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Document 52003DC0675
Comprehensive monitoring report of the European Commission on the state of preparedness for EU membership of the Czech Republic, Estonia, Cyprus, Latvia, Lithuania, Hungary, Malta, Poland, Slovenia and Slovakia {SEC (2003) 1200 - 1209}
Informe de seguimiento exhaustivo de la Comisión Europea sobre la preparación para la incorporación a la UE de la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia {SEC(2003) 1200-1209}
Informe de seguimiento exhaustivo de la Comisión Europea sobre la preparación para la incorporación a la UE de la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia {SEC(2003) 1200-1209}
/* COM/2003/0675 final */
Informe de seguimiento exhaustivo de la Comisión Europea sobre la preparación para la incorporación a la UE de la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia {SEC(2003) 1200-1209} /* COM/2003/0675 final */
INFORME DE SEGUIMIENTO EXHAUSTIVO de la Comisión Europea sobre la preparación para la incorporación a la UE de la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia {SEC(2003) 1200-1209} ÍNDICE A. Introducción B. Informes de seguimiento exhaustivo 1. Metodología 2. Resumen de los resultados 2.1. Mejoras en el ámbito de la política económica 2.2. Preparativos legislativos y administrativos Capacidad administrativa general Progresos realizados en la adopción y aplicación del acervo Aspectos que requieren mayores esfuerzos Ámbitos que suscitan grave preocupación C. Subsanar las deficiencias 1. Medidas correctoras 2. Medidas de apoyo D. Próximos pasos 1. En el período que resta hasta la adhesión 2. Tras la adhesión E. Conclusiones Anexos Anexo: Conclusiones de los informes de seguimiento exhaustivo sobre la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia República Checa Estonia Chipre Letonia Lituania Hungría Malta Polonia Eslovenia Eslovaquia A. INTRODUCCIÓN En el Documento de estrategia «Hacia una Unión Europea ampliada» que acompañaba a los informes periódicos de 2002 sobre los países candidatos a la adhesión, la Comisión consideraba que los diez países candidatos habrían satisfecho los criterios correspondientes a principios de 2004 y recomendaba que se pusiera término a las negociaciones de adhesión con ellos. Posteriormente se concluyeron tales negociaciones con la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia y se firmó un Tratado de Adhesión en Atenas el 16 de abril de 2003. Estos diez países se incorporarán a la UE el 1 de mayo de 2004. El Documento de estrategia titulado «Proseguir la ampliación», que forma parte de la serie de informes estratégicos publicados anualmente por la Comisión sobre el proceso de ampliación en su conjunto, ofrece información adicional sobre la situación general de dicho proceso. Presenta también un resumen de los resultados de los informes periódicos sobre Bulgaria, Rumania y Turquía, los restantes países candidatos. Como subrayaron los Jefes de Estado y de Gobierno en la ceremonia de la firma en Atenas, la adhesión «no es solamente un tratado entre los Estados sino un nuevo contrato entre nuestros ciudadanos». La pertenencia a la UE afecta directamente al acontecer cotidiano y lo que sucede en un Estado miembro tiene repercusiones en los demás. Teniendo en cuenta la profunda integración e interdependencia que han alcanzado los Estados miembros de la Unión en el momento de su quinta ampliación, ésta ha de ser capaz de asimilar este proceso de manera rápida y sin dificultades. Es esencial salvaguardar el funcionamiento del mercado interior y mantener la confianza de los ciudadanos en ámbitos tales como la seguridad de los alimentos o la cooperación en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior. Al presentar este informe, la Comisión cumple el compromiso realizado el año pasado en el Documento de estrategia «Hacia una Unión Europea ampliada», en el sentido de que elaboraría «seis meses antes de la fecha prevista de adhesión, un informe de seguimiento completo destinado al Consejo y al Parlamento Europeo». La Comisión atiende asimismo una petición formulada por el Consejo Europeo celebrado en Copenhague en diciembre de 2002, que el proceso de supervisión continuara hasta la adhesión, con el fin de dar las garantías necesarias a los Estados miembros actuales y ofrecer orientaciones adicionales a los países en vías de adhesión por lo que respecta a la labor realizada para asumir las responsabilidades que entraña la incorporación a la Unión. El Consejo Europeo pidió también a la Comisión que formulara las propuestas necesarias sobre la base de los resultados de tal supervisión. Al verificar la aplicación del acervo por parte de los países en vías de adhesión, la Comisión está desarrollando su cometido tradicional de guardiana de los Tratados. Este informe obedece al propósito de presentar los resultados de la exhaustiva labor realizada por la Comisión para supervisar los preparativos efectuados por los países en vías de adhesión en el período previo a la misma. Basándose en los informes sobre los distintos países, cuyas conclusiones se adjuntan al presente documento, valora su preparación global para incorporarse a la Unión, determina las lagunas pendientes y presenta opciones estratégicas para superar éstas. El informe presenta la situación a finales de septiembre de 2003. El punto de partida de la Comisión es que los países en vías de adhesión deben estar totalmente preparados para la incorporación desde la fecha de adhesión. El presente informe confirma los grandes avances efectuados por dichos países, si bien señala la necesidad de completar algunas tareas básicas pendientes en el período que resta hasta el momento de la adhesión. No se debe subestimar la importancia de esas tareas ni las graves consecuencias que acarrearía su incumplimiento. La Comisión está decidida a adoptar las medidas adecuadas para salvaguardar el funcionamiento de la Unión en todos los ámbitos, en particular el mercado interior, siempre que sea necesario. Por lo que respecta a Chipre, el Protocolo nº 10 del Tratado de Adhesión establece un procedimiento simplificado que permite adaptar las condiciones de su adhesión para tener en cuenta un acuerdo completo. No obstante, si no se alcanzara tal acuerdo antes de la adhesión, el Protocolo suspendería la aplicación del acervo en las zonas que no estén bajo control efectivo del Gobierno, dado que todo el país se incorporará a la Unión. Las condiciones con arreglo a las que se aplicará la legislación comunitaria a la línea que separa el Norte y las zonas controladas por el Gobierno deberían haberse definido antes de la adhesión. Como en estos momentos todavía no se ha logrado un acuerdo completo, el presente informe examina únicamente la aplicación del acervo en la parte de Chipre controlada por el Gobierno. B. INFORMES DE SEGUIMIENTO EXHAUSTIVO 1. Metodología Las negociaciones correspondientes con los diez países en vías de adhesión concluyeron en Copenhague en diciembre de 2002 sobre la base de la consideración de que esos países estarán listos para incorporarse a la Unión a principios de 2004. La Comisión ha supervisado constantemente, a lo largo de varios años, los avances realizados por los países en vías de adhesión en la senda del cumplimiento de los requisitos que ésta exige. Los resultados principales se han publicado en forma de informes periódicos anuales sobre cada país. Esta labor ha permitido a la Unión llevar a cabo y concluir las negociaciones de adhesión sobre la base de los avances reales sobre el terreno en los países interesados y en paralelo a los mismos. La conclusión de las negociaciones relativas a los distintos capítulos se ha fundamentado en los progresos ya obtenidos en la armonización del acervo. No obstante, teniendo en cuenta el lapso considerable entre la finalización de las negociaciones y la fecha de adhesión propiamente dicha --más de dos años por lo que respecta a la mayoría de los capítulos de negociación-- su conclusión se ha basado también parcialmente en compromisos creíbles por parte de los países en vías de adhesión sobre la adopción y aplicación de la legislación comunitaria. La labor de supervisión de la Comisión se ha intensificado desde la finalización de las negociaciones en diciembre de 2002, sobre todo para verificar que los compromisos realizados por los países durante las negociaciones se están respetando en la práctica a medida que se aproxima la fecha de adhesión. El marco de referencia para esa labor se halla en las conclusiones de las negociaciones como se reflejan en el Tratado de Adhesión, que establece los derechos y obligaciones de los futuros Estados miembros y compromisos específicos en cuanto a la adopción y aplicación, por su parte, del ordenamiento político y jurídico de la Unión, el denominado acervo comunitario. El compromiso básico, de hecho una obligación esencial del Tratado, es aplicar íntegramente el acervo desde el primer día de incorporación, exceptuados los ámbitos en que se hayan acordado disposiciones transitorias durante las negociaciones. Lo anterior incluye el acervo contemplado por las negociaciones de adhesión, es decir, el acervo aprobado hasta el 1 de noviembre de 2002, y el nuevo acervo adoptado con posterioridad a esa fecha que esté en vigor en el momento de la adhesión. En general, la supervisión abarca también el nuevo acervo que no entrará en vigor hasta el 1 de mayo de 2004, pero obviamente se tiene en cuenta su diferente calendario de aplicación. La supervisión tiene también en consideración el efecto de las medidas transitorias acordadas durante las negociaciones de adhesión en la medida en que posibiliten el aplazamiento de la aplicación de determinados requisitos específicos del acervo. Es preciso señalar que en el ámbito agrícola y veterinario, el Tratado de Adhesión prevé la posibilidad de introducir medidas transitorias adicionales para abordar problemas imprevistos. Los retrasos significativos en la armonización y aplicación respecto a compromisos concretos de fechas realizados durante las negociaciones se han señalado cuando tal demora es pertinente por lo que respecta a la posibilidad de que un país esté o no listo para la adhesión. Los servicios de la Comisión han supervisado de cerca el avance de los países en vías de adhesión a lo largo del presente año y han proporcionado al Consejo la información necesaria. Los resultados de los informes de seguimiento se comunicaron a los países interesados a fin de orientar la prosecución de sus preparativos con miras a la adhesión. Fueron advertidos de las lagunas concretas en términos de armonización y aplicación del acervo que, de no ser subsanadas inmediatamente, darían lugar a una valoración negativa en el informe de seguimiento exhaustivo. Los informes de seguimiento exhaustivo que acompañan al presente informe evalúan, para cada uno de los veintinueve capítulos del acervo, el grado de preparación de los distintos países en vías de adhesión, tanto por lo que respecta a la transposición de la legislación como en cuanto a las estructuras de aplicación, la capacidad administrativa y el cumplimiento. Por norma general, en la evaluación sólo se tiene en cuenta la legislación realmente adoptada y las medidas aplicadas en la práctica. Al final de cada capítulo se realiza una distinción entre aspectos de tres categorías. La primera categoría abarca aquellos aspectos en los que el país está preparado o donde quedan únicamente algunos flecos. Se trata de aspectos principalmente técnicos cuyos preparativos avanzan y que estarán resueltos en el momento de la adhesión si se mantiene el ritmo actual de la labor de preparación. La segunda categoría incluye aspectos que requieren mayores esfuerzos y una aceleración del ritmo de avance para que su resolución se haya completado en el momento de la adhesión. La tercera categoría abarca aspectos que suscitan grave preocupación y en los que es preciso adoptar inmediatamente medidas decididas para que el país esté listo en la fecha de adhesión. Si los problemas no se abordan, algunos de ellos pueden desembocar en una situación que impida a alguno de los nuevos Estados miembros gozar de todas las ventajas de la pertenencia a la Unión. Teniendo en cuenta su importancia para la aplicación y el cumplimiento del acervo en general, los informes de seguimiento exhaustivo estudian los aspectos relativos a la reforma administrativa y de la función pública, la reforma judicial y la elaboración de medidas eficaces de lucha contra la corrupción para todos los países en una sección introductoria del análisis correspondiente a los veintinueve capítulos del acervo. Tradicionalmente, en los informes periódicos previos tales aspectos se analizaban en la sección dedicada a los criterios políticos, satisfechos en la actualidad por todos los países en vías de adhesión. Otras cuestiones se analizan en el marco de los capítulos pertinentes del acervo, por ejemplo la legislación de lucha contra la discriminación se aborda en el Capítulo 13, relativo a la política social y el empleo. Los informes de seguimiento exhaustivo examinan también los avances en materia de política económica, en particular para observar la evolución registrada en aquellos ámbitos donde, según se subrayaba en las conclusiones sobre los criterios económicos de los informes periódicos de 2002, eran necesarias mejoras. Se trata, en particular, de la política fiscal, la reestructuración y privatización, la reforma del mercado de trabajo, el sector sanitario, las pensiones y la mejora del entorno empresarial. En el futuro, la supervisión de los avances en el ámbito de las políticas económicas, presupuestarias y estructurales de los países en vías de adhesión proseguirá en el marco de los actuales procesos de coordinación de las políticas económicas, en que participan todos los Estados miembros (véase el apartado D.2). En el siguiente apartado se ofrece un resumen de los resultados para todos los países en vías de adhesión. 2. Resumen de los resultados Los informes periódicos del año pasado concluyeron que todos los países en vías de adhesión satisfacían los criterios políticos de Copenhague y disponían de economías de mercado operativas. Teniendo en cuenta los avances conseguidos por esos países, las trayectorias de cumplimiento de sus compromisos y la labor preparatoria en marcha y prevista, la Comisión consideraba que habrían cumplido los criterios económicos y del acervo y estarían listos para la adhesión a principios de 2004. 2.1. Mejoras en el ámbito de la política económica Los informes periódicos del año pasado llevaron a la Comisión a concluir que todos los países en vías de adhesión satisfarían los criterios económicos en el momento de su incorporación. Esta evaluación sigue siendo válida. Al mismo tiempo, la Comisión sugería algunos sectores del ámbito económico en los que cabía todavía cierto margen de mejora. Los informes de seguimiento exhaustivo de este año se centran en las mejoras sugeridas e incluyen un resumen de los principales acontecimientos económicos ocurridos en los doce últimos meses, hasta mediados de 2003. El crecimiento económico de los países en vías de adhesión se ha mantenido constante, a pesar del decaído entorno internacional. Las consecuencias de la incertidumbre mundial se han dejado sentir y se ha moderado el ritmo de la actividad económica, pero en general en mucha menor medida que en la UE, su principal socio comercial, donde el crecimiento prácticamente se paralizó en el primer semestre de 2003. La inflación ha tendido a la baja en la mayoría de los países y los precios han llegado incluso a disminuir ligeramente en algunos de ellos. La continua liberalización de los precios administrativos y el ajuste de los impuestos indirectos hacia las normas comunitarias han retrasado el proceso deflacionario o lo han invertido temporalmente en algunos países. A pesar de que las tasas de desempleo siguen siendo elevadas a causa del proceso de reestructuración económica, parece que su tendencia al alza se ha contenido en aquellos países en los que la tasa de desempleo aún no estaba disminuyendo. Se están perdiendo menos puestos de trabajo y en algunos países se está consolidando la creación de empleo. La mayoría de los países registraron un déficit público general en 2002 y en algunos de ellos el desfase fiscal fue considerable. Los déficits públicos generales oscilaron entre el 2 % y el 9 % del PIB. El deterioro de las finanzas públicas se explica a causa de la desaceleración económica y la aplicación de políticas laxas, aunque parte del déficit puede atribuirse a una mejor medición. El saldo de la balanza por cuenta corriente empeoró en la mayoría de los países en 2002, pero se mantuvo en niveles sostenibles. Por lo general, esta evolución no ha de achacarse a un deterioro de la balanza comercial, sino al aumento de los flujos de salida en las cuentas de ingresos y servicios. Al hilo de la reducción mundial de la inversión, los países en vías de adhesión han recibido también menos inversión extranjera directa, aunque ésta sigue financiando en gran parte la cuenta corriente. La estabilidad macroeconómica se ha mantenido. La prosecución de la senda de reforma aumentará la capacidad de los países en vías de adhesión para aprovechar plenamente las oportunidades económicas que les ofrece su integración en el mercado interior. En el informe periódico del año pasado se identificaron entre dos y seis ámbitos de mejora en función del país. Los informes de seguimiento exhaustivo evalúan la aplicación de las recomendaciones y, en general, consideran que, si bien se han realizado avances, persisten desafíos importantes, cuya evolución será objeto de seguimiento en los procedimientos comunitarios de supervisión aplicados a los Estados miembros, en particular las orientaciones generales de política económica o los procedimientos de déficit excesivo. 