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Document 31996D0177

    96/177/CE: Decisión de la Comisión, de 19 de julio de 1995, por la que se declara incompatible con el mercado común y con el funcionamiento del Acuerdo EEE una operación de concentración (Caso nº IV/M.490 - Nordic Satellite Distribution) (El texto en lengua inglesa es el único auténtico) (Texto pertinente a los fines del EEE)

    DO L 53 de 2.3.1996, p. 20–40 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1996/177/oj

    31996D0177

    96/177/CE: Decisión de la Comisión, de 19 de julio de 1995, por la que se declara incompatible con el mercado común y con el funcionamiento del Acuerdo EEE una operación de concentración (Caso nº IV/M.490 - Nordic Satellite Distribution) (El texto en lengua inglesa es el único auténtico) (Texto pertinente a los fines del EEE)

    Diario Oficial n° L 053 de 02/03/1996 p. 0020 - 0040


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 19 de julio de 1995 por la que se declara incompatible con el mercado común y con el funcionamiento del Acuerdo EEE una operación de concentración (Caso n° IV/M.490 - Nordic Satellite Distribution) (El texto en lengua inglesa es el único auténtico) (Texto pertinente a los fines del EEE) (96/177/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CEE) n° 4064/89 del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, sobre el control de las operaciones de concentración entre empresas (1), modificado por el Reglamento (CEE) n° 2367/90 (2) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 8,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, su artículo 57,

    Vista la Decisión de la Comisión de 24 de marzo de 1995 de iniciar el procedimiento en el presente asunto,

    Después de haber dado a las empresas afectadas la oportunidad de dar a conocer su opinión sobre las objeciones planteadas por la Comisión,

    Visto el dictamen del Comité consultivo sobre operaciones de concentración (3),

    Considerando lo que sigue:

    (1) El presente procedimiento se refiere a la creación propuesta, por parte de Norsk Telekom AS («NT»), Tele Danmark A/S («TD») e Industrieförvaltnings AB Kinnevik («Kinnevik», de una empresa en participación con el nombre de Nordic Satellite Distribution.

    (2) Por Decisión de 13 de marzo de 1995, la Comisión ordenó la suspensión total de la operación de concentración, en virtud de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 7 y en el apartado 2 del artículo 18 del Reglamento (CEE) n° 4064/89 (en lo sucesivo «el Reglamento sobre operaciones de concentración»), hasta que adoptase una decisión definitiva.

    (3) Por Decisión de 24 de marzo de 1995, la Comisión llegó a la conclusión de que la concentración notificada planteaba serias dudas por lo que respecta a su compatibilidad con el mercado común. La Comisión incoó, en consecuencia, un procedimiento en relación con este caso, en virtud de lo dispuesto en la letra c) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento sobre operaciones de concentración.

    I. PARTES

    (4) NT, TD y Kinnevik han creado una empresa en participación denominada Nordic Satellite Distribution («NSD») para la prestación de servicios de transmisión vía satélite y de distribución por redes de cable o de difusión domiciliaria directa de programas de televisión en la región nórdica (Dinamarca, Suecia, Noruega y Finlandia).

    (5) NT es una empresa noruega controlada por Telenor AS, que a su vez es propiedad del Estado noruego. Telenor AS es el principal proveedor de servicios telefónicos en Noruega y posee o arrienda capacidad de transpondedor de los satélites Thor, Intelsat y TV-Sat, situados en 1° oeste. NT es propietaria, a través de Telenor, de Avidi AS, una importante red de distribución por cable en Noruega. Por último, NT presta también servicios de distribución domiciliaria directa de televisión en Noruega, Suecia y Finlandia, y en Dinamarca a través de su filial Telenor CTV.

    (6) TD es el operador danés de telecomunicaciones, propiedad al 51 % del Estado danés. Opera bajo concesión de los derechos exclusivos de prestar servicios de telefonía vocal públicos y otros servicios afines en Dinamarca, así como de instalar y gestionar la infraestructura pública danesa de redes de telecomunicación. TD es propietaria de una red nacional de distribución de banda ancha denominada «Hybrid Network», que se utiliza habitualmente para la transmisión de señales de radio y televisión a las redes locales de distribución. Las filiales de cable de TD distribuyen cadenas de televisión a sus propias redes y a otras redes locales.

    (7) Kinnevik es un grupo privado de empresas suecas que desarrolla sus actividades principalmente en los sectores forestal, agrícola, de materiales para envasado, de televisión y medios de comunicación y de telecomunicaciones. En estos últimos sectores, Kinnevik posee o controla empresas en los países escandinavos que actúan fundamentalmente en los siguientes ámbitos principales:

    - emisión de televisión vía satélite (a abonados a la distribución domiciliaria directa y a la red de cable) de cadenas comerciales (TV 3, TV G, TV 6, Z-TV) y cadenas de televisión de pago (TV 1 000, Film Max y TV 1 000 Cinema),

    - distribución de televisión vía satélite (a través de sus filiales Viasat Suecia, Viasat Noruega y Viasat Dinamarca),

    - sistemas de acceso condicional,

    - radiodifusión.

    Además, Kinnevik posee una participación del 23 % en la cadena de televisión comercial TV 4 (cadena sueca) y [. . .] (4).

    Por último, Kinnevik posee una participación del 37,4 % en Kabelvision AB, operador de televisión por cable en Suecia.

    II. OPERACIÓN

    (8) La operación consiste en la creación, por parte de NT, TD y Kinnevik, de la empresa en participación Nordic Satellite Distribution AS (NSD) que operará en el mercado del suministro de capacidad de transpondedor y en el de la transmisión y distribución de cadenas de televisión vía satélite al mercado nórdico.

    (9) El objetivo de NSD estriba en conseguir una posición de satélite interesante desde el punto de vista de la transmisión de señales de televisión a los países nórdicos.

    (10) NSD suministrará cadenas de televisión vía satélite a operadores de televisión por cable y directamente a los hogares.

    (11) Se pretende que la distribución domiciliaria directa de cadenas de televisión vía satélite y a las redes de televisión por cable efectuada por NSD se efectúe a través de las empresas matrices de distribución Viasat y Telenor CTV y a través de las empresas matrices operadoras de televisión por cable.

    III. DIMENSIÓN COMUNITARIA Y A EFECTOS DEL EEE

    (12) NT, TD y Kinnevik cuentan con un volumen de negocios mundial conjunto de 5 260 millones de ecus. El volumen de negocios en la Comunidad de TD y Kinnevik es de más de 250 millones de ecus, de los cuales una cantidad inferior a las dos terceras partes se efectúa en un solo y único Estado miembro. Por consiguiente, la operación tiene dimensión comunitaria.

    (13) Al mismo tiempo, dado que el volumen de negocios conjunto de las empresas afectadas en el territorio de los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) equivale a más del 25 % de su volumen de negocios total en el territorio del espacio económico europeo (EEE), la operación da lugar a cooperación de acuerdo con el artículo 58 y con el protocolo 24 del Acuerdo EEE.

    IV. ESTRUCTURA Y TECNOLOGÍA DEL SECTOR

    (14) El proveedor de una cadena de televisión, ya sea ésta pública, financiada mediante publicidad, de pago reducido o de pago convencional, se denomina «organismo de radiodifusión».

    (15) Si la transmisión de la cadena se efectúa vía satélite desde el estudio, las señales de televisión se envían a una estación de enlace ascendente. El enlace ascendente es el procedimiento por el que se envía una señal de televisión desde una estación terrestre a un satélite. Las señales de televisión pueden emitirse codificadas o sin codificar.

    (16) Desde la estación de enlace ascendente, las señales de televisión se envían al satélite que las retransmite. Los satélites utilizados para televisión están situados en una órbita geoestacionaria, por lo que pueden mantener un haz constante sobre un territorio determinado. Cada satélite consta de varios transpondedores que son elementos situados en un satélite y utilizados para recibir y transmitir señales de televisión. El área geográfica en la que las señales de televisión transmitidas por un transpondedor pueden ser recibidas directamente en el hogar de los usuarios que disponen de un equipo receptor estándar se denomina «huella». Por lo general, con la actual tecnología (analógica) cada transpondedor tendrá una capacidad para transmitir una cadena de televisión. Se espera que, gracias a la introducción de la tecnología digital, se incremente la capacidad de cada transpondedor entre cinco y diez veces.

    (17) La señal de televisión es recibida por una antena parabólica situada en tierra. Los receptores pueden ser: 1) hogares que reciben directamente la señal y que disponen (normalmente) de antenas parabólicas pequeñas; 2) operadores de televisión por cable que disponen de una o más antenas parabólicas de gran tamaño; y 3) operadores de antenas parabólicas colectivas (SMATV) (5).

    (18) La televisión de pago necesita una infraestructura técnica especial denominada «sistema de acceso condicional», necesario para garantizar que únicamente los espectadores autorizados, es decir, los abonados a unas cadenas codificadas concretas, pueden recibir las mismas. La televisión de pago es siempre codificada. En la zona nórdica todas las cadenas emitidas vía satélite están codificadas, al contrario de lo que sucede en otras zonas de Europa. En el momento de efectuar la codificación, se introduce junto con la señal de televisión un flujo de datos destinados al sistema de acceso condicional. Un sistema de acceso condicional consta fundamentalmente de: 1) un adaptador para descifrar (descodificador), 2) un sistema de gestión de abonados (SGA), 3) un sistema de autorización de abonados (SAA) y, por último, 4) un sistema de codificación.

    (19) Para recibir las señales codificadas de televisión, el usuario necesita un descodificador equipado con un elemento descifrador y con un procesador de seguridad. El descodificador descifra la imagen de televisión que está codificada cuando se transmite la señal de televisión.

    (20) El sistema de acceso condicional exige que se transmita, junto con la señal de televisión, un flujo de datos que contiene información sobre las cadenas o grupos de cadenas a las que se está abonado y sobre la autorización de los abonados para recibir los programas. Si se utiliza un sistema de cifrado abierto (véase más adelante), se entrega a cada espectador una tarjeta inteligente personal que se introduce en el descodificador para que pueda leer el flujo de datos recibido junto con la señal de televisión con objeto de determinar si su identidad está registrada. Si la tarjeta inteligente encuentra su «clave personal», el descodificador descifra la señal de televisión y la dirige hacia el aparato de televisión.

    (21) El sistema de acceso condicional se basa en la utilización de un sistema de cifrado que cifra los mensajes. Un organismo de radiodifusión necesita un acuerdo con un proveedor que le conceda el derecho a codificar y descodificar las cadenas de televisión utilizando un sistema de cifrado concreto. Sin embargo, esto no es así por lo que a los operadores de televisión por cable se refiere, ya que éstos pueden desarrollar y utilizar su propio sistema de cifrado. Estos sistemas pueden ser cerrados o abiertos.

    (22) Los sistemas cerrados son aquellos en los que únicamente los organismos de radiodifusión que hayan firmado un acuerdo con el propietario del sistema pueden cifrar utilizando el mismo. Normalmente, dicho acuerdo incluye el derecho concedido a un operador concreto para administrar el SGA, evitando así que otros operadores utilicen el sistema. La utilización del sistema cerrado obliga al consumidor a adquirir o alquilar un descodificador especial con objeto de recibir las cadenas de televisión cifradas mediante dicho sistema. Esto quiere decir que los usuarios deben adquirir o alquilar un descodificador adicional si quieren recibir las cadenas de televisión cifradas mediante otro sistema.

    (23) Los sistemas abiertos son aquellos en los que los descodificadores pueden ser obtenidos de distintas fuentes y el consumidor puede, con un mismo descodificador, recibir cadenas de televisión cifradas mediante distintos sistemas abiertos gracias al uso de distintas tarjetas inteligentes. Por lo general, cualquier organismo de radiodifusión puede adquirir, por una módica, el derecho de usar el sistema abierto concedido por el propietario.

    (24) Casi todos los sistemas europeos de cifrado son de tipo cerrado, por ejemplo, Videocrypt (utilizado por BSkyB y Adult Channel en el Reino Unido y por Multichoice en más de treinta países europeos, incluyendo los países nórdicos) y Syster/Nagravision (utilizado por Canal+ en Francia y España, Première en Alemania y Austria y Teleclub en Suiza). Sin embargo, por lo general, en los países nórdicos se utilizan los sistemas de cifrado abiertos.

    (25) Además del descodificador y del acceso a un sistema de cifrado, es también necesario disponer de un sistema de gestión de abonados (SGA) y de un sistema de autorización de abonados (SAA). El SGA es un sistema informático encargado de gestionar la base de los abonados (facturación y recaudación de suscripciones, consultas telefónicas, estadísticas, etc.). El SAA es un programa informático que autoriza o impide a los abonados la recepción de las cadenas de televisión de pago. El control del SGA, que incluye información de gran importancia sobre los consumidores, sería especialmente para un organismo de televisión de pago o para un operador de televisión por cable. Cabe suponer que estos operadores se mostrarían muy reticentes a que un competidor se hiciese con su SGA.

