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Document 32008D0848

2008/848/CE: Decisión de la Comisión, de 16 de julio de 2008 , relativa a la ayuda estatal C 14/07 (ex NN 15/07) concedida por Italia a favor de NGP/SIMPE [notificada con el número C(2008) 3528] (Texto pertinente a efectos del EEE)

DO L 301 de 12.11.2008, p. 14–21 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2008/848/oj

12.11.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 301/14


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 16 de julio de 2008

relativa a la ayuda estatal C 14/07 (ex NN 15/07) concedida por Italia a favor de NGP/SIMPE

[notificada con el número C(2008) 3528]

(El texto en lengua italiana es el único auténtico)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2008/848/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 88, apartado 2, párrafo primero,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular su artículo 62, apartado 1, letra a),

Después de haber emplazado a los interesados para que presentaran sus observaciones (1), de conformidad con los citados artículos y teniendo en cuenta dichas observaciones,

Considerando lo siguiente:

1.   PROCEDIMIENTO

(1)

EL 14 de julio de 2006, Italia notificó su intención de conceder ayudas para la reestructuración de NGP SpA (NGP). Los anexos que faltaban se remitieron mediante carta de 28 de julio de 2006. La Comisión había recibido anteriormente tres denuncias según las cuales la ayuda que Italia tenía previsto conceder a NGP tendría consecuencias sobre el mercado de fibras sintéticas.

(2)

La Comisión solicitó información complementaria el 22 de agosto de 2006, que Italia presentó mediante carta de 14 de diciembre de 2006. La Comisión solicitó más datos el 12 de febrero de 2007, que Italia remitió por carta de 7 de marzo de 2007, registrada el 8 de marzo de 2007.

(3)

Por carta de 10 de mayo de 2007 la Comisión informó a Italia de su decisión de incoar el procedimiento previsto en el artículo 88, apartado 2, del Tratado CE con respecto a la ayuda de que se trata.

(4)

Por carta de 16 de julio de 2007, Italia presentó sus propias observaciones en el marco del citado procedimiento. La Comisión solicitó información complementaria el 25 de octubre de 2007, que Italia presentó mediante carta de 23 de noviembre de 2007. El 13 de diciembre de 2007 tuvo lugar una reunión entre las autoridades italianas y los servicios de la Comisión. La Comisión solicitó posteriores aclaraciones por carta de 8 de febrero de 2008 e Italia respondió por carta de 25 de febrero de 2008. Italia presentó sus observaciones finales mediante un mensaje de correo electrónico de 22 de mayo de 2008.

(5)

La decisión de la Comisión de incoar tal procedimiento se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea  (2). La Comisión invitó a los interesados a presentar sus observaciones.

(6)

La Comisión recibió observaciones al respecto por parte de los interesados. Esta se las transmitió a Italia dándole la oportunidad de comentarlas, recibiendo las correspondientes observaciones por carta de 21 de septiembre de 2007.

2.   DESCRIPCIÓN

2.1.   Beneficiario

(7)

La notificación indica que el beneficiario de la ayuda es NGP, una empresa ubicada en Acerra, Campania. NGP se creó en febrero de 2003 a través de la separación de la actividad de producción de polímeros de poliéster (polimerización) de Montefibre, un productor de fibra de poliéster establecido igualmente en Acerra. El polímero de poliéster es un producto intermedio usado, entre otras cosas, en la fabricación de las fibras de poliéster.

(8)

Los activos de NGP comprendían dos plantas de fabricación y una central termoeléctrica, algunas plantas secundarias y un centro de investigación. La primera instalación fabricaba el producto intermedio dimetiltereftalato (DMT). El DMT era la materia prima de la segunda instalación de fabricación, la instalación de polimerización, que fabricaba polímero en estado fundido para alimentar las instalaciones productivas de Montefibre, o en estado sólido en forma de gránulos (chip) para el mercado externo.

(9)

La planta de polimerización funcionaba con tres líneas de producción, CP1, CP2 y CP3, esta última creada en 2003. Italia había concedido ayudas regionales por 13,7 millones EUR para las inversiones en la planta de polimerización CP3. La ayuda se había concedido sobre la base de un régimen de ayudas regionales aprobado por la Comisión (3).

2.2.   Las dificultades financieras de NGP

(10)

Desde su creación, NPG ha tenido que hacer frente a dificultades por distintas razones. En 2003 una avería en el sistema de refrigeración hizo necesario suspender la producción. Si bien se sustituyó el aparato averiado por otro provisional, la planta de producción no recuperó su plena funcionalidad. La situación de NGP se vio agravada por las fuertes presiones sobre los precios consecuencia del debilitamiento del tipo de cambio del dólar que hizo que los fabricantes de la zona no euro fueran más competitivos.

(11)

Además, los costes de producción del DMT eran, en gran medida, costes fijos, independientemente de los volúmenes producidos. Los reducidos volúmenes de venta de chip y de polímero fundido han determinado que la planta de DMT reduzca su volumen de producción. Esta reducción de la producción ha generado solo una ligera disminución de los costes de producción totales a causa de la gran proporción de costes fijos. Por su parte, los costes de producción unitarios de la planta de DMT han aumentado, en consecuencia, considerablemente.

(12)

NGP registró pérdidas por 29,68 millones EUR en 2003, el último año de plena producción, y pérdidas de 17,87 millones EUR en 2004. En 2005, por el contrario, la empresa obtuvo beneficios por 5,27 millones EUR, debido en gran medida a ingresos extraordinarios.

2.3.   Plan de reestructuración

(13)

En enero de 2004 el consejo de administración de la empresa tomó la decisión de suspender la actividad productiva y proceder a un proyecto de conversión de las plantas industriales existentes. El objetivo era cambiar la materia prima usada para la planta de polimerización y sustituir el DMT de producción propia por otra materia prima, el ácido tereftálico purificado (PTA), para disponer de una estructura de costes más flexible. Se calculó que para pasar a otra materia prima se necesitaban otros 22 millones EUR. Debido a una insuficiente capacidad financiera, NGP se vio imposibilitada de completar la inversión.

(14)

En mayo de 2004 se firmó un protocolo de acuerdo entre distintas autoridades públicas, Montefibre, NGP y otras empresas, en el que todas las partes estaban de acuerdo en la necesidad de salvaguardar las inversiones ya efectuadas para la planta CP3 y completarlas.

(15)

En julio de 2005, las autoridades nacionales y regionales, NGP, Montefibre y Edison (otra empresa establecida en Acerra) firmaron un acuerdo (accordo di programma) relativo a las instalaciones de NGP así como a otras actividades desarrolladas en Acerra. Los principales elementos de tal acuerdo respecto a NGP eran los siguientes:

(16)

Constitución de una nueva empresa, SIMPE SpA, en julio de 2005, con participación mayoritaria de NGP y participación minoritaria de Montefibre (19,1 % del capital social) y de la agencia nacional Sviluppo Italia (9,8 % del capital social). SIMPE se habría hecho cargo de la actividad de polimerización de NGP (es decir los inmovilizados y los pasivos relacionados) y parte del personal. NGP seguiría en actividad solo como proveedora de utilities  (4);

(17)

Cierre de la planta de producción de DMT y realización, por parte de la nueva empresa SIMPE, de las inversiones previstas para la línea CP3 con el fin de sustituir el DMT original de producción propia por una nueva materia prima, el ácido tereftálico purificado (PTA), que se adquiriría en el exterior (5);

(18)

Concesión, por parte de Italia, de medidas de ayuda financiera, por un importe total de 20,87 millones EUR, para apoyar las inversiones correspondientes a la transición a la nueva materia prima. Estas medidas se describen a continuación.

2.4.   Ayuda financiera

(19)

La primera medida consiste en una subvención de 10,75 millones EUR, de los cuales 5 millones corren a cargo de la Región de Campania y el resto del Ministerio de Actividades Productivas. La medida se autorizó el 18 de mayo de 2006.

(20)

La segunda medida consiste en un préstamo a bajo interés de 6,523 millones EUR concedido por el Ministerio de Actividades Productivas a un tipo de interés reducido, correspondiente al 36 % del tipo de referencia. El préstamo se concedió el 18 de mayo de 2006.

(21)

La tercera medida consiste en una participación temporal en el capital de riesgo de Simpe por parte de Sviluppo Italia por un valor de 3,6 millones EUR (9,8 % del capital social de la empresa). La participación se ejecutó el 5 de mayo de 2006. Los otros dos accionistas de Simpe, a saber NGP y Montefibre, estaban obligados a adquirir las cuotas de Sviluppo Italia en un plazo de tres a cinco años a un precio igual al valor nominal más los intereses anuales sobre la base del tipo de referencia oficial para la operación a medio-largo plazo incrementado por lo menos con 2 puntos porcentuales.

(22)

Las tres medidas se concedieron a Simpe.