2.2. Preparativos legislativos y administrativos Como ya se reconocía en el Documento de estrategia del año pasado, durante los últimos años los países en vías de adhesión han acometido con éxito un amplio proceso de ajuste legislativo y administrativo a fin de aplicar el acervo desarrollado en los actuales Estados miembros a lo largo de varias décadas. La Comisión ha facilitado este proceso mediante una serie de instrumentos específicos, que incluyen medidas de asistencia técnica e inversiones en la infraestructura necesaria para aplicar el acervo, el hermanamiento de las administraciones de los Estados miembros actuales con las instituciones homólogas de los países en vías de adhesión, la realización de análisis paritarios o la elaboración conjunta, por parte de especialistas de dichos países y de la Comisión, de planes de actuación concretos. El año pasado los países en vías de adhesión redoblaron sus esfuerzos, lo que demuestra su voluntad de incorporarse a la UE como Estados miembros plenamente preparados. Merecen reconocimiento por los notables resultados que han conseguido. Queda confirmada la valoración realizada por la Comisión en el momento de la conclusión de las negociaciones de adhesión, con arreglo a la cual estos países estarían listos para incorporarse a la Unión a principios de 2004. Capacidad administrativa general Por lo que respecta a la capacidad administrativa general, la existencia de una administración pública fiable y eficaz y de un sistema judicial independiente y eficiente es esencial para la aplicación eficaz del acervo. Aunque se dan las condiciones suficientes para la aplicación del acervo por la administración pública y el sistema judicial, queda todavía un margen de mejora en todos los países en vías de adhesión. La evaluación muestra que se han establecido las estructuras administrativas necesarias en la mayoría de los ámbitos del acervo y que en algunos de ellos la capacidad ha alcanzado ya el punto en que las estructuras son óptimas para la incorporación a la Unión. No obstante, en la mayoría de los casos son necesarias mejoras por lo que respecta a los recursos humanos, la formación (incluida la formación lingüística) y el presupuesto. Incluso en el marco de las actuales restricciones presupuestarias, sería posible lograr mejores resultados si se determinaran con claridad las prioridades y se orientaran hacia los ámbitos esenciales para el funcionamiento correcto de los países en vías de adhesión tras su incorporación a la UE. Ahora es el momento oportuno para realizar estas inversiones. En algunos casos surgen también problemas a causa de la coordinación insuficiente dentro de las diversas instituciones que participan en la aplicación del acervo y entre ellas. Deberían proseguirse las actuales reformas dirigidas a reforzar el sistema judicial en los países en vías de adhesión a fin de garantizar el cumplimiento efectivo del acervo. Lo anterior se aplica también a las autoridades de reglamentación y supervisión necesarias en varios sectores para asegurar el cumplimiento adecuado del acervo; deben disponer de la independencia suficiente y recibir recursos adecuados para desempeñar sus funciones. Salvo contadas excepciones, persiste la impresión de que el nivel de corrupción en los países en vías de adhesión es aún elevado, en algunos casos muy elevado, y que puede dañar la confianza en la administración pública y el sistema judicial, con los consiguientes perjuicios por lo que respecta a la adecuada aplicación del acervo. Así pues, la lucha contra la corrupción debe seguir formando parte de las prioridades políticas durante los próximos años. La mayoría de los países en vías de adhesión ya han adoptado medidas significativas para elaborar políticas dirigidas a aumentar la sensibilización pública y establecer sanciones más efectivas, pero garantizar la aplicación íntegra del acervo exige una labor constante. La aparición de casos de corrupción de gran relevancia puede aumentar la impresión de corrupción, pero debe servir de acicate para poner en marcha y aplicar medidas firmes de lucha contra la corrupción. Los próximos años, también la Comisión deberá prestar especial atención a evitar que el fraude y la corrupción impidan que los fondos comunitarios lleguen a sus legítimos beneficiarios. Los países en vías de adhesión deben garantizar la traducción del acervo a sus lenguas oficiales. Aunque las instituciones de la UE son responsables de la revisión y publicación definitiva de las traducciones en una edición especial del Diario Oficial, corresponde a los países en vías de adhesión realizar las traducciones y someterlas a una revisión jurídica y lingüística minuciosa. Los nuevos Estados miembros que, en contra de lo dispuesto en el Tratado de Adhesión, no dispongan de la traducción del acervo a sus idiomas podrán ser objeto de un procedimiento de infracción. Algunos de los países en vías de adhesión habían subestimado inicialmente la dimensión de esta tarea y se han visto obligados a adoptar medidas decididas para agilizar esa labor. La traducción avanza adecuadamente por lo que se refiere a la mayoría de las nuevas lenguas, pero el número de textos revisados presentados por Lituania, Malta y Eslovenia habrá de aumentar considerablemente a fin de respetar los plazos de publicación. Progresos realizados en la adopción y aplicación del acervo En la mayoría de los ámbitos del acervo, los preparativos para la adhesión se han completado ya casi totalmente. Es el caso de los ámbitos mencionados a continuación. Por lo que respecta a la libre circulación de mercancías, servicios, personas y capitales, la armonización está muy avanzada. Los países en vías de adhesión han comprendido adecuadamente la legislación basada en el «nuevo enfoque» y su énfasis en la seguridad de los bienes industriales antes que en las especificaciones obligatorias. Ya se dispone de la capacidad institucional necesaria y su funcionamiento es satisfactorio en la mayoría de los casos. Se han adoptado disposiciones para garantizar la libre circulación de trabajadores y se aplican las disposiciones transitorias en este ámbito. La circulación de capitales se ha liberalizado en gran parte y se han introducido las estrictas normas comunitarias de lucha contra el blanqueo de dinero, aunque se necesitan ajustes en algunos países. Por lo que se refiere a los servicios financieros, el acervo en el sector bancario está particularmente bien asentado. Se aplican las normas de protección de datos. Ya se ha adaptado la mayor parte del acervo relativo al Derecho de sociedades y a las normas contables. En cuanto a la política de competencia, el acervo antimonopolio y las normas sobre las ayudas estatales se ha incorporado de manera adecuada y se aplican satisfactoriamente en todos los países, salvo contadas excepciones muy específicas (detalladas más adelante). En el ámbito de la agricultura, los preparativos para la aplicación de la política agrícola común se están completando como procede en la mayoría de los países, con algunas excepciones concretas en determinados Estados. En conjunto, no se prevén problemas de importancia para aplicar las diversas organizaciones comunes de mercado o las normas sobre las ayudas estatales, la calidad y la agricultura ecológica, siempre que se superen los problemas que se plantean en cerca de la mitad de los países en relación con el establecimiento de las instituciones y los procedimientos necesarios (estos problemas se especifican más adelante). En la mayoría de los países, los planes para las medidas de desarrollo rural que conllevan financiación comunitaria están bien elaborados y deberían poder comenzar a tiempo. En el ámbito veterinario y fitosanitario se pueden considerar prácticamente completados determinados aspectos específicos, en particular las medidas de control de las enfermedades de los animales y la zootecnia. En cuanto a la pesca, la armonización legislativa con las normas comunitarias sobre ayudas estatales y la adaptación a los acuerdos internacionales sobre esta materia debería haber concluido en el momento de la adhesión sin grandes problemas (excepción hecha del caso detallado más adelante). Se considera que todos los países en vías de adhesión sin acceso al mar, al igual que Eslovenia, avanzan adecuadamente para aplicar el acervo en el momento de la adhesión. Por lo que respecta a la política de transportes, la armonización está avanzada en el sector ferroviario y de la navegación interior, así como en relación con las redes de transporte transeuropeas. La mayoría de los países en vías de adhesión progresa adecuadamente para aplicar el acervo sobre el transporte marítimo, viario y aéreo en el momento de la adhesión. La mayoría de los países en vías de adhesión no deberían experimentar grandes dificultades para aplicar el acervo sobre imposición (IVA, impuestos sobre consumos específicos e impuestos directos) en el momento de la adhesión. En su mayoría están bien preparados para garantizar la cooperación administrativa en el ámbito de los impuestos y las aduanas, así como para recaudar y transferir adecuadamente su aportación nacional al presupuesto comunitario. Por lo que se refiere al control financiero, la auditoría externa está bien desarrollada, y se puede considerar que la mitad de los países en vías de adhesión cuentan ya con un sistema de control interno de las finanzas públicas que funciona óptimamente. Excepto por lo que respecta a las normas más recientes, el nivel de armonización con el acervo en materia de política social y empleo ha progresado satisfactoriamente en la mayoría de los países, incluso por lo que se refiere a los ámbitos de la salud y la seguridad en el trabajo y la legislación laboral. Las políticas relativas a la igualdad de trato de hombres y mujeres, empleo, diálogo social, inclusión social y protección social se comprenden adecuadamente. En conjunto, se ha alcanzado un nivel satisfactorio de armonización en el ámbito de la política energética, en particular por lo que respecta a la liberalización del sector del gas y la electricidad y la seguridad nuclear. En cuanto a las instalaciones nucleares, los compromisos efectuados sobre clausura de instalaciones y las fechas de cierre acordadas durante las negociaciones de adhesión establecidas específicamente en el Tratado de Adhesión, es decir, los compromisos asumidos en relación con la clausura de los reactores de la plantas de energía atómica de Ignalina en Lituania y de Bohunice en Eslovaquia, deben respetarse escrupulosamente. En el ámbito de la política ambiental, en general los países en vías de adhesión progresan adecuadamente para poder aplicar el acervo a partir de la adhesión, en particular por lo que respecta a la legislación ambiental horizontal, la calidad del aire, la gestión de los residuos, la calidad del agua, los productos químicos, los organismos modificados genéticamente, el ruido, la seguridad nuclear y la protección frente a las radiaciones. En conjunto, los preparativos en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior progresan satisfactoriamente. La mayoría de los países han avanzado considerablemente en la aplicación de su Plan de Acción Schengen y el refuerzo de las fronteras exteriores (las fronteras interiores con los demás Estados miembros no se abrirán en el momento de la adhesión, sino en una fecha posterior). Se prevé que el acervo sobre cooperación policial pueda aplicarse desde el momento de la adhesión y, en conjunto, se están desarrollando medidas adecuadas en la lucha contra la delincuencia organizada, el terrorismo y las drogas. No se esperan dificultades de importancia por lo que respecta a la cooperación aduanera y la cooperación en asuntos civiles y penales. Se han establecido los instrumentos jurídicos necesarios en relación con los derechos humanos. Tampoco se esperan dificultades de consideración para completar los preparativos relativos a los siguientes capítulos del acervo (salvo contadas excepciones sin gran importancia en algunos países, descritas más adelante): unión económica y monetaria (los países en vías de adhesión adoptarán el euro como moneda nacional en una fase posterior, después de la adhesión); estadísticas; política industrial y fomento de las pequeñas y medianas empresas; programas científicos y de investigación; educación y formación; relaciones exteriores, y política exterior y de seguridad común. El acervo en materia de cultura y medios audiovisuales se aplica ya correctamente en la mayoría de los países. Así pues, los países en vías de adhesión han alcanzado un elevado grado de armonización con el acervo en la fecha límite del 30 de septiembre, a falta de siete meses para la adhesión. Están adecuadamente preparados para aplicar la mayor parte del acervo. No obstante, quedan asuntos pendientes en todos los países, entre ellos algunos que exigen esfuerzos suplementarios por parte de los países en vías de adhesión y, en algunos casos, aspectos que suscitan grave preocupación. Todos ellos se detallan en los apartados siguientes. Aspectos que requieren mayores esfuerzos La Comisión ha determinado una serie de aspectos que requieren mayores esfuerzos por parte de los países en vías de adhesión. Se trata de ámbitos del acervo en los que es probable que la labor se haya completado en el momento de la adhesión siempre que los países realicen mayores esfuerzos y aceleren su ritmo de avance. Tales aspectos se han identificado en todos los países en vías de adhesión y en la mayoría de los capítulos del acervo, como se detalla a continuación. Por lo que respecta a la libre circulación de mercancías, servicios, personas y capitales, así como al acervo relacionado con el mercado interior, aunque se ha realizado un gran avance, aún son necesarios esfuerzos especiales en Estonia, Letonia y Polonia, así como en Eslovaquia y la República Checa: - Todos los países en vías de adhesión, excepto Chipre, deben todavía realizar una labor considerable para introducir el principio del reconocimiento mutuo y para identificar y eliminar todas las medidas nacionales opuestas a los principios fundamentales de la libre circulación. Esto se refiere principalmente al comercio de mercancías, los servicios transfronterizos y el reconocimiento de las calificaciones profesionales. En algunos países, entre ellos la República Checa y Polonia, los obstáculos ya identificados se eliminan en ocasiones con reluctancia. Para algunos productos y servicios, el acervo prescribe normas y planteamientos armonizados. Todos los países presentan todavía lagunas en la transposición de la legislación relativa a los productos industriales, los alimentos y determinados servicios. En el ámbito de la circulación de capitales, Letonia ha de incrementar sus esfuerzos para completar la liberalización a tiempo, y Lituania debe establecer sistemas de pago adecuados. Aunque está previsto que gran parte de esta legislación sea adoptada en los próximos meses, no deben permitirse retrasos más allá de la fecha de adhesión. - Por lo que respecta a la capacidad institucional, la supervisión del mercado, un componente esencial del funcionamiento del mercado interior, debe seguir reforzándose en todos los países. Las deficiencias en materia de supervisión pueden permitir la libre circulación de productos industriales o alimenticios inseguros en el mercado interior. A falta de control, esta situación puede deteriorar la confianza de los ciudadanos y provocar la solicitud de restricciones sobre productos procedentes de los nuevos Estados miembros que no controlen adecuadamente sus mercados. - La República Checa, Estonia, Letonia, Hungría, Malta y Polonia no han completado la armonización de sus normas a la normativa comunitaria sobre contratación pública. Esta labor debe realizarse sin dilación, dado que sólo los gastos relacionados con proyectos ejecutados en plena conformidad con las normas de la UE sobre contratación pública podrán recibir cofinanciación en el marco de los Fondos Estructurales a partir del 1 de enero de 2004. - Por lo que respecta a los servicios financieros, Polonia debe acelerar la transposición final relativa al sector financiero. La República Checa, Letonia, Lituania y Eslovaquia deben proceder del mismo modo en el sector de los seguros, al igual que Estonia, Chipre, Letonia y Lituania en el ámbito de los servicios de inversión y los mercados de valores. Lo anterior es también válido para los servicios de la sociedad de la información. En algunos países se necesitan también mayores esfuerzos para reforzar la independencia y eficacia de las autoridades de supervisión financiera, un requisito básico para salvaguardar la confianza en el mercado financiero integrado de la UE. En el ámbito de la política de competencia, Letonia y Eslovenia deben mejorar la capacidad de aplicación en relación con las normas antimonopolio; la República Checa, Malta, Polonia y Eslovaquia deben aumentar los esfuerzos para garantizar el cumplimiento adecuado de todas las medidas relacionadas con las ayudas estatales. En cuanto a la política industrial, queda por delante una tarea considerable en la reestructuración de las industrias siderúrgicas en Polonia, así como en la privatización de las empresas de propiedad estatal. Aunque los países en vías de adhesión han adoptado casi toda la legislación necesaria para la protección de los derechos de propiedad intelectual e industrial y han reforzado los organismos responsables de velar por su cumplimiento, se sigue registrando un número relativamente elevado de vulneraciones de tales derechos en comparación con la situación en la UE actual. La lucha contra la piratería y la falsificación debe intensificarse en los próximos años. Aunque ya se ha instaurado gran parte de la legislación, todos los países en vías de adhesión, salvo Eslovenia, deben dar mayor prioridad a la conclusión de los preparativos en los ámbitos de la agricultura y la pesca, que afectan directamente el sustento de gran parte de la población: - Varios países deben acelerar los preparativos para aplicar las organizaciones comunes de mercado de determinados productos. Se trata del azúcar en la República Checa, Letonia, Hungría, Eslovenia y Eslovaquia; la leche en los países bálticos, Polonia y Eslovenia; la carne de vacuno en la República Checa, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y Eslovaquia; el vino en la República Checa, Hungría, Malta y Eslovaquia; los huevos y los productos avícolas en Polonia, y la fruta, las verduras y el aceite de oliva en Malta. - Son necesarios mayores esfuerzos para establecer los organismos pagadores responsables de la entrega de los fondos comunitarios a los beneficiarios finales así como de la aplicación del sistema integrado de administración y control (SIAC) y los mecanismos de comercio agrícola en todos los países excepto en Eslovenia y, por lo que se refiere a ese sistema, Chipre. Malta y Chipre deben acelerar los preparativos para aplicar la red de información contable agrícola. En Malta todavía no se han armonizado las normas sobre agricultura ecológica. - En cuanto a los preparativos para aplicar las medidas de desarrollo rural financiadas por la UE, algunos países se están quedando rezagados, sobre todo Hungría, pero también Malta y Polonia. - Todavía existen deficiencias sustanciales en el ámbito veterinario y fitosanitario, en particular en la República Checa, Hungría y Polonia, así como en Letonia y Eslovaquia. Todos los países en vías de adhesión han de adoptar medidas a fin de establecer el sistema de control veterinario de la UE (incluidos controles sobre las importaciones y dispositivos de identificación animal), medidas para controlar las encefalopatías espongiformes transmisibles (como la EEB) y los subproductos de animales (en particular, Letonia, Malta y Polonia), normas estructurales e higiénicas para las plantas de transformación de carne, leche y pescado (en especial, en la República Checa, Hungría, Polonia y Eslovaquia), medidas comunes en relación con el control de los residuos y el control fitosanitario (sobre todo Polonia). Otros ámbitos en los que se deben incrementar los esfuerzos son: medidas de control de las enfermedades de los animales (Letonia); comercio de animales vivos y productos de animales; bienestar de los animales (República Checa, Letonia, Lituania y Polonia) y nutrición animal (República Checa, Estonia, Chipre, Malta y Polonia). - En el ámbito de la pesca, las siete naciones pesqueras en vías de adhesión, excepto Malta y Eslovenia, deben incrementar sus esfuerzos para aplicar la necesaria gestión de la flota y los recursos y garantizar procedimientos de inspección y control adecuados. Los países bálticos y Polonia deben acelerar sus preparativos para participar en la política comunitaria del mercado de la pesca. Estonia, Lituania, Malta y Polonia deben mejorar los preparativos para poder acogerse a las acciones estructurales de la UE. Polonia está también rezagada por lo que respecta a las normas sobre ayudas estatales y la armonización de los acuerdos internacionales sobre pesca. Aunque en la mayoría de los países la aplicación del acervo está garantizada en gran parte, quedan aún algunas cuestiones específicas en los sectores del transporte y la energía. En este último, Chipre no ha aplicado el acervo sobre reservas de petróleo y, junto con Letonia, todavía no regula los sectores del gas y la electricidad con arreglo a los requisitos de la UE. El proceso de armonización en los sectores aéreo y viario está retrasado en Chipre, que junto a Malta debe hacer un gran esfuerzo en materia de seguridad marítima. Asimismo, otros países deben intensificar considerablemente la labor en estos tres sectores: Eslovaquia y en particular la República Checa en el sector viario; Estonia y Letonia en el transporte aéreo, y Estonia y Polonia en el transporte marítimo. Hungría se está rezagando en la aplicación del acervo sobre ferrocarriles. Todos los países en vías de adhesión deben todavía finalizar las medidas para aplicar el acervo sobre telecomunicaciones recientemente aprobado. Salvo en la República Checa y Eslovenia, también es preciso incrementar los esfuerzos para aplicar el acervo en materia de servicios postales. La República Checa, Chipre, Hungría y Polonia deben completar la armonización del acervo audiovisual; en el caso de Polonia se requiere todavía una labor especialmente intensa. Aunque en el ámbito de la imposición ya se ha realizado la mayor parte de la labor, Letonia, Polonia y Eslovaquia deben acelerar la armonización pendiente con el acervo sobre IVA; en el caso de Polonia y Eslovaquia, también sobre impuestos especiales. Son necesarios mayores esfuerzos por parte de Estonia, Malta y Eslovenia para cumplir sus obligaciones por lo que respecta a la imposición directa. Letonia y Lituania no han completado a tiempo los preparativos para la cooperación administrativa y la asistencia