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Document 32008G1004(01)

    Resolución del Consejo, de 25 de septiembre de 2008 , sobre un plan europeo global de lucha contra la falsificación y la piratería

    DO C 253 de 4.10.2008, p. 1–2 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    4.10.2008   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 253/1


    RESOLUCIÓN DEL CONSEJO

    de 25 de septiembre de 2008

    sobre un plan europeo global de lucha contra la falsificación y la piratería

    (2008/C 253/01)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    1.

    CONSIDERANDO el informe estratégico de la Comisión (1) y el nuevo ciclo de la estrategia de Lisboa renovada para el crecimiento y el empleo (2008-2010) iniciado por el Consejo Europeo del 14 de marzo de 2008.

    2.

    HACIENDO HINCAPIÉ en el hecho de que la Unión Europea deberá en este marco proseguir sus esfuerzos para reforzar la eficacia del sistema de protección de los derechos de propiedad intelectual para luchar mejor contra la falsificación.

    3.

    DESTACANDO la necesidad de que se respeten las libertades fundamentales del mercado interior y de que se mejore su funcionamiento.

    4.

    RECORDANDO el interés, en la lucha contra la falsificación y la piratería, en particular en las fronteras de la Unión Europea, de la armonización de los derechos de propiedad intelectual, en los casos oportunos, y la importancia de los títulos nacionales y comunitarios de propiedad industrial que existen.

    5.

    CONSIDERANDO los instrumentos comunitarios adoptados para luchar contra la falsificación y la piratería, en particular, la Directiva 2004/48/CE relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual y el Reglamento (CE) no 1383/2003, relativo a la intervención de las autoridades aduaneras en los casos de mercancías sospechosas de vulnerar determinados derechos de propiedad intelectual.

    6.

    CONSCIENTES asimismo de la propuesta modificada de Directiva relativa a las medidas penales destinadas a garantizar el respeto de los derechos de propiedad intelectual.

    7.

    CONSIDERANDO las iniciativas para luchar contra la falsificación y la piratería desarrolladas en el marco multilateral, en particular en el seno de la Organización Mundial del Comercio (OMC), de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y del G8 (proceso de Heiligendamm).

    8.

    CONSIDERANDO la Estrategia para garantizar el respeto de los derechos de propiedad intelectual en terceros países (2).

    9.

    CONSIDERANDO el informe de la OCDE sobre las repercusiones económicas de la falsificación y la piratería y, en particular, su estimación del comercio internacional de bienes falsificados o pirateados, evaluado (basándose en las incautaciones aduaneras realizadas en los países de la OCDE), en aproximadamente 200 000 millones USD en 2005, lo que indica que el valor total de los intercambios de productos falsificados o pirateados podría superar este importe en varios cientos miles millones USD, así como su recomendación de que se refuerce la cooperación entre las autoridades públicas y los fabricantes.

    10.

    CONSCIENTE de la gravedad y de la evolución preocupante del fenómeno de la falsificación y de la piratería, en una economía mundializada, para la competitividad de la Unión Europea, para sus empresas, sus creadores y sus consumidores; consciente de la importancia que alcanza este fenómeno también en la red de Internet; consciente de los riesgos vinculados a la falsificación de productos, que es peligrosa para la salud y la seguridad de los ciudadanos.

    11.

    DESTACA la importancia que atribuye a la protección de los derechos de propiedad intelectual, elemento fundamental para promover la cultura y su diversidad, así como para explotar la investigación, la innovación y la creación de las empresas europeas, en particular de las PYME, con el fin de apoyar el crecimiento y el empleo en la Unión Europea y de desarrollar la dimensión externa de la competitividad europea.

    12.

    CONSCIENTE, en este contexto, de la necesidad de dotar a las empresas innovadoras de medios para proteger lo mejor posible sus invenciones y de obtener beneficio de las mismas de manera más eficaz; recuerda el interés de que se disponga de una patente comunitaria y de un sistema judicial para las patentes con el fin de facilitar a los usuarios los medios para lograr que se respeten sus derechos de propiedad intelectual en todo el territorio de la Unión.

    13.

    DESTACA la necesidad de que se movilicen todos los interesados para reforzar la eficacia del conjunto de los instrumentos de propiedad intelectual y de lucha contra la falsificación y la piratería en el mercado interior y a nivel internacional; recordando que estas actuaciones se enmarcan en el cumplimiento de los derechos fundamentales y de los principios generales del Derecho comunitario, tales como la protección de los datos personales y la protección del derecho de propiedad.

    14.

