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Document 32024D0831

Decisión de Ejecución (UE) 2024/831 del Consejo, de 4 de marzo de 2024, por la que se autoriza a Suecia a aplicar tipos impositivos reducidos a la electricidad consumida por los hogares y las empresas del sector de servicios situados en determinadas zonas del norte de Suecia

ST/6411/2024/INIT

DO L, 2024/831, 6.3.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2024/831/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2024/831/oj

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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2024/831

6.3.2024

DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2024/831 DEL CONSEJO

de 4 de marzo de 2024

por la que se autoriza a Suecia a aplicar tipos impositivos reducidos a la electricidad consumida por los hogares y las empresas del sector de servicios situados en determinadas zonas del norte de Suecia

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad (1), y en particular su artículo 19, apartado 1,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión de Ejecución (UE) 2017/2409 del Consejo (2) autorizó a Suecia a aplicar, hasta el 31 de diciembre de 2023, una reducción del tipo del impuesto especial aplicable a la electricidad consumida por los hogares y empresas del sector de servicios en determinadas zonas del norte de Suecia en virtud del artículo 19 de la Directiva 2003/96/CE.

(2)

Mediante carta de 11 de abril de 2023, Suecia solicitó autorización para continuar aplicando una reducción del tipo del impuesto especial aplicable a la electricidad consumida por esos mismos beneficiarios por un período adicional de cuatro años, es decir, desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2027. La reducción debe limitarse a 96 SEK por MWh. Mediante carta de 10 de octubre de 2023, Suecia remitió información y aclaraciones adicionales.

(3)

En las zonas de que se trata, los costes de calefacción son, en promedio, más elevados que en el resto del país, dado que la temporada de calefacción es más larga. Al disminuir los costes de la electricidad para los hogares y las empresas del sector de servicios en esas zonas se reducen la diferencia entre los costes de calefacción totales de los consumidores del norte de Suecia y los que soportan los consumidores en el resto del país. Por ello, la medida contribuye a lograr los objetivos de las políticas regional y de cohesión. La reducción fiscal no debe exceder de lo necesario para compensar los costes de calefacción suplementarios de los hogares y empresas del sector de servicios en determinadas zonas del norte de Suecia.

(4)

Los tipos impositivos reducidos deben ser superiores a los tipos mínimos fijados en el artículo 10 de la Directiva 2003/96/CE.

(5)

Habida cuenta de la lejanía de las zonas a las que se aplica la medida, y dado que la reducción impositiva se limita a los hogares y a las empresas del sector de servicios, sin exceder de los costes adicionales de calefacción en el norte de Suecia, no se espera que la medida dé lugar a distorsiones significativas de la competencia ni a cambios en los flujos comerciales entre Estados miembros.

(6)

Por lo tanto, la medida es aceptable desde la perspectiva del correcto funcionamiento del mercado interior y de la necesidad de garantizar una competencia leal. La medida es compatible asimismo con las políticas de la Unión en materia de sanidad, medio ambiente, energía y transporte.

(7)

De conformidad con el artículo 19, apartado 2, de la Directiva 2003/96/CE, toda autorización concedida en virtud de esa disposición debe estar estrictamente limitada en el tiempo. Con el fin de garantizar a los consumidores de que se trate un grado suficiente de seguridad, la autorización debe concederse por un período de cuatro años, tal como se ha solicitado. No obstante, la autorización debe dejar de ser aplicable a partir de la fecha de aplicación de un régimen general modificado de imposición de los productos energéticos y de la electricidad que adopte el Consejo en virtud del artículo 113 o de cualquier otra disposición pertinente del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en caso de que la aplicación de dicho régimen se inicie durante el período de autorización.

(8)

A fin de evitar perturbaciones para los hogares y las empresas del sector de servicios de que se trate, debe garantizarse que Suecia pueda seguir aplicando sin interrupción un tipo reducido del impuesto especial a la electricidad consumida por los mismos beneficiarios. Por consiguiente, la autorización solicitada debe otorgarse con efectos a partir del 1 de enero de 2024, sin interrupción respecto de las disposiciones anteriores de conformidad con la Decisión de Ejecución (UE) 2017/2409. Al disponer la aplicación desde una fecha anterior a la entrada en vigor de la medida especial, se respetan las legítimas expectativas de los hogares y las empresas del sector de servicios de que se trate, puesto que la medida especial no interfiere en sus derechos y obligaciones.

(9)

La presente Decisión se entiende sin perjuicio de la aplicación de la normativa de la Unión en materia de ayudas estatales.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1.   Se autoriza a Suecia a aplicar un tipo reducido del impuesto especial a la electricidad consumida por los hogares y las empresas del sector de servicios situados en los municipios enumerados en el anexo. La reducción con respecto al tipo impositivo nacional general que grava la electricidad no excederá de lo necesario para compensar los costes de calefacción suplementarios que soportan las zonas septentrionales de Suecia con respecto al resto del país y no superará 96 SEK por MWh.

2.   Los tipos reducidos deberán cumplir los requisitos de la Directiva 2003/96/CE y, en particular, los tipos mínimos establecidos en su artículo 10.

Artículo 2

La presente Decisión será aplicable del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2027.

Artículo 3

El destinatario de la presente Decisión es el Reino de Suecia.

Hecho en Bruselas, el 4 de marzo de 2024.

Por el Consejo

La Presidenta

A. VERLINDEN


(1)   DO L 283 de 31.10.2003, p. 51.

(2)  Decisión de Ejecución (UE) 2017/2409 del Consejo, de 18 de diciembre de 2017, por la que se autoriza a Suecia a aplicar un nivel impositivo reducido a la electricidad consumida por hogares y empresas del sector de servicios, situados en determinadas zonas del norte del país, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Directiva 2003/96/CE (DO L 342 de 21.12.2017, p. 10).


ANEXO

Regiones

Municipios

Provincia de Norrbotten

Todos los municipios

Provincia de Västerbotten

Todos los municipios

Provincia de Jämtland

Todos los municipios

Provincia de Västernorrland

Sollefteå, Ånge, Örnsköldsvik

Provincia de Gävleborg

Ljusdal

Provincia de Dalarna

Malung-Sälen, Mora, Orsa, Älvdalen

Provincia de Värmland

Torsby


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2024/831/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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