mutua en el ámbito de los impuestos y las aduanas, aunque se ha encontrado una solución temporal para Lituania. Por lo que se refiere al control financiero, es necesario intensificar la labor en la República Checa, Chipre, Hungría y Polonia para optimizar el control financiero público interno. En Letonia se debería reforzar la auditoría externa. Estonia, Letonia, Hungría, Polonia y Eslovaquia deben proseguir los esfuerzos para garantizar que en el momento de la adhesión se hayan adoptado todas las medidas necesarias a fin de proteger los intereses financieros de la UE. En cuanto a la unión económica y monetaria, Polonia debe adoptar las últimas medidas necesarias para asegurar la plena independencia de su Banco Central. Por lo que se refiere a la política social y el empleo, aunque se han realizado oportunamente la mayoría de los preparativos, la República Checa, Malta y Polonia deben acelerar la armonización pendiente con el acervo en materia de salud y seguridad en el trabajo, y Estonia y Polonia deben adoptar medidas adicionales por lo que respecta a los reglamentos sociales. Los países en vías de adhesión aún no han adoptado el acervo sobre labores del tabaco (salvo la República Checa, Hungría, Malta y Eslovenia) y lucha contra la discriminación. Por su parte, Malta debe aumentar la labor en materia de enfermedades transmisibles. En todos los países se deberían reforzar los preparativos correspondientes a las actuaciones en el marco del Fondo Social Europeo. En el ámbito de la política ambiental, Estonia en particular debe incrementar sus esfuerzos para completar la armonización legislativa con las normas comunitarias sobre calidad del aire, gestión de los residuos, protección de la naturaleza, contaminación industrial y protección contra las radiaciones. Otros países deben aumentar la labor realizada en ámbitos específicos: gestión de los residuos en Malta; protección de la naturaleza en la República Checa, Chipre, Hungría, Malta y Polonia; contaminación industrial y gestión del riesgo en Hungría, Polonia y Eslovaquia, y organismos modificados genéticamente en Chipre. En cuanto a las relaciones exteriores, todos los países en vías de adhesión deben finalizar las medidas adoptadas para renegociar o denunciar sus acuerdos bilaterales, de modo que todos ellos sean compatibles con el acervo en el momento de la adhesión. Aunque el proceso de programación está avanzando satisfactoriamente, en la mayoría de los países en vías de adhesión son necesarios mayores esfuerzos para aplicar los Fondos Estructurales y de Cohesión. Esta labor es especialmente acuciante dado que las actuaciones podrán optar a recibir financiación comunitaria a partir del 1 de enero de 2004, es decir, en un plazo inferir a dos meses. Un problema de particular importancia en todos los países en vías de adhesión es la falta de un número suficiente de proyectos de calidad listos para su puesta en marcha. El comienzo de los programas se retrasará si no se ha establecido el marco legislativo, incluidas las normas comunitarias sobre contratación pública, ayudas estatales y protección del medioambiente. Este riesgo afecta en particular a la República Checa, Estonia, Letonia, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia. También se requieren esfuerzos adicionales en todos los países, salvo Malta, para reforzar los procedimientos y las instituciones establecidos para aplicar los programas estructurales. Lo mismo cabe decir por lo que respecta a las mejoras de la gestión y el control financieros en la República Checa, Estonia, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia. A pesar de los progresos significativos y de amplio alcance efectuados por todos los países en vías de adhesión en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior, Malta, Polonia y Eslovaquia deben todavía acelerar la aplicación de su Plan de Acción Schengen y Hungría, Malta, Polonia y Eslovaquia han de seguir reforzando las fronteras exteriores. Estonia, Letonia, Eslovenia y Eslovaquia deben mejorar la protección de los datos personales. Chipre, Polonia y Eslovaquia tienen que completar la armonización de su normativa con la política de visados de la UE, y lo mismo cabe decir de Letonia y Lituania por lo que respecta a la política de migración. Los países en vías de adhesión, excepto Estonia, Polonia y Eslovenia, aún no aplican adecuadamente el acervo en materia de asilo, y deben abordar ahora esta cuestión. Lituania debe mejorar los preparativos para la cooperación policial y las acciones afines de lucha contra la delincuencia organizada. La República Checa, Estonia, Lituania y Polonia deben prestar más atención a la lucha contra el fraude, la corrupción y el blanqueo de dinero. También Letonia, Eslovenia y Eslovaquia deben intensificar la lucha contra el fraude y la corrupción. Por su parte, Letonia y Polonia han de intensificar la lucha contra las drogas. La adopción de medidas correctivas sobre todas estas materias es en estos momentos factible y previsible, pero se advierte a los países en vías de adhesión de que tendrán que redoblar e intensificar sus esfuerzos para que todas las deficiencias se hayan resuelto en el momento de su incorporación a la UE. Si, en contra de lo previsto, no se procede así, existe el riesgo de que se produzcan retrasos en la transposición y aplicación del acervo en el momento de la adhesión. La renuencia de algunos Estados miembros a eliminar los obstáculos al comercio ya identificados o la inadecuada armonización legislativa e insuficiente supervisión en el sector financiero ilustran con claridad esta posibilidad. Tales casos serían objeto de medidas correctoras (descritas posteriormente) por parte de la Comisión y la Unión. Ámbitos que suscitan grave preocupación Por lo que respecta a la preparación para la incorporación a la UE, la Comisión ha detectado una serie de lagunas que suscitan grave preocupación y que, a menos que se adopten medidas decididas e inmediatas, impedirán a los países interesados aplicar el acervo en la fecha de adhesión. Se trata de treinta y nueve aspectos que afectan a diez países, aunque en ocasiones se detectan lagunas similares en varios países. Se pueden agrupar en dos grandes categorías: aspectos relacionados con el mercado interior y aspectos relativos a la entrega de fondos comunitarios a los beneficiarios de los nuevos Estados miembros. - Mercado interior La República Checa, Estonia, Letonia, Lituania, Polonia y Eslovenia experimentan retrasos considerables por lo que respecta a la introducción de los requisitos mínimos de formación y las normas de reconocimiento mutuo para varias profesiones, en particular en el ámbito de la asistencia sanitaria. Los profesionales de estos países que, a consecuencia de tales retrasos, no satisfagan los requisitos mínimos, pueden ver como se les deniega la posibilidad de acogerse al derecho de ejercer su profesión en otro Estado miembro hasta que esta laguna no sea subsanada. Los graves retrasos en la reestructuración de la industria de construcción y reparación naval no se ajustan a las condiciones con arreglo a las cuales Malta puede conceder ayudas de reestructuración hasta 2008. Eslovaquia tampoco está respetando las condiciones de limitación de la producción que han de satisfacerse para la concesión de ayudas fiscales a una empresa del sector siderúrgico al menos hasta finales de 2009. Ambos incumplimientos, que ofrecen ventajas desleales a las empresas interesadas, exigen la adopción de medidas de rectificación por Malta y Eslovaquia. A falta de una solución satisfactoria, la Comisión puede verse obligada a tomar las medidas necesarias, y ambos países y las empresas interesadas corren el riesgo de perder las ventajas vinculadas a las disposiciones transitorias obtenidas en las negociaciones de adhesión. Lituania y Polonia no están tomando las medidas necesarias para la inspección y el control de su flota de pesca y para garantizar la aplicación de las normas comunitarias sobre la gestión de los recursos y la flota. La falta de controles adecuados en un Estado miembro afecta al conjunto de la política pesquera común, dado que sus barcos pueden capturar especies y cantidades de pescado que los restantes países no están autorizados a capturar. Si esta situación persistiera en el momento de la adhesión, podría ser necesario adoptar medidas para proteger el mercado único. Estonia persiste en retrasar la adopción de las normas comunitarias en materia de reglamentaciones sociales e igualdad de trato para hombres y mujeres. Urge que se adopten medidas para corregir esta situación e iniciativas simultáneas dirigidas a establecer las estructuras institucionales necesarias y familiarizar a los operadores económicos con las nuevas normas a fin de garantizar su aplicación desde el momento de la adhesión. La inaplicación de esas normas, destinadas a mejorar las condiciones de trabajo y las oportunidades ofrecidas por igual a ambos sexos, impediría a los ciudadanos estonios gozar de las ventajas correspondientes y ello crearía condiciones de competencia desleal entre las empresas estonias y de los demás Estados miembros. En Letonia se registran graves retrasos por lo que respecta a la informatización y interconectividad con los sistemas de la CE, lo que pone en peligro el funcionamiento correcto de la unión aduanera, en particular de los sistemas de aranceles y de tránsito informatizado. Lo mismo cabe decir del ámbito de la imposición, donde, si persisten las circunstancias actuales, es posible que la interconectividad con el sistema de intercambio de información sobre el IVA no sea plenamente operativa en el momento de la adhesión. Es necesaria una urgente transferencia de conocimientos y experiencia, así como mayores recursos humanos, y no deben producirse retrasos en la adquisición de equipo. Si no se adoptan medidas correctivas inmediatas para atajar el grave riesgo de perturbación del funcionamiento fluido de los sistemas comunitarios de imposición y aduanas en el momento de la adhesión, será preciso adoptar medidas de gestión correctivas. En el ámbito del control veterinario y fitosanitario, urge que Polonia adopte y aplique la legislación veterinaria necesaria. Hasta la fecha no se han hecho avances suficientes por lo que respecta a la organización del control de la circulación de animales vivos en el marco del sistema global de control veterinario polaco, lo que pone en peligro la integración del sector animal polaco en el mercado interior. La aplicación del acervo relativo a las encefalopatías espongiformes transmisibles y los residuos animales es fuente de grave inquietud en Polonia y Letonia. En Malta tampoco se han establecido todavía la infraestructura y las medidas necesarias para la eliminación de los residuos de origen animal, y pudieran no estar establecidas en el momento de la adhesión. No cabe descartar que haya que tomar medidas concretas para evitar que estas deficiencias afecten a la seguridad de los alimentos y la salud de los animales en el mercado comunitario. En la República Checa, Hungría, Polonia y Eslovaquia, el ritmo actual de modernización de las instalaciones agroalimentarias no permitirá que todas ellas satisfagan las obligaciones acordadas durante las negociaciones de adhesión. Se adoptarán medidas concretas para sancionar a los productores que incumplan tales obligaciones, por ejemplo restricciones relativas a la producción y comercialización de sus mercancías. Polonia no ha adoptado las medidas necesarias para controlar la necrosis bacteriana y la sarna verrugosa de la patata. Si esta situación no se corrige, se tomarán medidas para proteger al resto de la UE de esta grave enfermedad. La República Checa no aplica ni garantiza adecuadamente el cumplimiento del acervo social y técnico en el ámbito del transporte por carretera, incluido el relativo al acceso a la profesión y al mercado, los períodos de conducción y descanso, los dispositivos de limitación de velocidad, los permisos de conducir, los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas, los documentos de registro de vehículos y las inspecciones en carretera. Las insuficiencias existentes en materia de capacidad administrativa, organización y formación hacen que los controles de los períodos de conducción y descanso sean muy escasos y no tengan un seguimiento adecuado. Así pues, si no se adoptan medidas correctivas, los transportistas checos podrían contravenir las normas de seguridad al desarrollar sus actividades y gozar de condiciones más favorables que los competidores comunitarios, en cuyo caso sería necesario adoptar medidas apropiadas para garantizar la seguridad y restablecer la igualdad de oportunidades. En cuanto a la seguridad marítima, Chipre y Malta figuran todavía en la lista negra del memorándum de acuerdo de París. Ninguno de los dos países ha destinado recursos suficientes a las tareas derivadas de la obligación de controlar, en calidad de Estado de abanderamiento, la seguridad de los buques marítimo. En el caso de Chipre, suscitan también grave inquietud las deficiencias en cuanto a los controles efectuados por el Estado rector del puerto, en particular los recursos destinados al mismo. Urge que ambos países presten atención a la realización de las tareas correspondientes. Si esta situación no se corrige antes de la fecha de adhesión, puede ser necesario adoptar medidas para proteger a los demás Estados miembros de los daños que pueda ocasionar el laxo cumplimiento de la normativa en ambos países. - Entrega de los fondos comunitarios Todos los países en vías de adhesión deben intensificar la labor de establecimiento de los procedimientos e instituciones necesarios para realizar las intervenciones de mercado y los pagos directos a los agricultores en el contexto de la política agrícola común, pero existe grave inquietud sobre la posibilidad de que en particular Chipre, Hungría, Malta, Polonia y Eslovaquia no dispongan todavía de sistemas operativos en el momento de la adhesión. Ello se refiere al establecimiento de un organismo pagador y (salvo en Chipre) a la aplicación del sistema integrado de gestión y control, elementos centrales para el pago de los fondos de la política agrícola común a los agricultores. Si esta situación no se corrige, los nuevos Estados miembros corren el riesgo de que la UE no les reembolse íntegramente los pagos realizados a sus agricultores. Chipre y Malta no han hecho todavía avances suficientes en el establecimiento de los mecanismos necesarios para el comercio exterior de productos agrícolas. Si este retraso no se corrige, surgirán problemas en varios ámbitos, entre ellos la gestión de las restituciones correspondientes a las exportaciones de esos países y la gestión de las licencias de importación. Tales problemas podrían tener implicaciones por lo que se refiere al reembolso de los fondos comunitarios, como se ha descrito anteriormente. Existe gran inquietud sobre los preparativos de Hungría para la aplicación de los programas de desarrollo rural, debido en particular al número de actividades aún pendientes, a la confusa definición de responsabilidades y a la débil coordinación. Por estas razones, es posible que el programa húngaro no pueda comenzar según lo previsto, lo que retrasará el acceso de los agricultores beneficiarios a las medidas de apoyo. Por lo que respecta a la política del mercado de la pesca, existe gran preocupación sobre la voluntad de Polonia de instaurar las organizaciones de productores, dado que debe disponer de las medidas de control necesarias y establecer la capacidad administrativa adecuada. Los pescadores polacos no podrán beneficiarse de la intervención comunitaria en el mercado hasta que esta situación se corrija. C. SUBSANAR LAS DEFICIENCIAS Es obvio que si algún país no aplicase el acervo en un ámbito u otro tras la adhesión, ello afectaría a los ciudadanos y agentes económicos de ese país y les impediría aprovechar plenamente su pertenencia a la UE. Como guardiana de los Tratados, la Comisión actuaría para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de ese Estado miembro en virtud del acervo y contribuiría a restaurar las ventajas de la pertenencia a la Unión. Debido a la amplia integración de la Unión, en muchos casos tal incumplimiento afectaría también negativamente a ciudadanos y agentes de otros Estados miembros. Así pues, además de garantizar el cumplimiento del acervo, en ocasiones la Comisión habrá de tomar medidas para corregir o neutralizar esos efectos transfronterizos negativos. El fundamento para una actuación de tales características reposa en disposiciones concretas del Tratado de Adhesión. La actuación de la Comisión y de la Unión puede adoptar la forma de medidas correctoras, pero puede conllevar también medidas de apoyo para ayudar a un nuevo Estado miembro a superar las dificultades iniciales. 1. Medidas correctoras Cuando el acervo no se aplica adecuadamente en algún Estado miembro, tanto los agentes públicos como privados pueden adoptar medidas jurídicas para asegurar el cumplimiento de la legislación comunitaria. Los ciudadanos y las empresas de los nuevos Estados miembros podrán acudir a los tribunales nacionales y, en último término, al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, con el consiguiente riesgo de condena para sus gobiernos. Ello se refiere al acervo directamente aplicable desde la fecha de adhesión, pero en parte también a las directivas que no se incorporen a la normativa nacional o que se traspongan incorrectamente. La propia Comisión toma también medidas para resolver el incumplimiento de las obligaciones comunitarias. Si no es posible resolver una situación a través del procedimiento de infracción, que conlleva un intercambio escrito formal con el Estado miembro correspondiente, la Comisión puede remitir el asunto al Tribunal de Justicia. La Comisión interviene también directamente en su rol de autoridad ejecutiva, por ejemplo en casos de infracción de la normativa de competencia, o en su capacidad de ejecución del presupuesto, por ejemplo en la aplicación de los fondos estructurales. En particular, si un nuevo Estado miembro no respeta las normas sustantivas o de procedimiento sobre los pagos agrícolas (sean pagos directos a agricultores o intervenciones de otro tipo) o los pagos para proyectos y medidas en el marco del Fondo de Cohesión o los Fondos Estructurales, la Comisión no podrá liberar los fondos del presupuesto comunitario. Incluso aunque tengan sólo carácter temporal, tales dificultades pueden tener consecuencias muy graves sobre el sustento de los ciudadanos y operadores económicos de los nuevos Estados miembros y sobre el balance global de las transferencias financieras entre un nuevo Estado miembro y el presupuesto comunitario. Esas consecuencias no se derivarían de una decisión específica de la Comisión, sino de la aplicación de las normas y reglamentaciones existentes aplicables a todos los Estados miembros, presentes y futuros. En algunos casos puede ser necesario adoptar medidas específicas para prevenir o atajar las consecuencias negativas (inmediatas) del incumplimiento del acervo. El propio acervo ya prevé la posibilidad de adoptar tales medidas de gestión o salvaguardia en determinados ámbitos, por ejemplo el correspondiente a la seguridad de los alimentos; como ya ha ocurrido en el pasado, la Comisión puede adoptar medidas para paralizar la venta o la exportación de productos alimenticios de determinada región o Estado miembro. Otro ejemplo es el ámbito del transporte viario. Las condiciones y procedimientos de adopción de tales medidas se establecen en los instrumentos jurídicos específicos sobre el sector correspondiente. Por regla general la Comisión puede recurrir a las mismas, en ocasiones previa consulta a los Estados miembros, siempre que exista o pueda existir un problema inmediato que cause un perjuicio grave. En último recurso, el Tratado de Adhesión contiene tres cláusulas de salvaguardia. La primera (artículo 37) permite a cualquier Estado miembro, presente y futuro, solicitar a la Comisión la adopción de medidas que permitan atajar dificultades graves y persistentes en uno u otro sector económico. Aunque el propósito de esta salvaguardia es hacer frente a los choques económicos imprevistos derivados de la ampliación, no excluye los casos en que tales choques se vean intensificados por la inadecuada aplicación del acervo por la administración pública. La segunda cláusula de salvaguardia (artículo 38) está concebida específicamente para abordar los casos en que un nuevo Estado miembro incumpla los compromisos asumidos en las negociaciones de adhesión, incluida la aplicación adecuada del acervo. Si con ello causa o amenaza causar una perturbación grave del funcionamiento del mercado interior, la Comisión puede tomar las medidas apropiadas para resolver la situación. Esas medidas pueden tratar de garantizar la correcta aplicación del acervo a pesar de la incapacidad de la administración del nuevo Estado miembro al respecto. Pueden desembocar en la exclusión temporal de ese nuevo Estado miembro o de sus ciudadanos y agentes económicos de los beneficios de determinadas normas del mercado interior y de las ventajas de la pertenencia a la UE en ámbitos específicos, a fin de proteger la integridad del mercado interior y evitar perjuicios para otras partes. Las medidas de salvaguardia estarán en vigor hasta que el nuevo Estado miembro dé cumplimiento a sus compromisos. Esta cláusula puede ser invocada en casos relativos al mercado interior en sentido amplio, es decir, no sólo al acervo contemplado en los capítulos de negociación 1 a 6 (circulación de mercancías, personas, servicios y capital; Derecho de sociedades y competencia), sino también a las políticas sectoriales contempladas en otros capítulos de negociación (p. ej., agricultura, transporte, telecomunicaciones, energía, etc.) en la medida en que tengan efectos transfronterizos. La tercera cláusula de salvaguardia (artículo 39) es similar a la segunda, pero abarca las cuestiones relacionadas con el reconocimiento mutuo en el ámbito penal y en asuntos civiles. Los tres tipos de medidas de salvaguardia basadas en el Tratado de Adhesión pueden adoptarse hasta el 1 de mayo de 2007. Cuando proceda, las medidas relacionadas con la salvaguardia del mercado interior (artículo 38) y el reconocimiento mutuo en el ámbito penal y en asuntos civiles (artículo 39) podrán ser adoptadas antes de la adhesión y entrar en vigor a partir de la misma. La Comisión no dudará en recurrir a tales medidas cuando las circunstancias lo requieran. Aunque las medidas de gestión o salvaguardia serán proporcionadas y se concebirán de modo que causen la mínima perturbación posible, en la mayoría de los casos su efecto inevitable será denegar temporalmente a los nuevos Estados miembros y a sus ciudadanos el pleno aprovechamiento de las ventajas que ofrece la pertenencia a la Unión. Así pues, conviene que todas las partes se esfuercen al máximo para evitar que surjan tales situaciones eliminando las lagunas pendientes con rapidez y eficacia. 