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Document 32004R1347

    Reglamento (CE) n° 1347/2004 de la Comisión, de 23 de julio de 2004, por el que se determina en qué medida pueden aceptarse las solicitudes de certificados de importación presentadas en julio de 2004 para determinados productos lácteos en virtud de los contingentes arancelarios abiertos mediante el Reglamento (CE) n° 2535/2001

    DO L 250 de 24.7.2004, p. 3–5 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 11/12/2010

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2004/1347/oj

    24.7.2004   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 250/3


    REGLAMENTO (CE) N o 1347/2004 DE LA COMISIÓN

    de 23 de julio de 2004

    por el que se determina en qué medida pueden aceptarse las solicitudes de certificados de importación presentadas en julio de 2004 para determinados productos lácteos en virtud de los contingentes arancelarios abiertos mediante el Reglamento (CE) no 2535/2001

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1),

    Visto el Reglamento (CE) no 2535/2001 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo en lo que se refiere al régimen de importación de leche y productos lácteos y a la apertura de contingentes arancelarios (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 16,

    Considerando lo siguiente:

    Las solicitudes presentadas entre el 1 y el 10 de julio de 2004 para contingentes de determinados productos contemplados en el anexo I del Reglamento (CE) no 2535/2001 se refieren a cantidades superiores a las disponibles. Por consiguiente, conviene fijar coeficientes de asignación de las cantidades solicitadas.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Los coeficientes de atribución que figuran en el anexo del presente Reglamento se aplicarán a las cantidades para las que se han solicitado certificados de importación en relación con los productos de los contingentes contemplados en la parte I.A, en los puntos 5 y 6 de la parte I.B y en las partes I.C, I.D, I.E, I.F, I.G e I.H del anexo I del Reglamento (CE) no 2535/2001, presentadas para el período comprendido entre el 1 y el 10 de julio de 2004.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 24 de julio de 2004.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 23 de julio de 2004.

    Por la Comisión

    J. M. SILVA RODRÍGUEZ

    Director General de Agricultura


    (1)  DO L 160 de 26.6.1999, p. 48; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 186/2004 de la Comisión(DO L 29 de 3.2.2004, p. 6).

    (2)  DO L 341 de 22.12.2001, p. 29; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 748/2004 de la Comisión (DO L 118 de 23.4.2004, p. 3).


    ANEXO I. A

    Número de contingente

    Coeficiente de atribución

    09.4590

    1,0000

    09.4599

    1,0000

    09.4591

    09.4592

    1,0000

    09.4593

    09.4594

    1,0000

    09.4595

    0,0077

    09.4596

    1,0000


    ANEXO I. B

    5.   Productos originarios de Rumania

    Número de contingente

    Coeficiente de atribución

    09.4758

    0,3598


    6.   Productos originarios de Bulgaria

    Número de contingente

    Coeficiente de atribución

    09.4660

    1,0000

    09.4675


    ANEXO I. C

    Productos originarios de ACP

    Numéro de contingente

    Coeficiente de atribución

    09.4026

    09.4027


    ANEXO I. D

    Productos originarios de Turquía

    Número de contingente

    Coeficiente de atribución

    09.4101


    ANEXO I. E

    Productos originarios de Sudáfrica

    Número de contingente

    Coeficiente de atribución

    09.4151

    1,0000


    ANEXO I. F

    Productos originarios de Suecia

    Número de contingente

    Coeficiente de atribución

    09.4155

    1,0000

    09.4156

    1,0000


    ANNEXE I. G

    Productos originarios de Jordania

    Número de contingente

    Coeficiente de atribución

    09.4159


    ANEXO I. H

    Productos originarios de Noruega

    Número de contingente

    Coeficiente de atribución

    09.4781

    1,0000

    09.4782

    0,9517


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