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Document 32008D0048
2008/48/EC: Commission Decision of 20 December 2007 amending Decision 2004/407/EC on transitional sanitary and certification rules under Regulation (EC) No 1774/2002 of the European Parliament and of the Council as regards import from certain third countries of photographic gelatine (notified under document number C(2007) 6487)
2008/48/CE: Decisión de la Comisión, de 20 de diciembre de 2007 , por la que se modifica la Decisión 2004/407/CE relativa a las normas sanitarias y de certificación transitorias con arreglo al Reglamento (CE) n° 1774/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto a la importación de gelatina fotográfica procedente de determinados terceros países [notificada con el número C(2007) 6487]
2008/48/CE: Decisión de la Comisión, de 20 de diciembre de 2007 , por la que se modifica la Decisión 2004/407/CE relativa a las normas sanitarias y de certificación transitorias con arreglo al Reglamento (CE) n° 1774/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto a la importación de gelatina fotográfica procedente de determinados terceros países [notificada con el número C(2007) 6487]
DO L 11 de 15.1.2008, p. 17–22
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 03/03/2011; derog. impl. por 32011R0142
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modifies | 32004D0407(01) | sustitución | artículo 1 | 01/01/2008 | |
Modifies | 32004D0407(01) | sustitución | anexo 3 | 01/01/2008 | |
Modifies | 32004D0407(01) | sustitución | anexo 1 | 01/01/2008 | |
Modifies | 32004D0407(01) | sustitución | artículo 7 | 01/01/2008 |
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Implicitly repealed by | 32011R0142 | 04/03/2011 |
15.1.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 11/17 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 20 de diciembre de 2007
por la que se modifica la Decisión 2004/407/CE relativa a las normas sanitarias y de certificación transitorias con arreglo al Reglamento (CE) no 1774/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto a la importación de gelatina fotográfica procedente de determinados terceros países
[notificada con el número C(2007) 6487]
(Los textos en lenguas francesa, inglesa y neerlandesa son los únicos auténticos)
(2008/48/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1774/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de octubre de 2002, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano (1), y, en particular, su artículo 4, apartado 4, y su artículo 32, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Reglamento (CE) no 1774/2002 prohíbe la importación y el tránsito en la Comunidad de subproductos animales y productos transformados que no estén autorizados conforme a las disposiciones del mencionado acto. |
(2) |
No obstante lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 1774/2002 con respecto a la mencionada prohibición, la Decisión 2004/407/CE de la Comisión (2) dispone que Bélgica, Francia, Luxemburgo, los Países Bajos y el Reino Unido deben autorizar la importación de gelatina producida a partir de materiales que contengan columna vertebral de bovinos, clasificados como materiales de la categoría 1 en dicho Reglamento, destinados exclusivamente a la industria fotográfica («gelatina fotográfica»), de conformidad con la mencionada Decisión. |
(3) |
Francia ha informado a la Comisión de que la fábrica Kodak en Châlon sur Saône ha suspendido las importaciones de gelatina fotográfica de Japón y Estados Unidos de acuerdo con la Decisión 2004/407/CE. |
(4) |
Por otro lado, el formato del modelo de certificado veterinario establecido en la Decisión 2004/407/CE debería hacerse compatible con el sistema informático veterinario integrado Traces, introducido por medio de la Decisión 2004/292/CE de la Comisión (3). |
(5) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia la Decisión 2004/407/CE. |
(6) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión 2004/407/CE queda modificada como sigue:
1) |
El artículo 1 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 1 Excepción relativa a la importación de gelatina fotográfica No obstante lo dispuesto en el artículo 29, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1774/2002, Bélgica, Luxemburgo, los Países Bajos y el Reino Unido autorizarán la importación de gelatina producida a partir de materiales que contengan columna vertebral de bovinos, clasificados como materiales de la categoría 1 en dicho Reglamento, destinados exclusivamente a la industria fotográfica (“gelatina fotográfica”), de conformidad con la presente Decisión.». |
2) |
El artículo 7 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 7 Cumplimiento de la presente Decisión por los Estados miembros afectados Los Estados miembros afectados adoptarán inmediatamente las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Decisión y publicarán dichas medidas. Informarán inmediatamente de ello a la Comisión.». |
3) |
Los anexos I y III quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión. |
Artículo 2
La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2008.
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Decisión serán el Reino de Bélgica, la República Francesa, el Gran Ducado de Luxemburgo, el Reino de los Países Bajos y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Hecho en Bruselas, el 20 de diciembre de 2007.
Por la Comisión
Markos KYPRIANOU
Miembro de la Comisión
(1) DO L 273 de 10.10.2002, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1432/2007 de la Comisión (DO L 320 de 6.12.2007, p. 13).
(2) DO L 151 de 30.4.2004, p. 11; versión corregida en el DO L 208 de 10.6.2004, p. 9. Decisión modificada por la Decisión 2006/311/CE (DO L 115 de 28.4.2006, p. 40).
(3) DO L 94 de 31.3.2004, p. 63. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2005/515/CE (DO L 187 de 19.7.2005, p. 29).
ANEXO
Los anexos I y III quedan modificados como sigue:
1) |
El anexo I se sustituye por el texto siguiente: «ANEXO I TERCEROS PAÍSES Y FÁBRICAS DE ORIGEN, ESTADOS MIEMBROS DE DESTINO, PUESTOS FRONTERIZOS DE INSPECCIÓN DE PRIMERA ENTRADA Y FÁBRICAS FOTOGRÁFICAS AUTORIZADAS
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2) |
El anexo III se sustituye por el texto siguiente: «ANEXO III MODELO DE CERTIFICADO SANITARIO PARA LA IMPORTACIÓN DE GELATINA TÉCNICA FOTOGRÁFICA PROCEDENTE DE TERCEROS PAÍSES Notas
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