    (26) La transmisión transparente significa que el cifrado se efectúa cuando se transmite la señal y la primera descodificación se efectúa en el hogar. En este momento, los hogares que reciben la distribución domiciliaria directa reciben una transmisión transparente. Esto no suele ser así con aquellos hogares conectados a redes de televisión por cable. Estas redes consisten en gran medida en varias unidades separadas de cable en cada una de las cuales existe una cabecera de cable que recibe la señal. Por lo general, los operadores de cable necesitan disponer de un descodificador para cada cabecera de cable y para cada cadena de televisión. Mediante la transmisión transparente, un hogar conectado a una red de televisión por cable recibe la señal directamente desde el satélite, con lo que el operador de televisión por cable puede ahorrarse un sistema de codificado y descodificado en cada centro distribuidor.

    V. OPERACIÓN DE CONCENTRACIÓN

    CONTROL CONJUNTO

    (27) NSD será propiedad, al 33,3 %, de NT, TD y Kinnevik, respectivamente. Su consejo de administración estará compuesto por cuatro administradores; cada una de las partes nombrará a uno de ellos y habrá además uno independiente que será nombrado por acuerdo entre las partes y que también será presidente del consejo.

    (28) Según el apartado 2 del artículo 5 del Acuerdo de accionistas de NSD, las decisiones del consejo se adoptarán por mayoría, excepto las referentes a determinados temas que exigen ser adoptadas por unanimidad. Entre estos temas se incluyen:

    [. . .]

    (29) El presidente del consejo de administración [. . .].

    (30) Como consecuencia de todo lo anterior, se puede concluir que NSD estará controlada conjuntamente por sus tres empresas matrices.

    EMPRESA EN PARTICIPACIÓN AUTÓNOMA

    (31) NSD desarrollará las principales actividades siguientes:

    - negociar y firmar acuerdos con suministradores de programas (organismos de radiodifusión) para la distribución de cadenas de televisión vía satélite;

    - conseguir una posición de satélite privilegiada (denominada por las partes «Nordic Hot Bird») para el mercado nórdico, mediante el arrendamiento de una capacidad de satélite en las posiciones orbitales de 1° oeste y 5° este;

    - crear una estrategia de programas basada en un nuevo paquete de cadenas de televisión adaptado a los países nórdicos;

    - distribuir dicho paquete vía satélite a los mercados de los países nórdicos de televisión por cable, antenas parabólicas colectivas (SMATV) y directamente a domicilio. Se incluye aquí la prestación de servicios de gestión de abonados, la distribución de tarjetas inteligentes y la gestión de un sistema de autorización de abonados;

    - fomentar y aplicar un estándar de transmisión digital y un sistema conjunto de codificación para los países nórdicos destinado a la televisión por cable, las SMATV y la distribución domiciliaria directa;

    - desarrollar nuevos productos y servicios relacionados con las actividades de la empresa. [. . . indicación de servicios que no serán provistos por NSD].

    (32) NSD ha sido constituida con una duración indeterminada. Dispondrá del activo y del personal necesario para desempeñar su actividad con carácter duradero.

    (33) Cuando comience a funcionar NSD, la propia empresa en participación será parte contratante de cualquiera de los nuevos contratos que se firmen con los organismos de radiodifusión. Todos los acuerdos de Viasat y Telenor CTV con organismos de radiodifusión se transferirán a NSD, siempre que dichos organismos lo autoricen.

    (34) NSD suministrará capacidad de transpondedor vía satélite y servicios de red vía satélite subarrendados por parte de Telenor de otros operadores independientes de satélites a organismos de radiodifusión. Telenor posee y gestiona el satélite Thor, situado en 1° oeste, y ha reservado cierto número de transpondedores en el satélite Intelsat, situado en la misma posición orbital. Además, Telenor controla todos los transpondedores del satélite TV-Sat, también situado en la misma posición.

    (35) Según el acuerdo de cooperación firmado entre Telenor y NSD, ambas empresas tendrán un derecho recíproco de prioridad sobre el arrendamiento y suministro de capacidad de transpondedor de satélite para la transmisión de programas de televisión [. . .]. De esta forma, NSD tendrá un derecho de prioridad:

    - sobre el arrendamiento de capacidad de transpondedor de satélite y los servicios de red de satélite de Telenor;

    - sobre la prestación de servicios de capacidad de satélite y de red de satélite a terceros que deseen emitir en los países nórdicos y que se habían puesto en contacto inicialmente con Telenor.

    (36) Telenor cuenta con un derecho de prioridad para suministrar a NSD o a sus filiales toda la capacidad de transpondedor y servicios de red de satélite que necesiten. Si existiese un exceso de capacidad en los servicios de red de satélite arrendados por NSD, Telenor podrá utilizar esta capacidad [. . .].

    (37) Además, Kinnevik y TD han firmado acuerdos de arrendamiento con el operador de satélites sueco Nordiska Satelitaktiebolaget («NSAB») para el arrendamiento de [. . .] transpondedores situados en 5° este. En esta posición, NSAB posee el satélite Sirius y el Tele-X, que disponen cada uno de cinco transpondedores. [. . . detalles sobre los acuerdos de arrendamiento de transpondedores y los derechos especiales de Kinnevik y TD con respecto a los satélites NSAB en 5° este].

    (38) NSD ofrecerá a los suministradores de programas un servicio integrado de transmisión vía satélite. El hecho de que NSD subarriende la capacidad de transpondedor de satélite y los servicios de red a Telenor o a TD/Kinnevik no es óbice para su plena actividad a este nivel, ya que NSD controlará la utilización de esta capacidad de transpondedor durante largo tiempo. Los contratos de arrendamiento de capacidad de transpondedor de satélite se firman, por lo general, por un largo período (entre siete y diez años), que coincide normalmente con la vida útil del propio satélite. Así, NSD podrá desarrollar su propia estrategia comercial con carácter duradero.

    (39) NSD desarrollará un nuevo paquete de cadenas de televisión que estarán especialmente adaptadas a los espectadores nórdicos en cuanto a programación e idioma se refiere.

    (40) Por lo que se refiere a la distribución domiciliaria directa de cadenas de televisión, tal y como se ha señalado anteriormente, antes de crear NSD, tanto NT como Kinnevik ofrecían servicios de distribución de televisión en los países nórdicos. A partir de ahora NSD concederá a las empresas Viasat el derecho exclusivo a distribuir las cadenas de televisión de NSD directamente a los hogares y a las antenas parabólicas colectivas en Dinamarca y a los hogares y a las antenas parabólicas colectivas y a los hogares conectados al cable en Suecia. Viasat Suecia continuará siendo propiedad al 100 % de Kinnevik, pero Viasat Dinamarca será propiedad de Kinnevik y TD al 51 % y 49 % respectivamente. TD dispone de una opción condicional para adquirir un [. . .] % más del capital de Viasat Dinamarca en 1998.

    (41) En Noruega, NSD dispondrá, por el momento de dos representantes: Viasat Noruega (propiedad al 100 % de Kinnevik) y Telenor CTV. Se prevé [. . .].

    (42) En su calidad de distribuidor exclusivo de NSD, las empresas Viasat dispondrán de:

    - el derecho y la obligación de distribuir las cadenas de televisión suministradas por NSD,

    - la posibilidad de distribuir otras cadenas de televisión previa autorización de NSD. En este caso, la única limitación [. . .].

    (43) El precio que deberán pagar los abonados a cada una de las cadenas incluidas en el paquete de NSD será decidido por [. . .]. Con arreglo a la estrategia de programas de NSD, sus distribuidores elaborarán cada año un presupuesto de comercialización, por cadena o por paquete de cadenas, que reflejará los acuerdos firmados entre NSD y el organismo de radiodifusión. Estos presupuestos deberán presentarse a NSD, que deberá aprobarlos, al igual que cualquier desviación de los mismos.

    (44) El hecho de que, tal y como se ha señalado anteriormente, los acuerdos de Viasat y Telenor CTV con organismos de radiodifusión van a ser transferidos a NSD a partir de su entrada en funcionamiento y que esta última negocie y participe en cualquier nuevo acuerdo demuestra que NSD asumirá todas las responsabilidades por lo que a la distribución se refiere. Aunque las empresas Viasat y Telenor CTV no serán propiedad de NSD (salvo por lo que se refiere a Viasat Finlandia), ejecutarán las decisiones estratégicas de NSD referentes a la distribución, con arreglo a [. . .] y presupuestos aprobados por NSD.

    (45) NSD suministrará y controlará su sistema de autorización de abonados (SAA). Viasat y Telenor CTV conservarán el sistema de gestión de abonados (SGA), por lo que suministrarán las tarjetas inteligentes a los clientes y se encargarán de la administración de las suscripciones y pagos, pero deberán pagar un canon mensual por cada tarjeta inteligente en concepto de los servicios de SAA prestados por NSD. NSD pretende también desarrollar un nuevo SAA para servicios digitales [. . .].

    (46) Por lo que se refiere a la distribución por cable, NT y los operadores de cable de TD serán nombrados representantes de NSD para la compra y venta de cadenas de televisión en el mercado de la televisión por cable y en parte del mercado SMATV. Esto significa que:

    - NT y los operadores de cable de TD tendrán el derecho y la obligación de fomentar la venta de cadenas de televisión vía satélite suministradas por NSD dentro de sus áreas geográficas respectivas, pero NSD tendrá derecho a vender cualquier cadena a otros operadores de cable o de SMATV dentro de la misma área;

    - los dos operadores de cable podrán distribuir una cadena de televisión que no pueda suministrar NSD con el previo consentimiento de ésta;

    - NSD dispondrá [. . .].

    (47) Similarmente a lo acordado con Viasat, los acuerdos firmados por NT y por los operadores de cable de TD con organismos de radiodifusión se transferirán a NSD a partir de la entrada en funcionamiento de ésta y previa autorización de dichos organismos. Por consiguiente, NSD asumirá la plena responsabilidad del suministro de cadenas vía satélite a las redes de cable que sean propiedad de las partes.

    (48) A pesar de que NSD será una empresa relativamente pequeña en términos económicos, ya que sólo dará trabajo a [. . .] personas aproximadamente durante el primer año y a unas [. . .] en un plazo de dos o tres años, y que el valor de sus activos será de aproximadamente [. . .] millones de ecus, como consecuencia de todo lo antedicho cabe concluir que NSD dispondrá de todos los recursos necesarios para desarrollar todas las funciones ejecutadas normalmente por las empresas que operan en el sector, por lo que constituirá una empresa en participación autónoma.

    ASPECTOS COOPERATIVOS

    (49) Las empresas matrices de NSD son actualmente competidores fundamentalmente en el nivel de distribución, ya que en el segmento de la distribución domiciliaria directa en Noruega, Dinamarca y Suecia, NT, a través de Telenor CTV, compite con las empresas Viasat de Kinnevik y, en algunas regiones, existe competencia entre Viasat y los operadores de cable de TD y NT.

    (50) En el mercado de la distribución domiciliaria directa, [. . .] Viasat [. . .] pasará a ser distribuidor exclusivo del paquete de cadenas de televisión de NSD en estos países. Entre tanto, la transferencia de todos los contratos de distribución a NSD y el derecho exclusivo a negociar nuevos contratos impide que las empresas matrices suministren servicios de distribución domiciliaria directa en sus propios países y que desarrollen una estrategia de distribución en beneficio de sus intereses individuales.

    (51) Los operadores de cable de las partes y Viasat continuarán su actividad en las mismas áreas pero actuarán todos como representantes de NSD ofreciendo, por lo general, el mismo paquete de cadenas de televisión vía satélite. Por lo que se refiere al segmento de la distribución domiciliaria directa, la transferencia de los contratos de los operadores de cable así como el derecho a negociar de NSD evitan que las empresas matrices puedan prestar estos servicios en su propio país.

    (52) También existe competencia actualmente entre NT y TD en un mercado muy marginal desde el punto de vista económico: el de los servicios de enlace ascendente de televisión hacia el satélite (véase el considerando 56). Ambas empresas matrices prestan actualmente estos servicios desde sus respectivos países, pero la insignificancia de este mercado desde el punto de vista económico demuestra claramente que la operación no tiene como objeto o efecto el coordinar las actividades de ambas empresas matrices por lo que se refiere a estos servicios de enlace ascendente.

