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Document 32007R0580

Reglamento (CE) n o  580/2007 del Consejo, de 29 de mayo de 2007 , relativo a la aplicación de los Acuerdos en forma de Actas Aprobadas entre la Comunidad Europea y la República Federativa de Brasil, y entre la Comunidad Europea y el Reino de Tailandia en virtud del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (GATT de 1994), por el que se modifica y completa el anexo I del Reglamento (CEE) n o  2658/87 relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común

DO L 138 de 30.5.2007, p. 1–2 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2007/580/oj

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30.5.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 138/1


REGLAMENTO (CE) N o 580/2007 DEL CONSEJO

de 29 de mayo de 2007

relativo a la aplicación de los Acuerdos en forma de Actas Aprobadas entre la Comunidad Europea y la República Federativa de Brasil, y entre la Comunidad Europea y el Reino de Tailandia en virtud del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (GATT de 1994), por el que se modifica y completa el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 133,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CEE) no 2658/87 (1) establece una nomenclatura de mercancías, en lo sucesivo denominada «la nomenclatura combinada», y los tipos de los derechos convencionales del arancel aduanero común.

(2)

Mediante su Decisión 2007/360/CE de 29 de mayo de 2007, relativa a la celebración de sendos Acuerdos en forma de Actas Aprobadas entre la Comunidad Europea y la República Federativa de Brasil, y entre la Comunidad Europea y el Reino de Tailandia (2) el Consejo aprobó dichos Acuerdos en nombre de la Comunidad con objeto de concluir las negociaciones iniciadas de conformidad con el artículo XXVIII del GATT de 1994.

(3)

El Reglamento (CEE) no 2658/87 debe por ello ser modificado y completado en consecuencia,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el Reglamento (CEE) no 2658/87, el anexo I y se completa con los volúmenes y derechos que figuran en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 29 de mayo de 2007.

Por el Consejo

El Presidente

J. PLEWA


(1)  DO L 256 de 7.9.1987, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 501/2007 (DO L 119 de 9.5.2007, p. 1).

(2)  Véase la página 10 del presente Diario Oficial.


ANEXO

Sin perjuicio de las reglas de interpretación de la nomenclatura combinada, debe considerarse que la designación de los productos tiene valor meramente indicativo ya que, en el contexto del presente anexo, las concesiones están determinadas por el ámbito cubierto por los códigos NC vigentes en el momento de adoptarse el presente Reglamento.

Segunda parte —   Lista de los derechos de aduana

Código NC

Designación de la mercancía

Tipo del derecho

0210 99 39

Carne salada de aves de corral

1 300 EUR/tonelada

1602 31

Carne de pavo preparada

1 024 EUR/tonelada

1602 32 19

Carne cocida de pollo

1 024 EUR/tonelada


Tercera parte —   Anexos arancelarios

Código NC

Designación de la mercancía

Tipo del derecho

0210 99 39

Carne salada de aves de corral

Apertura de un contingente arancelario de 264 245 toneladas, de las cuales 170 807 toneladas se asignarán a Brasil y 92 610 toneladas a Tailandia, con un derecho contingentario del 15,4 %

1602 31

Carne de pavo preparada

Apertura de un contingente arancelario de 103 896 toneladas, de las cuales 92 300 toneladas se asignarán a Brasil, con un derecho contingentario del 8,5 %

1602 32 19

Carne cocida de pollo

Apertura de un contingente arancelario de 250 953 toneladas, de las cuales 79 477 toneladas se asignarán a Brasil y 160 033 toneladas a Tailandia, con un derecho contingentario del 8 %

La designación arancelaria exacta de la UE-25 se aplicará a todas las líneas arancelarias y contingentes mencionados.


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