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Document 51997AC1200

Dictamen del Comité Económico y Social sobre el «Informe de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre las medidas comunitarias que afectan al turismo (1995/1996)»

DO C 19 de 21.1.1998, p. 116 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

51997AC1200

Dictamen del Comité Económico y Social sobre el «Informe de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre las medidas comunitarias que afectan al turismo (1995/1996)»

Diario Oficial n° C 019 de 21/01/1998 p. 0116


Dictamen del Comité Económico y Social sobre el «Informe de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre las medidas comunitarias que afectan al turismo (1995/1996)»

(98/C 19/30)

El 8 de julio de 1997, de conformidad con el apartado 2 del artículo 23 de su Reglamento Interno, el Comité Económico y Social decidió elaborar un dictamen adicional sobre el informe mencionado.

La Sección de Desarrollo Regional, Ordenación del Territorio y Urbanismo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 21 de octubre de 1997 (Ponente: Sr. Lustenhouwer).

En su 349° Pleno de los días 29 y 30 de octubre de 1997 (sesión del 30 de octubre), el Comité Económico y Social ha aprobado por 52 votos a favor, 3 en contra y 6 abstenciones el presente Dictamen.

1. Introducción

1.1. El Comité Económico y Social ha examinado con interés el Informe de la Comisión sobre las medidas que afectan al turismo adoptadas por la Unión Europea en 1995 y 1996. El Comité toma nota de que, además de este Informe, la Comisión también ha publicado un documento de trabajo separado () sobre las diferentes acciones realizadas durante el mismo período en el ámbito de la política específica de la Comisión a favor del turismo. Teniendo en cuenta sus observaciones sobre el Libro Verde relativo al turismo () y sobre la propuesta de la Comisión relativa al programa plurianual en favor del turismo «PHILOXENIA» (), el Comité se limitará, en el presente dictamen adicional, a formular observaciones de carácter más fundamental sobre una serie de puntos esenciales.

1.2. El Informe de la Comisión sobre las medidas comunitarias que afectan al turismo muestra una vez más que la política de la Unión Europea tiene, en muchos aspectos, puntos en común con el sector del turismo.

También es ésta, en parte, la lógica consecuencia del hecho de que lo que se suele considerar como el sector del turismo está formado, en la práctica, por una multitud de tipos de empresas procedentes de numerosos sectores, distribuidas por toda Europa. Efectivamente, una de las características del sector del turismo es la diversidad de sus empresas.

1.3. El Comité celebra que gracias a la publicación de este Informe la Comisión dé muestras del interés de la Unión Europea por las empresas y personas que trabajan en el sector del turismo. En efecto, si se contemplan únicamente las acciones realizadas en el marco de la política específica, de alcance muy modesto, la actividad comunitaria en dicho sector podría parecer muy limitada.

1.4. No obstante, el Comité observa que el Informe sigue siendo bastante global. En su opinión, la Comisión debería tratar de determinar con mayor precisión los recursos financieros de que podría disponer directamente el sector del turismo, no sólo en el documento de trabajo anteriormente citado sino, precisamente, en este Informe, cuyo peso jurídico es mayor y que se difundirá a mayor escala. El Comité insta asimismo a la Comisión a que se evalúen más detalladamente los efectos de las diferentes acciones en términos de crecimiento del empleo en el sector o de mejora de la calidad del producto turístico. Estos análisis de impacto facilitan la elección de la dirección que se deberá seguir en el futuro para proseguir o, mejor aún, intensificar la política en la materia.

2. Política turística en relación con las políticas de medio ambiente y de consumidores

2.1. Como ha señalado ya el Comité en las conclusiones de dictámenes anteriores sobre el turismo, este sector tiene repercusiones económicas a escala mundial. Pese al fuerte desarrollo de la industria turística, incluso en términos de empleo, la cuota de mercado sigue siendo frágil. Según datos de la Comisión, pero también de la Organización Mundial del Turismo y de la OCDE, parece que los destinos de terceros países, que compiten con los europeos, han ido adquiriendo un peso creciente en los últimos años y que las previsiones para el futuro van en la misma dirección.

2.2. Aunque el atractivo del producto turístico depende, en primera instancia, de las empresas, también es cierto que, por la naturaleza de este producto, es fundamental el papel de las autoridades locales, nacionales y, cada vez más, comunitarias, a la hora de conservar el atractivo turístico de los destinos europeos.

