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Document 32015D0657

    Decisión (UE) 2015/657 de la Comisión, de 5 de febrero de 2013, relativa a la ayuda estatal SA.28487 (C 16/09 ex N 254/09) concedida por Alemania y Austria a favor de Bayerische Landesbank [notificada con el número C(2013) 507] (Texto pertinente a efectos del EEE)

    DO L 109 de 28.4.2015, p. 1–43 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2015/657/oj

    28.4.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 109/1


    DECISIÓN (UE) 2015/657 DE LA COMISIÓN

    de 5 de febrero de 2013

    relativa a la ayuda estatal SA.28487 (C 16/09 ex N 254/09) concedida por Alemania y Austria a favor de Bayerische Landesbank

    [notificada con el número C(2013) 507]

    (El texto en lengua alemana es el único auténtico)

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 108, apartado 2, párrafo primero,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, su artículo 62, apartado 1, letra a),

    Después de haber emplazado a los Estados miembros y otros interesados para que presentaran sus observaciones, de conformidad con los artículos citados (1),

    Considerando lo siguiente:

    1.   PROCEDIMIENTO

    (1)

    El 4 de diciembre de 2008, Alemania notificó a la Comisión medidas de ayuda a favor de Bayerische Landesbank (en lo sucesivo, «BayernLB» o «el banco») consistentes en una cobertura de riesgo de 4 800 millones EUR y una aportación de capital de 10 000 millones EUR. La Comisión autorizó estas medidas el 18 de diciembre de 2008, en el asunto N 615/08 (en lo sucesivo, «Decisión de salvamento») sobre la base del artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE (2) durante un período de seis meses; no obstante, si en ese plazo se presentara un plan de reestructuración verosímil y justificado para BayernLB, la autorización de la Comisión estará vigente hasta que la Comisión se pronuncie sobre dicho plan (3).

    (2)

    En diciembre de 2008, la filial de BayernLB Hypo Group Alpe Adria (en lo sucesivo, «HGAA») recibió 700 millones EUR de BayernLB y 900 millones EUR de capital en participación (capital de Nivel 1) de Austria de conformidad con el régimen austriaco de salvamento bancario de urgencia (4). Además, HGAA recibió en virtud del citado paquete garantías por importe de 1 350 millones EUR para emisiones de obligaciones en el marco de un programa de emisión de instrumentos de deuda (Debt Issuance Programme — DIP).

    (3)

    El 29 de abril de 2009, Alemania notificó a la Comisión un plan de reestructuración para BayernLB. Ese mismo día, Austria presentó un plan de viabilidad para HGAA.

    (4)

    Por carta de 12 de mayo de 2009, la Comisión puso en conocimiento de Alemania y Austria su decisión de incoar el procedimiento con arreglo al artículo 108, apartado 2, del TFUE con respecto a las medidas adoptadas en favor de BayernLB y HGAA puesto que albergaba dudas sobre si la ayuda de reestructuración concedida a BayernLB era compatible con el mercado interior y si el plan de reestructuración podía garantizar el restablecimiento de la viabilidad de BayernLB (en lo sucesivo, «Decisión de incoación») (5). Además, la Comisión también dudaba de que HGAA fuera una institución financiera esencialmente saneada y que el apoyo concedido a HGAA por Austria fuera compatible con el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE (6).

    (5)

    El 23 de diciembre de 2009 se nacionalizó HGAA. La Comisión autorizó esta medida mediante Decisión de 23 de diciembre de 2009 en los asuntos C 16/09 y N 698/09 (en lo sucesivo, «Decisión de salvamento de HGAA») (7). En la misma Decisión, la Comisión amplió el procedimiento a otras medidas de ayuda concedidas por Austria a HGAA que, en su opinión, debían tomarse en consideración en la evaluación del plan de reestructuración de BayernLB. Al mismo tiempo, la Comisión declaró las medidas temporalmente compatibles con el mercado interior con arreglo al artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE, hasta que se presentara un plan de reestructuración verosímil y justificado para HGAA.

    (6)

    El 22 de junio de 2010, la Comisión volvió a ampliar el procedimiento de investigación formal puesto que el plan de reestructuración revisado de HGAA presentado el 16 de abril de 2010, en opinión de la Comisión, no garantizaba la recuperación de la viabilidad de HGAA ni preveía una distribución adecuada de las cargas ligadas a la reestructuración ni medidas adecuadas para limitar el falseamiento de la competencia. La Comisión también prorrogó la autorización de la ayuda que había declarado temporalmente compatible con el mercado interior mediante la Decisión de salvamento de HGAA hasta la conclusión del examen del plan de reestructuración de HGAA (8).

    (7)

    El 7 de febrero de 2011, la Comisión comunicó a Austria y Alemania que el asunto N 698/09 (HGAA) (9) y el asunto C 16/09 (BayernLB) se examinarían por separado. La presente Decisión se refiere exclusivamente al asunto C 16/09.

    (8)

    La Comisión encomendó a peritos externos la evaluación de la cobertura de riesgo autorizada temporalmente en la Decisión de salvamento y la evaluación de la cartera de activos que tenía que proteger la cobertura de riesgo. Tras mantener conversaciones con el banco y las autoridades alemanas, los peritos presentaron un informe definitivo el 16 de noviembre de 2009.

    (9)

    El 6 de abril de 2011, Alemania comunicó las previsiones de las cuentas de pérdidas y beneficios por línea de negocio o filial/institución. El 13 de abril de 2011, Alemania facilitó detalles de las previsiones de activos por línea de negocio y de las previsiones de pasivos por fuente de financiación. Al mismo tiempo, Alemania comunicó las previsiones de márgenes por línea de negocio para los activos y por fuente de financiación para los pasivos. Se facilitó información adicional mediante intercambios frecuentes de correspondencia: en particular, el 15, 21 y 22 de junio de 2011, se comunicó información adicional que incluía planificación de capital hasta 2019, incorporando los efectos previstos de Basilea III (10) sobre la estructura de capital. El 27 de septiembre de 2011, Alemania facilitó previsiones financieras actualizadas, en especial datos actualizados sobre beneficios y planificación de capital. El 13 y 20 de octubre de 2011, la Comisión facilitó otros datos sobre la reducción de líneas de negocio y el 4, 5 y 6 de junio de 2012 otros detalles sobre las previsiones financieras y la cobertura de riesgo. El 6 de junio de 2012 se facilitaron previsiones financieras actualizadas, incluidas las previsiones de las cuentas de pérdidas y beneficios por línea de negocio así como datos sobre las previsiones de planificación de capital y de necesidades de financiación. En lo que sigue a continuación, las referencias a las previsiones financieras en el plan de reestructuración remiten a los datos financieros facilitados el 6 de junio de 2012 o, cuando la información facilitada en esa fecha no contenía datos actualizados, a información financiera comunicada anteriormente.

    (10)

    Las medidas de ayuda y el plan de reestructuración para BayernLB fueron objeto de una serie de reuniones, conferencias telefónicas y otras formas de intercambio de información entre representantes de las autoridades alemanas y los servicios de la Comisión que tuvieron lugar entre mayo de 2009 y junio de 2012.

    (11)

    Según Alemania, a efectos del cálculo del capital, se presupone que la contabilidad se auditará con arreglo a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) a partir del 1 de enero de 2013.

    (12)

    Durante el procedimiento de investigación, las autoridades alemanas, la autoridad de supervisión financiera, los propietarios del banco y el propio banco mantuvieron conversaciones intensivas sobre el plan de reestructuración y un posible calendario de reembolsos.

    (13)

    El 15 de junio de 2012, Alemania informó a la Comisión sobre un correo electrónico de la Autoridad Federal de Supervisión Financiera alemana (Bundesanstalt für Finanzdienstleistungsaufsicht, BaFin) de 14 de junio de 2012, en el que BaFin ponía de manifiesto que no aceptaría que el valor nominal de los préstamos sin intereses de Bayerische Landesbodenkreditanstalt (BayernLabo) se calificara como capital según el proyecto de Reglamento de requisitos de capital propio (11), aunque el auditor del banco en su dictamen de 12 de abril de 2012 explicó que según las NIIF, en principio, los préstamos debían tomarse en cuenta a su valor nominal. Esta cuestión no afecta a la consideración del capital con arreglo a los Generally Accepted Accounting Principles (Principios de contabilidad generalmente aceptados, PCGA) de acuerdo con el Código Mercantil alemán (HGB).

    (14)

    El 6 de junio de 2012, Alemania notificó un plan de reestructuración modificado para BayernLB, que se completó con envíos de 12 y 13 de junio de 2012.

    (15)

    El 20 de junio de 2012 se facilitó información sobre las reducciones adicionales de partidas de riesgo por segmento estimadas.

    (16)

    El 27 de junio de 2012, Alemania presentó a la Comisión un calendario de reembolsos provisional.

    (17)

    El 28 de junio de 2012, Alemania notificó a la Comisión una serie de compromisos para BayernLB.

    (18)

    El 25 de julio de 2012, la Comisión adoptó una Decisión sobre la ayuda de reestructuración notificada («Decisión de reestructuración de 2012»). Esta decisión adolece de un vicio legal, puesto que no iba dirigida a la República de Austria en su idioma administrativo, sin que Austria hubiera aceptado que la versión lingüística auténtica fuera otra que la alemana. Por esta razón, la Comisión debe adoptar una nueva decisión que sustituya a la Decisión de reestructuración de 2012. La Decisión de reestructuración de 2012 contiene varios errores (en los considerandos 13, 29, 30, 48, 72, 77, 81, 108, 163, 200, 207 y 210; en los cuadros 5, 10, 11 y 12; en las referencias a EUR/USD en el anexo I y en el punto 29.2 del anexo I y el punto 2 del anexo II), que por su naturaleza hubieran debido ser objeto de un corrigendo. La corrección de estos errores no afecta a la evaluación de los hechos expuesta por la Comisión en la Decisión de reestructuración de 2012. Por consiguiente, la presente Decisión rectificará también los mencionados errores.

    2.   ANTECEDENTES DE HECHO

    1.   Descripción del banco beneficiario  (12)

    (19)

    BayernLB es un banco regional alemán con sede en Múnich. Los propietarios de BayernLB son, a través de BayernLB Holding AG (en lo sucesivo, «el holding»), el Estado libre de Baviera (aproximadamente el 94 %) y la Confederación de Cajas de Ahorros de Baviera (en lo sucesivo, «Confederación de Cajas de Ahorros»; aproximadamente el 6 %) (13).

    (20)

    Cuando en 2008 se concedió la aportación de capital [véase la sección 2, punto 2, letra a)] y la cobertura de riesgo [véase la sección 2, punto 2, letra b)], el balance consolidado del grupo BayernLB (incluidos BayernLabo, LBS y las filiales de BayernLB) ascendía en total a unos 422 000 millones EUR con partidas de riesgo (14) por importe de unos 198 000 millones EUR y una plantilla de aproximadamente 20 000 trabajadores. A finales de 2008, BayernLB registró pérdidas en torno a los 5 000 millones EUR. Los acontecimientos que llevaron a la concesión de las medidas de salvamento descritas en sección 2, punto 2, letras a) y b) se exponen con detalle en la Decisión de salvamento.

    Cuadro 1

    Indicadores financieros 2007-2011 (salvo que se indique otra cosa, en millones EUR)

    Grupo (en millones EUR)

    2007

    2008

    2009

    2010

    2011

    real

    real

    real

    real

    real

    Exceso de margen

    2 170

    2 670

    2 561

    1 942

    1 963

    Superávit de comisiones

    380

    584

    434

    265

    262

    Resultado de las coberturas

    27

    – 136

    98

    53

    106

    Resultado comercial

    – 238

    – 2 138

    887

    1 043

    341

    Resultados de inversiones e impairments

    – 336

    – 1 924

    – 1 444

    – 332

    – 206

    Otros resultados

    133

    141

    461

    1

    – 37

    Ingresos totales

    2 136

    – 803

    2 997

    2 972

    2 429

    Provisión de riesgo en operaciones de crédito

    – 115

    – 1 656

    – 3 277

    – 696

    – 548

    Total costes

    – 1 765

    – 2 620

    – 2 125

    – 1 462

    – 1 456

    Gastos por tasas bancarias

    0

    0

    0

    – 51

    – 74

    Costes de reestructuración

    0

    – 87

    – 361

    124

    – 16

    RESULTADOS ANTES DE IMPUESTOS

    255

    – 5 166

    – 2 765

    885

    334

    IMPUESTOS

    – 80

    – 191

    – 328

    – 294

    – 269

    RESULTADO DESPUÉS DE IMPUESTOS

    175

    – 5 358

    – 3 093

    590

    65

    Relación coste/beneficio (incluida tasa bancaria) en %

    83

    – 326

    71

    51

    63

    Activos

    415 639

    421 666

    338 818

    316 354

    309 144

    Partidas de riesgo regulatorias

    188 888

    197 650

    135 788

    123 950

    118 425

    Beneficios totales/partidas de riesgo (en pb)

    131

    57

    327

    267

    223

    Número medio de trabajadores (en miles)

    17 891

    19 405

    17 764

    10 383

    10 064

    (21)

    BayernLB es un banco comercial internacional. El grueso de la actividad regional del banco se realiza en Alemania y en algunos otros países europeos seleccionados. Además, BayernLB está presente en plazas financieras importantes como Nueva York, Londres, París y Milán.

    (22)

    Las principales filiales/participaciones de BayernLB son Deutsche Kreditbank AG (DKB), Landesbausparkasse Bayern (LBS), Bayerische Landesbodenkreditanstalt (BayernLabo), el banco húngaro MKB Bank Zrt (MKB) y, hasta su nacionalización por Austria en 2009, HGAA.

    (23)

    HGAA es un grupo financiero internacional con un balance de 43 000 millones EUR (2008) y una cartera de activos ponderados en función del riesgo (RWA) por importe de 32 800 millones EUR. La sociedad holding de HGAA es Hypo Alpe-Adria-Bank International AG (HAAB Int.) con sede en Klagenfurt (Austria). Hasta la nacionalización de HGAA, BayernLB tenía una participación en el grupo del 67,08 %.

    (24)

    MKB es un banco universal líder en Hungría, especializado en grandes empresas y clientes con alto poder adquisitivo. Asesora a unos 350 000 clientes particulares y pymes así como a unos 3 000 grandes clientes y clientes institucionales.

    (25)

    LBS es una institución dentro de BayernLB, independiente desde el punto de vista económico y organizativo, pero sin personalidad jurídica propia. Puesto que LBS es una institución dentro de BayernLB, sus propietarios, como los de BayernLB, son el Estado libre de Baviera y la Confederación de Cajas de Ahorros de Baviera.

    (26)

    LBS trabaja conjuntamente con las cajas de ahorros bávaras que, entre otras cosas, funcionan como canales de distribución de LBS y gozan de una posición líder en Baviera en el sector del ahorro-vivienda de protección oficial.

    (27)

    LBS tiene una cuota de mercado de aproximadamente el 42 % del total de nuevos planes de ahorro vivienda. A 31 de diciembre de 2011, LBS tenía un balance de 11 000 millones EUR, depósitos por importe de 9 700 millones EUR y créditos pendientes de ahorro-vivienda por importe de 1 900 millones EUR. En 2011, LBS registró un resultado antes de impuestos de 68 millones EUR.

    (28)

    BayernLabo es un instituto de fomento de BayernLB, fundado en 1884 con el objetivo de financiar proyectos de infraestructuras. En 1972, se fusionó con Bayerische Gemeindebank y formaron Bayerische Landesbank Girozentrale, que posteriormente se convirtió en BayernLB. BayernLabo es una institución de Derecho público sin personalidad jurídica propia independiente organizativa y económicamente dentro de BayernLB y cubierta enteramente por una garantía al 100 % (Gewährträgerhaftung, responsabilidad de garante) del Estado libre de Baviera. Sus estados financieros forman parte integrante de los estados financieros de BayernLB.

    (29)

    En un principio, BayernLabo administraba como fiduciario fondos del Estado libre de Baviera para el fomento de viviendas sociales. El valor en efectivo de una parte de estos préstamos para viviendas sociales se valoró a comienzos de los años noventa y luego el Estado libre de Baviera inyectó esa cantidad en BayernLabo en forma de aportación especializada (Zweckeinlage). Esta aportación especializada asciende a 612 millones EUR y se mantiene constante.

    (30)

    El capital de BayernLabo debe utilizarse para el fomento de viviendas sociales y no para las actividades comerciales de BayernLB (es decir, no puede utilizarse para cumplir los requisitos regulatorios de capital para préstamos u otros activos).

    (31)

    Actualmente, el capital de BayernLabo se remunera como sigue: BayernLB paga por la aportación especializada una remuneración mínima total del [2-5] (15) % al Estado libre de Baviera, salvo que BayernLB en su conjunto registre pérdidas. Por la función de absorción de pérdidas del resto del capital de BayernLabo, BayernLB paga una remuneración del [0-1] % a BayernLabo. Esta remuneración fue considerada adecuada en la Decisión 2006/739/CE de la Comisión (16). Para garantizar que el capital de BayernLabo pueda seguir considerándose como capital de máxima calidad de BayernLB (capital de Nivel 1), el plan de reestructuración prevé un ajuste del nivel de capitalización y de la forma de remuneración (véase el considerando 81).

    2.   Medidas de ayuda

    a)   La aportación de capital

    (32)

    En diciembre de 2008, BayernLB recibió del Estado libre de Baviera una aportación de capital de Nivel 1 de 10 000 millones EUR (17), consistente en una aportación pasiva de 3 000 millones EUR y acciones preferentes por valor de 7 000 millones EUR. El cupón de la aportación pasiva asciende al 10 % del valor nominal y no es acumulativo. Las acciones preferentes se remunerarán al 10 % con un derecho preferencial a beneficios durante la fase de reestructuración. Ese derecho preferencial a beneficios terminará en cuanto el mecanismo de reembolso y la aportación pasiva del Estado libre de Baviera se hayan reembolsado completamente. Los pagos de dividendos no son acumulativos.

    (33)

    La Confederación de Cajas de Ahorros no participó en la aportación de capital. Por consiguiente, su participación del 50 % en BayernLB bajó al 6 % (18).

    b)   Cobertura de riesgo por importe de 4 800 millones EUR

    (34)

    El Estado libre de Baviera concedió una cobertura de riesgo de 4 800 millones EUR para una cartera con valores garantizados por activos (ABS) con un valor nominal de 21 000 millones EUR (19).

    (35)

    Esta cobertura de riesgo protege a BayernLB de pérdidas originadas en su cartera ABS e impide, por tanto, con esta garantía otras depreciaciones. A este respecto, el Estado libre de Baviera hizo una declaración el 19 de diciembre de 2008. La cartera ABS tenía a 31 de diciembre de 2008 (fecha de referencia) un valor nominal de 19 589 millones EUR.

    (36)

    La cartera ABS de BayernLB comprende distintos tipos de valores garantizados por activos. Los Residential Mortgage-Backed Securities (bonos de titulización hipotecaria sobre inmuebles residenciales, RMBS), tanto prime como subprime constituyen aproximadamente la mitad del total de la cartera. Otros valores garantizados por activos importantes de la cartera son, entre otros, Commercial Mortgage-Backed Securities (bonos de titulización hipotecaria sobre inmuebles comerciales, CMBS), Collateralised Debt Obligations (obligaciones garantizadas por deuda, CDO) y otros valores ABS relacionados con créditos comerciales (ABS Commercial y ABS Consumo).

    (37)

    El Estado libre de Baviera ha concedido una garantía sobre 4 800 millones EUR que, sin embargo, solo se hará efectiva si, y en la medida que, la pérdida que debe soportar BayernLB supere los 1 200 millones EUR (en lo sucesivo, la «primera pérdida»). El precio de traspaso se calcula restando la primera pérdida (1 200 millones EUR) del valor nominal (19 589 millones EUR) y asciende a 18 389 millones EUR.

    (38)

    La duración de la cobertura de riesgo está vinculada al vencimiento de los valores de la cartera ABS. Los valores asegurados pasaron de aproximadamente 19 600 millones EUR (diciembre de 2008) a 11 900 millones EUR (diciembre de 2011). Según proyecciones actualizadas de 31 de marzo de 2012, la cartera se reducirá a 7 000 millones EUR para septiembre de 2014. La prioridad es minimizar pérdidas pero se desconoce cuál será el nivel de los precios de mercado en el año 2014 por lo que todavía no resulta claro si en ese momento una venta de la cartera restante (deseable en principio) será posible, es decir, económicamente razonable (20).

    Valoración de los activos cubiertos

    (39)

    La cartera se valoró en dos etapas. En primer lugar, se utilizó un instrumento de alerta rápida para marcar los negocios individuales (verde, amarillo, rojo), con el fin de detectar negocios problemáticos o deteriorados. Con ayuda de este instrumento de alerta rápida se estableció una calificación interna: los negocios en amarillo o rojo, por lo general, descendieron de calificación. A continuación, la calificación interna se aplicó a la calificación externa de Moody. Esta calificación externa se utilizó en la CROROM (21) versión 2.4 de Moody para estimar las previsiones de pérdidas del conjunto de la cartera y los tramos relevantes.

    (40)

    Según este modelo, el valor económico real (VER) de la cartera ABS en el momento de la concesión de las medidas fue estimado por los expertos de la Comisión en el 83,87 % del valor nominal de 19 589 millones EUR, es decir, en 16 429 millones EUR. En un correo electrónico de 14 de diciembre de 2009, Alemania declaró que no pediría un análisis más a fondo de la pérdida esperada. Si se compara el precio de traspaso de 18 389 millones EUR y el VER de 16 429 millones EUR, la diferencia es de 1 960 millones EUR.

    (41)

    El efecto de rescate de capital de la medida en el momento de la cobertura de riesgo se estimó en 1 280 millones EUR.