2.5.   Nueva evolución de los hechos

(23)

En febrero de 2007, la multinacional española del sector químico La Seda de Barcelona adquirió las partes de Montefibre en SIMPE e invirtió capital adicional en la empresa por valor de 20,7 millones EUR, convirtiéndose así en el accionista mayoritario con el 50,1 %. Los otros accionistas de SIMPE son NGP con el 43,6 % y Sviluppo Italia con el 6,3 %.

(24)

La adquisición de SIMPE por parte de La Seda de Barcelona supuso también modificaciones en el plan de reestructuración original. Mientras que, según el plan acordado en julio de 2005 (véase más arriba), SIMPE debía haber seguido la misma línea de actividad que NGP, es decir, la fabricación de polímeros para aplicaciones textiles, el proyecto actual es el de concentrar la producción sobre todo en el sector de los polímeros para el mercado de PET (tereftalato de polietileno), un material plástico del que La Seda de Barcelona es uno de los principales fabricantes en la UE.

3.   RAZONES PARA INCOAR EL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN FORMAL

3.1.   Ayuda de reestructuración

(25)

Italia notificó las ayudas con arreglo a las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (6). En la Decisión de incoar el procedimiento de investigación formal con arreglo al artículo 8, apartado 2, del Tratado, la Comisión señaló que albergaba dudas sobre el hecho de que se cumplieran las condiciones que establecen tales Directrices.

(26)

La Comisión expresó dudas sobre el beneficiario real de las ayudas y si estas cumplen los requisitos. Italia había notificado que NGP era el beneficiario de las ayudas. Sin embargo, las tres medidas se concedieron a SIMPE, una empresa de reciente creación que, como tal, no podía beneficiarse de ayudas para la reestructuración (punto 12 de las Directrices de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis). La Comisión ha expresado, por consiguiente, sus dudas sobre el hecho de que NGP y SIMPE, como grupo, pudieran beneficiarse de las ayudas. SIMPE fue creada por NGP en el contexto de la reestructuración de las plantas de polimerización para las que se concedieron las medidas de ayuda de que se trata. Por otra parte, NGP no era una empresa de reciente creación con arreglo a las Directrices de salvamento y de reestructuración, pero sí que resultaba ser una empresa en crisis y, por lo tanto, podía recibir las ayudas para la reestructuración.

(27)

Sin embargo, aún en el caso de que NGP y SIMPE pudieran ser consideradas como un grupo único y posible beneficiario de las ayudas, la Comisión ha expresado dudas sobre el hecho de que se cumplieran los demás criterios establecidos en las Directrices de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis. En concreto, Italia no ha presentado planes de reestructuración que cumplan todos los criterios contemplados en la sección 3.2.2 de tales Directrices, para SIMPE ni para NGP. Por lo que respecta a SIMPE, el plan de empresa presentado por Italia no incluía un estudio de mercado detallado ni un análisis de los puntos fuertes y débiles específicos de la empresa. La Comisión ha observado también que SIMPE se había cedido, entre tanto, a otra empresa, y en aquella fase no podía evaluar las consecuencias de tal operación. Por lo que respecta a NGP, Italia no había dado indicación alguna sobre los costes de las medidas de reestructuración que debían llevarse a cabo ni de su financiación exacta. Sobre la base de la información de que dispone, la Comisión duda que se cumplan las condiciones para que la empresa pueda volver a ser viable.

(28)

Italia no había indicado medidas compensatorias, ni a nivel de SIMPE ni de NGP, lo que hacía dudar a la Comisión de que se respetara la condición relativa a la prevención del falseamiento indebido de la competencia. De igual forma, la Comisión tampoco disponía de información alguna sobre los costes totales de la reestructuración y sobre la contribución del beneficiario, necesaria para determinar si la ayuda se limitaba al mínimo de conformidad con las Directrices de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis.

(29)

Por último, Italia había notificado en un primer tiempo como ayuda la aportación de capital por parte de Sviluppo Italia, pero posteriormente había declarado que se atenía al mercado y que no constituía una ayuda. Sin embargo, la Comisión albergaba dudas sobre estos argumentos.

3.2.   Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional

(30)

La Comisión también evaluó si la ayuda podría ser compatible con arreglo a las Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional (7). SIMPE está ubicada en una zona que puede recibir ayudas regionales con arreglo al artículo 87, apartado 3, letra a), del Tratado, en las que el límite máximo para las ayudas regionales se sitúa en el 35 % del ENS (equivalente neto de subvención) de las inversiones subvencionables. Las medidas en cuestión estaban destinadas a permitir a SIMPE realizar los proyectos de inversión en la línea CP3. No obstante, la Comisión no disponía de información que le permitiera valorar si los costes relativos a las inversiones en la línea CP3 podían recibir ayudas regionales de inversión y si se respetaba el 35 % máximo de las ayudas regionales.

