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Document 32008B0512

2008/512/CE: Decisión del Parlamento Europeo, de 24 de abril de 2007 , sobre el cierre de las cuentas del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia para el ejercicio 2005

DO L 187 de 15.7.2008, p. 97–98 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2005

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2008/512/oj

15.7.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 187/97


DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 24 de abril de 2007

sobre el cierre de las cuentas del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia para el ejercicio 2005

(2008/512/CE)

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vistas las cuentas anuales definitivas del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia relativas al ejercicio 2005 (1),

Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia relativas al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas del Observatorio (2),

Vista la Recomendación del Consejo de 27 de febrero de 2007 (5711/2007 — C6-0080/2007),

Visto el Tratado CE y, en particular, su artículo 276,

Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (3), y, en particular, su artículo 185,

Visto el Reglamento (CE) no 1035/97 del Consejo, de 2 de junio de 1997, por el que se crea un Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia (4), y, en particular, su artículo 12 bis,

Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (5), y, en particular, su artículo 94,

Vistos el artículo 71 y el anexo V de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A6-0118/2007),

1.

Toma nota de que las cuentas anuales definitivas del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia correspondientes a los ejercicios 2004 y 2005 son las siguientes:

Cuenta de gestión de los ejercicios 2004 y 2005

(en miles EUR)

 

2005

2004

Ingresos

 

 

Subvenciones comunitarias

8 189

5 675

Otros ingresos

151

455

Ingresos financieros

 

21

Subvenciones Phare

90

82

Total ingresos (a)

8 430

6 233

Gastos

 

 

Personal — Título I del presupuesto

 

 

Pagos

3 008

2 645

Créditos prorrogados

70

85

Administración — Título II del presupuesto

 

 

Pagos

550

447

Créditos prorrogados

582

37

Actividades operativas — Título III del presupuesto

 

 

Pagos

2 731

2 352

Créditos prorrogados

667

745

Ingresos afectados (Phare y otros)

 

 

Pagos

0

7

Créditos prorrogados

90

0

Total gastos (b)

7 698

6 318

Resultado del ejercicio (a - b)

732

- 85

Saldo prorrogado del ejercicio anterior

231

98

Créditos prorrogados anulados

210

241

Créditos procedentes de ejercicios anteriores para reutilización no utilizados

 

0

Importes irrecuperables

 

- 23

Diferencias de cambio

- 2

0

Saldo del ejercicio

1 171

231

Fuente: Información facilitada por la Agencia — Este cuadro presenta, de manera resumida, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas anuales.

2.

Aprueba el cierre de las cuentas del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia correspondientes al ejercicio 2005;

3.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión al director del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

El Presidente

Hans-Gert PÖTTERING

El Secretario General

Harald RØMER


(1)  DO C 266 de 31.10.2006, p. 46.

(2)  DO C 312 de 19.12.2006, p. 93.

(3)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CE, Euratom) no 1995/2006 (DO L 390 de 30.12.2006, p. 1).

(4)  DO L 151 de 10.6.1997, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 1652/2003 (DO L 245 de 29.9.2003, p. 33).

(5)  DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.


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