la normativa nacional y con los requisitos de las instituciones financieras internacionales. La CE se unirá al BM y al Banco Asiático de Desarrollo en el fondo fiduciario. Éste será supervisado por un comité directivo integrado por representantes del Gobierno, el sector privado y el coordinador residente del PNUD.

    Necesidades de financiación:

    Desembolso necesario | Importe | Comentarios |

    Junio/julio de 2005 | 2 millones de EUR (antiguos fondos) | Restauración de los medios de vida (financiación directa con el PNUD dentro del proyecto marco «llamamiento urgente» de la ONU - ejecución directa del PNUD - DEX) |

    Julio de 2005 | 3 millones de EUR (nuevos fondos) | El Gobierno ha creado un fondo fiduciario (desarrollo regional - programa «Safe Islands») |

    El instrumento regional y horizontal

    La Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) ha detectado problemas de saturación de capacidades en cuanto a las competencias existentes y de necesidades de coordinación de las competencias en materia de medio ambiente en los países afectados por el tsunami (programa Asia de la UICN, febrero de 2005). Las organizaciones de la sociedad civil que representan a Indonesia, India, Sri Lanka y Tailandia han recomendado en una declaración oficial del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente una planificación global de la rehabilitación ecológica, que aborde la necesidad de reforzar los sistemas de defensa medioambiental y la sostenibilidad de la pesca y de los medios de vida en las zonas costeras. En enero de 2005, el Gobierno tailandés presentó a la Comisión una petición formal de asistencia técnica inmediata en la gestión de las zonas costeras para hacer frente a las consecuencias del tsunami.

    La Comisión propone contribuir a un instrumento regional que se utilizará para responder a las necesidades de gestión y recuperación de costas. Concretamente, la propuesta consiste en financiar un instrumento UE/Asia de gestión de las zonas costeras, combinando la experiencia de los Estados miembros de la UE con la de los países socios asiáticos. La propuesta aportaría una buena visibilidad a la CE y a los Estados miembros de la UE, y cumple además el principio clave de contribuir a la coordinación europea, así como el principio de asociación con las competencias existentes en Asia y los conocimientos disponibles a escala local.

    El instrumento se pondría a disposición de todos los países de Asia afectados por el tsunami, lo que significa que, además de Indonesia, Sri Lanka y Maldivas, los siguientes países podrían solicitar (y proporcionar) asistencia técnica: Tailandia, Malasia, Birmania/Myanmar[3] e India.

    El instrumento será ejecutado por la Comisión Europea, incluidas las Delegaciones de la CE.

    Por otra parte, apoyará las medidas regionales, por ejemplo la asistencia técnica a un posible mecanismo de préstamo global del BEI a Sri Lanka y el desarrollo de sistemas de alerta rápida, así como la realización de estudios.

    Necesidades de financiación:

    Desembolso necesario | Importe | Comentarios |

    Julio de 2005 | 12 millones de EUR (nuevos fondos) | Contribución al instrumento regional y horizontal |

    2. LÍNEA PRESUPUESTARIA Y BASE JURÍDICA

    La Comisión utilizará la línea presupuestaria específica (19 10 04 – Acciones de rehabilitación y reconstrucción a favor de los países en desarrollo de Asia) destinada a los recursos del tsunami, con el fin de garantizar la máxima transparencia y responsabilidad. Tanto los antiguos fondos como los nuevos se consignarán en esta línea, a excepción de los 12 millones de EUR de las acciones MRR y de los 15 millones de EUR de ProEco Asia II B. La decisión al respecto se adoptó el 16 de marzo de 2005, cuando todavía no estaba disponible ningún fondo de la línea presupuestaria 19 10 04.

    La base jurídica actual de la línea presupuestaria 19 10 04 es el Reglamento (CE) n° 2258/96 del Consejo, de 22 de noviembre de 1996, sobre acciones de rehabilitación y reconstrucción a favor de los países en desarrollo (DO L 306 de 28.11.1996, p. 1). Este Reglamento sigue un enfoque basado en proyectos, mientras que la Comisión necesitará una base jurídica que permita también un enfoque más global, por ejemplo la ejecución a través de fondos fiduciarios y de apoyo presupuestario. Por consiguiente, el presupuesto rectificativo complementa la base jurídica existente con el Reglamento (CEE) n° 443/92 del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativo a la ayuda financiera y técnica y a la cooperación económica con los países en vías de desarrollo de América Latina y Asia (DO L 52 de 27.2.1992, p. 1) para garantizar la plena eficacia de la línea presupuestaria 19 10 04.