    (42)

    La exactitud del método y de los cálculos subyacentes utilizados para determinar el efecto de rescate de capital fue confirmada por BaFin por carta de 9 de abril de 2010.

    Remuneración de la cobertura de riesgo y mecanismo de reembolso

    (43)

    BayernLB modificó la remuneración para la cobertura de riesgo (incluido un mecanismo de pago de reembolso) con efectos retroactivos el 1 de enero de 2010, de 50 puntos básicos a una prima total anual de 200 millones EUR, consistente en:

    i)

    una prima básica del 6,25 % sobre el efecto de rescate de capital inicial a 31 de diciembre de 2008 por valor de 1 280 millones EUR, es decir, 80 millones EUR al año,

    ii)

    una prima anual adicional del 3,75 % sobre una parte de la garantía que asciende a 2 000 millones EUR, es decir, 75 millones EUR al año hasta 2015, y

    iii)

    un pago especial de 45 millones EUR al año hasta 2015.

    c)   Garantías de responsabilidad pública

    (44)

    El Fondo especial de estabilización de los mercados financieros (Sonderfonds Finanzmarktstabilisierung, SoFFin) concedió a BayernLB garantías de responsabilidad pública en virtud de la Finanzmarktstabilisierungsgesetz (Ley de estabilización de los mercados financieros alemana), que la Comisión autorizó como Plan de rescate de los bancos alemanes (22). Estas garantías ascendían a 15 000 millones EUR, de los que 5 000 millones EUR se utilizaron para una emisión en enero de 2009. Los 10 000 millones EUR restantes no se utilizaron y se devolvieron al garante el 16 de octubre de 2009, por lo que la garantía de responsabilidad pública concedida por SoFFin se redujo a 5 000 millones EUR. El 23 de enero de 2012, se reembolsó el último tramo de la garantía de responsabilidad pública concedida por SoFFin.

    d)   Garantía de liquidez de Austria

    (45)

    En diciembre de 2008, tras importantes depreciaciones y pérdidas, HGAA recibió 700 millones EUR de BayernLB y 900 millones EUR de capital en participación (23) (capital de Nivel 1) de Austria de conformidad con el régimen austriaco de salvamento bancario de urgencia (24).

    (46)

    En 2009, BayernLB y HGAA encargaron un informe externo sobre el riesgo crediticio de HGAA. Según este informe, las pérdidas esperadas reducirían el coeficiente de capital de Nivel 1 por debajo del 4 % para finales de 2009.

    (47)

    Como consecuencia del ultimátum de la autoridad de supervisión de mercados austriaca a los accionistas para que tomaran las decisiones necesarias para una recapitalización de HGAA para el 11 de diciembre de 2009, Austria adquirió todas las acciones por el precio simbólico de un euro (25). BayernLB renunció a todos sus derechos de accionista, incluidos créditos existentes en relación con capital complementario en HGAA (capital de nivel 2) por importe de 300 millones EUR (26). En el caso de que fueran necesarias otras medidas de capital a favor de HGAA para cumplir los requisitos de capital mínimo legales, se acordó además que cualquier otra aportación de capital se repartiría entre BayernLB y Austria en una proporción de 3:1. No obstante, todo capital adicional aportado por BayernLB sobre esta base reduciría el importe de [500-550] millones EUR de financiación que BayernLB concedió a HGAA y sobre el que BayernLB había renunciado a sus derechos como parte de la operación de rescate de HGAA.

    (48)

    Para garantizar la liquidez de HGAA, BayernLB renovó la línea de liquidez por importe de [350-600] millones EUR, que ya había emitido el 4 de diciembre de 2009. Además se acordó que la financiación intra grupo existente de 2 638 millones EUR de BayernLB a favor de HGAA la conservaría HGAA hasta finales de 2013. En 2014, BayernLB asumirá en total otros [650-700] millones EUR y en 2015 [350-400] millones EUR en total en HGAA. Austria garantiza la correspondiente exposición, en caso de que HGAA se desintegre o se adopte alguna otra medida económica comparable que no garantice la viabilidad de HGAA.

    e)   Traspaso de capital de BayernLabo a BayernLB

    (49)

    Una parte importante de las reservas de BayernLabo, 1 000 millones EUR, deben transferirse sin contrapartida ni remuneración a las reservas del banco principal, es decir, BayernLB.

    3.   Plan de reestructuración notificado por Alemania

    a)   Descripción del modelo de negocio

    (50)

    BayernLB presentó un plan de reestructuración en el que exponía cómo restablecer la viabilidad del banco para el 31 de diciembre de 2015. El plan de reestructuración prevé cambios sustanciales y una reorientación estratégica del modelo de negocio de BayernLB. El nuevo modelo de negocio se caracteriza por un perfil de riesgo reducido, mayor atención a la actividad regional y sostenibilidad en cuanto a la financiación y los préstamos. Según el plan de reestructuración, las actividades comerciales de BayernLB se reducen considerablemente y se concentran en actividades básicas, productos básicos y regiones esenciales, mediante, entre otras cosas, el cierre/cesión de centros, filiales y participaciones y el cese de actividades comerciales.

    (51)

    Un elemento importante del plan de reestructuración es la distinción entre actividades esenciales y no esenciales en los segmentos de negocio. El objetivo de BayernLB es desprenderse de todas las actividades no esenciales.

    (52)

    Para aplicar la separación estratégica entre actividades esenciales y no esenciales, BayernLB ha creado una unidad de reestructuración en la que se agrupan la mayor parte de las actividades no esenciales. De esta manera, BayernLB puede concentrarse en futuras tareas en sus actividades esenciales, sin tener que preocuparse de la liquidación de las actividades no esenciales.

    (53)

    BayernLB concentrará su actividad en tres ámbitos principales:

    i)

    ámbito principal 1: Corporates, pymes (27) y clientes privados,

    ii)

    ámbito principal 2: bienes inmobiliarios y cajas de ahorros/asociaciones, sector público y BayernLabo,

    iii)

    ámbito principal 3: Mercados.

    Ámbito principal 1: Corporates, pymes y clientes privados

    (54)

    El grupo objetivo de la línea de negocio «Corporates» son empresas con sede en Alemania y un volumen de negocios de 1 000 millones EUR como mínimo. Se reducirá el negocio realizado hasta ahora en centros extranjeros, especialmente las actividades locales, y se limitará a clientes con relación con Alemania (28), a los que BayernLB ofrecerá especialmente productos bancarios Corporate (sobre todo facilidades de crédito) y en el ámbito de las finanzas estructuradas (financiación para la exportación y el comercio, arrendamiento financiero y financiación de proyectos).

    (55)

    Los clientes objetivo del ámbito «pymes» son pequeñas y medianas empresas bávaras con un volumen de negocios de entre 50 millones EUR y 1 000 millones EUR, empresas familiares así como otras empresas alemanas en regiones seleccionadas de Alemania, en las que el banco ya está presente, como Renania del Norte-Westfalia a través de su sucursal de Düsseldorf. En regiones sin sucursales locales, el banco se centrará en empresas con un volumen de negocios de entre 100 millones EUR y 1 000 millones EUR. Además de las facilidades de crédito, el banco ofrecerá, entre otros, productos en el ámbito de la financiación para la exportación y el comercio, operaciones documentales, gestión de intereses y divisas, derivados, inversiones financieras, operaciones de pago y arrendamiento financiero. Además, el banco ofrecerá otros productos bancarios a clientes con un volumen de negocios externo inferior a 50 millones EUR a través de las cajas de ahorro.

    (56)

    A través de su filial DKB, BayernLB estará presente en los segmentos de mercado de clientes privados (banca minorista), infraestructuras y clientes comerciales. El segmento clientes privados (banca minorista) comprende la oferta de cuentas bancarias y tarjetas de crédito así como otros productos bancarios directos (financiación, inversiones). En infraestructuras, DKB se centra sobre todo en empresas que prestan servicios de interés general y en el sector de la atención sanitaria. En el segmento de clientes comerciales, la actividad de DKB se concentra en clientes en sectores seleccionados como la agricultura y la alimentación, la tecnología medioambiental, el turismo y profesiones liberales (abogados, notarios, asesores fiscales, etc.).

    Ámbito principal 2: Bienes inmobiliarios y cajas de ahorros/asociaciones, sector público y BayernLabo

    (57)

    Con respecto a los bienes inmobiliarios, BayernLB se centrará en clientes alemanes. Sin embargo, BayernLB también prestará servicios a clientes internacionales relacionados con Alemania. El sector inmobiliario comercial comprende la financiación de carteras, financiación de la promoción inmobiliaria, desarrollo e inventario y la financiación de fondos inmobiliarios. Por lo que se refiere a bienes inmuebles residenciales, el banco prestará servicios a organismos de vivienda y financiación de la vivienda. En el ámbito de la gestión inmobiliaria, la actividad del banco se concentra ante todo en hoteles y centros asistenciales y de atención sanitaria.

    (58)

    BayernLB seguirá colaborando con cajas de ahorro bávaras y, en menor medida, otras cajas alemanas. El banco ofrecerá productos y servicios que completen los de las cajas de ahorros y actuará como banco central de las cajas de ahorros.

    (59)

    En el ámbito del sector público, BayernLB ofrece a los clientes productos financieros múltiples y otros servicios relacionados con ellos, entre otros, proyectos de colaboración pública-privada. Aparte de la gestión de liquidez, BayernLB no ofrecerá nuevos productos crediticios al sector público fuera de Baviera. Además, podrán ofrecerse posibilidades de financiación para proyectos de colaboración pública-privada y para la exportación así como financiación de proyectos si son en interés de clientes que tengan relación con Alemania.

    (60)

    A través de BayernLabo, BayernLB concede financiación patrocinada por el Estado para proyectos de construcción de viviendas en Baviera. BayernLabo se centrará en clientes privados, personas jurídicas que construyan o reformen viviendas en Baviera y en las colectividades territoriales. Además, BayernLabo ofrecerá productos financieros para colectividades territoriales y sus mancomunidades. No obstante, esta actividad estará limitada al Estado libre de Baviera.

    Ámbito principal 3: Mercados

    (61)

    La oferta de BayernLB comprende productos de tesorería (Commodities, Short Term Interest Rates, Fixed Income Derivatives, Foreign Exchange), productos del mercado de capitales (Fixed Income, productos estructurados para certificados minoristas, productos estructurados de intereses y ejecución de acciones) y productos de financiación (empréstitos internacionales y financiación nacional). Estos productos van dirigidos a instituciones financieras y clientes institucionales como aseguradoras, fundaciones e iglesias. Este ámbito se limitará a actividades relacionadas con los clientes del banco; las operaciones por cuenta propia (proprietary trading) se abandonarán totalmente, con excepción de las actividades de tesorería. Además, se reducirá considerablemente el crédito con otros bancos.

    b)   Reducción de las actividades comerciales

    (62)

    BayernLB ya ha cerrado sus centros en Pekín, Tokio, Montreal, Mumbai, Kiev, Hong-kong y Shanghai. La presencia internacional del banco se limitará a las sucursales de París, Nueva York, Londres y Milán, que ya se han reducido considerablemente.

    (63)

    El banco venderá algunas filiales/participaciones. Está previsto vender LBS a la Confederación de Cajas de Ahorros. El precio de venta de 818,3 millones EUR se basa en el informe pericial conjunto de dos peritos de 30 de mayo de 2012 y corresponde al valor de LBS a 30 de junio de 2012. Alemania opina que las cajas de ahorros son el canal de distribución principal de productos de LSB y que, al determinar un precio, un inversor privado normal aplicaría una reducción por un riesgo de mercado de ese tipo. Este argumento no se tuvo en cuenta en el informe pericial. Por esta razón, la Comisión no ha insistido en una licitación, puesto que consideró improbable que de dicha licitación se hubieran obtenido unos ingresos superiores a los de una venta a la Confederación de Cajas de Ahorros sobre la base del informe pericial.

    (64)

    Además, el banco abandonará su negocio en Europa del Este (segmento «Osteuropa») y en especial, venderá su filial húngara, el banco MKB. En el plan de reestructuración inicial, BayernLB estimaba la venta de MKB en […]. Debido a la incierta situación política y económica en Hungría (29) y su impacto en los datos financieros de MKB, BayernLB considera improbable la venta a corto plazo de MKB, por lo que decidió aplazar la cesión de MKB […].

    (65)

    Además, BayernLB reducirá permanentemente riesgos en sus restantes ámbitos principales de actividad. Por esta razón, se abandonarán las operaciones que dependen estrechamente de la evolución de los mercados de capitales, como por ejemplo, las operaciones por cuenta propia (proprietary trading), valores garantizados por activos y financiación de adquisiciones relacionadas con transacciones. Además, reducirá sustancialmente las actividades de financiación intensiva y elevado riesgo con clientes internacionales, y solo las llevará a cabo cuando exista relación con Alemania.

    (66)

    En el segmento «Corporates», se abandonará el negocio de clientes comerciales y la financiación de proyectos para clientes sin relación con Alemania.

    (67)

    Cesará el negocio inmobiliario en las sucursales extranjeras con clientes sin relación con Alemania.

    (68)

    Además, se reducirá considerablemente el crédito con bancos; cesará el dedicated proprietary trading.

    (69)

    El banco se compromete a reducir su balance total de 421 700 millones EUR (en 2008) a 239 400 millones EUR para finales de 2015. Sobre una base comparable al balance total de 2008, el balance total reducido a 239 400 millones EUR corresponde a 206 000 millones EUR y, por tanto, a una reducción del balance total de aproximadamente el 51 % (es decir, en condiciones de igualdad).

    c)   Foco regional

    (70)

    A finales de 2010, el 58 % de la exposición de crédito de BayernLB estaba en Alemania y el 74 %, en Europa (región geográfica). Las principales exposiciones a divisa extranjera de BayernLB son el dólar norteamericano, la libra esterlina y el franco suizo (véase el cuadro 2); el 24 % de los activos del banco a finales de 2010 estaban expresados en una moneda distinta del EUR.

    Cuadro 2

    Activos y pasivos en divisa extranjera a finales de 2010

     

    ACTIVOS

    PASIVOS

    CHF

    12 994

    9 384

    GBP

    14 752

    11 736

    USD

    33 913

    23 169

    Otras monedas

    14 690

    14 942

    (71)

    El [30-50] % de los activos expresados en USD a finales de 2010 estaban contabilizados en la unidad de reestructuración. A finales de 2010, las sucursales de BayernLB en Nueva York y Londres tenían el [30-50] % de los activos expresados en USD o el [50-70] % de los activos expresados en GBP.

    (72)

    En el segmento Corporates, BayernLB ofrece, además de los créditos a empresas, créditos para la financiación de proyectos. A finales de 2010, de los [23-29] mil millones EUR de créditos contabilizados en el segmento Corporates, [9-14] mil millones EUR eran créditos a empresas. Los [12-17] mil millones EUR restantes se trataba esencialmente de créditos a la financiación de proyectos y otros créditos estructurados (structured finance). Los créditos a la financiación de proyectos ocasionaron una importante exposición del banco frente a terceros países. A finales de 2011, solo el [2-5] % de la cartera de créditos a la financiación de proyectos se situaba en Alemania; las mayores exposiciones por país se encontraban en los Estados Unidos de América, el Reino Unido y en [un país de Oriente Medio]. De los nuevos créditos concedidos en Nueva York entre 2009 y 1012, solo el [12-15] % se referían a proyectos en los que participara un cliente alemán; en los créditos a la financiación de proyectos concedidos en ese mismo período en la región Europa, Oriente Medio y África (en lo sucesivo «EMEA»), este porcentaje se situaba en el [55-60] %.

    (73)

    Para reorientar al banco hacia su mercado esencial en Baviera y Alemania, BayernLB se ha comprometido a limitar su actividad a clientes que tengan relación con Alemania y, como se expone detalladamente en la serie de compromisos presentados por Alemania, a reducir considerablemente su negocio internacional.

    d)   Medidas de refuerzo de capital

    (74)

    Durante el procedimiento de investigación, las autoridades alemanas, la autoridad de supervisión financiera, los propietarios del banco y el banco mantuvieron conversaciones intensivas sobre el plan de reestructuración modificado y un posible calendario de reembolsos.

    (75)

    Es indiscutible que, según Basilea III, las aportaciones pasivas (salvo las ayudas estatales) ya no se considerarán capital de Nivel 1 y, por tanto, a partir de 2013 ya no serán plenamente reconocidas como capital regulatorio.

    (76)

    Actualmente, las aportaciones pasivas de las cajas de ahorros bávaras individuales ascienden en total a [700-750] millones EUR; […] (30). Estas aportaciones pasivas no tienen vencimiento y, por consiguiente, permanecerán en el banco, salvo que sean reembolsadas por iniciativa del banco.

    (77)

    La Confederación de Cajas de Ahorros y BayernLB han acordado que todas las aportaciones pasivas sin vencimiento que posean las cajas de ahorro bávaras individuales, se reembolsen […] y que la Confederación de Cajas de Ahorros inmediatamente las reinvierta en BayernLB Holding mediante una ampliación de capital (31).

    (78)

    Además, la Confederación de Cajas de Ahorros aportará a BayernLB [22-62] millones EUR más. La determinación de las nuevas acciones de la Confederación de Cajas de Ahorros se atiene al valor de BayernLB Holding AG establecido según la norma de evaluación IdW S1 elaborada por el Instituto de auditores alemán (IdW). El porcentaje de participación de la Confederación de Cajas de Ahorros debe ascender como máximo al 25 % para que, en cualquier caso, se mantenga por debajo de la minoría de bloqueo (25 % + un voto).

    (79)

    La aportación pasiva del Estado libre de Baviera de 3 000 millones EUR también pierde a partir de 2018 su pleno reconocimiento como capital regulatorio de Nivel 1. Además, el Estado libre de Baviera ha anunciado públicamente que quiere recuperar la aportación pasiva de 3 000 millones EUR de BayernLB. Sin embargo, BayernLB era reacio a reembolsar la aportación pasiva para no poner en peligro las reservas de capital propio regulatorio. BaFin comunicó oralmente a la Comisión que, en su opinión, un banco no solo necesita el coeficiente de capital principal fijado por la Autoridad Bancaria Europea del 9 % (en lo sucesivo, «capital principal ABE») sino además una reserva de capital propio considerable que, dependiendo del modelo de negocios del banco en cuestión, debería ser, como mínimo, del 0,5 % al 1 %.

    (80)

    Además, después de aplicar un escenario de crisis acorde con la prueba de resistencia de la ABE de junio de 2011, el banco consideró que sería razonable una reserva de capital de este tipo. El regulador acogió favorablemente este planteamiento prudente. Por esta razón, Alemania no ha podido presentar a la Comisión una propuesta sobre un eventual reembolso de la aportación pasiva.

    (81)

    Además, BaFin señaló que el capital de BayernLabo posiblemente pueda tratarse en el futuro [de manera diferente]. Por consiguiente, BayernLB tiene intención de transferir una parte importante de las reservas de BayernLabo (1 000 millones EUR) al banco principal. No obstante, la aportación especializada (véanse los considerandos 29 y 31) se mantendrá en BayernLabo, que seguirá utilizándola para cumplir con el fomento obligatorio de la vivienda. El capital que permanece en BayernLabo se revalorizará de manera que pueda ser reconocido como capital principal ABE, que tenga una función de absorción de pérdidas y remunerado mediante dividendos.

    e)   Descripción del plan de financiación

    (82)

    En los considerandos 83 y ss. se exponen los supuestos subyacentes al plan de financiación, el trato regulatorio, las cifras clave esperadas, la rentabilidad por ámbito de negocio y las proyecciones para MKB.

    —   Supuestos del plan

    (83)

    Para las previsiones del PIB y de divisas a corto plazo (es decir, el período 2012-2013), BayernLB utiliza un método que se basa en previsiones ponderadas de instituciones internacionales, previsiones a corto plazo de institutos de investigación económica privados y datos del departamento de investigación interna de BayernLB. Para las previsiones del PIB a largo plazo que van más allá de 2013, BayernLB se basa en el supuesto de que el potencial a largo plazo de una economía determinará su crecimiento. Para la planificación interna, BayernLB se basa fundamentalmente en previsiones conservadoras. Pueden producirse desviaciones insignificantes de las estimaciones de otras instituciones debido al redondeo (por ejemplo, las previsiones en la zona del euro para 2013: IMF: 0,9 %; BayernLB y Comisión: 1 %).

    (84)

    Las previsiones de BayernLB para el dólar norteamericano se basan en el supuesto de que el dólar en 2013 […]. En el período 2015-2016, el dólar frente al euro […]. Según BayernLB, esto será el resultado de […] esperado en las finanzas públicas de los Estados Unidos y el tipo de cambio […] paridad del poder adquisitivo (KKP) […], que la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) estimó en 1,25 USD para 2011. Puesto que la tasa de inflación en los Estados Unidos previsiblemente será más elevada que en la zona del euro, según BayernLB el KKP en 2016 estará en torno a 1,30 USD.

    (85)

    Las previsiones de BayernLB sobre la evolución de los tipos de interés parten del tipo de interés actual, que es muy bajo. BayernLB supone una normalización paulatina, es decir, una evolución de los bajos tipos actuales a un nivel adecuado (Fair-Value); para ello se basa en las previsiones de crecimiento y de inflación y declaraciones pertinentes sobre la política monetaria esperada.

    (86)

    Alemania facilitó información a la Comisión según la cual las previsiones del PIB de BayernLB se acercan mucho al consenso de las principales instituciones internacionales, tales como el Fondo Monetario Internacional (FMI) y la Comisión.

    (87)

    La última actualización de las previsiones, de junio de 2012, se basa en supuestos establecidos en mayo de 2012. En sus previsiones financieras actualizadas de junio de 2012, BayernLB cambió una serie de supuestos macroeconómicos, y en particular ajustó su previsión a los actuales tipos de interés, muy bajos (véase el cuadro 3).

