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Document 22023D0761

Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 232/2022 de 23 de septiembre de 2022 por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2023/761]

PUB/2022/1132

DO L 106 de 20.4.2023, p. 11–12 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document Date of entry into force unknown (pending notification) or not yet in force.

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/761/oj

20.4.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 106/11


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 232/2022

de 23 de septiembre de 2022

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2023/761]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2022/195 de la Comisión, de 11 de febrero de 2022, que modifica y corrige el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/683 en lo que respecta a la ficha de características, los certificados de homologación de vehículos, la hoja de resultados de ensayos y los certificados de conformidad en formato impreso (1), corregido en el DO L 89 de 17.3.2022, p. 10, debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(2)

Procede, por tanto, modificar el anexo II del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el punto 51a [Reglamento de Ejecución (UE) 2020/683 de la Comisión] del capítulo I del anexo II del Acuerdo EEE, se añade el texto siguiente:

«, modificado por:

32022 R 0195: Reglamento de Ejecución (UE) 2022/195 de la Comisión, de 11 de febrero de 2022 (DO L 31 de 14.2.2022, p. 27), corregido en el DO L 89 de 17.3.2022, p. 10.».

Artículo 2

El texto del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/195, corregido en el DO L 89 de 17.3.2022, p. 10, en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 24 de septiembre de 2022 siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*), o en la fecha de la entrada en vigor de la Decisión n.o 52/2022 del Comité Mixto del EEE, de 18 de marzo de 2022 (2), si esta fuese posterior.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 23 de septiembre de 2022.

Por el Comité Mixto del EEE,

El Presidente

Kristján Andri STEFÁNSSON


(1)   DO L 31 de 14.2.2022, p. 27.

(*)  No se han indicado preceptos constitucionales.

(2)   DO L 182 de 7.7.2022, p. 24.


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