4.   COMENTARIOS DE ITALIA

(31)

Por lo que respecta a las medidas de ayuda, Italia ha señalado que la participación temporal de Sviluppo Italia en el capital de SIMPE no constituye ayuda estatal ya que se atiene al principio del inversor privado. Italia ha declarado que los otros dos accionistas de SIMPE (NGP y La Seda de Barcelona), están obligados a adquirir las cuotas de Sviluppo Italia en un plazo de tres a cinco años a un precio igual al valor nominal más los intereses anuales sobre la base del tipo de referencia oficial para la operación a medio-largo plazo incrementado por lo menos con 2 puntos porcentuales. Además, este compromiso está cubierto por una garantía prestada por NGP sobre sus propios bienes inmobiliarios. Según Italia, cualquier entidad privada habría efectuado una inversión similar, con tales garantías de remuneración del capital.

(32)

Italia afirma, además, que las otras dos medidas se han concedido a SIMPE sobre la base del régimen de ayuda previsto por la Ley italiana no 181/89, autorizado por la Comisión (N 214/03) (8) y que tanto los costes admisibles como la intensidad de la ayuda respetaban las condiciones establecidas por tal régimen, o sea, una intensidad máxima de ayuda regional del 35 % (ENS). Italia argumenta que, aunque había notificado la ayuda como ayuda a la reestructuración de NGP, pensaba que esta podía considerarse como ayuda regional a SIMPE en el marco de dicho régimen.

(33)

Italia ha declarado que, si la Comisión no estuviera de acuerdo con el hecho de que la ayuda pudiera incluirse en el régimen N 214/2003, debería, como alternativa, considerar la ayuda compatible como ayuda a la reestructuración.

(34)

Italia sostiene que el beneficiario de la ayuda es NGP, que puede considerarse empresa en crisis.

(35)

Italia ha presentado también un plan de reestructuración modificado tanto para NGP como para SIMPE, teniendo en cuenta la nueva estrategia de La Seda de Barcelona.

(36)

Como ya se ha explicado anteriormente, según dicho plan, SIMPE fabricará principalmente polímero de poliéster de la línea CP3 para el mercado del PET. Italia ha presentado un estudio de mercado que muestra cómo el mercado de materiales plásticos para embalaje está en constante expansión, con un aumento de la demanda del 7 % anual (9). Además, SIMPE continuará fabricando polímero de poliéster de las líneas CP1 y CP2 para abastecer a Fidion, una empresa a la que Montefibre ha transferido su producción de fibras de poliéster.

(37)

NGP seguirá activa como proveedora de utilities y otros servicios, por ejemplo investigación, laboratorio y tratamiento de aguas residuales de las empresas industriales de Acerra, pero abandonará todas las actividades de producción industrial. La empresa mantendría 54 de sus 270 empleados y 76 se transferirían a SIMPE.

(38)

El nuevo plan de reestructuración prevé inversiones por 8,5 millones EUR por parte de NGP para modernizar las infraestructuras de las utilities. En cuanto a SIMPE, la empresa efectuará inversiones por 40,4 millones EUR, de los cuales 22 millones se destinarán al paso a la nueva materia prima (PTA) de la línea CP3 como se había previsto en el plan original, y el resto para desarrollar un nuevo proceso de pospolimerización necesario para completar el ciclo de producción del PET y para adaptar las líneas CP1 y CP2 incluso para la utilización del PTA.

(39)

Italia ha entregado un cuadro con los detalles de los costes de reestructuración y las fuentes de financiación para NGP y para SIMPE. Según dicho cuadro, los costes totales de reestructuración ascienden a 103,5 millones EUR.

(40)

El nuevo plan presenta una serie de previsiones —optimista, moderada y pesimista— para NGP y SIMPE. NGP será rentable —incluso con la previsión pesimista— ya en 2009. Por lo que respecta a SIMPE, según la previsión pesimista los resultados no serán positivos hasta 2011; según la previsión moderada en 2010 y según la optimista ya en 2009.

5.   OBSERVACIONES DE LOS INTERESADOS

(41)

NGP está de acuerdo con los comentarios efectuados por Italia. El Comité International de la Rayonne et des Fibres Synthétiques (CIRFS), uno de los denunciantes originales y representante de la industria de las fibras sintéticas, ha observado que si la ayuda está destinada principalmente al mercado del PET, no es relevante para el sector de la producción de fibras sintéticas.

