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Document 51997IP0356
Resolution on the communication from the Commission on the Action Plan for the Single Market (CSE(97)0001 - C4-0286/97)
Resolución sobre la Comunicación de la Comisión sobre el Plan de acción para el mercado único (CSE(97)0001 - C4-0286/ 97)
Resolución sobre la Comunicación de la Comisión sobre el Plan de acción para el mercado único (CSE(97)0001 - C4-0286/ 97)
DO C 371 de 8.12.1997, p. 216
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Resolución sobre la Comunicación de la Comisión sobre el Plan de acción para el mercado único (CSE(97)0001 - C4-0286/ 97)
Diario Oficial n° C 371 de 08/12/1997 p. 0216
A4-0356/97 Resolución sobre la Comunicación de la Comisión sobre el Plan de acción para el mercado único (CSE(97)0001 - C4-0286/97) El Parlamento Europeo, - Vista la Comunicación de la Comisión (CSE(97)0001 - C4-0286/97), - Visto el Libro Blanco de la Comisión sobre la realización del mercado interior, - Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de Dublín, - Vista su Resolución de 29 de mayo de 1997 sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo relativa a los efectos y la eficacia de las medidas referentes al mercado interior ((DO C 182 de 16.6.1997, pág. 62.)), - Vistos los resultados del informe del Grupo de Alto Nivel sobre la libre circulación de personas presidido por la Sra. Veil (C4-0181/97), - Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y Política Industrial, así como las opiniones de la Comisión de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Energía, de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Derechos de los Ciudadanos, de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Protección del Consumidor y de la Comisión de Libertades Públicas y Asuntos Interiores (A4-0356/97), A. Considerando que a raíz de la creación, en 1993, del mercado interior han desaparecido por completo los controles de mercancías en las fronteras interiores de la Unión Europea y en parte los controles de personas, B. Considerando que también se han logrado grandes progresos en la supresión de los obstáculo técnicos que dificultan el comercio, C. Considerando que debería existir un equilibrio entre el principio de libre circulación de mercancías y el reconocimiento mutuo de normas, por una parte, y las disposiciones destinadas a permitir a los Estados miembros garantizar altos niveles de salud y de seguridad en lo que se refiere a los productos vendidos en su territorio, por otra parte, D. Considerando, no obstante, que dentro del mercado interior europeo siguen existiendo quince mercados nacionales distintos, E. Considerando que la circulación de personas y mercancías dentro del mercado interior europeo todavía sigue topando con numerosos obstáculos, F. Considerando que el verdadero desafío del mercado interior consiste en abrir el gran mercado europeo también a las pequeñas y medianas empresas, ya que éstas contribuyen de manera especial a la creación y conservación de los puestos de trabajo, 1. Pide que se siga desarrollando el mercado interior europeo para lograr de aquí al año 2002 un mercado europeo interno, y acoge con satisfacción el plan de acción de la Comisión por considerarlo un paso importante para conseguir dicho objetivo; 2. Pide que se creen las condiciones necesarias para que la libre circulación de personas sea una realidad y desaparezcan definitivamente los controles de pasaportes entre los Estados miembros; para lograr la seguridad común de las fronteras exteriores es necesario que se aplique rápida y totalmente el programa «Aduana 2000" y que por fin se celebre el acuerdo sobre las fronteras exteriores; subraya la importancia de un sistema informático común y la introducción de un procedimiento simplificado y armonizado de seguridad de las fronteras exteriores que garantice un nivel elevado de protección común; 3. Pide que se adopten las siguientes medidas en el ámbito fiscal: - la disminución de la presión fiscal sobre el trabajo, para fomentar el empleo, - un calendario para la aplicación del principio del país de origen antes del año 2002 en el marco del futuro sistema del IVA, así como una aproximación progresiva de los tipos de IVA de los Estados miembros antes del año 2002, - propuestas para eliminar las deficiencias del actual sistema del IVA, - la introducción de un tipo de IVA reducido para las PYME con un elevado volumen de mano de obra, - la aproximación de los tipos del impuesto especial, - elaboración, dirigida a los Estados miembros, de códigos de conducta fiscal destinados a completar las disposiciones y acuerdos existentes que contengan los elementos generales recogidos en su Resolución de 29 de mayo de 1997 sobre el informe de la Comisión sobre la fiscalidad en la Unión