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Document 32007R0721
Commission Regulation (EC) No 721/2007 of 25 June 2007 adapting Regulation (EC) No 884/2006 laying down detailed rules for the application of Council Regulation (EC) No 1290/2005 as regards the financing by the European Agricultural Guarantee Fund (EAGF) of intervention measures in the form of public storage operations and the accounting of public storage operations by the paying agencies of the Member States by reason of the accession of Bulgaria and Romania to the European Union
Reglamento (CE) n o 721/2007 de la Comisión, de 25 de junio de 2007 , que adapta el Reglamento (CE) n o 884/2006, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 1290/2005 del Consejo en lo relativo a la financiación por el Fondo Europeo de Garantía Agrícola (FEAGA) de las intervenciones en forma de almacenamiento público y la contabilización de las operaciones de almacenamiento público por los organismos pagadores de los Estados miembros, con motivo de la adhesión de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea
Reglamento (CE) n o 721/2007 de la Comisión, de 25 de junio de 2007 , que adapta el Reglamento (CE) n o 884/2006, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 1290/2005 del Consejo en lo relativo a la financiación por el Fondo Europeo de Garantía Agrícola (FEAGA) de las intervenciones en forma de almacenamiento público y la contabilización de las operaciones de almacenamiento público por los organismos pagadores de los Estados miembros, con motivo de la adhesión de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea
DO L 164 de 26.6.2007, p. 4–6
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
No longer in force, Date of end of validity: 03/09/2014; derogado por 32014R0907
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modifies | 32006R0884 | modificación | anexo 4 | 29/06/2007 | |
Modifies | 32006R0884 | modificación | anexo 6 | 29/06/2007 |
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Repealed by | 32014R0907 |
26.6.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 164/4 |
REGLAMENTO (CE) N o 721/2007 DE LA COMISIÓN
de 25 de junio de 2007
que adapta el Reglamento (CE) no 884/2006, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1290/2005 del Consejo en lo relativo a la financiación por el Fondo Europeo de Garantía Agrícola (FEAGA) de las intervenciones en forma de almacenamiento público y la contabilización de las operaciones de almacenamiento público por los organismos pagadores de los Estados miembros, con motivo de la adhesión de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado de adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía,
Vista el Acta de adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía y, en particular, su artículo 56,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Es preciso efectuar algunas adaptaciones técnicas de los anexos IV y VI del Reglamento (CE) no 884/2006 de la Comisión (1) con motivo de la adhesión de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea. |
(2) |
Deben fijarse los tipos de interés de referencia a que se refiere el punto 1.2 del anexo IV del Reglamento (CE) no 884/2006, necesarios para poder calcular los gastos de financiación de las operaciones de almacenamiento público de Bulgaria y Rumanía que se deben reembolsar a estos países, y el período de referencia de 2007 necesario para calcular los gastos globales que se deben reembolsar a Bulgaria y Rumanía por las operaciones de almacenamiento público que lleven a cabo en el ejercicio presupuestario de 2008. |
(3) |
Por consiguiente, debe modificarse el Reglamento (CE) no 884/2006. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Se modifica del siguiente modo el Reglamento (CE) no 884/2006:
1) |
En el anexo IV, el apéndice se sustituye por el texto que figura en el anexo I del presente Reglamento. |
2) |
En el anexo VI, apartado I, el punto 1 se sustituye por el texto que figura en el anexo II del presente Reglamento. |
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 25 de junio de 2007.
Por la Comisión
Mariann FISCHER BOEL
Miembro de la Comisión
(1) DO L 171 de 23.6.2006, p. 35.
ANEXO I
«Apéndice
Tipos de interés de referencia contemplados en el anexo IV
1. |
Bulgaria Sofia interbank borrowing offered rate a tres meses (SOFIBOR) |
2. |
República Checa Prague interbank borrowing offered rate a tres meses (PRIBOR) |
3. |
Dinamarca Copenhagen interbank borrowing offered rate a tres meses (CIBOR) |
4. |
Estonia Tallinn interbank borrowing offered rate a tres meses (TALIBOR) |
5. |
Chipre Nicosia interbank borrowing offered rate a tres meses (NIBOR) |
6. |
Letonia Riga interbank borrowing offered rate a tres meses (RIGIBOR) |
7. |
Lituania Vilnius interbank borrowing offered rate a tres meses (VILIBOR) |
8. |
Hungría Budapest interbank borrowing offered rate a tres meses (BUBOR) |
9. |
Malta Malta interbank borrowing offered rate a tres meses (MIBOR) |
10. |
Polonia Warsaw interbank borrowing offered rate a tres meses (WIBOR) |
11. |
Rumanía Bucharest interbank borrowing offered rate a tres meses (BUBOR) |
12. |
Eslovenia Slovenian interbank borrowing offered rate a tres meses (SITIBOR) |
13. |
Eslovaquia Bratislava interbank borrowing offered rate a tres meses (BRIBOR) |
14. |
Suecia Stockholm interbank borrowing offered rate a tres meses (STIBOR) |
15. |
Reino Unido London interbank borrowing offered rate a tres meses (LIBOR) |
16. |
Otros Estados miembros Euro interbank borrowing offered rate a tres meses (EURIBOR)» |
ANEXO II
«1. |
Los importes globales uniformes para la Comunidad se establecerán por producto y sobre la base de los costes reales más bajos constatados durante un período de referencia que irá desde el 1 de octubre del año “n” hasta el 30 de abril del año siguiente. En el ejercicio presupuestario de 2008, en los casos de Bulgaria y Rumanía el período de referencia comenzará el 1 de enero de 2007 y finalizará el 30 de abril de 2007.» |