2.3. La calidad del producto turístico no depende exclusivamente de la del medio de transporte (avión, tren, etc.) o del hotel, sino que engloba también la calidad del entorno en el que se presenta el producto. Éstos son precisamente los aspectos en los que pueden influir mucho las políticas de las autoridades. Sirvan de ejemplo la facilidad de acceso, seguridad y calidad de vida en sentido lato (contaminación).

2.4. Por otra parte, el Comité considera esencial que la industria turística europea logre alcanzar un equilibrio entre los objetivos comunitarios, como el crecimiento sostenible, la cohesión, etc., y los objetivos de fomento del sector turístico por razones de continuidad y empleo.

2.5. Este equilibrio no sólo beneficiaría a las autoridades, porque también para el sector son importantes aspectos como un entorno limpio y un acceso más fácil. El Comité considera que la política medioambiental europea, con mayor razón que otras, debe tener en cuenta los problemas que se plantean en el sector del turismo. La UE debe esforzarse aún más de lo que está haciendo actualmente por equilibrar la política de medio ambiente y el fomento del espíritu empresarial en el sector del turismo. El Comité señala que en relación con dichos esfuerzos se debe partir tanto de las posibilidades reales de las empresas turísticas como de los objetivos o medidas que se consideran deseables desde el punto de vista del medio ambiente. La experiencia ha mostrado que a veces resulta totalmente imposible para las empresas, por diferentes razones (técnicas o comerciales), aplicar las normas fijadas con arreglo a criterios exclusivamente medioambientales. En los programas de la UE dirigidos a fomentar el sector turístico en «terceros países», debería velarse por el cumplimiento de las normas europeas en el ámbito de la protección del medio ambiente.

2.6. El Informe de la Comisión señala que la política de la UE se ha elaborado, con razón, sobre la base de diferentes objetivos. Naturalmente, uno de ellos es el fomento de un entorno favorable para las empresas turísticas. La preocupación por el medio ambiente, por su parte, ya se había mencionado anteriormente. Ahora bien, también es justo que la posición del consumidor, es decir, del turista, se tome en consideración en la política comunitaria. La UE también puede contribuir al establecimiento de las condiciones básicas de seguridad para los turistas sin que ello implique aumentar la carga administrativa de los empresarios del sector turístico. Al contrario de lo que sucede con otros «productos», con el turismo siempre es el consumidor el que se dirige hacia el producto, y no al revés. En consecuencia, el consumidor debe conocer con seguridad su posición jurídica, especialmente cuando viaja a destinos situados fuera de su propio país. En cuanto a la seguridad económica del turista, será bastante mayor después de la introducción del euro.

3. Empleo y turismo

3.1. Como ya se ha señalado anteriormente, la contribución del sector del turismo al empleo es impresionante y aumenta constantemente. El 6 % aproximadamente de la población activa, es decir, unos nueve millones de personas, trabajan en el sector del turismo. Según las previsiones, esta proporción alcanzará el 9 % en el año 2010 (). En el Reino Unido, por ejemplo, se prevé que para el año 2000 el turismo será el principal sector económico. Razón de más, habida cuenta de la preocupante situación del empleo en la Unión Europea, para dedicar especial atención al desarrollo del empleo en el sector turístico y recreativo. El Comité considera que para cada medida adoptada en el ámbito del mercado de trabajo, de la formación y del fomento de las inversiones creadoras de empleo, debería prestarse especial atención a los efectos de estas actividades sobre las empresas del sector del turismo. Efectivamente, siempre y cuando se cumplan determinadas condiciones mencionadas por el Comité en los dictámenes anteriormente citados, se prevé que el crecimiento continúe en este sector, y el crecimiento económico implica creación de empleo. El sector turístico presenta un nivel de empleo muy elevado, que lo seguirá siendo en el futuro incluso después de la introducción de las nuevas tecnologías, con la condición de que se tomen medidas en todos los niveles para fomentar la competitividad. El Comité señala, a este respecto, que las tendencias a la concentración observadas recientemente en este sector podrían provocar cambios fundamentales que, de acuerdo con la política de competencia, deberían examinarse con ojo crítico.