6.   EVALUACIÓN

6.1.   Ayuda estatal en el sentido del artículo 87, apartado 1, del Tratado CE

(42)

Según el artículo 87, apartado 1, del Tratado, son incompatibles con el mercado común, en la medida en que afecten a los intercambios comerciales entre Estados miembros, las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear la competencia favoreciendo a determinadas empresas o producciones. Según la jurisprudencia comunitaria consolidada, el criterio relativo a las ayudas que inciden en los intercambios se aplica si la empresa beneficiaria desarrolla una actividad económica que incluye el comercio entre Estados miembros.

(43)

La subvención y el préstamo a SIMPE han sido concedidos por el Ministerio de Actividades Productivas y la Región de Campania, dos autoridades públicas. Las medidas, por lo tanto, se han financiado con recursos estatales y son atribuibles al Estado. La subvención otorga una ventaja a la empresa, así como el préstamo, que se concede a un tipo de interés inferior al tipo de referencia de las empresas saneadas y que ningún inversor de mercado habría concedido en estas condiciones.

(44)

Por lo que respecta a la aportación de capital a SIMPE por parte de Sviluppo Italia, en un primer tiempo Italia notificó la medida como ayuda estatal, pero posteriormente ha declarado que no se trataba de ayuda porque se atenía al principio de un inversor de mercado y no suponía ventaja alguna para la empresa.

(45)

Sin embargo, contrariamente a lo que sostienen las autoridades italianas, la Comisión considera que la intervención temporal en el capital de SIMPE por parte de Sviluppo Italia constituye una ayuda con arreglo al artículo 87, apartado 1, del Tratado. Sviluppo Italia es una agencia pública y por lo tanto sus aportaciones de capital son atribuibles al Estado y constituyen ayudas estatales, a menos que pueda demostrarse que Sviluppo Italia había actuado como un inversor privado en una economía de mercado.

(46)

A este respecto la Comisión observa que la participación de Sviluppo Italia en el capital de SIMPE formaba parte del plan de reestructuración de NGP. Dado que NGP era una empresa en crisis y SIMPE se había creado solo para la reestructuración de NGP, se puede considerar que Sviluppo Italia había decidido adquirir partes de una empresa en crisis. Por otra parte, la aportación de capital de Sviluppo Italia se combinaba, como parte de la misma operación, con otras dos medidas consideradas ayudas estatales con arreglo al artículo 87, apartado 1, del Tratado, a saber, una subvención directa por parte de la Región de Campania y del Ministerio de Actividades Productivas, y un préstamo a bajo interés concedido por el Ministerio de Actividades Productivas.

(47)

En decisiones precedentes (10) la Comisión ha estimado que el principio del inversor privado se respeta en caso de que la aportación de capital público esté destinada a una empresa saneada. El principio del inversor privado se puede cumplir también en el caso en que la empresa esté en crisis: sin embargo, en tal caso, la aportación de capital por parte del Estado debe llevarse a cabo en las mismas condiciones en las que la efectuaría un inversor privado a una empresa con tal alto riesgo —o sea, con un tipo de interés muy superior al que aplicaría a una empresa saneada y con una perspectiva clara de volver a la viabilidad.

(48)

Las autoridades italianas no han demostrado que hubiera algún inversor privado que estuviera dispuesto a adquirir una participación en las mismas circunstancias. En efecto, no se ha demostrado que la remuneración del capital en las condiciones fijadas por Sviluppo Italia (como mínimo 2 puntos porcentuales más respecto al tipo de referencia) fuera suficiente para suscitar el interés de un inversor privado, considerando que NGP había cesado sus actividades y que no existía seguridad alguna (aparte del hecho de que la inversión venía apoyada por una ayuda estatal) de que se recuperara la viabilidad. A este respecto se observa también que La Seda de Barcelona adquirió la participación en SIMPE solo nueve meses después de la intervención de Sviluppo Italia y después de que se hubieran concedido las demás formas de ayuda.

(49)

La Comisión concluye por consiguiente que la aportación de capital por parte de Sviluppo Italia ha otorgado una ventaja a la empresa.

(50)

NGP y la sucesora SIMPE producen polímero de poliéster. Dado que este producto se comercializa ampliamente en toda la Unión Europea, la medida amenaza falsear la competencia e incidir en los intercambios entre Estados miembros. La Comisión llega a la conclusión de que la subvención, el préstamo y la aportación de capital por parte de Sviluppo Italia constituyen una ayuda estatal con arreglo al artículo 87, apartado 1, del Tratado CE, y que, por consiguiente, se debe evaluar su compatibilidad.