    Cuadro 3

    Supuestos de las previsiones financieras

    Año

    2012 (%)

    2013 (%)

    2014 (%)

    2015 (%)

    Tipo de interés a cinco años (planificación anterior)

    […]

    […]

    […]

    […]

    Tipo de interés a cinco años (actualización de junio de 2012)

    […]

    […]

    […]

    […]

    EUR/USD

    [1,10-1,60]

    [1,10-1,60]

    [1,10-1,60]

    [1,10-1,60]

    (88)

    BayernLB ha hecho también una serie de ajustes negativos a sus previsiones de resultados por razones específicas de la empresa. Así por ejemplo, ha utilizado proyecciones fiscales más cautas (es decir, un tipo impositivo efectivo más elevado), aumentado los costes operativos para reflejar una decisión desfavorable del Tribunal de trabajo federal y ha actualizado su resultado Cross-Currency-Hedge con arreglo a la situación a finales de2011 (32).

    (89)

    BayernLB presentó un análisis de la sensibilidad de sus proyecciones financieras a una variación del tipo de cambio del USD, el CHF y la GBP. Según la información facilitada, los ingresos por intereses netos son más sensibles a las variaciones de los tipos de cambio del dólar. Las previsiones de ingresos por intereses netos tienden a disminuir con tipos de cambio EUR/USD más elevados, y a aumentar con tipos de cambio EUR/USD más bajos.

    —   Previsiones financieras

    (90)

    Alemania ha facilitado previsiones financieras detalladas de la evolución del volumen de activos, márgenes y partidas de riesgo en cada línea de negocio, así como la financiación esperada por fuente de refinanciación con los correspondientes márgenes.

    (91)

    En el cuadro 4 figuran las cifras clave del plan de reestructuración.

    Cuadro 4

    Cifras clave del plan de reestructuración

    Grupo (en millones EUR)

    2012

    2013

    2014

    2015

    2016

    Plan

    Plan

    Plan

    Plan

    Plan

    Exceso de margen

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    Superávit de comisiones

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    Resultado de las coberturas

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    Resultado comercial

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    Resultados de inversiones e impairments

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    Otros resultados

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    Ingresos totales

    [2 300-2 800]

    [2 300-2 800]

    [2 300-2 800]

    [2 300-2 800]

    [2 300-2 800]

    Provisión de riesgo en operaciones de crédito

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    Total costes

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    Gastos por tasas bancarias

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    Costes de reestructuración

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    RESULTADOS ANTES DE IMPUESTOS

    [0-500]

    [500-1 000]

    [500-1 000]

    [500-1 000]

    [700-1 200]

    IMPUESTO SOBRE LAS GANANCIAS

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    RESULTADO DESPUÉS DE IMPUESTOS

    [0-500]

    [200-700]

    [200-700]

    [400-900]

    [400-900]

    Relación coste/beneficio (incluida tasa bancaria) en %

    [60-75]

    [50-60]

    [50-60]

    [45-55]

    [45-55]

    Activos

    [250 000-280 000]

    [250 000-280 000]

    [240 000-270 000]

    [220 000- 250 000]

    [220 000- 250 000]

    Partidas de riesgo regulatorias

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    Beneficios totales/partidas de riesgo (en pb)

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    Número medio de trabajadores (en miles)

    […]

    […]

    […]

    […]

    […] (34)

    Rentabilidad de los fondos propios (ROE) basada en un coeficiente de capital del 10 %  (33)

    [0-5] %

    [3-8] %

    [3-8] %

    [3-8] %

    [5-10] %

    (92)

    En la prueba de resistencia de la ABE de diciembre de 2011, el coeficiente de capital principal de BayernLB fijado por la ABE era del 10 %. Durante el período de reestructuración, los beneficios del banco irán en aumento.

    —   Previsiones por área de actividad y rentabilidad

    Cuadro 5

    Previsiones por área de actividad y rentabilidad

    Área de actividad

    ROE después de impuestos (35)

    RWA (en miles de millones EUR)

    Cambio del RWA

    2011

    (%)

    2012

    (%)

    2016

    (%)

    2011

    2016

    2011-2016

    (%)

    Corporates y pymes

    8,3

    [3-8]

    [5-10]

    27,3

    [29-31]

    + [6-14]

    DKB

    4,7

    [3-8]

    [5-10]

    31,1

    [38-41]

    + [21-31]

    Sector inmobiliario

    9,8

    [3-8]

    [5-10]

    9,7

    [13-15]

    + [33-43]

    Cajas de ahorros y asociación

    [15-50]

    [10-35]

    [10-35]

    0,7

    [1-3]

    + [50-200]

    Mercados

    4,0

    [(– 10)-(– 5)]

    [0-5]

    20,3

    [14-16]

    [(– 31)-(– 21)]

    BayernLabo

    85

    [115-120]

    [75-80]

    0,6

    [0,6-0,8]

    + [0-33]

    Grupo  (36)

     

    1-5

    [5-10]

    118,4

    [95-105]

    [(– 20)-(– 11)]

    Actividades que se interrumpen

    Unidad de reestructuración

    5,6

    [(– 5)-0]

    [(– 13)-(– 5)]

    12,1

    [1,5-2]

    [(– 100)-(– 75)]

    LBS

    25,3

    […]

    […]

    2,1

    […]

    […]

    MKB

    – 40,4

    [(– 20)-(– 15)]

    […]

    7,2

    […]

    […]

    —   Financiación

    (93)

    En junio de 2011, Alemania presentó el plan de financiación para BayernLB que figura en el cuadro 6. Este desglose data de antes de que el banco se comprometiera a reducir más su balance total, lo que llevó a un balance total de unos 240 000 millones EUR en 2015.

    Cuadro 6

    Plan de financiación

     

    2010

    2015

    Cambio absoluto

    Deudas aseguradas con entidades de crédito

    […]

    […]

    […]

    Deudas no aseguradas con entidades de crédito

    […]

    […]

    […]

    de las cuales: Depósito A

    […]

    […]

    […]

    Deudas con entidades no bancarias

    […]

    […]

    […]

    de las cuales: depósitos corporativos

    […]

    […]

    [2-8]

    Obligaciones en forma de títulos

    […]

    […]

    […]

    de las cuales: obligaciones hipotecarias (Pfandbrief)

    […]

    […]

    […]

    de las cuales: Depósito B

    […]

    […]

    [1-5]

    Provisiones para obligaciones y gastos

    […]

    […]

    […]

    Deuda subordinada

    […]

    […]

    […]

    Capital propio

    […]

    […]

    […]

    Pasivos comerciales

    […]

    […]

    […]

    Otros

    […]

    […]

    […]

    Total

    […]

    […]

    […]

    (94)

    BayernLB facilitó la información que figura en el cuadro 7, que muestra la evolución durante el período de reestructuración de sus obligaciones representadas por títulos y no representadas por títulos garantizadas y protegidas por el Estado antes de la crisis (37).

    Cuadro 7

    Perfil de vencimiento de las obligaciones protegidas

    Cartera

    Miles de millones EUR

    31.12.2010

    58,3

    31.12.2011

    46,7

    31.12.2012

    41,4

    31.12.2013

    32,8

    31.12.2014

    23,6

    31.12.2015

    1,6

    (95)

    Alemania facilitó información exhaustiva sobre fuentes de financiación alternativas de que dispone BayernLB. Se trata, en particular, de información sobre avales disponibles para la emisión de covered bonds que no se tomaron en cuenta en el plan de financiación presentado. Estos avales están disponibles a nivel de DKB y podrían resultar una alternativa de financiación ventajosa. Además, Alemania facilitó información sobre posibilidades de emisión adicionales y crecientes en los mercados internacionales.

    —   MKB

    (96)

    La Ley de reembolso de créditos en moneda extranjera (38) adoptada por el Gobierno húngaro en otoño de 2011 fue responsable en gran medida de las pérdidas del ejercicio de 382 millones EUR de MKB.

    (97)

    El reembolso anticipado de los créditos en moneda extranjera y la persistencia de las dificultades en el entorno perturbaron permanentemente las perspectivas de ingresos de MKB, por lo que BayernLB depreció el valor contable de su participación en MKB en 576 millones EUR, con arreglo a las normas de contabilidad alemanas.

    (98)

    En el primer trimestre de 2012, BayernLB contribuyó a una ampliación de capital de MKB con 200 millones EUR. A través de la financiación intra grupo, BayernLB tiene una exposición a MKB estimada en unos […] mil millones EUR a finales de 2012.

    —   Prueba de resistencia de la ABE

    (99)

    En la prueba de resistencia de la ABE de diciembre de 2011, el coeficiente de capital principal de BayernLB según los criterios de la ABE (en lo sucesivo, «coeficiente de capital principal de la ABE» o «coeficiente de capital principal») era del 10 %. Teniendo en cuenta la composición de la cartera soberana de BayernLB, la ABE concluyó que BayernLB no necesitaba una reserva soberana de capital especial para su exposición crediticia en el Espacio Económico Europeo.

    —   Supuestos regulatorios

    (100)

    El plan de financiación se basa en el supuesto de que en 2013 habrá un cambio en las normas de contabilidad para el cálculo de los coeficientes de capital propio regulatorio, pasando de los Principios de contabilidad generalmente aceptados (PCGA) según el Código Mercantil alemán (HGB) a las NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera).

    (101)

    La aplicación de las NIIF daría lugar a una serie de cambios en el capital propio regulatorio de BayernLB que se han tenido en cuenta en las estimaciones. Un efecto determinante de este cambio se refiere a los préstamos sin interés (préstamos con apoyo del Estado), concedidos por BayernLabo en el marco del fomento estatal de la vivienda y el desarrollo urbano (39). Según el Código Mercantil, estos préstamos se contabilizan a su valor actualizado (que está por debajo del valor nominal porque los préstamos no tienen intereses). Según las NIIF, como confirma el auditor de BayernLB, estos préstamos se contabilizan al valor nominal. La diferencia generaría capital a nivel de BayernLabo y, por consiguiente, también a nivel de BayernLB. El efecto de este cambio se puede estimar en 967 millones EUR a 31 de diciembre de 2011.

    f)   Reducciones adicionales de las partidas de riesgo

    (102)

    Alemania se compromete a reducir de aquí a 2017 de manera neutra otras partidas de riesgo por importe de 10 000 millones EUR, compensando cada disminución de ingresos con la correspondiente reducción de costes. Las reducciones pueden lograrse optimizando el cálculo de las partidas de riesgo o mediante una reducción de activos en determinadas líneas de negocio.

    (103)

    Para ilustrarlo, BayernLB facilitó el siguiente desglose por segmentos de la reducción adicional de las partidas de riesgo de 10 000 millones EUR (frente a las estimaciones de partidas de riesgo del plan de reestructuración): una reducción adicional de […] mil millones EUR en los segmentos Corporates/pymes, […] mil millones EUR en DKB, […] mil millones EUR en el segmento inmobiliario, […] mil millones EUR en mercados y […] mil millones EUR en la Unidad de reestructuración.

    (104)

    Para ilustrarlo, Alemania presentó dos posibles escenarios de cómo conseguir una reducción adicional de las partidas de riesgo de 10 000 millones EUR. Alemania y BayernLB consideran ambos escenarios alcanzables.

    Escenario 1: Reducción de las partidas de riesgo de […] mil millones EUR reduciendo actividad y […] mil millones EUR optimizando partidas de riesgo

    (105)

    En el primer escenario, Alemania expone el impacto de una reducción de […] mil millones EUR reduciendo actividad y otra de […] mil millones EUR optimizando partidas de riesgo (véase el cuadro 8).

    Cuadro 8

    Escenario 1

    Grupo (en millones EUR)

    2016

    Delta mediante reducción partidas de riesgo de 10 000 millones EUR

    2016

    Plan de reestructuración

    Después de una reducción adicional

    Ingresos totales

    […]

    […]

    […]

    Provisión de riesgo en operaciones de crédito

    […]

    […]

    […]

    Total costes

    […]

    […]

    […]

    RESULTADOS ANTES DE IMPUESTOS

    […]

    […]

    […]

    ROE (40) (22 % impuestos)

    [5-10] %

    […]

    [7-12] %

    Partidas de riesgo

    […]

    […]

    […]

    Escenario 2: Reducción de las partidas de riesgo de […] mil millones EUR reduciendo actividad y […] mil millones EUR optimizando partidas de riesgo

    (106)

    En el segundo escenario, Alemania expone el impacto de una reducción de […] mil millones EUR reduciendo actividad y otra de […] mil millones EUR optimizando partidas de riesgo (véase el cuadro 9).

    Cuadro 9

    Escenario 2

    Grupo (en millones EUR)

    2016

    Delta mediante reducción partidas de riesgo de 10 000 millones EUR

    2016

    Plan de reestructuración

    Después de una reducción adicional

    Ingresos totales

    […]

    […]

    […]

    Provisión de riesgo en operaciones de crédito

    […]

    […]

    […]

    Total costes

    […]

    […]

    […]

    RESULTADOS ANTES DE IMPUESTOS

    […]

    […]

    […]

    ROE (41) (22 % impuestos)

    [5-10] %

    […]

    [7-12] %

    Exposiciones

    […]

    […]

    […]

    (107)

    Según el banco, en estos momentos no puede establecerse el perfil exacto de la reducción de las partidas de riesgo durante el período puesto que la reducción puede conseguirse mediante la optimización de las partidas de riesgo o mediante la reducción de actividad.

    4.   Calendario de reembolsos

    (108)

    A petición de la Comisión, el banco elaboró calendarios de reembolsos (véanse los cuadros 10 y 11), en los que se toma en cuenta la reducción de partidas adicionales de riesgo por importe de 10 000 millones EUR para 2017. El banco tuvo en cuenta todos los efectos secundarios del reembolso, especialmente los pagos de intereses de las aportaciones pasivas. Además, el calendario de reembolsos se basa en el supuesto prudente de que la autoridad de supervisión no reconocerá como capital principal regulatorio el capital generado al contabilizar los préstamos de BayernLabo a su valor nominal con arreglo a las NIIS (cuadro 10). No obstante, si la autoridad de supervisión reconociera como capital principal regulatorio el importe total o parcialmente, Alemania se ha comprometido a que se tenga en cuenta en el calendario de reembolsos para la devolución de la parte correspondiente del mecanismo de reembolso a partir de 2013 (véase el cuadro 11).

    Cuadro 10

    Calendario de reembolsos hipotéticos sin el capital adicional surgido al valorar los préstamos de BayernLabo con arreglo a las NIIS (en millones EUR)

    Año

    2013

    2014

    2015

    2016

    2017

    2018

    2019

    TOTAL

    Mecanismo de pago de reembolso periódico

    480 (42)

    120

    120

     

     

     

     

    720

    Mecanismo de reembolso único

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    1 240

    Reembolso de las aportaciones pasivas del Estado libre de Baviera sin reducción de partidas de riesgo adicionales acordadas

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    [3 000]

    Reembolso mediante reducción de partidas de riesgo adicionales

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    Acumulativo (mecanismo de reembolso y aportaciones pasivas del Estado libre de Baviera)

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

     


    Cuadro 11

    Calendario de reembolsos hipotéticos (en millones EUR) incluido el capital adicional surgido al valorar los préstamos de BayernLabo con arreglo a las NIIS […]

    Año

    2013

    2014

    2015

    2016

    2017

    2018

    2019

    TOTAL

    Mecanismo de pago de reembolso periódico

    480 (43)

    120

    120

     

     

     

     

    720

    Mecanismo de reembolso único

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

     

     

    1 240

    Reembolso de las aportaciones pasivas del Estado libre de Baviera sin reducción de partidas de riesgo adicionales acordadas

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

     

     

    [3 000]

    Reembolso mediante reducción de partidas de riesgo adicionales

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

     

     

    Acumulativo (mecanismo de reembolso y aportaciones pasivas del Estado libre de Baviera)

    […]

    […]

    […]

    […]

    […]

     

     

     

    5.   Compromisos de Alemania

    (109)

    Alemania se ha comprometido a que se realice íntegramente el plan de reestructuración original, presentado el 29 de abril de 2009, modificado por última vez por las comunicaciones de Alemania de 6 y 12 de junio de 2012, incluidos los compromisos del anexo I de la presente Decisión y las condiciones del anexo II de la presente Decisión, en los plazos establecidos en dichos anexos.

    3.   RESUMEN DE LA DECISIÓN DE INCOACIÓN Y DE LA DECISIÓN DE AMPLIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

    (110)

    Las dudas en materia de competencia expresadas por la Comisión en la Decisión de incoación se referían a lo siguiente:

    i)

    el cálculo del importe de la ayuda y la remuneración de la cobertura de riesgo,

    ii)

    si el plan de reestructuración era adecuado para restablecer la viabilidad del banco a largo plazo,

    iii)

    si las medidas con las que se deben limitar posibles falseamientos de la competencia ocasionados por la ayuda eran suficientes y efectivas,

    iv)

    si la ayuda se limitaba al mínimo necesario y los propietarios participaban en las cargas de la reestructuración de manera suficiente.

    (111)

    En el momento de la aplicación de la cobertura de riesgo, Alemania explicó que el importe de ayuda de la medida ascendía aproximadamente a 1 600 millones EUR. En la Decisión de incoación, la Comisión cuestionó el cálculo del importe de la ayuda, fundamentalmente porque no se había hecho una valoración del valor de mercado de la cartera ABS; además, subrayó que la remuneración de 50 puntos básicos estaba muy por debajo del precio que habría esperado un inversor o un prestamista en una economía de mercado.

    (112)

    Por lo demás, la Comisión albergaba dudas sobre los supuestos subyacentes al plan de financiación y manifestó su preocupación por la viabilidad de las filiales de BayernLB, HGAA y MKB. Por otra parte, la Comisión señaló que no había ningún compromiso firme de que HGAA, MKB y Banque LB Lux SA se fueran a vender para […].

    (113)

    En opinión de la Comisión, los balances totales y la reducción de los RWA previstos no son suficientes para restringir al máximo posibles falseamientos de la competencia puesto que gran parte de esas reducciones sería necesaria en cualquier caso para garantizar el restablecimiento de la viabilidad.

    (114)

    Además, la Comisión subrayó que esperaba otras medidas de carácter estructural o de comportamiento para mitigar aún más posibles falseamientos de la competencia. A este respecto, la Comisión mencionó en especial la posible cesión de LBS.

    (115)

    En cuanto al requisito de que las ayudas deben estar limitadas al mínimo necesario, la Comisión observó que hasta el momento no se había hecho ninguna propuesta clara sobre cómo iban a participar los accionistas en las cargas ligadas a la reestructuración.

    (116)

    En diciembre de 2009, la Decisión de salvamento de HGAA amplió el procedimiento de investigación formal a las medidas de ayuda concedidas por Austria a HGAA. En dicha Decisión, la Comisión planteaba la cuestión de si esas medidas constituían una ayuda adicional a BayernLB. Además, la Comisión señaló que el rescate de HGAA y la consiguiente depreciación del valor contable podrían poner en peligro la viabilidad de BayernLB. Por otra parte, la Comisión sostenía que, si bien BayernLB se comprometió a vender HGAA para limitar posibles falseamientos de la competencia, la cesión de HGAA no podía evaluarse como una medida para limitar falseamientos de la competencia puesto que parecía necesaria para mantener la viabilidad de BayernLB. Por tanto, la Comisión manifestó sus dudas de que las medidas propuestas por BayernLB bastaran en conjunto para limitar al mínimo los falseamientos de la competencia.

    4.   OBSERVACIONES DE ALEMANIA

    (117)

    Alemania no cuestionó que la aportación de capital, la cobertura de riesgo y las garantías constituyeran ayuda estatal. Por lo que se refiere a la transferencia de capital de BayernLabo a BayernLB, Alemania alegó que el importe transferido no constituía ayuda estatal, puesto que la transferencia debía servir exclusivamente para reembolsar una parte de las ayudas recibidas y reducir el capital de BayernLB. Además, había que tener presente que BayernLB ya se beneficiaba del capital de BayernLabo antes de la transferencia por lo que, en cualquier caso, el importe de ayuda sería inferior al importe transferido.

    (118)

    En el contexto de las conversaciones sobre el VER de la cartera ABS a 31 de diciembre de 2008 y la conclusión de la Comisión, basada en el informe pericial, según el cual el VER correspondía al 83,87 % del valor nominal, Alemania desistió de tomar en consideración una nueva reevaluación exhaustiva. Además, Alemania aceptó el valor de mercado de 11 753 millones EUR, que correspondía al 60 % del valor nominal.

    (119)

    Alemania dudaba de que fuera necesario un reembolso por el total de la diferencia, 1 960 millones EUR, entre el precio de traspaso y el VER. Alemania discutía en especial que este reembolso debiera pagarse en el año […] puesto que el banco no disponía de una reserva de capital propio suficiente. Por la misma razón, Alemania rechazó el calendario propuesto para el reembolso de las aportaciones pasivas.

    5.   EVALUACIÓN JURÍDICA DE LAS AYUDAS A FAVOR DEL BAYERNLB

    (120)

    En la evaluación jurídica de la ayuda de reestructuración deben considerarse todas las ayudas que se concedieron a BayernLB desde 2008.

    1.   Existencia de ayuda estatal

    (121)

    Según el artículo 107, apartado 1, del TFUE serán incompatibles con el mercado interior, en la medida en que afecten a los intercambios entre Estados miembros, las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o que amenacen falsear la competencia favoreciendo a determinadas empresas o producciones.

    (122)

    Una medida se considera ayuda estatal si cumple los siguientes requisitos: que esté financiada por fondos estatales, otorgue una ventaja a determinadas empresas o producciones, esta ventaja sea selectiva y la medida falsee o amenace falsear la competencia y pueda influir en los intercambios comerciales entre Estados miembros. Para que una ayuda sea considerada ayuda estatal dichas condiciones deben reunirse acumulativamente.