    Artículo 19 10 04 - Acciones de rehabilitación y reconstrucción en favor de los países en desarrollo de Asia

    Cifras

    Créditos 2005 | Créditos 2004 | Ejecución 2003 |

    Compromisos | Pagos | Compromisos | Pagos | Compromisos | Pagos |

    98 000 000 | 2 300 000 | 4 125 000 | 8 500 000 | 0, - - | 1 875 397,43 |

    El calendario previsible de pagos en relación con los compromisos es el siguiente:

    Compromisos | Pagos |

    2004 | 2005 | 2006 | 2007 | Ejercicios ulteriores |

    Compromisos, pendientes de liquidación, contraídos con anterioridad a 2004 | 16 066 901 | 6 500 000 | 1 300 000 | 1 000 000 | 1 000 000 | 6 266 901 |

    Créditos de compromiso prorrogados y/o reconstituidos de 2003 |

    Créditos 2004 | 4 125 000 | 2 000 000 | 1 000 000 | 1 000 000 | 125 000 |

    Créditos 2005 | 98 000 000(*) |

    Total | 118 191 901 | 8 500 000 | 2 300 000 | 2 000 000 | 1 125 000 | 6 266 901 |

    (*) Los créditos de pago consiguientes se solicitarán mediante transferencia. |

    Comentario que debe añadirse:

    «Este crédito se destina a financiar medidas para fomentar el retorno a la vida normal de las poblaciones de los países en desarrollo que salen de una situación de crisis a causa de catástrofes naturales, conflictos violentos u otras crisis. Financiará, en particular, la ayuda a la reconstrucción tras el tsunami.»

    Base jurídica que debe añadirse:

    «Reglamento (CEE) nº 443/92 del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativo a la ayuda financiera y técnica y a la cooperación económica con los países en vías de desarrollo de América Latina y Asia (DO L 52 de 27.2.1992, p. 1)».

    3. CRÉDITOS DE PAGO Y GASTOS DE APOYO

    Se espera que los compromisos de 2005 se traduzcan en un nivel elevado de desembolsos ya en 2005. No obstante, en este momento, no se solicita una ampliación de los créditos de pago para esta línea presupuestaria. En efecto, habida cuenta de los créditos de pago adicionales asignados por la Autoridad Presupuestaria en el presupuesto de 2005 en relación con la solicitud del Anteproyecto de Presupuesto General de las Comunidades Europeas, todas las necesidades suplementarias pueden satisfacerse dentro de los límites de la asignación existente en la Rúbrica 4. En caso necesario, se solicitará un refuerzo mediante la transferencia global después del verano o mediante una transferencia específica durante el año.

    4. DISPOSICIONES PARA LA GESTIÓN ÓPTIMA DEL PRESUPUESTO

    El programa Tsunami se llevará a cabo en zonas de Indonesia y Sri Lanka que han sufrido insurrecciones y guerra civil, así como en un entorno donde existe un alto grado de corrupción. En caso de que las circunstancias sobre el terreno precisen reajustes durante 2005-2006, la Comisión gestionará todo el capítulo presupuestario destinado a Asia para adaptar lo mejor posible el programa Tsunami a los demás programas en favor de Asia, y garantizar así una utilización y gestión óptimas del presupuesto global destinado a Asia.

    Anexo: Visión global de los compromisos de los donantes

    Donantes | (en millones de EUR) |

    Francia | 342 |

    Alemania | 442 |

    Países Bajos | 254 |

    Suecia | 350 |

    Otros países de la UE | 465 |

    Comisión Europea | 473 |

    Subtotal | 2 326 |

    Australia | 576 |

    Estados Unidos | 490 |

    India | 452 |

    Japón | 377 |

    Canadá | 258 |

    Otros terceros países | 293 |

    Ayuda multilateral | 1 451 |

    Donaciones privadas (en todo el mundo) | 1 261 |

    Subtotal | 5 158 |

    Total | 7 484 |

    5. MODIFICACIÓN DE LOS COMENTARIOS DE LA LÍNEA PRESUPUESTARIA 05 08 03

    En el marco del análisis económico y el desarrollo de indicadores en el ámbito de la política agrícola, la Comisión pidió a la OCDE que efectuara, fuera del marco de sus tareas habituales, un análisis/recogida de datos de varios terceros países y nuevos Estados miembros. Se trata de una operación específica que debería concluirse en el plazo de dos años. Con este fin, se concederá a la OCDE una subvención, distribuida en dos años.

    Por lo tanto, se propone modificar los comentarios presupuestarios de la línea correspondiente, 05 08 03, añadiendo el siguiente guión:

    «Las subvenciones, los gastos contractuales o los reembolsos por servicios prestados en el marco de la realización de análisis económicos y desarrollo de indicadores en el ámbito de la política agrícola».

    En cuanto a las bases jurídicas, se propone añadir la siguiente referencia a las prerrogativas institucionales de la Comisión:

    «Tareas derivadas de las prerrogativas institucionales de la Comisión, de conformidad con la letra c) del apartado 2 del artículo 49 del Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).»

    6. REPERCUSIÓN EN EL MARGEN DE LA RÚBRICA 4

    El techo para la rúbrica 4 en 2005 ya se supera en 100 millones de EUR. El recurso adicional al instrumento de flexibilidad por valor de 98 millones de EUR dará lugar a un margen negativo de 198 millones de EUR.

    CUADRO SINÓPTICO POR RÚBRICAS DE LAS PERSPECTIVAS FINANCIERAS

    Perspectivas financieras Rúbricas/subrúbricas | Perspectivas financieras 2005 | Presupuesto 2005 incl. APR 2/2005 | APR 3/2005 | Presupuesto 2005 incl. APR 1/2005, APR 2/2005 y APR 3/2005 |

    [1] DO C 172 de 18.6.1999, p. 1.

    [2] DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

    [3] De un modo compatible con la posición común de la UE sobre Birmania/Myanmar.

    Top