    (53) Por último, las actividades de las empresas matrices de NSD en los mercados anteriores o posteriores difícilmente podrán dar lugar a cualquier tipo de coordinación de su conducta competitiva. NT no compite como operador de satélite con TD ni con Kinnevik. Esta última emitirá sus cadenas de televisión de pago y de televisión comercial a través de NSD, pero ninguna de las otras partes son organismos de radiodifusión.

    (54) Los hechos antes descritos llevan a la conclusión de que la creación de NSD no tiene como objeto o efecto coordinar la conducta competitiva de empresas que continúan siendo independientes. Por consiguiente, cabe concluir que la presente operación constituye una concentración a efectos del artículo 3 del Reglamento sobre operaciones de concentración.

    VI. MERCADOS DE PRODUCTOS PERTINENTES

    (55) La operación abarca los siguientes mercados de producto: i) suministro de capacidad de transpondedor de televisión vía satélite y de servicios afines a los organismos de radiodifusión; ii) distribución domiciliaria directa de televisión de pago y de otras cadenas de televisión codificadas, y iii) explotación de redes de televisión por cable (véase el considerando 165).

    i) Suministro de servicios de capacidad de transpondedor de televisión vía satélite y de servicios afines a los organismos de radiodifusión

    (56) Existen varias empresas en el sector del suministro de capacidad de transpondedor de satélite. Estas empresas (operadores de satélite) ponen en órbita y gestionan satélites y arriendan transpondedores a organismos de radiodifusión para la transmisión de señales de televisión. Según las partes, existen cerca de 250 transpondedores disponibles para la transmisión de señales de televisión hacia Europa (con un volumen de negocios de aproximadamente 625 millones de ecus). Las cadenas de televisión vía satélite más importantes en los países nórdicos se transmiten actualmente a través de Astra, Thor, Intelsat 702 y Sirius. Estos transpondedores se arriendan por lo general a organismos de radiodifusión, los cuales, mediante acuerdos de licencia, suministran sus cadenas de televisión a los distribuidores de televisión por cable y a los usuarios de distribución domiciliaria directa.

    (57) La distribución de señales de televisión vía satélite (transpondedores) es un mercado distinto del de la distribución de señales de televisión mediante enlaces terrestres, ya que existen considerables diferencias entre los dos sistemas de distribución, tanto desde el punto de vista técnico como económico (véase el caso n° IV/M.469 - MSG Media Service). La operación de creación de NSD dará lugar a una reorganización de la capacidad de transpondedor actualmente existente y no supondrá una ampliación de la capacidad de transpondedor de satélite adecuada para los espectadores nórdicos.

    ii) Distribución domiciliaria directa de televisión de pago de vía satélite y de otras cadenas de televisión codificadas

    (58) En este mercado (denominado en lo sucesivo «distribución domiciliaria directa»), el distribuidor de televisión de pago y de otras cadenas codificadas comercializa y vende las cadenas o un paquete de cadenas directamente a domicilio y suministra a los usuarios de este servicio la tarjeta inteligente necesaria. En la zona nórdica, la mayor parte de los distribuidores de este servicio venden las cadenas en paquetes (grupos de cadenas), algunos de los cuales contienen hasta veinticinco cadenas de todas clases. Normalmente, el distribuidor ofrece un «paquete básico» que incluye una mezcla de cadenas de televisión de pago y de cadenas financiadas mediante la publicidad. Además, el cliente dispone de la posibilidad de añadir otras cadenas al paquete. Algunas cadenas de pago y otras cadenas codificadas se comercializan en los países nórdicos.

    (59) Actualmente existen tres grandes distribuidores en los países nórdicos: Multichoice (empresa distribuidora de FilmNet) y las empresas de distribución de Kinnevik y NT. Se pretende que la distribución domiciliaria directa de cadenas de televisión por parte de NSD se efectúe con carácter exclusivo a través de las empresas distribuidoras matrices (véanse los considerandos 40 a 42).

    (60) El mercado de la distribución domiciliaria directa cuenta con unas grandes posibilidades de crecimiento. Si se compara con la transmisión a través de la red de cable, la recepción domiciliaria directa es actualmente uno de los pequeños segmentos del mercado (véase el considerando 62). [. . .] existen aproximadamente 720 000 hogares que reciben este servicio en los países nórdicos (360 000 en Suecia, 170 000 en Dinamarca, 160 000 en Noruega y alrededor de 30 000 en Finlandia). Sin embargo, las partes consideran que, a finales de 1998, el sector de la distribución domiciliaria directa abarcará [. . .] millones de hogares.

    iii) Explotación de redes de televisión por cable

    (61) Los operadores de cable suministran los siguientes servicios a hogares conectados a sus redes: mantenimiento de la red, y venta y comercialización de cadenas de televisión. Además, los operadores de cable se dirigen también a los hogares conectados a antenas parabólicas colectivas con objeto de vender también en este segmento las cadenas de televisión. Los hogares que desean tener acceso a la televisión de pago suelen alquilar un descodificador al operador de la red de cable. Sin embargo, estos operadores utilizan normalmente sus propios SGA y SAA basados en sus propios sistemas de cifrado y venden estos servicios a organismos de radiodifusión que desean transmitir televisión de pago u otras cadenas codificadas a través de la red.

    (62) Desde el punto de vista del espectador, existen importantes diferencias entre las distintas vías de transmisión (terrestre, domiciliaria directa vía satélite y por cable) que repercuten tanto sobre los requisitos técnicos como sobre la financiación. Mientras que para la transmisión terrestre y vía satélite sólo es necesario que el espectador instale una antena convencional o una antena parabólica por su cuenta, la televisión por cable depende del mantenimiento de una red de cable, financiada por los espectadores mediante un canon (véase el caso n° IV/M.469 - MSG/Media Service). En este sentido, actualmente cerca de 4,3 millones de hogares de los países nórdicos, de un total de 10 millones, están conectados mediante redes de cable y cerca de 0,7 millones están conectados a antenas parabólicas colectivas de las cuales algunas reciben la señal procedente de los operadores de cable.

    >SITIO PARA UN CUADRO>

    (63) Actualmente, el sistema predominante de distribución de televisión vía satélite en los países nórdicos es el cable. Sin embargo, el mercado de la televisión por cable ha alcanzado un punto de saturación y se caracteriza actualmente por un lento crecimiento, y se espera que entre un 50 % y un 60 % como máximo de los diez millones de hogares que reciben señales de televisión en los países nórdicos estén probablemente cableados en el futuro, fundamentalmente debido a dificultades geográficas y a la dispersión de la población en una amplia zona geográfica cuyo cableado no es rentable. Se podría argumentar que existe cierta relación competitiva entre el mercado de la televisión por cable y el mercado de la distribución domiciliaria directa vía satélite. Sin embargo, en un futuro próximo, gran número de los hogares de los países nórdicos que actualmente no están cableados no podrán elegir entre transmisión por cable o transmisión domiciliaria directa.

    Otro elemento que puede limitar la elección en un hogar estriba en el hecho de que en algunas casas está prohibido adquirir antenas parabólicas por motivos estéticos, ya sea por el propietario o por la comunidad de propietarios cuando se trata de edificios de viviendas. Finalmente, aquellos hogares que ya están cableados o que disponen de una antena parabólica no están dispuestos por lo general a efectuar una nueva inversión para adquirir otro sistema de transmisión (efecto de bloqueo). Por todos los motivos antes mencionados, cabe concluir que el funcionamiento de las redes de cable constituye un mercado afectado independiente.

    (64) El mercado nórdico de la televisión por cable consiste en cierto número de redes de cable de distintas dimensiones que cuentan a su vez con varias unidades de cable separadas. En cada cabecera de cable, el operador de cable dispondrá, por lo general, de antenas parabólicas dirigidas hacia los correspondientes satélites.

    VII. MERCADO GEOGRÁFICO PERTINENTE

    i) Suministro de servicios de capacidad de transpondedor de televisión vía satélite y de servicios afines a los organismos de radiodifusión

    (65) Un organismo de radiodifusión que desea transmitir a una zona concreta necesita un transpondedor que abarque la zona geográfica pertinente mediante una huella (la zona geográfica en la que las señales de televisión distribuidas por un satélite pueden ser recibidas directamente a domicilio por aquellos hogares que disponen de una instalación receptora estándar).

    (66) Técnicamente, los hogares situados en los países nórdicos pueden recibir señales procedentes de todos los satélites europeos. La calidad de la recepción depende del tamaño de la antena parabólica y de la potencia de la señal del transpondedor. Sin embargo, por lo general, el tamaño de la antena parabólica se ve limitado por consideraciones económicas y estéticas, y normalmente los hogares nórdicos que reciben directamente la señal disponen únicamente de un equipo preparado para recibir señales desde determinadas posiciones de satélite. En cambio, para los operadores de televisión por cable la situación es muy diferente, ya que, dado que no deben hacer frente a las mismas restricciones económicas y estéticas, pueden recibir señales procedentes de prácticamente todos los satélites europeos.

    (67) Para la transmisión domiciliaria directa, una de las formas de definir el alcance geográfico de los transpondedores consiste en considerar el tamaño de la antena parabólica necesario para recibir señales de buena calidad procedentes de los correspondientes transpondedores. Según la información técnica [. . .], la Société Européenne des Satellites (SES), propietaria de los satélites Astra, ha definido sus mercados principales como aquellas zonas en las que se pueden recibir las señales con antenas parabólicas de hasta 60 cm de diámetro. Si se toma este tamaño como base, los satélites nórdicos (Intelsat 702/Thor/TV-Sat y Sirius/Tele-X) y los satélites Astra y Eutelsat están incluidos en el mercado geográfico pertinente de los espectadores nórdicos.

    (68) La huella de los transpondedores de los satélites nórdicos hace posible que todos los espectadores de los países nórdicos que dispongan de una antena parabólica de 60 cm reciban las señales procedentes de dichos transpondedores. Astra y Eutelsat también entran dentro del mercado geográfico pertinente de la zona nórdica, ya que los hogares que reciben la distribución domiciliaria directa de toda Dinamarca y de las zonas meridionales de Noruega y de Suecia y que disponen de una antena parabólica de 60 cm pueden recibir señales de algunos de los transpondedores de Eutelsat y Astra. Las señales de este último no se pueden recibir en Finlandia con una antena de 60 cm.

    (69) Desde un punto de vista técnico, para un organismo de radiodifusión cuyo objetivo sea únicamente Dinamarca, los transpondedores situados en los satélites Astra y Eutelsat serían tan importantes como los situados en los satélites nórdicos. Sin embargo, para un organismo que desease operar a escala nórdica, los transpondedores que únicamente abarcan una zona del mercado nórdico no serían una alternativa interesante. Para este último organismo existirá una sustitución imperfecta entre los transpondedores de NSD y los situados en Astra y Eutelsat. Este hecho queda corroborado por la información [. . .], en el sentido de que antes de que se determinasen las posiciones de los satélites nórdicos no existía capacidad de transpondedor con una huella ideal para los países nórdicos.

    (70) Además, hay que tener en cuenta que, si se comparan con los satélites nórdicos, Astra y Eutelsat tienen un carácter internacional y están dirigidos hacia Europa central. La información [. . .] señala que el alquiler de un transpondedor situado en Astra o Eutelsat será [. . .] mayor que el de uno situado en un satélite nórdico. Si NSD mantiene una importante diferencia en el precio, los transpondedores situados en Astra y Eutelsat no constituirán una alternativa para un organismo de difusión que desee competir en buenas condiciones en la zona nórdica.

    (71) Sin embargo, en el presente caso, los aspectos técnicos relacionados con las huellas y el tamaño de las antenas parabólicas, así como los precios de los transpondedores, no son determinantes a la hora de definir el mercado geográfico pertinente, ya que la operación creará tales barreras a la entrada para los suministradores de capacidad de transpondedor adecuada para los espectadores nórdicos que la propia operación dará lugar a la creación de un mercado nórdico separado. Tal y como se demostrará en la valoración, gracias a su control sobre la capacidad del transpondedor y a los vínculos con Kinnevik en su calidad de importante organismo de radiodifusión y de distribuidor de cadenas de televisión nórdicas y gracias a los vínculos con TD y NT en su calidad de importantes operadores de cable, NSD estará en condiciones de impedir que otros operadores de satélite alquilen transpondedores a organismos de radiodifusión que deseen dirigirse a los espectadores nórdicos.

    ii) Distribución domiciliaria directa de televisión de pago vía satélite y de otras cadenas de televisión codificadas

    (72) La distribución domiciliaria directa es una operación al por menor en la que se establece contacto local directo con el espectador. FilmNet, Kinnevik y NT disponen de empresas nacionales que suministran estos servicios cuya comercialización se efectúa a escala nacional. Además, la propia operación impedirá la entrada de nuevas empresas de distribución en el mercado de la zona nórdica, ya que, en efecto, dichas empresas no podrán crear una tarjeta inteligente que cuente con un paquete de programas interesante (véanse los considerandos 138 a 141). El mercado será probablemente nacional, pero esto no afecta a la valoración de si el mercado debe definirse como nacional o nórdico y, por lo tanto, no es necesario resolver este aspecto.

    iii) Explotación de redes de televisión por cable

    (73) La competencia entre los distintos operadores para obtener conexiones se lleva a cabo a nivel nacional por lo que a las actividades de comercialización se refiere. Tal parece ser especialmente el caso en Dinamarca. Los operadores de televisión por cable deben hacer frente a distintas condiciones comerciales en distintos países desde el punto de vista geográfico, de comercialización y normativo. Por lo tanto, la explotación de las redes de cable es un mercado nacional.