Europea: informe sobre la evolución de los sistemas tributarios ((DO C 182 de 16.6.1997, pág. 59)) - medidas transnacionales sobre el régimen tributario de las empresas, tal como se propuso en el informe Ruding, especialmente el reconocimiento mutuo de los beneficios o pérdidas de las empresas internacionales, - propuestas concretas para suprimir la doble imposición de los trabajadores transfronterizos, - la uniformación de las definiciones tributarias y de los devengos de los impuestos, - la eliminación de los paraísos fiscales y la adopción de medidas de forma que las decisiones en materia de política impositiva no generen distorsiones a la competencia y no esté en contradicción con la estructura política, - en cuanto al régimen tributario de la energía, la pronta adopción de la directiva sobre la reestructuración de las disposiciones marco comunitarias que determinan el régimen fiscal de los productos energéticos, - principios comunes sobre el régimen tributario del capital basados en un acuerdo de la OCDE; 4. Opina que la existencia de una infraestructura que funcione eficientemente es un requisito fundamental del mercado europeo interno y pide, por lo tanto, que se desarrollen de manera rigurosa y rápida, pero también compatible con el medio ambiente, las redes transeuropeas en los sectores siguientes: a) Transportes, especialmente la ampliación de las redes ferroviarias de alta velocidad; debe encontrarse una solución a las deficiencias existentes en la actualidad en relación con la normativa y los controles en el marco de la aviación civil europea y exige la creación rápida de una agencia europea para la seguridad de la aviación civil y la celebración de un nuevo acuerdo sobre EUROCONTROL; b) Telecomunicaciones; en este ámbito considera necesario que se lleve a cabo la liberalización prevista de los servicios de telefonía, que se examine, a propósito del desarrollo de las telecomunicaciones por satélite, la posibilidad de una participación presupuestaria de la Unión Europea en el marco de la política de telecomunicaciones y que se tome en consideración la creación de una autoridad europea que regule las telecomunicaciones; c) Energía, habiendo de ser prioritarios la prosecución de la liberalización de los mercados, el fomento de las nuevas fuentes de energía renovables y la ampliación de los sistemas de oleoductos y gaseoductos; d) Indica una vez más que la ampliación de la noción de mercado interior a los servicios públicos sólo será aceptable si se garantiza el mantenimiento de las prestaciones básicas en forma de un proyecto global de servicio universal, cuya financiación debe estar claramente reglamentada; 5. Subraya la importancia de la normalización como instrumento de la política industrial y - pide a la Comisión que intervenga para aumentar la eficacia de los institutos europeos de normalización y acelere drásticamente la elaboración de los mandatos de normalización, - pide que se aplique más rigurosamente el procedimiento de la referencia a las normas técnicas en la legislación y que se facilite la participación de las pequeñas y medianas empresas y de las organizaciones de consumidores, así como, en su caso, de las ONG que actúan en el ámbito de la protección del medio ambiente, en el proceso de normalización, - pide a los Estados miembros que mejoren el grado de reconocimiento mutuo de los métodos de ensayo y de las normas y que se dé a los expertos nacionales en materia de normalización presentes en las instancias europeas unos objetivos y unos plazos claros, - pide que, a largo plazo, se unifiquen en un único instituto europeo los tres institutos europeos de normalización, - señala, con respecto a los controles de los productos, que la existencia de distintos niveles de protección podría suponer obstáculos a los intercambios transfronterizos de bienes y, por lo tanto, acoge con satisfacción la adopción de normas comunes de seguridad elevadas así como de definiciones concretas cuyo respeto debería garantizarse mediante controles más estrictos de los productos; 6. Comprueba que es necesario avanzar continuamente en la simplificación y la clarificación del marco legislativo y que, en particular, es necesario seguir desarrollando el derecho de sociedades, y señala que, sobre todo en lo que atañe a la adopción de los estatutos de la sociedad anónima europea, existe una necesidad urgente de actuar; apoya a la Comisión Europea en que para garantizar la aplicación uniforme en la totalidad de los Estados miembros de todas las disposiciones legislativas vigentes se apliquen sanciones eficaces en forma de multas que se consignarán en el presupuesto de la UE; pide que, en el marco de una armonización de las disposiciones jurídicas, se elabore una directiva sobre el derecho de garantía y otra destinada a