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Document 32000D0594

2000/594/CE: Decisión de la Comisión, de 29 de septiembre de 2000, por la que se modifica la Decisión 2000/510/CE relativa a una ayuda financiera de la Comunidad para la erradicación de la influenza aviar en Italia en 1999 [notificada con el número C(2000) 2886] (Texto pertinente a efectos del EEE) (El texto en lengua italiana es el único auténtico)

DO L 249 de 4.10.2000, p. 25–25 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2000/594/oj

32000D0594

2000/594/CE: Decisión de la Comisión, de 29 de septiembre de 2000, por la que se modifica la Decisión 2000/510/CE relativa a una ayuda financiera de la Comunidad para la erradicación de la influenza aviar en Italia en 1999 [notificada con el número C(2000) 2886] (Texto pertinente a efectos del EEE) (El texto en lengua italiana es el único auténtico)

Diario Oficial n° L 249 de 04/10/2000 p. 0025 - 0025


Decisión de la Comisión

de 29 de septiembre de 2000

por la que se modifica la Decisión 2000/510/CE relativa a una ayuda financiera de la Comunidad para la erradicación de la influenza aviar en Italia en 1999

[notificada con el número C(2000) 2886]

(El texto en lengua italiana es el único auténtico)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2000/594/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a determinados gastos en el sector veterinario(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1258/1999 del Consejo(2), y, en particular, los apartados 3 y 5 de su artículo 3,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2000/510/CE de la Comisión, de 26 de julio de 2000, relativa a una ayuda financiera de la Comunidad para la erradicación de la influenza aviar en Italia en 1999(3), prevé la concesión a Italia de una nueva ayuda financiera destinada a cubrir el coste de las medidas de erradicación de la influenza aviar.

(2) El pago de la ayuda financiera está supeditado a la presentación de los justificantes correspondientes antes del 1 de septiembre de 2000.

(3) Se ha presentado una solicitud de ampliación del plazo de presentación de los justificantes.

(4) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el apartado 3 del artículo 3 de la Decisión 2000/510/CE, la fecha de "1 de septiembre de 2000" se sustituirá por la de "1 de octubre de 2000".

Artículo 2

El destinatario de la presente Decisión será la República Italiana.

Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 2000.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

(1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 19.

(2) DO L 160 de 26.6.1999, p. 103.

(3) DO L 205 de 26.7.2000, p. 13.

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