    VIII. VALORACIÓN

    (74) La operación abarca fundamentalmente los siguientes mercados independientes:

    A. Suministro de servicios de capacidad de transpondedor de televisión vía satélite y de servicios afines a los organismos de radiodifusión.

    B. Explotación de redes de televisión por cable.

    C. Distribución domiciliaria directa de televisión de pago vía satélite y de otras cadenas de televisión codificadas.

    La operación repercutirá sobre los correspondientes mercados, ya sea de forma horizontal o mediante los vínculos verticales creados. Tras la operación, NSD controlará una infraestructura integrada encargada de la prestación de servicios de televisión en la zona nórdica y gozará del derecho de transmitir en dicha zona algunas de las cadenas de televisión más importantes.

    La valoración estudia primero el efecto de la operación sobre el mercado de la capacidad de transpondedor (sección A). A continuación se examinan los efectos de la operación sobre los mercados de televisión por cable (sección B) y de la distribución domiciliaria directa de televisión de pago vía satélite y de otras cadenas codificadas (sección C). La sección D se refiere al progreso técnico y económico y la sección E aborda los compromisos que las partes proponen. Las conclusiones de la Comisión se recogen en la sección F.

    A. SUMINISTRO DE SERVICIOS DE CAPACIDAD DE TRANSPONDEDOR DE TELEVISIÓN VÍA SATÉLITE Y DE SERVICIOS AFINES A LOS ORGANISMOS DE RADIODIFUSIÓN

    A.1. Estructura y capacidad del mercado

    a) Capacidad de transpondedor disponible para el «Nordic Hot Bird»

    (75) Actualmente, existen cinco satélites en la posición 1° oeste y 5° este. Dichos satélites son:

    - Thor, con cinco transpondedores ([. . . n° de transpondedores que serán usados por NSD. . .]),

    - Intelsat, con diez transpondedores ([. . . n° de transpondedores que serán usados por NSD. . .]),

    - TV-Sat, con cinco transpondedores ([. . . n° de transpondedores que serán usados por NSD. . .]),

    - Sirius, propiedad de la empresa estatal sueca NSAB, con cinco transpondedores ([. . . n° de transpondedores que serán usados por NSD. . .]),

    - Tele-X, propiedad de NSAB, con cinco transpondedores ([. . . n° de transpondedores que serán usados por NSD. . .]).

    Telenor posee y gestiona el satélite Thor, situado en 1° oeste. Además, Telenor es arrendatario del satélite TV-Sat, propiedad de German Telekom, y, asimismo, ha reservado todos los transpondedores del satélite Intelsat que, al igual que el anterior, está también situado en 1° oeste. Paralelamente, Kinnevik y TD han firmado un acuerdo con el operador sueco de satélites NSAB para arrendar cuatro transpondedores situados en el satélite Sirius y dos en el satélite Tele-X, situados ambos en 5° este. Este acuerdo habrá de transferirse a NSD antes de que ésta entre en funcionamiento.

    (76) NSD y sus empresas matrices controlarán directa o indirectamente la mayor parte de la capacidad disponible para el «Nordic Hot Bird». De un total de treinta transpondedores situados en la posición 1° oeste y 5° este, NSD alquilará inmediatamente diecinueve.

    b) Competencia con Astra y Eutelsat

    (77) Las partes afirman que los satélites Astra y, en menor medida, Eutelsat son actualmente competidores de los satélites nórdicos, ya que algunos hogares situados en las zonas meridionales de Escandinavia pueden recibir directamente a domicilio las señales procedentes de algunos transpondedores de Eutelsat y Astra con una instalación estándar. Según las partes, más de cincuenta transpondedores situados en Astra y Eutelsat se utilizan actualmente para cadenas dirigidas a, o interesantes para, los hogares nórdicos.

    (78) Es cierto que hoy en día aproximadamente el 70 % de las antenas parabólicas de los hogares de la zona nórdica que reciben directamente las señales están orientados hacia el satélite Astra. Además, las antenas parabólicas de casi todas las redes de cable nórdicas están orientadas hacia Astra y Eutelsat. Sin embargo, hay que tener en cuenta que, salvo las cuatro cadenas de Kinnevik y una cadena de televisión de pago transmitida desde Astra para los espectadores nórdicos, todas las cadenas distribuidas a través de Astra y Eutelsat se emiten en lenguas extranjeras y están dirigidas a países no escandinavos. Se puede decir que algunas de estas cadenas son interesantes para los hogares nórdicos, por ejemplo Eurosport y MTV Europa, y no cabe excluir la posibilidad de que en algunas regiones otras cadenas gocen de amplia aceptación (por ejemplo, los programas en lengua alemana en las zonas del sur de Dinamarca). Sin embargo, las cadenas nacionales son, con mucho, las más populares. El idioma nacional es el elemento más decisivo cuando el espectador elige una cadena, y para que la publicidad en televisión sea rentable el sector debe usar cadenas nacionales de televisión.

    (79) Además, el objetivo de Astra y Eutelsat es Europa central. Hasta el momento no han mostrado especial interés en la zona nórdica y las huellas de los satélites no abarcan toda la zona escandinava. Los satélites controlados por NSD disponen de huellas dirigidas concretamente a los espectadores nórdicos. Por consiguiente, los organismos de radiodifusión que utilicen los transpondedores de NSD obtendrán una posición ventajosa en comparación con aquellos competidores que no tengan acceso a dichos transpondedores. En cualquier caso, a raíz de la operación, Astra y Eutelsat no serán competidores importantes para el «Nordic Hot Bird» de NSD como proveedores de transpondedores para los organismos de radiodifusión que deseen dirigirse a los espectadores nórdicos. Esto se debe a los siguientes motivos:

    i) Importancia de las cadenas de televisión de Kinnevik

    Gracias al vínculo con Kinnevik como organismo de radiodifusión, NSD podrá ofrecer en exclusiva cadenas de televisión nórdicas muy populares. En consecuencia, la mayoría de los hogares nórdicos que reciben distribución domiciliaria directa orientarán sus antenas parabólicas hacia los satélites de NSD.

    ii) Vínculo con Kinnevik como principal distribuidor

    Los organismos de radiodifusión que pretendan dirigirse al mercado nórdico de la distribución domiciliaria directa consideran fundamental el poder disponer del paquete de cadenas de televisión vía satélite de Viasat, a causa de la atracción de las populares cadenas de Kinnevik que se ofrecerán en dicho paquete. Mediante la operación, Viasat será el distribuidor exclusivo de las cadenas disponibles mediante los satélites de NSD. Por consiguiente, los organismos de radiodifusión considerarán de vital importancia introducirse en los satélites de NSD, al igual que en el paquete de distribución de Viasat.

    iii) Vínculo con las empresas matrices como principales operadores de televisión por cable

    Dado el vínculo de NSD con TD y NT como principales operadores de televisión por cable, los organismos de radiodifusión deberán plantearse la posibilidad de carecer de acceso a gran parte de las redes nórdicas de cable si transmiten desde Astra o Eutelsat.

    iv) Diferencia de precios

    [ . . ].

    v) Falta de capacidad en Astra y Eutelsat

    Toda la capacidad de transpondedor en Astra y Eutelsat está actualmente ocupada.

    i) Importancia de las cadenas de televisión de Kinnevik

    (80) La relación entre Kinnevik como organismo de radiodifusión y NSD como proveedor de servicios de transpondedor constituirá el medio indispensable para las partes a la hora de crear un «Nordic Hot Bird». NSD ofrecerá un paquete compuesto aproximadamente por [15-30] programas entre los que se incluirán las cadenas TV 3 de Kinnevik. Estas cadenas desempeñarán un papel fundamental en la creación del «Nordic Hot Bird». Cuando entraron en funcionamiento (TV 3 Suecia en 1989 y, posteriormente, TV 3 Dinamarca y TV 3 Noruega en 1991) se transmitían desde Astra. Las cadenas de TV 3 llegaron a ser muy populares en estos países. Según las partes, cerca del 50 % de los hogares de Suecia, Noruega y Dinamarca reciben TV 3. La información suministrada por los operadores de cable señala que más del 70 % de sus espectadores ven regularmente TV 3 y que esta cadena se sitúa entre las cuatro más populares en cada país. Los operadores de televisión por cable indicaron, por lo general, que TV 3 es la cadena distribuida más importante, aparte de las cadenas nacionales distribuidas por vía terrestre. En este sentido, hay que tener en cuenta que los espectadores nórdicos pueden ver las cadenas nacionales sin necesidad de adquirir una antena parabólica o de suscribirse a la televisión por cable. Así, las familias adquieren una antena parabólica o se suscriben a la televisión por cable con objeto de tener acceso a más cadenas, de las que TV 3 es la más importante.

    (81) Además, en un breve plazo de tiempo las partes podrán añadir al paquete cadenas de televisión más interesantes. Kinnevik posee otras cadenas (TV 6, TV G, Z-TV) que también serán transmitidas en exclusiva desde los transpondedores de NSD.

    (82) Se considera que, a raíz de la operación, Astra no será uno de los principales suministradores de cadenas de televisión vía satélite para el mercado nórdico. Actualmente, cinco de los transpondedores situados en Astra se utilizan para cadenas nórdicas, mientras que Eutelsat no transmite ninguna. De los cinco transpondedores nórdicos, situados en Astra, cuatro están alquilados por Kinnevik y son utilizados para sus cadenas TV 3 Dinamarca, TV 3 Suecia, TV 3 Noruega y TV 1000. A raíz de la operación, [. . . ].

    (83) Los cuatro transpondedores de Kinnevik situados en Astra [. . . ].

    (84) Además, NSD también suministrará en los países nórdicos las cadenas en lengua extranjera más populares de Astra: Eurosport, Discovery, Children's Channel, CNN Int. y MTV Europe. [. . . ] se transmitirán en una versión nórdica más atractiva dentro del paquete de NSD. [. . . ] también otras cadenas internacionales están considerando la posibilidad de preparar versiones nórdicas de sus cadenas subtitulándolas o doblándolas. Es muy probable que estas cadenas sean también transmitidas desde los satélites de NSD. NT dispone de los derechos exclusivos de distribución de [. . . ] en la zona nórdica. Sin duda alguna, estos derechos se transferirán a NSD y es probable que ésta pueda obtener los derechos exclusivos de otras cadenas de gran aceptación.

    (85) Basándose en todo lo anterior, parece que los organismos de radiodifusión dejarán de transmitir las cadenas nórdicas en Astra y que éste no dispondrá de muchas de las cadenas populares en lengua extranjera para poderlas ofrecer a los espectadores nórdicos distintas de las que éstos puedan obtener de los satélites nórdicos, incluso a veces en versión nórdica.

    (86) Es probable que la posición de NSD se vea reforzada aún más por el hecho de que los organismos nacionales de radiodifusión de Dinamarca están planeando distribuir cadenas vía satélite como complemento de las distribuidas por vía terrestre. Parece que NSD es la única posibilidad de distribución realista para estas empresas. Además, la inclusión de estas empresas en NSD hará que algunos organismos de radiodifusión importantes no podrán ser utilizados por los posibles competidores de NSD que pretendan distribuir televisión vía satélite en la zona nórdica.

    (87) Las partes no desmienten la importancia de las cadenas de Kinnevik. Al contrario, consideran que estas cadenas son un elemento decisivo de la operación. Según la información facilitada por las partes, éstas están de acuerdo con la expectativa de la Comisión de que, a raíz de la operación, la mayor parte de las antenas parabólicas de la zona se orientarán hacia 1° oeste o 5° este.

    (88) La aceptación de las partes de que la mayoría de las antenas parabólicas de la zona ( de las cuales actualmente un 70 % están orientadas hacia Astra) quedarán orientadas hacia los satélites nórdicos en cuanto TV 3 se retire de Astra para pasar a éstos parece llevar a la conclusión de que TV 3 es, con mucho, la cadena de televisión vía satélite más importante para la mayor parte de los hogares que reciben la distribución domiciliaria directa y parece confirmar el «poder de atracción» de las cadenas de Kinnevik antes mencionado.

