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Document 32003G0218(01)

Resolución del Consejo de 6 de febrero de 2003 sobre la inclusión social mediante el diálogo y la cooperación social

DO C 39 de 18.2.2003, p. 1–2 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Legal status of the document In force

32003G0218(01)

Resolución del Consejo de 6 de febrero de 2003 sobre la inclusión social mediante el diálogo y la cooperación social

Diario Oficial n° C 039 de 18/02/2003 p. 0001 - 0002


Resolución del Consejo

de 6 de febrero de 2003

sobre la inclusión social mediante el diálogo y la cooperación social

(2003/C 39/01)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

RECORDANDO QUE:

1. La inclusión social se fijó como objetivo político en las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Niza, tras las conclusiones del Consejo Europeo de Lisboa, que marcó los objetivos estratégicos para un crecimiento sostenible, más y mejor empleo y mayor cohesión social, y afirmó que la inclusión social es fundamental para la modernización del modelo social europeo. Las conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona precisaron la contribución de los interlocutores sociales en el logro de esos objetivos y el Consejo confirma su propio compromiso para que se avance seriamente en la erradicación de la pobreza y la exclusión social mediante la adopción de unos objetivos comunes revisados para la segunda ronda de planes nacionales de acción para la lucha contra la pobreza y la exclusión social en el período 2003-2005.

2. El diálogo social es una fuerza para promover la innovación y el cambio procurando un equilibrio entre la flexibilidad y la seguridad, respondiendo a dificultades tales como el desarrollo de la formación permanente, la mejora de la movilidad, el envejecimiento activo, y fomentando la igualdad de oportunidades y la diversidad, como reconoció el Grupo de Alto Nivel sobre relaciones laborales y respaldaron tanto la Declaración de Laeken de los interlocutores sociales como las Comunicaciones de la Comisión sobre "El diálogo social europeo" y "Responsabilidad social de las empresas". La comunicación de la Comisión sobre el diálogo social hacía un llamamiento a los interlocutores sociales para que ampliasen el programa del diálogo social desarrollando su diálogo autónomo y aumentando su participación en la concertación tripartita y en el método de procesos abiertos de coordinación. La Declaración de Laeken de los interlocutores sociales afirmaba su intención de establecer programas conjuntos de trabajo para promover la modernización y el cambio en la Unión Europea y como preparación para la ampliación.

3. La cooperación y una mejor gobernanza son el medio de hacer frente a las exigencias cada vez mayores de la sociedad civil para con el Estado. Por tanto, es necesario fortalecer la colaboración entre las instituciones europeas, los gobiernos nacionales, las autoridades regionales y locales, los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil para mejorar la participación de las partes interesadas y establecer unas normas mínimas para la consulta, como han resaltado recientemente el Libro Blanco sobre la gobernanza europea y la Comunicación de la Comisión sobre la estrategia europea de empleo. La mesa redonda europea sobre pobreza y exclusión social que se celebró en Aarhus en octubre de 2002 mostró que los interlocutores sociales, las ONG y otros agentes interesados habían fortalecido su compromiso de contribuir al proceso. En consecuencia, los objetivos comunes y los métodos de trabajo revisados en favor del proceso de inclusión social destacan la necesidad de fomentar el diálogo y la participación de todos los organismos pertinentes, incluidos los interlocutores sociales, las ONG y los proveedores de servicios públicos, y el compromiso activo de los ciudadanos en la lucha contra la pobreza y la exclusión social. Es más, la Comunicación de la Comisión relativa a la responsabilidad social de las empresas puso de relieve el hecho de que éstas toman cada vez en mayor consideración las preocupaciones sociales y medioambientales en su comportamiento,

SUBRAYANDO QUE:

4. Hay una necesidad creciente de generalizar la inclusión social de forma que se permita a tantas personas como sea posible participar activamente en el mercado laboral y en la vida de la sociedad en general, con independencia de su origen racial o étnico, de su género, edad, discapacidad, religión u orientación sexual; esta necesidad se manifiesta con especial relieve en los actuales cambios demográficos, que plantean serias dificultades en cuanto a la futura oferta de mano de obra y al buen funcionamiento de los mercados de trabajo.

