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Document 31999D0547
1999/547/EC: Commission Decision of 14 July 1999 amending Decisions 94/432/EC and 94/433/EC laying down detailed for the application of Council Directives 93/23/EEC and 93/24/EEC on the statistical surveys to be carried out on pig and bovine animal livestock and production (notified under document number C(1999) 2080)
1999/547/CE: Decisión de la Comisión de 14 de julio de 1999 que modifica las Decisiones 94/432/CE y 94/433/CE por las que se establecen disposiciones de aplicación de las Directivas 93/23/CEE y 93/24/CEE del Consejo relativas a las encuestas estadísticas sobre el censo y la producción de los sectores porcino y bovino [notificada con el número C(1999) 2080]
1999/547/CE: Decisión de la Comisión de 14 de julio de 1999 que modifica las Decisiones 94/432/CE y 94/433/CE por las que se establecen disposiciones de aplicación de las Directivas 93/23/CEE y 93/24/CEE del Consejo relativas a las encuestas estadísticas sobre el censo y la producción de los sectores porcino y bovino [notificada con el número C(1999) 2080]
DO L 209 de 7.8.1999, p. 33–33
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL)
No longer in force
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modifies | 31994D0432 | complemento | anexo 4 | ||
Modifies | 31994D0433 | complemento | anexo 5 |
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Implicitly repealed by | 32004D0760 | derog. parcial | artículo 1 | 13/11/2004 | |
Implicitly repealed by | 32004D0761 | derog. parcial | artículo 2 | 26/10/2004 |
1999/547/CE: Decisión de la Comisión de 14 de julio de 1999 que modifica las Decisiones 94/432/CE y 94/433/CE por las que se establecen disposiciones de aplicación de las Directivas 93/23/CEE y 93/24/CEE del Consejo relativas a las encuestas estadísticas sobre el censo y la producción de los sectores porcino y bovino [notificada con el número C(1999) 2080]
Diario Oficial n° L 209 de 07/08/1999 p. 0033 - 0033
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 14 de julio de 1999 que modifica las Decisiones 94/432/CE y 94/433/CE por las que se establecen disposiciones de aplicación de las Directivas 93/23/CEE y 93/24/CEE del Consejo relativas a las encuestas estadísticas sobre el censo y la producción de los sectores porcino y bovino [notificada con el número C(1999) 2080] (1999/547/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Vista la Directiva 93/23/CEE del Consejo, de 1 de junio de 1993, relativa a la realización de encuestas estadísticas en el sector porcino(1), cuya última modificación la constituye la Directiva 97/77/CE(2) y, en particular, los apartados 2 y 3 de su artículo 6, Vista la Directiva 93/24/CEE del Consejo, de 1 de junio de 1993, relativa a la realización de encuestas estadísticas en el sector bovino(3), cuya última modificación la constituye la Directiva 97/77/CE y, en particular, los apartados 2 y 3 de su articulo 1, (1) Considerando que la Decisión 94/432/CE de la Comisión(4), modificada por la Decisión 95/380/CE(5), y la Decisión 94/433/CE de la Comisión(6), modificada por la Decisión 1999/47/CE(7), establecen disposiciones de aplicación de las Directivas 93/23/CEE y 93/24/CEE del Consejo; (2) Considerando que, previa solicitud por su parte, se puede autorizar a los Estados miembros, a petición de éstos, a proceder al desglose regional de los resultados definitivos de la encuesta del sector porcino de abril, o de mayo/junio, o de agosto; (3) Considerando que se puede autorizar a los Estados miembros cuyo censo bovino es inferior a 1,5 millones de cabezas a renunciar a una de las dos encuestas de los meses de mayo/junio o noviembre/diciembre; (4) Considerando que Grecia y Bélgica han presentando solicitudes de excepción relativas a las posibilidades mencionadas; (5) Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de estadística agrícola creado por la Decisión 72/279/CEE del Consejo(8), HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 La Decisión 94/432/CE se modificará como sigue: En la letra d) del anexo IV, bajo la rúbrica "mayo/junio" se añadirá la palabra "Bélgica". Artículo 2 La Decisión 94/433/CE se modificará como sigue: En la letra b) del anexo V, bajo la rúbrica "noviembre/diciembre", se suprimirá la palabra "Grecia"; bajo la rúbrica "mayo/junio" se añadirá la palabra "Grecia". Artículo 3 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. Hecho en Bruselas, el 14 de julio de 1999. Por la Comisión Yves-Thibault DE SILGUY Miembro de la Comisión (1) DO L 149 de 21.6.1993, p. 1. (2) DO L 10 de 16.1.1998, p. 28. (3) DO L 149 de 21.6.1993, p. 5. (4) DO L 179 de 13.7.1994, p. 22. (5) DO L 228 de 23.9.1995, p. 25. (6) DO L 179 de 13.7.1994, p. 27. (7) DO L 15 de 20.1.1999, p. 10. (8) DO L 179 de 7.8.1972, p. 1.