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Document 32014R0012

    Reglamento de Ejecución (UE) n ° 12/2014 de la Comisión, de 8 de enero de 2014 , por el que se inscribe una denominación en el Registro de Especialidades Tradicionales Garantizadas [Salinātā rudzu rupjmaize (ETG)]

    DO L 4 de 9.1.2014, p. 40–41 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force: This act has been changed. Current consolidated version: 29/01/2014

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2014/12/oj

    9.1.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 4/40


    REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 12/2014 DE LA COMISIÓN

    de 8 de enero de 2014

    por el que se inscribe una denominación en el Registro de Especialidades Tradicionales Garantizadas [Salinātā rudzu rupjmaize (ETG)]

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (UE) no 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (1), y, en particular, su artículo 52, apartado 2,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    De conformidad con el artículo 50, apartado 2, letra B), del Reglamento (UE) no 1151/2012, la solicitud de registro de la denominación «Salinātā rudzu rupjmaize» presentada por Letonia, fue publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea  (2).

    (2)

    Al no haberse notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) no 1151/2012, procede registrar la denominación citada.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Queda registrada la denominación que figura en el anexo del presente Reglamento.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 8 de enero de 2014.

    Por la Comisión

    El Presidente

    José Manuel BARROSO


    (1)  DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.

    (2)  DO C 177 de 22.6.2013, p. 12.


    ANEXO

    Productos agrícolas y alimenticios enumerados en el anexo I, parte I, del Reglamento (UE) no 1151/2012:

    Clase 2.4.   Productos de panadería, pastelería, repostería o galletería

    LETONIA

    Salinātā rudzu rupjmaize (ETG)


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