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Document 51996BP0380
European Parliament Resolution of 17 April 1996 refusing discharge to the Commission in respect of the implementation of the European Development Funds for the 1994 financial year
Resolución del Parlamento Europeo de 17 de abril de 1996 por la que se deniega la aprobación de la gestión de la Comisión en la ejecución de los Fondos Europeos de Desarrollo durante el ejercicio 1994
Resolución del Parlamento Europeo de 17 de abril de 1996 por la que se deniega la aprobación de la gestión de la Comisión en la ejecución de los Fondos Europeos de Desarrollo durante el ejercicio 1994
DO L 148 de 21.6.1996, p. 56–57
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Resolución del Parlamento Europeo de 17 de abril de 1996 por la que se deniega la aprobación de la gestión de la Comisión en la ejecución de los Fondos Europeos de Desarrollo durante el ejercicio 1994
Diario Oficial n° L 148 de 21/06/1996 p. 0056 - 0057
RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO de 17 de abril de 1996 por la que se deniega la aprobación de la gestión de la Comisión en la ejecución de los Fondos Europeos de Desarrollo durante el ejercicio 1994 (96/380/CE) EL PARLAMENTO EUROPEO, - Visto el Tratado CE, - Visto el Cuarto Convenio ACP-CEE (1), - Vistos el balance financiero y las cuentas de ingresos y gastos del sexto y séptimo Fondos Europeos de Desarrollo correspondientes al ejercicio de 1994 [COM(95)0180], - Vistos el Informe Anual del Tribunal de Cuentas relativo al ejercicio 1994, acompañado de las respuestas de las instituciones (2), - Vista la declaración de fiabilidad sobre las actividades del sexto y séptimo Fondos Europeos de Desarrollo en el ejercicio 1994, junto con el informe especial, acompañado de la respuesta de la Comisión (3), - Vistas las Recomendaciones del Consejo de 11 de marzo de 1996 (C4-0198/96 y C4-0199/96) (4), - Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Desarrollo y Cooperación (A4-0096/96), A. Considerando que el Tribunal de Cuentas no pudo emitir una declaración de fiabilidad positiva sobre las actividades del sexto y séptimo Fondos Europeos de Desarrollo (FED) para el ejercicio 1994, 1. Comparte la opinión del Tribunal de Cuentas en el sentido de que las constantes dificultades que caracterizan la gestión financiera de los FED por parte de la Comisión pueden atribuirse, en gran medida, al marco jurídico en el que aquéllos se gestionan, en particular al hecho de que jurídicamente no son gastos comunitarios y no se gestionan de conformidad con las disposiciones habituales en materia presupuestaria; 2. Reitera que considera anómala una situación en la que se pide al Parlamento Europeo que adopte una decisión anual de aprobación de la gestión de los FED sin poseer las correspondientes atribuciones presupuestarias ni legislativas; considera que, sobre todo en vista de los hechos que están saliendo a la luz en el procedimiento de aprobación de la gestión actualmente en curso, no puede seguir tolerándose esta situación; 3. Considera que la responsabilidad democrática de los gastos efectuados en virtud de los FED se ve gravemente puesta en entredicho por el marco jurídico que los regula; se niega, de ahora en adelante, a aparentar una responsabilidad ilusoria respecto de los FED, al conceder la aprobación de la gestión, y a asumir cualquier responsabilidad relativa a un sistema para el cual no puede legislar; 4. Pide una vez más que los FED se integren en el sector del presupuesto general de las Comunidades Europeas correspondiente a la cooperación al desarrollo; 5. Recuerda a los Estados miembros que son ellos los principales responsables de haber creado la situación descrita en la presente resolución; 6. Reconoce los intentos realizados por la Comisión para mejorar la gestión financiera de los FED en el contexto del marco jurídico existente y la exhorta a que persevere en esa línea; cree, no obstante, que esas mejoras sólo pueden ser superficiales mientras no se modifique el marco jurídico; 7. Condena el modo en que la Comisión subvencionó las operaciones de la Fundación Cultural, sin la adecuada supervisión de la utilización de los fondos, sin exigir la debida justificación de muchas de las cantidades solicitadas y sin informar a la autoridad facultada para la aprobación de la gestión de los FED de los graves problemas financieros cuando éstos se manifestaron; considera que esto ha acarreado notables pérdidas para el contribuyente europeo; 8. Lamenta la utilización de fondos públicos (por un importe total de 738 606 ecus) por parte de la Comisión para cerrar la Fundación, pagar a sus acreedores y costear los gastos de personal correspondientes; señala, además, que la Comisión no tenía obligación jurídica alguna de adoptar esa decisión, por lo cual ésta fue de carácter exclusivamente político; afirma su total desacuerdo con esa decisión; 9. Opina que una de las razones más importantes por las que la Comisión pudo actuar tal como hizo en el caso de la Fundación Cultural fue que los procedimientos de los FED no garantizan en la actualidad la transparencia o la responsabilidad frente a la autoridad facultada para la aprobación de su gestión; 10. Deniega la aprobación de su gestión a la Comisión en lo que se refiere a la ejecución de los sexto y séptimo Fondos Europeos de Desarrollo durante el ejercicio 1994; 11. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión, al Consejo y al Tribunal de Cuentas y que proceda a su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (serie L). El Secretario General Enrico VINCI El Presidente Klaus HÄNSCH (1) DO n° L 229 de 17. 8. 1991. (2) DO n° C 303 de 14. 11. 1995. (3) DO n° C 352 de 30. 12. 1995, pp. 93 y 97. (4) DO n° L 68 de 19. 3. 1996, pp. 30 y 31.