Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 22009D0101

    Decisión del Comité Mixto del EEE n o  101/2009, de 25 de septiembre de 2009 , por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE

    DO L 304 de 19.11.2009, p. 18–19 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2009/101/oj

    19.11.2009   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 304/18


    DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

    N o 101/2009

    de 25 de septiembre de 2009

    por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE

    EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El anexo XX del Acuerdo fue modificado por la Decisión no 88/2009 del Comité Mixto del EEE, de 3 de julio de 2009 (1).

    (2)

    La Decisión 2008/962/CE de la Comisión, de 15 de diciembre de 2008, por la que se modifican las Decisiones 2001/405/CE, 2002/255/CE, 2002/371/CE, 2002/740/CE, 2002/741/CE, 2005/341/CE y 2005/343/CE al objeto de prorrogar la vigencia de los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a determinados productos (2), debe incorporarse al Acuerdo.

    DECIDE:

    Artículo 1

    El anexo XX del Acuerdo queda modificado como se indica a continuación:

    1)

    En los puntos 2f (Decisión 2002/371/CE de la Comisión), 2i (Decisión 2001/405/CE de la Comisión), 2j (Decisión 2002/255/CE de la Comisión), 2w (Decisión 2002/740/CE de la Comisión) y 2x (Decisión 2002/741/CE de la Comisión) se añade el siguiente guión:

    «—

    32008 D 0962: Decisión 2008/962/CE de la Comisión, de 15 de diciembre de 2008 (DO L 340 de 19.12.2008, p. 115).».

    2)

    En los puntos 2q (Decisión 2005/341/CE de la Comisión) y 2s (Decisión 2005/343/CE de la Comisión) se añade el siguiente guión:

    «, modificado por:

    32008 D 0962: Decisión 2008/962/CE de la Comisión, de 15 de diciembre de 2008 (DO L 340 de 19.12.2008, p. 115).».

    Artículo 2

    Los textos de la Decisión 2008/962/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor el 26 de septiembre de 2009, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (3).

    Artículo 4

    La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el 25 de septiembre de 2009.

    Por el Comité Mixto del EEE

    La Presidenta

    Oda Helen SLETNES


    (1)  DO L 277 de 22.10.2009, p. 40.

    (2)  DO L 340 de 19.12.2008, p. 115.

    (3)  No se han indicado preceptos constitucionales.


    Top