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Document 22023D0797

Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 268/2022 de 23 de septiembre de 2022 por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE [2023/797]

DO L 106 de 20.4.2023, p. 72–73 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document Date of entry into force unknown (pending notification) or not yet in force.

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/797/oj

20.4.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 106/72


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 268/2022

de 23 de septiembre de 2022

por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE [2023/797]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión de Ejecución (UE) 2022/716 de la Comisión, de 6 de mayo de 2022, relativa a la aprobación de un Calentador de Combustible Diésel Inteligente para su uso en turismos y vehículos comerciales ligeros con motores de combustión convencionales y determinados turismos y vehículos comerciales ligeros eléctricos híbridos como tecnología innovadora de conformidad con el Reglamento (UE) 2019/631 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), corregida en el DO L 181 de 7.7.2022, p. 36, y DO L 192 de 21.7.2022, p. 31, debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(2)

Procede, por tanto, modificar el anexo XX del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Después del punto 21azl [Reglamento de Ejecución (UE) 2021/392 de la Comisión] del anexo XX del Acuerdo EEE, se inserta el punto siguiente:

«21azm.

32022 D 0716: Decisión de Ejecución (UE) 2022/716 de la Comisión, de 6 de mayo de 2022, relativa a la aprobación de un Calentador de Combustible Diésel Inteligente para su uso en turismos y vehículos comerciales ligeros con motores de combustión convencionales y determinados turismos y vehículos comerciales ligeros eléctricos híbridos como tecnología innovadora de conformidad con el Reglamento (UE) 2019/631 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 133 de 10.5.2022, p. 33), corregida en el DO L 181 de 7.7.2022, p. 36, y DO L 192 de 21.7.2022, p. 31.».

Artículo 2

El texto de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/716, corregida en el DO L 181 de 7.7.2022, p. 36, y DO L 192 de 21.7.2022, p. 31, en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 24 de septiembre de 2022, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 23 de septiembre de 2022.

Por el Comité Mixto del EEE,

El Presidente

Kristján Andri STEFÁNSSON


(1)   DO L 133 de 10.5.2022, p. 33.

(*)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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