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Document 31996D0570

    96/570/CE: Decisión de la Comisión de 24 de septiembre de 1996 que modifica la Decisión 93/693/CE por la que se establece una lista de centros de recogida de esperma autorizados para exportar a la Comunidad esperma de animales domésticos de la especie bovina procedente de terceros países (Texto pertinente a los fines del EEE)

    DO L 250 de 2.10.1996, p. 17–18 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 18/01/2004; derog. impl. por 32004D0052

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1996/570/oj

    31996D0570

    96/570/CE: Decisión de la Comisión de 24 de septiembre de 1996 que modifica la Decisión 93/693/CE por la que se establece una lista de centros de recogida de esperma autorizados para exportar a la Comunidad esperma de animales domésticos de la especie bovina procedente de terceros países (Texto pertinente a los fines del EEE)

    Diario Oficial n° L 250 de 02/10/1996 p. 0017 - 0018


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 24 de septiembre de 1996 que modifica la Decisión 93/693/CE por la que se establece una lista de centros de recogida de esperma autorizados para exportar a la Comunidad esperma de animales domésticos de la especie bovina procedente de terceros países (Texto pertinente a los fines del EEE) (96/570/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Vista la Directiva 88/407/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1988, por la que se fijan las exigencias de policía sanitaria aplicables a los intercambios intracomunitarios y a las importaciones de esperma de animales de la especie bovina (1), cuya última modificación la constituye el Acta de adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia y, en particular, el apartado 1 de su artículo 9,

    Considerando que la Decisión 93/693/CE de la Comisión (2), cuya última modificación la constituye la Decisión 96/130/CE (3), establece una lista de centros de recogida de esperma autorizados para exportar a la Comunidad esperma de animales domésticos de la especie bovina procedente de terceros países;

    Considerando que los servicios veterinarios competentes de Estados Unidos de América, Nueva Zelanda y Hungría han modificado la lista de centros de recogida de esperma autorizados oficialmente para exportar esperma de animales domésticos de la especie bovina a la Comunidad; que, por lo tanto, es necesario modificar la lista de centros autorizados; que la Comisión ha recibido garantías de que se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 9 de la Directiva 88/407/CEE;

    Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    El Anexo de la Decisión 93/693/CE quedará modificado del modo siguiente:

    1) En la segunda parte, referida a Estados Unidos de América:

    - el centro de recogida de esperma de:

    «ATLANTIC BREEDERS COOPERATIVE

    12575 Apollo Drive

    Lancaster, PA 17601

    Establecimiento autorizado:

    Todos los centros

    Código de referencia: U 015»

    se sustituirá por el siguiente:

    «GENEX

    12575 Apollo Drive

    Lancaster, PA 17601

    Establecimiento autorizado:

    Todos los centros

    Código de referencia: U 015»,

    - el centro de recogida de esperma de:

    «EASTERN AI COOPERATIVE

    PO Box 510

    219 Judd Falls Road

    Ithaca, NY 14851

    Establecimiento autorizado:

    Production Center

    522 Scheffield Road

    Ithaca, NY 14850

    Código de referencia: U 003»

    se sustituirá por el siguiente:

    «GENEX

    PO Box 510

    219 Judd Falls Road

    Ithaca, NY 14851

    Establecimiento autorizado:

    Production Center

    522 Scheffield Road

    Ithaca, NY 14850

    Código de referencia: U 003».

    2) En la quinta parte, referida a Nueva Zelanda, se añadirá el centro de recogida de esperma siguiente:

    «NEW ZEALAND BREEDING SERVICES

    3680 State Highway 3

    RD 2

    Hamilton

    New Zealand

    Código de referencia: NZAB 5».

    3) En la sexta parte, referida a Hungría, se añadirá el centro de recogida de esperma siguiente:

    «ORSZAGOS MESTERSEGES TERMEKENYITO RT SZOMBATHELYI ALLOMASA

    9707 Szombathely

    Szt. Imre Herceg u. 98

    Código de referencia: H 02».

    Artículo 2

    Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

    Hecho en Bruselas, el 24 de septiembre de 1996.

    Por la Comisión

    Franz FISCHLER

    Miembro de la Comisión

    (1) DO n° L 194 de 22. 7. 1988, p. 10.

    (2) DO n° L 320 de 22. 12. 1993, p. 35.

    (3) DO n° L 30 de 8. 2. 1996, p. 50.

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