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Document 31998R2729

    Reglamento (CE) nº 2729/98 de la Comisión de 17 de diciembre de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2628/97 en lo que respecta a las disposiciones transitorias relativas al período inicial del sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina

    DO L 343 de 18.12.1998, p. 12–12 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/1999

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1998/2729/oj

    31998R2729

    Reglamento (CE) nº 2729/98 de la Comisión de 17 de diciembre de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2628/97 en lo que respecta a las disposiciones transitorias relativas al período inicial del sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina

    Diario Oficial n° L 343 de 18/12/1998 p. 0012 - 0012


    REGLAMENTO (CE) N° 2729/98 DE LA COMISIÓN de 17 de diciembre de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 2628/97 en lo que respecta a las disposiciones transitorias relativas al período inicial del sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) n° 820/97 del Consejo, de 21 de abril de 1997, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno (1), y, en particular, la letra f) de su artículo 10,

    Considerando que el Reglamento (CE) n° 2628/97 de la Comisión (2), modificado por el Reglamento (CE) n° 2105/98 (3), establece las disposiciones de aplicación relativas a las disposiciones transitorias para el período inicial del sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina;

    Considerando que, habida cuenta de las dificultades prácticas que comporta volver a identificar los animales de especie bovina nacidos antes del 1 de enero de 1998 mediante la colocación de nuevas marcas auriculares, procede aplicarles las normas anteriormente establecidas para los animales de la especie bovina nacidos después del 1 de enero de 1998;

    Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agraria,

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    En el apartado 6 del artículo 1 del Reglamento (CE) n° 2628/97, se suprimirán las palabras «nacidos después del 1 de enero de 1998».

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 17 de diciembre de 1998.

    Por la Comisión

    Franz FISCHLER

    Miembro de la Comisión

    (1) DO L 117 de 7. 5. 1997, p. 1.

    (2) DO L 354 de 30. 12. 1997, p. 17.

    (3) DO L 267 de 2. 10. 1998, p. 4.

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