reducir la morosidad de los pagos; 7. Comprueba que la protección de la propiedad intelectual en la Comunidad, que tiene una importancia decisiva para la investigación, la innovación y la competitividad de las empresas europeas, necesita complementarse, y pide que se adopten medidas en los sectores siguientes: a) Patentes; se ha de adoptar lo más rápidamente posible la directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la protección legal de los productos biotecnológicos; b) Marcas; señala al respecto el éxito obtenido por la Oficina de Normalización de Alicante, cuyo trabajo ha de continuarse y ampliarse; c) Modelos de utilidad y diseños; d) Derechos de autor; señala que a este respecto existe necesidad de actuar en relación con las nuevas tecnologías de la sociedad de la información; 8. Opina que para que exista un mercado europeo interno es necesaria también una política económica europea que se rija por los principios de la economía de mercado ecológica y social; ello supone la aplicación equilibrada de las normas de competencia, por una parte, y la consideración de los objetivos más globales del Tratado relativos a elevadas normas de protección en materia ecológica y social, por otra; el desarrollo progresivo del mercado interior europeo, una política presupuestaria basada en las resoluciones del Consejo Europeo de Amsterdam sobre estabilidad, crecimiento y empleo; normas fundamentales en el ámbito de la política fiscal y la mejora de la eficacia de las administraciones con ayuda de instrumentos tales como la evaluación del rendimiento y las mejores prácticas; considera, sin embargo, que el volumen de ayuda global en la Comunidad es masivo e indica una tendencia estable que distorsiona la competencia leal, es incompatible con el mercado interior, socava el compromiso de la UE con un mercado mundial libre y se convertirá en una fuente de posibles fricciones entre los Estados miembros que participen en la UEM y los que no participen en la misma; 9. Señala que ha de dedicarse una atención especial a que el mercado único funcione respetando la seguridad social, las medidas de sanidad y seguridad en el trabajo, el medio ambiente y un elevado nivel de protección de los consumidores, y que todos los ciudadanos, incluidos los 120 millones de niños, deberían beneficiarse del mercado interior de acuerdo con las propuestas de la Comisión recogidas en el objetivo estratégico nº 4 («lograr que el mercado interior esté al servicio de todos los ciudadanos»), y considera importante apoyar de forma más estricta a las organizaciones de consumidores de la Unión Europea en relación con la información relativa al mercado interior; considera que la lucha por lograr ventajas competitivas no debe llevar a la violación de determinados niveles mínimos de protección social; pide a la Comisión que examine la manera de incrementar la eficacia de las disposiciones en materia laboral aplicadas a nivel comunitario; pide, en especial, que se reflexione sobre las sanciones que podrían imponerse en los casos de violación de las disposiciones vigentes; 10. Destaca la importancia del diálogo con los ciudadanos y pide a la Comisión que intensifique y amplíe el servicio de señalización a nivel nacional en cooperación con todos los órganos e instituciones europeos, en particular con el Parlamento Europeo y su Comisión de Peticiones; considera que las actuales campañas de información, en particular a través de Internet y sistemas electrónicos de procesamiento de datos de los diferentes órganos e instituciones europeos, deberían estar interrelacionadas para garantizar la salvaguardia eficaz de los intereses y derechos del público; 11. Considera que debe prestarse especial atención a la forma en que pueden participar en el mercado interior las pequeñas y medianas empresas, con objeto de que las PYME, que contribuyen considerablemente a la creación de empleo, no se vean privadas de las ventajas y las posibilidades del mercado interior; alienta a la Comisión a que garantice la elaboración y plena aplicación del programa plurianual (1997-2000) y otras medidas en favor de las PYME y señala que, asimismo, hay que solucionar las deficiencias y los obstáculos relacionados con el derecho de establecimiento en distintos Estados miembros, así como simplificar eficazmente la creación de empresas transnacionales, por ejemplo, en el sector de las empresas artesanales y pide a la Comisión que garantice que los Estados miembros apliquen el plan de acción a través del «marcador del mercado único»; 12. Insiste en que el mercado común exige una moneda europea común y considera la moneda común como una parte integrante y necesaria del mercado europeo interno; 13. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión y a los Parlamentos de los Estados miembros.