5. La promoción de una mayor inclusión social requerirá una respuesta política fuerte, coordinada y de múltiples dimensiones, a unas condiciones sociales y económicas que cambian rápidamente, mediante el recurso a medidas preventivas y a nuevas políticas y enfoques. Esta política puede fortalecerse con el tiempo racionalizando los métodos abiertos de coordinación en el campo de la protección social y considerando su relación con otras estrategias. Porque la inclusión social va más allá de los enfoques tradicionales del mercado de trabajo al abarcar cuestiones como la salud, la educación, la vivienda y los servicios sociales, se hace necesario implicar a una serie de actores diferentes, haciendo del diálogo y la cooperación un medio importante para contribuir a formular, aplicar y asumir conjuntamente la responsabilidad de las actuaciones.

6. Todos los agentes pertinentes tienen que ser conscientes de los efectos de su actuación en la inclusión social y en las personas en peligro de marginación, a través de las esferas políticas y en sus respectivas esferas de competencia y trabajo, así como en cooperación con otros interlocutores.

7. La ampliación de la UE, que aumentará significativamente el número de Estados miembros, y la diversidad de las regiones y los distintos niveles de prosperidad económica, agudizan la necesidad de que la inclusión social actúe como medio de lograr una mayor cohesión social,

INVITA A LA COMISIÓN:

8. A continuar promoviendo el diálogo y la cooperación social en el contexto de la Unión ampliada como forma de fomentar la inclusión social en los planos nacional, regional y local; debe hacerse especial hincapié en la prevención, incluido el mantenimiento del puesto de trabajo, y en las medidas correctoras.

9. A procurar que se preste especial atención a la plena incorporación de la inclusión social en la estrategia económica y social de la Unión.

10. En el contexto de los procesos y programas existentes, a continuar recopilando y analizando ejemplos nacionales, regionales y locales de inclusión social por medio del diálogo y la cooperación social, a fin de contribuir a difundir los ejemplos de buenas prácticas en cuanto a los participantes, los grupos destinatarios y los modelos de colaboración,

INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS:

11. En línea con los objetivos comunes revisados para la lucha contra la pobreza y la exclusión social, a reforzar la participación de los interlocutores sociales y de todos los agentes pertinentes en el proceso de inclusión social, incluidos, dependiendo de los usos nacionales, la preparación, la aplicación y el seguimiento de los planes nacionales de acción.

12. En línea con los objetivos comunes revisados para la lucha contra la pobreza y la exclusión social, y en el contexto de la estrategia europea de empleo, a procurar que la inclusión social contribuya a la erradicación de la pobreza y a la promoción de la cohesión social y mejore el acceso al mercado laboral de hombres y mujeres, en particular teniendo plenamente en cuenta la positiva contribución del diálogo y la cooperación social a la inclusión social.

13. A alentar e invitar a los agentes interesados, tales como autoridades locales, sindicatos, empresas, ONG y los implicados directamente, a la activa participación en asociaciones,

INVITA AL COMITÉ DE PROTECCIÓN SOCIAL EN ESTRECHA COLABORACIÓN CON LOS INTERLOCUTORES SOCIALES:

14. A que, fundándose en las consultas no formales que se han celebrado hasta la fecha, consolide la concertación tripartita sobre el trabajo en curso sobre la inclusión social y a que fomente la implicación activa de los interlocutores sociales en el proceso de inclusión social en el espíritu de la Comunicación de la Comisión sobre "El diálogo social europeo",

INVITA AL COMITÉ DE PROTECCIÓN SOCIAL:

15. A propiciar las oportunidades, en particular en el contexto de la Mesa Redonda Europea anual, de fortalecer el diálogo con las organizaciones de la sociedad civil,

INVITA A LOS INTERLOCUTORES SOCIALES:

16. A determinar los posibles mecanismos de cooperación y los enfoques para actuaciones específicas que lleven a una mayor inclusión social.

17. A considerar, en su diálogo autónomo, iniciativas para fortalecer la inclusión social en la Unión ampliada.

18. A incrementar la participación en el método abierto de coordinación respecto de la pobreza, la exclusión social y el empleo, con objeto de propiciar una sociedad y un mercado de trabajo integradores,

INVITA A LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL:

19. A establecer y desarrollar asociaciones y enfoques para actuaciones concretas con objeto de fomentar una sociedad integradora y, cuando proceda, un mercado de trabajo integrador, y

20. A aumentar su participación en el método abierto de coordinación con respecto a la pobreza y la exclusión social, con objeto de propiciar una sociedad integradora.

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