    (123)

    Como se expone en las secciones a) a e), la Comisión sigue opinando que estas condiciones se cumplen en todas las medidas de ayuda.

    a)   Recapitalización a través del Estado libre de Baviera

    (124)

    A este respecto, la Comisión ya observó en la Decisión de salvamento que se cumplen todas las condiciones contempladas en el considerando 122. El refuerzo del capital de BayernLB de 10 000 millones EUR representa por tanto una ayuda estatal (44). Un prestamista privado no hubiera puesto en ningún caso semejante suma a disposición de una empresa en crisis. Por tanto, el valor nominal de esta recapitalización debe considerarse el elemento de ayuda de la ampliación de capital a favor del banco. De acuerdo con la práctica decisoria de la Comisión (45), el elemento de ayuda equivale al valor nominal de la ampliación de capital y asciende por tanto a 10 000 millones EUR.

    b)   Cobertura de riesgo

    (125)

    También a este respecto, la Comisión observó en la Decisión de salvamento que se cumplen todos los criterios establecidos en el artículo 107, apartado 1, del TFUE. Por consiguiente, la cobertura de riesgo constituye ayuda estatal. Esta apreciación ha sido confirmada entretanto mediante la Comunicación de la Comisión sobre el tratamiento de los activos cuyo valor ha sufrido un deterioro en el sector bancario comunitario (46) (Comunicación sobre activos deteriorados), en la que se concretan las normas sobre ayudas estatales para las medidas de rescate. La Comunicación sobre activos deteriorados ofrece orientaciones para la aplicación de las normas sobre ayudas estatales a medidas de rescate de activos deteriorados, garantizando así la igualdad de trato a este respecto para las medidas de rescate implantadas por los Estados miembros.

    (126)

    Aunque la medida es anterior a la adopción de la Comunicación sobre activos deteriorados, la Comisión debe aplicar la legislación y las directrices vigentes en el momento en que se adopta la Decisión, independientemente de cuando se conciben o notifican las medidas de ayuda (47). En el contexto de la crisis financiera actual, la Comisión ya ha aplicado la Comunicación sobre activos deteriorados a medidas notificadas antes de que esta fuera publicada (48).

    (127)

    La cobertura de riesgo concedida por el Estado libre de Baviera entra en el ámbito de aplicación de la Comunicación sobre activos deteriorados. En el punto 32 y ss. de dicha Comunicación se exponen los principios fundamentales para la identificación de los activos elegibles y sus categorías («cestas»). La cartera ABS de BayernLB comprende distintos tipos de valores garantizados por activos. Los RMBS así como los prime y subprime constituyen aproximadamente la mitad del total de la cartera. Otra parte importante la constituyen, entre otros, los CMBS, CDO y otros valores ABS (ABS Comerciales y ABS Consumo). Todos estos tipos de valores garantizados por activos están enumerados en el anexo III, cuadro 1, de la Comunicación sobre activos deteriorados y, por consiguiente, pueden acogerse a una medida de rescate de activos.

    (128)

    Según el punto 39 de la Comunicación sobre activos deteriorados, el importe de ayuda de una medida de rescate corresponde a la diferencia entre el precio de traspaso de los activos y su precio de mercado. El precio de traspaso, que se determina restando la primera pérdida, (1 200 millones EUR) del valor nominal (19 589 millones EUR), asciende a 18 389 millones EUR. La cartera tiene un valor de mercado de unos 11 800 millones EUR (49). Por tanto, la diferencia entre el precio de traspaso y el valor de mercado equivale, como mínimo, al importe de las pérdidas cubiertas mediante la garantía de segunda pérdida (4 800 millones EUR). Por consiguiente, la garantía en su conjunto debe considerarse ayuda estatal. El importe de ayuda contenido en la garantía de la cobertura de riesgo asciende, por tanto, a 4 800 millones EUR.

    c)   Garantías de responsabilidad pública

    (129)

    Las garantías de responsabilidad pública por importe de 15 000 millones EUR concedidas por SoFFin en el marco del Plan de rescate de los bancos alemanes (50) constituyen ayuda estatal.

    d)   Medidas de salvamento de Austria

    (130)

    En primer lugar, la medida de salvamento de HGAA de diciembre de 2009 resultó beneficiosa para el grupo BayernLB puesto que, de otro modo, el propio banco habría tenido que recapitalizar su filial HGAA (51). Sin embargo, tras la nacionalización de HGAA por parte de Austria, BayernLB abandonó su participación en HGAA; HGAA ya no forma parte de BayernLB y, por tanto, es objeto de un procedimiento de ayuda separado. La presente Decisión no prejuzga dicho procedimiento.

    (131)

    En segundo lugar, en el curso de la nacionalización de HGAA, Austria concedió a BayernLB una garantía directa por importe de 2 638 millones EUR en relación con la financiación puesta a disposición de HGAA. Indudablemente, la medida se financió con fondos estatales. Sin la nacionalización de HGAA y la garantía, probablemente BayernLB habría perdido gran parte de sus fondos. HGAA estaba en una situación crítica y la garantía estatal liberó a BayernLB de un riesgo crediticio equivalente a la gravedad de la situación de HGAA. Por consiguiente, la garantía constituye una ventaja económica para BayernLB. Puesto que BayernLB realiza actividades en varios Estados miembros en el sector financiero, un ámbito que está abierto a intensa competencia internacional, debe considerarse que esta ventaja puede afectar al comercio en el mercado interior y falsear la competencia. La garantía concedida por Austria a HGAA a través de los fondos de financiación puestos a disposición de BayernLB constituye ayuda estatal a favor de BayernLB.

    e)   Traspaso de capital de BayernLabo a BayernLB

    (132)

    En su Decisión de 20 de octubre de 2004 (52), la Comisión señaló que la transmisión de fondos estatales realizada en 1994 y 1995 (préstamos pendientes para la construcción de viviendas) a través de BayernLabo a BayernLB constituía ayuda estatal que aumentó el capital propio del banco. La Comisión concluyó que la transmisión constituía ayuda sobre la base del principio del inversor en una economía de mercado, puesto que ningún inversor en una economía de mercado habría transferido capital en las mismas condiciones, especialmente a la vista de la remuneración acordada para los fondos transferidos, remuneración que la Comisión consideró muy baja. Desde el 5 de marzo de 2004, sin embargo, tras una modificación de los Estatutos de BayernLB, los activos transferidos ya no podían utilizarse para respaldar la actividad comercial de BayernLB, sino únicamente como garantía. En su Decisión, la Comisión consideró que, con este cambio, el capital había perdido su carácter de ayuda en esa fecha. No obstante, la Comisión concluyó que, hasta esa fecha, la diferencia entre la remuneración acordada inicialmente, que la Comisión consideró demasiado baja, y la remuneración adecuada constituía ayuda ilegal que debía recuperarse.

    (133)

    Para reforzar su dotación de capital propio, BayernLB ahora solo trasferirá al banco principal una parte de la reserva de beneficios de BayernLabo que ya no es necesaria para su actividad. De esta manera, una parte del capital o de sus beneficios, que antes no podían utilizarse para respaldar la actividad comercial de BayernLB, adquiere distinto carácter y ya no está limitada a servir de garantía en caso de insolvencia. Con este cambio se aleja del objetivo original del capital, que es servir de reserva de capital en caso de insolvencia. Con la transferencia definitiva de este capital de BayernLabo al banco principal se pone fin a la limitación de uso, por lo que BayernLB podrá utilizarlo sin restricciones. BayernLB ya no remunerará a BayernLabo ni al Estado libre de Baviera por este derecho. Por consiguiente, el Estado libre de Baviera concederá una ventaja a BayernLB cuando libere definitivamente el capital. Puesto que BayernLB realiza actividades en varios Estados miembros en el sector financiero, un ámbito que está abierto a intensa competencia internacional, debe considerarse que esta ventaja puede afectar al comercio en el mercado interior y falsear la competencia. Por consiguiente, la transferencia de 1 000 millones EUR de capital de BayernLabo a BayernLB constituye ayuda estatal.

    f)   Conclusión en cuanto al importe total de ayuda

    (134)

    El importe total de ayuda que Alemania concedió a BayernLB para reforzar su capital (aportación de capital de 10 000 millones EUR en el marco de las medidas de salvamento de 2008, más el traspaso de capital de BayernLabo de 1 000 millones EUR en 2012, más la cobertura de riesgo de 4 800 millones EUR), asciende a 15 800 millones EUR. Esta cantidad corresponde aproximadamente al 8 % de los activos ponderados por riesgo (partidas de riesgo) de BayernLB en el año 2008 (198 000 millones EUR). Además, Alemania y Austria concedieron a BayernLB garantías por importe de 17 638 millones EUR.

    2.   Compatibilidad de la ayuda con el mercado interior

    a)   Aplicación del artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE

    (135)

    Según el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE, las ayudas estatales pueden considerarse compatibles con el mercado interior si están destinadas a «poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro». Al autorizar el Plan de rescate alemán la Comisión reconoció que existía el peligro de una grave perturbación en la economía de Alemania y que las medidas en apoyo de los bancos son apropiadas para poner remedio a dicha perturbación. Aunque la economía se está recuperando lentamente desde comienzos de 2010, visto que la situación ha vuelto a tensarse recientemente, la Comisión considera que se siguen cumpliendo las condiciones para la concesión de ayuda estatal a tenor del artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE. En diciembre de 2011, la Comisión confirmó su opinión al adoptar la Comunicación de la Comisión sobre la aplicación, a partir del 1 de enero de 2012, de las normas sobre ayudas estatales a las medidas de apoyo a los bancos en el contexto de la crisis financiera (53), con la que se prorroga la aplicación de estas disposiciones.

    (136)

    La quiebra de un banco considerado por un Estado miembro de importancia sistémica, como BayernLB, podría afectar directamente a los mercados financieros y con ello al conjunto de la economía del Estado miembro. Dada la inestabilidad actual de los mercados financieros, la Comisión continúa basando su evaluación de las medidas de ayuda estatal en el sector bancario en el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE.

    b)   Compatibilidad de la medida de activos deteriorados con la Comunicación sobre activos deteriorados

    (137)

    En la Decisión de incoación, la Comisión expresó sus dudas sobre la compatibilidad de la cobertura de riesgo con el mercado interior. Esas dudas deben evaluarse con arreglo al artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE sobre la base de la Comunicación sobre activos deteriorados para establecer si los activos pueden acogerse a un rescate en virtud del punto 32 de dicha Comunicación.

    Gestión de activos

    (138)

    Según el punto 46 de la Comunicación sobre activos deteriorados, corresponde al Estado miembro elegir el modelo idóneo para rescatar los activos bancarios deteriorados; sin embargo, para impedir posibles conflictos de intereses y facilitar que el banco centre su atención en la recuperación de la viabilidad, es preciso que exista una clara separación organizativa y funcional entre el banco beneficiario y sus activos deteriorados, en especial por lo que respecta a su gerencia, personal y clientela.

    (139)

    Aunque el Estado libre de Baviera ofrece una garantía que protege a BayernLB de las pérdidas originadas en la cartera ABS, todos los activos garantizados siguen estando en el balance de BayernLB.

    (140)

    La Comisión admite que una segregación completa de los activos cubiertos y del personal que los gestiona podría, en el caso de una garantía de la magnitud de la cobertura de riesgo, ser difícil y potencialmente perjudicial para el objetivo de minimizar las pérdidas esperadas. Por tanto, no hay ninguna obligación de que el gestor de la cartera se dedique exclusivamente a la gestión de activos cubiertos o que estos activos se mantengan de alguna otra forma separados de los demás activos del banco.

    (141)

    Además, la Comisión considera que Alemania ha puesto en marcha salvaguardias adecuadas para impedir posibles conflictos de intereses y garantizar que las pérdidas originadas por los activos garantizados se reduzcan al mínimo (54). En particular, BayernLB ha creado una unidad de reestructuración interna a la que se han transferido varias carteras. La unidad de reestructuración se encarga de la reducción de estas carteras y también supervisa la reducción de actividades comerciales de otros departamentos de BayernLB. Está separada funcional y organizativamente de los demás departamentos de BayernLB (55).

    Valoración de la cartera cubierta

    (142)

    La Comisión ha encomendado a peritos externos la evaluación de la cartera ABS de BayernLB. En la línea de la práctica decisoria de la Comisión, el equipo de peritos estableció el valor económico real de la cartera ABS de BayernLB en el 83,87 % de su valor nominal. El valor económico real asciende a 16 429 millones EUR.

    Transparencia total y revelación plena ex ante

    (143)

    Según el punto 20 de la Comunicación sobre activos deteriorados, las solicitudes de ayuda deben estar supeditadas a transparencia total y revelación plena del deterioro por parte de los bancos elegibles en relación con los activos que vayan a ser objeto de las medidas de rescate, sobre la base de una valoración adecuada, certificada por expertos independientes reconocidos y validada por la autoridad supervisora pertinente. Se facilitó a la Comisión información exhaustiva sobre la cartera cubierta. El efecto de rescate de capital de 1 280 millones EUR fue confirmado por BaFin en abril de 2010. Por consiguiente, la Comisión está convencida de que se cumple este requisito.

    Distribución de las cargas

    (144)

    El principio de distribución de las cargas establecido en la Comunicación sobre activos deteriorados exige que los bancos soporten las pérdidas asociadas a los activos deteriorados en la mayor medida posible. Por consiguiente, en principio, los activos deben transferirse a un precio igual o inferior al VER. Esto puede lograrse, por ejemplo, mediante una reducción previa del valor de los activos al nivel del VER. Cuando no sea posible lograr una distribución plena de cargas ex ante, según el punto 24 de la Comunicación sobre activos deteriorados, se debe solicitar al banco que contribuya a la cobertura del riesgo o las pérdidas, por ejemplo mediante cláusulas de reembolso (cláusula claw back) o mediante una cláusula de primera pérdida en virtud de la cual el banco será responsable de las primeras pérdidas.

    (145)

    En el presente asunto, la medida de rescate de activos deteriorados se aplicó sin una reducción previa de la cartera ABS al valor del VER. Sin embargo, con respecto a la distribución de cargas, BayernLB debería asumir una primera pérdida de 1 200 millones EUR.

    (146)

    El VER, que la Comisión estableció en el 83,87 % del valor nominal, asciende a 16 429 millones EUR. Así, el precio de traspaso de 18 389 millones EUR, después de deducir la primera pérdida de 1 960 millones EUR está por encima del VER. Según el punto 41 de la Comunicación sobre activos deteriorados, este importe, denominado «transfer delta», debe ser devuelto por BayernLB inmediatamente o con posterioridad.

    (147)

    Un mecanismo de reembolso de este tipo exige que el banco beneficiario devuelva íntegramente el importe que supera el VER cubierto por la garantía. Si no fuera posible la devolución íntegra, deberán adoptarse amplias medidas para limitar el falseamiento de la competencia. Ahora bien, la Comisión no ve motivos por los que no sería posible un reembolso íntegro en el presente caso.

    (148)

    La Comisión observa que BayernLB está dispuesto a abonar, en los seis años de aquí a 2005, una prima anual adicional del 3,75 % sobre una parte de la garantía que asciende a aproximadamente 2 000 millones EUR (es decir, 75 millones EUR al año) y un pago especial de 45 millones EUR al año, es decir, en total 120 millones EUR anuales. Esta regularización equivaldría a un mecanismo de pago de reembolso de 120 millones EUR anual.

    (149)

    Esto deja un resto de 1 240 millones EUR (importe del mecanismo de reembolso de 1 960 millones EUR menos los seis pagos anuales de 120 millones EUR mencionados en el considerando 148), que se reembolsará posteriormente. BayernLB alega que no está en condiciones de pagar esta cantidad (véase el considerando 119).

    (150)

    Sin embargo, la Comisión considera que un reembolso de un importe nominal de 1 960 millones EUR es viable. Según el punto 41 de la Comunicación sobre activos deteriorados, solo debe autorizarse un reembolso parcial en la medida en que un reembolso íntegro llevaría a BayernLB a la insolvencia técnica. Sin embargo, la Comisión no cree que ocurriera esto si se escalonaran los pagos del mecanismo de reembolso, incluso más allá del período de reestructuración. Este planteamiento no contradice el punto 41 de la Comunicación sobre activos deteriorados, puesto que allí no se habla de un momento concreto sino de «más adelante». Esta interpretación se ajusta a la práctica decisoria reiterada (56). Por tanto, la Comisión opina que se cumpliría el requisito de distribución de las cargas establecido en la Comunicación sobre activos deteriorados si se alcanzara un reembolso íntegro para 2019.

    Remuneración

    (151)

    En el considerando 78 de la Decisión de incoación, la Comisión subrayó que la remuneración de 50 puntos básicos que entonces pagaba el banco estaba muy por debajo del precio que habría esperado un inversor o un prestamista en una economía de mercado.

    (152)

    Entretanto, Alemania se ha comprometido a que BayernLB pague una remuneración del 6,25 % sobre el efecto de rescate de capital. Una remuneración así sería acorde con los niveles aprobados en decisiones anteriores (57).

    (153)

    Por tanto, BayernLB debería remunerar un efecto de rescate de capital de 1 280 millones EUR con un 6,25 %. BayernLB ya ha declarado que, desde el 1 de enero de 2010 […] pagará una prima básica del 6,25 % sobre el efecto de rescate de capital de 1 280 millones EUR, es decir, 80 millones EUR al año.

    Conclusión sobre la compatibilidad de la cobertura de riesgo con el mercado interior

    (154)

    Dado que BayernLB paga una remuneración adecuada de 80 millones EUR al año por la garantía de los activos, y con la condición de que Alemania devuelva íntegramente la parte que supere la diferencia de transferencia, que asciende a 1 960 millones EUR, para ajustar el VER al precio de traspaso, la garantía para los activos de la cartera ABS puede considerarse compatible con el mercado interior. Para alcanzar un reembolso íntegro, deben cumplirse los compromisos del anexo II de la presente Decisión. Habida cuenta de estas consideraciones, se han disipado las dudas expresadas en la Decisión de incoación.

    c)   Compatibilidad de la ayuda de reestructuración con el mercado interior

    (155)

    Todas las medidas que la Comisión ha considerado constitutivas de ayuda estatal fueron concedidas en el contexto de la reestructuración de BayernLB. En la presente Decisión, la Comisión debe examinar todas estas medidas, incluidas las medidas concedidas por Austria. Las normas aplicables para la concesión de ayudas de reestructuración a las instituciones financieras en la crisis actual se establecen en la Comunicación sobre la recuperación de la viabilidad y la evaluación de las medidas de reestructuración en el sector financiero en la crisis actual con arreglo a las normas sobre ayudas estatales (58) («Comunicación sobre reestructuración»). Según dicha Comunicación, la reestructuración de una institución financiera en el contexto de la crisis financiera actual es compatible con el mercado interior con arreglo al artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE, si conduce al restablecimiento de la viabilidad del banco, prevé una aportación propia del banco beneficiario adecuada (distribución de las cargas) y limita la ayuda al mínimo necesario y comprende medidas suficientes para limitar los falseamientos de la competencia.

    (156)

    Cuando la Comisión analiza la reestructuración de un banco en el contexto de la crisis financiera actual considera las medidas de ayuda que mejoran la capitalización del banco. En su práctica decisoria, la Comisión no examina a fondo las medidas de ayuda o de garantía a la liquidez más allá de su contribución normal a la reestructuración. Teniendo esto en cuenta, la Comisión puede considerar compatibles con el mercado interior las garantías de responsabilidad pública y de liquidez concedidas por Alemania y Austria.

    Limitación de la ayuda al mínimo

    (157)

    Según la Comunicación sobre reestructuración, la ayuda de reestructuración debe garantizar que el banco pueda restablecer su viabilidad pero limitándose al mismo tiempo al mínimo necesario para alcanzar este objetivo. En el considerando 99 de la Decisión de incoación, la Comisión observaba que el plan de reestructuración no contenía propuestas de gran alcance para limitar la ayuda al mínimo.

    (158)

    La Comisión señala que BayernLB recibió una aportación de capital de 10 000 millones EUR, que es claramente el mayor importe recibido por ninguno de los bancos regionales alemanes. En la prueba de resistencia de la ABE de diciembre de 2011, el coeficiente de capital principal de BayernLB fijado por la ABE era también del 10 %. De las 13 instituciones financieras alemanas que participaron en la prueba de resistencia, BayernLB estaba en cuarta posición en cuanto a capitalización. Su capitalización era mejor que la de todos los demás bancos alemanes que recibieron ayudas estatales (59) (con excepción de HRE), y mejor que la de los grandes bancos que no han recibido ayudas de capital (por ejemplo, Deutsche Bank y Helaba Landesbank Hessen-Thüringen). Si no tuviera que reembolsar una parte del capital, BayernLB podría utilizar el capital excedentario ya concedido mediante ayudas estatales para competir agresivamente en detrimento de otros bancos, especialmente los bancos regionales, fuera de su ámbito geográfico inicial (60). Por consiguiente, es necesario limitar el capital para limitar el falseamiento de la competencia.

    (159)

    Además, si BayernLB tuviera que utilizar su capital de forma que no fuera racional, estaría protegido contra la presión competitiva. El banco estaría entonces en condiciones de asignar capital de manera subóptima, lo que a largo plazo produciría rendimientos inferiores a la media. Este exceso de capitalización podría utilizarse para compensar pérdidas por inversiones imprudentes, ocasionando así que los riesgos crediticios no se controlaran eficazmente. Por tanto, no se crearía la adecuada estructura de incentivos para garantizar el restablecimiento de la viabilidad. Además, una capitalización excesiva impediría también que el banco generara un ROE competitivo (61).

    (160)

    A pesar de estas dificultades, Alemania no ha propuesto soluciones para reembolsar el capital excedentario.