2. Medidas de apoyo Más allá de las medidas jurídicas o correctoras, en algunos casos la adopción de medidas de apoyo específicas puede contribuir a mejorar o acelerar la aproximación de la normativa al acervo. La Comisión está dispuesta a examinar todos los medios disponibles para ayudar a los nuevos Estados miembros antes y después de la adhesión. En función de la naturaleza del problema, este apoyo podrá adoptar la forma de asistencia paritaria, seminarios de formación TAIEX, apoyo SIGMA, proyectos de hermanamiento (de corta duración) o instrumentos similares, que pueden movilizarse rápidamente y centrarse en aspectos definidos con gran precisión, según lo previsto en el mecanismo de transición. Puede recabarse financiación de los fondos Phare residuales no asignados y, tras la adhesión, de los fondos adicionales disponibles en el marco del mecanismo de transición (véase también el apartado D.2). Del mismo modo, se pueden utilizar varios mecanismos especializados (como Aduana 2007, Fiscalis y otros programas) para subsanar las deficiencias de los nuevos Estados miembros. D. PRÓXIMOS PASOS 1. En el período que resta hasta la adhesión Los países en vías de adhesión y los servicios de la Comisión han cooperado adecuadamente para determinar las lagunas pendientes en materia de preparación. Todos los esfuerzos deben centrarse ahora en resolver las cuestiones pendientes por lo que respecta a la transposición y aplicación del acervo, de modo que todas las deficiencias puedan resolverse antes de la fecha de adhesión. Aunque los servicios de la Comisión colaborarán constructivamente con los países en vías de adhesión a fin de identificar las modalidades para lograr este objetivo, su consecución corresponde a los propios países adherentes. Faltan sólo unos pocos meses. Habida cuenta de su papel de guardiana de los Tratados, la Comisión proseguirá su labor de supervisión hasta la adhesión, como ha solicitado también el Consejo. Se centrará en los aspectos que exigen mayores esfuerzos y en los problemas concretos que suscitan grave inquietud identificados en el presente informe, y verificará con los países en vías de adhesión los progresos realizados desde el 30 de septiembre de 2003, la fecha límite utilizada para los informes de seguimiento exhaustivo. Esta labor de seguimiento de las conclusiones del presente informe se efectuará antes del 1 de mayo de 2004 y constituirá un paso esencial para que la Comisión pueda formular propuestas y adoptar decisiones sobre medidas estratégicas, cuando proceda, antes de la adhesión. Cuando las circunstancias lo exijan, la Comisión tomará las medidas estratégicas necesarias, incluidas medidas de salvaguardia, procedimientos de infracción o medidas de gestión financiera. Las medidas de apoyo mencionadas en el apartado C.2 deberán organizarse rápidamente sobre la base de las conclusiones concretas de los informes de seguimiento exhaustivo para que puedan ofrecer resultados tangibles allí donde sea preciso antes de la adhesión. Los servicios de la Comisión perseguirán activamente este objetivo. 2. Tras la adhesión Tras la adhesión, la Comisión asumirá su papel normal en relación con los Estados miembros, sin que disminuya su supervisión del cumplimiento de las obligaciones de los nuevos países incorporados. Esta labor se realizará con arreglo a distintos procedimientos y adoptará manifestaciones diversas, por ejemplo se utilizará el «cuadro de indicadores del mercado interior» sobre la transposición de las directivas del mercado interior en vez de los «informes periódicos». Cuando sea posible, ello estará basado en el procedimiento actual de notificación previa de la transposición de directivas a través de la oficina TAIEX. La Comisión asumirá su labor habitual de coordinación y garantía del cumplimiento de las normas del acervo y, cuando proceda, adoptará medidas jurídicas y administrativas. Los ciudadanos y los operadores económicos tendrán ahora una relación más directa con la Comisión; tendrán derecho a presentar denuncias cuando consideren que su administración nacional no se atiene al acervo y éstas se examinarán atentamente. Además, como se ha mencionado anteriormente, algunos procedimientos específicos, como las salvaguardias establecidas en el Tratado de Adhesión, seguirán siendo aplicables una vez producida ésta. El programa Phare y los programas de apoyo para Chipre y Malta dejarán de ser aplicables a los nuevos Estados miembros, del mismo modo que los otros dos programas comunitarios de asistencia previa a la adhesión, ISPA y Sapard, el 31 de diciembre de 2003, aunque su aplicación se prolongará más allá de la fecha de adhesión. No obstante, la aplicación de los programas Phare y los programas equivalentes para Chipre y Malta, decidida antes del 1 de enero de 2004, proseguirá a lo largo de los tres años sucesivos. La aplicación se llevará a cabo bajo la plena autoridad y responsabilidad del Fondo Nacional y de los organismos de aplicación de los nuevos Estados miembros. La Comisión renunciará al control previo de las licitaciones y las contrataciones tras haber verificado que las estructuras correspondientes en los países en vías de adhesión cumplen los criterios establecidos en el Reglamento relativo a la coordinación de la ayuda a los países candidatos [1]. El Tratado de Adhesión (artículo 33 del Acta) establece que los países en vías de adhesión tendrán que haber obtenido tal renuncia antes de la fecha de la adhesión; el incumplimiento de este plazo puede conllevar la suspensión o incluso la pérdida de fondos. [1] Reglamento (CE) n° 1266/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, relativo a la coordinación de la ayuda a los países candidatos en el marco de la estrategia de preadhesión y por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 3906/89 (DO L 161 de 26.6.1999, p. 68). A partir de la adhesión, las administraciones públicas de los nuevos Estados miembros dispondrán de asistencia específica adicional para mejorar la aplicación y el cumplimiento del acervo a través del mecanismo de transición. Se trata de un nuevo instrumento provisional que ofrece a los nuevos Estados miembros ayuda adicional para desarrollar y reforzar su capacidad administrativa de aplicación y ejecución de la normativa comunitaria en una serie de ámbitos básicos y para fomentar el intercambio de mejores prácticas entre homólogos. Para los tres primeros años tras la adhesión se dispone de un importe total de 426 millones de euros (precios de 2004). El mecanismo de transición no sólo se asemeja en su objetivo a las medidas de desarrollo institucional de Phare, sino también --en aras de la continuidad, simplicidad y eficiencia-- en sus normas de aplicación por parte de los nuevos Estados miembros, que se parecerán a las de Phare en la medida de lo posible. El Fondo de Cohesión ampliado y el Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) sucederán, respectivamente, a los programas ISPA y Sapard (y al componente de cohesión económica y social del programa Phare). Las actuaciones en curso en los ámbitos del transporte y el medio ambiente en virtud del primero y sobre desarrollo rural en el marco del segundo se subsumirán en esos programas, lo que garantizará la fluidez de la transición. Además, a partir del 1 de enero de 2004 los proyectos de los nuevos Estados miembros podrán recibir fondos estructurales comunitarios con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo Social Europeo. Con la entrada en vigor del Tratado de Ámsterdam en mayo de 1999, el acervo Schengen, incluidos los mecanismos de aplicación (en dos fases) previstos en el Acuerdo de Schengen, se ha integrado en el marco de la Unión Europea. No obstante, la adhesión a la UE no conllevará la suspensión inmediata de los controles en las fronteras interiores, que será objeto de una decisión independiente del Consejo. La decisión que confirmará la capacidad de cada uno de los nuevos Estados miembros de aplicar el acervo Schengen tendrá en consideración todas las condiciones y procedimientos aplicados a la cooperación Schengen, sobre bases idénticas a las aplicadas a los actuales Estados miembros. Se ha creado un mecanismo Schengen a fin de resolver las deficiencias detectadas en la preparación de la participación en Schengen. Su objetivo es reforzar la infraestructura y el equipo necesarios para la aplicación del acervo de Schengen, con especial énfasis en la mejora de los controles en las fronteras exteriores. Siete de los nuevos Estados miembros podrán acogerse a este mecanismo, cuya dotación asciende a 963 millones de euros (precios de 2004), en los tres primeros años a partir de la adhesión. Los diez países en vías de adhesión se integrarán plenamente y con rapidez en los procedimientos comunitarios existentes de control presupuestario y coordinación de políticas económicas, y estarán sujetos a las mismas normas que los actuales Estados miembros. En particular, ya se les tendrá en cuenta en la actualización de 2004 de las orientaciones generales de política económica para los años 2004 y 2005. Se formularán recomendaciones específicas para cada uno de ellos y se les incluirá por vez primera en el Informe sobre la aplicación de las orientaciones generales de política económica de enero de 2005. Por lo que respecta a la supervisión presupuestaria, en 2004 deberían respetarse los plazos de presentación (1 de marzo y 1 de septiembre) de las notificaciones fiscales. A partir de la adhesión, la Comisión podrá emprender cuando proceda un procedimiento de déficit excesivo. Los nuevos Estados miembros han de presentar antes del 15 de mayo de 2004 sus primeros programas de convergencia, que pueden consistir en una actualización de los programas económicos de preadhesión. Con arreglo a lo dispuesto en el Código de conducta, los nuevos programas de convergencia deberán presentarse entre mediados de octubre y el 1 de diciembre de 2004. Por lo que respecta al tipo de cambio, que constituye un aspecto importante del marco de coordinación de las políticas comunitarias, a partir de la adhesión los nuevos Estados miembros deberán considerar su política cambiaria una cuestión de interés común, como exige el Tratado CE. Tras la adhesión, esos países podrán sumarse al mecanismo de tipo de cambio ERM-II previa petición y a reserva de un acuerdo sobre la paridad central y la banda de fluctuación. Sin embargo, los regímenes del tipo de cambio no se deberán considerar aisladamente y la participación en ese mecanismo deberá propiciar la convergencia real y nominal. Aunque el ERM-II prevé cierto grado de flexibilidad, permanecer fuera de ese mecanismo durante algún tiempo puede resultar útil en presencia de flujos de capital de gran amplitud y volatilidad, desequilibrios fiscales pronunciados o riesgos de choques económicos intensos. Tras la adhesión, los países adherentes participarán en la unión económica y monetaria «acogidos a una excepción», en el sentido de que todavía no satisfacen los criterios de adopción de la moneda única. Todos ellos han presentado estrategias destinadas a lograr el objetivo final de sumarse a la zona del euro. Estos programas varían en función del país, ya que reflejan las distintas condiciones económicas iniciales y los diversos regímenes de tipo de cambio. Aunque el Tratado CE no especifica un calendario, exige a los Estados miembros que impulsen políticas encaminadas a lograr un elevado nivel de convergencia sostenible. Los progresos realizados se examinarán al menos cada dos años o a petición de cualquiera de los Estados miembros acogidos a una excepción. Está previsto presentar tal evaluación por vez primera en un «informe de convergencia» a finales de 2004. E. CONCLUSIONES La Comisión ha supervisado constantemente, a lo largo de varios años, los progresos realizados por los países en vías de adhesión para satisfacer los requisitos de pertenencia a la UE. Las conclusiones de esta minuciosa labor se han sintetizado públicamente por última vez en los informes periódicos y el documento de estrategia de 2002. En febrero y mayo de 2003 se presentaron al Consejo dos ejercicios de supervisión en el contexto del seguimiento de las negociaciones. La Comisión concluye este proceso con una serie de informes de seguimiento exhaustivo para cada uno de los países en vías de adhesión, en los que examina sobre todo su capacidad de cumplir la obligación de aplicar íntegramente el acervo desde el primer día de adhesión. Estos informes confirman que, a lo largo del último año, los países en vías de adhesión han hecho especiales esfuerzos para completar los prolongados preparativos para la adhesión, demostrando su compromiso de aplicar el acervo a partir del 1 de mayo de 2004. Han alcanzado un nivel de armonización muy elevado y, en general, merecen reconocimiento por los logros obtenidos. En este contexto, la labor de seguimiento ha resultado ser una herramienta eficaz y ha contribuido a la aceleración de los preparativos. En esta extensa labor, la Comisión no se ha enfrentado a ninguna sorpresa de consideración ni descubrimiento de última hora. Se han confirmado los análisis previos y documentado los avances globales realizados desde la publicación de los últimos informes periódicos en octubre de 2002. A la luz de los resultados detallados descritos en el presente informe, cabe concluir que, en conjunto, los países adherentes estarán seguramente listos para la adhesión en la gran mayoría de ámbitos, aunque en algunos casos aún sean necesarios pequeños ajustes. Al mismo tiempo, quedan pendientes una serie de cuestiones que requieren mayores esfuerzos en el período que resta hasta la adhesión. Un pequeño número de cuestiones suscitan gran preocupación. Tras este informe, la Comisión alertará individualmente a cada uno de los países en vías de adhesión sobre los aspectos preocupantes detectados enviándoles cartas de advertencia y organizando las consultas adecuadas. Si no adoptan medidas decididas con carácter inmediato, es muy probable que los países en cuestión no puedan satisfacer las obligaciones asociadas a la pertenencia a la UE en esos ámbitos específicos, de modo que sus ciudadanos y agentes económicos no disfrutarán de todos los beneficios que conlleva la adhesión. Estas deficiencias específicas, que afectan a todos los países en vías de adhesión, se refieren a entre uno y cuatro capítulos del acervo en función de los países. Todos los esfuerzos han de centrarse ahora en resolver las cuestiones pendientes en la transposición y aplicación del acervo, para garantizar que todas las lagunas que aún subsisten se hayan subsanado en el momento de la adhesión. Se trata de un objetivo factible. La Comisión está dispuesta a apoyar cuando proceda a las administraciones de los países en vías de adhesión proporcionándoles asistencia específica que pueda movilizarse con rapidez. La Comisión seguirá supervisando con los países en vías de adhesión las cuestiones pendientes durante los meses que faltan para la adhesión. Cuando se determine que no se están completando las tareas pendientes necesarias antes de la adhesión, la Comisión no dudará en adoptar las medidas adecuadas para resolver tal situación, si es preciso antes de la incorporación a la Unión. La preparación de los países en vías de adhesión ha alcanzado una fase avanzada. La Comisión confía en que la ampliación de la Unión tendrá lugar el 1 de mayo de 2004 en condiciones adecuadas. No obstante, en cumplimiento de su papel de guardiana del Tratado en beneficio de todos los Estados miembros de la UE, no dudará en utilizar todos los medios a su alcance para garantizar la correcta aplicación de las normas y políticas de la Unión. ANEXOS ANEXO: CONCLUSIONES DE LOS INFORMES DE SEGUIMIENTO EXHAUSTIVO SOBRE LA REPÚBLICA CHECA, ESTONIA, CHIPRE, LETONIA, LITUANIA, HUNGRÍA, MALTA, POLONIA, ESLOVENIA Y ESLOVAQUIA República Checa La República Checa ha mantenido en general la estabilidad macroeconómica. Sin embargo, la situación de las finanzas públicas se ha deteriorado. El país ha proseguido su proceso de reforma, aunque con algunas vacilaciones. Por lo que respecta a los ámbitos en los que el informe del año pasado sugería mejoras, se han realizado avances, aunque persisten algunos aspectos problemáticos. El constante deterioro del déficit público general ha impelido al Gobierno a adoptar iniciativas encaminadas a consolidar las finanzas públicas y a presentar una serie de medidas dirigidas a reducir el déficit hasta el 4 % en 2006. Es necesaria una reforma más amplia y profunda de las prestaciones sociales, el régimen de pensiones y la asistencia sanitaria. La Agencia Checa de Consolidación ha retomado la venta de activos sin valor a inversores privados, un proceso que debería acelerarse para liberar a la economía de los recursos asignados de manera ineficiente. Por lo que se refiere a la capacidad administrativa y judicial general, se dan las condiciones suficientes para la aplicación del acervo por parte de la judicatura y la administración pública checas, pero queda todavía margen para realizar mejoras adicionales. En cuanto a la administración pública, se deberían asignar recursos suficientes a la aplicación de la Ley sobre la función pública, que entrará en vigor el 1 de enero de 2005. Por lo que respecta al sistema judicial, un ámbito básico en el que se pueden realizar avances es la reducción de la duración de los procedimientos judiciales. La lucha contra la corrupción debe seguir recibiendo alta prioridad, en particular es preciso reforzar el enjuiciamiento efectivo de los casos de corrupción. En lo que concierne a la aplicación del acervo en ámbitos políticos específicos, las conclusiones del presente informe se exponen a continuación. En primer lugar, conviene