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Document 52004TA1230(02)

    Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Seguridad Aérea correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas de la Agencia

    DO C 324 de 30.12.2004, p. 9–15 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    30.12.2004   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 324/9


    INFORME

    sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Seguridad Aérea correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas de la Agencia

    (2004/C 324/02)

    ÍNDICE

    1

    INTRODUCCIÓN

    2-5

    OPINIÓN DEL TRIBUNAL

    6-10

    OBSERVACIONES

    Cuadros 1 a 4

    Respuestas de la Agencia

    INTRODUCCIÓN

    1.

    La Agencia Europea de Seguridad Aérea (en lo sucesivo denominada «la Agencia») se creó en virtud del Reglamento (CE) no 1592/2002 del Consejo (1). El ejercicio 2003 es el primero en que la Agencia comenzó realmente a desarrollar sus actividades operativas. Sus funciones consisten en mantener un alto nivel de seguridad de la aviación civil, garantizar el funcionamiento y desarrollo correctos de dicha seguridad, establecer especificaciones para las certificaciones y atribuir certificados a los productos aeronáuticos. El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Agencia a partir de la información comunicada por ésta.

    OPINIÓN DEL TRIBUNAL

    2.

    La presente opinión está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, de conformidad con apartado 2 del artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2).

    3.

    El Tribunal ha examinado las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. Según el apartado 1 del artículo 49 del Reglamento (CEE) no 1592/2002 del Consejo, la ejecución presupuestaria de la Agencia es competencia del director ejecutivo. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de las cuentas (3), de conformidad con las disposiciones financieras internas que se establecen en el artículo 52 del mismo Reglamento. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

    4.

    El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características del ámbito comunitario. El Tribunal examinó los documentos contables y aplicó los procedimientos de control que estimó necesarios con arreglo a las circunstancias.

    5.

    El Tribunal ha obtenido de este modo garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003 son fiables y de que las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares. El contenido de las observaciones siguientes no cuestiona la opinión de fiscalización expresada por el Tribunal en el presente Informe.

    OBSERVACIONES

    6.

    La ejecución de los créditos del ejercicio 2003 se presenta en el cuadro 2. La cuenta de resultado económico y el balance publicados por la Agencia con respecto al ejercicio 2003 se presentan de forma sintética en los cuadros 3 y 4.

    7.

    La letra e) del director ejecutivo, que ejerce la función de ordenador, dispone asimismo de la facultad de firmar las órdenes bancarias, lo que contraviene lo dispuesto en el artículo 37 del reglamento financiero de la Agencia.

    8.

    El apartado 1 e) del artículo 43 del reglamento financiero marco dispone que el contable validará los sistemas definidos por el ordenador que proporcionen o justifiquen datos contables. Dicha validación no se ha producido durante el ejercicio.

    9.

    El examen de los expedientes de contratación muestran lagunas en cuanto a su formalización y documentación. Dado el elevado número de contrataciones previstas hasta el año 2006 (alrededor de 300 personas), conviene adoptar medidas para garantizar de forma óptima el cumplimiento de las disposiciones reglamentarias.

    10.

    El examen del entorno de control del sistema informático ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar éste ante el aumento que se prevé de las actividades de la Agencia.

    El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 29 y 30 de septiembre de 2004.

    Por el Tribunal de Cuentas

    Juan Manuel FABRA VALLÉS

    Presidente


    (1)  DO L 240 de 7.9.2002, p. 1.

    (2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

    (3)  En aplicación del apartado 3 del artículo 83 del reglamento financiero de la Agencia, las cuentas definitivas del ejercicio 2003 se elaboraron el 31 de marzo de 2004 y se remitieron al Tribunal de Cuentas, el cual las recibió el 20 de septiembre de 2004. Una versión resumida de estas cuentas se presenta en los cuadros anexos al presente Informe.


    Cuadro 1

    Agencia Europea de Seguridad Aérea sede provisional: Bruselas, traslado previsto a Colonia)

    Ámbito de competencias según el Tratado

    Competencias de la Agencia

    conforme al Reglamento (CE) no 1592/2002

    Órganos rectores

    Medios puestos a disposición de la Agencia en 2003

    Actividades y servicios llevados a cabo en el ejercicio 2003

    Política común de transportes

    «El Consejo, por mayoría cualificada, podrá decidir si, en qué medida y de acuerdo con qué procedimiento podrán adoptarse disposiciones apropiadas para la navegación marítima y aérea»

    (artículo 80 del Tratado)

    Objetivos

    Mantener un nivel elevado y uniforme de la seguridad de la aviación civil en Europa

    Garantizar el funcionamiento y el desarrollo correcto de la seguridad de la aviación civil

    Facilitar la libre circulación de mercancías, personas y servicios

    Fomentar la rentabilidad en los procesos de reglamentación y de certificación y evitar duplicaciones a nivel nacional y europeo

    Funciones

    Emitir dictámenes dirigidos a la Comisión.

    Expedir especificaciones de certificación y cualquier documentación orientativa sobre la aplicación de la política comunitaria.

    Certificar los productos aeronáuticos en materia de aeronavegabilidad y respeto al medio ambiente.

    Efectuar inspecciones en los Estados miembros para determinar el cumplimiento de las normas de seguridad de la aviación civil definidas por la Agencia.

    Efectuar las investigaciones necesarias en las empresas.