6.2.   Fundamento jurídico

(51)

En la Decisión de incoar el procedimiento de investigación formal, la Comisión ha expresado sus dudas sobre la compatibilidad de la ayuda con las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis y con las Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional.

(52)

Basándose en los comentarios formulados por Italia, la Comisión observa, sin embargo, que todos los elementos relativos a un plan de reestructuración parecen estar presentes en el presente caso. En la época en la que se concedieron las ayudas NGP era una empresa en crisis. Las ayudas se concedieron para restablecer la viabilidad de la empresa sobre la base de un plan de reestructuración que las autoridades italianas había decidido llevar a cabo (véanse las condiciones del Acuerdo de programa, considerando 15). Por otra parte, aunque según las autoridades italianas la ayuda se concedía a SIMPE (y no a NGP), SIMPE se había creado solo para la reestructuración de NGP y por lo tanto formaba parte del plan de reestructuración. A fin de cuentas, tanto NGP como SIMPE se beneficiaron de las ayudas.

(53)

La Comisión observa también que, dado el potencial efecto de falseamiento de la competencia inherente a las ayudas para la reestructuración de empresas en crisis, las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis incluyen criterios específicos para garantizar que la concesión de la ayuda se limite al mínimo indispensable para restablecer la viabilidad de la empresa, minimizando las distorsiones en la competencia gracias a la obligación, impuesta al beneficiario, de adoptar medidas compensatorias. Estos criterios podrían haberse eludido si las medidas se hubieran evaluado con arreglo a las Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional, que en cualquier caso no pueden aplicarse a las empresas en crisis (11).

(54)

Por las razones expuestas, la Comisión concluye que la compatibilidad de la ayuda debe evaluarse con arreglo a las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (en lo sucesivo «las Directrices»).

6.3.   Empresas que pueden recibir las ayudas

(55)

De conformidad con la sección 2.1 de las Directrices, la Comisión considera que una empresa se encuentra en crisis si es incapaz, mediante sus propios recursos financieros o con los que están dispuestos a inyectarle sus accionistas y acreedores, de enjugar pérdidas que la conducirán, de no mediar una intervención exterior, a su desaparición económica casi segura a corto o medio plazo. Los síntomas habituales de una empresa en crisis son el nivel creciente de pérdidas, la disminución del volumen de negocios, el incremento de las existencias, el exceso de capacidad, la disminución del margen bruto de autofinanciación, el endeudamiento creciente, el aumento de los gastos financieros y el debilitamiento o desaparición de su activo neto. En casos extremos, la empresa podría incluso llegar a la insolvencia o encontrarse en un procedimiento de quiebra por insolvencia.

(56)

Las empresas de nueva creación no pueden acogerse a las ayudas de salvamento o de reestructuración aunque su situación financiera sea precaria. En principio, se considerará que una empresa es de nueva creación durante los tres primeros años siguientes al inicio de sus operaciones en el correspondiente sector de actividad.

(57)

Por otra parte, el punto 13 de las Directrices establece que «si una empresa en crisis crea una filial, ambas empresas —la filial y su matriz en crisis— serán consideradas un grupo y podrán recibir ayudas en las condiciones establecidas en el presente punto».

(58)

En la Decisión de incoación del procedimiento de investigación formal, la Comisión ha expresado sus dudas sobre el hecho de que NGP pudiera ser el beneficiario de las ayudas, ya que estas se concedieron a SIMPE. Por otra parte, SIMPE, como empresa de reciente creación, no se podía beneficiar de ayudas a la reestructuración con arreglo a la sección 2.1 antes citada. La Comisión, sin embargo, ha examinado si las dos empresas, conjuntamente, podían ser consideradas como grupo y, por lo tanto, posibles receptoras de ayudas.

(59)

SIMPE fue creada por NGP en el contexto de la reestructuración de las plantas de polimerización para las que se concedieron las medidas de ayuda de que se trata, es por lo tanto una emanación de NGP. Por otra parte, NGP se creó en febrero de 2003 e inició sus actividades en marzo de 2003, es decir, más de tres años antes de la concesión de la medida de ayuda en mayo de 2006. Por consiguiente no es una empresa de reciente creación con arreglo a las Directrices comunitarias. Además, NGP muestra los signos que caracterizan a una empresa en crisis: registró pérdidas por 29,68 millones EUR en 2003, el último año de plena producción, y pérdidas de 17,87 millones EUR en 2004. En 2005, por el contrario, la empresa registró beneficios por 5,27 millones EUR, debido en gran medida a ingresos extraordinarios.

