This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32025D1931
Commission Implementing Decision (EU) 2025/1931 of 22 September 2025 amending Implementing Decision (EU) 2025/1708 concerning certain emergency measures relating to infection with lumpy skin disease virus in France (notified under document C(2025) 6528)
Decisión de Ejecución (UE) 2025/1931 de la Comisión, de 22 de septiembre de 2025, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708, relativa a determinadas medidas de emergencia en relación con la dermatosis nodular contagiosa en Francia [notificada con el número C(2025) 6528]
Decisión de Ejecución (UE) 2025/1931 de la Comisión, de 22 de septiembre de 2025, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708, relativa a determinadas medidas de emergencia en relación con la dermatosis nodular contagiosa en Francia [notificada con el número C(2025) 6528]
C/2025/6528
DO L, 2025/1931, 25.9.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2025/1931/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modifies | 32025D1708 | sustitución | anexo I | 22/09/2025 | |
Modifies | 32025D1708 | sustitución | anexo II | 22/09/2025 |
![]() |
Diario Oficial |
ES Serie L |
2025/1931 |
25.9.2025 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2025/1931 DE LA COMISIÓN
de 22 de septiembre de 2025
por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708, relativa a determinadas medidas de emergencia en relación con la dermatosis nodular contagiosa en Francia
[notificada con el número C(2025) 6528]
(El texto en lengua francesa es el único auténtico)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») (1), y en particular su artículo 259, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La dermatosis nodular contagiosa es una enfermedad infecciosa transmitida por vectores que afecta a los bovinos. Puede tener graves repercusiones en la población animal afectada y en la rentabilidad de la ganadería, perturbando también los desplazamientos de esos animales y sus productos dentro de la Unión, así como las exportaciones a terceros países. |
(2) |
Si se produce un brote de dermatosis nodular contagiosa en bovinos, existe un riesgo grave de propagación de esta enfermedad a otros establecimientos de bovinos, debido en particular a su principal modo de transmisión por vectores. |
(3) |
El Reglamento Delegado (UE) 2020/687 de la Comisión (2) completa las normas para el control de las enfermedades de la lista a las que se hace referencia en el artículo 9, apartado 1, letras a), b) y c), del Reglamento (UE) 2016/429, y que están definidas como enfermedades de categoría A, B o C en el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 de la Comisión (3). En particular, los artículos 21 y 22 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 disponen el establecimiento de una zona restringida en caso de que se produzca un brote de una enfermedad de categoría A, como la dermatosis nodular contagiosa, y la aplicación de determinadas medidas en esa zona. Además, el artículo 21, apartado 1, de dicho Reglamento Delegado establece que la zona restringida debe constar, como mínimo, de una zona de protección, de una zona de vigilancia y, si fuera necesario, de otras zonas restringidas adyacentes o en torno a las zonas de protección y vigilancia. |
(4) |
La Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708 de la Comisión (4) establece determinadas medidas de emergencia en relación con los brotes de dermatosis nodular contagiosa en Francia. Más concretamente, la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708 prevé el establecimiento en Francia de una zona restringida, que incluya zonas de protección y de vigilancia, de conformidad con el artículo 21 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687, así como de una zona de vacunación de conformidad con la parte 1 del anexo IX del Reglamento Delegado (UE) 2023/361 de la Comisión (5). Además, el artículo 1 de la Decisión de Ejecución 2025/1708 establece que esas zonas de protección y de vigilancia, así como la zona de vacunación, deben incluir, como mínimo, las zonas enumeradas en sus anexos, y que las medidas que deben aplicarse en dichas zonas han de aplicarse al menos hasta las fechas indicadas en dichos anexos. |
(5) |
Desde que la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708 se modificó mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1762 de la Comisión (6), Francia ha notificado a la Comisión otros cuatro brotes confirmados de dermatosis nodular contagiosa en establecimientos que tienen bovinos. Dos de estos brotes confirmados se produjeron en los municipios de Chambéry y Annecy, en los departamentos de Saboya y Alta Saboya, y los otros dos se produjeron, por primera vez, en los municipios de Nantua y Belley, en el departamento de Ain. Los cuatro brotes se notificaron entre el 15 de agosto de 2025 y el 9 de septiembre de 2025, y los brotes en Nantua y Belley se produjeron a más de 10 kilómetros al oeste de los brotes previamente confirmados más próximos. En respuesta a estos nuevos brotes, Francia ha establecido zonas de protección y de vigilancia en los departamentos de Ain, Isère, Saboya y Alta Saboya, en la región de Auvernia-Ródano-Alpes, y en el departamento de Jura, en la región de Borgoña-Franco Condado, donde se aplican las medidas de control de la enfermedad establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2020/687. |
(6) |