    ACOGE favorablemente la Comunicación de la Comisión de 16 de julio de 2008 destinada a aplicar una estrategia de los derechos de propiedad industrial para Europa, en particular, para las cuestiones consagradas al respeto de los derechos de propiedad industrial y del derecho de autor y los derechos conexos:

    las iniciativas aduaneras para luchar contra la falsificación y la piratería en las fronteras y fuera de la Unión Europea,

    las acciones complementarias de las normas legislativas, destinadas a contribuir a un cambio de la percepción del público del fenómeno de la falsificación y de la piratería, a que se progrese en el conocimiento preciso de este fenómeno, a que mejore la cooperación entre el conjunto de las partes implicadas en los Estados miembros, a que se establezca una red eficaz de cooperación administrativa entre los Estados miembros, que permitirá que se lleven a cabo actuaciones de envergadura europea, a que se promuevan acuerdos de asociación entre los sectores público y privado y la celebración de acuerdos entre profesionales a nivel europeo para reducir la piratería y la venta de bienes falsificados en Internet,

    el estudio de las posibilidades de que mejore la ejecución transfronteriza de las sentencias,

    las actuaciones destinadas a que se respeten los derechos de propiedad intelectual en los terceros países, mediante investigaciones regulares, mediante la promoción de una protección eficaz de los derechos en los acuerdos comerciales bilaterales, así como mediante el refuerzo de la cooperación en el marco de diálogos regulares con los Estados terceros, en particular aquéllos en los que se da un importante nivel de falsificación y de piratería,

    los trabajos sobre un acuerdo comercial multilateral de lucha contra la falsificación (ACTA).

    15.

    SOLICITA a la Comisión que plasme estas orientaciones mediante:

    la creación de un observatorio europeo de la falsificación y la piratería, precisando su método de funcionamiento y los elementos necesarios, incluidos los financieros, para su creación; el observatorio, que deberá apoyarse en las estructuras existentes de la Comisión, deberá permitir que se obtenga, a partir de datos que los sectores público y privado deseen facilitar, una evaluación regular de la magnitud de la falsificación y de la piratería, así como un análisis más preciso de estos fenómenos,

    la difusión, en particular, por Internet de información sobre el fenómeno de la falsificación y la piratería dirigida a los protagonistas de la lucha contra estos fenómenos,

    el desarrollo de acciones de sensibilización y comunicación dirigidas a los protagonistas de la lucha contra la falsificación y la piratería y a los consumidores, incluidos los más jóvenes, incluso mediante actuaciones llevadas a cabo en una jornada europea de sensibilización a los peligros de la falsificación y mediante la elaboración de guías practicas.

    16.

    SOLICITA a la Comisión y a los Estados miembros, en el marco de sus competencias respectivas, que apliquen todos los medios adecuados para luchar de manera eficaz contra la falsificación y la piratería, y, en particular, que:

    presenten un plan aduanero de lucha contra la falsificación para los años 2009 a 2012 que favorezca el intercambio de información mediante una plena utilización de los sistemas electrónicos, el desarrollo de la cooperación entre las autoridades interesadas, en particular en la frontera y especialmente con las autoridades aduaneras así como con los titulares de derechos; realicen un inventario de la legislación aplicable en materia aduanera y que evalúen las mejoras que hay que introducir en el marco jurídico con el fin de luchar mejor contra las falsificaciones peligrosas para los consumidores y de permitir que se tome conciencia de los riesgos de este fenómeno,

    establezcan una red de intercambio rápida de información sobre los productos y servicios falsificados, en particular, mediante el refuerzo de la cooperación administrativa transfronteriza basándose en puntos de contactos nacionales y en instrumentos modernos de intercambio de información,

    fomenten la coordinación entre las instituciones implicadas en la lucha contra la falsificación y la piratería, en particular, mediante intercambios de buenas prácticas entre las administraciones nacionales,

    estudien la eficacia del marco jurídico para hacer que se respeten los derechos de propiedad intelectual,

    presenten propuestas adecuadas para favorecer asociaciones entre sector público y sector privado para luchar contra la falsificación y la piratería, para recomendar buenas prácticas relativas, en particular, a la venta en Internet y para promover la colaboración entre profesionales,

    refuercen la protección de los derechos de propiedad intelectual a nivel internacional: fomenten, en los acuerdos bilaterales y multilaterales celebrados por la Unión Europea, la incorporación de medidas relativas a estos derechos en cumplimiento del acervo comunitario y contribuyan al respeto de dichas medidas; participen activamente en las negociaciones para la celebración de un acuerdo comercial multilateral de lucha contra la falsificación, especialmente intentando obtener la creación, en su momento, de un grupo operativo encargado de estudiar la aplicación del acuerdo; promuevan este tema en el diálogo entre la Unión Europea y los terceros países y en el marco de las medidas de cooperación con los terceros países.


    (1)  Comunicación de la Comisión al Consejo Europeo «Informe estratégico sobre la estrategia de Lisboa renovada para el crecimiento y el empleo: lanzamiento del nuevo ciclo (2008-2010). Mantener el ritmo del cambio» COM(2007) 803 final.

    (2)  DO C 129 de 26.5.2005, p. 3.


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