    Ejercer, por cuenta de los Estados miembros, las funciones y cometidos que incumban a estos en virtud de los convenios internacionales aplicables, en particular el de Chicago sobre aviación civil (firmado el 7 de diciembre de 1944).

    1

    Consejo de Administración

    Composición

    Un representante de cada Estado miembro y un representante de la Comisión,

    Competencias

    Adoptar el programa de trabajo y velar por su ejecución

    Adoptar directrices para la asignación de tareas de certificación a los Estados miembros u organismos cualificados

    Crear un órgano consultivo de las partes interesadas

    2

    Director ejecutivo

    Nombrado por el consejo de administración a propuesta de la Comisión.

    3

    Salas de recursos

    4

    Control externo

    Tribunal de Cuentas

    5

    Aprobación de la gestión

    La concede el Parlamento, previa recomendación del Consejo.

    Presupuesto definitivo

    4,75 millones de euros sufragados por la subvención comunitaria al 100 %.

    Plantilla a 31 de diciembre de 2003:

    80 puestos previstos en el organigrama.

    puestos cubiertos: 1

    + otros 16 puestos (contratos auxiliares)

    Total de la plantilla: 17

    agentes encargados de:

    tareas operativas: 1,

    tareas administrativas: 4,

    tareas mixtas: 12.

    Número de dictámenes emitidos: 2

    Número de especificaciones y documentos orientativos: 19

    Decisiones de certificación:2 132, de las cuales1 606 se refieren a modificaciones de escasa importancia

    Inspecciones: Ninguna.

    Investigaciones: Ninguna.

    Fuente:Información comunicada por la Agencia.


    Cuadro 2

    Agencia Europea de Seguridad Aérea — Ejecución presupuestaria del ejercicio 2003

    (millones de euros)

    Ingresos

    Gastos

    Origen de los ingresos

    Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

    Ingresos recibidos

    Afectación de los gastos

    Créditos del presupuesto definitivo

    consignados

    comprometidos

    pagados

    prorrogados

    anulados

    Subvenciones comunitarias

    4,7

    3,7

    Título I

    Personal

    0,9

    0,7

    0,7

    0,0

    0,2

    Otras subvenciones

    Título II

    Funcionamiento

    0,8

    0,5

    0,1

    0,4

    0,3

    Otros ingresos

    Título III

    Actividades operativas

    3,0

    2,7

    0,2

    2,5

    0,3

    Total

    4,7

    3,7

    Total

    4,7

    3,9

    1,0

    2,9

    0,8

    Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas.


    Cuadro 3

    Agencia Europea de Seguridad Aérea — Cuenta de gestión del ejercicio 2003

    (miles de euros)

     

    2003

    Ingresos

    Subvenciones de la Comisión

    3 725

    Total ingresos (a)

    3 725

    Gastos

    Personal — Título I del presupuesto

    Pagos

    680

    Créditos prorrogados

    27

    Funcionamiento — Título II del presupuesto

    Pagos

    153

    Créditos prorrogados

    396

    Actividades operativas — Título III del presupuesto

    Pagos

    197

    Créditos prorrogados

    2 486

    Total gastos (b)

    3 939

    Saldo del ejercicio (a – b)

    – 214

    Fuente:Datos de la Agencia.


    Cuadro 4

    Agencia Europea de Seguridad Aérea — Balance a 31 de diciembre de 2003

    (miles de euros)

    Activo

    2003

    Pasivo

    2003

    Valores inmovilizados

     

    Capitales permanentes

     

    Inmovilizado inmaterial

    10

    Capitales propios

    16

    Material informático

    11

    Saldo del ejercicio

    – 214

    Amortizaciones

    –5

    Subtotal

    – 198

    Subtotal

    16

    Deudas a corto plazo

     

    Títulos de crédito a corto plazo

     

    Comisión

    8

    Otros anticipos

    5

    Créditos prorrogados automáticamente

    2 909

    Deudores varios

    1

    Acreedores varios

    18

    Subtotal

    6

    Retenciones de salarios

    12

    Cuentas de tesorería

     

    Subtotal

    2 947

    Banco y Caja

    2 727

     

     

    Subtotal

    2 727

     

     

    Total

    2 749

    Total

    2 749

    Fuente:Datos de la Agencia.


    RESPUESTAS DE LA AGENCIA

    7.

    Hasta finales de 2003, el director ejecutivo era el único agente temporal contratado por la Agencia. De hecho, fue asimilado al contable al efecto de la firma de las operaciones bancarias. La contratación de otros agentes temporales ha permitido acabar con esta incompatibilidad durante el segundo semestre de 2004.

    8.

    El contable validó los sistemas financieros a principios de febrero de 2004. Está en curso la adquisición de un sistema informático de gestión de los valores inmovilizados, que deberá establecer el ordenador y que será objeto de una validación ulterior.

    9.

    Las deficiencias observadas por el Tribunal están relacionadas con la fase de creación de la Agencia. En febrero de 2004, se creó un departamento de recursos humanos, incluida una célula especializada para las contrataciones, que ha establecido procedimientos y herramientas en la materia. La Agencia tiene previsto introducir, a partir de enero de 2005, un sistema de gestión informatizada de la contratación de personal.

    10.

    El entorno informático ha estado muy condicionado por el emplazamiento de la Agencia en los locales de la Comisión. El traslado de la Agencia a sus nuevos locales en Colonia, previsto para noviembre de 2004, permitirá mejorar considerablemente el entorno informático y crear una nueva arquitectura informática.


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