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Document 32003G1018(01)

    Resolución del Consejo de 22 de septiembre de 2003 sobre la inversión en investigación para el crecimiento y la competitividad en Europa

    DO C 250 de 18.10.2003, p. 2–3 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    32003G1018(01)

    Resolución del Consejo de 22 de septiembre de 2003 sobre la inversión en investigación para el crecimiento y la competitividad en Europa

    Diario Oficial n° C 250 de 18/10/2003 p. 0002 - 0003


    Resolución del Consejo

    de 22 de septiembre de 2003

    sobre la inversión en investigación para el crecimiento y la competitividad en Europa

    (2003/C 250/02)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    RECORDANDO las Conclusiones de los Consejos Europeos de Lisboa (2000), Barcelona (2002) y Bruselas (2003), que, respectivamente

    - establecieron el objetivo estratégico de que la Unión Europea se convierta en la sociedad basada en el conocimiento más competitiva para 2010;

    - acordaron que el gasto global de la Unión en I+D debía aumentarse con el objetivo de aproximarse al 3 % del PNB para 2010 y de que dos tercios de dicha inversión debían provenir del sector privado;

    - instaron a los Estados miembros a adoptar medidas concretas, sobre la base del próximo Plan de acción en materia de I+D de la Comisión, animaron a los Estados miembros a acelerar la aplicación de la Carta Europea de la Pequeña Empresa y pidieron que se mantuviera y aumentara el impulso dado al Espacio Europeo de Investigación (EEI) mediante la aplicación del método abierto de coordinación en ámbitos tales como las acciones orientadas al logro del objetivo de dedicar un 3 % del PNB a la inversión en I+D o al desarrollo de los recursos humanos en ciencia y tecnología;

    las comunicaciones de la Comisión "Hacia un espacio europeo de investigación"(1), "Realización del espacio europeo de la investigación"(2) y "Más investigación para Europa - Objetivo: 3 % del PIB"(3), así como las resoluciones y las conclusiones del Consejo sobre el Espacio Europeo de Investigación, en particular las conclusiones de 26 de noviembre de 2002 sobre los progresos realizados para desarrollar el Espacio Europeo de Investigación y para darle un nuevo impulso(4);

    ACOGE CON SATISFACCIÓN la comunicación de la Comisión "Invertir en investigación: un plan de acción para Europa"(5), y RESPALDA el mensaje principal de esta comunicación, que pide una gama completa y coherente de acciones encaminadas a aumentar la inversión en investigación y ponerse a la altura de los principales competidores de Europa;

    REAFIRMA que invertir en investigación y desarrollo tecnológico y estimular la innovación y la transferencia de conocimientos es esencial para aumentar la competitividad europea y para la estrategia establecida por el Consejo Europeo de Lisboa con vistas al desarrollo económico, social y medioambiental de Europa, y que es necesario en particular estimular y mejorar las condiciones para obtener una mayor inversión privada en investigación e innovación;

    RECONOCE que

    - a inversión en I+D e innovación contribuirá a estimular el crecimiento y el empleo, teniendo en cuenta la comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo de 27 de noviembre de 2002 ("Reforzamiento de la coordinación de las políticas presupuestarias")(6), las conclusiones del Consejo Europeo de los días 20 y 21 de marzo de 2003, la comunicación de la Comisión al Consejo de 7 de julio de 2003 ("An initiative for growth: investing in Trans European Networks and major R & D projects")(7), las conclusiones del Consejo de 15 de julio de 2003 sobre una acción europea para el crecimiento(8) y las deliberaciones en curso sobre esas cuestiones;

    - la excelencia científica y tecnológica y la calidad de la investigación siguen siendo los criterios básicos para aumentar y atraer la inversión en I+D e innovación;

    - la investigación fundamental, una base amplia y dinámica de conocimientos, unos recursos humanos suficientes y de gran calidad, la existencia de infraestructuras de investigación y los mecanismos para la transferencia eficaz de tecnología resultan cruciales para el desarrollo sostenible de una sociedad basada en el conocimiento;

    - son necesarias amplias combinaciones de políticas, adaptadas a los respectivos contextos nacionales y regionales, que combinen los incentivos financieros y las medidas para mejorar las condiciones marco, a fin de estimular la inversión privada en I+D, teniendo en cuenta las necesidades específicas de las PYME, en particular las nuevas PYME de carácter innovador y las empresas derivadas, así como de las firmas de mayor envergadura;

    - una política de apoyo a un mayor desarrollo de las estrategias en I+D y unas asociaciones transfronterizas de las regiones europeas, que tengan en cuenta las necesidades de las PYME, es esencial para alcanzar el objetivo del 3 %;

    - las PYME podrían desempeñar un papel importante en el aumento del nivel de inversión en investigación e innovación, así como en el fomento del empleo;

    - un uso innovador y más eficaz de los distintos instrumentos públicos de financiación a nivel de la UE y nacional, y la facilitación y el fomento de la utilización de los fondos estructurales para apoyar la I+D, constituyen factores clave para aumentar el nivel de inversión en investigación e innovación;