(60)

NGP era, además, el accionista mayoritario de SIMPE en el momento de la concesión de la ayuda. La Comisión concluye que NGP y SIMPE pueden considerarse un grupo que puede recibir ayudas con arreglo a las Directrices.

6.4.   Restablecimiento de la viabilidad

(61)

La concesión de una ayuda está subordinada a la realización de un plan de reestructuración, cuya duración debe ser lo más breve posible. Debe permitir restablecer la viabilidad a largo plazo de la empresa en un plazo razonable y partiendo de hipótesis realistas por lo que se refiere a las condiciones futuras de explotación. Entre otras cosas, el plan de reestructuración debe incluir un estudio de mercado y la mejora de la viabilidad debe ser sobre todo resultado de las medidas de saneamiento interno en él contenidas (punto 35 de las Directrices).

(62)

La Comisión considera que el plan de reestructuración modificado, que refleja los cambios impuestos por La Seda de Barcelona, satisface los requisitos de las Directrices. Italia ha presentado un análisis de mercado que muestra que el mercado del polímero para PET está en plena expansión. La reestructuración prevé medidas adecuadas de saneamiento interno para superar los problemas del pasado (transición a una nueva materia prima), combinadas con nuevas inversiones importantes por parte del nuevo propietario La Seda de Barcelona, que permitan a SIMPE actuar en el mercado de polímero para PET continuando el suministro a Fidion de polímero en estado fundido para aplicaciones textiles. Además, Italia ha presentado una previsiones optimistas, pesimistas y moderadas basadas en las variaciones en el volumen de producción que muestran que la vuelta a la viabilidad de NGP y SIMPE está prevista en un plazo razonable. La Comisión considera, por lo tanto, que se cumplen las condiciones relativas a la recuperación de la viabilidad.

6.5.   Ayuda circunscrita al mínimo: contribución real exenta de ayuda

(63)

El importe de la ayuda debe limitarse al mínimo indispensable para la reestructuración, en función de las disponibilidades financieras de la empresa y sus accionistas. Además, los beneficiarios deben contribuir de forma significativa a los costes de reestructuración, ya sea con fondos propios o recurriendo a financiación externa obtenida en condiciones de mercado. En el caso de grandes empresas, por norma general la Comisión considerará adecuadas las contribuciones de un 50 % como mínimo.

(64)

Sobre la información suministrada por Italia, cerca del 80 % de los costes de la reestructuración están financiados con fondos propios del grupo: se cumplen así las condiciones establecidas en el punto 44 de las Directrices.

6.6.   Prevención de falseamientos indebidos de la competencia

(65)

Con objeto de velar por reducir todo lo posible los efectos negativos sobre las condiciones comerciales, de tal modo que los efectos positivos perseguidos sobrepasen a los negativos, es necesario introducir contrapartidas. De lo contrario, la ayuda se considerará «contraria al interés común» y, por consiguiente, incompatible con el mercado común (punto 38 de las Directrices).

(66)

Italia propone las siguientes medidas compensatorias:

SIMPE limitará la producción anual de polímero de poliéster para el mercado de PET a 110 000 toneladas desde la fecha de la decisión de la Comisión por la que se autoriza la ayuda hasta el 31 de diciembre de 2012,

Italia suministrará a la Comisión información sobre la cantidad anual de polímero de poliéster fabricado y vendido por SIMPE entre finales de febrero del año siguiente y hasta el 31 de diciembre de 2012,

Italia, además, se compromete a no conceder ningún tipo de ayuda estatal a SIMPE y a NPG y a cualquier otra empresa o actividad creada o controlada por el mismo grupo o perteneciente a él, con posterioridad a la decisión de la Comisión por la que se autoriza la ayuda y hasta el 31 de diciembre de 2012.

(67)

Italia ha explicado que el plan de reestructuración prevé que NGP (o su sucesor SIMPE) renuncia completamente al mercado del polímero de poliéster en gránulos, destinado a aplicaciones textiles, y del polímero especial, abandonando así el 20 % de este mercado. Por su parte, SIMPE cuenta con alcanzar una cuota del 4 % del mercado UE del PET.

(68)

El punto 40 de las Directrices establece que «Las medidas deben ser proporcionales al efecto de falseamiento de la ayuda y, en particular, al tamaño […] y la importancia relativa de la empresa en su mercado o mercados. Deberían adoptarse, en particular, en el(los) mercado(s) donde la empresa vaya a tener una posición de mercado importante tras la reestructuración».