    (89) Las partes afirman que las cadenas de televisión emitidas a través de Astra y Eutelsat continuarán siendo atractivas para quienes reciben la distribución domiciliaria directa y señalan que es posible que los hogares reciban señales procedentes de más de una posición de satélite mediante la utilización de una determinada instalación. Esta instalación puede consistir en antenas parabólicas orientables mediante un motor o antenas parabólicas fijas con un multiconversor. También cabe la posibilidad de adquirir otra antena parabólica fija.

    (90) Sin embargo, es evidente que esta instalación plantea varios problemas. En primer lugar, los problemas estéticos y de planificación que plantea el gran tamaño de las antenas parabólicas que son necesarias para instalar un multiconversor. Estas antenas son también caras. El alto coste de las soluciones consistentes en adquirir una antena motorizada o una segunda antena fija también juega en contra de las mismas. [. . . ] han señalado que las antenas equipadas con un multiconversor cuesten el doble que las estándar. Las antenas motorizadas son aún más caras, mientras que el coste que supone adquirir dos antenas parabólicas es obvio.

    Además aun cuando estas soluciones no fueran caras y su integración en la vivienda fuera sencilla, parece probable que un consumidor que reciba [de 5 a 30] cadenas de televisión procedentes de NSD gracias a una instalación estándar no estará dispuesto a gastarse dinero en otra instalación con objeto de recibir más cadenas procedentes de Astra o Eutelsat.

    (91) Por lo tanto, es evidente que, a causa de la operación, muy pocos de los hogares que reciben la distribución domiciliaria directa orientarán sus antenas hacia Astra, Eutelsat u otros operadores de satélite y que, por lo tanto, aquellos organismos de radiodifusión que deseen dirigirse a los espectadores nórdicos no considerarán que estos satélites son alternativas a NSD.

    ii) Vínculo con Kinnevik como principal distribuidor

    (92) Los organismos de radiodifusión que transmitan desde Astra o Eutelsat quedarán excluidos del paquete de cadenas vía satélite de NSD. En los países nórdicos, las cadenas de televisión vía satélite se venden en paquetes y, gracias a la operación, NSD ofrecerá unos paquetes muy atractivos. El hecho de quedar excluido de los paquetes de cadenas de NSD situará a los organismos de radiodifusión en una situación de gran desventaja en comparación con los organismos de radiodifusión de NSD. Es muy poco probable que estos organismos puedan desarrollar nuevos paquetes capaces de competir con los de NSD. Otra opción consistiría en entrar dentro de los paquetes de cadenas de FilmNet. Sin embargo, en comparación con lo que ofrecen los paquetes de NSD (es decir, las cadenas de Kinnevik, entre ellas TV 3, y las versiones nórdicas de otra cadenas; véanse los considerandos 80 al 84), el paquete de FilmNet (véase el considerando 135) no constituirá una opción interesante para los organismos de radiodifusión. Además, la posición de FilmNet como importante participante en este mercado quedará debilitada a causa de la operación (véase el considerando 143).

    iii) Vínculo con las empresas matrices como principales operadores de televisión por cable

    (93) Los organismos de radiodifusión que transmitan desde Astra o Eutelsat deberán plantearse la posibilidad de quedar excluidos de una gran parte de los televidentes nórdicos conectados a redes de cable. Actualmente, las partes controlan cerca del [entre el 20-30] % de los casi cinco millones de hogares conectados a redes de televisión por cable y redes de antenas parabólicas colectivas en los países nórdicos. No obstante, en el entorno de la tecnología digital, NSD podrá de hecho controlar una parte mucho mayor de la red de cable de la zona nórdica gracias a su papel de controlador del acceso a las redes nórdicas de televisión por cable (véase el considerando 131).

    iv) Diferencia de precios

    (94) Parece probable que los organismos de radiodifusión podrán alquilar transpondedores situados en NSD a precios más bajos que los situados en Astra y Eutelsat. Esto se debe principalmente a la diferencia entre la población cubierta por la huella nórdica de NSD y la cubierta por las huellas centroeuropeas de Astra y Eutelsat. Esto quiere decir que los organismos de radiodifusión que se dirijan a los espectadores nórdicos obtendrán un precio ventajoso en los satélites de NSD en comparación con los organismos de radiodifusión competidores que carezcan de acceso a dichos satélites. Además, un organismo de radiodifusión que transmita desde Astra o Eutelsat sólo puede llegar aproximadamente al 70 % de los hogares nórdicos que cuentan con distribución domiciliaria directa, mientras que los competidores situados en los satélites de NSD podrán alcanzar a todos los hogares nórdicos que utilicen un equipo de recepción estándar. Aunque sólo sea por estos motivos, la mayor parte de los organismos de radiodifusión que deseen dirigirse a los televidentes nórdicos no considerarán los transpondedores de Astra o Eutelsat como alternativas interesantes a los transpondedores de NSD.

    v) Falta de capacidad en Astra y Eutelsat

    (95) Toda la capacidad de transpondedor en Astra y Eutelsat está ocupada y, además, el mercado de capacidad de transpondedor para televisión se caracteriza actualmente por un incremento de la demanda y una escasez de la oferta. Asimismo, Kinnevik, que actualmente alquila cuatro transpondedores en Astra dirigidos hacia la zona nórdica, [. . . ].

    c) Posible competencia de la futura capacidad

    (96) Las partes esperan que la actual situación, que se caracteriza por una escasez de transpondedores, cambie debido a un claro incremento de transpondedores en un futuro próximo.

    i) Astra/Eutelsat

    (97) Las partes afirman que Astra planea lanzar un nuevo satélite en 1995, con lo que se incrementará su capacidad de transpondedor de 64 a 82, y otro en 1996, que aumentará la capacidad de Astra hasta 102 transpondedores. Otros operadores de satélite con cobertura europea, por ejemplo Eutelsat, también lanzarán nuevos satélites en un futuro próximo, con lo que se incrementará la capacidad total de transpondedor.

    (98) Indudablemente, Astra, Eutelsat y otros operadores de satélite planean incrementar, e incrementarán, la capacidad de transpondedores en los años venideros mediante el lanzamiento de nuevos satélites. Sin embargo, según la información de que dispone actualmente la Comisión, los organismos de radiodifusión nórdicos no dispondrán de transpondedores al menos durante los tres o cuatro próximos años. Además, aun cuando hubiera transpondedores disponibles para la audiencia nórdica, no habría los suficientes para crear un paquete que pudiera competir comercialmente con el de NSD.

    ii) NSAB

    (99) En una carta fechada el 12 de abril de 1995, las partes señalaban que el operador sueco de satélite NSAB había anunciado su proyecto de lanzar un satélite con 32 transpondedores que entraría en funcionamiento a mediados de 1997. Sin embargo, los 32 nuevos transpondedores de NSAB están cubiertos por [derechos especiales de Kennevik y TD (véase el considerando 37)]. Estos acuerdos no están directamente ligados y no son necesarios para la puesta en ejecución de la concentración. Como consecuencia, no son accesorios y están sujetos al artículo 85 del Tratado.

    iii) Nuevos participantes que utilicen satélites nuevos

    (100) No es probable que los nuevos participantes en el mercado lancen y operen satélites de televisión con objeto de abarcar la zona nórdica. Según las partes, el coste de la construcción de un satélite oscila entre 40 y 100 millones de ecus. A esta cantidad hay que añadir un coste de lanzamiento que se calcula entre 20 y 75 millones de ecus y unos gastos de seguro cercanos al 20 % de la pérdida asegurada (consistente en los costes de construcción y lanzamiento). Por lo general, pasan más de cinco años desde que se toma la decisión de construir un nuevo satélite hasta que éste puede comenzar a transmitir.

    iv) Nuevos participantes que utilicen satélites de segunda mano

    (101) Las partes aducen que existe un mercado de satélites de segunda mano en funcionamiento, lo cual quiere decir que los posibles participantes pueden adquirir o alquilar un satélite en funcionamiento y desplazarlo a la posición que prefieran. En este sentido, las partes señalan que los satélites situados actualmente en 1° oeste y 5° este son «satélites de segunda mano». Además, según las partes, es posible girar el satélite con objeto de desplazar toda la huella.

    (102) Sin embargo, según la información de que dispone la Comisión, aunque es posible reorientar el satélite hacia una región distinta de la Tierra, es poco probable que la cobertura de la huella sea idónea, ya que el satélite no fue proyectado originalmente para cubrir la nueva región. Además, aun cuando un operador independiente de satélite decidiera efectuar dicha operación, estos satélites habrían de competir con el «Nordic Hot Bird» de NSD y con todas sus ventajas competitivas desde el punto de vista de la programación al transmitir entre [15-30] cadenas de televisión de las cuales varias son cadenas nórdicas no accesibles para otros operadores de satélite distintos de NSD.

    (103) En vista de todo lo anterior, parece poco probable, desde un punto de vista económico, que fuera razonable para una nueva empresa introducirse en el mercado de suministro de capacidad de transpondedor en la zona nórdica mediante la utilización de satélites de segunda mano.

    d) Digitalización

    (104) La introducción de la tecnología digital incrementará entre cinco y diez veces la capacidad de los satélites. [. . . ] la digitalización con carácter comercial comenzará a efectuarse dentro de uno o dos años. Sin embargo, la transición de la tecnología analógica a la digital supondrá la sustitución de la mayoría de los equipos receptores de las redes de cable y de los hogares que reciben la distribución domiciliaria directa. Esto supone importantes inversiones para los operadores de cable y los hogares que reciben dicha distribución. Estos hogares tendrán que invertir como mínimo en un descodificador digital que costará entre [. . . ] ecus. Por esta simple razón, prácticamente todas las empresas que han suministrado información a la Comisión se muestran de acuerdo en que habrán de pasar varios años antes de que una mayoría de los hogares equipados para recibir televisión vía satélite inviertan en los equipos necesarios. [. . . ] por lo general, se reconoce que no existirá un entorno completamente digital antes de finales del presente siglo, aunque durante un período bastante largo coexistirán la transmisión analógica y la digital. Por consiguiente, en este período de transición existirá una doble iluminación de las cadenas de televisión mediante transmisiones digitales y analógicas, por lo que será necesaria más capacidad que antes de la digitalización.

    (105) Además, NSD continuará controlando la capacidad de transpondedor de los satélites nórdicos y no está claro el porqué la digitalización habría de hacer que los posibles nuevos suministradores de capacidad de transpondedor considerasen más atractivo suministrar semejante capacidad dirigida hacia la zona nórdica. Parece más razonable llegar a la conclusión de que los posibles suministradores de capacidad de transpondedor en el entorno digital no suministrarán dicha capacidad a la zona nórdica, por los mismos motivos antes mencionados.

    (106) La necesidad de disponer de un mayor número de cadenas de televisión de pago temática, vídeo a la carta, etc., podría dar lugar a una importante demanda de capacidad de transmisión digital. Según la información facilitada a la Comisión, la capacidad derivada de la digitalización podría quedar fácilmente absorbida por la introducción de nuevos productos que necesitasen gran capacidad, tales como el vídeo a la carta, etc. En este sentido, cabe asumir que el incremento de la capacidad de transpondedor en la zona nórdica debido a la introducción de la tecnología digital quedaría absorbido por la propia NSD.

    A.2. Conclusión

    (107) En su Comunicación de 10 de junio de 1994 sobre comunicaciones vía satélite referente al suministro de y al acceso a la capacidad del segmento espacial, la Comisión anunciaba su intención de utilizar las normas de competencia para suprimir todas las restricciones nacionales existentes en la Comunidad y referentes a los segmentos espaciales. Este aspecto se destacaba nuevamente en la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el estado y la aplicación de la Directiva 90/388/CEE relativa a la competencia en los mercados de servicios de telecomunicaciones [COM(95) 113 final, de 4 de abril de 1995]. En particular, se señalaba que las antiguas posiciones dominantes de operadores nacionales de telecomunicaciones resultantes de la normativa nacional no debían ser sustituidas directa o indirectamente por posiciones dominantes de empresas privadas como resultando de acuerdos comerciales.

    (108) Mediante la operación, NSD adquirirá una posición dominante en el mercado de los servicios de transpondedor de satélites de televisión adecuados para los televidentes nórdicos. Actualmente, Telenor controla los tres satélites situados en la posición 1° oeste y además los actuales acuerdos con NSAB (operador sueco de satélites) garantizan a NSD el control de la mayor parte de la capacidad de transpondedor situada en 5° este.