señalar que la República Checa ha alcanzado un elevado nivel de armonización con el acervo en la mayoría de los ámbitos. Se espera que en el momento de la adhesión la República Checa esté en condiciones de aplicar adecuadamente el acervo en los ámbitos siguientes: medidas horizontales y de procedimiento, legislación basada en el nuevo enfoque y ámbito no armonizado por lo que respecta al capítulo relativo a la libre circulación de mercancías; derechos de los ciudadanos, libre circulación de trabajadores y coordinación de los regímenes de seguridad social en cuanto a la libre circulación de personas; sector bancario, servicios de inversión, mercados de valores y protección de los datos personales en el ámbito de la libertad de prestación de servicios; sistemas de pago y movimientos de capital y pagos en relación con la libre circulación de capital; Derecho de sociedades y contabilidad, y normas antimonopolio en el ámbito de la política de competencia. En cuanto a la agricultura, se espera que en el momento de adhesión la República Checa esté en condiciones de aplicar el acervo en diversos ámbitos horizontales, en la mayoría de las organizaciones comunes de mercado, por lo que respecta al control de las enfermedades de los animales en el ámbito veterinario, en materia de desarrollo rural y en el ámbito de la pesca. Asimismo, se espera que, en el momento de la adhesión, la República Checa esté en condiciones de aplicar el acervo relativo a: la mayoría de los ámbitos del sector del transporte; la imposición; la unión económica y monetaria; la estadística; las reglamentaciones sociales, la igualdad de trato para hombres y mujeres, el diálogo social, la sanidad pública, la política de empleo, la inclusión social y la protección social en el ámbito de la política social y el empleo; el sector de la energía; la política industrial; las pequeñas y medianas empresas; la investigación y la ciencia; la educación y la formación; el sector de los servicios postales en el ámbito de las telecomunicaciones y las tecnologías de la información; la cultura por lo que respecta a la cultura y la política audiovisual; la organización territorial y la programación en el ámbito de la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; la legislación horizontal, la calidad del aire, la gestión de los residuos, la contaminación industrial y la gestión del riesgo, la calidad del agua, los productos químicos, los organismos modificados genéticamente, el ruido, la seguridad nuclear y la protección contra las radiaciones en el ámbito de la política ambiental; las medidas relacionadas con la seguridad y de otra índole, así como las organizaciones de consumidores, en cuanto a la protección de la salud y los consumidores; casi todos los aspectos en materia de justicia y asuntos de interior; la unión aduanera; la política comercial común, la ayuda humanitaria y la política de desarrollo por lo que respecta al acervo sobre relaciones exteriores; la política exterior y de seguridad común; la auditoría externa y la protección de los intereses financieros comunitarios en el ámbito del control financiero, y las disposiciones financieras y presupuestarias. En segundo lugar, en determinados ámbitos la República Checa cumple en parte los compromisos y requisitos y debe hacer mayores esfuerzos para completar sus preparativos para la adhesión. Ello incluye, en el ámbito de la libre circulación de mercancías, la legislación sectorial basada en el antiguo enfoque y la contratación pública; en el ámbito de la libre circulación de servicios, el sector de los seguros, los servicios de la sociedad de la información, el derecho de establecimiento y la libre prestación de servicios no financieros; en el ámbito de la libre circulación de capital, la lucha contra el blanqueo de dinero; en el ámbito del Derecho de sociedades, la protección de los derechos de propiedad intelectual e industrial; así como las normas sobre ayudas estatales en materia de política de competencia. En el ámbito de la agricultura, se refiere al organismo liquidador, el sistema integrado de administración y control, los dispositivos comerciales, las organizaciones comunes de mercado para la carne de vacuno, el azúcar, el vino y el alcohol, así como a casi todas las cuestiones veterinarias y fitosanitarias. Comprende también los siguientes campos: la salud y la seguridad, el Fondo Social Europeo y la lucha contra la discriminación en el ámbito de la política social y el empleo; el sector de las telecomunicaciones; la política audiovisual por lo que respecta a la cultura y la política audiovisual; las estructuras institucionales, el marco legislativo y la gestión y el control financieros en el ámbito de la política regional y la coordinación de instrumentos estructurales; la protección de la naturaleza en el ámbito de la política ambiental; la supervisión del mercado en el ámbito de la protección de la salud y los consumidores; la lucha contra el fraude, la corrupción y el blanqueo de dinero, así como las cuestiones relativas al asilo en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior; los acuerdos bilaterales con terceros países por lo que respecta a las relaciones exteriores; el control financiero interno público y el control del gasto en medidas estructurales en el ámbito del control financiero. En tercer lugar, para que pueda estar lista en el momento de la adhesión, la República Checa debe tomar inmediatamente medidas decididas para abordar tres cuestiones que suscitan grave preocupación en los tres capítulos del acervo mencionados a continuación. En materia de libre circulación de personas, se han de intensificar los preparativos de la República Checa para el reconocimiento mutuo de las calificaciones de determinadas profesiones, en particular en el sector de la asistencia sanitaria. En el ámbito de la agricultura, es preciso impulsar la modernización de las instalaciones agroalimentarias a fin de satisfacer los requisitos de salud pública. Por último, en el ámbito del transporte viario, la aplicación del acervo técnico y social debe reforzarse considerablemente. Estonia En un contexto caracterizado por la debilidad de la demanda externa, el marco macroeconómico nacional ha mantenido su solidez, a pesar del notable aumento del déficit por cuenta corriente. Las autoridades han proseguido su senda de reforma, especialmente en el ámbito de la reforma de las pensiones y la supervisión financiera. Por lo que respecta a los ámbitos en que el informe del año pasado sugería mejoras, se han realizado avances, aunque persisten algunos aspectos problemáticos. La política fiscal expansiva impulsada sobre todo durante 2002 y 2003 por la administración central y las administraciones locales pone en peligro la estabilidad macroeconómica, en particular a la luz del aumento del déficit por cuenta corriente. Se están impulsando políticas activas del mercado de trabajo para atajar el problema del desempleo y hasta la fecha los progresos son satisfactorios. También avanza la reestructuración del sector de los esquistos bituminosos, pero no se ha profundizado la liberalización del mercado de energía. Por lo que se refiere a la capacidad administrativa y judicial general, se dan las condiciones suficientes para la aplicación del acervo por parte de la judicatura y la administración pública estonias, pero queda todavía margen para mejoras adicionales. En cuanto a la administración pública, deberían corregirse las deficiencias relativas a las condiciones de servicio y las estructuras de evolución profesional y convendría mejorar la coordinación entre los distintos organismos de la función pública. Aún deben realizarse diversas reformas en el sistema judicial, derivadas en parte del nuevo Código de procedimiento penal, que debería entrar en vigor en julio de 2004. Estonia debe seguir mejorando la eficacia de sus medidas de lucha contra la corrupción. En lo que concierne a la aplicación del acervo en ámbitos políticos específicos, las conclusiones del presente informe se exponen a continuación. En primer lugar, conviene señalar que Estonia ha alcanzado un elevado nivel de armonización con el acervo en la mayoría de los ámbitos. Se espera que, en el momento de la adhesión, Estonia esté en condiciones de aplicar adecuadamente el acervo en los ámbitos siguientes: medidas horizontales, medidas de procedimiento y legislación basada en el nuevo enfoque en el capítulo relativo a la libre circulación de mercancías; derechos de los ciudadanos, libre circulación de trabajadores y coordinación de los regímenes de seguridad social en cuanto a la libre circulación de personas; sector bancario y seguros en el ámbito de la libertad de prestación de servicios; sistemas de pago y movimientos de capital y pagos en relación con la libre circulación de capitales; Derecho de sociedades y contabilidad, y política de competencia. En el ámbito de la agricultura, se espera que en el momento de adhesión Estonia esté en condiciones de aplicar el acervo en diversos ámbitos horizontales, en la mayoría de las organizaciones comunes de mercado, en materia de desarrollo rural y en el campo veterinario en ámbitos tales como el control de las enfermedades de los animales, la zootecnia y el bienestar animal. Por último, por lo que respecta a la pesca, en los ámbitos de las ayudas estatales y los acuerdos internacionales. Asimismo, se espera que, en el momento de la adhesión, Estonia esté en condiciones de aplicar el acervo relativo a: la mayoría del sector del transporte; la mayoría de los ámbitos relativos a la imposición; la unión económica y monetaria; la estadística; la salud y la seguridad, el diálogo social, la política de empleo, la inclusión social y la protección social en el ámbito de la política social y el empleo; el sector de la energía; la política industrial; las pequeñas y medianas empresas; la investigación y la ciencia; la educación y la formación; la cultura y la política audiovisual; la programación para la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; la legislación horizontal, la gestión de los riesgos industriales, la calidad del agua, los productos químicos, los organismos modificados genéticamente y el ruido en el capítulo ambiental; las medidas relacionadas con la seguridad y las organizaciones de consumidores en cuanto a la protección de la salud y los consumidores; casi todos los aspectos en materia de justicia y asuntos de interior; la unión aduanera; la política comercial común y la ayuda humanitaria y la política de desarrollo por lo que respecta al acervo sobre relaciones exteriores; la política exterior y de seguridad común; la mayoría de los aspectos de control financiero y el ámbito de las disposiciones financieras y presupuestarias. En segundo lugar, en determinados ámbitos Estonia cumple en parte los compromisos y requisitos y debe hacer mayores esfuerzos para completar sus preparativos para la adhesión. Ello incluye la legislación sectorial basada en el antiguo enfoque relativa a la libre circulación de mercancías, así como la contratación pública y el ámbito no armonizado; en el ámbito de la libre circulación de servicios, los servicios de inversión y los mercados de valores, la protección de los datos personales, los servicios de la sociedad de la información y el derecho de establecimiento y la libre prestación de servicios no financieros; en el ámbito de la libre circulación de capital, la intensificación de sus esfuerzos en la lucha contra el blanqueo de dinero; en el ámbito del Derecho de sociedades, la protección de los derechos de propiedad intelectual e industrial. En el ámbito de la agricultura, se refiere al organismo liquidador, el sistema integrado de administración y control, los dispositivos comerciales, la organización común de mercado para la leche, las encefalopatías espongiformes transmisibles y los subproductos de animales, el sistema de control veterinario, el comercio de animales vivos y productos de animales, la salud pública en las instalaciones agroalimentarias, las medidas comunes, cuestiones fitosanitarias y relacionadas con la nutrición animal, así como la mayoría de los ámbitos de la política de pesca. Comprende también los siguientes campos: el transporte aéreo y marítimo; la imposición directa; la salud pública; el Fondo Social Europeo y la lucha contra la discriminación en el ámbito de la política social y el empleo; las telecomunicaciones y las tecnologías de la información, incluido el sector de los servicios postales; el marco legislativo, las estructuras institucionales y la gestión y el control financieros correspondientes a la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; en cuanto a la política ambiental, la armonización y aplicación de la legislación relativa a la calidad del aire, la gestión de los residuos, la contaminación industrial, la protección de la naturaleza, la seguridad nuclear y la protección contra las radicaciones; la supervisión del mercado y las medidas no relacionadas con la seguridad en el ámbito de la protección de la salud y los consumidores; la protección de los datos y la lucha contra el fraude, la corrupción y el blanqueo de dinero en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior; los acuerdos bilaterales con terceros países por lo que respecta a las relaciones exteriores, y la protección de los intereses financieros de la CE en el ámbito del control financiero. En tercer lugar, para que pueda estar lista en el momento de la adhesión, Estonia debe tomar inmediatamente medidas decididas para abordar tres cuestiones que suscitan grave preocupación en los dos capítulos del acervo mencionados a continuación. En cuanto a la libre circulación de personas, se han de intensificar los preparativos de Estonia para el reconocimiento mutuo de las calificaciones de determinadas profesiones en el sector de la asistencia sanitaria. En el ámbito de la política social y el empleo, es preciso prestar especial atención a las reglamentaciones sociales y a la igualdad de trato de hombres y mujeres. Chipre La economía chipriota ha experimentado una ralentización en 2002 --sin perder no obstante su solidez-- al tiempo que han empeorado la inflación, la balanza de pagos por cuenta corriente y el déficit público. La reforma estructural ha avanzado lentamente, pero persisten algunas cuestiones a largo plazo. Por lo que respecta a los ámbitos en que el informe del año pasado sugería mejoras, se han realizado avances, aunque persisten algunos aspectos problemáticos. La liberalización de las telecomunicaciones, la energía, el transporte aéreo y los servicios postales prevista para 2003 ha finalizado en algunos sectores, pero sigue pendiente en otros. La labor de consolidación fiscal se ha apartado mucho de los objetivos y el déficit por cuenta corriente ha aumentado. Aunque se han logrado avances en materia de supervisión financiera, se necesitan todavía mejoras adicionales. Por lo que se refiere a la capacidad administrativa y judicial general, se dan las condiciones suficientes para la aplicación del acervo por parte de la judicatura y la administración pública chipriotas, pero queda aún margen para mejoras adicionales. En cuanto a la administración pública, es preciso aumentar la imparcialidad del funcionariado público y corregir las deficiencias de formación y dotación de personal que afectan a varios organismos responsables de la aplicación del acervo. En el ámbito del sistema judicial, se debería reducir la duración de los procedimientos judiciales para garantizar el cumplimiento adecuado del acervo. Chipre debe proseguir la lucha contra la corrupción sobre la base de una política anticorrupción de gran alcance, que incluya la normativa sobre la financiación de los partidos políticos. En lo que concierne a la aplicación del acervo en ámbitos políticos específicos, las conclusiones del presente informe se exponen a continuación. En primer lugar, conviene señalar que Chipre ha alcanzado un elevado nivel de armonización con el acervo en la mayoría de los ámbitos. Se espera que, en el momento de la adhesión, Chipre esté en condiciones de aplicar adecuadamente el acervo en los ámbitos siguientes: medidas horizontales y de procedimiento, legislación basada en el nuevo enfoque, contratación pública y el ámbito no armonizado en el capítulo relativo a la libre circulación de mercancías; reconocimiento mutuo de las cualificaciones profesionales, derechos de los ciudadanos, libre circulación de trabajadores y coordinación de los regímenes de seguridad social en cuanto a la libre circulación de personas; el sector bancario y de los seguros, la protección de los datos personales, el derecho de establecimiento y la libertad de proporcionar servicios no financieros en el ámbito de la libertad de prestación de servicios; la libre circulación de capitales, incluido el blanqueo de dinero; el Derecho de sociedades y la contabilidad, y la política de competencia. En el ámbito de la agricultura, se espera que en el momento de adhesión Chipre esté en condiciones de aplicar el acervo en diversos ámbitos horizontales, incluido el sistema integrado de administración y control, en las organizaciones comunes de mercado, en materia de desarrollo rural y en el campo veterinario en ámbitos tales como el control de las enfermedades de los animales, el comercio de animales vivos y productos de animales, el bienestar animal y la zootecnia. Por último, por lo que respecta a la pesca, en los ámbitos de las acciones estructurales, la política de mercado, las ayudas estatales y los acuerdos internacionales. Asimismo, se espera que, en el momento de la adhesión, Chipre esté en condiciones de aplicar el acervo relativo a: las redes de transporte transeuropeas en el ámbito de la política de transporte; la imposición; la unión económica y monetaria; la estadística; las reglamentaciones sociales, la igualdad de trato de hombres y mujeres, la salud y la seguridad en el trabajo, el diálogo social, la política de empleo, la inclusión social y la protección social en el ámbito de la política social y el empleo; la eficiencia energética y las energías renovables, la energía y la seguridad nuclear en el sector de la energía; la política industrial; las pequeñas y medianas empresas; la investigación y la ciencia; la educación y la formación; la cultura por lo que respecta a la cultura y la política audiovisual; el marco legislativo, la programación y la gestión y el control financieros correspondientes a la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; la legislación horizontal, la calidad del aire, la gestión de los residuos, la contaminación y la gestión de los riesgos industriales, la calidad del agua, los productos químicos, el ruido, la seguridad nuclear y la protección contra las radiaciones en el capítulo ambiental; las medidas relacionadas con la seguridad y las organizaciones de consumidores en cuanto a la protección de la salud y los consumidores; la mayoría de los aspectos de justicia y asuntos de interior; la unión aduanera; la política comercial común, la ayuda humanitaria y la política de desarrollo por lo que respecta al acervo sobre relaciones exteriores; la política exterior y de seguridad común; la auditoría externa, el control de los gastos en medidas estructurales y la protección de los intereses financieros de la UE en el ámbito de control financiero, y las disposiciones financieras y presupuestarias. En segundo lugar, en determinados ámbitos Chipre cumple en parte los compromisos y requisitos y debe hacer mayores esfuerzos para completar sus preparativos para la adhesión. Ello incluye la legislación sectorial basada en el antiguo enfoque relacionada con la libre circulación de mercancías; en el ámbito de la libre circulación de servicios, los servicios de inversión, los mercados de valores y los servicios de la sociedad de la información y, en el ámbito del Derecho de sociedades, la protección de los derechos de la propiedad intelectual e industrial. En el ámbito de la agricultura, concierne a la red de información contable agrícola, el sistema de control veterinario, las encefalopatías espongiformes transmisibles y los subproductos de animales, la salud pública en las instalaciones agroalimentarias, las medidas comunes, la nutrición animal y algunos aspectos de la legislación fitosanitaria. Asimismo, por lo que respecta a la política de pesca, comprende la gestión de la flota y