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Document 32004R1985
Commission Regulation (EC) No 1985/2004 of 18 November 2004 concerning tenders notified in response to the invitation to tender for the import of sorghum issued in Regulation (EC) No 238/2004
Reglamento (CE) n° 1985/2004 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2004, relativo a las ofertas comunicadas para la importación de sorgo en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 238/2004
Reglamento (CE) n° 1985/2004 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2004, relativo a las ofertas comunicadas para la importación de sorgo en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 238/2004
DO L 343 de 19.11.2004, p. 22–22
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
19.11.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 343/22 |
REGLAMENTO (CE) N o 1985/2004 DE LA COMISIÓN
de 18 de noviembre de 2004
relativo a las ofertas comunicadas para la importación de sorgo en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 238/2004
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1784/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establece la organización común de mercado en el sector de los cereales (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 12,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Reglamento (CE) no 238/2004 de la Comisión (2), ha abierto una licitación de la reducción máxima del derecho de importación de sorgo en España. |
(2) |
Con arreglo al artículo 5 del Reglamento (CE) no 1839/95 de la Comisión (3), basándose en las ofertas comunicadas puede decidir, de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 25 del Reglamento (CE) no 1784/2003, que no dará curso a la licitación. |
(3) |
Teniendo en cuenta, en particular, los criterios previstos en los artículos 6 y 7 del Reglamento (CE) no 1839/95, no resulta oportuno proceder a la fijación de una reducción máxima del derecho. |
(4) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
No se dará curso a las ofertas comunicadas del 12 al 18 de noviembre de 2004 en el marco de la licitación para la reducción del derecho de importación de sorgo contemplada en el Reglamento (CE) no 238/2004.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 19 de noviembre de 2004.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 18 de noviembre de 2004.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
(1) DO L 270 de 21.10.2003, p. 78.
(2) DO L 40 de 12.2.2004, p. 23.
(3) DO L 177 de 28.7.1995, p. 4; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 2235/2000 (DO L 256 de 10.10.2000, p. 13).