    (109) Mediante su control sobre la mayor parte de la capacidad de transpondedor, los vínculos con Kinnevik, en su calidad de importante organismo de radiodifusión de cadenas nórdicas de televisión y de distribuidor de cadenas de televisión vía satélite directamente a domicilio, y mediante los vínculos con las empresas matrices en su calidad de operadores de televisión por cable, NSD estará en condiciones de impedir que otros operadores de satélite arrienden transpondedores a organismos de radiodifusión.

    (110) Aun cuando Astra y Eutelsat puedan ser considerados competidores de hecho, no dispondrán de transpondedores que ofrecer a los posibles organismos de radiodifusión que deseen transmitir cadenas de televisión a los hogares nórdicos. De los cinco transpondedores nórdicos situados en Astra, Kinnevik controla cuatro y, en este sentido, hay que tener en cuenta que [. . .]. Se contribuirá así a consolidar la posición dominante de NSD, con lo que se demuestra que las partes tienen la intención de evitar que Astra pueda competir con ellas. Por estos motivos, cabe concluir que, a corto plazo, NSD dominará el mercado de los transpondedores adecuados para transmitir señales de televisión a la audiencia nórdica.

    (111) A medio largo plazo (de 1996 en adelante) es poco probable que los nuevos operadores de satélites, Astra o Eutelsat, puedan poner en peligro la posición dominante de NSD. En los próximos dos o tres años no existirá suficiente capacidad disponible en Astra y Eutelsat ni en otros satélites que no estén controlados por NSD. Habrá de transcurrir un tiempo aún mayor antes de que la digitalización repercuta sobre el suministro de la capacidad de transpondedor. Es probable que NSD absorba la capacidad suplementaria disponible gracias a la digitalización. Además, la competencia dentro de NSD quedará definida por ésta, ya que podrá determinar aquellas empresas que emitan a través de NSD. Por todos estos motivos es probable que NSD, incluso a medio y largo plazo, pueda mantener su posición dominante en este mercado.

    (112) Las conclusiones arriba mencionadas cobran mayor fuerza por la existencia de [derechos especiales] en 5° este incluso si los citados no son considerados como accesorios a la operación y, consecuentemente, deben evaluarse con arreglo al artículo 85 del Tratado.

    B. EXPLOTACIÓN DE LA REDES DE TELEVISIÓN POR CABLE

    B.1. Estructura del mercado

    (113) En la zona nórdica, cerca de 4,2 millones de hogares, de un total de 10 millones, reciben la televisión por cable. Se espera que el número de conexiones a la televisión por cable se incremente lentamente en los próximos años, ya que la mayor parte de aquellas zonas en las que el cableado es rentable ya han sido cableadas. En comparación con otros países europeos, el sector nórdico de la televisión por cable se caracteriza por la existencia de unidades físicamente más pequeñas en las que cada red tiende a disponer relativamente de pocas conexiones. No obstante, unos pocos grandes operadores con muchas unidades controlan cerca del 80 % de todas las conexiones de la zona nórdica.

    a) Dinamarca

    (114) Dinamarca cuenta con cerca de 2,3 millones de hogares, de los que 1,05 millones están conectados a redes de distribución de televisión por cable y 250 000 a redes de antenas parabólicas colectivas. TD Kabel TV, propiedad de TD, gestiona la mayor de las redes y cubre cerca de [entre 600 000 y 700 000] hogares mediante televisión por cable y antenas parabólicas colectivas (aproximadamente el 50 % de todos los hogares conectados al cable y a la SMATV). El segundo operador más importante es Stofa A/S, que cuenta con cerca de [entre 100 000 y 150 000] hogares. Stofa está controlado por Telia, operador de telecomunicaciones sueco. Además de estos dos operadores, el mercado está compuesto por un gran número de asociaciones privadas sin ánimo de lucro.

    (115) Hasta el momento no ha sido posible penetrar en el mercado danés de la televisión por cable mediante operaciones a gran escala, ya que TD disponía de un monopolio legal sobre la propiedad de la infraestructura de la televisión comercial por cable y sobre la transmisión intermunicipal de señales de televisión por cable. Sin embargo, según una decisión del Parlamento de abril de 1995, la normativa danesa sobre actividades de telecomunicación y de televisión por cable quedará liberalizada en dos fases: la primera entrará en vigor el 1 de julio de 1995, mientras que la fecha límite para la segunda es el 1 de enero de 1998. La aplicación de la primera fase supone que los operadores de cable distintos de TD podrán ser propietarios de una infraestructura de red de cable. Sin embargo, hasta que entre en vigor la segunda fase, TD conservará el derecho exclusivo a suministrar la infraestructura de transmisión de señales de radio y televisión, así como otros servicios de telecomunicación intermunicipales. Los terceros tendrán derecho a utilizar la infraestructura de TD alquilando líneas, pero no podrán ofrecer transmisión intermunicipal en su propia infraestructura. Dinamarca cuenta con 275 municipios. La población media de cada uno de ellos es de 19 000 habitantes.

    (116) El hecho de que, a pesar de la liberalización, las empresas distintas de TD no gocen del derecho de suministrar infraestructura de transmisión de señales intermunicipales significa que los competidores carecen de las economías de escala de las que actualmente goza TD. Además, la posición de ésta le permitirá conocer los planteamientos estratégicos de sus competidores, ya que todas las ofertas de éstos supondrán necesariamente una relación contractual con TD en cuanto al uso de su infraestructura. En cambio, TD puede presentar una oferta sin tener que negociar las condiciones de utilización de la infraestructura de otra empresa.

    (117) Como consecuencia de su monopolio legal, TD ha alcanzado una posición de gran potencia en el mercado danés de la televisión por cable. La puesta en práctica de la primera fase supondrá la desaparición de algunos de los derechos exclusivos de TD, pero ésta contará aún con cierta protección legal gracias a la cual podrá mantener e incluso desarrollar su posición. Aunque se supone que la situación legal debe cambiar, la gran inversión necesaria para crear una red de cable, junto con la posición dominante de que ya disfruta TD, hace poco probable la aparición de nuevos operadores en el mercado. La concentración propuesta dará lugar a una consolidación de la posición dominante de TD (véanse las secciones B.2 y B.3, más adelante).

    (118) Hay que señalar que Stofa A/S, operador privado danés de televisión por cable, ha presentado una denuncia ante la Comisión contra la legislación danesa sobre televisión por cable. La Comisión ha solicitado información (6) al Gobierno danés sobre los aspectos planteados por Stofa. Concretamente, la Comisión ha solicitado a las autoridades danesas que deroguen las actuales disposiciones que prohíben a las empresas privadas ser propietarias de redes de televisión por cable y que garantice que otras empresas distintas de TD puedan transmitir señales entre distintos municipios de Dinamarca.

    b) Noruega

    (119) En Noruega existen cerca de 1,9 millones de hogares, de los cuales 565 000 están conectados a la televisión por cable y 120 000 a SMATV. Existen tres grandes operadores de televisión por cable que abarcan aproximadamente el 70 % de los hogares conectados al cable. Telenor Avidi, propiedad de NT, es el principal operador de cable, con cerca de [180 000 - 200 000 conexiones] (aproximadamente un 30 % del total). Janco Kabel-TV AS, propiedad de Helsinki Media SA, cuenta con cerca del 22 % de las conexiones, y Norkabel AS dispone de cerca del 20 % de las conexiones. Norkabel es propiedad de TCI y de otras empresas.

    (120) En Noruega la retransmisión de programas de televisión vía satélite a través de las redes de cable no requiere una licencia especial. Las empresas de televisión por cable están legalmente obligadas a distribuir las cadenas nacionales NRK y TV 2. La legislación noruega establece también que los acuerdos referentes a la retransmisión de emisiones vía satélite deberán incluir una cláusula que estipule que las redes noruegas de cable podrán participar en los acuerdos sin ser objeto de discriminación alguna.

    (121) Aunque NT es el líder del mercado, el mercado noruego de la televisión por cable está compuesto por tres competidores que se encuentran prácticamente en igualdad de condiciones y, probablemente, NT no dispone actualmente de una posición dominante. Según la autoridad noruega responsable de la competencia, la competencia directa entre operadores de televisión por cable es posible en gran medida gracias a que cerca de dos tercios de todos los hogares conectados pueden elegir otra empresa proveedora de televisión por cable. Además, se espera que el mercado noruego de la televisión por cable crezca entre un 2 y un 3 % anualmente y que la penetración alcance un nivel del 40 o 50 % del total de los hogares.

    c) Suecia

    (122) Suecia cuenta con cerca de 3,9 millones de hogares, de los cuales aproximadamente 1,9 millones están conectados a redes de cable y cerca de 600 000 a redes de SMATV. El principal operador es Svenska Kabel-TV AB, propiedad de Telia AB (controlado por el Estado sueco), que cuenta aproximadamente con 1,2 millones de conexiones (cerca del 50 % de las conexiones existentes). [. . .]. Kinnevik cuenta con una participación del 37,4 % en el segundo operador de cable más importante, Kabelvision AB (cuyo accionista mayoritario es [. . .]), que cuenta con cerca de 300 000 abonados (aproximadamente el 18 % del total). Otras dos empresas, Stjern-TV AB y Sweden-On-Line AB, cuentan con cerca de 150 000 conexiones. La ley de televisión por cable fue aprobada en 1992 y ha suprimido los principales obstáculos normativos a la participación en este mercado.

    (123) Kinnevik posee el 37,4 % de las acciones de Kabelvision y [. . .]. En 1993, Kabelvision dejó de distribuir las cadenas de televisión de pago de FilmNet y, hasta que las autoridades de competencia suecas no intervinieron, Kabelvision no volvió a distribuir FilmNet en 1994. Por consiguiente, cabe concluir razonablemente que Kinnevik ejerce una importante influencia en la política comercial de Kabelvision. En cualquier caso, el hecho de que los posibles competidores tengan que tener en cuenta la posibilidad de que Kinnevik pueda influir en la estrategia comercial de Kabelvision basta para influir sobre las actividades de los competidores.

    d) Finlandia

    (124) Finlandia cuenta con cerca de 1,9 millones de hogares, de los que cerca de 780 000 están conectados a redes de televisión por cable y aproximadamente 100 000 a redes de SMATV. El principal operador de televisión por cable es Helsinki Television OY, propiedad de Helsinki Media, con cerca de 190 000 hogares conectados (aproximadamente el 20 % del total). El segundo operador es Telecom Kabel-TV OY, propiedad del operador público de telecomunicaciones, que cuenta aproximadamente con 120 000 conexiones. Otras cuatro empresas más pequeñas cuentan con entre un 4 y un 6 % de todas las conexiones mientras que las demás (cerca del 40 % de las conexiones), corresponden a empresas muy pequeñas.

    (125) Las partes de la operación no están presentes en el mercado finlandés de la televisión por cable. [. . .].

    B.2. Repercusión de NSD en el mercado de la televisión por cable

    (126) Los operadores de televisión por cable interrogados por la Comisión han manifestado que, por motivos competitivos, tendrían que distribuir el paquete de programas de NSD, al menos en Dinamarca, Noruega y Suecia. Dada la posición dominante de NSD en el mercado de los transpondedores, esto conferiría a NSD una posición de fuerza frente a los operadores de televisión por cable, ya que éstos deberían de negociar con NSD para obtener las cadenas de televisión de ésta, en lugar de negociar directamente con los organismos de radiodifusión tal y como sucede actualmente. Por consiguiente, la creación de NSD dará lugar a una importante modificación de la fuerza negociadora de los operadores de televisión por cable.

    (127) Las partes han aducido que la creación NSD no impediría a los operadores independientes de cable negociar directamente con Kinnevik con objeto de obtener las cadenas de TV 3 y las otras cadenas de Kinnevik si aquéllos no desean negociar con NSD. Es cierto que los acuerdos NSD no prohíben dichas negociaciones pero, sin embargo, cabe asumir que a las partes les interesa fomentar las cadenas de Kinnevik en un paquete de NSD. Además, con objeto de distribuir aquellas cadenas cuya exclusividad corresponderá muy probablemente a NSD ([mención de las cadenas] y probablemente otras más, ya que NSD pretende llegar a otros acuerdos de exclusividad), los organismos independientes de radiodifusión tendrían que negociar con NSD. Así pues, parece que la opción más realista para la mayor parte de los operadores de cable consistiría en negociar directamente con NSD con objeto de distribuir directamente su paquete. En principio, un operador de cable podría obtener programas de Astra o de otros satélites no controlados por NSD, en cuyo caso negociarían directamente con los organismos de radiodifusión. Sin embargo, en Astra y en los demás satélites sólo están disponibles cadenas en lenguas no escandinavas.