3.2. El Comité celebra la iniciativa de la Presidencia luxemburguesa y la Comisión de organizar, a principios del mes de noviembre de 1997, una conferencia sobre el tema Turismo y Empleo. El Comité manifiesta el deseo de que esta conferencia contribuya a la adopción de recomendaciones concretas destinadas a los Estados miembros y a la Unión, que conduzcan a la creación de más y mejor empleo en el sector turístico y estén encaminadas a la continuidad del sector. Precisamente porque el sector turístico es uno de los pocos sectores de la Unión en los que el empleo aumenta, el Comité espera que las recomendaciones formuladas en esta conferencia sirvan de base para la Cumbre europea extraordinaria sobre el empleo en Europa. Si nos referimos al empleo en términos de adaptación al mercado de trabajo, flexibilidad y formas de trabajo atípicas, las experiencias realizadas en el sector turístico (intercambio de prácticas correctas, en el sentido del artículo 5 del nuevo título sobre el empleo del proyecto de Tratado de Amsterdam) pueden servir de ejemplo para otros sectores en los que estos aspectos están aún en los comienzos.

3.3. El Comité considera asimismo que las recomendaciones formuladas recientemente por la Organización Mundial del Turismo (OMT) en la conferencia deben recibir suficiente atención y que se pueden poner en práctica. En la Declaración de Madrid sobre el desarrollo de los recursos humanos en el sector del turismo (), la OMT destacó, entre otras cosas, la necesidad de:

- instar a todos los agentes a conceder la máxima prioridad al desarrollo de los recursos humanos;

- recomendar nuevos modelos para determinar qué tipo de educación general y de formación profesional en el ámbito del turismo se adaptan mejor a entornos en plena mutación;

- reconocer el papel fundamental de la educación y la formación para el desarrollo de las profesiones turísticas;

- contemplar la creación de normas, certificaciones y acreditaciones universales, a fin de reforzar los programas existentes y de orientar la elaboración de nuevos sistemas de educación y formación;

- recomendar la integración de las nuevas tecnologías y de los nuevos sistemas de información en la educación y la formación turística;

- reconocer la importancia de la calidad y del profesionalismo, como sendos factores esenciales tanto para la educación como para la prestación de servicios.

3.4. Teniendo en cuenta los altos niveles de empleo registrados en las empresas de este sector, esencialmente pequeñas y medianas empresas, deberá celebrarse durante la conferencia un amplio debate sobre las posibilidades de reducir los costes laborales. Por otra parte, habrá que seguir autorizando a los Estados miembros en el futuro a aplicar el nivel de IVA más reducido a las pernoctaciones y a los servicios de restauración. La cuantía de los impuestos sobre el trabajo y de las cargas sociales aún tiene con frecuencia un efecto disuasorio sobre los empresarios a la hora de contratar personal. Por lo tanto, habría que reducir considerablemente el «abismo» existente entre las cargas patronales y el salario neto de los trabajadores, sin menoscabo para los salarios ni para la financiación de los sistemas de seguridad social. Las posibles medidas, no obstante, no podrán referirse a sectores concretos. Este enfoque, sumado a la mejora de las condiciones de trabajo, contribuirá asimismo a reducir la proporción del trabajo no declarado que, en algunas regiones de la Unión, se acompaña cada vez más con el recurso a trabajadores de terceros países en residencia ilegal. Además, en el futuro habrá que permitir que los Estados miembros sigan aplicando el tipo reducido de IVA a las pernoctaciones y al abastecimiento en el ámbito de la restauración (alimentación).

4. Conclusiones

4.1. El Comité ya se ha pronunciado en dictámenes anteriores (), por mayoría, a favor de la adopción en el Tratado Europeo de un artículo separado relativo al turismo. El Comité toma nota de que no se ha adoptado esta disposición en el Tratado de Amsterdam y lamenta que, según la información de que dispone, no se haya tenido debidamente en cuenta durante la Conferencia Intergubernamental preliminar al Tratado este deseo manifestado tanto por el Comité como por el Parlamento Europeo ().