los recursos y los procedimientos de inspección y control. Comprende también los siguientes campos: el transporte viario y aéreo en el ámbito de la política de transporte; la salud pública, el Fondo Social Europeo y la lucha contra la discriminación en el ámbito de la política social y el empleo; la seguridad del abastecimiento, la competitividad y el mercado interior de la energía en el ámbito de la energía; las telecomunicaciones y las tecnologías de la información, incluidos los servicios postales; la política audiovisual por lo que respecta a la cultura y la política audiovisual; las estructuras institucionales en el ámbito de la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; la protección de la naturaleza y los organismos modificados genéticamente en el ámbito de la política ambiental; la supervisión del mercado y las medidas no relacionadas con la seguridad en el ámbito de la protección de la salud y los consumidores; las políticas de visado y asilo en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior; los acuerdos bilaterales con terceros países por lo que respecta a las relaciones exteriores, y el control financiero interno público en el ámbito del control financiero. En tercer lugar, para que pueda estar listo en el momento de la adhesión, Chipre debe tomar inmediatamente medidas decididas para abordar tres cuestiones que suscitan grave preocupación en los dos capítulos del acervo mencionados a continuación. Se trata del ámbito de la agricultura, en particular los preparativos de Chipre por lo que respecta al establecimiento de su organismo liquidador y la aplicación de los mecanismos de comercio exterior. El otro ámbito es la política de transportes, sobre todo la seguridad marítima. Letonia La actividad económica ha mantenido su solidez a pesar de la debilidad del entorno exterior. Se ha proseguido la senda de reforma económica. Por lo que respecta a los ámbitos en que el informe del año pasado sugería mejoras, se han realizado avances, aunque persisten algunos aspectos problemáticos. Se ha registrado una evolución positiva en cuanto a políticas activas del mercado de trabajo, pero persisten algunas rigideces estructurales. En 2002 la política fiscal entró en una fase más expansiva. En conjunto, se han establecido condiciones adecuadas para atraer inversión extranjera, pero el entorno para la creación de nuevas empresas sigue siendo un tanto problemático. Se han realizado avances en la mejora de la capacidad administrativa y judicial por lo que respecta a la comunidad empresarial. Por lo que se refiere a la capacidad administrativa y judicial general, se dan las condiciones suficientes para la aplicación del acervo por parte de la judicatura y la administración pública letonas, pero queda todavía margen para mejoras adicionales. En cuanto a la administración pública, es importante armonizar la estructura de gestión de la función pública sobre la base de normas y prácticas transparentes en materia de personal, y reforzar la rendición de cuentas de los organismos públicos. Es preciso prestar especial atención a la reforma de la judicatura --en particular a la finalización del marco legislativo, sobre todo la adopción perentoria de la Ley de enjuiciamiento penal y de la nueva Ley del poder judicial-- así como a la aplicación de la legislación sobre la administración de los tribunales. La lucha contra la corrupción debe seguir recibiendo gran prioridad. En particular, es necesario proseguir la labor de elaboración del fundamento legislativo y consolidación la nueva Oficina Anticorrupción. En lo que concierne a la aplicación del acervo en ámbitos políticos específicos, las conclusiones del presente informe se exponen a continuación. En primer lugar, conviene señalar que Letonia ha alcanzado un elevado nivel de armonización con el acervo en la mayoría de los ámbitos. Se espera que, en el momento de la adhesión, Letonia esté en condiciones de aplicar adecuadamente el acervo en los ámbitos siguientes: medidas horizontales y de procedimiento y legislación basada en el nuevo enfoque en el capítulo relativo a la libre circulación de mercancías; derechos de los ciudadanos, libre circulación de trabajadores y coordinación de los regímenes de seguridad social en cuanto a la libre circulación de personas; el sector bancario en el ámbito de la libertad de prestación de servicios; los sistemas de pago y la lucha contra el blanqueo de dinero por lo que respecta a la libre circulación de capital; Derecho de sociedades y contabilidad, y las normas sobre ayudas estatales en materia de política de competencia. En el ámbito de la agricultura, se espera que en el momento de adhesión Letonia esté en condiciones de aplicar el acervo en algunos ámbitos horizontales, en la mayoría de las organizaciones comunes de mercado, en materia de desarrollo rural y en el campo veterinario en ámbitos tales como la zootecnia y la nutrición animal. Por último, por lo que respecta a la pesca, en los ámbitos de las acciones estructurales, las ayudas estatales y los acuerdos internacionales. Asimismo, se espera que, en el momento de la adhesión, Letonia esté en condiciones de aplicar el acervo relativo a: la mayoría de los ámbitos del sector del transporte; los impuestos sobre consumos específicos y la imposición directa; la unión económica y monetaria; la estadística; la mayoría de los ámbitos de la política social y el empleo; la mayoría de los ámbitos del sector de la energía; la política industrial; las pequeñas y medianas empresas; la investigación y la ciencia; la educación y la formación; la cultura y la política audiovisual; la programación en relación con la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; el capítulo ambiental; las medidas relacionadas con la seguridad y las organizaciones de consumidores en cuanto a la protección de la salud y los consumidores; la mayoría de los aspectos de justicia y asuntos de interior; la legislación aduanera; la política comercial común, la ayuda humanitaria y la política de desarrollo por lo que respecta al acervo sobre relaciones exteriores; la política exterior y de seguridad común; el control financiero interno público, y las disposiciones financieras y presupuestarias. En segundo lugar, en determinados ámbitos Letonia cumple en parte los compromisos y requisitos y debe hacer mayores esfuerzos para completar sus preparativos para la adhesión. Ello incluye la legislación sectorial basada en el antiguo enfoque relativa a la libre circulación de mercancías, así como la contratación pública y el ámbito no armonizado; en el ámbito de la libre circulación de servicios, los seguros, servicios de inversión y mercados de valores, la protección de los datos personales, los servicios de la sociedad de la información, el derecho de establecimiento y la libertad de proporcionar servicios no financieros; en el ámbito de la libre circulación de capital, las restricciones pendientes relativas a los pagos y los movimientos de capital; en el ámbito del Derecho de sociedades, la protección de los derechos de la propiedad intelectual e industrial, y las normas antimonopolio por lo que respecta a la política de competencia. En el ámbito de la agricultura, concierne al organismo liquidador, el sistema integrado de administración y control y los mecanismos comerciales, las organizaciones comunes de mercado de la leche, el azúcar y la carne de vacuno, el sistema de control veterinario, la salud pública en las instalaciones agroalimentarias, el comercio de animales vivos y productos de animales, el control de las enfermedades de los animales, las medidas comunes, en particular en materia de residuos, el bienestar animal y los aspectos fitosanitarios. Por lo que respecta al ámbito de la pesca, comprende la gestión de la flota y los recursos, la inspección y el control y la política de mercado. Comprende también los siguientes campos: el transporte aéreo; el IVA, incluida la capacidad administrativa, por lo que respecta a la imposición; la salud pública, el Fondo Social Europeo y la lucha contra la discriminación en el ámbito de la política social y el empleo; la competitividad y el mercado interior de la energía; las telecomunicaciones y las tecnologías de la información, incluido el sector de los servicios postales; el marco legislativo, la gestión y el control financieros y las estructuras institucionales por lo que respecta a la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; la supervisión del mercado y las medidas no relacionadas con la seguridad en el ámbito de la protección de la salud y los consumidores; la protección de datos, las cuestiones de migración y asilo, la lucha contra el fraude, la corrupción y las drogas en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior; los acuerdos bilaterales con terceros países por lo que respecta a las relaciones exteriores; la auditoría externa, el control de los gastos en acciones estructurales y la protección de los intereses financieros de la CE en el ámbito del control financiero. En tercer lugar, para estar lista en el momento de la adhesión, Letonia debe tomar inmediatamente medidas decididas para abordar cinco cuestiones que suscitan grave preocupación en los cuatro capítulos del acervo mencionados a continuación. Se trata del ámbito de la libre circulación de personas, por lo que respecta a los preparativos de Letonia en relación con el sistema general de reconocimiento mutuo de las calificaciones y la formación en determinadas profesiones, en particular en el sector de la asistencia sanitaria. En el ámbito de la agricultura, se refiere a las encefalopatías espongiformes transmisibles y los subproductos de animales. En lo tocante a la imposición, se trata de la cooperación administrativa y la asistencia mutua en materia de IVA, en particular el sistema de interconectividad. Por último, se trata de la capacidad administrativa y operacional en el ámbito de la unión aduanera, en lo tocante a determinados sistemas informáticos. Lituania A pesar del débil crecimiento registrado en la UE, durante 2002 los resultados macroeconómicos de Lituania continuaron siendo especialmente sólidos. Las autoridades han proseguido activamente su proceso de reforma, aunque todavía es necesario avanzar en algunos ámbitos, en particular por lo que respecta a la reforma de las pensiones y la estructura fiscal. En cuanto a los ámbitos en que el informe del año pasado sugería mejoras, se han realizado avances, si bien persisten algunos aspectos problemáticos. El objetivo de la política fiscal del Gobierno sigue siendo proseguir la consolidación, pero diversos factores podrían poner en peligro su consecución, por lo que procede formular una estrategia fiscal global que tenga en cuenta todas las obligaciones financieras pendientes de la administración central y de las administraciones locales. Se están desarrollando políticas activas del mercado de trabajo para solventar el problema del desempleo elevado y persistente; su aplicación reviste una importancia esencial. Aunque la adopción de legislación por parte del Parlamento ha impulsado la reforma de las pensiones, los planes actuales no resuelven el déficit de la seguridad social que se está perfilando. Se han logrado progresos notables en la mejora de la capacidad administrativa y judicial, especialmente en relación con el marco jurídico correspondiente a las quiebras, la reestructuración de las empresas y el acceso al mercado, pero las autoridades deben completar su programa de reforma sin dilación. Por lo que se refiere a la capacidad administrativa y judicial general, se dan las condiciones suficientes para la aplicación del acervo por parte de la judicatura y la administración pública lituanas, pero queda todavía margen para mejoras adicionales. En cuanto a la administración pública, varios ámbitos deben recibir especial atención. Se trata, por ejemplo, de la contratación y retención en plantilla de profesionales cualificados y funcionarios locales y de menor rango para la aplicación del acervo, en particular la gestión de los Fondos Estructurales. También se necesita personal, formación y equipo adicionales para complementar las recientes reformas de la judicatura y el sistema legal, cuya conclusión está ahora próxima. La lucha contra la corrupción debe seguir recibiendo gran prioridad. La consolidación del marco jurídico y la estructura institucional debe ir de la mano de la continuación de los esfuerzos destinados a luchar contra la corrupción de manera sistemática y efectiva y garantizar una prevención adecuada. Por lo que se refiere a la traducción del acervo al lituano, el número de textos revisados elaborados por Lituania debe aumentar considerablemente en el período que resta hasta la adhesión. En lo que concierne a la aplicación del acervo en ámbitos políticos específicos, las conclusiones del presente informe se exponen a continuación. En primer lugar, conviene señalar que Lituania ha alcanzado un elevado nivel de armonización con el acervo en la mayoría de los ámbitos. Se espera que, en el momento de la adhesión, Lituania esté en condiciones de aplicar adecuadamente el acervo en los ámbitos siguientes: medidas horizontales y de procedimiento, legislación sectorial basada en el nuevo enfoque, contratación pública y ámbito no armonizado en el capítulo relativo a la libre circulación de mercancías; derechos de los ciudadanos, libre circulación de trabajadores y coordinación de los regímenes de seguridad social en cuanto a la libre circulación de personas; sector bancario, derecho de establecimiento, libertad de proporcionar servicios no financieros, protección de los datos personales y servicios de la sociedad de la información en el ámbito de la libertad de prestación de servicios; movimientos de capital y pagos por lo que respecta a la libre circulación de capitales; Derecho de sociedades y contabilidad, y política de competencia. En el ámbito de la agricultura, se espera que en el momento de adhesión Lituania esté en condiciones de aplicar el acervo en algunos ámbitos horizontales. Se espera también que pueda aplicar el acervo por lo que respecta a la mayoría de las organizaciones comunes de mercado, en materia de desarrollo rural y en el campo veterinario en ámbitos tales como las medidas de control de las enfermedades de los animales, el comercio de animales vivos y productos de animales, la zootecnia y la nutrición animal. Por último, por lo que respecta a la pesca, en los ámbitos de las ayudas estatales y los acuerdos internacionales. Asimismo, se espera que, en el momento de la adhesión, Lituania esté en condiciones de aplicar el acervo relativo a: el sector del transporte; la mayoría de los ámbitos de la imposición; la unión económica y monetaria; la estadística; las reglamentaciones sociales, la igualdad de trato de hombres y mujeres, la salud y la seguridad en el trabajo, el diálogo social, la política de empleo, la inclusión social y la protección social en el ámbito de la política social y el empleo; el sector de la energía; la política industrial; las pequeñas y medianas empresas; la investigación y la ciencia; la educación y la formación; la cultura y la política audiovisual; el marco legislativo y la programación en el ámbito de la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; el capítulo ambiental; las medidas relacionadas con la seguridad y las organizaciones de consumidores en cuanto a la protección de la salud y los consumidores; numerosos aspectos de justicia y asuntos de interior; la legislación aduanera en el ámbito de la unión aduanera; la política comercial común, la ayuda humanitaria y la política de desarrollo por lo que respecta al acervo sobre relaciones exteriores; la política exterior y de seguridad común; la mayoría de los aspectos de control financiero, y las disposiciones financieras y presupuestarias. En segundo lugar, en determinados ámbitos, Lituania cumple en parte los compromisos y requisitos y debe hacer mayores esfuerzos para completar sus preparativos para la adhesión. Ello incluye la legislación sectorial basada en el antiguo enfoque relativa a la libre circulación de mercancías; en el ámbito de la libre circulación de servicios, los seguros, servicios de inversión y mercados de valores; en cuanto a la libre circulación de capital, la conclusión de la armonización en el ámbito de los sistemas de pago y la intensificación de los esfuerzos en la lucha contra el blanqueo de dinero; en el ámbito del Derecho de sociedades, la protección de los derechos de la propiedad intelectual e industrial. En el ámbito de la agricultura, concierne al organismo liquidador, el sistema integrado de administración y control, los dispositivos comerciales, las organizaciones comunes de mercado de la leche y la carne de vacuno, las encefalopatías espongiformes transmisibles y los subproductos de animales, el sistema de control veterinario, la salud pública en las instalaciones agroalimentarias, las medidas comunes, el bienestar animal y las cuestiones fitosanitarias. Por lo que respecta al ámbito de la pesca, comprende las acciones estructurales y la política de mercado. Comprende también los siguientes campos: la imposición, por lo que respecta a la cooperación administrativa y la asistencia mutua; la salud pública, el Fondo Social Europeo y la lucha contra la discriminación en el ámbito de la política social y el empleo; las telecomunicaciones y las tecnologías de la información, incluido el sector postal; la finalización del sistema de prestación de sus estructuras institucionales y la conclusión de sus procedimientos para la gestión y el control financieros en el ámbito de la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; la supervisión del mercado y las medidas no relacionadas con la seguridad en el ámbito de la protección de la salud y los consumidores; las cuestiones de migración y asilo, la cooperación policial y la lucha contra la delincuencia organizada, el blanqueo de dinero, el fraude y la corrupción en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior; la capacidad operativa y administrativa en el ámbito de la unión aduanera; los acuerdos bilaterales con terceros países por lo que respecta a las relaciones exteriores; así como el control de los gastos en acciones estructurales en el ámbito del control financiero. En tercer lugar, para que pueda estar lista en el momento de la adhesión, Lituania debe tomar inmediatamente medidas decididas para abordar dos cuestiones que suscitan grave preocupación en los dos capítulos del acervo mencionados a continuación. Se trata del ámbito de la libre circulación de personas, por lo que respecta a los preparativos de Lituania con respecto al reconocimiento mutuo de calificaciones. El otro ámbito es la pesca, por lo que se refiere a la inspección y el control en relación con la gestión de la flota y los recursos. Hungría El equilibrio macroeconómico general de la economía húngara se ha deteriorado, en particular por lo que se refiere a la composición del PIB, las cuentas externas y la estabilidad de los tipos de cambio e interés. En 2003 se ha afrontado el elevado déficit presupuestario de 2002 mediante una política fiscal más rigurosa pero muy ambiciosa, mientras que la incoherencia de las políticas monetaria y de tipo de cambio ha creado mayor tensión en la combinación de políticas. Se está avanzando de manera creíble en la senda de reforma económica a través de la privatización de algunas de las restantes empresas de propiedad estatal, la liberalización gradual de los precios administrados y la compleción de la reforma progresiva de las pensiones. En cuanto a los ámbitos en que el informe del año pasado sugería mejoras, se han realizado avances, si bien persisten algunos aspectos problemáticos. El déficit público general está disminuyendo al hilo de la reorientación de la política fiscal desde 2003, pero se necesita un mayor avance, en especial por lo que respecta a la estructura de reforma fiscal. La reforma del sector de la asistencia sanitaria se está abordando en el marco de un programa decenal que ha recibido gran impulso gracias a la autorización, en 2002, de las consultas privadas de medicina general y la adopción, en 2003, de una nueva ley que despeja el camino para una amplia privatización de los activos del sector sanitario, incluidos los hospitales. En 2003, la evolución salarial ha comenzado a moderarse, después del elevado