    (128) Además, los operadores independientes de cable de Dinamarca, Noruega y Suecia tendrían que negociar precios y otras condiciones con un competidor (lo cual ocurriría también si los operadores de cable negociaran directamente con Kinnevik, ya que ésta es parte de NSD). Así sucede también en aquellas zonas en las que los hogares pueden elegir entre estar conectados a la televisión por cable o adquirir una antena parabólica individual, y que NSD controlará también el mercado de la distribución domiciliaria directa. De esta forma, NSD estaría en una posición susceptible de discriminar mediante los precios o de imponer condiciones a los operadores independientes de cable en favor de los operadores de cable que sean propiedad de sus empresas matrices o en favor de sus operaciones de distribución domiciliaria directa.

    (129) Cabe señalar que varios operadores independientes de cable que han suministrado información a la Comisión se han mostrado muy preocupados por la posibilidad de que exista una discriminación por parte de NSD con objeto de favorecer sus propios intereses. Sin embargo, aunque no existiera discriminación, NSD podría seguir explotando su posición en los mercados de la televisión por cable gracias a su posición dominante en el mercado de los transpondedores.

    (130) Según las partes, en un entorno digital, éstas pretenden [. . .] y aplicar un sistema nórdico conjunto de codificación y una cabecera conjunta para el área nórdica. NSD controlará el sistema y la cabecera y planea ofrecer [varios servicios]. . .; esta solución [transmisión transparente] sería atractiva desde un punto de vista económico para muchos de los operadores de televisión por cable, ya que podrían eliminar un sistema codificador y descodificador en cada una de las cabeceras, con lo que reducirían sus costes de forma considerable. Esto es especialmente importante en aquellas zonas en las que existen unas redes de televisión por cable muy pequeñas, tal y como ocurre en los países nórdicos. Algunos operadores independientes de televisión por cable disponen de cientos de cabeceras y necesitan un descodificador para cada canal en cada cabecera, con arreglo a la tecnología actualmente disponible. Sin duda alguna, muchos operadores de cable se mostrarían reticentes a renunciar a seguir prestando los SGA ellos mismos, ya que ésta es una parte fundamental del funcionamiento de la televisión por cable y les situaría en una situación de dependencia con respecto a NSD. Teniendo en cuenta los beneficios económicos para los hogares cableados y el hecho de que los abonados conectados a las redes no notarán diferencia alguna si NSD suministra transmisión transparente junto con SGA y SAA, los pequeños operadores de televisión por cable tendrían dificultades en rechazar esta solución si llegara a ser realidad.

    (131) Por consiguiente, si NSD desarrolla y aplica este sistema en un entorno digital, es muy probable que la mayor parte de los hogares conectados a redes de cable en los países nórdicos reciban la transmisión transparente de señales utilizando el sistema conjunto nórdico de codificación de NSD. [. . .]. Por consiguiente, también es difícil valorar los aspectos competitivos y económicos de la transmisión transparente. Sin embargo, cabe prever que, al controlar este sistema, NSD podrá reforzar su posición como controlador del acceso de los organismos de radiodifusión que deseen tener acceso a las redes nórdicas de cable. Los organismos de radiodifusión que no tuviesen acceso al sistema de codificación de NSD tendrían dificultades para acceder a las redes de cable si se desarrollara dicho sistema.

    B.3. Conclusión

    Dinamarca

    (132) TD controla aproximadamente el 50 % de las conexiones de cable en Dinamarca, y cuenta con una posición dominante en el mercado danés debido al régimen normativo vigente en dicho país. La creación de NSD supondrá un reforzamiento de la posición dominante de TD, puesto que:

    i) NSD podrá discriminar en beneficio de TD cuando ofrezca cadenas a los operadores de cable daneses;

    ii) la posición monopolística de NSD, por lo que se refiere al suministro de programas, dará lugar a que las condiciones ofrecidas a los operadores de cable sean las más favorables para TD, en lugar de para los demás;

    iii) los operadores de cable que compitan con TD tendrán que negociar con ésta en su calidad de socio de NSD.

    Es poco probable que esta situación se modifique tras la primera fase de la liberalización, ya que TD conservará aún muchas ventajas sobre sus competidores debido a su antiguo monopolio legal.

    Suecia, Noruega y Finlandia

    (133) Las partes controlan o ejercen influencia en cerca del 18 y el 30 % de las conexiones de cable y SMATV en Noruega y Suecia, respectivamente, y nada en Finlandia. Dada la predominancia de NSD en el mercado de los transpondedores, los argumentos de los anteriores incisos i) a iii) se aplicarán a la situación competitiva entre los operadores de cable de las partes en Noruega y Suecia.

    (134) No obstante, dada la relativa fuerza de los competidores en Noruega y Suecia, parece poco probable que, como resultado de la operación, se creen posiciones dominantes de las partes en Noruega y Suecia.

    C. DISTRIBUCIÓN DOMICILIARIA DIRECTA DE TELEVISIÓN DE PAGO VÍA SATÉLITE Y DE OTRAS CADENAS DE TELEVISIÓN CODIFICADAS

    C.1. Estructura del mercado

    (135) Actualmente, existen tres distribuidores principales en este mercado: FilmNet (Multichoice), Telenor CTV y Viasat. Para ser competitivo, un distribuidor debe disponer en su tarjeta inteligente de una cadena de televisión o de un paquete de cadenas de televisión que sean atractivos para un considerable número de espectadores. Las tres empresas utilizan tarjetas inteligentes que compiten entre sí ofreciendo distintas cadenas de televisión:

    - la tarjeta de FilmNet contiene su propia cadena de televisión de pago, FilmNet Plus, The Complete Movie Channel y BBC. En Dinamarca la tarjeta sólo incluye FilmNet Plus y/o FilmNet The Complete Movie Channel;

    - Telenor CTV comercializa la tarjeta CTV, que incluye MTV, Eurosport Nordic, Discovery, Children's Channel, CNN y FilmNet The Complete Movie Channel. En Suecia (y se prevé que también en Dinamarca) la tarjeta incluye también FilmNet Plus;

    - la tarjeta de Viasat incluye TV 3 (TV 3 Dinamarca, TV 3 Suecia o TV 3 Noruega) y sus propias cadenas de televisión de pago: TV 1000, Film Max y TV 1000 Cinema.

    Según [. . .], en marzo de 1995 Viasat, FilmNet y Telenor CTV distribuían las siguientes cifras de tarjetas inteligentes en los países nórdicos:

    >SITIO PARA UN CUADRO>

    (136) Si se mide en número de tarjetas inteligentes vendidas, Viasat, como empresa distribuidora, goza de una posición muy fuerte en este mercado. Cabe señalar que, según el acuerdo FilmNet/Telenor (véase más adelante), [. . .]. Sin embargo, hay que tener en cuenta que las tarjetas inteligentes de Viasat también incluirán el paquete CTV y comprenderán las cadenas de Kinnevik, que serán vendidas exclusivamente por Viasat. En este sentido, cabe llegar a la conclusión de que la operación creará una posición dominante de Viasat en este mercado. [. . .].

    (137) Acuerdo FilmNet/Telenor: actualmente, FilmNet se emite desde el satélite Thor. El arrendamiento por parte de FilmNet de un transpondedor en el satélite Thor y la distribución del paquete CTV de Telenor en Suecia por parte de su empresa de distribución. Multichoice se basa en el acuerdo con Telenor AS de octubre de 1992. FilmNet consideró que la operación NSD constituía una amenaza para sus intereses como distribuidor de televisión de pago en los países nórdicos y ha presentado una denuncia ante la Comisión contra la operación proyectada. Además, Nethold (propietario de FilmNet y Multichoice) ha iniciado un procedimiento arbitral contra Telenor por supuesto incumplimiento del acuerdo antes citado. En diciembre de 1994 un tribunal noruego dictó un mandamiento contra Telenor mediante el cual, entre otras cosas, se prohibía a ésta llevar a la práctica el acuerdo con las empresas de Viasat mediante el cual Viasat podía vender el paquete CTV de Telenor. La decisión del tribunal hubiera paralizado la operación NSD y hubiera obligado a las partes a negociar una conciliación con Nethold. Gracias a un acuerdo entre Nethold y Telenor fechado el 29 de marzo de 1995, [. . .].

    C.2. Efectos de bloqueo del mercado de la distribución de cadenas de televisión debidos a la operación NSD

    (138) La operación NSD bloqueará el acceso de los competidores a este mercado dado que:

    i) mediante su control de la capacidad de transpondedor nórdico y su vínculo con Kinnevik como organismo de radiodifusión, NSD será el suministrador dominante de cadenas de televisión a los espectadores nórdicos;

    ii) tal como se ha mencionado anteriormente (considerandos 126 a 131), NSD controlará en gran medida el acceso al sector nórdico de la televisión por cable gracias a sus vínculos empresariales con los operadores de cable.

    Por estos motivos, quedaría poco espacio para un nuevo distribuidor en el mercado nórdico. Así pues, es poco probable que un competidor en potencia pudiera desarrollar una actividad de distribución capaz de competir con NSD en la zona nórdica.

    (139) Las partes afirman que el acuerdo NSD permite que los radiodifusores independientes arrienden transpondedores a NSD sin tener que llegar a acuerdos de distribución con las empresas de distribución matrices. Dichos organismos de radiodifusión podrían firmar libremente acuerdos con otros distribuidores. Las partes consideran que esta intencionalidad se ve confirmada por el nuevo acuerdo con FilmNet antes mencionado.

    (140) Sin embargo, los organismos de radiodifusión tendrían que llegar a un acuerdo con NSD, que está controlada conjuntamente por Kinnevik. Así, ésta podría influir en el precio y las condiciones de arrendamiento del contrato y Viasat podría obtener información sobre dichos competidores en potencia.

    (141) Además es muy poco probable que NSD pueda alquilar transpondedores a organismos de radiodifusión sin que este alquiler dependa de un acuerdo de distribución entre el organismo de radiodifusión y la empresa de distribución de Kinnevik. Según se desprende de la información facilitada por las partes, es evidente que los transpondedores de NSD son ante todo un medio para desarrollar un sistema nórdico de distribución de televisión vía satélite. El alquiler de transpondedores a organismos de radiodifusión que no quieran ser distribuidos por NSD iría en contra del objetivo de la operación. Además, en un período que se caracteriza por la escasez de oferta de transpondedores, NSD no está obligada a arrendar transpondedores a dichos organismos de radiodifusión. El intento de las partes de confirmar su política de arrendamiento sin restricciones citando el nuevo acuerdo con FilmNet no es convincente: el acuerdo con FilmNet es el resultado de una conciliación negociada. Gracias a una decisión de los tribunales noruegos, FilmNet paralizó determinadas partes de la operación NSD y Telenor hubo de llegar a un acuerdo con FilmNet. Antes de la decisión judicial, las partes no pretendían llegar a dicho acuerdo con FilmNet.

    C.3. Conclusiones

    (142) El efecto de bloqueo de la operación por lo que se refiere a nuevos participantes en el mercado supondrá que los únicos probables competidores en este mercado serán Viasat y FilmNet.

    (143) El acuerdo entre FilmNet y Telenor permite al primero [. . .] y continuar comercializando sus propias tarjetas inteligentes, controlando así el SAA y el SGA. Por consiguiente, el acuerdo permite aparentemente a FilmNet continuar siendo un importante participante en el mercado de la distribución domiciliaria directa de cadenas de televisión. Sin embargo, Viasat consolidará su posición en el mercado de la distribución gracias al interesante paquete de cadenas que comercializará, con lo que se menoscabará la posición de FilmNet como importante participante en el mercado.

    (144) Por consiguiente, cabe concluir que, como resultado de la operación, Viasat consolidará su posición dominante en este mercado.

    D. PROGRESO ECONÓMICO Y TÉCNICO

    (145) Según las partes, NSD dará lugar a un progreso económico y técnico. A corto y medio plazo, la creación de un «Nordic Hot Bird» mejorará la distribución de televisión vía satélite en la zona nórdica, mientras que a largo plazo, tras la digitalización, NSD facilitará una considerable racionalización a los operadores de televisión por cable y a las redes de SMATV, en beneficio de los consumidores.

    (146) La Comisión no puede compartir este razonamiento. La creación de NSD no supondrá, a corto y medio plazo, una mejora de la distribución de la televisión vía satélite en la zona nórdica, ya que NSD no añadirá nueva capacidad de transpondedor. Por consiguiente, el número de cadenas de televisión vía satélite ofrecido a los espectadores nórdicos a corto plazo no se verá afectado por la operación. La Comisión reconoce que los operadores de satélites deben poder favorecer la posición de su satélite, pero, según la Comisión, la integración vertical de la operación no es necesaria para ello. En cambio, la operación podrá afectar a la forma en la que la capacidad de transpondedor disponible se asigna a los organismos de radiodifusión.