(69)

La Comisión observa a este respecto que el mercado principal de SIMPE es el de poliéster para PET. Además, La Seda de Barcelona, que es el accionista mayoritario de SIMPE, es uno de los principales fabricantes europeos de polímero de poliéster para el mercado de PET. La ayuda, por lo tanto, puede crear un falseamiento importante de la competencia en este mercado. Por este motivo la producción máxima de 110 000 toneladas representa una limitación importante de la presencia en el mercado, frente a la capacidad efectiva de producción de poliéster para PET de SIMPE, que es de 160 000 toneladas anuales. Y aún más significativa considerando que el mercado del PET está en expansión y el hecho de que esta limitación en la producción se extienda hasta finales de 2012. Según el análisis de mercado presentado por Italia, el incremento de la demanda de este producto en 2004 ha sido del 6,9 % y se prevé que esta tendencia siga en años sucesivos.

(70)

Por lo que respecta a la fabricación de polímero de poliéster en estado fundido, que continuará en las líneas CP1 y CP2, se observa que los volúmenes de producción de este producto se han reducido ya sustancialmente en el ámbito de la reestructuración, de 105 000 toneladas/año a 60 000 toneladas/año, y que esta producción se destinará exclusivamente a proveer a Fidion (antes Montefibre). Una posterior reducción de capacidad para este sector no sería realista y podría socavar la viabilidad de la empresa.

(71)

La Comisión observa, por último que Italia se ha comprometido a no conceder ningún tipo de ayuda estatal a SIMPE y a NPG y a cualquier otra empresa o actividad creada o controlada por el mismo grupo o perteneciente a él, con posterioridad a la decisión de la Comisión por la que se autoriza la ayuda y hasta el 31 de diciembre de 2012 para evitar que eventuales falseamientos creados por la presente ayuda puedan agravarse con futuras ayudas.

(72)

Teniendo presente todo lo expuesto, la Comisión considera que las medidas compensatorias propuestas por Italia son suficientes para mitigar las consecuencias adversas de la ayuda.

(73)

La Comisión llega a la conclusión de que la ayuda estatal notificada a favor del NGP y SIMPE para la ejecución del plan de reestructuración de que se trata puede considerarse compatible con el mercado común.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La ayuda estatal concedida por Italia a favor del plan de reestructuración de NGP/SIMPE, por un importe de 20,87 millones EUR, es compatible con el mercado común con arreglo al artículo 87, apartado 3, letra c), del Tratado, siempre que se cumplan las condiciones del artículo 2.

Artículo 2

Italia garantiza que se respetarán las siguientes condiciones:

a)

SIMPE limitará la producción anual de polímero de poliéster para el mercado de PET a 110 000 toneladas desde de la fecha de la decisión de la Comisión por la que se autoriza la ayuda hasta el 31 de diciembre de 2012;

b)

Italia suministrará a la Comisión información sobre la cantidad anual de polímero de poliéster fabricado y vendido por SIMPE desde finales de febrero del año siguiente hasta el 31 de diciembre de 2012;

c)

Italia se compromete a no conceder ningún tipo de ayuda estatal a SIMPE y a NPG y a cualquier otra empresa o actividad creada o controlada por el mismo grupo o perteneciente a él, con posterioridad a la decisión de la Comisión por la que se autoriza la ayuda y hasta el 31 de diciembre de 2012.

Artículo 3

El destinatario de la presente Decisión será la República Italiana.

Hecho en Bruselas, el 16 de julio de 2008.

Por la Comisión

Neelie KROES

Miembro de la Comisión


(1)  DO C 131 de 13.6.2007, p. 22.

(2)  Véase la nota 1.

(3)  N 715/99 (DO C 278 de 30.9.2000, p. 26).

(4)  NGP se convertiría en proveedor de servicios tecnológicos, ambientales y energéticos y habría seguido gestionando el centro de investigación.

(5)  La materia prima inicialmente producida y utilizada por NGP (el DMT) tenía unos elevados costes fijos que, en períodos de demanda reducida, generaban elevados costes unitarios. Según Italia, la nueva materia prima, el PTA, hace que los costes de producción sean más flexibles y permite una gama más amplia de aplicaciones industriales.

(6)  DO C 244 de 1.10.2004, p. 2.

(7)  DO C 74 de 10.3.1998, p. 9.

(8)  DO C 284 de 27.11.2003, p. 2.

(9)  Cifras de 2004.

(10)  N 132/99, Parco Navi; N 191/98, Pomella; N 652/99, Granarolo.

(11)  Véase en este sentido el punto 4.4 de las Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional (véase la nota 7).


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