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Document 32008D0293

    2008/293/CE: Decisión de la Comisión, de 4 de abril de 2008 , que modifica la Decisión 2006/784/CE, por la que se autorizan varios métodos de clasificación de las canales de cerdo en Francia [notificada con el número C(2008) 1235]

    DO L 98 de 10.4.2008, p. 16–18 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2008/293/oj

    10.4.2008   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 98/16


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 4 de abril de 2008

    que modifica la Decisión 2006/784/CE, por la que se autorizan varios métodos de clasificación de las canales de cerdo en Francia

    [notificada con el número C(2008) 1235]

    (El texto en lengua francesa es el único auténtico)

    (2008/293/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CEE) no 3220/84 del Consejo, de 13 de noviembre de 1984, por el que se determina el modelo comunitario de clasificación de las canales de cerdo (1), y, en particular, su artículo 5, apartado 2,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    La Decisión 2006/784/CE de la Comisión (2) autoriza cinco métodos [Capteur Gras/Maigre — Sydel (CGM), CSB Ultra-Meater, el método manual (ZP), Autofom y UltraFom 300] para la clasificación de las canales de cerdo en Francia.

    (2)

    El Gobierno francés ha solicitado a la Comisión que autorice dos nuevos métodos de clasificación de las canales de cerdo y ha presentado los resultados de las pruebas de disección en la segunda parte del protocolo previsto en el artículo 3, apartado 3, del Reglamento (CEE) no 2967/85 de la Comisión, de 24 de octubre de 1985, por el que se establecen las modalidades de aplicación del modelo comunitario de clasificación de las canales de cerdo (3).

    (3)

    El examen de la solicitud ha permitido comprobar que se cumplen las condiciones para autorizar los métodos de clasificación propuestos.

    (4)

    Por lo tanto, la Decisión 2006/784/CE debe modificarse en consecuencia.

    (5)

    Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de porcino.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La Decisión 2006/784/CE queda modificada como sigue:

    1)

    En el artículo 1, párrafo primero, se añaden las siguientes letras f) y g):

    «f)

    el aparato llamado “CSB Image-Meater” y los métodos de estimación correspondientes, descritos en la parte 6 del anexo;

    g)

    el aparato llamado “VCS 2000” y los métodos de estimación correspondientes, descritos en la parte 7 del anexo.».

    2)

    El anexo se modifica con arreglo al anexo de la presente Decisión.

    Artículo 2

    El destinatario de la presente Decisión será la República Francesa.

    Hecho en Bruselas, el 4 de abril de 2008.

    Por la Comisión

    Mariann FISCHER BOEL

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 301 de 20.11.1984, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 3513/93 (DO L 320 de 22.12.1993, p. 5).

    (2)  DO L 318 de 17.11.2006, p. 27. Decisión modificada por la Decisión 2007/510/CE (DO L 187 de 19.7.2007, p. 47).

    (3)  DO L 285 de 25.10.1985, p. 39. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1197/2006 (DO L 217 de 8.8.2006, p. 6).


    ANEXO

    En el anexo de la Decisión 2006/784/CE, se añaden las partes 6 y 7 siguientes:

    «PARTE 6

    CSB Image-Meater

    1.

    La clasificación de las canales de cerdo se llevará a cabo por medio del aparato denominado “CSB Image-Meater”.

    2.

    El CSB Image-Meater consiste concretamente en una cámara de vídeo, un PC equipado de una tarjeta de análisis de imágenes, una pantalla, una impresora, un mecanismo de mando, un mecanismo de cálculo e interfaces. Las 11 variables del Image-Meater se medirán todas en la línea divisoria: los valores medidos serán convertidos en una estimación del porcentaje de carne magra por una unidad central.

    3.