Teniendo en cuenta estos brotes recientes en Francia, procede, por tanto, actualizar las áreas indicadas como zonas de protección y de vigilancia en el anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708 mediante la presente Decisión, y fijar la duración de las medidas que deben aplicarse en esas zonas de protección y de vigilancia. |
(7) |
El tamaño de las áreas indicadas como zonas de protección y de vigilancia en el anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708, modificado por la presente Decisión, y la duración de las medidas que deben aplicarse en ellas, se basan en los criterios establecidos en el artículo 64, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/429 y en las normas establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2020/687. Los criterios aplicados para elegir el tamaño de la zonas de protección y de vigilancia, así como la duración de las medidas que deben aplicarse en ellas, tienen en cuenta no solo la situación epidemiológica con respecto a la dermatosis nodular contagiosa en las zonas afectadas por ella, sino también otros factores epidemiológicos, tales como los parámetros geográficos y el riesgo de propagación de la enfermedad habida cuenta de la presencia de insectos vectores. La duración de las medidas previstas en la presente Decisión se ha determinado teniendo en cuenta también las normas internacionales del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (7). |
(8) |
El artículo 2 de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708 prohíbe los desplazamientos de bovinos desde las zonas de protección y de vigilancia establecidas en el anexo I de dicha Decisión de Ejecución hasta destinos situados fuera del perímetro exterior de dichas zonas en Francia o fuera de ese Estado miembro hasta las fechas indicadas en dicho anexo. Habida cuenta de la persistencia de los brotes de dermatosis nodular contagiosa en Francia, es necesario prorrogar dicha prohibición. |
(9) |
Procede, por tanto, modificar el anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708 en consecuencia. |
(10) |
Además, a la luz de la situación zoosanitaria en relación con la dermatosis nodular contagiosa en Cerdeña (Italia), Francia ha decidido actualizar su plan de vacunación contra dicha enfermedad y aplicar una vacunación preventiva de urgencia en la región de Córcega. En consecuencia, el 8 de septiembre de 2025, Francia presentó a la Comisión el plan oficial de vacunación contra la dermatosis nodular contagiosa en esa región, de conformidad con el artículo 6, apartado 4, letra b), del Reglamento Delegado (UE) 2023/361. |
(11) |
A fin de garantizar un control coordinado de las enfermedades y salvaguardar el comercio dentro de la Unión y con terceros países, es necesario ajustar a nivel de la Unión la zona de vacunación contra la dermatosis nodular contagiosa establecida en el anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708. |
(12) |
El tipo, el tamaño y la duración de las zonas de vacunación I y II que figuran en las partes B y A del anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708 se basan en la situación epidemiológica y los avances de las campañas de vacunación en Francia, en particular teniendo en cuenta la evolución del nivel de cobertura vacunal alcanzado, el plan oficial de vacunación del Estado miembro y los informes de situación presentados de conformidad con el artículo 11 del Reglamento Delegado (UE) 2023/361, así como en los requisitos establecidos en el anexo IX de dicho Reglamento Delegado. Por consiguiente, el anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708 debe indicar, para cada zona afectada, las fechas durante las que deben aplicarse las zonas de vacunación. |
(13) |
Procede, por tanto, modificar el anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708 en consecuencia. |
(14) |
A la luz de la situación epidemiológica actual en Francia, las modificaciones que deben introducirse en la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708 mediante la presente Decisión deben aplicarse lo antes posible para evitar una mayor propagación de la enfermedad dentro de Francia, a otros Estados miembros o a terceros países, así como para evitar perturbaciones innecesarias del comercio dentro de la Unión u obstáculos injustificados al comercio con terceros países. |
(15) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Los anexos de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708 se sustituyen por el texto del anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
El destinatario de la presente Decisión es la República Francesa.
Hecho en Bruselas, el 22 de septiembre de 2025.
Por la Comisión
Olivér VÁRHELYI
Miembro de la Comisión
(1) DO L 84 de 31.3.2016, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2016/429/oj.
(2) Reglamento Delegado (UE) 2020/687 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas relativas a la prevención y el control de determinadas enfermedades de la lista (DO L 174 de 3.6.2020, p. 64, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2020/687/oj).
(3) Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 de la Comisión, de 3 de diciembre de 2018, relativo a la aplicación de determinadas normas de prevención y control a categorías de enfermedades enumeradas en la lista y por el que se establece una lista de especies y grupos de especies que suponen un riesgo considerable para la propagación de dichas enfermedades de la lista (DO L 308 de 4.12.2018, p. 21, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2018/1882/oj).