    (161)

    Por consiguiente, la Comisión señala que la ampliación de capital se compone de una aportación de capital de 7 000 millones EUR y una aportación pasiva de 3 000 millones EUR. La aportación pasiva es un instrumento reembolsable. Además, este instrumento se puso a disposición del banco antes de que se acordaran las normas de Basilea III, por lo que ya no se considerará capital de nivel 1 ABE en cuanto se apliquen las normas de Basilea III. Puesto que el instrumento lleva aparejado un cupón del 10 %, a medio plazo se convertirá en una fuente de refinanciación más cara y limitará las posibilidades de BayernLB de distribuir beneficios, lo que, a su vez, hará al banco poco atractivo para nuevos inversores de capital.

    (162)

    Por otra parte, según el plan de reestructuración, el banco tiene intención de obtener beneficios a lo largo del período de reestructuración. Estos beneficios no pueden distribuirse puesto que BayernLB se está reestructurando. Teniendo esto en cuenta, a la par que la liquidación de partidas de riesgo prevista en el plan de reestructuración, la capitalización del banco debería aumentar cada año y, con ello, también su capacidad de reembolso. Además, Alemania se ha comprometido a una reducción adicional de las partidas de riesgo que superen la reducción prevista en el plan de reestructuración, con la que se liberaría un 10 % adicional del capital de BayernLB.

    (163)

    Sobre esta base, la Comisión pidió a Alemania que presentara un calendario de reembolsos de la aportación pasiva de 3 000 millones EUR antes de que dicha aportación deje de cumplir plenamente los requisitos para ser reconocida como capital principal regulatorio a partir de 2018. Como respuesta, Alemania comunicó el calendario de reembolsos expuesto en el cuadro 10 — Calendario de reembolsos hipotéticos sin el capital adicional surgido al valorar los préstamos de BayernLabo con arreglo a las NIIS.

    (164)

    La Comisión considera que la ayuda puede limitarse al mínimo necesario mediante el reembolso de la aportación pasiva de 3 000 millones EUR como figura en el cuadro 10. Este reembolso es un medio adecuado si se tienen en cuenta, en primer lugar, las proyecciones del banco y, en segundo lugar, los últimos requisitos regulatorios, que establecen una capitalización con más del 9 % de capital principal y una reserva de capital propio (como las normas de Basilea III en un futuro). Sobre esta base, la Comisión considera que la ayuda de reestructuración se limita al mínimo necesario para el restablecimiento de la viabilidad, con la condición de que el reembolso se efectúe según el anexo II.

    (165)

    La Comisión toma nota de que el calendario de reembolsos, en especial en lo referente a BayernLabo, se basa en supuestos contables y regulatorios determinados, aunque existe cierta inseguridad en cuanto al marco aplicable. Si cambiaran estos supuestos, los pagos deberían efectuarse con arreglo al cuadro 11.

    (166)

    La Comisión examinará la viabilidad del banco sobre la base del calendario de reembolsos y la aportación propia del banco y sus accionistas.

    Restablecimiento de la viabilidad a largo plazo

    (167)

    Al evaluar un plan de reestructuración la Comisión debe examinar si el banco es capaz de restablecer su viabilidad a largo plazo sin ayuda estatal (sección 2 de la Comunicación de reestructuración). En la Decisión de incoación, se manifestaron dudas al respecto.

    (168)

    Según la Comunicación sobre reestructuración, la viabilidad a largo plazo se logra cuando el banco en cuestión sea capaz de competir en el mercado de capitales por sus propios méritos, de conformidad con los requisitos regulatorios pertinentes. Para ello, el banco debe cubrir la totalidad de sus costes y poder obtener un rendimiento adecuado de su capital propio habida cuenta de su perfil de riesgo. Para lograr la viabilidad a largo plazo es necesario, además, que toda ayuda estatal recibida se vaya amortizando, como se estableció en el momento de la concesión de la ayuda, o bien se amortice con arreglo a condiciones normales del mercado, asegurando así que se pone fin a cualquier tipo de ayuda estatal adicional. El restablecimiento de la viabilidad debe derivarse, por una parte, de medidas internas y basarse en un plan de reestructuración verosímil; por otra, deben identificarse las causas de los problemas y las deficiencias del banco y exponer cómo se solucionarán con la reestructuración. En particular, una reestructuración con éxito exige la retirada de todas las actividades que seguirían siendo deficitarias a medio plazo.

    (169)

    La Comisión observa que se cumple esta condición, puesto que el plan de reestructuración prevé una disminución considerable del volumen y la complejidad de la actividad del banco en los mercados de capitales y una reducción de sus actividades en el extranjero para centrarse en el ámbito en el que está especializado, principalmente la banca comercial para clientes minoristas y pequeñas y medianas empresas ubicadas en sus mercados regionales.

    (170)

    Según el punto 13 de la Comunicación sobre reestructuración, el plan de reestructuración debe basarse en supuestos que se comparen con referencias apropiadas del sector, modificadas adecuadamente para tener en cuenta los nuevos elementos de la crisis actual en los mercados financieros, y tener en cuenta un nivel de tensión suficiente.

    (171)

    La Comisión señala que las cifras facilitadas por BayernLB son comparables a las referencias internacionales. Las previsiones macroeconómicas corresponden a las de las instituciones internacionales y las estimaciones relativas a los mercados de divisas pueden considerarse conservadoras. A este respecto, la Comisión señala que las previsiones de BayernLB para el tipo de cambio EUR/USD para 2016 parten de un dólar más débil que el que correspondería a la paridad del poder adquisitivo; esto sugiere que los beneficios de BayernLB en USD se han traducido a EUR de forma conservadora. Las previsiones de un tipo de cambio EUR/USD relativamente elevado tienden a tener un impacto negativo sobre las previsiones de ingresos por intereses, puesto que BayernLB tiene más activos expresados en USD que pasivos (62). El nivel previsto del dólar en comparación con el euro está por debajo del nivel actual del tipo de cambio EUR/USD y del nivel de la curva forward.

    (172)

    Según el análisis de sensibilidad presentado por BayernLB (considerando 89), los beneficios del banco aumentarían si las previsiones se basaran en un dólar más fuerte. Este aumento puede explicarse por el hecho de que BayernLB tiene más activos en USD que pasivos y, por tanto, si el dólar es más fuerte, el importe en euros equivalente a los intereses netos que recibe en dólares es mayor. Puesto que BayernLB parte de un dólar más débil del que esperan los mercados financieros, como se refleja en la curva forward, puede considerarse que el supuesto resiste la tensión.

    (173)

    La Comisión señala que BayernLB ha ajustado sus previsiones para tener en cuenta los resultados negativos de una serie de elementos específicos de la empresa (Decisión del Tribunal de trabajo federal, MKB en Hungría, costes de cobertura en divisas, tipos impositivos). Esto confirma que las previsiones financieras del banco son conservadoras y toman suficientemente en cuenta la tensión.

    (174)

    Según las previsiones financieras comunicadas el 6 de junio de 2012, la rentabilidad de BayernLB se restablecerá gradualmente mediante un aumento moderado de los ingresos, unido a una disminución de los costes. Los ingresos previstos corresponden al nivel alcanzado anteriormente. En particular, los ingresos previstos procedentes de las partidas de riesgo (capacidad de generar ingresos de los activos ponderados por riesgo) se ajustan a las previsiones de instituciones de crédito comparables a BayernLB. Las proyecciones del cuadro 4 están por debajo de los niveles alcanzados en 2009 y 2010 (63). Por consiguiente, la Comisión considera las previsiones de ingresos prudentes. Todos los componentes de los ingresos y, en especial, los ingresos procedentes de comisiones, se han estimado con arreglo a niveles alcanzados anteriormente.

    (175)

    BayernLB supone que la provisión de riesgo en operaciones de crédito disminuirá, lo que es acorde con la recuperación supuesta a medio plazo del crecimiento de la economía. BayernLB prevé una disminución de los costes del [15-30] % en el período de reestructuración, lo que en última instancia conduce a una relación coste/beneficio del [30-60] %. Este nivel es acorde con el de otros bancos que han recibido ayuda estatal (64). En opinión de la Comisión, para el restablecimiento de la viabilidad es necesaria una mejora de la relación coste/beneficio. Dado el modelo de negocio de BayernLB, que no opera sucursales para el sector minorista (que, generalmente, tienden a incrementar la relación coste/beneficio de la banca minorista), el nivel histórico de la relación coste/beneficio no puede considerarse sostenible.

    (176)

    Con respecto a la financiación, el reto al que se enfrentan los bancos regionales a medio plazo es la sustitución de sus obligaciones protegidas garantizadas por el Estado. Estas obligaciones representan una fuente de refinanciación barata para estos bancos que no pueden sustituirse a los mismos costes. A finales de 2010, BayernLB tenía 58 000 millones EUR en obligaciones protegidas. Prácticamente todas estas obligaciones vencerán a finales de 2015. La Comisión observa que las obligaciones protegidas por vencer se compensan con creces por la reducción del balance total de 70 000 millones EUR prevista por BayernLB en junio de 2011.

    (177)

    Además, el banco ofreció reducciones adicionales del banco, lo que llevó al compromiso de Alemania de que el balance se reducirá en total unos 240 000 millones EUR. El plan de financiación presentado en junio de 2011 apunta a una serie de deficiencias en cuanto a la credibilidad de determinadas fuentes de financiación. En primer lugar, el plan partía del supuesto de que los depósitos de grandes clientes aumentarían [2-8] mil millones EUR, lo que supone un incremento del […] % con respecto a 2010. Por otra parte, la financiación del Depósito B obtenida a través de las cajas de ahorros debía aumentar [1-5] mil millones EUR, lo que supone un incremento del […] % en comparación con 2010. Estos problemas se han resuelto con una reducción adicional de [3-10] mil millones EUR, obtenida mediante reducciones adicionales en segmentos de negocio de financiación intensiva (sector inmobiliario, Corporates y financiación de proyectos). Además, BayernLB comunicó información convincente sobre las fuentes de financiación alternativas disponibles, en especial con respecto a la capacidad de emitir más obligaciones hipotecarias.

    (178)

    Por otra parte, la Comisión considera positiva la disminución de la dependencia de financiación no garantizada en el mercado interbancario que muestra el cuadro 6.

    (179)

    Según el punto 13 de la Comunicación sobre reestructuración, la viabilidad a largo plazo se consigue cuando un banco es capaz, teniendo en cuenta su perfil de riesgo, de ofrecer un rendimiento adecuado sobre los fondos propios. Sin el reembolso, el banco no sería capaz de ofrecer un ROE suficiente para ser competitivo en el mercado de capitales. Después de la reestructuración, el banco generaría un ROE del [5-10] %, suponiendo un coeficiente de capital del 10 %. El cálculo del ROE en el cuadro 4 se basa, sin embargo, en un coeficiente de capital del 10 %, que fue el coeficiente de capital principal ABE de BayernLB comunicado por la ABE en su prueba de resistencia de diciembre de 2011. Es también el coeficiente utilizado por BayernLB para presentar el ROE en sus previsiones (véase el cuadro 4). Sin el reembolso, sin embargo, el coeficiente de capital habría sido considerablemente más elevado (como se explica en el considerando 159, los coeficientes de capital de BayernLB solo podrían haber aumentado desde el 10 % de diciembre de 2011, sobre la base de previsiones de beneficios sostenidos durante el período si esos beneficios se mantuvieran), por lo que el ROE sería inferior a lo previsto.

    (180)

    Con la reducción adicional ofrecida por Alemania de 10 000 millones EUR en las partidas de riesgo en relación con el calendario de reembolsos del anexo II, el ROE en 2016 vuelve a estar en torno al [7-12] %. Esta mejora del ROE es posible gracias a la forma neutra en la que se llevará a cabo la reducción adicional de las partidas de riesgo, como se ha comprometido Alemania. La viabilidad de esta reducción neutra parece plausible sobre la base de dos escenarios ilustrativos que el banco podría aplicar.

    (181)

    Sin embargo, las reducciones solo pueden cumplir el criterio de viabilidad de una rentabilidad suficiente en la medida en que el capital generado se utilice para reembolsar el capital excedentario del banco. El ROE obtenido al término del período de reestructuración corresponde a las previsiones de instituciones crediticias comparables a BayernLB (65).

    (182)

    Según el calendario de reembolsos del anexo II, las aportaciones pasivas, que habrían lastrado la rentabilidad del banco, se reembolsan completamente. Estas aportaciones pasivas, habrían tenido que ser remuneradas a un tipo muy superior al ROE del banco y, según las normas de Basilea III, ya no cumplirán los requisitos como capital principal regulatorio. El reembolso completo se logrará después del plan de reestructuración previsto, mientras que la dotación de capital del banco se mantendrá en un nivel confortable.

    (183)

    El nivel ROE debe examinarse teniendo en cuenta el perfil de riesgo del banco. Anteriormente, BayernLB también realizaba actividades fuera de Alemania. Especialmente en el segmento Corporates, BayernLB hacía préstamos a socios comerciales sin relación con clientes de BayernLB en Alemania y para proyectos sin suficientes avales. La financiación de proyectos se centraba en proyectos extranjeros para los que la única garantía de pago eran los flujos de caja futuros esperados

    (184)

    Alemania se ha comprometido a límites estrictos de RWA en las actividades internacionales en estos segmentos. Además, también se ha comprometido a circunscribir la actividad comercial del banco a clientes con una relación con el mercado nacional, según definiciones claras, para limitar los riesgos crediticios de clientes cuya relación no se basa en el modelo de negocio regional del banco. La reorientación de la actividad del banco llevará a una reducción del nivel relativo de riesgo. Teniendo esto en cuenta, puede considerarse aceptable el ROE previsto en torno al [7-12] %.

    (185)

    Según el punto 13 de la Comunicación sobre reestructuración, al final del período de reestructuración el banco debe tener una capitalización suficiente. Por consiguiente, la capitalización actual y previsible debe ser acorde con las disposiciones regulatorias vigentes, sobre la base de una valoración prudente (66). La Comisión observó que los supuestos pueden considerarse prudentes y toman en cuenta suficientemente la tensión, con arreglo al punto 13 de la Comunicación sobre reestructuración. Además, las previsiones de capital presentadas a petición de la Comisión se basan en un calendario de reembolsos que demuestra que la capitalización actual y previsible corresponden a las normas de la autoridad de supervisión mencionadas en el considerando 79. Por consiguiente, cumplen los últimos requisitos regulatorios, que establecen una capitalización con más del 9 % de capital principal ABE y una reserva de capital. Con ello, también se garantiza el cumplimiento de las normas de Basilea III.

    (186)

    Por consiguiente, la Comisión no ve la necesidad de prever tensión adicional. Por una parte, los cálculos de la ABE para el 9 % en la prueba de resistencia solo tuvieron en cuenta la tensión de los bonos del Estado, que en el caso de BayernLB no es considerable. Por otra, los factores de tensión macroeconómicos e individuales solo se aplicaron en la prueba de resistencia EBA de junio de 2011 a un coeficiente de capital principal ABE del 5 %. En estos momentos, la Comisión no tiene indicios de que la EBA exigiría ahora una prueba de resistencia que combinara los conceptos de ambas pruebas. Tampoco se ha exigido esta combinación en la evaluación de las ayudas estatales en la reestructuración de otras instituciones crediticias alemanas. BaFin lo único que ha exigido a las instituciones financieras es que cumplan el requisito de un coeficiente de capital principal ABE del 9 % (67). Por consiguiente, a día de hoy la Comisión solo puede partir de una capitalización previsible exigida que sea acorde con la prueba de resistencia de diciembre de 2011, más la reserva de capital adicional mencionada en el considerando 79. A mayor abundamiento, los factores de estrés previsibles son específicos del banco y del entorno macroeconómico ya se tuvieron en cuenta en la planificación.

    (187)

    En cualquier caso, la Comisión reconoce el papel del supervisor financiero. La Comisión acepta que las condiciones para el reembolso de los tramos anuales con arreglo al anexo II necesitan la autorización de la autoridad de supervisión. La autorización de BaFin es también un requisito para el pago de los tramos previstos en el calendario de reembolsos. En el caso de que BaFin prohíba o no autorice el pago de un tramo, la Comisión está dispuesta a considerar aplazada la correspondiente obligación de reembolso del importe en cuestión. Ahora bien, si el pago aplazado inicialmente de un importe no se aprueba al año siguiente, o vuelve a prohibirse, se pone en peligro la aplicación del plan de reestructuración, por lo que Alemania deberá presentar a la Comisión un plan de reestructuración modificado.

    (188)

    El mero hecho de que la autoridad de supervisión prohíba o no autorice el pago no libera al banco automáticamente de la obligación de reembolso, sino que exige una acción por parte del banco. Si el banco no puede pagar, a pesar de cumplir todos los requisitos de la autoridad de supervisión, en principio debe liberarse capital adicional mediante otra reducción de los RWA. Además, en principio, cada aplazamiento requerirá medidas compensatorias adicionales (68). Por tanto, la Comisión insiste en que, por principio, Alemania prevea medidas compensatorias adicionales en el plan de reestructuración modificado. Esto se refleja en el anexo II, punto 4.

    (189)

    No obstante, cabe señalar que, en el caso de que los requisitos regulatorios de capital en el futuro se sitúen muy por encima del nivel fijado en la presente Decisión, la Comisión podría tener que realizar una valoración proporcional, como prevé el punto 14, tercera frase de la Comunicación de la Comisión relativa a la aplicación, a partir del 1 de enero de 2012, de las normas sobre ayudas estatales a las medidas de apoyo a los bancos en el contexto de la crisis financiera (69); esto posiblemente solo necesitaría una medida adicional de reestructuración limitada.

    (190)

    Según la Comunicación de reestructuración, también hay que examinar si el plan de reestructuración resuelve las deficiencias existentes o potenciales en la estructura de gobernanza empresarial. La Comisión señala que en el plan de reestructuración se prevén cambios fundamentales en la estructura jurídica y en la gobernanza empresarial del banco, que harán a BayernLB menos vulnerable a potenciales influencias indebidas de los accionistas y permitirán mejor control de la empresa.

    (191)

    Las medidas que se van a aplicar garantizarán que BayernLB no se diferencie de sus competidores en cuanto a Estatutos, directrices y procedimientos internos o el papel y composición de sus órganos estatutarios. Hay salvaguardias suficientes para impedir que las decisiones empresariales se tomen sobre la base de otras razones que las económicas. Además, se mejorará considerablemente la calidad del control de la empresa. El papel de cada órgano (asamblea general, consejo de administración y consejo de dirección) es ahora más claro y está más deslindado de los demás, y la participación de expertos independientes así como la introducción de una prueba de aptitud, que cada miembro del consejo de administración debe pasar, redundarán en beneficio de la profesionalidad del consejo de administración.

    (192)

    El marco de gobernanza empresarial es compatible con los requisitos de la empresa privada y comprende la aplicación del Código alemán de gobernanza empresarial, cuya aplicación es voluntaria

    (193)

    La asamblea general dispone de las habituales facultades de una asamblea de este tipo, sin posibilidades de influencia adicionales. De acuerdo con el Código de gobernanza empresarial, la mitad de los miembros del consejo de supervisión son independientes. Los requisitos de calidad impuestos por la autoridad de supervisión BaFin, que garantizan una calificación mínima de los miembros del consejo de supervisión recién nombrados, se aplicarán a todos los miembros del consejo de supervisión. La presidencia del consejo de supervisión durante el período de reestructuración será ejercida por un miembro independiente. Además, se creará un comité de comité de auditoría y un comité de riesgo que trabajarán de acuerdo con métodos probados de gobernanza empresarial.

    (194)

    En conjunto, el plan de reestructuración de BayernLB es, por tanto, apropiado para restablecer su viabilidad a largo plazo.

    Aportación propia

    (195)

    La Comunicación sobre reestructuración dispone además que los bancos deben utilizar ante todo sus recursos propios para financiar la reestructuración para que la ayuda se pueda limitar al mínimo y que la reestructuración no solo debe correr por cuenta del Estado, sino también de aquellos que han invertido en el banco. En la Decisión de incoación, la Comisión observaba que la magnitud de las cesiones propuestas como aportación propia resultaba imprecisa.

    (196)

    Entretanto, Alemania se ha comprometido a que BayernLB venda de aquí a finales del período de reestructuración [40-70] filiales/participaciones. El banco ya ha vendido la mayoría de estas filiales/participaciones y cuenta con poder concluir todas las ventas como máximo en […]. Las participaciones financieras que se venderán, que figuran en el anexo I, punto 11, y en el anexo III, se refieren entre otros a LBS Bayern, MKB y Banque LB Lux SA, que son algunas de las mayores filiales de BayernLB. Los ingresos generados y los correspondientes beneficios se utilizarán para cubrir los costes de reestructuración, contribuyendo así a que la ayuda se mantenga en el mínimo.

    (197)

    Para garantizar que los propietarios del banco participen lo más posible en la reconstrucción de una base de capital adecuada durante el período de reestructuración, Alemania se ha comprometido también a que el banco, hasta el final del período de reestructuración o, en el caso de que la aportación pasiva del Estado libre de Baviera no se haya reembolsado íntegramente para entonces, retenga además los dividendos y no pague cupones que no esté legalmente obligado a pagar. Así, conforme al punto 26 de la Comunicación sobre reestructuración, se garantiza que BayernLB no utilizará ayuda estatal para remunerar fondos propios cuando los beneficios no sean suficientes para remunerarlos. La prórroga de la prohibición de pagar dividendos e instrumentos híbridos también contribuirá a que BayernLB respete el calendario de reembolsos.

    (198)

    Otro aspecto se refiere a la Confederación de Cajas de Ahorros que, aunque era accionista de BayernLB, no participó en las medidas de rescate de 2008. Al no haber participado en el rescate, la parte de la Confederación de Cajas de Ahorros se ha diluido considerablemente, pero entretanto ha aceptado hacer distintas aportaciones adicionales.