    El contenido de carne magra de la canal se calculará mediante la fórmula siguiente:

    Ŷ =

    64,40 – 0,129 G – 0,187 MG – 0,068 VaG + 0,003 VbG – 0,368 EG + 0,036 V + 0,032 MV – 0,024 VaV + 0,034 VbV – 0,024 VcV+ 0,022 VdV

    en la que:

    Ŷ

    =

    el porcentaje estimado de carne magra de la canal,

    G

    =

    el espesor del tocino medido según el método ZP: el espesor mínimo en milímetros (incluida la piel) en el músculo glúteo medio,

    MG

    =

    el espesor medio del tocino, en milímetros, en el músculo glúteo medio,

    VaG

    =

    el espesor medio del tocino, en milímetros, en la vértebra lumbar “a”,

    VbG

    =

    el espesor medio del tocino, en milímetros, en la vértebra lumbar “b”,

    EG

    =

    el espesor medio del tocino, en milímetros, de la capa de grasa externa subcutánea en las vértebras lumbares “a” a “d”,

    V

    =

    el espesor del músculo medido según el método ZP: el espesor mínimo del músculo, en milímetros, entre la extremidad anterior del músculo glúteo medio y la parte dorsal del canal medular,

    MV

    =

    el espesor medio, en milímetros, de los músculos lumbar y glúteo medio,

    VaV

    =

    el espesor medio del músculo, en milímetros, en la vértebra lumbar “a”,

    VbV

    =

    el espesor medio del músculo, en milímetros, en la vértebra lumbar “b”,

    VcV

    =

    el espesor medio del músculo, en milímetros, en la vértebra lumbar “c”,

    VdV

    =

    el espesor medio del músculo, en milímetros, en la vértebra lumbar “d”.

    Esta fórmula será válida para las canales de un peso comprendido entre 45 y 125 kilogramos.

    PARTE 7

    VCS 2000

    1.

    La clasificación de las canales de cerdo se llevará a cabo por medio del aparato denominado “VCS 2000”.

    2.

    El VCS 2000 se basa en el análisis de imágenes de vídeo digitales. Los principales componentes son: tres cámaras, varias lámparas, un ordenador de análisis de imágenes, un PC servidor y unidades de posicionamiento. En la primera posición, una cámara saca una imagen de la parte externa del jamón. En la segunda posición, dos cámaras sacan imágenes de la línea divisoria. A partir de las imágenes, se extraen 40 variables, principalmente espesores, anchuras, longitudes y superficies. Los valores medidos serán convertidos en una estimación del porcentaje de carne magra por una unidad central.

    3.

    El contenido de carne magra de la canal se calculará sobre la base de 40 variables, mediante la fórmula siguiente:

    Ŷ =

    122,458 + 0,05805 * X1 + 0,01449 * X2 – 0,02996 * X3 – 0,001585 * X4 – 39,297 * X5 – 47,553 * X6 + 38,877 * X7 – 0,1013 * X8 + 0,00004308 * X9 – 817,242 * X10 + 10,135 * X11 + 15,277 * X12 – 25,777 * X13 – 90,738 * X14 + 0,0005792 * X15 + 2,743 * X16 – 0,06866 * X17 + 3,511 * X18 – 0,1681 * X19 – 0,007867 * X20 – 0,1082 * X21 – 0,01290 * X22 + 0,02957 * X23 + 0,03856 * X24 – 0,003353 * X25 – 0,03378 * X26 – 0,01661 * X27 + 2,368 * X28 – 0,3133 * X29 – 0,01386 * X30 – 0,02100 * X31 – 0,01908 * X32 – 0,02442 * X33 + 0,06009 * X34 – 0,007792 * X35 – 2,598 * X36 – 7,632 * X37 – 0,004848 * X38 – 0,9099 * X39 – 20,514 * X40

    en la que:

    Ŷ = el porcentaje estimado de carne magra de la canal,

    X1, X2, … X40 son las variables medidas con el VCS 2000.

    La descripción de las variables y el método estadístico figuran en la parte II del protocolo francés enviado a la Comisión de acuerdo con el artículo 3, apartado 3, del Reglamento (CEE) no 2967/85.

    Esta fórmula será válida para las canales de un peso comprendido entre 45 y 125 kilogramos.».


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