(4) Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708 de la Comisión, de 29 de julio de 2025, relativa a determinadas medidas de emergencia en relación con la dermatosis nodular contagiosa en Francia y por la que se deroga la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1336 (DO L, 2025/1708, 5.8.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2025/1708/oj).
(5) Reglamento Delegado (UE) 2023/361 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2022, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas de uso de ciertos medicamentos veterinarios a efectos de prevención y control de determinadas enfermedades de la lista (DO L 52 de 20.2.2023, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2023/361/oj).
(6) Decisión de Ejecución (UE) 2025/1762 de la Comisión, de 25 de agosto de 2025, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1708, relativa a determinadas medidas de emergencia en relación con la dermatosis nodular contagiosa en Francia (DO L, 2025/1762, 28.8.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2025/1762/oj).
(7) https://www.woah.org/es/que-hacemos/normas/codigos-y-manuales/.
ANEXO
«ANEXO I
Parte A: Zonas de protección y de vigilancia establecidas en torno a los brotes confirmados
Área administrativa y número de referencia ADIS del brote |
Áreas establecidas como zonas de protección y de vigilancia, que forman parte de la zona restringida en a la que se hace referencia en el artículo 1 |
Fecha límite de aplicación |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Region of Auvergne-Rhône-Alpes FR-LSD-2025-00001 FR-LSD-2025-00002 FR-LSD-2025-00003 FR-LSD-2025-00004 FR-LSD-2025-00005 FR-LSD-2025-00006 FR-LSD-2025-00007 FR-LSD-2025-00008 FR-LSD-2025-00009 FR-LSD-2025-00010 FR-LSD-2025-00011 FR-LSD-2025-00012 FR-LSD-2025-00013 FR-LSD-2025-00014 FR-LSD-2025-00015 FR-LSD-2025-00016 FR-LSD-2025-00017 FR-LSD-2025-00018 FR-LSD-2025-00019 FR-LSD-2025-00020 FR-LSD-2025-00021 FR-LSD-2025-00022 FR-LSD-2025-00023 FR-LSD-2025-00024 FR-LSD-2025-00025 FR-LSD-2025-00026 FR-LSD-2025-00027 FR-LSD-2025-00028 FR-LSD-2025-00029 FR-LSD-2025-00030 FR-LSD-2025-00031 FR-LSD-2025-00032 FR-LSD-2025-00033 FR-LSD-2025-00034 FR-LSD-2025-00035 FR-LSD-2025-00036 FR-LSD-2025-00037 FR-LSD-2025-00038 FR-LSD-2025-00039 FR-LSD-2025-00040 FR-LSD-2025-00041 FR-LSD-2025-00042 FR-LSD-2025-00043 FR-LSD-2025-00044 FR-LSD-2025-00045 FR-LSD-2025-00046 FR-LSD-2025-00047 FR-LSD-2025-00048 FR-LSD-2025-00049 FR-LSD-2025-00050 FR-LSD-2025-00051 FR-LSD-2025-00052 FR-LSD-2025-00053 FR-LSD-2025-00054 FR-LSD-2025-00055 FR-LSD-2025-00056 FR-LSD-2025-00057 FR-LSD-2025-00058 FR-LSD-2025-00059 FR-LSD-2025-00060 FR-LSD-2025-00061 FR-LSD-2025-00062 FR-LSD-2025-00063 FR-LSD-2025-00064 FR-LSD-2025-00065 FR-LSD-2025-00066 FR-LSD-2025-00067 FR-LSD-2025-00068 FR-LSD-2025-00069 FR-LSD-2025-00070 FR-LSD-2025-00071 FR-LSD-2025-00072 FR-LSD-2025-00073 FR-LSD-2025-00074 FR-LSD-2025-00075 FR-LSD-2025-00076 FR-LSD-2025-00077 FR-LSD-2025-00078 |
Protection zone: The following municipalities in the following departments from region of Auvergne-Rhône-Alpes:
|
4.10.2025 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Surveillance zone: The following municipalities in the following departments from region of Auvergne-Rhône-Alpes:
|
5.10.2025-21.10.2025 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Surveillance zone: The following municipalities in the following departments from region of Auvergne-Rhône-Alpes:
The following municipalities in the following departments from region of Bourgogne-Franche-Comte
|
21.10.2025 |
ANEXO II
Parte A: Zona de vacunación II
— |
Los municipios de los departamentos enumerados en el anexo I hasta el último día del período de recuperación al que se hace referencia en la parte 4 del anexo IX del Reglamento Delegado (UE) 2023/361. |
Parte B: Zona de vacunación I
— |
El territorio completo de la región de Córcega hasta el último día del período de recuperación al que se hace referencia en la parte 4 del anexo IX del Reglamento Delegado (UE) 2023/361. |
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2025/1931/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)