    (199)

    En primer lugar, las cajas de ahorros (que, como se expone en el considerando 76, actualmente poseen aportaciones pasivas individuales) aceptan recomprar estas aportaciones pasivas que ascienden en total a unos [770-810] millones EUR […] para mejorar la calidad del capital del banco y garantizar que el capital concedido por ellas siga estando reconocido como capital principal ABE. La Confederación de Cajas de Ahorros volverá a inyectar [810-840] millones EUR de capital propio, aumentando así su participación en BayernLB (70). De esta manera, las cajas de ahorros pierden su derecho al pago de intereses más seguros, sin (por la prohibición de dividendos) recibir a medio plazo los pagos de dividendos correspondientes.

    (200)

    En segundo lugar, la Confederación de Cajas de Ahorros ha aceptado adquirir LBS para finales de 2012 a un precio justo de 818,3 millones EUR. Al determinar el precio, a pesar de que las cajas de ahorros son el canal de distribución principal de productos LSB, no aplica ninguna reducción. Un inversor privado normal posiblemente lo habría hecho.

    (201)

    Como consecuencia de todas estas medidas, la participación de la Confederación de Cajas de Ahorros, que anteriormente se había diluido hasta el 6 %, aumenta considerablemente, posiblemente hasta el 25 %.

    (202)

    Por último, cabe destacar que Alemania recuperará íntegramente el beneficio para BayernLB obtenido de la garantía sobre los activos (cobertura de riesgo) que supere el VER. Por consiguiente, la participación del banco y sus accionistas en las cargas puede considerarse adecuada y quedan despejadas las dudas al respecto expresadas en la Decisión de incoación.

    Medidas para limitar el falseamiento de la competencia

    (203)

    Por último, la Comunicación sobre reestructuración exige que el plan de reestructuración proponga medidas para limitar el falseamiento de la competencia. Estas medidas deben ser específicas para resolver los falseamientos de la competencia en los mercados en los que operará el banco beneficiario de la ayuda después de la reestructuración. La naturaleza y la forma de dichas medidas dependerán de dos criterios: en primer lugar, del importe de la ayuda y de las condiciones y circunstancias en las que fue concedida, y, en segundo lugar, de las características de los mercados en los que vaya a operar el banco beneficiario. Además, la Comisión debe tener en cuenta la magnitud de la aportación propia del banco beneficiario y la distribución de las cargas a lo largo del período de reestructuración.

    (204)

    En la Decisión de incoación, la Comisión consideró insuficientes las medidas propuestas para limitar el falseamiento de la competencia. En el plan de reestructuración actualizado, se prevén más medidas con las que limitar dicho falseamiento.

    (205)

    El importe de la ayuda en el presente asunto asciende a unos 15 800 millones EUR de ayuda de capital y se compone de la recapitalización por importe de 10 000 millones EUR, la cobertura de riesgo de 4 800 millones EUR y 1 000 millones EUR del traspaso de capital de BayernLabo EUR a BayernLB. Este importe no comprende ni las garantías de responsabilidad pública de SoFFin por unos 15 000 millones EUR (de ellos, se han utilizado 5 000 millones EUR) (71) ni la garantía concedida por Austria para los 2 638 millones EUR de financiación que BayernLB estaba dispuesto a poner a disposición de HGAA. El importe de ayuda de 15 800 millones EUR corresponde al 8 % de los activos ponderados por riesgo (198 000 millones EUR en partidas de riesgo en 2008) después de las medidas. Esta cantidad se eleva aún más si se toma en cuenta la garantía de 2 638 millones EUR que el banco ha obtenido de Austria y las garantías de responsabilidad pública de SoFFin por importe de 15 000 millones EUR (de los cuales, se han utilizado 5 000 millones EUR). El importe de ayuda concedido al beneficiario es, por consiguiente, muy elevado. Para limitar los posibles falseamientos de la competencia son necesarias medidas igualmente grandes, aun teniendo en cuenta la aportación propia adecuada y la participación del banco beneficiario y sus accionistas en las cargas durante el período de reestructuración.

    (206)

    Por tanto, en un nuevo plan de reestructuración se prevé una reducción del balance total considerablemente superior a la del plan de reestructuración original. Sobre la base de los activos a finales de 2008, BayernLB reducirá su balance total un 51 %, pasando de 421 700 millones EUR a 206 000 millones EUR (239 400 millones EUR en 2015).

    (207)

    Para ello, BayernLB está dispuesto a ceder un número considerable de filiales/participaciones nacionales y extranjeras y a reducir considerablemente su cartera de participaciones. Estas cesiones deben estar concluidas antes de […] o las filiales/participaciones en cuestión cesarán sus nuevas operaciones después de […]. El cuadro 12 ofrece una visión general de las principales cesiones

    Cuadro 12

    Cesión de participaciones importantes

    Nombre

    Balance total, en miles de millones EUR (72)

    RWA, en miles de millones EUR (72)

    HGAA

    44,6

    [30-35]

    MKB

    10,8

    [7-10]

    SaarLB

    20,6

    [6-9]

    LB(Suisse)

    1,2

    [0-1]

    LB Lux

    11,8

    [4-7]

    LBS

    [8-12]

    [2-5]

    GBWAG

    2,1

    [0-2]

    (208)

    Estas cesiones comprenden todas las instituciones crediticias extranjeras del banco. La cesión de HGAA, que ya en 2008 parecía necesitar una ayuda de reestructuración, ha contribuido al restablecimiento de la viabilidad de BayernLB. Aun dejando fuera HGAA al valorar el alcance de las medidas para limitar el falseamiento de la competencia, la reducción del balance total sigue ascendiendo al 45 % (421 700 millones EUR — 44 600 millones EUR = 377 400 millones EUR en comparación con 206 000 millones EUR).

    (209)

    Además, BayernLB reducirá a siete el número de sus sucursales y representaciones internacionales y las restantes sucursales en Londres, París, Nueva York y Milán serán mucho más pequeñas.

    (210)

    En conjunto, la Comisión considera que esta reducción del balance total del banco en más de la mitad es adecuada, dados los falseamientos de la competencia originados por el elevado importe de ayuda recibido. Una reducción así se corresponde con la práctica decisoria de la Comisión en otros asuntos de bancos regionales (73).

    (211)

    Para completar estas amplias medidas estructurales, BayernLB ha aceptado también algunas restricciones de actuación. El banco se ha comprometido a observar, durante el período de reestructuración, un límite máximo para la remuneración (fija y variable) del personal de 500 000 EUR, una prohibición de realizar adquisiciones y una prohibición del pago de dividendos. Las restricciones en cuanto a la remuneración del personal (aunque será menos estricto para la parte superior de la escala retributiva), se prorrogan automáticamente hasta que las aportaciones pasivas se hayan reembolsado íntegramente y el reembolso haya concluido, lo que probablemente no ocurra antes de 2019. Estas medidas crean una estructura de incentivos para el reembolso e impiden que el banco adquiera empresas competidoras para descartar que con la ayuda se financie un crecimiento no orgánico de BayernLB.

    (212)

    Además, BayernLB limitará considerablemente el alcance y el volumen absoluto de sus actividades internacionales restantes en los segmentos Corporates, financiación de proyectos y sector inmobiliario, conforme al anexo I. Con ello, se liberará capacidad para otros competidores en mercados esenciales de BayernLB.

    (213)

    Por otra parte, Alemania se ha comprometido a que BayernLB se retire de actividades como la financiación naval y aeronáutica. También cesará la financiación al sector público fuera de Baviera.

    (214)

    Por lo que se refiere a este conjunto de diversas medidas, y habida cuenta de que la aportación propia y la distribución de las cargas son adecuadas, la Comisión considera que hay salvaguardias suficientes para limitar los posibles falseamientos de la competencia a pesar del elevado importe de la ayuda concedida a BayernLB.

    Aplicación y seguimiento

    (215)

    Según la sección 5 de la Comunicación sobre reestructuración, deberán presentarse informes regulares con el fin de que la Comisión pueda cerciorarse de la aplicación ordenada del plan de reestructuración. El primer informe deberá presentarse como máximo seis meses después de la aprobación del plan de reestructuración. Para ello, Alemania deberá designar un administrador encargado de la supervisión y presentar dos veces al año un informe de supervisión.

    (216)

    Los pagos individuales requieren la aprobación de la autoridad de supervisión alemana, BaFin. Si el banco no alcanzara los objetivos marcados en el calendario de reembolsos, con arreglo al anexo II, punto 4, Alemania debería presentar a la Comisión un plan de reestructuración modificado. Una nueva notificación de este tipo exige en principio medidas adicionales para limitar el falseamiento de la competencia.

    (217)

    La Comisión reconoce que la reducción adicional de las partidas de riesgo con arreglo al anexo I, punto 33, debe poder garantizar que BayernLB 2017 podrá reembolsar la parte restante de las aportaciones pasivas. La Comisión ha basado su evaluación en la reducción de las partidas de riesgo que se han comprometido para cada segmento dentro de los márgenes mencionados en el anexo I, punto 33, y sus efectos secundarios por segmento de negocio. Si, en la ejecución del plan, BayernLB señala ámbitos de optimización que afecten a los márgenes indicados, habida cuenta de la evolución regulatoria o macroeconómica, Alemania deberá comunicar a la Comisión estas desviaciones, salvo que los cambios en las reducciones de cada segmento no sean superiores a [10-15] % en 2017, se mantengan dentro del volumen global definido en el anexo I, punto 33, y no afecten a la viabilidad de BayernLB descrita en el plan de reestructuración. En el caso de una notificación nueva, la Comisión examinará si las modificaciones contribuyen a maximizar el efecto de rescate de capital, minimizando al mismo tiempo los efectos secundarios negativos y, por consiguiente, sin afectar a la viabilidad del banco.

    Conclusión sobre la reestructuración

    (218)

    A la vista de las proyecciones del banco y, teniendo en cuenta los últimos requisitos regulatorios, que establecen una capitalización con más del 9 % de capital principal y una reserva de capital propio, así como las normas de Basilea III, las medidas de reestructuración, incluidos los compromisos de Alemania, son adecuadas para restablecer la viabilidad a largo plazo de BayernLB y compensar los falseamiento de la competencia ocasionados por las medidas de ayuda. Con la condición de que se devuelva una parte de las medidas de ayuda y se prevea un mecanismo de reembolso, el plan de reestructuración garantiza también que la ayuda se limite al mínimo necesario y el banco realice una aportación propia adecuada. Siempre y cuando se respete la obligación de reembolso con arreglo al anexo II, la ayuda de reestructuración puede, por tanto, ser considerada compatible con el mercado interior a tenor del artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE.

    6.   VENTAJAS PARA LA CONFEDERACIÓN DE CAJAS DE AHORROS

    (219)

    Las dudas de la Comisión referentes a que la Confederación de Cajas de Ahorros no había participado adecuadamente en la distribución de las cargas y se había beneficiado de la medida de salvamento han quedado disipadas. En la Decisión de incoación, la Comisión señaló que, en el procedimiento de investigación formal, posiblemente examinaría la exactitud de la valoración de BayernLB y, por tanto, la exactitud de la participación restante de la Confederación de Cajas de Ahorros. En consecuencia, la Comisión envió una solicitud de información a Alemania referente a la contribución de la Confederación de Cajas de Ahorros al rescate. Mediante la transformación de las aportaciones pasivas de las cajas de ahorros y la posterior ampliación de capital a través de la Confederación de Cajas de Ahorros, cuya aportación aumentó de esta manera, se consiguió entretanto una distribución adecuada de las cargas. Además, la Comisión no encontró ninguna irregularidad en la valoración del banco, que constituía la base para la asignación de acciones en 2008. Por consiguiente, no hay motivos para seguir indagando las dudas referentes a la Confederación de Cajas de Ahorros.

    CONCLUSIONES

    (220)

    A la vista de los compromisos de Alemania referentes a la reestructuración y de las condiciones establecidas en el anexo II en cuanto al reembolso de una parte de las medidas de ayuda y del mecanismo de reembolso, la Comisión concluye que la cobertura de riesgo es compatible con la sección 5 de la Comunicación sobre activos deteriorados, que la ayuda se limita al mínimo necesario y el falseamiento de la competencia se resuelve suficientemente y que el plan de reestructuración es adecuado para restablecer la viabilidad de BayernLB a largo plazo. Por tanto, la ayuda de reestructuración debe considerarse compatible con el mercado interior a tenor del artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La Decisión de 25 de julio de 2012 en el asunto SA.28487 (C 16/09 ex N 254/09) concedida por Alemania y Austria a Bayerische Landesbank queda derogada.

    Artículo 2

    1.   Las siguientes medidas constituyen ayuda estatal a tenor del artículo 107, apartado 1, del TFUE:

    a)

    la recapitalización de Bayerische Landesbank por importe de 10 000 millones EUR por el Estado libre de Baviera;

    b)

    la garantía de segunda pérdida en forma de una cobertura de riesgo por importe de 4 800 millones EUR concedida a Bayerische Landesbank por el Estado libre de Baviera;

    c)

    las garantías de responsabilidad pública por importe de 15 000 millones EUR concedidas por el Estado libre de Baviera;

    d)

    la garantía relativa a la financiación de 2 638 millones EUR concedida por Austria a Bayerische Landesbank y

    e)

    el traspaso de 1 000 millones EUR de capital del Estado libre de Baviera en Bayerische Landesbodenkreditanstalt a Bayerische Landesbank.

    2.   Las ayudas estatales contempladas en el apartado 1 son compatibles con el mercado interior habida cuenta de los compromisos de los anexos I y III y de las condiciones del anexo II.

    Artículo 3

    Alemania garantiza que el plan de reestructuración presentado el 6 de junio de 2012 y completado el 12 de junio de 2012, incluidos los compromisos de los anexos I y III y las condiciones del anexo II, se ejecutará íntegramente con arreglo al calendario establecido en dichos anexos.

    Artículo 4

    En los dos meses siguientes a la notificación de la presente Decisión, Alemania comunicará a la Comisión las medidas adoptadas para ajustarse a la misma.

    Artículo 5

    Los destinatarios de la presente Decisión son la República Federal de Alemania y la República de Austria.

    Hecho en Bruselas, el 5 de febrero de 2013.

    Por la Comisión

    Joaquín ALMUNIA

    Vicepresidente


    (1)  DO C 134 de 13.6.2009, p. 31; DO C 85 de 31.3.2010, p. 21; y DO C 266 de 1.10.2010, p. 5.

    (2)  Con efecto a partir del 1 de diciembre de 2009, los artículos 87 y 88 del Tratado CE han pasado a ser los artículos 107 y 108, respectivamente, del TFUE. Los artículos 87 y 88 del Tratado CE y los artículos 107 y 108 del TFUE son en esencia idénticos. A efectos de la presente Decisión, las referencias a los artículos 107 y 108 del TFUE se entenderán hechas, cuando proceda, a los artículos 87 y 88 del Tratado CE.

    (3)  Decisión de la Comisión, de 18 de diciembre de 2008, en el asunto N 615/08, BayernLB (DO C 80 de 3.4.2009, p. 4).

    (4)  Decisión de la Comisión de 9 de diciembre de 2008 en el asunto N 557/08, Normas sobre ayudas estatales — Maßnahmen nach dem Finanzmarktstabilitäts- und dem Interbankmarktstärkungsgesetz für Kreditinstitute und Versicherungsunternehmen in Österreich (DO C 3 de 8.1.2009, p. 2). Prorrogada por última vez hasta el 30 de junio de 2011 por la Decisión de la Comisión de diciembre de 2008 en el asunto SA.32018 (2010/N) (DO C 20 de 21.1.2011, p. 3).

    (5)  Asunto C 16/09 (DO C 134 de 13.6.2009, p. 31).

    (6)  Los efectos de las medidas de ayuda a favor de HGAA sobre el banco son objeto de una decisión aparte.

    (7)  DO C 85 de 31.3.2010, p. 21.

    (8)  DO C 266 de 1.10.2010, p. 5.

    (9)  En lo sucesivo, SA.32554 (09/C) — Ayuda de reestructuración para Hypo Group Alpe Adria.

    (10)  Basilea III es el marco regulatorio internacional para los bancos; constituye un conjunto de medidas de reforma desarrollado por el Comité de Basilea sobre Supervisión Bancaria para reforzar la reglamentación, supervisión y gestión de los riesgos en el sector bancario.

    (11)  Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión [COM(2011) 452 final]. El 20 de julio de 2011, la Comisión adoptó un paquete legislativo para reforzar la regulación del sector bancario. Este paquete (denominado Paquete Directiva sobre requisitos de capital IV) sustituirá a las actuales Directivas sobre requisitos de capital [la Directiva 2006/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a su ejercicio (DO L 177 de 30.6.2006, p. 1) y la Directiva 2006/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, sobre la adecuación del capital de las empresas de inversión y las entidades de crédito (DO L 177 de 30.6.2006, p. 201)] por una directiva y el reglamento antes citado.

    (12)  En la página 2 de la Decisión de incoación se hace una descripción detallada.

    (13)  Antes de las medidas de salvamento de 2008, el Estado libre de Baviera y la Confederación de Cajas de Ahorros poseían un 50 % de las acciones cada uno.

    (14)  BayernLB emplea los términos «partidas de riesgo» de acuerdo con los términos utilizados por la autoridad reguladora para el cálculo de ratios de capital. En la prueba de resistencia de diciembre de 2011, la Autoridad Bancaria Europea (ABE) utilizó los términos «activos ponderados por riesgo» (RWA) para referirse a las partidas de riesgo de BayernLB. A efectos de la presente Decisión, la comisión se referirá a las partidas de riesgo también como «RWA».

    (15)  Secreto commercial

    (16)  Decisión 2006/739/CE de la Comisión, de 20 de octubre de 2004, relativa a la ayuda estatal concedida por Alemania a Bayerische Landesbank — Girozentrale (DO L 307 de 7.11.2006, p. 81).

    (17)  Para una descripción detallada de la aportación de capital, véase la Decisión de salvamento (considerandos 13 y siguientes)

    (18)  Un informe de Ernst & Young de 14 de enero de 2010 sobre el valor de BayernLB a 18 de diciembre de 2008 estimó la participación de las cajas de ahorro en [< 5] %. Habida cuenta del procedimiento de ayuda en curso, no se adoptó ninguna decisión formal relativa a la participación de la Confederación de Cajas de Ahorros.

    (19)  Para una descripción detallada de la cobertura de riesgo, véase la Decisión de salvamento (considerandos 20 y siguientes)

    (20)  Como se explica en el considerando 23 de la Decisión de salvamento, estaba previsto reducir el tamaño de la cartera a menos de [4-6] mil millones EUR. Según la notificación, la cartera restante se vendería en el mercado posteriormente, con el acuerdo del garante. Por consiguiente, las autoridades bávaras y el banco parten de la base de que, como se expone en el considerando 23 de la Decisión de salvamento, la duración de la cobertura de riesgo muy probablemente no sobrepasaría los seis años.

    (21)  CROROM es un modelo de simulación Monte Carlo para calcular las pérdidas estimadas para tramos de una cartera de valores estática determinada. Lo utilizan los analistas de calificaciones de los Investors Services de Moody para asignar calificaciones a CDO estáticos sintéticos. Para valorar las pérdidas estimadas de otras medidas de activos deteriorados se han utilizado modelos y metodologías similares.

    (22)  Véase la Decisión de la Comisión de 27 de octubre de 2008 en el asunto N 512/08, Rettungspaket für Kreditinstitute in Deutschland, sustituida por la Decisión de la Comisión de 12 de diciembre de 2008 en el asunto de ayuda N 625/08, Rettungspaket für Finanzinstitute in Deutschland, prorrogada por la Decisión de la Comisión de 22 de junio de 2009 en el asunto N 330/09 (DO C 160 de 14.7.2009, p. 4) y la Decisión de la Comisión de 23 de junio de 2010 en el asunto N 222/10 (DO C 178 de 3.7.2010, p. 1), reactivada por la Decisión de la Comisión de 5 de marzo de 2012 en el asunto SA.34345 (12/N) (DO C 108 de 14.4.2012, p. 2), prorrogada por última vez por la Decisión de la Comisión de 29 de junio de 2012 en el asunto SA.34897 (12/N), pendiente de publicación.

    (23)  El capital en participación no otorga derechos de voto.

    (24)  Véase nota 4 a pie de página.

    (25)  La Comisión autorizó estas medidas y las medidas de acompañamiento el 23 de diciembre de 2009 (véase la nota 7 a pie de página).

    (26)  El rescate de HGAA por la República de Austria en las condiciones citadas significó que BayernLB tuvo que depreciar totalmente el valor contable de HGAA en 2 300 millones EUR, y renunciar a créditos para financiación ya aportados que ascendían a 825 millones EUR.

    (27)  La definición de la UE de pequeñas y medianas empresas (pymes) no es la misma que lo que en Alemania se entiende normalmente por Mittelstand; a los efectos de la presente Decisión, Mittelstand (pyme) se refiere a empresas con un volumen de negocios de hasta 1 000 millones EUR.

    (28)  Véase la definición de «relación con Alemania» en el anexo I, punto 6.

    (29)  En particular, en el contexto de la recientemente introducida tasa bancaria, que no se evalúa sobre la base de los beneficios, y de la Ley de reembolso de créditos en moneda extranjera; contra ambas medidas, la Comisión ha recibido varias denuncias.

    (30)  Puesto que BayernLB anotó pérdidas en los años pasados, las aportaciones pasivas de las cajas de ahorros que participan en las pérdidas fueron depreciadas de su valor nominal de [770-810] millones EUR a [700-750] millones EUR.

    (31)  Como alternativa, las aportaciones pasivas se pueden convertir en capital propio, sin que se reembolse primero el capital y luego se vuelva a inyectar.

