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Document 32014D0700
Council Decision 2014/700/CFSP of 8 October 2014 amending Decision 2013/183/CFSP concerning restrictive measures against the Democratic People's Republic of Korea
Decisión 2014/700/PESC del Consejo, de 8 de octubre de 2014 , que modifica la Decisión 2013/183/PESC por la que se adoptan medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea
Decisión 2014/700/PESC del Consejo, de 8 de octubre de 2014 , que modifica la Decisión 2013/183/PESC por la que se adoptan medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea
DO L 293 de 9.10.2014, p. 34–36
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 28/05/2016; derog. impl. por 32016D0849
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modifies | 32013D0183 | modificación | anexo I | 09/10/2014 | |
Modifies | 32013D0183 | modificación | anexo II | 09/10/2014 |
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Implicitly repealed by | 32016D0849 | 29/05/2016 |
9.10.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 293/34 |
DECISIÓN 2014/700/PESC DEL CONSEJO
de 8 de octubre de 2014
que modifica la Decisión 2013/183/PESC por la que se adoptan medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,
Vista la Decisión 2013/183/PESC del Consejo por la que se adoptan medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea (1), y en particular su artículo 19,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 22 de abril de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/183/PESC. |
(2) |
El 28 de julio de 2014, el Comité de Sanciones establecido en virtud de la Resolución 1718 (2006) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, relativa a la República Democrática Popular de Corea (el «Comité de Sanciones»), aprobó la inclusión de una nueva entidad en su lista consolidada de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas. |
(3) |
El 30 de julio de 2014, el Comité de Sanciones, actualizó la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas. |
(4) |
Por tanto, de conformidad con el artículo 22, apartado 1, de la Decisión 2013/183/PESC, la lista que figura en el anexo I de dicha Decisión debe modificarse en consecuencia. |
(5) |
Asimismo, en vista de la comunicación del fallecimiento de una de las personas incluidas en la lista, debe también modificarse en consecuencia el anexo II de la Decisión 2013/183/PESC. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Los anexos I y II de la Decisión 2013/183/PESC se modifican tal y como se recoge en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario oficial de la Unión Europea.
Hecho en Luxemburgo, el 8 de octubre de 2014.
Por el Consejo
El Presidente
M. LUPI
(1) DO L 111 de 23.4.2013, p. 52.
ANEXO
I. |
La entidad que figura a continuación se incluye en la lista que figura en el anexo I de la Decisión 2013/183/PESC: Lista de personas a que se refiere el artículo 13, apartado 1, letra a), y de personas y entidades a que se refiere el artículo 15, apartado 1, letra a) B. Entidades
|
II. |
Las menciones correspondientes a las siguientes personas y entidades que figuran en el anexo I de la Decisión 2013/183/PESC se sustituyen por las menciones que figuran a continuación: Lista de personas a que se refiere el artículo 13, apartado 1, letra a), y de personas y entidades a que se refiere el artículo 15, apartado 1, letra a) A. Personas
B. Entidades
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III. |
La persona que se menciona a continuación se elimina de la lista que figura en el anexo II de la Decisión 2013/183/PESC: A. Personas
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