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Document 32011D0021

    2011/816/UE: Decisión del Banco Central Europeo, de 1 de diciembre de 2011 , sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2012 (BCE/2011/21)

    DO L 324 de 7.12.2011, p. 37–37 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2011/816/oj

    7.12.2011   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 324/37


    DECISIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

    de 1 de diciembre de 2011

    sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2012

    (BCE/2011/21)

    (2011/816/UE)

    EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en particular, el artículo 128, apartado 2,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Banco Central Europeo (BCE) tiene a partir del 1 de enero de 1999 el derecho exclusivo de aprobar el volumen de emisión de moneda metálica por los Estados miembros cuya moneda es el euro.

    (2)

    Los Estados miembros cuya moneda es el euro han enviado al BCE, para su aprobación, las previsiones sobre el volumen de monedas en euros que emitirán en 2012, acompañadas de notas explicativas sobre los métodos utilizados en las previsiones.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Aprobación del volumen de emisión de monedas en euros en 2012

    El BCE aprueba el volumen de emisión de moneda metálica por los Estados miembros cuya moneda es el euro en 2012 que se expone en el cuadro siguiente:

    (millones EUR)

     

    Emisión de monedas destinadas a la circulación y emisión de monedas de colección

    (no destinadas a la circulación) en 2012

    Bélgica

    196,0

    Alemania

    668,0

    Estonia

    12,7

    Irlanda

    31,2

    Grecia

    25,4

    España

    250,0

    Francia

    310,0

    Italia

    128,4

    Chipre

    13,1

    Luxemburgo

    35,0

    Malta

    10,5

    Países Bajos

    63,8

    Austria

    264,0

    Portugal

    28,5

    Eslovenia

    26,0

    Eslovaquia

    32,2

    Finlandia

    60,0

    Artículo 2

    Disposición final

    La presente Decisión se dirige a los Estados miembros cuya moneda es el euro.

    Hecho en Fráncfort del Meno, el 1 de diciembre de 2011.

    El Presidente del BCE

    Mario DRAGHI


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