This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32009D0946
Political and Security Committee Decision Atalanta/8/2009 of 4 December 2009 on the appointment of an EU Force Commander for the European Union military operation to contribute to the deterrence, prevention and repression of acts of piracy and armed robbery off the Somalia coast (Atalanta)
Decisión Atalanta/8/2009 del Comité Político y de Seguridad, de 4 de diciembre de 2009 , por la que se nombra al Comandante de la Fuerza de la Unión Europea para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta)
Decisión Atalanta/8/2009 del Comité Político y de Seguridad, de 4 de diciembre de 2009 , por la que se nombra al Comandante de la Fuerza de la Unión Europea para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta)
DO L 327 de 12.12.2009, p. 40–40
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
12.12.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 327/40 |
DECISIÓN Atalanta/8/2009 DEL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD
de 4 de diciembre de 2009
por la que se nombra al Comandante de la Fuerza de la Unión Europea para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta)
(2009/946/PESC)
EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 38,
Vista la Acción Común 2008/851/PESC del Consejo, de 10 de noviembre de 2008, relativa a la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (1) (Atalanta), y en particular su artículo 6,
Considerando lo siguiente:
(1) |
En virtud del artículo 6 de la Acción Común 2008/851/PESC, el Consejo autorizó al Comité Político y de Seguridad (CPS) a que adoptase las decisiones sobre el nombramiento del Comandante de la Fuerza de la Unión Europea. |
(2) |
El 22 de julio de 2009, el CPS adoptó la Decisión Atalanta/6/2009 (2) por la que nombró al contralmirante Peter BINDT Comandante de la Fuerza de la Unión Europea para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia. |
(3) |
El Comandante de la Operación de la Unión Europea recomendó que se nombrase al contralmirante Giovanni GUMIERO nuevo Comandante de la Fuerza de la Unión Europea para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia. |
(4) |
El Comité Militar de la Unión Europea respaldó dicha recomendación. |
(5) |
De conformidad con el artículo 5 del Protocolo sobre la posición de Dinamarca anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participa en la elaboración y aplicación de las decisiones y acciones de la Unión Europea con implicaciones en el ámbito de la defensa. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se nombra al contralmirante Giovanni GUMIERO Comandante de la Fuerza de la Unión Europea para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia.
Artículo 2
La presente Decisión surtirá efecto el 13 de diciembre de 2009.
Hecho en Bruselas, el 4 de diciembre de 2009.
Por el Comité Político y de Seguridad
El Presidente
O. SKOOG
(1) DO L 301 de 12.11.2008, p. 33.
(2) DO L 192 de 24.7.2009, p. 68.