4.2. El Comité lamenta asimismo que más de un año después de la presentación por la Comisión, el Consejo no haya llegado aún a un acuerdo sobre la propuesta relativa a un programa plurianual en favor del turismo «PHILOXENIA». Por otra parte, el Comité celebra que en el presupuesto de 1997 el Parlamento Europeo haya previsto un importe correspondiente a 4 millones de ecus, e insta al Parlamento a que en los próximos años mantenga esta posición con relación a la política en el sector del turismo. El Comité considera que el Consejo no puede seguir ignorando los deseos del Comité y del Parlamento Europeo de que se adopte una política comunitaria responsable en el ámbito del turismo (). En consecuencia, el Comité acoge favorablemente la declaración del Presidente en ejercicio del Consejo de Turismo (), según la cual la Presidencia luxemburguesa ha tomado la iniciativa de volver a poner a la orden del día el programa «PHILOXENIA». El Comité insta al Consejo a que adopte una decisión antes de finalizar este año sobre todos los elementos de la propuesta de la Comisión, y que esta clara señal positiva se plasme en acciones concretas en beneficio del sector, de las personas que trabajan en él y de los consumidores del producto turístico.

4.3. En lo referente al programa PHILOXENIA, el Comité considera que, en cualquier caso, deberían ponerse en práctica cuanto antes los elementos de coordinación horizontal de la política turística y de intercambio de información sobre la evolución en los diferentes Estados miembros. El primer elemento, desde luego, a saber, la integración de la política turística en actividades pertenecientes a otros ámbitos (protección de los consumidores, medio ambiente, transporte, Fondos estructurales, investigación científica y técnica, etc.) debería ser más que nunca un objetivo político tanto para la Comisión como para el Consejo, al no haberse incluido un título específico sobre este sector en el Tratado.

Bruselas, el 30 de octubre de 1997.

El Presidente del Comité Económico y Social

Tom JENKINS

() Acciones comunitarias que afectan al turismo; documento de trabajo de los servicios de la Comisión, Bruselas, 11. 7. 1997, SEC(97) 1419.

() Comité Económico y Social, Dictamen sobre «El papel de la Unión en materia de turismo - Libro Verde de la Comisión» (COM(95) 97 final), DO C 301 de 13. 11. 1995.

() Comité Económico y Social, Dictamen sobre la «Propuesta de Decisión del Consejo sobre un primer programa plurianual en favor del turismo europeo "PHILOXENIA" (1997-2000)» (COM(96) 168 final), DO C 30 de 30. 1. 1997.

() WTTC, Travel and Tourism - Jobs for the millennium, Londres, 1997.

() Conferencia de la OMT «El capital humano en la industria turística del siglo XXI», Madrid, 21-23. 1. 1996.

() Comité Económico y Social, Dictamen sobre «El papel de la Unión en materia de turismo - Libro Verde de la Comisión» (COM(95) 97 final), DO C 301 de 13. 11. 1995; Comité Económico y Social, Dictamen sobre la «Propuesta de Decisión del Consejo sobre un primer programa plurianual en favor del turismo europeo "PHILOXENIA" (1997-2000)» (COM(96) 168 final), DO C 30 de 30. 1. 1997.

() Véase, más recientemente, la Resolución sobre el Turismo adoptada por el Parlamento Europeo, 12. 6. 1997, PE 260.312.

() Véase, por ejemplo, la Resolución del Parlamento Europeo sobre la Comunicación de la Comisión relativa al programa integrado en favor de las pequeñas y medianas empresas (PYME) y del artesanado, de 24 de abril de 1997, DO C 150 de 19. 5. 1997. En el punto 21 de esta Resolución, el PE declara que: «lamenta el hecho de que el objetivo de reforzar la competitividad de una categoría muy importante de PYME, las del sector turístico, no se considere lo suficientemente importante como para merecer acciones comunitarias específicas y aún menos una política comunitaria específica» y: «Cuando se menciona la palabra turismo en el Consejo, o en los Estados miembros, parece que todos se van de vacaciones. Sólo con decir turismo todos se imaginan ya tostándose en la playa. Basta mencionar la principal industria europea y nuestros responsables se muestran indecisos. Se hunden un poco más en sus hamacas, bronceándose con satisfacción y pensando que la industria europea más próspera no necesita ni ayuda ni comprensión» (Sr. L. Harrison (PSE), Parlamento Europeo, Acta literal, 10. 6. 1997).

() Presentación del turismo comunitario y del programa de la Presidencia luxemburguesa por el Señor Fernand Boden, Presidente en ejercicio del Consejo de Turismo del Gran Ducado de Luxemburgo ante la Comisión de Transportes y Turismo del Parlamento Europeo, el 3. 9. 1997.

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