    - la simplificación y la modernización de las normas en materia de ayuda pública pueden facilitar los esfuerzos de los Estados miembros para reorientar los gastos en ayuda pública hacia objetivos de interés común, como la I+D y las PYME;

    - debe seguirse realizando esfuerzos en este ámbito para obtener una mayor vinculación con otras iniciativas de cooperación europeas, como el COST, Eureka y la Fundación Europea de la Ciencia (FEC);

    INVITA a los Estados miembros, a los Estados adherentes y a la Comisión a que

    - apliquen el método abierto de coordinación siguiendo las directrices establecidas por el Consejo Europeo y por el Consejo a fin de apoyar la aplicación del Plan de acción y la consecución del objetivo del 3 %, utilizando, con carácter voluntario, objetivos nacionales cualitativos y cuantitativos libremente elegidos;

    - se valgan del CREST como interfaz operativo para definir y supervisar la aplicación del método abierto de coordinación respecto del objetivo del 3 %, a fin de que sea operativo cuanto antes, reconociendo que la labor del CREST a este respecto requerirá una activa vinculación con otras acciones en curso con objeto de reforzar la competitividad;

    - desarrollen la formación de investigadores, promuevan y diversifiquen las oportunidades de carrera, creen incentivos que atraigan y mantengan a los investigadores de alto nivel en la Unión Europea, y aumenten la movilidad mediante la supresión de los obstáculos aún existentes, y en particular la movilidad entre el sector público y privado;

    - fomenten el acceso a la financiación del capital y de la deuda dirigidos a la investigación y a la innovación mediante una serie de medidas que presten especial atención a las necesidades de las PYME tanto en los nuevos sectores como en los tradicionales, así como de las nuevas PYME de carácter innovador y de las empresas derivadas;

    - desarrollen un mercado europeo de capital de riesgo y aumenten la complementariedad de las iniciativas del BEI y del FEI y las iniciativas racionales, teniendo en cuenta en particular las necesidades de las PYME;

    - fomenten un entorno de apoyo para el desarrollo y el despliegue de nuevas tecnologías y mejorar las condiciones del marco social, fiscal y administrativo a fin de que la Unión Europea resulte más atractiva para la inversión privada, y estimulen la creación y el desarrollo de empresas de alta tecnología;

    - alienten y desarrollen nuevas iniciativas destinadas a intensificar la cooperación entre la industria y la investigación pública, mejorando de esta forma la eficacia de la transferencia de tecnología y los vínculos públicos y privados de carácter transnacional, por ejemplo mediante el fomento de centros y redes de excelencia, las infraestructuras de investigación y las agrupaciones industriales;

    - estudien la posibilidad de utilizar en mayor medida los fondos estructurales para apoyar la investigación, el desarrollo y la innovación, teniendo en cuenta el papel de estos fondos en el fomento de la cohesión social económica, así como las necesidades específicas y el potencial de las regiones, incluidos los Estados adherentes;

    - fomenten el espíritu empresarial entre los estudiantes y los investigadores;

    - fomenten la sensibilización respecto de los derechos de propiedad intelectual y las actividades de formación dirigidas en particular a las organizaciones públicas de investigación y las PYME;

    INVITA a la Comisión a que

    - prosiga sus actividades actualmente en curso dirigidas a simplificar y modernizar las normas y procedimientos en materia de ayuda pública, estudiando las nuevas relaciones entre la I+D y los procesos de producción y teniendo en cuenta una definición más moderna y coherente de las actividades de I+D y las necesidades específicas de las empresas de carácter innovador recientemente creadas;

    - apoye, previa consulta a los Estados miembros, la creación de plataformas tecnológicas europeas en relación con un número limitado de tecnologías clave a fin de fomentar una colaboración eficaz de los sectores público y privado en la comunidad investigadora, la industria y las asociaciones de PYME, las instituciones financieras, los usuarios y los responsables de las diferentes políticas, con miras a desarrollar un plan estratégico para las tecnologías de punta y movilizar los esfuerzos en materia de investigación e innovación;

    - en el contexto del desarrollo de un planteamiento estratégico del crecimiento y la competitividad, informe anualmente al Consejo, de 2004 en adelante, sobre los progresos realizados para alcanzar el objetivo del 3 %, sobre la aplicación del Plan de acción y sobre la aplicación del método abierto de coordinación, señalando los obstáculos y problemas pendientes y, en su caso, nuevas acciones que será necesario llevar a cabo.

    (1) Doc. 5643/00 RECH 2 ATO 6.

    (2) Doc. 12214/00 RECH 95 ATO 60.

    (3) Doc. 12044/02 RECH 146.

    (4) Doc. 14913/02 RECH 186.

    (5) Doc. 8860/03 RECH 75 + ADD 1.

    (6) Doc. 14997/02 UEM 62.

    (7) Doc. 11343/03 ECOFIN 216 FIN 321 ECO 153 TRANS 187 ENER 217 RECH 121.

    (8) Doc. 11463/03 PV/CONS 43 ECOFIN 222, Anexo I.

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