    (32)  En aras de la exhaustividad, cabe mencionar que hubo también dos efectos de revisión positivos, como resultado en primer lugar de una actualización de los efectos esperados de Basilea III ([…] EUR) y, por otra, de una actualización de la planificación de la unidad de reestructuración ([…] millones EUR).

    (33)  BayernLB basa sus cálculos de rentabilidad de los fondos propios (ROE) en un coeficiente de capital del 10 %.

    (34)  incluido MKB, que deberá haberse vendido el […] como máximo; […] sin el personal de MKB.

    (35)  Para calcular el ROE, BayernLB toma el capital principal ABE como aproximación para el capital propio y un coeficiente de capital principal del 10 %. El supuesto de un coeficiente de capital principal del 10 % no falsea el presente análisis de rentabilidad comparativo.

    (36)  Los valores en esta columna se refieren al grupo BayernLB en conjunto e incluyen áreas de actividad que no figuran por separado en las columnas anteriores.

    (37)  Obligaciones protegidas.

    (38)  MKB concedió a clientes minoristas créditos en moneda extranjera en CHF y EUR para la adquisición de bienes inmuebles, generalmente su propia vivienda. Sin embargo, el franco suizo se revaluó tanto con el tiempo que el coste del servicio de la deuda en la divisa extranjera superó con creces la ventaja de un crédito a un tipo de interés mucho más bajo que en la moneda nacional. Para aliviar a los prestatarios, el Parlamento húngaro aprobó en septiembre la denominada Ley de reembolso de créditos en moneda extranjera, dando a los particulares el derecho de reembolsar sus préstamos hipotecarios en moneda extranjera a un tipo muy inferior al tipo de cambio del mercado.

    (39)  BayernLabo, en su calidad de banco de fomento de BayernLB, concede préstamos con apoyo del Estado.

    (40)  Para los cálculos del ROE, BayernLB parte de un coeficiente de capital principal del 10 % y toma el capital principal regulatorio como aproximación para el capital propio (equity).

    (41)  Para los cálculos del ROE, BayernLB parte de un coeficiente de capital principal del 10 % y toma el capital principal regulatorio como aproximación para el capital propio (equity).

    (42)  Incluido el mecanismo de pago de reembolso retroactivo desde 2010.

    (43)  Incluido el mecanismo de pago de reembolso retroactivo desde 2010.

    (44)  Véase la nota 3 a pie de página.

    (45)  Véase la Decisión 2009/775/CE de la Comisión, de 21 de octubre de 2008, relativa a la ayuda estatal C 10/08 (ex NN 7/08) que Alemania ha concedido para la reestructuración de IKB Deutsche Industriebank AG (DO L 278 de 23.10.2009, p. 32, considerando 77); Decisión de la Comisión, de 18 de noviembre de 2009, en el asunto N 428/09, Lloyds (DO C 46 de 24.2.2010, p. 2); Decisión de la Comisión, de 20 de mayo de 2010, en el asunto N 256/09, Ethias (DO C 252 de 18.6.2010, p. 5); Decisión de la Comisión, de 4 de noviembre de 2009, en el asunto C 32/09, Sparkasse KölnBonn, (DO C 2 de 6.1.2010, p. 1).

    (46)  DO C 72 de 26.3.2009, p. 1.

    (47)  Véase la sentencia en el asunto C-334/07 P, Comisión/Freistaat Sachsen, Rec. 2008, p. I-9465, apartado 53, en el que el Tribunal confirmó que una medida notificada debe apreciarse según las disposiciones aplicables en el momento de la Decisión.

    (48)  Véase la Decisión 2010/606/UE de la Comisión, de 26 de febrero de 2010, relativa a la ayuda estatal C 9/09 (ex NN 45/08, NN 49/08 y NN 50/08) ejecutada por el Reino de Bélgica, la República Francesa y el Gran Ducado de Luxemburgo en favor de Dexia SA (DO L 274 de 19.10.2010, p. 54, considerando 153); Decisión de la Comisión, de 20 de septiembre de 2011, en el asunto C 29/09, HSH, considerando 155 (pendiente de publicación).

    (49)  El 60 % del valor nominal, véase el considerando 26 de la Decisión de incoación.

    (50)  Véase la nota 21 a pie de página.

    (51)  A este respecto, Alemania alegó que el objetivo siempre había sido una reestructuración financiera de HGAA, aun cuando Austria no hubiera participado.

    (52)  Véase la nota 15 a pie de página.

    (53)  DO C 356 de 6.12.2011, p. 7.

    (54)  Véase el anexo I, punto 3.

    (55)  Véanse los considerandos 52 y 71.

    (56)  Véase por ejemplo la Decisión 2010/395/UE de la Comisión, de 15 de diciembre de 2009, relativa a la ayuda estatal C 17/09 (ex N 265/09) de Alemania para la reestructuración del Landesbank Baden-Württemberg (DO L 188 de 21.7.2010, p. 1).

    (57)  Véase la Decisión LBBW, considerandos 64 y 65. Según la legislación vigente, el capital regulatorio debe incluir un mínimo del 50 % de capital de Nivel 1. En otras palabras, los fondos propios cumplen los requisitos regulatorios si se componen de un 50 % como mínimo de capital de Nivel 1 y un 50 % como máximo de capital de Nivel 2. Puesto que, según la Recomendación del Banco Central Europeo de 20 de noviembre de 2008 para medidas de recapitalización, hay una diferencia del 1,5 % entre el precio para el capital de Nivel 1 y el capital de Nivel 2, una reducción de la remuneración del capital de Nivel 2 de 150 puntos básicos resulta adecuada. Suponiendo, en la línea de la Comunicación sobre recapitalización (Comunicación de la Comisión — La recapitalización de las instituciones financieras en la crisis financiera actual: limitación de las ayudas al mínimo necesario y salvaguardias contra los falseamientos indebidos de la competencia; DO C 10 de 15.1.2009, p. 2), que un tipo del 7 % es una remuneración adecuada para el capital de Nivel 1 sin aportación de liquidez, el capital de Nivel 2 se remunerará a un tipo del 5,5 %. La media de ambos tipos es 6,25 %.

    (58)  DO C 195 de 19.8.2009, p. 9.

    (59)  Por ejemplo, Commerzbank AG, Landesbank Baden-Württemberg (LBBW), HSH Nordbank AG y NordLB.

    (60)  En 2011, por ejemplo, BayernLB abrió una sucursal en Düsseldorf.

    (61)  El ROE que figura en el cuadro 4 se calculó tomando un coeficiente de capital del 10 %, pero que no se materializará si BayernLB no reembolsa capital. Por consiguiente, no representa correctamente el ROE alcanzable sin el reembolso.

    (62)  Véase el cuadro 4.

    (63)  Véase el cuadro 1.

    (64)  Véase por ejemplo la Decisión 2012/477/UE.

    (65)  Decisión 2010/395/UE en la que el Estado miembro se comprometió a que el banco persiguiera un ROE después de impuestos del 10 al 12 % como máximo; Decisión 2012/477/UE en la que el banco debe alcanzar un ROE del 6,9 % en 2014; Decisión de la Comisión, de 25 de julio de 2012, en el asunto SA.34381 (2012/N) NordLB, pendiente de publicación, en la que el banco debe alcanzar un ROE del 7,3 % en 2016.

    (66)  Véase el punto 11 de la Comunicación de reestructuración.

    (67)  Decisión SA.34381 (2012/N).

    (68)  Véase la Decisión de la Comisión, de 30 de marzo de 2012, en el asunto SA.34539 (2012/N), Commerzbank, pendiente de publicación.

    (69)  Véase la nota 44 a pie de página.

    (70)  Como alternativa, las aportaciones pasivas pueden también ser convertidas en capital propio, en lugar de primero ser reembolsadas y luego volver a inyectarlas.

    (71)  Véase el considerando 44.

    (72)  Valores referidos a 2008.

    (73)  Decisión 2012/477/UE en el que el banco no efectuó un reembolso íntegro, pero redujo el balance total un 60 %.


    ANEXO I

    A.   COMPROMISOS GENERALES

    1.

    [Fase de reestructuración] La fase de reestructuración termina el 31 de diciembre de 2015. Los compromisos que se recogen a continuación se aplicarán en la fase de reestructuración, siempre que los compromisos particulares no estipulen otra cosa. Cuando un pago en virtud de los puntos 2 y 3 del anexo II no se efectúe hasta después de esa fecha, seguirán aplicándose los puntos 4, 6–8, 18–22, 24, 25, 27 y 28 del presente anexo I hasta que el banco haya cumplido todas sus obligaciones de pago, pero en ningún caso después del 31 de diciembre de 2018.

    2.

    [Administrador] El cumplimiento completo y correcto de todos los compromisos y condiciones expuestos en esta lista deberá estar supervisado en su totalidad y auditado en detalle por un administrador encargado de la supervisión (monitoring trustee) independiente de BayernLB y suficientemente cualificado. La designación y las tareas del administrador encargado de la supervisión se regulan en un acuerdo separado.

    3.

    [Actividad principal y unidad de reestructuración] BayernLB ha implantado una unidad de reestructuración interna, a la que, por una parte, se encomienda la reducción de determinadas carteras en responsabilidad propia y, por otra, supervisa otras medidas de reducción de las líneas de negocio y las filiales del grupo. La unidad de reestructuración interna está separada funcional y organizativamente de los demás departamentos en funcionamiento del banco principal y de las filiales/participaciones (en adelante, conjuntamente: actividad principal) y se identifica como un segmento aparte.

    B.   REDUCCIÓN DEL BALANCE TOTAL/LIMITACIÓN DE LAS ACTIVIDADES COMERCIALES

    4.

    [Reducción del balance total — Grupo] BayernLB se compromete a reducir el total del activo del balance mediante el cierre de centros en el extranjero, la cesión de filiales y participaciones y la limitación de actividades comerciales hasta el 31 de diciembre de 2015 aproximadamente 239 400, (1) millones EUR (2). Para facilitar un seguimiento sin problemas, no se tendrá en cuenta ninguna variación en el tipo de cambio EUR/USD siempre y cuando el tipo no esté por debajo de: [1,05-1,25] para 2012, [1,05-1,25] para 2013, [1,05-1,25] para 2014 o [1,05-1,25] para 2015. (3) Si el tipo de cambio EUR/USD estuviera por debajo de estos niveles, el banco podrá, tras informar al administrador encargado de la supervisión, ajustar el balance objetivo de manera que la caída del tipo de cambio tenga en cuenta íntegramente la diferencia con el tipo previsto, siempre y cuando la Comisión no se oponga por escrito al ajuste, justificando su objeción.

    5.

    [Reducción del balance total de la unidad de reestructuración] El total del activo del balance de la unidad de reestructuración se reducirá antes del 31 de diciembre de 2015 a unos [7,5-10] mil millones EUR. Sobrepasar este importe debido a diferencias en el tipo de cambio EUR/USD con respecto a lo previsto en el punto 4, segunda frase, es irrelevante a tenor de las correspondientes condiciones aplicables del punto 4.

    6.

    [Limitación de actividades comerciales — Actividad principal] En la actividad principal de los siguientes ámbitos se respetarán las siguientes limitaciones, con el objetivo de que solo se realicen actividades que guarden relación con Alemania. A este respecto «relación con Alemania» significa que i) el cliente o su matriz o una filial fundamental tiene su sede en Alemania; ii) se trata de financiación comercial o de financiación relacionada con la exportación que implique […] seguro de riesgos […] (por ejemplo, el organismo de crédito a la exportación) y el cliente que recibe la financiación es adquirente (offtaker) de un cliente que tiene relación con Alemania con arreglo al inciso i); o iii) el proyecto que se va a financiar está situado en Alemania o uno o varios clientes que tienen relación con Alemania con arreglo al inciso i) participan en el proyecto bien como adquirente (offtaker) de los bienes que se producen o de las materias primas o como utilizador en virtud de acuerdos de compra o de arrendamientos, o como mínimo tiene una participación del [15-50] % en la sociedad del proyecto, o se ha comprometido más del [30-70] % de los suministros que se financiarán para el proyecto; o iv) en el sector inmobiliario internacional, el cliente tiene una importante cartera de activos alemanes.

    a)

    [Financiación de proyectos] BayernLB garantiza que a partir [del momento en que se contrajo el compromiso, es decir, el 25 de septiembre de 2012] los activos de riesgo ( RWA  (4)) de las actividades de financiación de proyectos en la actividad principal, es decir, financiación para sociedades vehiculares en las que el crédito esté orientado al rendimiento basado en la tesorería de la sociedad vehicular/de la inversión no supere el límite de [3-4] mil millones EUR, según el plan de reestructuración modificado.

    b)

    [International Real Estate] BayernLB garantiza que los RWA del sector inmobiliario internacional en ubicaciones en el extranjero en la actividad principal, (actividades con clientes inmobiliarios internacionales, es decir, financiación que guarde relación con Alemania según el punto 6, inciso i) y iv) en el marco de la estructuración en condiciones habituales de mercado de transacciones inmobiliarias comerciales, incluido sociedades vehiculares), a partir [del momento en que se contrajo el compromiso, es decir, el 25 de septiembre de 2012] no superará el límite de [0,5-1] mil millones EUR, según el plan de reestructuración modificado.

    c)

    [Corporate Banking] BayernLB garantiza que a partir [del momento en que se contrajo el compromiso, es decir, el 25 de septiembre de 2012] los RWA en el ámbito de Corporate Banking (financiación empresarial en el sector de grandes clientes) en la actividad principal no superarán el límite de [9-12] mil millones EUR, según el plan de reestructuración modificado.

    BayernLB no realizará actividades de los ámbitos enumerados en las letras a), b) y c) en otros ámbitos para eludir los citados límites de los RWA. En caso de duda, la clasificación de actividades en los ámbitos antes citados y los datos de planificación seguirán el plan de reestructuración. (5)

    7.

    [Rebasamiento] Por lo que se refiere a los límites de los RWA mencionados en el punto 6, letras a) a c)

    a)

    no se tendrá en cuenta ninguna variación en el tipo de cambio EUR/USD con respecto a la planificación del punto 4 siempre y cuando el tipo no esté por debajo de: [1,05-1,25] para 2012, [1,05-1,25] para 2013, [1,05-1,25] para 2014 o [1,05-1,25] para 2015 (6). Si el tipo de cambio EUR/USD estuviera por debajo de estos niveles, el banco podrá, tras informar al administrador encargado de la supervisión, ajustar los límites de los RWA de manera que la caída del tipo de cambio tenga en cuenta íntegramente la diferencia con los límites de los RWA mencionados en el punto 6, letras a) a c). La Comisión podrá oponerse oponga por escrito al ajuste, justificando su objeción.

    b)

    un aumento de los RWA debido a cambios de la normativa reguladora no incidirá en el cálculo de los RWA o un cambio en las normas de contabilidad nacionales o internacionales en relación con la normativa actual es irrelevante, siempre y cuando la Comisión no formule objeciones tras ser consultada.

    8.

    [Abandono de actividades comerciales] — Los siguientes segmentos ya no forman parte de la actividad principal y serán cerrados:

    a)

    Asset Backed Securities;

    No habrá inversiones en Asset Backed Securities por tramos o créditos por tramos que impliquen un pool subyacente de obligaciones o que por su estructura apalanquen riesgo (leverage). Sigue estando permitida la titulización de operaciones de financiación por el propio banco en su propio interés a efectos de refinanciación y/o de gestión del balance así como la compra/financiación de carteras de crédito sin tramos de clientes principales a través de plataformas de titulización relacionadas con transacciones.

    b)

    Préstamos/adquisiciones garantizados relacionados con transacciones sin un vínculo con Alemania;

    El banco ya no participará en préstamos o adquisiciones garantizados relacionados con transacciones sin un vínculo con Alemania, es decir, la adquisición ligada a deuda de empresas que implique una gran proporción de fondos en empréstito para cubrir el precio de compra garantizados única o principalmente por la sociedad afectada y sus activos.

    c)

    Financiación naval y aeronáutica

    En adelante, el banco ya no ofrecerá financiación específica para barcos y aviones, es decir, financiación para la adquisición de estos activos cuando el barco o el avión adquirido constituyan el aval principal. La financiación aeronáutica es una excepción si está avalada al 100 % por el organismo de crédito a la exportación y el crédito está destinado exclusivamente a la garantía de crédito a la exportación y no a los activos subyacentes (mera financiación de la exportación).

    d)

    Actividad del banco principal con el sector público fuera de Baviera.

    BayernLB cesará nuevas actividades de crédito con ayuntamientos, municipios y asociaciones de municipios fuera de Baviera. No se incluyen las medidas de gestión de liquidez. Las asociaciones público-privadas, la financiación de proyectos y a la exportación en interés de clientes que tienen relación con Alemania con el sector público en calidad de adquirente (offtaker) siguen estando permitidas.

    C.   CIERRE DE CENTROS/VENTA DE PARTICIPACIONES

    9.

    [Centros] Los siguientes centros establecidos como sucursales o representaciones de BayernLB ya fueron cerrados en las fechas indicadas:

    Ubicación

    Fecha

    Pekín

    2009

    Tokio

    2009

    Montreal

    2009

    Mumbai

    2009

    Kiev

    2010

    Hong Kong

    2010

    Shangai

    2010

    10.

    El negocio existente que todavía no haya sido suprimido en el momento del cierre de los centros citados en el punto 9 se transferirá o se dejará expirar a partir de ese momento, una vez haya vencido el negocio subyacente. No se procederá a nuevas operaciones.

    11.

    [Venta de participaciones] BayernLB venderá las participaciones enumeradas a continuación y en el anexo III en las mejores condiciones posibles y en su totalidad para las fechas fijadas (fecha de la firma) o ya las habrá vendido en la fecha que se indica.

    Nombre

    Lugar

    Parte de capital %

    Balance/RWA (7)

    Fecha objetivo

    Banque LB Lux SA.

    Luxemburgo

    100 (8)

    6 441,3/[…]

    […]

    DKB Immobilien AG

    Berlín

    100

     

    2012 (9)

    KGE Kommunalgrund (10)

    Múnich

    100

     

    […]

    Stadtwerke Cottbus GmbH

    Cottbus

    74,9

     

    […]

    […]

    […]

    […]

     

    […]

    GBW AG (11)  (12)

    Múnich

    91,93

     

    […]

    Landesbank Saar

    Saarbrücken

    75

    […] (13)

    2010 (14)

    LB(Swiss) Privatbank AG

    Zürich

    50

     

    2009

    MKB Bank Zrt (Grupo)

    Budapest

    89,89

    9 360,9/[…]

    […]

    DekaBank

    Fráncfort am Main

    3,09

     

    2011

    Deutsche Lufthansa AG

    Colonia

    1,98

     

    2013

    KGAL GmbH & Co. KG

    Grünwald

    30 (15)

     

    […]

    LBS Bayern (16)

    Múnich

    100

    […]/[…]

    2012

    12.

    Si BayernLB dispone de participaciones sobre una financiación intra grupo cuyo vencimiento supera la fecha de compra fijada, se podrá aplazar la compra de dichas participaciones […], como máximo hasta […] (17), siempre y cuando BayernLB no ceda estas participaciones junto con la correspondiente financiación o para lograr una protección de otro tipo para la financiación pendiente.

    13.

    BayernLB puede aplazar una venta de las participaciones citadas […], como máximo hasta […] (17), si se comprueba, tras recibir ofertas vinculantes, que el precio de venta que iba a obtenerse en la transacción era inferior al correspondiente valor nominal de las participaciones en los estados financieros individuales de BayernLB según el Código Mercantil o produciría pérdidas en las cuentas consolidadas de conformidad con las NIIF.

    14.

    Con aprobación de la Comisión, BayernLB puede aplazar una venta de las participaciones citadas […], como máximo hasta […] (17), si justifica que, debido al entorno macroeconómico, una venta no sería posible, o solo a precio de saldo.

    15.

    BayernLB puede aplazar una venta completa de sus acciones restantes en una participación […], como máximo hasta […] (18), si demuestra que, por razones económicas o jurídicas, hasta la fecha fijada, solo ha podido ceder la mayoría de control en dicha participación, y así lo ha hecho.

    16.

    Los ingresos por la venta de las participaciones de BayernLB — siempre y cuando superen el valor en libros y con ello se excedan los resultados para el período previstos — se utilizarán en su totalidad para financiar el plan de reestructuración de BayernLB y, por tanto, se reembolsarán al Estado libre de Baviera con arreglo al punto 3 del anexo II.

    17.

    Las participaciones existentes que no se hayan vendido dentro del plazo fijado se dejarán expirar a partir de ese momento una vez haya vencido el negocio subyacente. No se procederá a nuevas operaciones.

    D.   OTRAS RESTRICCIONES EN EL COMPORTAMIENTO/GOBERNANZA EMPRESARIAL

    18.

    [Publicidad] BayernLB no hará publicidad con la concesión de la ayuda o con las ventajas que de ella obtiene frente a sus competidores.

    19.

    [Restricción del crecimiento exterior] No se podrán ampliar las actividades empresariales a través de la adquisición de control de otras empresas con un precio de venta superior a [0-2 millones] EUR sin la autorización de la Comisión (ningún crecimiento externo). Los debt-to-equity-swaps y otras medidas en el marco de la gestión cotidiana de créditos se considerarán ampliación de la actividad comercial, siempre que no se persiga con ellos el objetivo de eludir la restricción de crecimiento contemplada en la primera frase.

    20.

    [Operaciones por cuenta propia] BayernLB pondrá fin al dedicated proprietary trading. Esto significa que BayernLB solo realizará las operaciones comerciales, representadas en su cartera de negociación, a) que sean necesarias para aceptar, transferir y ejecutar las ventas y órdenes de compra de sus clientes e instrumento de cobertura directamente relacionados (es decir, operaciones con instrumentos financieros como servicio, hasta un límite de valor con un value at risk (VaR) para variaciones de precio de mercado de [0-50] millones EUR/1 día, con un índice de confianza del 99 %) o b) para la gestión de liquidez y ALM (intereses, cambio de divisas, gestión de la reserva de liquidez, gestión de colaterales para refinanciación asegurada) o c) para que pueda efectuarse la transferencia económica de las partidas del balance a la unidad de reestructuración o a terceros. En ningún caso BayernLB ejercerá actividades comerciales que sirvan exclusivamente para obtener beneficios al margen de los efectos mencionados en las letras a), b) o c).

