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Document 32002D0671

    2002/671/CE: Decisión de la Comisión, de 20 de agosto de 2002, que modifica la Decisión 97/569/CE para añadir un establecimiento rumano fabricante de productos cárnicos de caza silvestre (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2002) 3102]

    DO L 228 de 24.8.2002, p. 25–25 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO, HR)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 20/03/2014; derogado por 32014D0160

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2002/671/oj

    32002D0671

    2002/671/CE: Decisión de la Comisión, de 20 de agosto de 2002, que modifica la Decisión 97/569/CE para añadir un establecimiento rumano fabricante de productos cárnicos de caza silvestre (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2002) 3102]

    Diario Oficial n° L 228 de 24/08/2002 p. 0025 - 0025


    Decisión de la Comisión

    de 20 de agosto de 2002

    que modifica la Decisión 97/569/CE para añadir un establecimiento rumano fabricante de productos cárnicos de caza silvestre

    [notificada con el número C(2002) 3102]

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    (2002/671/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Vista la Decisión 95/408/CE del Consejo, de 22 de junio de 1995, relativa a las condiciones de elaboración durante un período transitorio de las listas provisionales de establecimientos de terceros países de los que los Estados miembros están autorizados para importar determinados productos de origen animal, productos de la pesca y moluscos bivalvos vivos(1), cuya última modificación la constituye la Decisión 2001/4/CE(2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 2,

    Considerando lo siguiente:

    (1) La Decisión 97/569/CE de la Comisión(3), cuya última modificación la constituye la Decisión 2002/74/CE(4), establece las listas provisionales de los establecimientos de terceros países de los que autorizan los Estados miembros la importación de productos cárnicos.

    (2) Rumania ha enviado a la Comisión los datos de un establecimiento de productos cárnicos de caza silvestre respecto del cual garantiza el pleno cumplimiento de los requisitos sanitarios aplicables en la Comunidad, así como la suspensión de sus exportaciones a ésta en caso de que deje de cumplir dichos requisitos.

    (3) Se puede, pues, adoptar para Rumania una lista provisional de establecimientos fabricantes de productos cárnicos de caza silvestre y, a tal efecto, es preciso modificar la Decisión 97/569/CE.

    (4) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    El anexo de la presente Decisión se añadirá al anexo de la Decisión 97/569/CE.

    Artículo 2

    Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

    Hecho en Bruselas, el 20 de agosto de 2002.

    Por la Comisión

    David Byrne

    Miembro de la Comisión

    (1) DO L 243 de 11.10.1995, p. 17.

    (2) DO L 2 de 5.1.2001, p. 21.

    (3) DO L 234 de 26.8.1997, p. 16.

    (4) DO L 33 de 2.2.2002, p. 29.

    ANEXO/BILAG/ANHANG/ΠΑΡΑΡΤΗΜΑ/ANNEX/ANNEXE/ALLEGATO/BIJLAGE/ANEXO/LIITE/BILAGA

    País: Rumania/Land: Rumænien/Land: Rumänien/Κράτος: Ρουμανία/Country: Romania/Pays: Roumanie/Paese: Romania/Land: Roemenië/País: Roménia/Maa: Romania/Land: Rumänien

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