    (147) A largo plazo, con la introducción de la tecnología digital, las partes utilizarán a NSD para crear una infraestructura integrada para la distribución de televisión vía satélite y de otros servicios afines.

    (148) Según las partes, una vez esté en funcionamiento la tecnología digital, pretenden [ . . . ] aplicar un sistema nórdico conjunto de codificado destinado al mercado de la distribución domiciliaria directa, la SMATV y la televisión por cable. Esto quiere decir que cada uno de los hogares no necesitará más que un descodificador, independientemente de si reciben las señales a través de un cable o mediante una antena parabólica. De este forma, se pueden integrar los SGA y SAA de dichos sistemas de distribución de televisión. Además, las redes de televisión por cable podrían efectuar considerables ahorros de costes al no tener que descodificar y codificar las señales en cada una de sus cabeceras de distribución. Según las partes, el sistema hará que los operadores independientes de televisión por cable puedan utilizar a NSD como proveedor pudiendo al mismo tiempo disponer de sus propios SGA. Además, el sistema mejorará las posibilidades de recepción de televisión de pago de las redes de SMATV al tiempo que les permitirá disponer de su propio SGA, lo que es imposible en la actualidad.

    (149) A causa de la posición dominante de NSD como suministrador de cadenas de televisión desde transpondedores nórdicos, la Comisión considera que es más que probable que la mayoría de los hogares que reciben la distribución domiciliaria directa así como los operadores independientes de cable de los países nórdicos se vean obligados a utilizar un sistema de codificación usado por NSD. Los organismos de radiodifusión que desean dirigirse a los espectadores nórdicos tendrán que alquilar el sistema de NSD. Así, si se lleva a cabo el proyecto previsto, el sistema nórdico conjunto de codificado de NSD llegaría a ser el sistema dominante en la zona.

    (150) La Comisión reconoce los beneficios económicos a largo plazo que supone el disponer de un sistema integrado para la transmisión de televisión vía satélite. [ . . . ]. Así pues, no se puede valorar hasta qué punto los planes de NSD de disponer de un sistema nórdico conjunto de codificación harán posible que NSD impida a los organismos de radiodifusión la transmisión de cadenas de televisión a espectadores nórdicos. Un sistema de codificación cerrado supondría que la nueva infraestructura sería sumamente anticompetitiva. Esto mismo cabe decir del sistema abierto si éste llega a ser dominante y los terceros no tuvieran acceso al mismo. [ . . . ].

    (151) La Comisión considera que una infraestructura como la descrita por las partes puede ser sumamente eficaz y beneficiosa para los consumidores. Sin embargo debe ser una infraestructura abierta y accesible para todas las partes interesadas. En particular, la Comisión considera que la participación de un radiodifusor tan importante como Kinnevik en NSD supone que exista un alto riesgo de que suceda lo contrario. Por consiguiente, es probable que la operación dé lugar a una reducción de la variedad de la oferta de televisión a los hogares nórdicos en el futuro. Asimismo, según la Comisión, la integración vertical de la operación propuesta no es necesaria para crear semejante infraestructura integrada.

    (152) Por consiguiente, los argumentos presentados por las partes en relación con el progreso técnico y económico no pueden aceptarse, puesto que no se cumplen las condiciones de la letra b) del apartado 1 del artículo 2 del Reglamento sobre el control de las operaciones de concentración.

    E. COMPROMISOS PROPUESTOS POR LAS PARTES

    (153) Por carta de 7 de julio de 1995, las partes propusieron ofrecer una serie de compromisos con el fin de eliminar las incertidumbres que planteaba la operación de concentración propuesta. Los compromisos propuestos hacen referencia a los puntos siguientes:

    - Tele Danmark y Norsk Telekom renuncian a cualquier derecho a interferir en el uso de los transpondedores de Kinnevik en Astra;

    - Tele Danmark y Kinnevik renunciarán a sus derechos [especiales] [ . . . ] para los transpondedores en la posición 5° este del satélite sueco;

    - el día en que se expida la autorización, estas compañías pondrán dos de sus transpondedores actuales a disposición de otros organismos de radiodifusión en condiciones comerciales. [ . . . ]. El otro transpondedor se alquilará a NSAB, que deberá dar su aprobación a cualquier contrato que se adjudique en relación con el mismo. El compromiso dejará de tener validez en caso de que los transpondedores no hayan sido alquilados por terceros en un plazo de seis meses a partir de la fecha de autorización de NSD;

    - NSD cederá gratuitamente los primeros [ . . . ] transpondedores transferidos a NSD en la posición de 1° oeste. Las partes establecerán un procedimiento mediante el cual [ . . . ] de los [ . . . ] transpondedores adicionales de NSD pasarán a disposición de los organismos de radiodifusión que no estén relacionados con NSD. Esta compañía se compromete a comunicar al mercado, en un plazo no superior a 180 días y no inferior a 60, cuándo se podrá disponer de nueva capacidad. Llegado el momento, se ofrecerá la oportunidad a terceros de que presenten una oferta en firme para el alquiler de capacidad. NSD podrá disponer libremente de aquellos transpondedores que no hayan sido alquilados por terceros en el marco del procedimiento;

    - NSD no adquirirá derechos exclusivos de distribución en relación con [ . . . ] cadenas nórdicas e internacionales especificadas. El compromiso únicamente tendrá una validez de [ . . . ] años y sólo para transmisiones analógicas, es decir, quedan excluidas las digitales;

    - si Kinnevik ofrece sus cadenas gratuitamente a un operador de televisión por cable en un país determinado, de forma análoga ofrecerá gratuitamente la cadena o cadenas en cuestión a cualquier operador de cable, siempre y cuando dicho operador esté dispuesto a distribuirla o distribuirlas gratuitamente. En el caso de que Kinnevik exija el pago de una tasa, las cadenas se seguirán ofreciendo en condiciones no discriminatorias siempre que el operador de cable esté dispuesto a distribuir gratuitamente dicha cadena o cadenas. [ . . . ]. Estos compromisos tendrán una vigencia de [ . . . ] años;

    - las partes se comprometen a que todas las relaciones comerciales entre NSD y sus accionistas estén basadas en el principio de igualdad.

    (154) En opinión de la Comisión, estos compromisos no bastan para evitar la creación o el reforzamiento antes mencionados de posiciones dominantes. Los tres compromisos mencionados en primer lugar sólo tendrán un efecto a medio plazo en la disponibilidad de transpondedores para terceros. Es poco probable que el primer compromiso, consistente en que TD y NT renuncien a cualquier derecho a interferir en la utilización de los cuatro transpondedores Astra de Kinnevik, tenga consecuencias de importancia, puesto que Kinnevik podrá disponer libremente de dichos transpondedores. El segundo compromiso renunciar a sus derechos [especiales] [ . . . ] para los transpondedores en la posición del satélite sueco no tendrá consecuencias a corto plazo, porque las partes seguirán controlando [ . . . ] de los diez transpondedores en esta posición. Por otra parte, el compromiso no impide a NSD alquilar otros transpondedores en la posición sueca, si fuese posible. En cualquier caso, los derechos [especiales] [ . . . ] no son accesorios y no son más que un elemento adicional que ratifica las conclusiones de la Comisión (véase el considerando 112). El tercer compromiso, que consiste en poner a disposición de otros organismos de radiodifusión dos de sus transpondedores en funcionamiento, sólo tendrá una escasa repercusión a corto plazo. [ . . . ]. Además, NSD es quien fija el precio y las demás condiciones.

    (155) El compromiso de que NSD pondrá a disposición de los organismos de radiodifusión no relacionados con esta compañía [ . . . ] de los [ . . . ] transpondedores adicionales no incluye un plazo de tiempo y, por consiguiente, no está claro cuándo se podrá disponer de los mismos. Además, el hecho de que sea la propia NSD quien distribuya estos [. . .] transpondedores dificultará extremadamente que se pueda controlar si el precio y otras condiciones de alquiler son justos y no discriminatorios.

    (156) El compromiso de que NSD no adquirirá derechos exclusivos de distribución de las [ . . . ] cadenas de televisión vía satélite tiene un alcance demasiado limitado. [ . . . ] de las [ . . . ] cadenas de televisión son propiedad de Kinnevik y entre las [ . . . ] cadenas no figuran tres de las cadenas internacionales de televisión más populares, [ . . . ], respecto de las que NT goza de derechos exclusivos. Por otra parte, la vigencia del compromiso será únicamente de [ . . . ] años y exclusivamente para la transmisión analógica, y no la digital. [ . . . ]. Asimismo, este compromiso sería de difícil aplicación.

    (157) El compromiso de que Kinnevik ofrecerá sus cadenas de televisión a operadores de televisión por cable es ambiguo, dado que consta de varias condiciones y da la impresión de privar a los operadores de cable del derecho a elegir o mantener su propia política de programación y estrategia de comercialización. La aplicación de este compromiso presentaría serias dificultades.

    (158) El compromiso mencionado en último lugar, por el que las partes acuerdan basar todas sus relaciones comerciales en el principio de igualdad, es de muy difícil aplicación.

    (159) En conjunto, los compromisos ofrecidos no son suficientes para resolver los problemas de competencia señalados anteriormente, dado que su alcance es demasiado limitado, se basan esencialmente en intenciones y resultaría muy difícil proceder a su control y aplicación.

    (160) El Comité consultivo sobre el control de las operaciones de concentración y la Comisión comparten el criterio de que los compromisos ofrecidos por las partes no son suficientes para que el establecimiento de la empresa en participación sea compatible con el mercado común y el Acuerdo EEE. Este punto de vista lo comparten también las terceras partes a las que la Comisión se dirigió para que presentasen sus observaciones sobre los compromisos ofrecidos por las partes.

    F. CONCLUSIÓN

    (161) Como consecuencia de la operación, NSD adquirirá una posición dominante en el mercado de los servicios de transpondedor para televisión vía satélite dirigido a los espectadores nórdicos.

    (162) La posición dominante de NSD en dicho mercado consolidará la posición dominante de TD en el mercado de la televisión por cable en Dinamarca.

    (163) Como resultado de la operación, Viasat consolidará su posición dominante en el mercado de la distribución domiciliaria directa de televisión de pago y de otros canales codificados.

    (164) La integración vertical de NSD da lugar a que las posiciones de las partes en distintos mercados se refuercen recíprocamente. Concretamente, cabe señalar que las posiciones de las partes en los mercados secundarios (redes de televisión por cable y distribución) consolidan la posición dominante en el mercado de los transpondedores al desalentar a los posibles competidores a la hora de emitir desde otros transpondedores a la zona nórdica.

    (165) Aparte de los tres mercados analizados en la presente Decisión, la Comisión ha investigado los otros cuatro sectores (televisión de pago, otras cadenas de televisión comerciales, servicios de enlace ascendente y suministro de sistemas de codificación) en los que están presentes las partes. La Comisión ha llegado a la conclusión de que, por lo que a estas actividades se refiere, las partes no conseguirán una posición dominante como consecuencia de la operación,

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La operación de concentración mediante la creación de una empresa en participación, notificada por Norsk Telekom AS, TeleDanmark A/S e Industriförvaltnings AB Kinnevik, se declara incompatible con el mercado común y el funcionamiento del Acuerdo EEE.

    Artículo 2

    Los destinatarios de la presente Decisión serán:

    1) Norsk Telekom AS

    Keysersgate 15

    N-0165 Oslo

    2) TeleDanmark A/S

    Kannikegade 16

    DK-8000 Aarhus C

    3) Industriförvaltnings AB Kinnevik

    Skeppsbron 18

    S-10313 Estocolmo.

    Hecho en Bruselas, el 19 de julio de 1995.

    Por la Comisión

    Karel VAN MIERT

    Miembro de la Comisión

    (1) DO n° L 395 de 30. 12. 1989, p. 1.

    (2) DO n° L 257 de 21. 9. 1990, p. 13.

    (3) DO n° C 63 de 2. 3. 1996, p. 3.

    (4) En la versión de la presente Decisión destinada a la publicación se han omitido determinadas informaciones, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 17 del Reglamento (CEE) n° 4064/89 relativo a la protección de secretos comerciales.

    (5) El segmento de la SMATV está compuesto por entidades que reciben las señales de televisión mediante una antena parabólica central y que retransmiten la señal a una red menor. Por lo general los operadores de SMATV no disponen de un sistema que les permita gestionar una televisión de pago, y, de hacerlo, la gestión se efectúa dentro de la red y el pago de forma colectiva por parte de todos los residentes. Los operadores de SMATV raramente contratarán directamente con los organismos de radiodifusión, sino que serán, por lo general, clientes de operadores locales de cable

    (6) Carta de la Comisión al Gobierno danés de 23 de diciembre de 1994.

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