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Document 31997D0799
97/799/EC: Commission Decision of 14 November 1997 recognizing that the production of certain vins de pays and quality wines psr in France, by reason of their qualitative characteristics, is far from able to satisfy demand (Only the French text is authentic)
97/799/CE: Decisión de la Comisión de 14 de noviembre de 1997 por la que se reconoce que la producción de determinados vinos de la tierra («vins de pays») y de determinados vinos de calidad producidos en regiones determinadas (vcprd) de Francia es muy inferior a la demanda debido a sus características cualitativas (El texto en lengua francesa es el único auténtico)
97/799/CE: Decisión de la Comisión de 14 de noviembre de 1997 por la que se reconoce que la producción de determinados vinos de la tierra («vins de pays») y de determinados vinos de calidad producidos en regiones determinadas (vcprd) de Francia es muy inferior a la demanda debido a sus características cualitativas (El texto en lengua francesa es el único auténtico)
DO L 324 de 27.11.1997, p. 41–45
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 08/11/2011
97/799/CE: Decisión de la Comisión de 14 de noviembre de 1997 por la que se reconoce que la producción de determinados vinos de la tierra («vins de pays») y de determinados vinos de calidad producidos en regiones determinadas (vcprd) de Francia es muy inferior a la demanda debido a sus características cualitativas (El texto en lengua francesa es el único auténtico)
Diario Oficial n° L 324 de 27/11/1997 p. 0041 - 0045
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 14 de noviembre de 1997 por la que se reconoce que la producción de determinados vinos de la tierra («vins de pays») y de determinados vinos de calidad producidos en regiones determinadas (vcprd) de Francia es muy inferior a la demanda debido a sus características cualitativas (El texto en lengua francesa es el único auténtico) (97/799/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) n° 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1417/97 (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 6, Considerando que, de conformidad con el apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CEE) n° 822/87, está prohibida toda nueva plantación de vid hasta el 31 de agosto de 1998; que, no obstante, esta disposición establece que para las campañas 1996/97 y 1997/98 los Estados miembros pueden conceder autorizaciones de nuevas plantaciones para superficies destinadas a la producción de: - vinos de calidad producidos en regiones determinadas (vcprd) y - vinos de mesa con alguna de las indicaciones siguientes: «Landwein», «vin de pays», «indicazione geográfica tipica», «vino de la tierra», «vinho regional», «regional wine», etc., para los que la Comisión haya reconocido que la producción es muy inferior a la demanda debido a sus características cualitativas; Considerando que el Gobierno francés presentó el 10 de septiembre y el 1 de octubre de 1997 solicitudes de aplicación de esta disposición en lo que se refiere a determinados vinos de la tierra («vins de pays») y a determinados vcprd; Considerando que el examen de esas solicitudes pone de manifiesto que los vinos de la tierra y los vcprd en cuestión cumplen las condiciones establecidas en las disposiciones; que no se ha sobrepasado el límite de 2 584 ha previsto en el apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CEE) n° 822/87; Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de gestión del vino, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Los vinos de la tierra franceses («vins de pays») y los vcprd que figuran en el anexo cumplen los requisitos establecidos en el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CEE) n° 822/87, siempre y cuando se respete el aumento de superficie que figura en dicho anexo. Artículo 2 La destinataria de la presente Decisión será la República Francesa. Hecho en Bruselas, el 14 de noviembre de 1997. Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión (1) DO L 84 de 27. 3. 1987, p. 1. (2) DO L 196 de 24. 7. 1997, p. 10. ANEXO >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO>