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Document 32016R1390

    Reglamento (UE) 2016/1390 de la Comisión, de 17 de agosto de 2016, por el que se deniega la autorización de una declaración de propiedades saludables de los alimentos relativa al desarrollo y la salud de los niños (Texto pertinente a efectos del EEE)

    C/2016/5237

    DO L 223 de 18.8.2016, p. 58–59 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2016/1390/oj

    18.8.2016   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 223/58


    REGLAMENTO (UE) 2016/1390 DE LA COMISIÓN

    de 17 de agosto de 2016

    por el que se deniega la autorización de una declaración de propiedades saludables de los alimentos relativa al desarrollo y la salud de los niños

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (CE) n.o 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos (1), y en particular su artículo 17, apartado 3,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    En el Reglamento (CE) n.o 1924/2006 se establece que están prohibidas las declaraciones de propiedades saludables en los alimentos a no ser que las autorice la Comisión de conformidad con ese mismo Reglamento y las incluya en una lista de declaraciones autorizadas.

    (2)

    El Reglamento (CE) n.o 1924/2006 también dispone que los explotadores de empresas alimentarias pueden presentar solicitudes de autorización de declaraciones de propiedades saludables a la autoridad nacional competente de un Estado miembro. Dicha autoridad nacional competente debe remitir las solicitudes válidas a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, EFSA («la Autoridad»).

    (3)

    Cuando la Autoridad recibe una solicitud, debe informar de ello sin demora a los demás Estados miembros y a la Comisión y emitir un dictamen sobre la declaración de propiedades saludables en cuestión.

    (4)

    La Comisión debe tomar una decisión sobre la autorización de dicha declaración de propiedades saludables teniendo en cuenta el dictamen emitido por la Autoridad.

    (5)

    A raíz de una solicitud de Vifor Ltd, presentada de conformidad con el artículo 14, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 1924/2006, se pidió a la Autoridad que emitiera un dictamen sobre una declaración de propiedades saludables relativa a los efectos de Equazen eye q® en la mejora de la capacidad lectora (Pregunta n.o EFSA-Q-2014-00462 (2)). La declaración propuesta por el solicitante estaba redactada de la manera siguiente: «Equazen eye q® (compuesto de EPA:DHA:GLA en proporción 9:3:1) mejora la capacidad lectora y las funciones cognitivas afines de los niños».

    (6)

    El 13 de octubre de 2015, la Comisión y los Estados miembros recibieron el dictamen científico de la Autoridad, en el que se llegaba a la conclusión de que no quedaba establecida una relación causal entre el consumo de Equazen eye q® (compuesto de EPA:DHA:GLA en proporción 9:3:1) y la mejora de la capacidad lectora de los niños. Así pues, la declaración no cumple los requisitos del Reglamento (CE) n.o 1924/2006 y no debe autorizarse.

    (7)

    Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    La declaración de propiedades saludables que figura en el anexo del presente Reglamento no se incluirá en la lista de declaraciones permitidas en la Unión conforme a lo dispuesto en el artículo 14, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1924/2006.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 17 de agosto de 2016.

    Por la Comisión

    El Presidente

    Jean-Claude JUNCKER


    (1)  DO L 404 de 30.12.2006, p. 9.

    (2)  EFSA Journal 2015;13(10):4251.


    ANEXO

    Declaración de propiedades saludables denegada

    Solicitud: Disposiciones pertinentes del Reglamento (CE) n.o 1924/2006

    Nutriente, sustancia, alimento o categoría de alimentos

    Declaración

    Referencia del dictamen de la EFSA

    Artículo 14, apartado 1, letra b): declaración relativa al desarrollo y la salud de los niños

    Equazen eye q®

    Equazen eye q® (compuesto de EPA:DHA:GLA en proporción 9:3:1) mejora la capacidad lectora y las funciones cognitivas afines de los niños.

    Q-2014-00462


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