crecimiento de 2001 y 2002, especialmente en el sector empresarial, y la economía se está adaptando lentamente al nuevo entorno de inflación reducida. Aún así, incluso en 2003 el crecimiento real de los salarios ha superado ampliamente todavía el crecimiento de la productividad. Por lo que se refiere a la capacidad administrativa y judicial general, se dan las condiciones suficientes para la aplicación del acervo por parte de la judicatura y la administración pública húngaras, pero queda todavía margen para mejoras adicionales. En cuanto a la administración pública, es preciso proseguir la reforma general en los sectores del desarrollo regional, las autonomías locales y la administración estatal, y se debe mejorar la transparencia por lo que respecta a las cuestiones de personal. Quedan pendientes algunas medidas relativas al sistema judicial, que permitan garantizar una financiación adecuada de la judicatura, establecer nuevos tribunales regionales y mejorar el sistema de asistencia jurídica. La lucha contra la corrupción debe seguir recibiendo gran prioridad, en particular a través de la rápida aplicación del programa «glass-pocket» aprobado en abril de 2003. En lo que concierne a la aplicación del acervo en ámbitos políticos específicos, las conclusiones del presente informe se exponen a continuación. En primer lugar, conviene señalar que Hungría ha alcanzado un elevado nivel de armonización con el acervo en la mayoría de los ámbitos. Se espera que, en el momento de la adhesión, Hungría esté en condiciones de aplicar adecuadamente el acervo en los ámbitos siguientes: medidas horizontales, medidas de procedimiento y legislación basada en el nuevo enfoque en el capítulo relativo a la libre circulación de mercancías; libre circulación de personas; sectores de servicios bancarios y de seguros, servicios de inversión y mercados de valores, protección de datos personales, derecho de establecimiento y libertad de proporcionar servicios no financieros en el ámbito de la libertad de prestación de servicios; libre circulación de capitales, incluido el blanqueo de dinero; Derecho de sociedades y contabilidad, y política de competencia. En el ámbito de la agricultura, se espera que en el momento de adhesión Hungría esté en condiciones de aplicar el acervo en varios ámbitos horizontales, en la mayoría de las organizaciones comunes de mercado y, en el campo veterinario, por lo que respecta a los requisitos en los ámbitos del control de las enfermedades de los animales, el comercio de animales vivos y productos de animales, el bienestar de los animales, la zootecnia y la nutrición animal. Lo mismo cabe decir del ámbito de la pesca en general. Asimismo, se espera que, en el momento de la adhesión, Hungría esté en condiciones de aplicar el acervo relativo a: el sector del transporte, excepto el transporte ferroviario; todos los ámbitos de la imposición; la unión económica y monetaria; la estadística; la mayoría de los ámbitos de la política social y el empleo; el sector de la energía; la política industrial; las pequeñas y medianas empresas; la investigación y la ciencia; la educación y la formación; la cultura por lo que respecta al capítulo de la cultura y la política audiovisual; la programación en el capítulo de la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; la legislación horizontal, la calidad del aire y del agua, la gestión de los residuos, la gestión de riesgos industriales, los productos químicos y los organismos modificados genéticamente, el ruido, la seguridad nuclear y la protección contra las radiaciones en el capítulo ambiental; las medidas relacionadas con la seguridad y las organizaciones de consumidores en cuanto a la protección de la salud y los consumidores; la mayoría de los aspectos de justicia y asuntos de interior; la unión aduanera; la política comercial común, la ayuda humanitaria y la política de desarrollo por lo que respecta al acervo sobre relaciones exteriores; la política exterior y de seguridad común; las disposiciones de control financiero, y la auditoría externa en el ámbito del control financiero. En segundo lugar, en determinados ámbitos Hungría cumple en parte los compromisos y requisitos y debe hacer mayores esfuerzos para completar sus preparativos para la adhesión. Ello incluye la legislación sectorial basada en el antiguo enfoque relativa a la libre circulación de mercancías, así como la contratación pública y el ámbito no armonizado; en el ámbito de la libre circulación de servicios, el sector de los servicios de la sociedad de la información y, en el ámbito del Derecho de sociedades, la protección de los derechos de la propiedad intelectual e industrial. Por lo que respecta a la agricultura, concierne a los mecanismos comerciales, las organizaciones comunes de mercado para el azúcar y el vino y, en el ámbito veterinario, las encefalopatías espongiformes transmisibles y los subproductos de animales, así como el sistema de control veterinario, las medidas comunes y determinadas cuestiones fitosanitarias. Comprende también los siguientes campos: el transporte ferroviario; el Fondo Social Europeo y la lucha contra la discriminación en el ámbito de la política social y el empleo; las telecomunicaciones y las tecnologías de la información, incluidos los servicios postales; el ámbito audiovisual por lo que respecta al capítulo de cultura y política audiovisual; el marco legislativo, las estructuras institucionales y la gestión y el control financieros correspondientes al capítulo de política regional y coordinación de los instrumentos estructurales; la armonización y aplicación de disposiciones legislativas en materia de protección de la naturaleza y contaminación industrial en el ámbito de la política ambiental; la supervisión del mercado y las medidas no relacionadas con la seguridad en el ámbito de la protección de la salud y los consumidores; las fronteras exteriores y el asilo en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior; los acuerdos bilaterales con terceros países por lo que respecta a las relaciones exteriores, y el control financiero interno público, el control de los gastos en acciones estructurales y la protección de los intereses financieros de la CE en el ámbito del control financiero. En tercer lugar, para que pueda estar lista en el momento de la adhesión, Hungría debe tomar inmediatamente medidas decididas para abordar cuatro cuestiones que suscitan grave preocupación en un capítulo del acervo. Se trata del capítulo de la agricultura, en cuanto a los preparativos de Hungría por lo que respecta al establecimiento de su organismo liquidador, la aplicación del sistema integrado de administración y control, la aplicación de medidas de desarrollo rural y la garantía de las normas de salud pública en las instalaciones agroalimentarias. Malta La actividad económica ha seguido siendo débil, bajo los efectos de la demanda externa reducida y la recesión del sector turístico. El avance de las reformas estructurales ha sido desigual. En cuanto a los ámbitos en que el informe del año pasado sugería mejoras, se han realizado avances, si bien persisten algunos aspectos problemáticos. Son necesarios esfuerzos considerables para garantizar la sostenibilidad de las finanzas pública a medio plazo. Aunque la reestructuración de las empresas públicas está avanzando, es preciso aplicar medidas de mucho mayor alcance que permitan aumentar la eficiencia productiva y fomenten la consolidación fiscal. En el sector bancario, el nivel de préstamos no productivos sigue siendo elevado, aunque se han adoptado medidas para mejorar la supervisión y la evaluación de los créditos. Por lo que se refiere a la capacidad administrativa y judicial general, se dan las condiciones suficientes para la aplicación del acervo por parte de la judicatura y la administración pública maltesas, pero queda todavía margen para mejoras adicionales. En cuanto a la administración pública, es preciso proseguir la actual labor dirigida a aumentar la eficiencia y la rendición de cuentas en todos los ámbitos de la función pública. También es necesario impulsar la reforma de la judicatura para reducir en mayor medida el número de asuntos judiciales pendientes y mejorar el funcionamiento del tribunal que estudia las reclamaciones de menor importancia. Por lo que respecta a la lucha contra la corrupción, Malta debe adoptar una estrategia anticorrupción de gran alcance que tenga en cuenta las recomendaciones del Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa. En cuanto a la traducción del acervo al maltés, el número de textos revisados preparados por Malta debe aumentar considerablemente en el período que resta hasta la adhesión. En lo que concierne a la aplicación del acervo en ámbitos políticos específicos, las conclusiones del presente informe se exponen a continuación. En primer lugar, conviene señalar que Malta ha alcanzado un elevado nivel de armonización con el acervo en la mayoría de los ámbitos. Se espera que, en el momento de la adhesión, Malta esté en condiciones de aplicar adecuadamente el acervo en los ámbitos siguientes: medidas horizontales y de procedimiento, legislación basada en el nuevo y antiguo enfoques en el capítulo relativo a la libre circulación de mercancías; derechos de los ciudadanos, libre circulación de trabajadores y coordinación de los servicios de seguridad social, por lo que respecta a la libre circulación de personas; banca, seguros, servicios de inversión y mercados de valores, protección de datos personales y servicios de la sociedad de la información en el ámbito de la libertad de prestación de servicios; libre circulación de capital, incluido el blanqueo de dinero; Derecho de sociedades y contabilidad; legislación antimonopolio en el ámbito de la competencia. En el ámbito de la agricultura, se espera que, en el momento de adhesión, Malta esté en condiciones de aplicar el acervo relativo a la política de calidad y las ayudas estatales, en las organizaciones comunes de mercado de cultivos herbáceos, leche, carne de ovino, carne de porcino, huevos y aves de corral, así como en el campo veterinario, por lo que respecta al control de las enfermedades de los animales, el comercio de animales vivos y productos de animales, el bienestar de los animales y la zootecnia. En cuanto a la pesca, en los ámbitos de gestión de la flota y los recursos, inspección y control, política de mercado, ayudas estatales y acuerdos internacionales. Asimismo, se espera que, en el momento de la adhesión, Malta esté en condiciones de aplicar el acervo relativo a: el sector del transporte, en lo tocante a las redes transeuropeas de transporte y el transporte aéreo y viario; el IVA, los impuestos sobre consumos específicos, la cooperación administrativa y la asistencia mutua en el ámbito de la imposición; la unión económica y monetaria; la estadística; las reglamentaciones sociales, la igualdad de trato de hombres y mujeres, el diálogo social, la política de empleo, la inclusión social y la protección social en el ámbito de la política social y el empleo; el sector de la energía; la política industrial; las pequeñas y medianas empresas; la investigación y la ciencia; la educación y la formación; la cultura y la política audiovisual; la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales por lo que respecta a las estructuras institucionales y la programación; la legislación horizontal, la calidad del aire y del agua, la polución industrial y la gestión de riesgos, los productos químicos y los organismos modificados genéticamente, el ruido, la seguridad nuclear y la protección contra las radiaciones en el capítulo ambiental; las medidas relacionadas con la seguridad y las organizaciones de consumidores en cuanto a la protección de la salud y los consumidores; casi todos los aspectos de justicia y asuntos de interior; la unión aduanera; la política comercial común, la ayuda humanitaria y la política de desarrollo por lo que respecta al acervo sobre relaciones exteriores; la política exterior y de seguridad común; el control financiero, y las disposiciones financieras y presupuestarias. En segundo lugar, en determinados ámbitos Malta cumple en parte los compromisos y requisitos y debe hacer mayores esfuerzos para completar sus preparativos para la adhesión. Ello incluye la contratación pública y el ámbito no armonizado por lo que se refiere a la libre circulación de mercancías; los requisitos para el reconocimiento mutuo de las cualificaciones profesionales en cuanto a la libre circulación de personas; el derecho de establecimiento y la libertad de prestación de servicios no financieros en el ámbito de la libre circulación de servicios; la protección de los derechos de la propiedad intelectual e industrial en el ámbito del Derecho de sociedades. En lo tocante a la agricultura, concierne a: los cultivos biológicos y la red de información contable agrícola; las organizaciones comunes de mercado para el vino, el alcohol, la carne de vacuno, la fruta, las verduras y el aceite de oliva; el desarrollo rural; en el ámbito veterinario, los sistemas de control veterinario, la salud pública en las instalaciones agroalimentarias, las medidas comunes, la nutrición animal; cuestiones fitosanitarias. Por lo que respecta a la política de pesca, las acciones estructurales. Comprende también los siguientes campos: la imposición directa; la salud y seguridad en el trabajo, la salud pública, el Fondo Social Europeo y la lucha contra la discriminación en el ámbito de la política social y el empleo; las telecomunicaciones y las tecnologías de la información, incluidos los servicios postales; el marco legislativo y la gestión y el control financieros correspondientes a la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; la armonización y aplicación de disposiciones legislativas en materia de gestión de los residuos y protección de la naturaleza por lo que se refiere a la política ambiental; la supervisión del mercado y las medidas no relacionadas con la seguridad en el ámbito de la protección de la salud y los consumidores; el Plan de Acción Schengen y el asilo en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior; así como los acuerdos bilaterales con terceros países por lo que respecta a las relaciones exteriores. En tercer lugar, para estar lista en el momento de la adhesión, Malta debe tomar inmediatamente medidas decididas para abordar seis cuestiones que suscitan grave preocupación en los tres capítulos del acervo mencionados a continuación. En el capítulo de política de competencia, se trata del ámbito de las ayudas estatales, donde Malta debe aumentar sus esfuerzos para respetar sus compromisos en cuanto a la reestructuración de los astilleros. En lo tocante a la agricultura, se refiere al establecimiento de un organismo liquidador, la aplicación del sistema integrado de administración y control, los mecanismos de comercio exterior y el tratamiento de las encefalopatías espongiformes transmisibles y los residuos de animales. Por último, en el ámbito del transporte, se trata de la seguridad marítima. Polonia Polonia ha mantenido la estabilidad de su situación macroeconómica y está experimentando una recuperación gradual impulsada sobre todo por la demanda externa. El proceso de reforma prácticamente se ha detenido desde el informe del año pasado. En cuanto a los ámbitos en que el informe del año pasado sugería mejoras, se han realizado avances, si bien persisten algunos aspectos problemáticos. Hasta ahora, las autoridades polacas han mostrado cierta reluctancia para realizar el ajuste fiscal necesario. Sin embargo, es crucial efectuar una profunda reestructuración y reducción del gasto público para mejorar la combinación de políticas, invertir el rápido aumento del endeudamiento público y preparar las finanzas públicas polacas para la adhesión. Las autoridades polacas deben garantizar que ninguna decisión sobre el uso de la reserva de revaluación socave la independencia financiera del Banco Central. El año pasado, el avance de la reestructuración de las industrias pesadas, la distribución de energía y la agricultura ha sido modesto, y es preciso invertir esfuerzos considerables para impulsar el programa de reforma en este ámbito. La nueva Ley sobre insolvencia adoptada en febrero mejora el marco de quiebras y liquidación y lo ajusta a los requisitos de una economía de mercado moderna. Apenas se han logrado avances en lo tocante al funcionamiento del registro de la propiedad inmobiliaria. Las autoridades han de impulsar su labor de modernización del sistema. Por lo que se refiere a la capacidad administrativa y judicial general, se dan las condiciones suficientes para la aplicación del acervo por parte de la judicatura y la administración pública polacas, pero queda todavía margen para mejoras adicionales. En cuanto a la administración pública, debe aumentar el número de funcionarios nombrados en el marco de concursos abiertos, es preciso mejorar la coordinación entre todos los organismos de la función pública y reforzar las estructuras que se ocupan de la integración europea. Todavía son necesarios esfuerzos para mejorar la eficiencia y transparencia de la judicatura, prestando especial atención al desarrollo y la organización del sistema de asistencia jurídica. La lucha contra la corrupción debe seguir recibiendo gran prioridad, en particular a través del refuerzo de las estructuras de coordinación y la concesión de apoyo administrativo en aras de la aplicación eficaz de la estrategia anticorrupción. En lo que concierne a la aplicación del acervo en ámbitos políticos específicos, las conclusiones del presente informe se exponen a continuación. En primer lugar, conviene señalar que Polonia ha alcanzado un elevado nivel de armonización con el acervo en la mayoría de los ámbitos. Se espera que, en el momento de la adhesión, Polonia esté en condiciones de aplicar adecuadamente el acervo en los ámbitos siguientes: medidas horizontales y de procedimiento, así como legislación sectorial basada en el nuevo enfoque en el capítulo relativo a la libre circulación de mercancías; derechos de los ciudadanos, libre circulación de trabajadores y coordinación de los regímenes de seguridad social, por lo que respecta a la libre circulación de personas; protección de datos personales y servicios de la sociedad de la información en el ámbito de la libertad de prestación de servicios; movimientos de capital y pagos y sistemas de pago en relación con la libre circulación de capital; Derecho de sociedades y contabilidad; disposiciones antimonopolio en el capítulo de competencia. En el ámbito de la agricultura, se espera que en el momento de adhesión Polonia esté en condiciones de aplicar el acervo en varios ámbitos horizontales, en la mayoría de las organizaciones comunes de mercado, así como en el campo veterinario, por lo que respecta al control de las enfermedades de los animales y la zootecnia. Asimismo, se espera que, en el momento de la adhesión, Polonia esté en condiciones de aplicar el acervo relativo a: la mayoría de los ámbitos del sector del transporte; los ámbitos relacionados con la imposición directa, la cooperación administrativa y la asistencia mutua en el ámbito de la imposición; la mayoría de los ámbitos vinculados a la unión económica y monetaria; la estadística; la igualdad de trato de hombres y mujeres, el diálogo social, la política de empleo, la inclusión social y la protección social en el ámbito de la política social y el empleo; el sector de la energía; la estrategia industrial en el capítulo de la política industrial; las pequeñas y medianas empresas; la investigación y la ciencia; la educación y la formación; la política cultural; la programación por lo que respecta a la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; la legislación horizontal, la calidad del aire, la gestión de los residuos, la calidad del agua, la gestión de los riesgos industriales, los productos químicos, los organismos modificados genéticamente, el ruido, la seguridad nuclear y la protección contra las radiaciones en el capítulo ambiental; las medidas relacionadas con la seguridad y las organizaciones de consumidores en cuanto a la protección de la salud y los consumidores; numerosos aspectos de justicia y asuntos de interior; la unión aduanera; la política comercial común, la ayuda humanitaria y la política de desarrollo por lo que respecta al acervo