    21.

    [Compromisos relativos a la gobernanza empresarial] El Consejo de dirección de BayernLB realizará la gestión operativa y diaria de forma independiente y al servicio exclusivo de la empresa. Ni el consejo de administración ni la asamblea general podrán darle órdenes. Las funciones de vigilancia y control estarán reunidas en el consejo de administración (denominación en el futuro: consejo de vigilancia); las operaciones que revistan una importancia básica seguirán estando supeditadas conforme al derecho de sociedades anónimas al acuerdo del consejo de vigilancia. Además, BayernLB está sometido a la supervisión jurídica de sus autoridades de supervisión jurídica y de supervisión bancaria por parte de BaFin y el Bundesbank.

    El actual consejo de administración de BayernLB se transformará en un consejo de supervisión más reducido, con participación aún mayor de miembros externos. A este respecto, se tomarán las siguientes medidas, que deben aplicarse para el 30 de junio de 2013:

    a)

    Todos los miembros del consejo de vigilancia deberán presentar la idoneidad prevista en la sección 36, apartado 3, primera frase, de la Ley alemana sobre el crédito (KWG). Se considera que los miembros son aptos si son fiables y poseen la competencia requerida para asumir las funciones de control y para evaluar y supervisar las operaciones efectuadas por el BayernLB.

    b)

    La mitad de los puestos reservados a los accionistas en el consejo de supervisión la ocuparán expertos externos.

    c)

    La presidencia del consejo de vigilancia la ejercerá hasta que termine la fase de reestructuración una persona que pertenezca al consejo de administración de conformidad con el punto 21b (expertos externos). La designación se realizará de acuerdo con los procedimientos legales previstos por el derecho alemán o europeo de sociedades anónimas.

    d)

    También se especifica que los puestos reservados a los accionistas ya no se ocuparán automáticamente en función de la posición que ocupa la persona entre los accionistas (eliminación de los miembros «natos»).

    e)

    El consejo de vigilancia establecerá un comité de auditoría y un comité de riesgos. Las disposiciones del punto 21, letras a) a d) se aplicarán por analogía.

    f)

    Se establecerá claramente que el banco deberá realizar sus actividades con criterios económicos, teniendo en cuenta las tareas que le incumben en su calidad de banco regional.

    22.

    Las relaciones con los accionistas estarán basadas en el principio habitual de empresa independiente que se aplica entre una sociedad mercantil y sus accionistas. Los activos solo podrán repartirse entre los propietarios, con excepción de la posibilidad de la devolución de la ayuda concedida, en forma de beneficio contable, reducción de capital y producto de liquidaciones; esto no afecta a medidas estructurales en relación con instituciones dependientes dentro de BayernLB.

    23.

    [Remuneración de órganos, empleados y auxiliares ejecutivos] BayernLB deberá verificar el efecto de incentivo y la adecuación de sus sistemas de remuneración y garantizar, en el marco de las posibilidades de la legislación civil, que no den lugar a la exposición a riesgos indebidos, que se orienten a objetivos empresariales sostenibles y a largo plazo y que sean transparentes. La remuneración total de los miembros de los órganos y puestos directivos estará limitada a un nivel adecuado. A este respecto, una remuneración monetaria que sobrepase los 500 000 EUR al año, en principio se considerará inadecuada. La limitación contemplada en las frases segunda y tercera seguirá aplicándose hasta que BayernLB haya pagado un total de […] millones EUR de acuerdo con los puntos 2 y 3 del anexo II. Por lo demás, la limitación con arreglo a las frases segunda y tercera seguirá aplicándose, salvo que una remuneración monetaria que sobrepase los […] EUR al año se consideren principio inadecuada, hasta que BayernLB haya completado el mecanismo de pago único con arreglo al punto 2 del anexo II y los pagos por importe de […] millones EUR con arreglo al punto 3 del anexo II (19)

    24.

    En el marco de las posibilidades de la legislación civil, las remuneraciones de BayernLB a sus órganos, empleados y auxiliares ejecutivos deberán atenerse a los siguientes principios:

    a)

    a los empleados y auxiliares ejecutivos de BayernLB no se les deberán abonar retribuciones, elementos de las retribuciones y primas desproporcionados ni conceder cualquier otro tipo de gratificaciones desproporcionadas;

    b)

    la retribución pagada a los representantes de los órganos y a los empleados directivos de BayernLB deberá limitarse a un nivel apropiado (véase el punto 23), para lo cual deberán tenerse especialmente en cuenta:

    la aportación de la persona en cuestión a la situación económica de BayernLB, especialmente en el marco de la política comercial previa y de la gestión de riesgo, y

    la necesidad de una retribución conforme al mercado con el fin de poder contratar a las personas más adecuadas para alcanzar un crecimiento económico sostenible.

    25.

    [Otras normas de conducta] BayernLB seguirá una política empresarial prudente, sólida y sostenible. Para ello, BayernLB elaborará en particular un plan de financiación anual y dirigirá su estrategia empresarial en consecuencia. Dentro de su actividad de crédito e inversión de capitales, BayernLB tendrá en cuenta las necesidades de financiación de la economía, especialmente de las pymes, aplicando las condiciones usuales en el mercado convenientes desde el punto de vista cautelar y bancario.

    26.

    [Transparencia] Durante la aplicación de la Decisión, la Comisión tendrá acceso ilimitado a toda la información necesaria para supervisar su aplicación. La Comisión podrá pedir aclaraciones y explicaciones a BayernLB. Alemania y BayernLB cooperarán plenamente con la Comisión en todas las cuestiones relacionadas con el seguimiento y la aplicación de la presente Decisión.

    27.

    [No habrá servicio de capital híbrido] BayernLB respetará la prohibición de servicio de capital híbrido. BayernLB solo servirá capital híbrido (como aportaciones pasivas y bonos de participación en beneficios) si está obligado a hacerlo incluso sin movilización de las reservas o de la partida especial mencionada en la sección 340 f/g del Código Mercantil […]

    28.

    [Prohibición de dividendos] BayernLB respetará la prohibición de repartir dividendos para cumplir sus compromisos de pago. BayernLB no pagará dividendos hasta finales del ejercicio que termina el 31 de diciembre de 2018, inclusive. Esto no afecta a los pagos con arreglo a los puntos 2 y 3 del anexo II.

    E.   APORTACIÓN DE LAS CAJAS DE AHORROS BÁVARAS

    29.

    [Transformación de las aportaciones pasivas y adquisición de LBS Bayern] Las Cajas de ahorros bávaras están dispuestas a contribuir a la carga de la reestructuración de BayernLB por importe de 1 650 millones EUR mediante la adquisición de LBS y la conversión de sus aportaciones pasivas.

    Este importe se desglosa como sigue:

    a)    Adquisición de LBS : La Confederación de Cajas de Ahorros de Baviera adquiere LBS íntegramente por un precio de 818,3 millones EUR. La fecha de la adquisición (transmisión de la propiedad y pago del precio de compra) es el […]. Los ingresos del ejercicio 2012 corresponden a BayernLB.

    b)    Conversión de aportaciones pasivas : Todas las aportaciones pasivas de duración ilimitada de las cajas de ahorros en BayernLB se reembolsarán al valor nominal de [770-810] millones EUR aproximadamente. Al mismo tiempo, la Confederación de Cajas de Ahorros bávara inyectará capital por valor de [810-840] millones EUR en el BayernLB Holding AG. El reembolso de las aportaciones pasivas y la aportación de capital no tendrá lugar antes de […] ni después de […]. Las nuevas acciones de la Confederación de Cajas de Ahorros se determinarán sobre la base del valor empresarial de BayernLB Holding AG calculado con arreglo a la norma de evaluación IDW S1 en el momento de la aportación de capital. El porcentaje de participación de la Confederación de Cajas de Ahorros, con un máximo del 25 %, se mantiene en cualquier caso por debajo de la minoría de bloqueo (25 % + un voto). (20)

    F.   BAYERNLABO

    30.

    [Capital de BayernLabo] Habida cuenta de los cambios en los requisitos regulatorios en cuanto a la calidad del capital de los bancos (Basilea III) y de las correspondientes indicaciones de BaFin, las normas relativas al capital propio de BayernLabo se adaptarán en la medida que lo exijan los requisitos de capital (CRR) para garantizar que el capital propio de BayernLabo que figura en las cuentas consolidadas de BayernLB de conformidad con las NIIF también constituye capital de nivel 1 ordinario según los nuevos CRR. La remuneración se transformará en una remuneración conforme arreglo a los CRR como participaciones en el capital (es decir, dividendos); se suprimirá la restricción que limita el capital propio para respaldar la actividad de BayernLabo. Un importe de 1 000 millones EUR que, según los planes actuales de BayernLabo no es necesario para proseguir su actividad en la misma medida que hasta ahora, se trasferirá al banco principal. La asignación legal (Zweckbestimmung) de los activos restantes de BayernLabo (incluidos los activos especializados y la correspondiente aportación especializada) se mantienen sin cambios, de manera pueda continuar sin restricciones la misión de promoción estatutaria.

    G.   REMUNERACIÓN DE LA GARANTÍA/MECANISMO DE REEMBOLSO

    31.

    [Remuneración de la garantía/Mecanismo de reembolso] El acuerdo firmado el 19 de diciembre de 2008 entre el Estado libre de Baviera y BayernLB sobre la concesión de una garantía (el «acuerdo de garantía») se modificará o completará para dar efecto a los siguientes compromisos, que parten de la base de que la diferencia entre el valor de traspaso y el valor económico real de la cartera avalada por el acuerdo de garantía asciende a 1 960 millones EUR.

    32.

    [Prima total] El banco pagará una prima total anual por la garantía de 200 millones de EUR al año retroactivamente desde el 1 de enero de 2010. Esta prima total se compone de:

    a)

    una prima básica del 6,25 % sobre el efecto de rescate de capital inicial a (31.12.2008) por valor de 1 280 millones EUR, es decir, 80 millones EUR al año;

    b)

    una prima anual adicional del 3,75 % sobre una parte de la garantía que asciende a unos 2 000 millones EUR, es decir, 75 millones EUR al año hasta 2015; y

    c)

    un pago especial de 45 millones EUR al año hasta 2015.

    H.   REEMBOLSO DE LAS APORTACIONES PASIVAS DEL ESTADO LIBRE DE BAVIERA DE 3 000 MILLONES EUR

    33.

    [Reducción adicional en las partidas de riesgo] Con el fin de reembolsar íntegramente las aportaciones pasivas del Estado libre de Baviera para 2017, BayernLB se compromete a una reducción adicional de las partidas de riesgo para 2017 por importe de 10 000 millones EUR en total, desglosados como sigue por segmentos de negocio; se desestimará una divergencia de un [10-15] % siempre y cuando la reducción global alcance un total de 10 000 millones EUR: (21)

    Segmento Corporates, pymes y clientes privados […] %,

    Segmento bienes inmobiliarios y cajas de ahorros/asociaciones […] %,

    Segmento Mercados: […] %,

    Unidad de reestructuración: […] %.

    Si esta medida produjera una reducción adicional de actividad, no se contabilizaría en el balance total con arreglo al punto 4. Si la mencionada reducción de las partidas de riesgo produjera una pérdida de ingresos, el banco compensará esta pérdida reduciendo los costes en la misma medida.

    Al comienzo del ejercicio […], el banco se compromete a realizar una «revisión intermedia» de la ejecución de este compromiso, basado en los informes del administrador encargado de la supervisión. Si con motivo de la «revisión intermedia» la comisión determina que BayernLB probablemente no alcance la reducción pretendida de las partidas de riesgo para finales del ejercicio 2017, BayernLB tendrá que volver a notificar este cambio, salvo que sea debido a la evolución regulatoria o macroeconómica.


    (1)  En valores de 2008, corresponde a una reducción del balance total de unos 206 000 millones EUR.

    (2)  Si la limitación en este punto se aplica con posterioridad a 2015 de acuerdo con el punto 1, el valor del balance total se indexará […] al año […].

    (3)  BayernLB tiene previstos los siguientes tipos de cambio EUR/USD: [1,10-1,60] para 2012, [1,10-1,60] para 2013, [1,10-1,60] para 2014 o [1,10-1,60] para 2015. Si fuera necesario, los datos sobre el tipo de cambio EUR/USD se completarán después de 2015 con la planificación vigente del banco.

    (4)  La abreviatura «RWA» del punto 6 a) a c) se refiere a activos de riesgo, que representan un componente de las partidas de riesgo, sin tomar en cuenta, sin embargo, partidas de riesgos operativos, partidas de riesgo en los mercados ni equivalente RWA o ajuste de valoración del crédito (AVC) por coberturas para el cliente.

    (5)  Si las limitaciones de los RWA en el punto 6 siguen vigentes después de 2015 de acuerdo con el punto 1, los límites de los RWA establecidos en el punto 6 letras a) a c) se indexará cada año utilizando la fórmula […].

    (6)  BayernLB tiene previstos los siguientes tipos de cambio EUR/USD: [1,10-1,60] para 2012, [1,10-1,60] para 2013, [1,10-1,60] para 2014 o [1,10-1,60] para 2015. Si fuera necesario, los datos sobre el tipo de cambio EUR/USD se completarán después de 2015 con la planificación vigente del banco.

    (7)  Valor a 31 de diciembre de 2011.

    (8)  Para preparar la venta de Banque LB Lux SA, BayernLB ha adquirido el 25 % que tenía de Helaba en esta participación y, a cambio, ha vendido su participación en LB (Swiss) Privatbank AG a Helaba, que ya poseía el 50 % restante. El 23.10.2009 se firmó el correspondiente contrato de venta; el 21.12.2009 tuvo lugar el cierre de la transacción.

    (9)  Cierre el 27.3.2012.

    (10)  Participación no consolidada.

    (11)  El comprador de esta participación puede estar obligado a mantener y respetar las directrices sociales vigentes del grupo GBW así como otras disposiciones sociales establecidas en transacciones comparables.

    (12)  Con arreglo a las normas de la Comisión de la UE, las acciones en GBW AG se venderán en un procedimiento de licitación basado en principios de competencia. El Gobierno federal toma nota del hecho de que una adquisición por el Estado libre de Baviera en virtud de un procedimiento de licitación podría dar lugar a una investigación por otra ayuda estatal.

    (13)  Valor nominal de las participaciones 12/2011.

    (14)  El 22 de junio de 2010, BayernLB vendió una participación del 25,2 % en el capital social de SaarLB al Estado federado de Sarre, por lo que SaarLB ya no constituye una empresa vinculada de BayernLB con arreglo a la sección 271, apartado 2 del Código Mercantil alemán (HGB). […].

    (15)  Incluidas las acciones poseídas a través de KGAL Verwaltungs-GmbH.

    (16)  Técnicamente hablando, no son participaciones.

    (17)  MKB representa un caso especial […]

    (18)  MKB representa un caso especial […]

    (19)  El banco podrá, tras informar al administrador encargado de la supervisión, ajustar el límite máximo de la remuneración monetaria anual fijado en el punto 23 a la inflación en Alemania.

    (20)  Como alternativa, las aportaciones pasivas pueden también ser convertidas en capital propio, en lugar de primero ser reembolsadas y luego volver a inyectarlas.

    (21)  Presentado por la Comisión el 14 de junio de 2012: para más información, véanse las explicaciones en el plan de reestructuración, sección 6.20.2.


    ANEXO II

    CONDICIONES

    1.

    [Reembolsos] BayernLB está obligado (si procede, a través de BayernLB Holding AG) a efectuar un pago único al Estado libre de Baviera de 1 240 millones EUR («mecanismo de pago único») y a reembolsar 3 000 millones EUR de capital propio que recibió como ayuda en forma de una participación pasiva en 2008/2009 («devolución de la ayuda»).

    2.

    El mecanismo de pago único de 1 240 millones EUR se efectuará en los siguientes tramos:

    […]

    Si la autoridad de supervisión competente decide que el capital propio resultante de la contabilización en el balance del valor nominal de los activos especializados (Zweckvermögens) de BayernLabo debe ser reconocida en todo o en parte como capital ordinario de nivel 1 de BayernLB, el tramo inmediato del mecanismo de pago único se incrementará en dicho importe; el siguiente calendario de pagos se ajustará en ese caso con arreglo al cuadro 11.

    3.

    La devolución de la ayuda de 3 000 millones EUR se efectuará los siguientes tramos:

    […]

    Además, las partes restantes de las aportaciones pasivas de […] millones EUR se reembolsarán al Estado libre de Baviera para 2017 liberando capital sobre la base del punto 33 del anexo I.

    4.

    [Aplazamiento de la obligación de pago] Si la autoridad de supervisión prohíbe a BayernLB un pago con arreglo al punto 2, o no autoriza un reembolso, con arreglo al punto 3, deberán suspenderse los reembolsos previstos en dichos puntos. En ese caso, se aplazará la correspondiente obligación de pago hasta que la autoridad de supervisión autorice el correspondiente reembolso o no lo vuelva a prohibir. Si el reembolso de un importe inicialmente aplazado tampoco se autoriza en el siguiente ejercicio o vuelve a prohibirse, el gobierno Federal de Alemania notificará a la Comisión un plan de reestructuración modificado que, en principio, deberá contener medidas compensatorias adicionales, por ejemplo, una reducción adicional del balance total.


    ANEXO III

    OTRAS REDUCCIONES DE LA PARTICIPACIÓN

    BayernLB venderá, o ya ha vendido, las siguientes participaciones, con arreglo al punto 11 del anexo I, en las fechas indicadas (1):

     

    Participación

    Porcentaje de participación (%)

    Salida completada/Salida prevista

    1

    gewerbegrund Holding GmbH i.L.

    100,0

    2008

    2

    Hypo Alpe-Adria-Bank International AG (HGAA)

    67,1

    2009

    3

    Kraftwerksgesellschaft Völklingen Geschäftsführ.-GmbH

    38,0

    2009

    4

    SCI du 203 Faubourg Saint Honoré

    100,0

    2009

    5

    Vulcain Energie

    10,0

    2009

    6

    Bayerische Beamtenkrankenkasse AG

    1,0

    2010

    7

    Bayerische Landesbrandversicherung AG

    1,0

    2010

    8

    Bayerische Versicherungsverband Vers.-AG

    1,0

    2010

    9

    BayernLB Corporate Advisers GmbH i.L.

    100,0

    2010

    10

    Central 1 Credit Union

    0,0 (2)

    2010

    11

    Coast Capital Savings Credit Union

    0,0 (2)

    2010

    12

    Credit Union Central of British Columbia

    0,0 (2)

    2010

    13

    Energy & Commodity Services GmbH i.L.

    100,0

    2010

    14

    Envision Credit Union

    0,0 (2)

    2010

    15

    Gulf and Fraser Fisherman's Credit Union

    0,0 (2)

    2010

    16

    GZ-Holdinggesellschaft mbH i.L.

    100,0

    2010

    17

    Island Savings Credit Union

    0,0 (2)

    2010

    18

    IZB SOFT Verwaltungs-GmbH & Co. KG

    25,1

    2010

    19

    Meridian Credit Union

    0,0 (2)

    2010

    20

    MKB Általános Biztosító Zrt.

    25,0

    2010

    21

    Schlemmermeyer GmbH & Co. KG

    20,0

    2010

    22

    Valley First Credit Union

    0,0 (2)

    2010

    23

    MKB Életbiztosító Zrt.

    25,0

    2010

    24

    Vancouver City Savings Credit Union

    0,0 (2)

    2010

    25

    Münchner Gesellschaft für Stadterneuerung mbH

    3,5

    2010

    26

    North Shore Credit Union

    0,0 (2)

    2010

    27

    Westminster Savings Credit Union

    0,0 (2)

    2010

    28

    BLB-Grundbesitz-Verwaltungsges. mbH i.L.

    100,0

    2011

    29

    German Centre (Shanghai) Limited i.L.

    100,0

    2011

    30

    IZB SOFT-Beteiligungs-GmbH

    25,1

    2011

    31

    Groupement d'Interet Economique (GIE) Spring Rain

    100,0

    2011

    32

    […]

    […]

    […]

    33

    […]

    […]

    […]

    34

    […]

    […]

    […]

    35

    […]

    […]

    […]

    36

    Mietdienst Ges. f. Investitionsgüterleasing mbH & Co.

    5,0

    2012

    37

    […]

    […]

    […]

    38

    First Calgary Savings & Credit Union Ltd.

    0,0 (2)

    2012

    39

    First West Credit Union

    0,0 (2)

    2012

    40

    Interior Savings Credit Union

    0,0 (2)

    2012

    41

    KSP Unternehmensverwaltungsgesellschaft mbH i.L.

    43,0

    2012

    42

    […]

    […]

    […]

    43

    […]

    […]

    […]

    44

    […]

    […]

    […]

    45

    […]

    […]

    […]

    46

    […]

    […]

    […]

    47

    […]

    […]

    […]

    48

    […]

    […]

    […]

    49

    […]

    […]

    […]

    50

    SIACON GmbH i.L.

    50,0

    2013

    51

    […]

    […]

    […]


    (1)  Algunas de las participaciones que van a venderse (señaladas con **) solo son comercializables hasta cierto punto, bien porque el banco no puede disponer de las acciones sin restricciones o porque los únicos compradores potenciales son otros miembros de la compañía y el éxito de la estrategia de salida depende de su cooperación (por ejemplo, STR Brennerschienentransport o European Energy Exchange).

    (2)  Error de redondeo, participación minoritaria


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