sobre relaciones exteriores; la política exterior y de seguridad común; la auditoría externa en cuanto al control financiero, y las disposiciones financieras y presupuestarias. En segundo lugar, en determinados ámbitos Polonia cumple en parte los compromisos y requisitos y debe hacer mayores esfuerzos para completar sus preparativos para la adhesión. Ello incluye la legislación sectorial de antiguo enfoque por lo que se refiere a la libre circulación de mercancías, así como el ámbito no armonizado y la contratación pública; el ámbito de la libre circulación de servicios, por lo que respecta al derecho de establecimiento y la libertad de prestación de servicios no financieros, así como la banca, los seguros, los servicios de inversión y los mercados de valores; en el ámbito de la libre circulación de capital, la intensificación de sus esfuerzos en la lucha contra el blanqueo de dinero; en el ámbito del Derecho de sociedades, la protección de los derechos de la propiedad intelectual e industrial, y el ámbito de las ayudas estatales en materia de política de competencia. En lo tocante a la agricultura, concierne a los mecanismos comerciales, las organizaciones comunes de mercado para la leche, la carne de vacuno, los huevos y las aves de corral, el desarrollo rural, el comercio de animales vivos y productos de animales, las medidas comunes y el bienestar y la nutrición de los animales. Por lo que respecta a la política de pesca, los ámbitos de las acciones estructurales, las ayudas estatales y los acuerdos internacionales en la materia. Comprende también los siguientes campos: el transporte marítimo; el IVA y los impuestos sobre consumos específicos en el ámbito de la imposición; la independencia del Banco Central nacional en cuanto a la unión económica y monetaria; las reglamentaciones sociales, la salud y la seguridad en el trabajo, la salud pública, el Fondo Social Europeo y la lucha contra la discriminación en el ámbito de la política social y el empleo; la privatización y reestructuración en el capítulo de la política industrial; las telecomunicaciones y las tecnologías de la información, incluido en particular el sector de los servicios postales; la política audiovisual; el marco legislativo, las estructuras institucionales y la gestión y el control financieros en cuanto a la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; los ámbitos de la política ambiental relacionados con la contaminación industrial y la protección de la naturaleza; la supervisión del mercado y las medidas no relacionadas con la seguridad en el ámbito de la protección de la salud y los consumidores; el Plan de Acción Schengen, la política de visados, las fronteras exteriores, la lucha contra el fraude, la corrupción, las drogas y el blanqueo de dinero en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior; los acuerdos bilaterales con terceros países por lo que respecta a las relaciones exteriores, y el control financiero interno público, el control de los gastos en acciones estructurales y la protección de los intereses financieros de la CE en el ámbito del control financiero. En tercer lugar, para estar lista en el momento de la adhesión, Polonia debe tomar inmediatamente medidas decididas para abordar nueve cuestiones que suscitan grave preocupación en los tres capítulos del acervo mencionados a continuación. En el capítulo de la libre circulación de personas, por lo que respecta a los preparativos de Polonia en materia de reconocimiento mutuo de calificaciones, en particular por lo que se refiere a determinadas profesiones del sector de la asistencia sanitaria. En el capítulo de la agricultura, en lo tocante a los preparativos de Polonia para el establecimiento de sus organismos liquidadores, la aplicación del sistema integrado de administración y control y la modernización de las instalaciones agroalimentarias en línea con los requisitos de salud pública. Asimismo, en el ámbito del control veterinario y fitosanitario, en lo tocante a las medidas relativas a las encefalopatías espongiformes transmisibles y los subproductos de animales, los controles de los desplazamientos de animales y el control de la necrosis bacteriana y la sarna verrugosa de la patata. Por último, en el capítulo de la pesca, en cuanto a los ámbitos de la gestión de los recursos, la inspección y el control y la política de mercado. Eslovenia Eslovenia ha registrado unos resultados macroeconómicos relativamente sólidos. El proceso de reestructuración ha seguido avanzando por la senda de reforma, aunque lentamente y con resultados desiguales en varios sectores. En cuanto a los ámbitos en que el informe del año pasado sugería mejoras, se han realizado avances, si bien persisten algunos aspectos problemáticos. La inflación tiende a disminuir lentamente, pero se mantiene en un nivel relativamente elevado, de modo que sigue siendo una de las preocupaciones políticas básicas. Para fomentar la competitividad de la economía, el Gobierno debe aplicar nuevas reformas estructurales, como la liquidación definitiva de la Corporación Eslovaca de Desarrollo, prevista para 2004, además de proseguir la privatización en el sector financiero. Por lo que se refiere a la capacidad administrativa y judicial general, se dan las condiciones suficientes para la aplicación del acervo por parte de la judicatura y la administración pública eslovacas, pero queda todavía margen para mejoras adicionales. En el campo de la administración pública, ahora procede aplicar la nueva legislación relativa al aumento de la independencia y la profesionalidad de la administración pública, y conviene ampliar a todos los funcionarios las disposiciones que limitan su participación en actividades políticas y económicas. Todavía quedan pendientes algunas reformas en el sistema judicial, en particular para reducir el número de asuntos pendientes en los tribunales. Eslovenia debe proseguir su labor de lucha contra la corrupción. En cuanto a la traducción del acervo al esloveno, el número de textos revisados elaborados por Eslovenia debe aumentar considerablemente en el período que resta hasta la adhesión. En lo que concierne a la aplicación del acervo en ámbitos políticos específicos, las conclusiones del presente informe se exponen a continuación. En primer lugar, conviene señalar que Eslovenia ha alcanzado un elevado nivel de armonización con el acervo en la mayoría de los ámbitos. Se espera que, en el momento de la adhesión, Eslovenia esté en condiciones de aplicar adecuadamente el acervo en los ámbitos siguientes: casi todos los aspectos de la libre circulación de mercancías; derechos de los ciudadanos, libre circulación de trabajadores y coordinación de los regímenes de seguridad social, por lo que respecta a la libre circulación de personas; banca, seguros, servicios de inversión y mercados de valores en el ámbito de la libertad de prestación de servicios; libre circulación de capital, incluida la lucha contra el blanqueo de dinero; la mayoría de los ámbitos del capítulo del Derecho de sociedades y la contabilidad; ayudas estatales en el ámbito de la política de competencia. En cuanto a la agricultura, se espera que en el momento de adhesión Eslovenia esté en condiciones de aplicar el acervo en todos los ámbitos horizontales, en la mayoría de las organizaciones comunes de mercado y en materia de desarrollo rural, así como en el campo veterinario, por lo que respecta a las encefalopatías espongiformes bovinas, las medidas de control de las enfermedades de los animales, el bienestar animal, la zootecnia y la nutrición animal. Lo mismo cabe decir del ámbito fitosanitario y de la pesca. Asimismo, se espera que, en el momento de la adhesión, Eslovenia esté en condiciones de aplicar el acervo relativo a: el sector del transporte; el IVA, los impuestos sobre consumos específicos y la cooperación administrativa en el ámbito de la imposición; la unión económica y monetaria; la estadística; la mayoría de los ámbitos en el campo de la política social y el empleo; el sector de la energía; la política industrial; las pequeñas y medianas empresas; la investigación y la ciencia; la educación y la formación; los servicios postales en el ámbito de las telecomunicaciones y las tecnologías de la información; la cultura y la política audiovisual; la programación por lo que respecta a la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; el capítulo ambiental; las medidas relacionadas con la seguridad y las organizaciones de consumidores en cuanto a la protección de la salud y los consumidores; casi todos los aspectos de justicia y asuntos de interior; la unión aduanera; la política comercial común y la política de ayuda humanitaria por lo que respecta al acervo sobre relaciones exteriores; la política exterior y de seguridad común; las disposiciones financieras y presupuestarias, y el control financiero. En segundo lugar, en determinados ámbitos Eslovenia cumple en parte los compromisos y requisitos y debe hacer mayores esfuerzos para completar sus preparativos para la adhesión. Ello incluye la legislación sectorial de antiguo enfoque en el ámbito de la libre circulación de mercancías; la protección de los datos personales, el derecho de establecimiento, la libertad de proporcionar servicios no financieros y los servicios de la sociedad de la información en cuanto a la libertad de prestación de servicios; la protección de los derechos de la propiedad intelectual e industrial en el capítulo del Derecho de sociedades, y las disposiciones antimonopolio en el ámbito de la competencia. En lo tocante a la agricultura, concierne a las organizaciones comunes de mercado para el azúcar y la leche, los sistemas de control veterinario, el comercio de animales vivos y productos de animales, la mejora de las instalaciones agroalimentarias y las medidas comunes por lo que respecta a los residuos. Comprende también los siguientes campos: la imposición directa; el Fondo Social Europeo y la lucha contra la discriminación en el ámbito de la política social y el empleo; el sector de las telecomunicaciones; el marco legislativo, las estructuras institucionales y la gestión y el control financieros correspondientes a la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; la supervisión del mercado y las medidas no relacionadas con la seguridad en el ámbito de la protección de la salud y los consumidores; el acervo sobre protección de datos y la lucha contra el fraude y la corrupción en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior; los acuerdos bilaterales con terceros países por lo que respecta a las relaciones exteriores, y la política de desarrollo. En tercer lugar, para estar lista en el momento de la adhesión, Eslovenia debe tomar inmediatamente medidas decididas para abordar una cuestión que suscita grave preocupación en un capítulo del acervo. Se trata del reconocimiento mutuo de las calificaciones profesionales en el ámbito de la libre circulación de personas, en particular la armonización relativa al sistema general de reconocimiento y a determinadas profesiones del sector de la asistencia sanitaria. Eslovaquia Los resultados macroeconómicos eslovacos han mejorado considerablemente, aunque todavía se registran algunos desequilibrios significativos. El avance de Eslovaquia por la senda de reforma, en particular en el ámbito de las finanzas públicas, ha recibido gran impulso adicional. Se han aprobado diversas medidas, algunas de las cuales ya están en marcha. En cuanto a los ámbitos en que el informe del año pasado sugería mejoras, se han realizado avances, si bien persisten algunos aspectos problemáticos. El Gobierno ha invertido la orientación expansiva de la política fiscal. La nueva orientación restrictiva propicia la reducción del elevado déficit por cuenta corriente eslovaco. La preparación de nuevas reformas del gasto público, necesarias para sustentar la consolidación fiscal prevista, ha cobrado gran impulso. Sin embargo, aún queda pendiente precisar, programar adecuadamente y aplicar la mayoría de las medidas necesarias. El Gobierno eslovaco ha comenzado a abordar con mayor firmeza el problema del desempleo estructural, profundamente arraigado. Se han logrado avances por lo que respecta a la supervisión del sector financiero, en proceso de expansión, pero las autoridades deben seguir protegiéndolo contra los riesgos de inestabilidad. Se han instaurado medidas adicionales dirigidas a mejorar el marco jurídico para la economía de mercado, cuya aplicación efectiva también se está perfeccionando. Persiste todavía, no obstante, la necesidad de realizar un gran esfuerzo adicional en este ámbito. Por lo que se refiere a la capacidad administrativa y judicial general, se dan las condiciones suficientes para la aplicación del acervo por parte de la judicatura y la administración pública eslovacas, pero queda todavía margen para mejoras adicionales. En cuanto a la administración pública, debe aumentarse el personal en los sectores que tratan cuestiones relacionadas con la integración europea, y ese aumento ha de ir acompañado de una estrategia de formación a largo plazo. Por lo que respecta a la actual descentralización de la administración pública, es importante que la transferencia de funciones y la descentralización fiscal vayan de la mano. En cuanto al sector judicial, es preciso aumentar las capacidades administrativas del Consejo Judicial y garantizar su independencia financiera. También son necesarios mayores esfuerzos para reducir la duración de los procedimientos judiciales en los asuntos civiles y comerciales, así como en el ámbito de la formación judicial. La lucha contra la corrupción debe seguir recibiendo gran prioridad, en particular por lo que se refiere al cumplimiento estricto de las normas vigentes. Se deben aprobar medidas legislativas adicionales sobre los conflictos de intereses, la financiación de partidos políticos y las actividades de grupos de presión. En lo que concierne a la aplicación del acervo en ámbitos políticos específicos, las conclusiones del presente informe se exponen a continuación. En primer lugar, conviene señalar que Eslovaquia ha alcanzado un elevado nivel de armonización con el acervo en la mayoría de los ámbitos. Se espera que, en el momento de la adhesión, Eslovaquia esté en condiciones de aplicar adecuadamente el acervo en los ámbitos siguientes: medidas horizontales y de procedimiento, legislación basada en el nuevo enfoque y contratación pública en el capítulo de libre circulación de mercancías; derechos de los ciudadanos, libre circulación de trabajadores y coordinación de los regímenes de seguridad social, en cuanto a la libre circulación de personas; sector bancario, servicios de inversión y mercados de valores en el ámbito de la libre circulación de servicios; libre circulación de capital, incluida la lucha contra el blanqueo de dinero; Derecho de sociedades y contabilidad; disposiciones antimonopolio en el capítulo de la política de competencia. En cuanto a la agricultura, se espera que en el momento de adhesión Eslovaquia esté en condiciones de aplicar el acervo en diversos ámbitos horizontales, en la mayoría de las organizaciones comunes de mercado y en materia de desarrollo rural, así como en el campo veterinario, por lo que respecta las medidas de control de las enfermedades de los animales, el comercio de animales vivos y productos de animales, el bienestar animal, la zootecnia y la nutrición animal. Lo mismo cabe decir del campo fitosanitario en general y del ámbito de la pesca. Asimismo, se espera que, en el momento de la adhesión, Eslovaquia esté en condiciones de aplicar el acervo relativo a: las redes de transporte transeuropeas; el transporte viario, las vías de navegación interior, el transporte aéreo y marítimo, por lo que respecta a la política de transporte; la imposición directa y la cooperación administrativa en el ámbito de la imposición; la unión económica y monetaria; la estadística; las reglamentaciones sociales, la igualdad de trato de hombres y mujeres, la salud y la seguridad, el diálogo social, la política de empleo, la inclusión social y la protección social en cuanto a la política social y el empleo; la política de energía; la política industrial; las pequeñas y medianas empresas; la investigación y la ciencia; la educación y la formación; la cultura y la política audiovisual; la programación en el ámbito de la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; la legislación horizontal, la calidad del aire, la gestión de los residuos, la calidad del agua, la protección de la naturaleza, los productos químicos y los organismos modificados genéticamente, el ruido, la seguridad nuclear y la protección contra las radiaciones en el ámbito ambiental; las medidas relacionadas con la seguridad y las organizaciones de consumidores en el campo de la protección de la salud y los consumidores; numerosos ámbitos en el campo de la justicia y los asuntos de interior; la unión aduanera; la política comercial común, la ayuda humanitaria y la política de desarrollo por lo que respecta al capítulo de relaciones exteriores; la política exterior y de seguridad común; el control financiero interno público y la auditoría externa, y las disposiciones financieras y presupuestarias. En segundo lugar, en determinados ámbitos Eslovaquia cumple en parte los compromisos y requisitos y debe hacer mayores esfuerzos para completar sus preparativos para la adhesión. Ello incluye la legislación sectorial basada en el antiguo enfoque y el ámbito no armonizado en el ámbito de la libre circulación de mercancías; el reconocimiento mutuo de las calificaciones profesionales en el capítulo de la libre circulación de personas; los seguros, los servicios de la sociedad de la información, la protección de datos personales, el derecho de establecimiento y la libertad de proporcionar servicios no financieros en el ámbito de la libre circulación de servicios, y la protección de los derechos de la propiedad intelectual e industrial en el ámbito del Derecho de sociedades. En lo tocante a la agricultura, concierne a los mecanismos comerciales y las organizaciones comunes de mercado para el azúcar, el vino y la carne de vacuno, así como, en el campo veterinario, el sistema de control veterinario, las encefalopatías espongiformes transmisibles, los subproductos animales y las medidas comunes. En cuanto al campo fitosanitario, se refiere a los controles sobre los niveles máximos de residuos de pesticidas. Comprende también los siguientes campos: el transporte viario; el IVA y los impuestos sobre consumos específicos en el ámbito de la imposición; la salud pública, el Fondo Social Europeo y la lucha contra la discriminación en el ámbito de la política social y el empleo; las telecomunicaciones y las tecnologías de la información, incluidos los servicios postales; el marco legislativo, las estructuras institucionales y la gestión y el control financieros en cuanto a la política regional y la coordinación de los instrumentos estructurales; la contaminación industrial en el ámbito ambiental; la supervisión del mercado y las medidas no relacionadas con la seguridad en el ámbito de la protección de la salud y los consumidores; en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior, por lo que respecta al Plan de Acción Schengen, la protección de datos, la política de visados, las fronteras exteriores, el asilo y la lucha contra el fraude y la corrupción; los acuerdos bilaterales con terceros países por lo que respecta a las relaciones exteriores, y el control de los gastos en acciones estructurales y la protección de los intereses financieros de la CE en el ámbito del control financiero. En tercer lugar, para estar lista en el momento de la adhesión, Eslovaquia debe tomar inmediatamente medidas decididas para abordar cuatro cuestiones que suscitan grave preocupación en los dos capítulos del acervo mencionados a continuación. En el campo de la política de competencia, por lo que respecta al cumplimiento de las condiciones establecidas en el Tratado de Adhesión para el régimen transitorio concedido en el sector del acero. En el campo de la agricultura, por lo que se refiere a los preparativos de Eslovaquia para el establecimiento del organismo liquidador, la aplicación del sistema integrado de administración y control y la mejora de las instalaciones agroalimentarias en lo tocante a la protección de la salud pública.